COMPARATIVO POSTULADOS BASICOS: NIF VS. CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL DEFINICIÓN (NIF)
DEFINICION (CONT. GUB.)
IGUALDADES IGUALDADES
DIFERENCIAS DIFERENCIAS
ENTIDAD ECONOMICA
Unidad identificable que realiza actividades económicas, atraves de de combinaciones combinaciones de recursos humanos, materiales y financieros, conducidos y administrados por un único centro de de control que toma decisiones encaminadas a cumplir los objetivos específicos para los que fue creada; su personalidad personalidad jurídica es independiente a los accionistas, propietarios o patrocinadores.
Se considera ente público a toda dependencia o entidad gubernamental, gubernamental, plenamente Identificable, que ha sido creado por mandato Constitucional, Ley o Decreto.
Ambas tienen personalidad personalidad jurídica independiente independiente a la de sus representantes.
Las empresas se constituyen mediante una escritura social ante un notario público, mientras que las dependencias públicas se crean por medio de mandatos de ley.
EXISTENCIA PERMANENTE
La entidad económica se presume en existencia permanente, dentro de un horizonte de tiempo ilimitado, salvo prueba en contrario, por lo que las cifras en el sistema de información contable, representan valores sistemáticamente obtenidos, con base en las NIF. En tanto prevalezcan dichas condiciones, no deben determinarse valores estimados de la disposición o liquidación del conjunto de activos netos de la entidad.
El ente público tiene existencia permanente, salvo modificación posterior al mandato Constitucional, Constitucional, Ley o Decreto que lo creó, en la que se especifique lo contrario.
En ambos casos se dice que la funcionalidad del ente o dependencia será sin límite de tiempo, siempre que no se acuerde lo contrario o q se creen para fines específicos con un determinado periodo de tiempo.
Cuando no se cumpla este postulado las empresas tendrán que decretar en su acta constitutiva el periodo por el cual estarán funcionando hasta determinado tiempo y las dependencias dependencias lo harán conforme al decreto o ley que las formó.
PERIODO CONTABLE
Los efectos de las transacciones y transformaciones internas que lleva a cabo una entidad, deben identificarse con un periodo determinado, a fin de conocer en forma periódica la situación financiera y el resultado de las operaciones de la entidad.
La vida del ente público se divide en períodos uniformes de un año calendario, para efectos del registro de sus operaciones y de rendición de cuentas.
Ambas consideran consideran el periodo contable el equivalente a 1 año de calendario en caso contrario será de la fecha en que inicien operaciones hasta el fin del año.
DUALIDAD ECONÓMICA
La estructura financiera de una entidad económica está constituida por los recursos de los que dispone para la consecución de sus fines y por las fuentes de donde los obtiene ya sean propios o ajenos.
Ambas reconocen en su estructura contable que recursos requieren para seguir cumpliendo con sus fines, independientemente independientemente de que estos sean propios o ajenos.
CONSISTENCIA
Por la existencia de operaciones similares en una entidad, debe corresponder un mismo tratamiento contable, el cual debe prevalecer a través del tiempo, en tanto no cambie su esencia económica de las operaciones.
El ente público debe reconocer en la contabilidad la representación dual de las transacciones aplicando la teoría del cargo y del abono, conforme a los derechos y obligaciones, obligaciones, ya sean derivados de los presupuestos públicos, así como de aquéllos de origen patrimonial y no presupuestario. Ante la existencia de operaciones similares similares en un ente público, debe corresponder un mismo tratamiento contable, el cual prevalezca a través del t iempo, siempre que no cambie la sustancia económica de las operaciones para conocer su evaluación mediante la comparación de los Estados Financieros de éste, o su posición
No existe diferencia ya que en ambos casos los métodos o los sistemas contables que se utilicen deben ser consistentes y no ser cambiados continuamente para evitar precisamente que las operaciones pierdan sustancia
en relación con otros entes económicos.
INFORMACIÓN SUFICIENTE
Para satisfacer las necesidades del usuario general, el sistema de información contable debe incluir todas las operaciones que afectaron económicamente a la entidad y expresarse en los estados financieros de forma clara y comprensible.
IMPORTANCIA RELATIVA
La información que aparece en los estados Los estados contables, presupuestarios y financieros debe mostrar los aspectos patrimoniales, deben mostrar todas las importantes que la entidad reconoció partidas y elementos que son de contablemente. Se dice que tiene importancia para tomar decisiones, importancia relativa cuando existe el riesgo efectuar evaluaciones y rendir cuentas. de que su omisión o presentación errónea interfiera en la t oma de decisiones. Los efectos derivados de las transacciones La contabilización de las transacciones de gasto se reconocerán conforme a la que lleva a cabo una entidad económica fecha de su realización, con otras, así como las transformaciones independientemente de su pago; las de internas y otros eventos, que la han ingreso cuando se realicen afectado económicamente deben efectivamente y/o se registrarán en los reconocerse contablemente en su activos correspondientes cuando exista totalidad, al momento que ocurren, independientemente de la fecha en que se jurídicamente el derecho de cobro. consideren realizados para fines contables. Los derechos, obligaciones y Es el monto recibido de recursos en transformaciones patrimoniales se efectivo o equivalentes, al incurrir en un deben registrar reconociendo el importe pasivo.
DEVENGACIÓN CONTABLE
COSTO HISTÓRICO
Los Estados Financieros deben incluir información suficiente para mostrar amplia y claramente los resultados y la situación financiera del ente público, sustentada en la contabilización de cada una de las transacciones en términos brutos con base en la documentación contable original que las respalde y cumpliendo con las características cualitativas que se requiere.
inicial conforme a la documentación comprobatoria y justificativa que los respalde, identificando claramente los diferentes componentes que los integran.
y capacidad para ser comparativas. Tanto para las entidades públicas como para las empresas se requiere que su información sea suficiente para la toma de decisiones y la suficiencia será determinada de acuerdo con las necesidades de los usuarios generales.
En ambas la información que presente debe ser aquella que cree un impacto importante en la toma de decisiones.
Ambas consideran contablemente sus transacciones justo en el momento que son efectuadas sin importar que la fecha de pago sea distinta a ésta.
No existe alguna diferencia de aplicación del postulado pues ambas reconocen el costo histórico como aquel que se pago en la fecha de la transacción y se reconoció así contablemente.
En el caso de las entidades públicas esta información servirá para conocer los resultados de la ejecución de presupuestos, efectos patrimoniales, y los de la operación derivada de registrar contablemente cada una de estas operaciones en términos brutos. En la empresas la rendición de cuentas es para los socios o administradores, en cambio los entes públicos es para el estado. En los entes públicos los ingresos devengados afectaran la ley de ingresos, en cambio en las empresas solo se consideran para los ingresos aquellos efectivamente cobrados.