¿QUÉ TIPO DE ESTADO TIENE EL PERÚ? Los tipos de Estado son los siguientes: Orientador, Organizador, Administrador, Planificador, Servidor, Fiscalizador, Protector, Garantizador, Regulador y Distribuidor. Para determinar qué tipo de Estado tiene el Perú, debo aclarar que según mi punto de vista, los tipos constituyen más que nada características de nuestro estado, pudiendo presentarse la figura de que una es complemento de la otra . En ese orden de ideas considero que es del tipo Orientador, ya que su fin será esencialmente, como la Constitución lo dice, es el bien común haciendo que se respeten los derechos de todas y cada una de las personas y dirige su actuar en ese sentido; otorgando estrategias y/o planes que se enfoquen a conseguir su objetivo. Además el Estado tiene órganos específicos que se encargan de algunas materias en especial; como la legislación, la defensa y la seguridad. Será Organizador porque porque debidamente propondrá propondrá los medios de participación de los ciudadanos en política o economía, hablando provincial, regional o nacionalmente, para asegurar una masiva participación sin dejar a nadie que quiera aportar fuera de esa posibilidad. Sin embargo, para hacer honor al fin del Estado, es indispensable también ser Planificador, estado que; elaborará planes de gobierno y proyectos apuntando a qué es lo que la sociedad en su conjunto quiere y/o necesita, a su vez hablamos, también, de un Estado Protector, que cuida de los derechos e intereses de los que constituimos dicha comunidad, y este tipo también incluirá el deber de promover la iniciativa privada así como el trabajo o las actividades económicas que los particulares realicen en función a su propio crecimiento. El Estado Peruano, también es servidor. Estando a nuestro servicio y cuida nuestros derechos e intereses. Y aunque es el principal prestador de servicios públicos, no quiere decir que sea el único que pueda prestar dichos servicios, ya vemos que servicios como telefonía fija o celular los prestan entidades privadas, entonces el estado permite esto pero siempre bajo el control del mismo. Cuando se menciona control, es indudable pensar en un Estado Fiscalizador, buscando un equilibrio social y que se respeten, nuevamente, nuestros derechos e intereses, se determinan órganos que fiscalicen el correcto funcionamiento de entidades estatales y no estatales. Es cierto también que el mismo estado puede ejecutar directa o indirectamente la prestación de servicios públicos y cuando no se puedan lograr los máximos fines de parte actuará según el principio de subsidiariedad (Estado Administrador) para hacer que dichas prestaciones sean justas y equitativas.
Cuando dichas entidades no cumplan su papel debidamente o este no esté apuntando al objetivo general, es Estado Garantizador y Administrador las sustituirá eventualmente para que no se vulneren a los participantes en ninguna forma, actuando así, como fiador. El hecho de planificar y organizar requieren de la regulación (Estado Regulador) entonces es cuando el Estado dará reglas que ajustará para la convivencia en común y el bien social. Así si bien el Estado Peruano tiene de todo un poco, obedece a un Estado Democrático y de Derecho al servicio del pueblo que es el principal responsable por la función que este ejerza sobre nosotros.
GUERRA CARDENAS, Rosa Lucía 2009106194
*Profesor: Tengo serias dudas sobre este tema, no sé si es que mi punto de vista es correcto o no. Le pido por favor ahondar en la clase como es que estos tipos constituyen características o si no es así porque a mí, como al igual que varios compañeros no nos ha quedado muy claro el tema. Muchas Gracias.