LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA La universidad de San Carlos de Guatemala es una institución autónoma, con personalidad jurídica, regida por esta ley y sus estatutos, cuya sede central ordinaria es la ciudad de Guatemala. Su fin fundamental es elevar el nivel espiritual de los habitantes de la República, conservando, promoviendo y difundiendo la cultura y el saber científico. Integran la Universidad las Facultades de las diferentes áreas. El personal docente será designado por el Consejo Superior Universitario con excepción de los catedráticos especializados o técnicos extranjeros, contratados por la Universidad o por el Gobierno de la República. Se consideran estudiantes de la Universidad, a las personas que cumplan con las prescripciones reglamentarias acordadas por la Facultad respectiva para su inscripción y se necesita haber aprobado el primer año de estudios. Forman el Consejo Superior Universitario, el Rector, los Decanos de las Facultades, catedráticos de la Universidad y un estudiante de cada Facultad. Aunque también el Secretario y el Tesorero de la Universidad forman parte de este Consejo, pero ni tienen ni voz ni voto. Las decisiones de este Consejo, son tomadas por la mayoría de votos de los miembros que se encuentren presentes. Este lugar que ocupan los profesionales o estudiantes dentro del consejo, dura 2 años y los delegados al cuerpo electoral universitario durarán en sus funciones cuatro años, a excepción de los delegados estudiantes, quienes serán designados cada vez que se reúna el Cuerpo Electoral Universitario. En la elección del Rector, deberá realizarse una convocatorio hecha por el Consejo Superior Universitario, con dos meses de anticipación, la votación será secreta, en caso de que ninguno de los postulados tuviera mayoría de votos, se realizará una votación ante los presentes. El Consejo Superior Universitario, también deberá tener atribuciones y deberes, como lo son: la dirección y administración de la Universidad, elaborar estatutos y aprobar reglamentos, orientación pedagógica, aprobar o rectificar los planes de estudio, nombrar el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros, secretario y tesorero de la Universidad, formular el presupuesto anual de la Universidad, conceder becas a estudiantes y profesionales egresados de la Universidad y convocar al Cuerpo Electoral Universitario para elegir Rector. El rector es el representante legal de la Universidad, ejecuta y hace cumplir las resoluciones del Consejo Superior Universitario. Como se menciona
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anteriormente, este ejerce su función por un periodo de cuatro años, aunque puede ser reelecto para un periodo más. Esta función requiere ciertos aspectos que la persona debe cumplir: Ser originario de Centro America Ser titulado titulado o incorporado en alguna de las Facultades de la Universidad de San Carlos Haber ejercido la docencia universitaria, universitaria, por lo lo menos cinco años Estar en el goce de sus derechos civiles Ser del estado seglar
Así como también los solicita la persona que será electa a Decano, este debe cumplir con: Ser originario de Centro America Ser miembro de la Facultad respectiva Haber ejercido la docencia universitaria por lo menos tres años Estar en el goce de sus derechos civiles Ser del estado seglar
Cada miembro de las diferentes facultades que integran la Universidad, debe cumplir con ciertos requisitos en el momento que desee postularse para ejercer alguna de estas funciones, como lo son, las vocales profesionales de la Junta Directiva, vocal estudiante de la Junta Directiva, secretario. secre tario. Para ser electos, existe cierto puesto o cargo especifico para cada una de las elecciones, como por ejemplo, los Decanos, son elegidos por los catedráticos de la Facultad, estudiantes electores. El Decano por mayoría absoluta de votos de electores presentes, las vocales catedráticos, serán seleccionados por los catedráticos de la Facultad; las vocales estudiantes y no estudiantes, por mayoría de votos presentes; el secretario será nombrado por la Junta Directiva de cada Facultad. Es importante, tanto el personal que conforma la Facultad dentro de la Universidad, el régimen económico, por lo que estratado dentro de la Ley Organica de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en los artículos 48, 49 y 50, donde dice que es formado por: Los bienes de cualquier cualquier clase que se le haya haya adjudicado y los nacionales que hubiere tenido a su servicio y administración. Las rentas, productos y emolumentos que provengan de sus bienes propios. El producto de los impuestos, arbitrios, derechos, cuotas y tasas
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La Universidad queda exonerada del pago de impuestos fiscales y municipales, como de las tasas de correos y telégrafos, aunque no puede disponer de su patrimonio sino para la realización de aquellos fines que le sean inherentes. Dentro de las disposiciones generales, se hace notar que no se reconocen oficialmente más títulos o diplomas de estudios que los otorgados por el Estado y por la Universidad de San Carlos de Guatemala, así como los obtenidos en universidades y escuelas extranjeras por personas que llenen los requisitos de incorporación fijados por la ley, salvo lo establecido al espíritu de la misma. Y se derogan todas las disposiciones que se opongan a la presente Ley o desnaturalicen la auténtica autonomía y las tendencias de la nueva universidad. Las actuales autoridades universitarias que se ajustaren a los preceptuados en la presente Ley, continuarán en el ejercicios de sus labores.
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INTRODUCCIÓN La Ley Orgánica se rige por los estatutos y reglamentos que ella emita, debiendo observarse en la conformación de los órganos. A continuación se presenta un análisis. La Universidad de San Carlos de Guatemala Guat emala (también conocida y llamada lla mada por sus siglas: USAC) es la universidad más grande, prestigiosa y antigua de Guatemala, siendo además la única estatal y autónoma. Fundada el 31 de enero de 1676 por Real Cédula de Carlos II es la cuarta universidad fundada en América; Amé rica; fue en e n la época de la revolución re volución que se estableció establ eció su total autonomía, llegando a nivel constitucional. La trascendencia de sus estudiantes y de la misma se ha visto reflejada en diferentes épocas de importancia, desde la l a independencia, independenc ia, revolución guatemalteca, el conflicto conf licto armado guatemalteco y hasta la fecha. Algunos de los pensadores más importantes de la historia de Guatemala se han formado en este centro de estudio. Su sede principal se encuentra en la Ciudad Universitaria, zona 12 de la Ciudad de Guatemala. Sin embargo cuenta con centros universitarios en casi todas las regiones de Guatemala y un centro universitario metropolitano donde funcionan la Facultad de Medicina y la Escuela de Psicología.
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BIBLIOGRAFÍA
Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala, decreto 325.
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UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA FACULTAD DE HUMANIDADES PEM DE PEDAGOGIA Y TECNICO EN ADMON. EDUCATIVA DERECHO ADMINISTRATIVO MA. LUIS ERNESTO CHANCHAVAC MORALES
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