SOLICITO: Prescripción de Papeletas por Infracción de Transito. -
Señor: JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao. Presente.-
Luis Alberto, CARDENAS PICHEYRE, identificado con DNI. N° 303045700, con domicilio real en el Pje. Isabelita Catoliquita N° 1111 – Lima, de ocupación taxista, estado civil soltero, ante usted, con el debido respeto me presento y expongo lo siguiente:
Que, desde la comisión de las infracciones al tránsito, a la fecha, ha transcurrido en exceso el plazo establecido en las normas que a continuación se detallan, sin que se hayan hecho efectivos los cobros de las referidas papeletas de infracción, motivo por el cual y por convenir a mi derecho, es que solicito la PRESCRIPCION* de las papeletas de infracción que a continuación se detalla: 33333CV de fecha 27OCT2008; 33333CA de fecha 13ABR2009; 33333FA de fecha
05JUN2009;
33333PT
de
fecha
01JUL2009;
33333PG
de
fecha
26AGO2009; 33333PS de fecha 01SET2009; 33333PN de fecha 25SET2009; 33333PNP de fecha 10MAY2010; 33333PR de fecha 12JUN2010; 33333FG de fecha 15JUN2012, puesto que así lo señala el Art. 338 del Reglamento Nacional de Transito (Artículo 338.- Prescripción de la acción y la multa. La acción por infracción de tránsito prescribe al año, contado a partir de la fecha en que quede firme la papeleta o se configure la pérdida total de puntos; y la multa, si no se ha hecho efectiva la cobranza, prescribe a los dos (2) años, contados a partir de la fecha en que quede firme la resolución de sanción), asimismo, el Art. 223 de la Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, (Art. 233.1.- La facultad de la autoridad para determinar la existencia de infracciones administrativas, prescribe en el plazo que establezcan las leyes especiales, sin perjuicio del
cómputo de los plazos de prescripción respecto de las demás obligaciones que se deriven de los efectos de la comisión de la infracción…).
Es gracia que espero alcanzar por ser de justicia.
Callao, 28 de Marzo del 2013
LUIS A. CARDENAS PICHEYRE DNI. N° 303045700
*Prescripción de multa: Instrumento legal por medio del cual, al infractor, se le extingue el deber de pago de la multa por infracción a la Ley en virtud del transcurso del tiempo (dos años en este caso) sin que el titular del derecho lo ejercite.