APLICACIÓN DE POSTULADO BASICO BASICO (NIF A-1).. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.
Sustancia económica Entidad económica Negocio en marcha Devengación contable Asociación de costos y gastos con ingresos Valuación Dualidad económica Consistencia
4. DEVENGACIÓN CONTABLE Concepto Acción y efecto de reconocer de reconocer o registrar en las cuentas las cuentas de resultados ciertas operaciones ciertas operaciones en proceso de cambio continuo. Los ingresos Los ingresos se reconocen cuando se ganan y los gastos los gastos cuando se incurren aún cuando el efectivo no haya sido recibido o pagado. Los convencionalismos contables establecen cuándo se efectúa el reconocimiento el reconocimiento contable (diario, semanal, mensual, anual, etc.) de acuerdo con la frecuencia en que se preparan los estados financieros. Equivalencias: En las normas internacionales la Devengación equivale a la base la base acumulada o base de acumulación. NIF A-2, Párrafo 37
Remplaza: principio de realización y periodo contable con table TODAS las transacciones y transformaciones internas así como de otros eventos y su identificación con un periodo contable determinado independientemente de cuándo se consideren realizadas. Establece
el
momento
de
reconocimiento
de
Una transacción es un tipo particular de evento en el que media la transferencia de un beneficio económico entre dos o más entidades. Recíproca, no recíproca. NIF A-2, párrafos 28 y 29
Transformaciones internas. NIF A-2, Párrafos 30 y 31 Otros eventos. Externos, internos. NIF A-2, Párrafos 32, 33, 34
Ejemplos de transacciones: Adquirimos mercancías que pagamos al contado, por $ 500,000.00 Adquirimos mercancías a crédito, por $ 800,000.00 Enajenamos mercancías al contado, por $ 200,000.00 Enajenamos mercancías a crédito, por $ 300,000.00 Recibimos un anticipo por compra de mercancías, por $ 100,000.00 Nos brindan servicio de mantenimiento a las computadoras por $ 10,000.00, al contado.
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Sustancia económica Entidad económica Negocio en marcha Devengación contable Asociación de costos y gastos con ingresos Valuación Dualidad económica Consistencia
Las transformaciones internas son cambios en la estructura financiera de la entidad a consecuencia de decisiones internas, los cuales le ocasionan efectos económicos que modifican sus recursos o sus fuentes. NIF A-2, párrafo 30
Ejemplos de transformaciones internas: Adquirimos un automóvil para el reparto de mercancías, $ 600,000.00, al contado o a crédito. Aseguramos el automóvil por 12 meses, por $15,000.00
Los eventos son sucesos de consecuencia que afectan económicamente a la entidad misma, los cuales son ajenos a las decisiones de la administración de la entidad y están parcial o totalmente fuera de su control. NIF A-2, párrafo 32 Eventos externos: los que derivan de la interacción entre una entidad y su medio ambiente. Eventos internos, los que ocurren dentro de la entidad y que están fuera de su control.
Ejemplos de eventos: Adquirimos mercancía a crédito del extranjero por 100,000 dólares al tipo de cambio de $ 13.00, y a la fecha de pago está al tipo de cambio de $13.50. Llueve y se inunda la bodega, con lo que se deteriora la mercancía por valor de $ 50,000.00 Se vuelca el autobús que estaba asegurado y queda inservible. Roban mercancías de la bodega por $ 20,000.00 Se modifica la tasa impositiva de ISR, era del 28% y sube al 30%.
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Otros eventos Momento del reconocimiento: Cuando se conocen, considerando para tal efecto: su naturaleza y la posibilidad de ser cuantificados razonablemente en términos monetarios. No es factible establecer normas en detalle acerca de cuándo un evento se debe reconocer contablemente, debido a su variedad y a que es difícil o casi imposible anticipar específicamente cuándo ocurrirá el evento o las situaciones que lo causaron. Ejemplos: Las fluctuaciones en el valor de una moneda extranjera; Los cambios en el poder adquisitivo de la moneda; Los efectos de una huelga general; Una inundación o un terremoto; El cierre de la frontera para un artículo que se importaba; La quiebra o suspensión de pagos decretados para un cliente de la entidad; Los cambios que tiene el mercado a consecuencia de las mejoras tecnológicas de los competidores; La falla mecánica de un bien o la baja del valor de un bien por inservible, obsoleto o dañado, entre otros. Ver: NIF A2, 29-34 / NIF 6, 12 El momento del reconocimiento no presenta mayores problemas en el caso de transacciones y transformaciones, pero tratándose de eventos el momento de reconocimiento es más subjetivo, y por ende se infiere que debe emplearse el juicio profesional. NIF A-1, parr. 51 a 53 Si se conoce un evento relevante, que no tiene la posibilidad de ser cuantificado razonablemente en términos monetarios, debe revelarse en una nota a los estados financieros para cumplir con las características cualitativas de los estados financieros básicos.
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DEVENGADO VS. REALIZADO La NIF A-2 aclara terminología respecto a lo “devengado” y “realizado”.
DEVENGADO: Se reconocen cuando ocurren. REALIZADO: Se recibe o paga en efectivo o su equivalente.
Consecuencias del momento de Devengación Debido a que el momento en que ocurre la devengación puede no coincidir con el momento en que se materializa su cobro o su pago , en el registro contable se presentan las siguientes situaciones:
Momentos de ocurrencia
Se reconocen...
Primero se materializa el cobro y después se devenga
Los pasivos (anticipos recibidos) en espera de que se devenguen sus ingresos relativos.
Primero se materializa el pago y después se devenga
Los activos (pagos anticipados) en espera a que se devenguen sus costos o gastos relativos.
Primero se devengan los ingresos y después se cobran
Los ingresos, aun cuando no se hayan cobrado todavía.
Primero se devengan los costos o gastos y después se pagan
Los costos o gastos , aun cuando no se hayan pagado todavía.
Los ingresos se devengan y se cobran al mismo tiempo
La entrada de efectivo y el ingreso
Los costos y gastos se devengan y se pagan al mismo tiempo
La salida de efectivo y el costo o gasto
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Normas particulares Las normas particulares determinan cuándo y bajo qué circunstancias las operaciones serán objeto de reconocimiento contable. NIF A2, 37 Cambio de principio a postulado: El postulado de devengación reemplaza al principio de realización y al principio de periodo contable, que se aplicaban conjuntamente. 4.-DevengaciónContable
Las transacciones deben reconocerse en el momento que ocurren, en un periodo convencional. Periodo Contable.
Devengación contable El postulado básico de la devengación contable establece que los efectos derivados de las transacciones que lleva a cabo una entidad económica con otras entidades, de las transformaciones internas y de otros eventos, que la han afectado económicamente, deben reconocerse en su totalidad, en el momento en el que ocurren, independientemente de la fecha en que se consideren realizados para fines contables. Para explicar este postulado básico, la NIF A2 proporciona las definiciones de transacciones, transformaciones internas y otros eventos, en los términos siguientes: 1. Transacciones. Se señala que una transacción es un tipo particular de evento en el que media la transferencia de un beneficio económico entre dos o más entidades. La transacción puede ser recíproca cuando cada entidad recibe y transfiere recursos económicos, o no recíproca, cuando sólo una de ellas recibe recursos económicos y la otra los transfiere. Ejemplo de una transacción recíproca es la
compraventa de mercancías, mientras que un ejemplo de una transacción no recíproca son las donaciones otorgadas o recibidas. 2. Transformaciones internas. Las transformaciones internas son cambios en la estructura financiera de la entidad, a consecuencia de decisiones internas, los cuales le ocasionan efectos económicos que modifican sus recursos o sus fuentes.
APLICACIÓN DE POSTULADO BASICO (NIF A-1).. 1. Sustancia económica 2. Entidad económica 3. Negocio en marcha 4. Devengación contable 5. Asociación de costos y gastos con ingresos 6. Valuación 7. Dualidad económica 8. Consistencia Entre otros ejemplos de transformaciones internas, están los siguientes: a) La capitalización de pasivos. b) El traspaso de producción en proceso a los inventarios de productos terminados. c) El abandono de una planta productiva o de un sector de la misma. 3. Otros eventos. Los eventos son sucesos de consecuencia que afectan económicamente a la entidad misma, los cuales son ajenos a las decisiones de la administración de la entidad y están parcial o totalmente fuera de control. Los eventos que se derivan de la interacción de una entidad y su medio ambiente se denominan eventos exter nos, mientras que los eventos que ocurren dentro de la entidad y que están fuera de su control se denominan eventos internos. Como ejemplos de eventos externos se pueden citar los siguientes: a) Las fluctuaciones en el valor de una moneda extranjera. b) Los cambios en el valor adquisitivo de la moneda (inflación o deflación). c) Los efectos de una huelga general, una inundación o un terremoto. d) El cierre de la frontera para un artículo que se importaba. e) La quiebra o la suspensión de pagos decretados para un cliente de la entidad. f) Los cambios en el mercado a consecuencia de las mejoras tecnológicas de los competidores. g) La modificación de las tasas impositivas. Ejemplos de eventos internos son los siguientes: a) Las fallas mecánicas de la maquinaria y equipo. b) La baja de valor de los bienes, por obsolescencia o daño. c) Los efectos de un incendio provocado por error o negligencia del personal de la entidad. Por otra parte, la NIF A2 explica este postulado básico en los términos siguientes: 1. El sistema de información contable debe incorporar, sin excepción, todos los efectos de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos que afectan económicamente a la entidad. Esto permite reunir un conocimiento suficiente y cabal de los hechos acaecidos en una entidad, mismos que posteriormente servirán de base para informar sus aspectos relevantes en los estados financieros. 2. La contabilidad sobre una base de devengación (también llamada contabilidad sobre una base de acumulación o contabilidad sobre una base acumulada) no sólo capta transacciones, transformaciones internas y eventos pasados que representaron cobros o pagos de efectivo, sino también obligaciones de pago en el futuro y recursos que representan efectivo a cobrar en el futuro. Las normas particulares determinan cuándo y bajo qué cir cunstancias serán objeto de reconocimiento contable. 3. La realización se refiere al momento en el que se materializa el cobro o el pago de la partida en cuestión, lo cual normalmente sucede al recibir o pagar efectivo o su equivalente, o bien, al intercambiar dicha partida por derechos u obligaciones. 4. Las transacciones se reconocen c ontablemente (devengan) cuando en un acuerdo de voluntades se adquiere un derecho por una de las partes involucrada en la transacción y surge una obligación para la otra parte involucrada, independientemente de cuándo se realicen (cobren o paguen).
APLICACIÓN DE POSTULADO BASICO (NIF A-1).. 1. Sustancia económica 2. Entidad económica 3. Negocio en marcha 4. Devengación contable 5. Asociación de costos y gastos con ingresos 6. Valuación 7. Dualidad económica 8. Consistencia Ejemplos: a) Cuando se ha entregado o recibido la mercancía, ya sea en el lugar de destino o en el de embarque, según se haya pactado. 3/3/2015 Normas de información financiera (NIF) http://www.practicafiscal.com.mx/ADMINISTRADOR/SeccionFiscal/2011/TPF1630.htm 10/15
b) Cuando se ha otorgado o recibido el servicio. c) Cuando se han efectuado traslaciones de dominio de activos. 5. Las transformaciones internas se reconocen c ontablemente en el momento en el que modifican la estructura de sus recursos y sus fuentes. Ejemplo: la transformación de materia prima de producción en proceso y de este estado a producto terminado. 6. Por lo que se refiere a los otros eventos que afectan económicamente a la entidad, éstos se considerarán devengados cuando se conozcan, considerando para tal efecto su naturaleza y la posibilidad de ser cuantificados razonablemente en términos monetarios;
sin embargo, no es factible establecer normas en detalle acerca de cuándo un evento se debe reconocer contablemente, debido a su variedad y a que es difícil o casi imposible anticipar específicamente cuándo ocurrirá el evento o las situaciones que lo causaron. No obstante lo anterior, un ejemplo del registro contable de otros eventos lo proporciona la NIF B10, la cual establece las reglas para incorporar los efectos de la inflación en la información contable. Como conclusión, un ejemplo de la aplicación práctica de este principio se presenta a continuación: Ejemplo PLANTEAMIENTO Una entidad efectúa la venta a crédito de una mercancía a un cliente: 1. Se entrega el bien al cliente. 2. El precio del bien asciende a l a cantidad de $33,000. 3. La entidad cobra el precio de la mercancía 30 días después de efectuada la venta. Para efectos prácticos no se efectúan registros de IVA. DESARROLLO 1. Se identifica el momento en que se devenga la operación. La devengación contable de la operación se lleva a cabo cuando se efectúa la venta, ya que en ese momento se transfiere el dominio del bien y se adquiere el derecho a recibir efectivo en un futuro (30 días posteriores a la venta). 2. Se identifica el momento en que se realiza la operación. La operación se efectúa cuando se cobra la cantidad en efectivo acordada en la venta (precio del bien). 3. Se registra en contabilidad la devengación de la operación. Asiento 1 Por el registro de la venta Debe Haber Clientes $33,000 Ventas $33,000 Asiento 2 Por el registro del costo de la venta Debe Haber Costo de ventas $33,000 Inventarios $33,000 4. Se registra en contabilidad la realización de la operación. 3/3/2015 Normas de información financiera (NIF) http://www.practicafiscal.com.mx/ADMINISTRADOR/SeccionFiscal/2011/TPF1630.htm 11/15
APLICACIÓN DE POSTULADO BASICO (NIF A-1).. 1. Sustancia económica 2. Entidad económica 3. Negocio en marcha 4. Devengación contable 5. Asociación de costos y gastos con ingresos 6. Valuación 7. Dualidad económica 8. Consistencia Asiento 3 Por el cobro del precio Debe Haber Efectivo en caja y bancos $33,000 Clientes $33,000 Periodo contable
Con anterioridad a la promulgación de las nuevas NIF, este concepto se trataba como un principio de contabilidad. En la actualidad, dichas NIF lo han incorporado dentro del pos tulado de la devengación contable. La NIF A2 especifica que los efectos derivados de las transacciones y transformaciones internas que lleva a cabo una entidad, así como de otros eventos que la afectan económicamente, deben identificarse con un periodo convencionalmente determinado (periodo contable), a efecto de conocer en for ma periódica la situación financiera y el resultado de las operaciones de la entidad. El concepto de periodo contable asume que la actividad económica de la entidad, misma que tiene una existencia continua, puede ser dividida en periodos convencionales, los cuales varían en extensión para presentar la situación financiera, los resultados de operación, los cambios en el capital o patrimonio contable y los cambios en su situación financiera, incluyendo operaciones, que si bien no han conc luido totalmente, ya han afectado económicamente a la entidad. Para estos fines se establece que el periodo contable sea equivalente a un ciclo normal de operacio nes de la entidad, cuando éste sea igual o mayor a un año; cuando el ciclo sea menor a un año y no pueda identificarse, debe considerarse como
periodo contable el ejercicio social de la entidad. El ciclo normal de operaciones de una entidad es el tiempo co mprendido entre la adquisición de activos para su procesamiento y realización de los mismos, derivada de su enajenación. La NIF A2 establece que la necesidad de efectuar cor tes convencionales en la vida de la entidad facilita, entre otras cosas, que:
DEVENGA CIÓN CONTAB LE Pos tul ado b ásic o Los efectos derivados de las transacciones que lleva a cabo una entidad económica con otras entidades, de las transformaciones internas y de otros eventos, que la han afectado económicamente, deben reconocerse con tablemente en su totalidad, en el mom ento en el que ocurren, independientemente de la fecha en que se co nsideren realizados para fines contables .
Las implicaciones de tener que aplicar las NIF para la determinación de los ingresos que son el primer elemento de la ecuación tributaria Ingresos Acumulables menos Deducciones Autorizadas , son las que analizaremos en el presente artículo, aplicación
APLICACIÓN DE POSTULADO BASICO (NIF A-1).. 1. Sustancia económica 2. Entidad económica 3. Negocio en marcha 4. Devengación contable 5. Asociación de costos y gastos con ingresos 6. Valuación 7. Dualidad económica 8. Consistencia que –entendida de manera adecuada por el especialista tributario – indudablemente le otorgará un valor agregado a su desempeño profesional. EL RECONOCIMIENTO DE INGRESOS EN LAS NIF
El artículo 18 de la LISR plantea los momentos en los cuales los ingresos previstos en el numeral 17 del mismo ordenamiento deben acumularse, como se transcribe a continuación: 18. Para los efectos del artículo 17 de esta Ley, se considera que los ingresos se obtienen, en aquellos casos no previstos en otros artículos de la misma, en las fechas que se señalan conforme a lo siguiente tratándose de: I. Enajenación de bienes o prestación de servicios, cuando se dé cualquiera de los siguientes supuestos, el que ocurra primero: a) Se expida el comprob ante que ampare el precio o la contraprestación pactada. b ) Se envíe o entregue materialmente el bien o cuando se preste el servicio . c ) Se cobre o sea exigible total o p arcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun cuando provenga de anticipos . … II. Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, cuando se cobren total o parcialmente las contraprestaciones, o cuando éstas sean exigibles a favor de quien efectúe dicho otorgamiento,
o se expida el comprobante de pago que ampare el precio o la contraprestación pactada, lo que suceda primero. …
Este artículo 18 también plantea una serie de precisiones para cierto tipo de ingresos, como los obtenidos al amparo de contratos de arrendamiento financiero, y excepciones para contribuyentes que deben considerar sus ingresos acumulables hasta que se dé el cobro o realización, tales como los obtenidos por sociedades civiles. Asimismo, en esta disposición se establece que toda deuda perdonada constituye ingreso para el deudor, bajo ciertas características. De esa manera, como bien menciona un colega articulista de esta publicación, no existe definición del término “ingreso” ni en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) ni en ordenamiento jurídico alguno en México, 1 por lo que pareciera ser que
APLICACIÓN DE POSTULADO BASICO (NIF A-1).. 1. Sustancia económica 2. Entidad económica 3. Negocio en marcha 4. Devengación contable 5. Asociación de costos y gastos con ingresos 6. Valuación 7. Dualidad económica 8. Consistencia las disposiciones tributarias comentadas hasta el momento únicamente se limitan a plantear una serie de hipótesis, las cuales obliguen a los contribuyentes a ubicarse en el supuesto de acumulación de ingresos, sin existir la mencionada definición. Sin embargo, las NIF claramente definen lo que debe entenderse como “ingreso” en su NIF A -5 Elementos básicos de los estados financieros: Ingresos: Definición Un ingreso es el incremento de los activos o el decremento de los pasivos de una entidad, durante un periodo contable, con un impacto favorable en la utilidad o pérdida neta o, en su caso, en el cambio neto en el patrimonio contable y, consecuentemente, en el capital ganado o patrimonio contable, respectivamente.
La definición de la norma financiera claramente especifica que sólo debe considerarse “ingreso”
aquello que constituye un verdadero beneficio económico para la entidad, lo cual decididamente refuerza la hipótesis del autor del artículo mencionado en la cita anterior, quien sostiene que los anticipos reales de clientes no deben considerarse como ingresos acumulables, debido a que no modifican la situación patrimonial de quien los percibe. Por consiguiente, si bien la definición de “ingresos”
en las NIF mexicanas es en sí misma elegantemente sencilla y clara, resulta necesario también contar con una normatividad contable, la cual permita definir, de manera precisa, los momentos de acumulación de los mismos, pues si
bien las normas fiscales están diseñadas de tal suerte que permitan “reconocer” para efectos fiscales
la mayor cantidad de ingresos posible, las normas financieras deben procurar ser estrictas en no sobreestimar los resultados de las entidades, al reconocer ingresos que no necesariamente van a ser realizados. Por esta razón, una de las normas internacionales que válidamente se utiliza de manera supletoria en México, es la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) 18 “Reconocimiento de ingresos”.
Ésta establece, entre otras cuestiones, y salvo ciertas excepciones, los momentos de acumulación de los ingresos para casi todas las industrias (entendiendo como “industria” a los sectores económicos
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“Reconocimiento de ingresos” El enfoque principal de las NIIF respecto al reconocimiento de ingresos (y también de los PCGA de los EEUU o US GAAP) está basado en la teoría del “evento crítico”, misma que está fundamentada en la creencia de que el ingreso se gana en el punto del ciclo operativo cuando la decisión o el acto más crítico es realizada o llevado a cabo, respectivamente. En teoría, el evento crítico puede ocurrir en varias etapas durante el ciclo operativo; por ejemplo, al completar la pr oducción, al momento de la venta, al momento de la entrega o al momento del cobro. El reconocimiento de los ingresos está sujeto a cierto número de incertidumbres de medición que pueden ocurrir en cualquier punto. Sin embargo, debido a que estas incertidumbres se descartan en varias etapas a través del ciclo operativo, es necesario identificar un punto en el ciclo en el cual las incertidumbres pendientes de descartarse puedan ser estimadas con suficiente precisión para permitir que el ingreso sea reconocido…2
Lo anterior, tomado de una publicación especializada en NIIF, significa que los ingresos sólo deben reconocerse cuando exista un grado de seguridad razonable de que éstos serán realizados o cobrados , lo cual no necesariamente coincide con lo que acostumbramos para efectos de la acumulación de ingresos en materia tributaria. Como ejemplo de lo anterior, las facturaciones por ventas de bienes que serán entregados en …si bien las normas fiscales están
diseñadas de tal suerte que
permitan “reconocer” para efectos
fiscales la mayor cantidad de ingresos posible, las normas financieras deben procurar ser estrictas en no sobreestimar los resultados de las entidades… fechas distantes a futuro, no permiten ser reconocidas para las NIIF (y, por ende, supletoriamente para empresas en México), pero en base al inciso a) del artículo 18 de la LISR, sí. MOMENTOS DE RECONOCIMIENTO DE INGRESOS PARA NIF (APLICANDO SUPLETORIAMENTE NIIF 18)3 Durante la producción
En el caso de ingresos por servicios de cualquier
APLICACIÓN DE POSTULADO BASICO (NIF A-1).. 1. Sustancia económica 2. Entidad económica 3. Negocio en marcha 4. Devengación contable 5. Asociación de costos y gastos con ingresos 6. Valuación 7. Dualidad económica 8. Consistencia índole (incluyendo servicios de construcción), éstos deben reconocerse en la medida que co ntractualmente dicho servicio se vaya realizando y, por ende, cuando es considerado como prestado. Al término de la producción
Esta situación se da con frecuencia, tanto para la producción de commodities, como para la de ciertos metales preciosos, siempre y cuando exista un mercado con capacidad de adquirir rápidamente las cantidades ya producidas por la entidad; que las unidades del commodity sean intercambiables; que el precio de mercado sea determinable y estable, y que los gastos de venta necesarios para concretar la realización sean poco significativos. Al momento de la venta (pero antes de la entrega)
En esos casos es factible reconocer el ingreso cuando existe una disposición contrac