SEACE El SEACE como parte del Gobierno Electrónico. El SEACE forma parte del conjunto de proyectos estratégicos que permiten la integración de sistemas de información de instituciones que apoyan el despliegue del Gobierno Electrónico Peruano y que por su importancia y por su carácter masivo son emblemáticos para el país, tales como:
“Sistema de Identificación Electrónica” “Voto Electrónico” Busca modernizar, mediante el uso de las tecnologías de la información en el proceso de compras públicas. Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE Las compras del Estado Toda Entidad Estatal requiere adquirir bienes, contratar servicios y ejecutar obras para el logro de sus objetivos. Debe contratar al precio que permita satisfacer las necesidades con las exigencias de calidad y oportunidad
Definición: (Artículo 67º del D.L. 1017) El Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE, es el sistema electrónico de la contratación pública que permite:
Contar con una gran base de datos Intercambio de información Difusión de la información Realización de transacciones electrónicas Objetivos:
Fortalecer y agilizar los procesos de compra. Incrementar la transparencia en los contratos de bienes, servicios y obras. Permitir la activa participación de los Proveedores. Ser un sistema de información para la Sociedad Civil. Supervisar y fiscalizar el mercado de las contrataciones públicas.
Proceso Clásico Vs. Proceso Electrónico ELECTRÓNICO: Utiliza el SEACE CLÁSICO: Acciones ejecutadas en forma físico - manual
características del seace Público: la información que el SEACE contiene es pública y es de libre acceso por cualquier institución, organismo o ciudadano que lo requiera. Formal: Toda la información contenida en el SEACE tiene como sustento documentación física que obra en los archivos de la Entidad. En el caso de procesos electrónicos la información que los proveedores registran se guarda en la bóveda del sistema. Sujeto a las formalidades normadas por la Ley de Contrataciones del Estado. Obligatorio: Todas las Entidades bajo el ámbito de la Ley de Contrataciones del Estado se encuentran obligadas a registrar la información referida a las compras estatales que realicen en el SEACE. Integral: En el SEACE se registra toda la información del proceso de contratación, desde su planificación en el Plan Anual de Contrataciones hasta la liquidación o conformidad del contrato suscrito. Registra
información de las contrataciones del Estado, cualesquiera fuese su régimen.
Obligación del Uso y Validez de la información registrada en el SEACE (Art. 286º del Reglamento) Todas las Entidades están obligadas a registrar información sobre su PAC, los procesos de selección, los contratos y todos los actos que requieran ser publicados en el SEACE (Art. 287⁰ del Reglamento). La información que se registra en el SEACE debe ser idéntica a la información que se tiene como documento final, bajo responsabilidad del funcionario que hubiese solicitado la activación del Certificado SEACE y de aquél que hubiera registrado la información. Para realizar cualquier acto en el SEACE la entidad deberá estar registrada en el Registro de Entidades Contratantes - REC y deberá contar con el Certificado SEACE.
Acceso al SEACE ARTÍCULO 286º DEL REGLAMENTO Para interactuar con el SEACE, tanto las Entidades como los proveedores, deberán utilizar el Certificado SEACE emitido por el OSCE. El Certificado SEACE está compuesto por el usuario y la contraseña. Es responsabilidad de la Entidad solicitar ante el OSCE la desactivación del Certificado SEACE de aquellos funcionarios-usuarios que ya no se encuentren autorizados para registrar información en el SEACE. ENTIDAD Asigna OSCE PROVEEDOR Asigna RNP
Plazos para el Registro de la Información en el SEACE El Plan Anual de Contrataciones y el documento que lo apruebe: En un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de aprobado. Instrumento que aprueba el Expediente de Contratación, Bases y Resumen Ejecutivo: Junto con la convocatoria. Postergación: Antes de la fecha programada en el calendario para el acto que se desea postergar. Pliego de Absolución de Consultas y Observaciones: El día señalado en el calendario Bases Integradas: El día señalado en el calendario Acta y cuadro comparativo de la Buena Pro: El día señalado en el calendario Pronunciamiento (Entidad): En un plazo no mayor de ocho (8) días hábiles, contados desde la presentación de la solicitud de elevación de las Bases. Pronunciamiento (OSCE): En un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados desde el día
Plazos para el Registro de la Información en el SEACE Desierto: Dentro de día siguiente de producido. Cancelación: Hasta el día siguiente de su comunicación al Comité Especial. El consentimiento del otorgamiento de la Buena Pro: Al día siguiente de producido. La presentación de los recursos de apelación (Entidad): El mismo día de haber sido interpuestos. Resolución que resuelve la apelación (Entidad), en un plazo no mayor de doce (12) días hábiles, contados desde la presentación del recurso o desde la subsanación de las omisiones y/o defectos advertidos en la presentación del mismo. Resolución que resuelve la apelación (OSCE), en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles, contados desde la fecha de emisión del decreto que declare que el expediente está listo para resolver.
Plazos para el Registro de la Información en el SEACE Resoluciones o Acuerdos que aprueban las Exoneraciones: dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión o adopción, según corresponda Los contratos, las órdenes de compra o de servicio, así como la información referida a su ejecución, deberán ser registrados en el SEACE en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles siguientes a su perfeccionamiento, ocurrencia o aprobación. Las modificaciones a la información proporcionada en el Registro de Entidades Contratantes - REC: En un plazo no mayor de diez (10) días hábiles de producida.
El ciudadano: ¿Qué encuentra en el SEACE?
Información de las contrataciones publicadas por las entidades contratantes. Plan Anual de Contrataciones. Procesos de Selección. Contratos y Ejecución Contractual. Información general Proveedores con Buena Pro por: RUC, razón social, tipo de procesos, por producto, modalidad de selección, TOP 100. Oportunidades de Negocio. Detalle de los planes anuales informados. Información Estadística de los Planes Anuales y Convocatorias Informadas: Por objeto del proceso, tipo de entidad, tipo de proceso y región (departamento).
Gráficas de comportamiento entre planificación y ejecución de las compras del Estado: Por objeto del proceso, tipo de entidad, tipo de proceso y por departamento. Indicadores de Ejecución y Cumplimiento: Avance en la ejecución de los planes anuales. Cumplimiento en la ejecución de los planes anuales. Convocatorias en mi correo electrónico. Nuevas Aplicaciones Implementadas
El Tribunal de Contrataciones ahora informa en línea lo siguiente: Los Recursos presentados por los proveedores. Las Resoluciones de los Recursos de Apelación. Todos lo actuado en un expediente a través del “Toma Razón Electrónico” Interface con el Sistema de Integración de Administración Financiera – Sector Público SIAF-SP y SIAF-GL del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Las Entidades que utilizan el SIAF-SP o SIAF-GL sólo pueden pagar sus contrataciones, si que estas han pasado primero por el SEACE, desde la publicación de la convocatoria hasta el registro del contrato. Procesos Electrónicos: Subasta Inversa Electrónica y Menor Cuantía Electrónica. Convenio Marco o compras por “Carrito Electrónico”. Mayor velocidad en las compras. El funcionario público puede comprar directamente por catálogo de productos con Marca, Precio y Proveedor. Las condiciones de venta son parte del convenio. Las compras son inmediatas, a un Clic de distancia. Módulo de Notificaciones INF Obras: OSCE-CG-MEF/SIAF Módulo del PAC de la Plataforma del SEACE Decreto Legislativo 1017 y DS 1842008-EF
Opciones del Módulo del PAC: • Presupuesto Institucional de Apertura – PIA • Datos generales del instrumento que aprueba el PAC • Procesos del Plan • Lista del histórico de las modificaciones del PAC • Reporte de las modificaciones por versión • Lista de las versiones del PAC reportadas al SEACE
Errores frecuentes del PAC 1. Aprueba y/o informa al OSCE fuera de plazos. 2. No programa contrataciones en el marco de otros regímenes. 3. No precisa si se trata de procesos años anteriores o programa con tipo de proceso de selección que no le corresponde.
4. Indicios de fraccionamiento. 5. No se determina bien el objeto y/o tipo del proceso de selección en la programación. 6. La programación muestra incoherencias con el presupuesto institucional y con los planes operativos institucional o estratégico. 7. No basta con cumplir las formalidades obligatorias o que el PAC sea formulado coherentemente, además, requiere del seguimiento periódico que conlleve a una gestión estratégica.
EXO – Exoneraciones Contratos derivados de la exoneración de ejecutar el proceso de selección o de la fase de selección del sistema de contratación pública. Contratos derivados en base a los artículos 20º y 21º de la Ley de Contrataciones del Estado y Capítulo XIII del Reglamento de dicha Ley.
CONV – Convenios (Antes CI – Convenios Internacionales) Contratos de Préstamo con organismos multilaterales (BID, BM, CAF, BIRF, etc.) – FF: OOC / Convenios de cooperación internacional (USAID, GTZ, Fondos Contravalor, etc.) – FF: DyT. Convenios de Cooperación con Organismos Internacionales (UNOPS, OEI, OIM). Convenios de Administración de Recursos con Organismos Internacionales (PNUD).
INTER – Compras Internacionales (Antes CE – Compras en el Extranjero) Contrataciones realizadas con proveedores no domiciliados en el país cuyo mayor valor estimado de las prestaciones se realicen en territorio extranjero. Se sujeta a las normas de comercio internacional.
CONV – Convenios (Antes CI – Convenios Internacionales) Contratos de Préstamo con organismos multilaterales (BID, BM, CAF, BIRF, etc.) – FF: OOC / Convenios de cooperación internacional (USAID, GTZ, Fondos Contravalor, etc.) – FF: DyT. Convenios de Cooperación con Organismos Internacionales (UNOPS, OEI, OIM). Convenios de Administración de Recursos con Organismos Internacionales (PNUD).
CONV – Convenios (Antes CI – Convenios Internacionales) Contratos de Préstamo con organismos multilaterales (BID, BM, CAF, BIRF, etc.) – FF: OOC / Convenios de cooperación internacional (USAID, GTZ, Fondos Contravalor, etc.) – FF: DyT. Convenios de Cooperación con Organismos Internacionales (UNOPS, OEI, OIM). Convenios de Administración de Recursos con Organismos Internacionales (PNUD).
Errores frecuentes: Procesos de Selección: 1. Informa fuera de plazos. 2. Incoherencia entre el aviso de convocatoria y las bases. 3. Indicios de fraccionamiento. 4. Bases o resumen ejecutivo mal elaboradas o ilegibles. 5. Se convoca habiendo determinado mal el objeto y tipo del proceso de selección. 6. Cuando se tiene observación a las bases se integra las bases sin el plazo para la solicitud de elevación de bases observada. 7. Se confunde nulidad de oficio con la cancelación de proceso. 8. No se registra por “olvido” los datos de los participantes no “admitidos”. 9. No se registra los datos de las propuestas/ofertas perdedoras. INTER – Compras Internacionales (Antes CE – Compras en el Extranjero) Contrataciones realizadas con proveedores no domiciliados en el país cuyo mayor valor estimado de las prestaciones se realicen en territorio extranjero. Se sujeta a las normas de comercio internacional. CONV – Convenios (Antes CI – Convenios Internacionales) Contratos de Préstamo con organismos multilaterales (BID, BM, CAF, BIRF, etc.) – FF: OOC / Convenios de cooperación internacional (USAID, GTZ, Fondos Contravalor, etc.) – FF: D y T. Convenios de Cooperación con Organismos Internacionales (UNOPS, OEI, OIM). Convenios de Administración de Recursos con Organismos Internacionales (PNUD). EXO – Exoneraciones Contratos derivados de la exoneración de ejecutar el proceso de selección o de la fase de selección del sistema de contratación pública. Contratos derivados en base a los artículos 20º y 21º de la Ley de Contrataciones del Estado y Capítulo XIII del Reglamento de dicha Ley.
Errores frecuentes: Procesos de Selección: 1. Informa fuera de plazos. 2. Incoherencia entre el aviso de convocatoria y las bases. 3. Indicios de fraccionamiento. 4. Bases o resumen ejecutivo mal elaboradas o ilegibles. 5. Se convoca habiendo determinado mal el objeto y tipo del proceso de selección. 6. Cuando se tiene observación a las bases se integra las bases sin el plazo para la solicitud de elevación de bases observada. 7. Se confunde nulidad de oficio con la cancelación de proceso. 8. No se registra por “olvido” los datos de los participantes no “admitidos”. 9. No se registra los datos de las propuestas/ofertas perdedoras.
Obligatoriedad de aplicación de las AMC Clásico-Electrónica
Tipo de proceso de selección: Adjudicación de menor cuantía.
Tipo de objeto: Servicios
Tipo de Entidad: Entidades del Gobierno Nacional Organismos Constitucionalmente Autónomos Poder Judicial (Corte Suprema y Academia de la Magistratura) Poder Legislativo (Oficialía Mayor) Empresas del Estado bajo el ámbito del FONAFE