RESUMEN ENSAYO ENSAYO FUNCION JUDICIAL La función judicial judicial es parte parte esencia esenciall de nuestro nuestro gobierno para gobierno para defender los derechos como ciudadanos de nuestro país q tenemos que cumplir respetar y aceptar para tener una buena buena conviv convivenc encia ia con nuestr nuestra a nación nación y los ciudad ciudadano anos s que perte pertenec necen en a la misma. Sección primera: Principios de la adminisración de !"sicia La Función Judicial gozará de autonomía administrativa administrativa económica y !nanciera. "l acceso a la administración de justicia será gratuito. "n todas todas sus etapas etapas los juici juicios os y sus decisi decisione ones s serán serán p#blic p#blicos os salvo salvo los casos casos se$alados en la ley. %ara el ingreso a la Función Judicial se observarán los criterios de igualdad equidad probidad oposición m&ritos publicidad impugnación y participación participación ciudadana. ciudadana. Sección se#"nda: J"sicia ind$#ena 'eg#n un fragmento del (rtículo )*): )*) : %Las % Las autoridades de las comunidades pueblos y nacion nacional alida idades des indíge indígena nas s ejerc ejercerá erán n funcio funciones nes jurisd jurisdicc iccion ional ales es con base base en sus tradic tradicion iones es ances ancestra trales les y su derech derecho o propi propio o dentr dentro o de su ámbito ámbito territ territori orial al con garantía de participación y decisión+. Sección ercera: Principios de la F"nción J"dicial Las jueza juezas s y juece jueces s admini administr strar arán án justic justicia ia con sujec sujeción ión a la ,onsti ,onstituc tución ión a los instrumentos internacionales de derechos humanos y a la ley Los actos administrativos de cualquier autoridad del "stado podrán ser impugnados. Las servidoras y servidores judiciales no podrán ejercer la abogacía Las Las ni$a ni$as s ni$o ni$os s y adol adoles esce cent ntes es esta estará rán n suje sujeto tos s a una una legi legisl slac ació ión n y a una una administración de justicia especializada. Sección c"ara: Or#ani&ación ' ("ncionamieno La Función Judicial se compone de órganos jurisdiccionales órganos administrativos órganos au-iliares y órganos autónomos. Los órganos jurisdiccionales son los encargados de administrar justicia. La Función Judicial tendrá como órganos au-iliares au-iliares el servicio notarial los martilladores judiciales judiciales los depositarios depositarios judiciales judiciales La efensoría %#blica y la Fiscalía /eneral del "stado son órganos autónomos de la Función Judicial. Sección )"ina: Conse!o de la J"dica"ra "l ,onsej ,onsejo o de la Judica Judicatur tura a se integr integrará ará por nueve nueve vocale vocales s con sus resp respect ectivo ivos s suplentes que durarán en el ejercicio de sus funciones seis a$os y no podrán ser reelegidos. "l ,onsejo de la Judicatura rendirá su informe anual ante la (samblea 0acional que podrá !scalizar y juzgar a sus miembros. Sección se*a J"sicia ordinaria La ,orte 0acional de Justicia estará integrada por juezas y jueces en el n#mero de veinte veinte y uno y serán serán designa designados dos para un period periodo o de nueve nueve a$os1 a$os1 no podrán podrán ser reelectos. y durará en sus funciones tres a$os. "n cada provincia funcionará una corte provincial de justicia integrada por el n#mero de juezas y jueces necesario. "n aplic aplicac ación ión del del princ principi ipio o de unidad unidad jurisd jurisdicc iccion ional al los miembr miembros os de las Fuerza uerzas s (rmadas y de la %olicía 0acional serán juzgados por la justicia ordinaria. Sección s+pima: J"eces de Pa& Las juezas y jueces de paz resolverán en equidad y tendrán competencia e-clusiva y obligatoria para conocer aquellos con2ictos. Las juezas y jueces de paz deberán tener su domicilio permanente en el lugar donde ejer ejerza zan n su comp compet eten enci cia a y cont contar ar con con el respe espeto to cons consid ider erac ació ión n y apoy apoyo o de la comunidad. Sección oca,a: Medios alernai,os de sol"ción de con-icos 'e reconoce reconoce el arbitraj arbitraje e la mediació mediación n y otros otros procedi procedimien mientos tos alterna alternativo tivos s para la solución de con2ictos. Sección no,ena De(ensor$a P./lica 'u !n es garantizar el pleno e igual acceso a la justicia de las personas prestará un servicio legal t&cnico oportuno e!ciente e!caz funcionará de forma desconcentrada desconcentrada con autonomía administrativa económica y !nanciera. !nanciera. Sección d+cima: Fiscal$a 0eneral del Esado
Funcionará de forma desconcentrada y tendrá autonomía administrativa económica y !nanciera dirigirá de o!cio o a petición de parte la investigación pre procesal y procesal penal organizará y dirigirá un sistema especializado integral de investigación de medicina legal y ciencias forenses. Sección d"od+cima: Ser,icio noarial Los servicios notariales son p#blicos. "n cada cantón o distrito metropolitano habrá el n#mero de notarías y notarios que determine el ,onsejo de la Judicatura. Las notarías y notarios son depositarios de la fe p#blica1 serán nombrados por el ,onsejo de la Judicatura previo concurso p#blico de oposición y m&ritos sometido a impugnación y control social. Sección decimoercera: Re1a/iliación social 3endrá como !nalidad la rehabilitación integral de las personas sentenciadas penalmente para reinsertarlas en la sociedad su prioridad el desarrollo de las capacidades de las personas sentenciadas penalmente para ejercer sus derechos. Los centros de privación de libertad podrán ser administrados por los gobiernos autónomos descentralizados de acuerdo con la ley las juezas y jueces de garantías penitenciarias asegurarán los derechos de las personas internas en el cumplimiento de la pena.