PARCIAL Nº2 DERECHO ADMINISTRATIVO
ALUMNA: MEDINA, GISELA EILEÉN Actividad 1: ¿De quien es la firma? En el mes de febrero del corriente año, ante la existencia de faltantes de fondos de la cuenta bancaria del Ministerio de Salud de la Provincia de !rdoba, el Ministro decide iniciar una investi"aci!n administrativa# $ras $ras al"unas semanas de intensa actividad, consistentes en recolectar informaci!n documental, tomar declaraciones a los em%leados, etc#, el instructor &en ex%ediente administrativo '()*+' mediante informe -. /+/ elevado al Ministro conclu0e que, la ontadora arla Martine 2a"ente del Ministerio encar"ada de la suscri%ci!n de c3eques, !rdenes de %a"o, etc#4 es la res%onsable del faltante de fondos, %or existir c3eques firmados %or la misma que carec5an de la autoriaci!n %ara su libramiento# libramiento# Sobre la base de ese informe, el Ministro decide correr traslado de las actuaciones a la tra# Martine# 6a a"ente %rovincial nie"a los 3ec3os que se le im%utan 0 solicita se efect7e una %ericia cali"r8fica a los fines de determinar si la firma inserta en los c3eques ob9eto de la investi"aci!n eran de su autor5a# En ese estado, el Ministro dicta la resoluci!n 11*+'
1) El informe -. /+/ ¿Es un acto administrativo? ;undamente su res%uesta#
Un acto administrativo es una declaración de voluntad unilateral y concreta de conocimiento, que emana de la administración en el eercicio de la !unción administrativa y que "roduce e!ectos inmediatos e individuales de car#cter administrativo$ El in!o in!orm rmee n% &'& &'& no es un acto acto admi admini nist stra ratitivo vo$$ Se trat trataa de la desc descriri"c "ció iónn de las las caracter(sticas y circunstancias de los )ec)os que !ueron investi*ados$ +rata de la acción y e!ecto de in!ormar como resultado de un "rocedimiento administrativo que se comenó a desarrollar$
PARCIAL Nº2 DERECHO ADMINISTRATIVO
ALUMNA: MEDINA, GISELA EILEÉN 2) a4
-om"etencia: es la es!era de atri.uciones de los entes y ór*anos, determinada "or el derec)o o.etivo o el ordenamiento ur(dico "ositivo$ El conunto de !acultades y o.li*aciones que un ór*ano "uede y de.e eercer le*(timamente$ Es irrenuncia.le e im"rorro*a.le$ En este caso, es el Go.ierno de la "rovincia de -órdo.a a trav/s del Ministerio de Salud 0-arlos U*arte1$ 2.eto: Materia o contenido so.re la cual se decide, certi!ica, valora u o"ina$ De.e ser cierto, claro, "reciso y "osi.le !(sica y ur(dicamente$ En este caso, el o.eto es declararla res"onsa.le a la -ontadora Mart(ne de li.rar c)eques sin la autoriación corres"ondiente a la cuenta del Ministerio de Salud$ 3oluntad$ La voluntad del acto administrativo esta com"uesta "or la voluntad su.etiva del !uncionario y la o.etiva del le*islador$ 4uede ser e5"resa 0la conducta administrativa se e5terioria a trav/s de la "ala.ra oral, escrita o "or s(m.olos o si*nos1, o tacita 0cuando el silencio administrativo, "or e5"resa "revisión del ordenamiento ur(dico, es considerado "ositivo1$ Ac# )ay voluntad su.etiva del !uncionario, o.etiva del le*islador y es e5"resa "orque se di!undió de manera escrita$ 6orma$ 7ace re!erencia al modo cómo se instrumenta y se da a conocer la voluntad administrativa$ Motivación$ Declaración de las circunstancias de )ec)o y derec)o que )an inducido a la emisión del acto$ En este caso, la motivación es el !altante de sumas de dinero de las cuentas .ancarias del Ministerio, "ara lo cual se inicio una investi*ación administrativa a !ines de determinar los res"onsa.les de dic)o !altante$ Noti!icación$ 6orma de "u.licidad$ El acto que no )a sido noti!icado, no "roduce e!ectos ur(dicos inmediatos$ En su Art$ 8 09es$ ;<'=1 solicita que se "rotocolice, comunique, noti!ique, "u.lique en el >olet(n 2!icial y se arc)ive, cum"liendo con la noti!icación requerida "ara que dic)o acto sea valido$ .1 Advierte al"7n vicio en al"uno de ellos# ¿En cual? ;undamente su res%uesta# Si$ 3icio en la voluntad$ E5isten una serie de tr#mites, !ormalidades y "rocedimientos que de.en cum"lirse antes de emitir la voluntad administrativa, la cual se austara se*?n los casos, a los si*uientes requisitos: !inalidad, raona.ilidad, de.ido "roceso, ausencia de error, dolo y violencia, autoriación, a"ro.ación, re*las t/cnicas y actos suetos a control$ La resolución ;<'= se ve a!ectada "or un vicio que ataca el de.ido "roceso, "ues la *arant(a de la de!ensa en uicio (nsita en el, es a"lica.le en el #m.ito administrativo, ya que cuando no se le da al administrado la "osi.ilidad de e5"oner raones, o!recer y "roducir "rue.as, etc$ El acto estar# viciado en el elemento voluntad$ c4 En caso de 3aber res%ondido afirmativamente la %re"unta b4# ¿Puede la Administraci!n revocar la resoluci!n 11*+'? ¿Por qu=?
Si, ya que la revocación es una de las !ormas de e5tinción de los actos administrativos dis"uestos "or los ór*anos que act?an en eercicio de la !unción administrativa$ Se !unda en raones de o"ortunidad 0causa "ol(tica1 o de ile*itimidad 0causa ur(dica1$
En sentido am"lio, revocación es sinónimo de alteración del acto "or la "ro"ia Administrados$ -om"rende la dero*ación sin sustitución, la dero*ación con sustitución y la sim"le modi!icación de /l "or el sueto que lo emitió o su su"erior$ 0Art$ ==, ley @@B de 4roced$ Adm$ De la 4cia$ De -.a1$
PARCIAL Nº2 DERECHO ADMINISTRATIVO
ALUMNA: MEDINA, GISELA EILEÉN 3) 6a resoluci!n 11*+'¿>iola al"uno de los %rinci%ios del %rocedimiento administrativo? ¿u8l? ¿Por qu=?
Si$ La resolución ;<'= viola el "rinci"io de de.ido "roceso, ya que el administrado tiene derec)o a ser o(do y a "roducir "rue.a, tomar vista de las actuaciones, o.tener una decisión !undada en derec)o, )acerse "atrocinar, im"u*nar, etc$, y en el caso de an#lisis, se visto cercenado el derec)o a "roducir "rue.a$
PARCIAL Nº2 DERECHO ADMINISTRATIVO
ALUMNA: MEDINA, GISELA EILEÉN 4) a4 ¿u= recurso*s debe deducir la tra# Mart5ne? ¿En qu= %laos? ¿Ante que autoridad debe*n deducirse?
De.e inter"oner un recurso de reconsideración$ Se "resenta ante el mismo ór*ano que dicto el acto, "ara que lo revoque, sustituya o modi!ique "or contrario im"erio$ El t/rmino "ara inter"onerlo es de cinco 01 d(as a "artir de la noti!icación, con!orme lo esta.lecen los art(culos B', B y B; del 9e*lamento$ Se "resenta ante el mismo ór*ano que la dictó, en este caso, el Ministerio de Salud$ b4 Mientras tramita la v5a recursiva, la tra# Mart5ne: 14 ¿obrar8 sus 3aberes mensuales? ¿Por qu=?
Se*?n lo esta.lecido "or el ar$ C de la Ley 4cial$ @@B, la contadora Mart(ne no co.rar# sus )a.eres mientras se tramite la v(a recursiva, ya que la inter"osición del recurso de reconsideración N2 sus"ende la resolución del acto im"u*nado 0)asta que el acto que se intenta im"u*nar no est/ revocado, si*ue en vi*encia1$ 42/4on el fin de continuar cobrando sus 3aberes que, 3asta que se resuelvan los recursos %lanteados, contin7e cobrando sus 3aberes ¿u= deber5a solicitar 0 acreditar en sede administrativa?
De.er# solicitar la sus"ensión de la eecución del acto im"u*nado mediante resolución !undada, ale*ando el vicio del que adolece el acto, que en este caso, es la violación al de.ido "roceso$ c4 @edacte el @ecurso de @econsideraci!n en contra de la @esoluci!n 11*+'
IN+E942NE 9E-U9S2 DE 9E-2NSIDE9A-I2N 9e!erencia: resolución n% ;<'= Sr$ -arlos U*arte Ministro de Salud de la 4rovincia de -órdo.a 4resentación y o.eto uien suscri.e, Eu*enia Mart(ne, -ontadora 4u.lica, M$4$ N% @;BC 0D$N$I$ ;&$8@B$C=1, con "restación de servicios en esta de"endencia a su car*o, re"resentada en este acto "or la Dra$ Lucia -a!!erata, a.o*ada, M$4$ N% CCCCB, !iando domicilio a los e!ectos le*ales en -alle -orro n% &;, @% 4iso AF, de la ciudad de -órdo.a, me "resento y di*o: ue )a.i/ndome noti!icado en la !ec)a del contenido de la resolución n% ;<'= en la que se res"onsa.ilia a la -ra$ Mart(ne de li.rar c)eques sin la autoriación corres"ondiente a la cuenta del Ministerio de Salud, "or la cual se le a"lico una sanción administrativa consistente en la cesant(a, se diri*e a Ud$, en tiem"o y !orma a !in de inter"oner este recurso de reconsideración, con!orme lo "revisto en el Art$ B' de la Ley de 4rocedimientos Administrativo de la 4cia$ De -órdo.a$ 4retensión
Es "retensión de este recurrente, en uso del derec)o a ser o(do, a "resentar las "rue.as que )a*an a mi derec)o, acudir a esa instancia a los !ines de que "or contrario im"erio dee sin e!ecto la sanción im"uesta, de acuerdo a los !undamentos de )ec)o y de derec)o que a continuación e5"on*o, )aciendo reserva del derec)o a inter"oner !ormal demanda -ontencioso Administrativa en sede udicial, con!orme el Art$ = del -odi*o de 4rocedimiento -ontencioso Administrativo, Ley 4cial$ N% =B;$ 6undamentos ue la resolución ;<'= se encuentra viciada en su de.ido "rocedimiento, ne*#ndole a la -ra$ Mart(ne el derec)o a la le*(tima de!ensa, y de acerado a lo re*lado en el Art$ B de la Ley de 4rocedimiento Administrativo de la 4cia de -órdo.a a ser o(do, a usu!ructual su *arant(a constitucional de de!enderse y de no ser "enada sin uicio "revio, en donde "uede o!recer "rue.as y de!enderse del delito que se le im"uta$ ue en virtud de no )a.erse res"etado a la -ra$ Mart(ne su derec)o a la le*itima de!ensa, y )a.erse violado lo dis"uesto en el articulo mencionado en el "#rra!o anterior, es que solicito se realice una investi*ación mas e5)austiva de las "rue.as que o!rece mi de!endida a !in de res"etar su derec)o y as( corro.orar su autoria o no en el )ec)o que se le im"uta$ ue dic)o acto no cum"le con lo esta.lecido en el Art$ '& del mencionado cuer"o le*ar, ya que esta viciado "or no cum"limentar su de.ido "roceso, es "or eso que se considera que de.e reconsiderarse la le*itimadad de este, ya que este vicio convertiria al mismo en un acto nulo$ ue en virtud de lo e5"uesto, resulta "rocedente incor"orar inmediatamente a sus !unciones a la -ra$ Mart(ne, deando sin e!ecto la sus"ensión del acto im"u*nado y viciado, encontr#ndose com"rometidas *arant(as constitucionales y derec)os reconocidos "or la le*islación$ 4E+I+29I2 4or todo lo e5"uesto anteriormente, solicito: +en*a "or inter"uesto en tiem"o y !orma el recurso de reconsideración$ +en*a "or constituido el domicilio$ +en*a "or e!ectuada la reserva !ormulada 7a*a lu*ar al recurso de reconsideración$ 7a*a lu*ar a la solicitud de sus"ensión de los e!ectos de la resolución n% ;<'=$ ES DE LEH$
PARCIAL Nº2 DERECHO ADMINISTRATIVO
ALUMNA: MEDINA, GISELA EILEÉN 5) a4 ¿!mo %roduce el a"otamiento de la v5a administrativa %revia la tra# Mart5ne? ¿!mo act7a en caso de silencio de la Administraci!n?
El a*otamiento de la v(a administrativa "revia se "roduce cuando, una ve contestado el recurso inter"uesto en !orma ne*ativa, se "uede acceder a la v(a udicial$ En caso de silencio de la Administración, es decir, transcurridos los "laos esti"ulados "ara contestar el recurso inter"uesto, se "resumir# la e5istencia de la resolución dene*atoria$ En este caso, y con el "ro"ósito de a*otar la v(a administrativa, y no m#s all# del t/rmino de tres meses del vencimiento de los "laos, el interesado de.er# "resentar un "ronto des"ac)o, y transcurridos veinte d(as de la "resentación, se "odr# considerar "or el administrado la e5istencia de resolución dene*atoria quedando )a.ilitada la v(a contencioso administrativa$ 0Arts @C y =', Ley @@B1$ La secuencia que de.e se*uir la -ra$ Mart(ne a los !ines de a*otar la v(a administrativa es la si*uiente: Inter"oner recurso de reconsideración ; inter"oner recurso er#rquico 8"resentar "ronto des"ac)o "ara "oder dar lu*ar al silencio administrativo, en caso de que no sea contestado$ 6inalmente, en ese, caso, "odr# accionar ante los tri.unales acreditando el transcurso del tiem"o$ b4 ¿u8l o cuales son las acciones 9udiciales que %uede e9ercitar la tra# Mart5ne?
4uede eercitar la acción de nulidad o le*itimidad, la cual anula el acto administrativo considerado lesivo e ile*itimo, en donde se e5"one el acto a uicio del ue "ara que eval?e y de ser necesario, anule dic)o acto$ c4 ¿u8les son las %retensiones que corres%onden a cada ti%o de acci!n que se estime %uede e9ercer?
La "retensión es la anulación del acto viciado o lesivo "or "arte del tri.unal$ d4 ¿u8l es el %lao %ara inter%oner la demanda 9udicial? Distin"a se"7n la v5a administrativa se 3a0a a"otado %or dene"atoria ex%resa o t8cita#
El "lao "ara inter"oner la demanda udicial se*?n la v(a administrativa que se )aya a*otado sea "or dene*atoria e5"resa, ser# de 8' d(as )#.iles udiciales, contados desde que el acto !ue de.idamente noti!icado$ En caso que el a*otamiento administrativo )aya sido "or dene*atoria tacita, el "lao "ara inter"oner la demanda ser# de seis meses a contar desde la emisión del acto "resuntamente irre*ular, se*?n lo esta.lecido "or el Art$ B del -ódi*o de 4rocedimiento -ontenciosoAdministrativo 4rovincial 0ley =B;1$ e4 ¿u8l es el !r"ano 9urisdiccional com%etente %ara entender en la demanda?
Las c#maras contenciosoadministrativo en la 4rimera -ircunscri"ción udicial y las -#maras en lo -ivil y -omercial en las dem#s circunscri"cionesJ conocen y resuelven en % instancia las causas en que la "rovincia sea "arte$ El +S, "or intermedio de la sala
-ontenciosoAdm$ conoce y resuelve en ;% instancia en las causas en que la "cia sea "arte, se*?n lo dis"uesto "or el Art$ ' del -ódi*o -ontencioso Adm$ f4 ¿u8les son los alcances de la sentencia que se dicte, teniendo en cuenta el ti%o de acci!n que va0a a %lantearse?
El alcance de la sentencia ser# la anulación del acto administrativo, el cual )a sido considerado ile*itimo, lo que "rovocar(a que los )ec)os se retrotrai*an )asta antes del acto administrativo anulado$