PONTIFICIA UNIVERSIDAD DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS ESCUELA DE SOCIOLOGÍA Y RELACIONES INTERNACIONALES DERECHO ECONÓMICO INTERNACIONAL DENISSE BRITO
Ensayo ¿Qué es la economía popular y solidaria? Según la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria, es la forma de organización económica, donde sus integrantes, individual o colectivamente, organizan y desarrollan procesos de producción, intercambio, comercialización, financiamiento y consumo de bienes y servicios, para satisfacer necesidades y generar ingresos, basadas en relaciones de solidaridad, cooperación y reciprocidad, privilegiando al trabajo y al ser humano como sujeto y fin de su actividad, orientada al Buen Vivir, en armonía con la naturaleza, por sobre la apropiación, el lucro y la acumulación de capital. La Ley de Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario fue aprobada por la Asamblea Nacional en abril del 2011. La ley ampara a los sectores cooperativistas, comunitarios y asociativos, como también a las unidades económicas populares. Los objetivos de esta ley, son reconocer y visibilizar a las unidades domésticas, empleo independiente, unidades familiares, así como normar las redes de las finanzas solidarias como cooperativas de ahorro y crédito, bancos comunales, cajas de ahorro. Los créditos que otorguen las cooperativas de ahorro y crédito en beneficio de sus socios, que tengan como finalidad la adquisición, reparación o conservación de vivienda, tendrán el mismo tratamiento tributario contemplado para los préstamos que otorga el Banco Ecuatoriano de la Vivienda y Asociaciones Mutualistas de Ahorro y Crédito. Los principios de las personas y organizaciones amparadas por esta ley se regirán por la búsqueda del buen vivir y de los intereses colectivos sobre los individuales; el comercio equitativo y consumo ético y responsable; la igualdad de género; el respeto a la diversidad cultural; la autogestión; la responsabilidad social y ambiental, la solidaridad y rendición de cuentas; y la distribución equilibrada y solidaria de ex cedentes. El Estado se encargará de políticas que fomenten la producción de bienes, servicios y conductas sociales y económicas responsables de las personas y organizaciones amparadas por esta ley y podrá otorgar tratamientos diferenciados, en calidad de incentivos, a favor de las actividades productivas. Se crea el comité Interinstitucional como organismo rector de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario. El control del sector estará a cargo de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, organismo técnico con jurisdicción nacional, personalidad jurídica de derecho público, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera, con jurisdicción coactiva.
Comentario El derecho económico y el intervencionismo del Estado, están claramente definidos y visibles en esta nueva ley, la economía popular y solidaria. Es otro de los medios de intervención que el Estado utiliza para ejercer control sobre el ámbito económico del sector público y privado. Se basa en la ley general del buen vivir o Sumak Kawsay. El Estado está suministrando y prestando servicios públicos para controlar y regular el correcto desarrollo de esta actividad.
Artículos de la Constitución El artículo 275 de la Constitución de la República, establece que el régimen de desarrollo se orienta por el objetivo del buen vivir o Sumak Kawsay, por lo tanto los sistemas económicos, políticos, socioculturales y ambientales, deben integrarse en función de dicho objetivo, en el plano social se expresa en la realización de los derechos de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades, en el contexto de la interculturalidad y el respeto a sus diversidades. El artículo 283, señala que “El sistema económico es social y solidario; reconoce al ser humano como sujeto y fin; propende a una relación dinámica y equilibrada entre sociedad, Estado y mercado, en un armonía con la naturaleza; y tiene por objetivo garantizar la producción y reproducción de las condiciones materiales e inmateriales que posibiliten el buen vivir”, además, señala que “el sistema económico se integrará por las formas de organización económica, pública, privada, mixta, popular y solidaria, y las demás que la Constitución la determine. La economía popular y solidaria se regulará de acuerdo con la ley e incluirá a los sectores cooperativistas asociativos y comunitarios”.
El artículo 309 señala que “El sistema financiero nacional se compone de los sectores público, privado y del popular y solidario, que intermedian recursos del público. Cada uno de estos sectores contará con normas y entidades de control específicas y diferenciadas, que se encargaran de preservar su seguridad, estabilidad, transparencia y solidez. Estas entidades serán autónomas. Los directivos de las entidades de control serán responsables administrativa, civil y penalmente por sus decisiones”. El artículo 311, señala que “El sector financiero popular y solidario se compondrá de cooperativas de ahorro y crédito, entidades asociativas o solidarias, cajas y bancos comunales, cajas de ahorro. Las iniciativas de servicios del sector financiero popular y solidaria y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas, recibirán un tratamiento diferenciado y preferencial del Estado, en la medida en que impulsen el desarrollo de la economía popular y solidaria”.
El artículo 319 establece que “Se reconocen diversas formas de organización de la producción en la economía, entre otras las comunitarias, cooperativas, empresas públicas o privadas, asociativas, familiares, domésticas, autónomas y mixtas. El Estado promoverá las formas de producción que aseguren el buen vivir de la población y desincentivará aquellas que atenten contra sus derechos o los de la naturaleza; alentará la producción que satisfaga la demanda interna y garantice una activa participación del Ecuador en el contexto internacional”.
Bibliografía
http://www.desarrollosocial.gob.ec/economia-popular-y-solidaria/
http://www.seps.gob.ec/web/guest
http://www.ieps.gob.ec/web/index.php
http://www.economiasolidaria.org/files/Ley_de_la_economia_popular_y_solidaria_ ecuador.pdf http://www.coraggioeconomia.org/jlc/archivos%20para%20descargar/La_economia _popular_solidaria_en_el_Ecuador.pdf