Descripción: La Constitución nacional: características, clasificación, pautas de interpretación, estructura formal, interpretación del Preámbulo.
Pregunta de parcial para ues21 derecho constitucional
Clases Transcritas de la UniversidadDescripción completa
corto resumen del final de la materia derecho constitucional 1
Primer parcial de derecho constitucional de la UBPDescripción completa
Derecho ConstitucionalDescripción completa
TEMA I La supremacía constitucional
ANTECEDENTES DE LA LA SUPREMACÍA SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL En la edad media se media se inicio un movimiento movimiento político político !ue dio o"i#en a los pactos ent"e ent "e p"í p"ínci ncipes pes $ est estame amento ntos s de ell ellos os po pod"í d"íamo amoss men mencio ciona" na" el %ue %ue"o "o de A"a#&n $ mas ta"de la ca"ta ma ma#n #na a de '( '(') ') pe pe"o "o el p" p"im ime" e" e* e*em empl plo o de una constituci&n mod mode"n e"na a %ue el ins inst"u t"umen mento to de #o+ie"no de CROM,ELL en '-). en el se mani%est& la necesidad de da" una "e#la de ca"/cte" ca"/cte" pe pe"m "man anen ente te in invi viol ola+ a+le le %"e %"ent nte e a la lass ca cam+ m+ia iant ntes es ma ma$$o"í o"ías as de dell pa"l pa "lam amen ento to in in#l #les es00 En to todo do #o #o+i +ie" e"no no se e1 e1p" p"es esa+ a+a a CR CROM OM,E ,ELL LL al al#o #o %undamental al#o como una ca"ta !ue %ue"a pe"manente e inva"ia+le0 Pe"o la p"actica de la constituci&n esc"ita se inicia al sepa"a"se las colonias de No"team2"ica del $u#o in#les $ %o"mula" po" esc"ito su constituci&n en '3435 la !ue lue#o le si#ui& la %"ancesa en '36' am+as constituciones 7an venido siendo modelo o+li#ado pa"a las constituciones !ue le si#uie"on0 Muc7os e1posito"es 7an inda#ado si en 2pocas ante"io"es e1istie"on instituciones instituciones seme*antes seme*antes a las !ue 7o$ e*e"cen su misi&n misi&n de de de%ende" la constituci&n $ nos encont"amos !ue8 En la anti#ua 9"ecia e1 e1is istiti& & un una a acci&n c"i c"imin minal al po" inc incons onstit tituci uciona onalid lidad ad denominada 9RAP:E PARANOMON $ !ue vino a pone" la le$ le$ po" po" encima de los cap"ic7os popula"es $ de las luc7as civiles auto"i;ando a todo ciudadano pa"a actua" en su de%ensa como acusado" $ aplicando sanciones capitales como #a"antía de su so+e"anía so+e"anía00 EL olíva" !uiso !uiso implanta" en la p"ime"a constituci&n +oliviana de la cual %ue su auto"0 = consisti& en dividi" el pode" le#islativo le#islativo en t"es c/ma"as los t"i+unos los senado"es $ los censo"es esta ultima tenia !ue se" vitalicia $ e*e"cían una potestad política política $ $ mo"al mo"al e"an e"an ellos los %iscales cont"a el #o+ie"no pa"a vela" si la constituci&n $ los t"atados t"atados p?+licos p?+licos se cumplían %ielmente0 SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN: Todo estado estado sea sea de la %o"ma !ue %ue"e tiene una constituci&n $ $a sa+emos !ue es la le$ %undamental es deci" es el %undamento o +asamento de todas las le$es le$es e1istentes e1istentes si 7a+lamos de una le$ %undamental estamos aceptando la e1istencia de ot"as le$es !ue le est/n sometidas es deci" las ot"as encuent"an su "a;&n de se" en la p"ime"a0 La constituci&n dice EISEMANN es so+e"ana en el o"den inte"no po"!ue no est/ ni pueden esta" limitadas0 El pode" constitu$ente es !uien c"ea la constituci&n $ su pode" no es de"ivado po" veni" di"ectamente del pue+lo $ es ese pode" !uien coloca la pied"a %undamental del o"denamiento *u"ídico po" el cual se va a "e#i" de modo !ue no puede e1isti" nada con ante"io"idad a esa pied"a %undamental po"!ue so+"e ella se levanta"a todo el edi%icio del estado0
•
•
Ima#ínense po" un momento la te""i+le con%usi&n !ue e1isti"ía en un estado en el cual tuvie iessen la mi missma *e"a"!uía o valo" valo" to toda dass la lass no"mas no"mas *u"ídicas8 *u"ídicas8 constituci&n le$es dec"etos o"denan;as0 Po" eso la impe"iosa necesidad de la #"adaci&n *e"/"!uica de las distintas especi esp ecies es de no" no"mas mas con con%o" %o"me me al p"i p"inci ncipio pio de sup sup"em "emací acía a o+ o+ede edece ce a la impe"iosa necesidad de o+tene" la a"monía de todo el sistema no"mativo !ue "i#e el estado estado $ a los pode"es p?+licos po" !uienes act?a este así como tam+i2n las limitaciones de dic7os pode"es %"ente a los de"ec7os p"ivados !ue la constituci&n "econoce a los pa"ticula"es0 LA JERARQUIA DE LAS NORMAS. La conside"aci&n de !ue la constituci&n es la no"ma %undamental de"iva de dos a%i"maciones p"incipales8 encu cuen ent" t"a a po po"" en enci cima ma de to toda dass la lass le le$$es a) La Cons Constituc titución ión se en o"dina"ias@ no 7a$ nada !ue le sea supe"io" ni nada !ue le sea ante"io"@ $ solo puede se" modi%icada en vi"tud de un p"ocedimiento p"ocedimiento la"#o la"#o $ comple*o di%e"ente al !ue 7a de se#ui"se pa"a las dem/s le$es0 ) Las no!"as constituciona#$s "ep"esentan el %undamento ?ltimo de valide; de las "e#las *u"ídicas de in%e"io" cate#o"ía es deci" son validas po"!ue se %undamentan en la constituci&n0
S$%&n 'a!c(a Man$* El o"den *e"/"!uico no"mativo se compone de los si#uientes #"ados8 No"ma constitucional0 O"dina"ia0 Re#lamenta"ia0 Individuali;ada0 :ans elsen La no"ma !ue dete"mina la c"eaci&n de ot"a es supe"io" a esta0 OR9ANOS CONTROLADORES DE LA CONSTITUCIONALIDAD EN BENEUELA BENEUELA88 '0 A"tículo ... al ..- de la C0R0>0B0 (0 A"tículo ( del C&di#o C&di#o de de P"ocedimiento P"ocedimiento Civil0 Civil0 Cuando la le$ le$ vi#ente vi#ente cu$a disposici&n se pide colidie"e con al#una disposici&n constitucional los *ueces aplica"an esta con p"e%e"encia0 .0 A"tículo '6 del C&di#o O"#/nico P"ocesal Penal0 Co""esponde a los *ueces vela" po" la incolumidad de la Constituci&n Constituci&n de de la Rep? Re p?+l +lic ica0 a0 Cu Cuan ando do la le$ cu cu$$a ap aplic licac aci& i&n n se pi pida da co colid lidie ie"e "e co con n el ella la lo loss t"i+unales de+e"/n atene"se a la no"ma constitucional0 F0 A"tículo 'FF del C&di#o Penal0 (G Los !ue sin el o+*eto de cam+ia" la %o"ma política política "epu+licana "epu+licana !ue se 7a dado a la Naci&n Naci&n co cons nspi pi"e "en n o se al alce cen n pa pa"a "a ca cam+ m+ia ia"" vi viol olen enta tame ment nte e la Constituci&n Nacional0 En la mitad de la pena "e%e"ida incu""i"/n los !ue cometen los actos a !ue se "e%ie" "e% ie"en en los n? n?me" me"os os ant ante"i e"io"e o"es s co con n "es "espec pecto to a los 9o+ 9o+e"n e"nado ado"es "es de los Estados las Asam+leas Le#islativas $ las Constituciones de los Estados@ $ en la te"ce"a pa"te de dic7a pena los !ue se cometie"en cont"a los P"esidentes de los Conce*os Municipales0
TEMA II El Poder Constituyente CONCEPTO: HS/nc7e; Biamonte Es la so+e"anía o"i#ina"ia e1t"ao"dina"ia sup"ema $ di"ecta en cu$o e*e"cicio la sociedad política Hciudadano se identi%ica con el Estado pa"a da"le nacimiento $ pe"sonalidad $ pa"a c"ea"le sus &"#anos de e1p"esi&n necesa"ios $ continuos0 PODER CONSTITU+ENTE ORI'INARIO: Es el pode" !ue antecede la Constituci&n0 PODER CONSTITU+ENTE CONSTITUIDO: Ha"tículo .F C0R0>0B0 Es el &"#ano le#islativo e1t"ao"dina"io !ue 7a sido esta+lecido en la Constituci&n pa"a sanciona" las enmiendas $ "e%o"mas de la misma $a !ue los &"#anos le#islativos o"dina"ios no est/n %acultados en vi"tud del ca"/cte" "í#ido pa"a 7ace" posi+le su modi%icaci&n0 Con la c"eaci&n de este pode" constitu$ente constituido se pe"si#ue mantene" el o"den *u"ídico de un Estado0 LIMITE DEL PODER CONSTITU+ENTE ORI'INARIO: El pode" constitu$ente o"i#ina"io no tiene límites0 LIMITE DEL PODER CONSTITU+ENTE CONSTITUIDO: Su límite es 7asta la enmienda o la "e%o"ma constitucional0 E,TENSIÓN DEL PODER CONSTITU+ENTE: '0 Una p"ime"a etapa del pode" constitu$ente o"i#ina"io es la !ue tiene como "esultado la c"eaci&n de un Estado0 (0 Da"le %o"ma $ desa""olla" el o"den *u"ídico $ las instituciones !ue van a "e#i" en ese Estado0 .0 Se c"ea un &"#ano le#islativo e1t"ao"dina"io capa; de enmenda" o "e%o"ma" el te1to constitucional adecu/ndolo a la "ealidad política o social en !ue sea "e!ue"ida su p"esencia0 Ese &"#ano le#islativo e1t"ao"dina"io pe"manece en un estado latente0 TITULAR DEL PODER CONSTITU+ENTE El su*eto titula" del pode" constitu$ente es la Naci&n como unidad capa; de o+"a" dotada de conciencia de su "ealidad política con voluntad de a%i"ma"se como tal0 HA"tículo .F3 CR>B0 LE'ITIMIDAD DEL PODER CONSTITU+ENTE: El pode" constitu$ente se conside"a le#ítimo cuando p"oviene de la capacidad política !ue tiene el pue+lo pa"a e*e"ce" la %unci&n constitu$ente siemp"e $ cuando esa e1p"esi&n sea #enuina espont/nea $ li+"e del senti" colectivo0 No es cuesti&n *u"ídica Ho*o0 CARACTERES DEL PODER CONSTITU+ENTE: -. O!i%ina!io8 Po" !ue pe"tenece al pue+lo !uien lo e*e"ce di"ectamente o po" medio de sus "ep"esentantes0 /. Unita!io $ in0i1isi#$8 Po" !ue este pode" constitu$ente no es un pode" m/s si no !ue a+a"ca todos los pode"es0 HA"tículo .F6 C0R0>0B0 2. E3t!ao!0ina!io8 Po" !ue apa"ece en situaciones mu$ especiales en la vida política de un Estado pa"a la %undaci&n o "e%o"mulaci&n de un sistema político0 4. P$!"an$nt$8 Po" !ue su actividad no se a#ota con la c"eaci&n o constituci&n de un Estado si no !ue pe"manece latente espe"ando se" ll amado nuevamente0
5. Ina#i$na#$8 Po" !ue siendo del pue+lo no puede se" vendido t"aspasado o cedido0 RUPTURA DEL 6ILO CONSTITUCIONAL: Se conside"a !ue 7a$ "uptu"a del 7ilo constitucional cuando se in%"in#e o se viola no"mas de la le$ %undamental !ue ponen en peli#"o la est"uctu"a del Estado0 TEMA III La nacionalidad y la ciudadanía
• • • •
CONCEPTO: Nacionalidad es el vínculo *u"ídico político !ue une a un individuo con un Estado ese vínculo es +idi"eccional0 PRINCIPIOS DE LA NACIONALIDAD: A0 Todo individuo de+e posee" una nacionalidad0 >0 Todo individuo de+e posee" una nacionalidad desde el momento de su nacimiento0 C0 Todo individuo puede cam+ia" su nacionalidad siemp"e $ cuando el Estado al !ue aspi"a lo acepte0 CRITERIOS DETERMINANTES DE LA NACIONALIDAD Es p"/ctica de la Am2"ica latina contempla" la mate"ia de la nacionalidad en sus constituciones Bene;uela no es la e1cepci&n ve" A"t0 .( $ si#uientes0 CLASES DE NACIONALIDAD: A0 Nacionalidad O"i#ina"ia8 Es a!uella !ue p"oviene del 7ec7o mismo del nacimiento de una pe"sona en un Estado dete"minado0 >0 Nacionalidad Ad!ui"ida8 Es a!uella !ue p"oviene del cam+io volunta"io de nacionalidad0 SISTEMAS QUE NOS PERMITEN 7ERI8ICAR ES DE NACIONALIDAD ORI'INARIA: A0 Ius Soli8 HDe"ec7o del suelo0 Este sistema es pa"a dete"mina" si la nacionalidad es de o"i#en %eudal0 HP"opiedad o +ien e1clusivo0 >0 Ius San#uinis8 HDe"ec7o de la San#"e Es a!uel sistema !ue pe"mite t"ansmiti" la nacionalidad pate"na se "econoce como nacional al 7i*o nacido %ue"a del te""ito"io 7i*o de los pad"es nacionales0 Este p"incipio es de o"i#en Romano0 C0 Sistema mi1to8 Es la aplicaci&n con*unta de am+os p"incipios $ 7a sido adoptada po" la ma$o"ía de los países0 En Bene;uela se aplica0 '04'' J No 7a+ía sistema esta+lecido0 '04'6 J 0B0 Son vene;olanos $ vene;olanas po" natu"ali;aci&n8 '0 Los e1t"an*e"os o e1t"an*e"as !ue o+ten#an ca"ta de natu"ale;a0 A tal %in de+e"/n tene" domicilio en Bene;uela con "esidencia ininte""umpida de po" lo menos die; aKos inmediatamente ante"io"es a la %ec7a de la "espectiva solicitud0
(0 El tiempo de "esidencia se "educi"/ a cinco aKos en el caso de a!uellos $ a!uellas !ue tuvie"en la nacionalidad o"i#ina"ia de EspaKa Po"tu#al Italia países latinoame"icanos $ del Ca"i+e0 .0 Los e1t"an*e"os o e1t"an*e"as !ue cont"ai#an mat"imonio con vene;olano o vene;olana desde !ue decla"en su voluntad de se"lo t"anscu""idos po" lo menos cinco aKos a pa"ti" de la %ec7a del mat"imonio0 F0 Los e1t"an*e"os o e1t"an*e"as meno"es de edad pa"a la %ec7a de la natu"ali;aci&n del pad"e o de la mad"e !ue e*e";a so+"e ellos la pat"ia potestad siemp"e !ue decla"en su voluntad de se" vene;olanos o vene;olanas antes de cumpli" los veinti?n aKos de edad $ 7a$an "esidido en Bene;uela ininte""umpidamente du"ante los cinco aKos ante"io"es a dic7a decla"aci&n0 Ot!os !$9uisitos a1o!a#$s ;a!a #a a09uisición 0$ #a naciona#i0a0 1$n$*o#ana: '0 Solvencia econ&mica0 (0 Tene" 7i*os vene;olanos +a*o su pat"ia potestad0 .0 :a+e" p"estado impo"tantes se"vicios al país o a la 7umanidad0 F0 Posee" +ienes inmue+les en el te""ito"io0 )0 Se" destacado a"tista cientí%ico o depo"tista0 -0 :a+e" "eali;ado estudios unive"sita"ios en el país0 P0B0 La nacionalidad vene;olana no se pie"de al opta" o ad!ui"i" ot"a nacionalidad0 A"tículo .) C0R0>0B0 Los vene;olanos $ vene;olanas po" nacimiento no pod"/n se" p"ivados o p"ivadas de su nacionalidad0 La nacionalidad vene;olana po" natu"ali;aci&n s&lo pod"/ se" "evocada mediante sentencia *udicial de acue"do con la le$0 A"tículo .- C0R0>0B0 Se puede "enuncia" a la nacionalidad vene;olana0 uien "enuncie a la nacionalidad vene;olana po" nacimiento puede "ecupe"a"la si se domicilia en el te""ito"io de la Rep?+lica po" un lapso no meno" de dos aKos $ mani%iesta su voluntad de 7ace"lo0 Los vene;olanos $ vene;olanas po" natu"ali;aci&n !ue "enuncien a la nacionalidad vene;olana pod"/n "ecupe"a"la cumpliendo nuevamente los "e!uisitos e1i#idos en el a"tículo .. de esta Constituci&n0 CIUDADANIA: Es una condici&n *u"ídica !ue une a un individuo con Estado la cual le pe"mite e*e"ce" de"ec7os políticos Ha"tículo .6 C0R0>0B0
TEMA I7 Estructura de la Constitución Venezolana
ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN:
HDo#ma J P"incipio !ue no se puede cam+ia" PREAM=ULO: Constitu$e la +ase %undamental el p"esupuesto !ue si"ve de %undamento a la no"ma constitucional seKala los valo"es sociales $ econ&micos políticos $ *u"ídicos !ue inspi"an la acci&n del estado en el se esta+lecen los o+*etivos del pacto de o"#ani;aci&n política del te1to constitucional0 PARTE DO'MATICA: Esta+lece los p"incipios !ue de+en #uia" a las auto"idades de%inidas en l a pa"te o"#/nica@ el p"incipio de aplica" i#ual de"ec7o a todos los ciudadanos $ todos los dem/s p"incipios !ue constitu$en las #a"antías del ciudadano al i#ual !ue sus de+e"es0 HA"tículos del '6 al '.) C0R0>0B0 PARTE OR'ANICA: Esta t"ata de la o"#ani;aci&n política del estado de la %o"maci&n de su #o+ie"no de c&mo este se eli#e de la competencia de cada uno de los pode"es de la %o"maci&n de las le$es del te""ito"io en !ue ellas "i#en $ de los ciudadanos $ dem/s 7a+itantes !ue est/n sometidos a su mando de los electo"es $ de los ele#i+les pa"a %unciones de #o+ie"no0 HA"tículo '.- C0R0>0B0 DISPOSICIONES TRANSITORIAS: Las disposiciones t"ansito"ias contienen mandatos e1p"esos con t2"mino en el tiempo casi siemp"e "e%e"idos a ot"os inst"umentos le#ales $ a la ent"ada en vi#encia de la le$ !ue las contiene siemp"e se encuent"an despu2s del a"ticulado0 Se dividen en disposiciones de"o#ato"ias #ene"ales $ %inales0 DEREC6OS CONSTITUCIONALES: Los !ue co""esponden a todo 7om+"e en su calidad de tal $ !ue la constituci&n "econoce los !ue pe"tenecen al pue+lo $ a los ciudadanos $ !ue la constituci&n sanciona o concede los !ue se "ese"van no enume"ados pe"o in7e"entes al p"incipio de la so+e"anía popula" los !ue pe"tenecen a los pode"es $ 7om+"es !ue los desempeKan $ los !ue co""esponden a las p"ovincias $ al pue+lo de las mismas0 HTodo de"ec7o J Es un límite a la auto"idad 'ARANTIAS CONSTITUCIONALES: Todas a!uellas se#u"idades $ p"omesas !ue o%"ece la constituci&n al pue+lo $ a todos los 7om+"es de !ue sus de"ec7os #ene"ales $ especiales 7an de se"
sostenidos $ de%endidos po" las auto"idades $ po" el pue+lo mismo0 HA"tículos '6 $ ((0 7asta '.) C0R0>0B0 DEREC6OS 6UMANOS. P"ime"a Decla"aci&n de de"ec7os con ca"/cte" 7umanita"io tuvo lu#a" en el aKo '33- el '( de *unio en Bi"#inia EEUU el p"incipio de esta decla"aci&n es mu$ simple8 todo 7om+"e como pe"sona es ?nico tiene un nom+"e una identidad un modo de pensa" $ de actua" una se"ie de conocimientos0 Po" ello su punto de vista so+"e lo !ue le "odea es ?nico es i""empla;a+le $ po" ende tiene de"ec7os0 EL AMPARO: El ampa"o no es ot"a cosa !ue p"otecci&n0 El ampa"o es un de"ec7o in7e"ente de todo se" desvalido0 Es una acci&n cont"a cual!uie" 7ec7o acto u omisi&n p"oveniente de un &"#ano del pode" p?+lico pe"sonas *u"ídicas natu"ales o no"mas !ue colida con la constituci&n0 HA"ticulo (3 C0R0>0B0 6A=EAS DATA: HEns2Kame los documentos $ los datos A"tículo (40 C0R0>0B0 Toda pe"sona tiene de"ec7o de accede" a la in%o"maci&n $ a los datos !ue so+"e sí misma o so+"e sus +ienes consten en "e#ist"os o%iciales o p"ivados con las e1cepciones !ue esta+le;ca la le$ así como de conoce" el uso !ue se 7a#a de los mismos $ su %inalidad $ a solicita" ante el t"i+unal competente la actuali;aci&n la "ecti%icaci&n o la dest"ucci&n de a!uellos si %uesen e""&neos o a%ectasen ile#ítimamente sus de"ec7os0 I#ualmente pod"/ accede" a documentos de cual!uie" natu"ale;a !ue conten#an in%o"maci&n cu$o conocimiento sea de inte"2s pa"a comunidades o #"upos de pe"sonas0 ueda a salvo el sec"eto de las %uentes de in%o"maci&n pe"iodística $ de ot"as p"o%esiones !ue dete"mine la le$0 6A=EAS CORPUS: H:a+eas Co"pus J Ens2Kame al Cue"po "ase latina con la !ue de+ía comen;a" la o"den esc"ita del *ue; ante !uien se acudía $ !ue pod"ía t"aduci"se po"8 t!>i%as$ #a ;$!sona...... ;a!a t$n$!#o a?o "i a";a!o. Es el "emedio *u"ídico !ue tiene de"ec7o a inte"pone" ante *ue; competente po" si o po" medio de te"ce"o todo individuo !ue 7a sido ile#al o a"+it"a"iamente p"ivado de su li+e"tad pa"a !ue se e1amine su situaci&n $ comp"o+ando !ue su situaci&n es ile#al se o"dene de inmediato su li+e"tad0 HA"tículos (- (3 $ FF C0R0>0B0
TEMA 7 El Poder Público Nacional CONCEPTO: Es la %ue";a sup"ema del Estado es o"i#ina"io $ so+e"ano la !ue o"dena $ todos o+edecen $ est/ "e#ulada po" el de"ec7o vale deci" no se e*e"ce disc"ecionalmente tiene límites0 Es o!i%ina!ia po" !ue no de+e su e1istencia a nin#?n ot"o pode"0 Es so$!ana po" !ue est/ dotada del 0B0 La Constituci&n es la no"ma sup"ema $ el %undamento del o"denamiento *u"ídico0 Todas las pe"sonas $ los &"#anos !ue e*e"cen el Pode" P?+lico est/n su*etos a esta Constituci&n0 A"tículo () C0R0>0B0 Todo acto dictado en e*e"cicio del Pode" P?+lico !ue viole o menosca+e los de"ec7os #a"anti;ados po" esta Constituci&n $ la le$ es nulo $ los %unciona"ios p?+licos $ %unciona"ias p?+licas !ue lo o"denen o e*ecuten incu""en
en "esponsa+ilidad penal civil $ administ"ativa se#?n los casos sin !ue les si"van de e1cusa &"denes supe"io"es0 A"tículo '.-0 C0R0>0B0 El Pode" P?+lico se dist"i+u$e ent"e el Pode" Municipal el Pode" Estadal $ el Pode" Nacional0 El Pode" P?+lico Nacional se divide en Le#islativo E*ecutivo 0B0 La Constituci&n $ la le$ de%ini"/n las at"i+uciones de los &"#anos !ue e*e"cen el Pode" P?+lico a las cuales de+en su*eta"se las actividades !ue "ealicen0 E# ;o0$! ;&#ico se e*e"ce a t"av2s de los &"#anos del Estado0 E# $?$!cicio 0$# ;o0$! ;&#ico aca""ea "esponsa+ilidades individuales0 A"tículo '.6 C0R0>0B0 El e*e"cicio del Pode" P?+lico aca""ea "esponsa+ilidad individual po" a+uso o desviaci&n de pode" o po" violaci&n de esta Constituci&n o de la le$0 COMPETENCIAS DEL PODER P@=LICO NACIONAL: A"tículo ')-0 C0R0>0B0 Es de la competencia del Pode" P?+lico Nacional8 '0 La política $ la actuaci&n inte"nacional de la Rep?+lica0 (0 La de%ensa $ sup"ema vi#ilancia de los inte"eses #ene"ales de la Rep?+lica la conse"vaci&n de la pa; p?+lica $ la "ecta aplicaci&n de la le$ en todo el te""ito"io nacional0 .0 La +ande"a escudo de a"mas 7imno %iestas condeco"aciones $ 7ono"es de ca"/cte" nacional0 F0 La natu"ali;aci&n la admisi&n la e1t"adici&n $ e1pulsi&n de e1t"an*e"os o e1t"an*e"as0 )0 Los se"vicios de identi%icaci&n0 -0 La policía nacional0 30 La se#u"idad la de%ensa $ el desa""ollo nacional0 40 La o"#ani;aci&n $ "2#imen de la ue";a A"mada Nacional0 60 El "2#imen de la administ"aci&n de "ies#os $ eme"#encias0 '0 La o"#ani;aci&n $ "2#imen del Dist"ito Capital $ de las dependencias %ede"ales0 ''0 La "e#ulaci&n de la +anca cent"al del sistema moneta"io de la moneda e1t"an*e"a del sistema %inancie"o $ del me"cado de capitales@ la emisi&n $ acuKaci&n de moneda0 '(0 La c"eaci&n o"#ani;aci&n "ecaudaci&n administ"aci&n $ cont"ol de los impuestos so+"e la "enta so+"e sucesiones donaciones $ dem/s "amos cone1os el capital la p"oducci&n el valo" a#"e#ado los 7id"oca"+u"os $ minas de los #"av/menes a la impo"taci&n $ e1po"taci&n de +ienes $ se"vicios los impuestos !ue "ecai#an so+"e el consumo de lico"es alco7oles $ dem/s especies alco7&licas ci#a""illos $ dem/s manu%actu"as del ta+aco $ los dem/s impuestos tasas $ "entas no at"i+uidas a los Estados $ Municipios po" esta Constituci&n $ la le$0 '.0 La le#islaci&n pa"a #a"anti;a" la coo"dinaci&n $ a"moni;aci&n de las distintas potestades t"i+uta"ias de%ini" p"incipios pa"/met"os $ limitaciones especialmente pa"a la dete"minaci&n de los tipos impositivos o alícuotas de
los t"i+utos estadales $ municipales así como pa"a c"ea" %ondos especí%icos !ue ase#u"en la solida"idad ínte" te""ito"ial0 'F0 La c"eaci&n $ o"#ani;aci&n de impuestos te""ito"iales o so+"e p"edios "u"ales $ so+"e t"ansacciones inmo+ilia"ias cu$a "ecaudaci&n $ cont"ol co""esponda a los Municipios de con%o"midad con esta Constituci&n0 ')0 El "2#imen del come"cio e1te"io" $ la o"#ani;aci&n $ "2#imen de las aduanas0 '-0 El "2#imen $ administ"aci&n de las minas e 7id"oca"+u"os el "2#imen de las tie""as +aldías $ la conse"vaci&n %omento $ ap"ovec7amiento de los +os!ues suelos a#uas $ ot"as "i!ue;as natu"ales del país0 El E*ecutivo Nacional no pod"/ oto"#a" concesiones mine"as po" tiempo inde%inido0 La Le$ esta+lece"/ un sistema de asi#naciones econ&micas especiales en +ene%icio de los Estados en cu$o te""ito"io se encuent"en situados los +ienes !ue se mencionan en este nume"al sin pe"*uicio de !ue tam+i2n puedan esta+lece"se asi#naciones especiales en +ene%icio de ot"os Estados0 '30 El R2#imen de met"olo#ía le#al $ cont"ol de calidad0 '40 Los censos $ estadísticas nacionales0 '60 El esta+lecimiento coo"dinaci&n $ uni%icaci&n de no"mas $ p"ocedimientos t2cnicos pa"a o+"as de in#enie"ía de a"!uitectu"a $ de u"+anismo $ la le#islaci&n so+"e o"denaci&n u"+anística0 (0 Las o+"as p?+licas de inte"2s nacional0 ('0 Las políticas mac"oecon&micas %inancie"as $ %iscales de la Rep?+lica0 ((0 El "2#imen $ o"#ani;aci&n del sistema de se#u"idad social0 (.0 Las políticas nacionales $ la le#islaci&n en mate"ia de sanidad vivienda se#u"idad alimenta"ia am+iente a#uas tu"ismo o"denaci&n del te""ito"io $ navie"a0 (F0 Las políticas $ los se"vicios nacionales de educaci&n $ salud0 ()0 Las políticas nacionales pa"a la p"oducci&n a#"ícola #anade"a pes!ue"a $ %o"estal0 (-0 El "2#imen del t"anspo"te nacional de la nave#aci&n $ del t"anspo"te a2"eo te""est"e ma"ítimo %luvial $ lacust"e de ca"/cte" nacional@ de los pue"tos de ae"opue"tos $ su in%"aest"uctu"a0 (30 El sistema de vialidad $ de %e""oca""iles nacionales0 (40 El "2#imen del se"vicio de co""eo $ de las telecomunicaciones así como el "2#imen $ la administ"aci&n del espect"o elect"oma#n2tico0 (60 El "2#imen #ene"al de los se"vicios p?+licos domicilia"ios $ en especial elect"icidad a#ua pota+le $ #as0 .0 El mane*o de la política de %"onte"as con una visi&n inte#"al del país !ue pe"mita la p"esencia de la vene;onalidad $ el mantenimiento te""ito"ial $ la so+e"anía en esos espacios0 .'0 La o"#ani;aci&n $ administ"aci&n nacional de la *usticia el Ministe"io P?+lico $ el De%enso" del Pue+lo0 .(0 La le#islaci&n en mate"ia de de"ec7os de+e"es $ #a"antías constitucionales@ la civil me"cantil penal penitencia"ia de p"ocedimientos $ de de"ec7o inte"nacional p"ivado@ la de elecciones@ la de e1p"opiaci&n po" causa de utilidad p?+lica o social@ la de c"2dito p?+lico@ la de p"opiedad intelectual a"tística e indust"ial@ la del pat"imonio cultu"al $ a"!ueolico@ la a#"a"ia@ la de inmi#"aci&n $ po+lamiento@ la de pue+los indí#enas $ te""ito"ios ocupados po" ellos@ la del t"a+a*o p"evisi&n $ se#u"idad sociales@ la de sanidad
animal $ ve#etal@ la de nota"ías $ "e#ist"o p?+lico@ la de +ancos $ la de se#u"os@ la de lote"ías 7ip&d"omos $ apuestas en #ene"al@ la de o"#ani;aci&n $ %uncionamiento de los &"#anos del Pode" P?+lico Nacional $ dem/s &"#anos e instituciones nacionales del Estado@ $ la "elativa a todas las mate"ias de la competencia nacional0 ..0 Toda ot"a mate"ia !ue la p"esente Constituci&n at"i+u$a al Pode" P?+lico Nacional o !ue le co""esponda po" su índole o natu"ale;a0 COMPETENCIAS DEL PODER ESTATAL: A"tículo '-F0 C0R0>0B0 Es de la competencia e1clusiva de los Estados8 '0 Dicta" su Constituci&n pa"a o"#ani;a" los pode"es p?+licos de con%o"midad con lo dispuesto en esta Constituci&n0 (0 La o"#ani;aci&n de sus Municipios $ dem/s entidades locales $ su divisi&n político te""ito"ial con%o"me a esta Constituci&n $ a la le$0 .0 La administ"aci&n de sus +ienes $ la inve"si&n $ administ"aci&n de sus "ecu"sos incluso de los p"ovenientes de t"ans%e"encias su+venciones o asi#naciones especiales del Pode" Nacional así como de a!uellos !ue se les asi#nen como pa"ticipaci&n en los t"i+utos nacionales0 F0 La o"#ani;aci&n "ecaudaci&n cont"ol $ administ"aci&n de los "amos t"i+uta"ios p"opios se#?n las disposiciones de las le$es nacionales $ estadales0 )0 El "2#imen $ ap"ovec7amiento de mine"ales no met/licos no "ese"vados al Pode" Nacional las salinas $ ost"ales $ la administ"aci&n de las tie""as +aldías en su *u"isdicci&n de con%o"midad con la le$0 -0 La o"#ani;aci&n de la policía $ la dete"minaci&n de las "amas de este se"vicio at"i+uidas a la competencia municipal con%o"me a la le#islaci&n nacional aplica+le0 30 La c"eaci&n o"#ani;aci&n "ecaudaci&n cont"ol $ administ"aci&n de los "amos de papel sellado tim+"es $ estampillas0 40 La c"eaci&n "2#imen $ o"#ani;aci&n de los se"vicios p?+licos estadales@ 60 La e*ecuci&n conse"vaci&n administ"aci&n $ ap"ovec7amiento de las vías te""est"es estadales@ '0 La conse"vaci&n administ"aci&n $ ap"ovec7amiento de ca""ete"as $ autopistas nacionales así como de pue"tos $ ae"opue"tos de uso come"cial en coo"dinaci&n con el E*ecutivo Nacional0 ''0 Todo lo !ue no co""esponda de con%o"midad con esta Constituci&n a la competencia nacional o municipal0 COMPETENCIAS DEL PODER MUNICIPAL: A"tículo '340 C0R0>0B0 Es de la competencia del Municipio el #o+ie"no $ administ"aci&n de sus inte"eses $ la #esti&n de las mate"ias !ue le asi#ne esta Constituci&n $ las le$es nacionales en cuanto concie"ne a la vida local en especial la o"denaci&n $ p"omoci&n del desa""ollo econ&mico $ social la dotaci&n $ p"estaci&n de los se"vicios p?+licos domicilia"ios la aplicaci&n de la política "e%e"ente a la mate"ia in!uilina"ia con c"ite"ios dee!uidad *usticia $ contenido de inte"2s social la p"omoci&n de la pa"ticipaci&n $ el me*o"amiento en #ene"al de las condiciones de vida de la comunidad en las si#uientes /"eas8 '0 O"denaci&n te""ito"ial $ u"+anística@ pat"imonio 7ist&"ico@ vivienda de inte"2s social@ tu"ismo local@ pa"!ues $ *a"dines pla;as +alnea"ios $ ot"os sitios de "ec"eaci&n@ a"!uitectu"a civil nomenclatu"a $ o"nato p?+lico0
(0 Bialidad u"+ana@ ci"culaci&n $ o"denaci&n del t"/nsito de ve7ículos $ pe"sonas en las vías municipales@ se"vicios de t"anspo"te p?+lico u"+ano de pasa*e"os $ pasa*e"as0 .0 Espect/culos p?+licos $ pu+licidad come"cial en cuanto concie"ne a los inte"eses $ %ines especí%icos municipales0 F0 P"otecci&n del am+iente $ coope"aci&n con el saneamiento am+iental@ aseo u"+ano $ domicilia"io comp"endidos los se"vicios de limpie;a de "ecolecci&n $ t"atamiento de "esiduos $ p"otecci&n civil0 )0 Salu+"idad $ atenci&n p"ima"ia en salud se"vicios de p"otecci&n a la p"ime"a $ se#unda in%ancia a la adolescencia $ a la te"ce"a edad@ educaci&n p"eescola" se"vicios de inte#"aci&n %amilia" del discapacitado al desa""ollo comunita"io actividades e instalaciones cultu"ales $ depo"tivas0 Se"vicios de p"evenci&n $ p"otecci&n vi#ilancia $ cont"ol de los +ienes $ las actividades "elativas a las mate"ias de la competencia municipal0 -0 Se"vicio de a#ua pota+le elect"icidad $ #as dom2stico alcanta"illado canali;aci&n $ disposici&n de a#uas se"vidas@ cemente"ios $ se"vicios %une"a"ios0 30 0B0 Son in#"esos de los Estados8 4. Los "ecu"sos !ue les co""espondan po" concepto de situado constitucional0 El situado es una pa"tida e!uivalente a un m/1imo del veinte po" ciento del total de los in#"esos o"dina"ios estimados anualmente po" el isco Nacional la cual se dist"i+ui"/ ent"e los Estados $ el Dist"ito Capital en la %o"ma si#uiente8 un t"einta po" ciento de dic7o po"centa*e po" pa"tes i#uales $ el setenta po" ciento "estante en p"opo"ci&n a la po+laci&n de cada una de dic7as entidades0 En cada e*e"cicio %iscal los Estados destina"/n a la inve"si&n un mínimo del cincuenta po" ciento del monto !ue les co""esponda po" concepto de situado0 A los Municipios de cada Estado les co""esponde"/ en cada e*e"cicio %iscal una pa"ticipaci&n no meno" del veinte po" ciento del situado $ de los dem/s in#"esos o"dina"ios del "espectivo Estado0 En caso de va"iaciones de los in#"esos del isco Nacional !ue impon#an una modi%icaci&n del P"esupuesto Nacional se e%ectua"/ un "ea*uste p"opo"cional del situado0 La le$ esta+lece"/ los p"incipios no"mas $ p"ocedimientos !ue p"opendan a #a"anti;a" el uso co""ecto $ e%iciente de los "ecu"sos p"ovenientes del situado constitucional $ de la pa"ticipaci&n municipal en el mismo0 EL CONSEJO 8EDERAL DE 'O=IERNO:
A"tículo '4)0 C0R0>0B0 El Conse*o ede"al de 9o+ie"no es el &"#ano enca"#ado de la plani%icaci&n $ coo"dinaci&n de políticas $ acciones pa"a el desa""ollo del p"oceso de descent"ali;aci&n $ t"ans%e"encia de competencias del Pode" Nacional a los Estados $ Municipios0 Esta"/ p"esidido po" el Bicep"esidente E*ecutivo o Bicep"esidenta E*ecutiva e inte#"ado po" los Minist"os $ Minist"as los #o+e"nado"es $ #o+e"nado"as un alcalde o alcaldesa po" cada Estado $ "ep"esentantes de la sociedad o"#ani;ada de acue"do con la le$0 El Conse*o ede"al de 9o+ie"no conta"/ con una Sec"eta"ía inte#"ada po" el Bicep"esidente E*ecutivo o Bicep"esidenta E*ecutiva dos Minist"os o Minist"as t"es #o+e"nado"es o #o+e"nado"as $ t"es alcaldes o alcaldesas0 Del Conse*o ede"al de 9o+ie"no depende"/ el ondo de Compensaci&n Inte"te""ito"ial destinado al %inanciamiento de inve"siones p?+licas di"i#idas a p"omove" el desa""ollo e!uili+"ado de las "e#iones la coope"aci&n $ complementaci&n de las políticas e iniciativas de desa""ollo de las distintas entidades p?+licas te""ito"iales $ a apo$a" especialmente la dotaci&n de o+"as $ se"vicios esenciales en las "e#iones $ comunidades de meno" desa""ollo "elativo0
TEMA 7I El Poder Legislativo Nacional
•
•
•
PODER LE'ISLATI7O NACIONAL: Es el &"#ano enca"#ado de 7ace" las le$es $ cont"ola" la administ"aci&n p?+lica 7a de se" o es o tiene !ue se" plu"al deli+e"adamente $ "ep"esentativo0 Deli+e"ante8 Po" !ue es el &"#ano del pode" p?+lico donde se discuten las políticas del Estado0 Rep"esentativo8 Po" !ue las pe"sonas !ue e*e"cen los ca"#os de diputados est/n allí cumpliendo un mandato es deci" son mandata"ios0 A!t(cu#o /-. C.R.=.7. Los diputados o diputadas son "ep"esentantes del pue+lo $ de los Estados en su con*unto no su*etos a mandatos ni inst"ucciones sino s&lo a su conciencia0 Su voto en la Asam+lea Nacional es pe"sonal0 INDEPENDENCIA DEL PODER LE'ISLATI7O: Independencia de sus inte#"antes8 Consiste en la %acultad !ue tienen sus inte#"antes de esta+lece" su estatuto pe"sonal $ esta+lece" su "emune"aci&n0 Ot"a impo"tancia es en la elecci&n de sus ca"#os0 Incompati+ilidad en el e*e"cicio de sus %unciones8 Solo pueden e*e"ce" como docentes $ asistenciales0 Independencia del %uncionamiento8 Se %undamenta en la %acultad !ue tiene de estatui" o de no"ma" su pa"te administ"ativa0 Ellos tienen la %acultad de esta+lece" el n?me"o de comisiones !ue van a %unciona" pa"a el cumplimiento de sus %unciones0 Tiene la plena autonomía del o"den del día $ la cuenta !ue se va a discuti" en cada una de las sesiones0 PODER DEL PARLAMENTO: Pode" de delimitaci&n8 Consiste en esta+lece" los ma"cos le#ales $ p"esupuesta"ios pa"a la actuaci&n del #o+ie"no0 Pode" de cont"ol8
Mediante el e*e"cicio de este pode" el pa"lamento vi#ila la ma"c7a política $ administ"ativa del #o+ie"no0 Pode" de "eivindicaci&n $ oposici&n8 Po" !ue es donde se e*e"cen las c"íticas $ "eclamaciones !ue ase#u"an la e1p"esi&n ciudadana o+li#ando al #o+ie"no a e1plica" sus actuaciones $ a "ecti%ica" si %uese el caso0 INTE'RACION DEL PODER LE'ISLATI7O: A!t(cu#o -B. C.R.=.7. La Asam+lea Nacional esta"/ inte#"ada po" diputados $ diputadas ele#idos o ele#idas en cada entidad %ede"al po" votaci&n unive"sal di"ecta pe"sonali;ada $ sec"eta con "ep"esentaci&n p"opo"cional se#?n una +ase po+lacional del uno coma uno po" ciento de la po+laci&n total del país0 Cada entidad %ede"al ele#i"/ adem/s t"es diputados o diputadas0 Los pue+los indí#enas de la Rep?+lica >oliva"iana de Bene;uela ele#i"/n t"es diputados o diputadas de acue"do con lo esta+lecido en la l e$ electo"al "espetando sus t"adiciones $ costum+"es0 Cada diputado o diputada tend"/ un suplente o una suplente esco#ido o esco#ida en el mismo p"oceso0 COMPETENCIAS DEL PODER LE'ISLATI7O: A!t(cu#o -B. C.R.=.7. Co""esponde a la Asam+lea Nacional8 -. Le#isla" en las mate"ias de la competencia nacional $ so+"e el %uncionamiento de las distintas "amas del Pode" Nacional0 /. P"opone" enmiendas $ "e%o"mas a la Constituci&n en los t2"minos esta+lecidos en esta Constituci&n0 2. E*e"ce" %unciones de cont"ol so+"e el 9o+ie"no $ la Administ"aci&n P?+lica Nacional en los t2"minos consa#"ados en esta Constituci&n $ la le$0 Los elementos comp"o+ato"ios o+tenidos en el e*e"cicio de esta %unci&n tend"/n valo" p"o+ato"io en las condiciones !ue la le$ esta+le;ca0 4. O"#ani;a" $ p"omove" la pa"ticipaci&n ciudadana en los asuntos de su competencia0 5. Dec"eta" amnistías0 ELE'I=ILIDAD DE LOS INTE'RANTES DEL PODER LE'ISLTAI7O: A!t(cu#o -BB. C.R.=.7. Las condiciones pa"a se" ele#ido o ele#ida diputado o diputada a la Asam+lea Nacional son8 -. Se" vene;olano o vene;olana po" nacimiento o po" natu"ali;aci&n con !uince aKos de "esidencia en te""ito"io vene;olano0 /. Se" ma$o" de veinti?n aKos de edad0 2. :a+e" "esidido cuat"o aKos consecutivos en la entidad co""espondiente antes de la %ec7a de la elecci&n0 INELE'I=ILIDAD DE LOS INTE'RANTES DEL PODER LE'ISLATI7O: A!t(cu#o -B. C.R.=.7. No pod"/n se" ele#idos diputados o diputadas8 -. El P"esidente o P"esidente de la Rep?+lica el Bicep"esidente E*ecutivo o Bicep"esidenta E*ecutiva los Minist"os o Minist"as el Sec"eta"io o Sec"eta"ia de la P"esidencia de la Rep?+lica $ los P"esidentes o P"esidentas $ Di"ecto"es o Di"ecto"as de los Institutos Aut&nomos $ emp"esas del Estado 7asta t"es meses despu2s de la sepa"aci&n a+soluta de sus ca"#os0
/. Los #o+e"nado"es o #o+e"nado"as $ sec"eta"ios o sec"eta"ias de #o+ie"no de los Estados $ el Dist"ito Capital 7asta t"es meses despu2s de la sepa"aci&n a+soluta de sus ca"#os0 2. Los %unciona"ios o %unciona"ias municipales estadales o nacionales de Institutos Aut&nomos o emp"esas del Estado cuando la elecci&n ten#a lu#a" en la *u"isdicci&n en la cual act?a salvo si se t"ata de un ca"#o accidental asistencial docente o acad2mico0 La le$ o"#/nica pod"/ esta+lece" la inele#i+ilidad de ot"os %unciona"ios o %unciona"ias0 INCOMPETENCIAS DE LOS INTE'RANTES DEL PODER LE'ISLATI7O: A!t(cu#o -. C.R.=.7. Los diputados o diputadas a la Asam+lea Nacional no pod"/n se" p"opieta"ios o p"opieta"ias administ"ado"es o administ"ado"as o di"ecto"es o di"ecto"as de emp"esas !ue cont"aten con pe"sonas *u"ídicas estatales ni pod"/n #estiona" causas pa"ticula"es de inte"2s luc"ativo con las mismas0 Du"ante la votaci&n so+"e causas en las cuales su"*an con%lictos de inte"eses econ&micos los $ las inte#"antes de la Asam+lea Nacional !ue est2n involuc"ados o involuc"adas e dic7os con%lictos de+e"/n a+stene"se0 A!t(cu#o --. C.R.=.7. Los diputados o diputadas a la Asam+lea Nacional no pod"/n acepta" o e*e"ce" ca"#os p?+licos sin pe"de" su investidu"a salvo en actividades docentes acad2micas accidentales o asistenciales siemp"e !ue no supon#an dedicaci&n e1clusiva0 DURACION DE LOS DIPUTADOS EN SUS CAR'OS: A!t(cu#o -/. C.R.=.7. Los diputados o diputadas a la Asam+lea Nacional du"a"/n cinco aKos en el e*e"cicio de sus %unciones pudiendo se" "eele#idos o "eele#idas po" dos pe"iodos como m/1imo0 DIRECTI7A DEL PODER LE'ISLATI7O: A!t(cu#o -4. C.R.=.7. La Asam+lea Nacional ele#i"/ de su seno un P"esidente o P"esidenta $ dos Bicep"esidentes o Bicep"esidentas un Sec"eta"io o Sec"eta"ia $ un Su+sec"eta"io o Su+sec"eta"ia %ue"a de su seno po" un pe"íodo de un aKo0 El Re#lamento esta+lece"/ las %o"mas de supli" las %altas tempo"ales $ a+solutas0 IRRESPONSA=ILIDAD PARLAMENTARIA: A!t(cu#o -. C.R.=.7. Los diputados o diputadas a la Asam+lea Nacional no son "esponsa+les po" votos $ opiniones emitidos en el e*e"cicio de sus %unciones0 S&lo "esponde"/n ante los electo"es o electo"as $ el cue"po le#islativo de acue"do con la Constituci&n $ los Re#lamentos0 INMUNIDADES + PRI7ILE'IOS DE LOS DIPUTADOS: A!t(cu#o /. C.R.=.7. Los diputados o diputadas a la Asam+lea Nacional #o;a"/n de inmunidad en el e*e"cicio de sus %unciones desde su p"oclamaci&n 7asta la conclusi&n de su mandato o de la "enuncia del mismo0 De los p"esuntos delitos !ue cometan los $ las inte#"antes de la Asam+lea Nacional conoce"/ en %o"ma p"ivativa el T"i+unal Sup"emo de
• • • • • • •
PODER EJECUTI7O NACIONAL: Es la "ama del pode" p?+lico nacional !ue tiene a su ca"#o las %unciones de #o+ie"no $ administ"aci&n del Estado su m/1imo "ep"esentante es el P"esidente de la Rep?+lica $a !ue todos los dem/s %unciona"ios !ue le acompaKan en %unciones de #o+ie"no a 2l de+en su nom+"amiento $ po" lo tanto son dependientes de este0 El Pode" E*ecutivo se e*e"ce po" el P"esidente o A!t(cu#o //5. C.R.=.7. P"esidenta de la Rep?+lica el Bicep"esidente E*ecutivo o Bicep"esidenta
E*ecutiva los Minist"os o Minist"as $ dem/s %unciona"ios o %unciona"ias !ue dete"minen esta Constituci&n $ la le$0 A!t(cu#o //. C.R.=.7. El P"esidente o P"esidenta de la Rep?+lica es el
Si una %alta tempo"al se p"olon#a po" m/s de noventa días consecutivos la Asam+lea Nacional decidi"/ po" ma$o"ía de sus inte#"antes si de+e conside"a"se !ue 7a$ %alta a+soluta0 7ICEPRESIDENTE DE LA REPU=LICA: A!t(cu#o /2B. C.R.=.7. El Bicep"esidente E*ecutivo o Bicep"esidenta E*ecutiva es &"#ano di"ecto $ cola+o"ado" inmediato del P"esidente o P"esidenta de la Rep?+lica en su condici&n de
El P"esidente o P"esidenta de la Rep?+lica p"esidi"/ las "euniones del Conse*o de Minist"os pe"o pod"/ auto"i;a" al Bicep"esidente E*ecutivo o Bicep"esidenta E*ecutiva pa"a !ue las p"esida cuando no pueda asisti" a ellas0 Las decisiones tomadas se"/n "ati%icadas po" el P"esidente o P"esidenta de la Rep?+lica0 CONSEJO DE ESTADO: A!t(cu#o /5-. C.R.=.7. Conse*o de Estado es el &"#ano supe"io" de consulta del 9o+ie"no $ la Administ"aci&n P?+lica Nacional0 Se"/ de su competencia "ecomenda" políticas de inte"2s nacional en a!uellos asuntos a los !ue el P"esidente o P"esidenta de la Rep?+lica "econo;ca de especial t"ascendencia $ "e!uie"a su opini&n0 La le$ "espectiva dete"mina"/ sus %unciones $ at"i+uciones0 A!t(cu#o /5/. C.R.=.7. El Conse*o de Estado lo p"eside el Bicep"esidente E*ecutivo o Bicep"esidenta E*ecutiva $ esta"/ con%o"mado adem/s po" cinco pe"sonas desi#nadas po" el P"esidente o P"esidenta de la Rep?+lica@ un o una "ep"esentante desi#nado po" la Asam+lea Nacional@ un o una "ep"esentante desi#nado po" el T"i+unal Sup"emo de
TEMA 7III El Poder Judicial
•
EL PODER JUDICIAL: Es la "ama del pode" p?+lico !ue tiene la %unci&n de administ"a" *usticia en tal sentido e*e"ce en esa potestad po" inte"medio de los
• • • • •
Sala Político Administ"ativo . Ma#ist"ados0 Sala Electo"al . Ma#ist"ados0 Sala Civil . Ma#ist"ados0 Sala Penal . Ma#ist"ados0 Sala Social . Ma#ist"ados0 La sala plena est/ constituida po" los ( Ma#ist"ados0 REQUISITOS PARA SER MA'ISTRADO DEL T.S.J. A!t(cu#o /2. C.R.=.70 Pa"a se" ma#ist"ado o ma#ist"ada del T"i+unal Sup"emo de
Co""esponde e1clusivamente a la Sala Constitucional del T"i+unal Sup"emo de
TEMA I, e los estados de e!cepción CONCEPTO: A"tículo ..30 C0R0>0B0 El P"esidente o P"esidenta de la Rep?+lica en Conse*o de Minist"os pod"/ dec"eta" los estados de e1cepci&n0 Se cali%ican e1p"esamente como tales las ci"cunstancias de o"den social econ&mico político natu"al o ecolico !ue a%ecten #"avemente la se#u"idad de la Naci&n de las instituciones $ de los ciudadanos a cu$o "especto "esultan insu%icientes las %acultades de las cuales se disponen pa"a 7ace" %"ente a tales 7ec7os0 En tal caso pod"/n se" "est"in#idas tempo"almente las #a"antías consa#"adas en esta Constituci&n salvo las "e%e"idas a los de"ec7os a la vida p"o7i+ici&n de incomunicaci&n o to"tu"a el de"ec7o al de+ido p"oceso el de"ec7o a la in%o"maci&n $ los dem/s de"ec7os 7umanos intan#i+les0 PROCEDIMIENTO PARA DICTAR ESTADO DE E,CEPCIÓN: A!t(cu#o 22B. C.R.=.7. Pod"/ dec"eta"se el estado de ala"ma cuando se p"odu;can cat/st"o%es calamidades p?+licas u ot"os acontecimientos simila"es !ue pon#an se"iamente en peli#"o la se#u"idad de la Naci&n o de sus ciudadanos o ciudadanas0 Dic7o estado de e1cepci&n du"a"/ 7asta t"einta días siendo p"o""o#a+le po" t"einta días m/s0 Pod"/ dec"eta"se el estado de eme"#encia econ&mica cuando se susciten ci"cunstancias econ&micas e1t"ao"dina"ias !ue a%ecten #"avemente la vida econ&mica de la Naci&n0 Su du"aci&n se"/ de sesenta días p"o""o#a+les po" un pla;o i#ual0 DI7ERSOS ESTADOS DE E,CEPCION -. Del Estado de ala"ma0 HA"tículos 4 $ 60 L0O0S0E0E0 /. Del Estado de eme"#encia econ&mica0 HA"tículos ' '' $ '(0 L0O0S0E0E0 2. Del Estado de Conmoci&n inte"io"0 HA"tículo '.0 L0O0S0E0E0 4. Del Estado de Conmoci&n E1te"io"0 HA"tículo 'F0 L0O0S0E0E0
DE LAS REQUISICIONES DEL ESTADO DE E,CEPCION A"tículos (F $ ()0 L0O0S0E0E0 DEL CONTROL DE LA ASAM=LEA NACIONAL A"tículo (-0 L0O0S0E0E0 DEL CONTROL DEL TRI=UNAL SUPREMO DE JUSTICIA A"tículo .-0 L0O0S0E0E0
TEMA , El su"ragio
•
•
•
•
EL SU8RA'IO8 Es el de"ec7o !ue tiene todo ciudadano de e1p"esa" p?+licamente o sec"etamente su voluntad en asuntos o ne#ocios p?+licos pa"a decidi" en una elecci&n de inte"2s nacional o #ene"al0 No de+e con%undi"se el su%"a#io con el voto0 A"tículo -F0 Constituci&n Rep?+lica >oliva"iana de Bene;uela8 Son electo"es o electo"as todos los vene;olanos !ue 7a$an cumplido diecioc7o aKos de edad $ !ue no est2n su*etos a inte"dicci&n civil o in7a+ilitaci&n política0 El voto pa "a las elecciones municipales pa""o!uiales $ estadales se 7a"/ e1tensivo a los e1t"an*e"os o e1t"an*e"as !ue 7a$an cumplido diecioc7o aKos de edad con m/s de die; aKos de "esidencia en el país0 PRINCIPIOS DEL SU8RA'IO '0 Unive"sal8 Po" todos los ciudadanos de un Estado tienen el de"ec7o de vota" $ se" ele#idos sin impo"ta" su "a;a se1o "eli#i&n condici&n social o condici&n econ&mica0 (0 Di"ecto8 Po" !ue el electo" dete"mina di"ectamente a sus "ep"esentantes sin !ue e1ista pa"a tal p"oceso inte"mediaci&n al#una0 .0 Sec"eto8 Po" la decisi&n del electo" al emiti" su voto no puede se" conocida po" te"ce"os actualmente los sistemas computa"i;ados a$udan o %acilitan p"ote#e" este p"incipio0 F0 Li+"e8 Po" !ue a la 7o"a !ue el electo" va a emiti" su voto lo puede 7ace" ?nica $ e1clusivamente a los dictados $ comp"omisos de su conciencia