DÍA DEL CONTADOR EN PANAMÁ El consejo municipal de Panamá, mediante la resolución N° 38 del 13 de mayo de 1965, declaró el 17 de mayo de cada ao, !"a del #ontador$ pero esta resolución solo pod"a re%ular dic&a cele'ración cele'ración en el distrito de Panamá( Por lo tanto mediante el decreto del %a'inete N°157 del 6 de junio de 1969, se declaró o)icialmente l 17 de mayo como dio del contador panameo( *a conta'ilidad conta'ilidad es una de las las &erramientas &erramientas necesarias necesarias para lo%rar lo%rar el 'uen )uncionamiento en una empresa o institución, ya sea %rande o pe+uea el conocimiento de esta ayudara a cual+uier pro)esional a ente entend nder er mejo mejorr su ne%o ne%oci cio, o, aun+ aun+ue ue no sea sea el +uie +uien n mane maneje je los los re%istros, pues estos re%istros de'erán estar a car%o de un contador idóneo( En la actualidad la conta'ilidad conta'ilidad &a alcanado un lu%ar importante en la industria y el comercio, la pro)esión conta'le tiene un am'iente y )uturo por ser nuestro pa"s un pa"s de ser-icios donde contamos con un centro 'ancario, 'ancario, la ona li're, li're, el canal de Panamá Panamá y un %ran au%e tur"stico e industrial( . todos los contadores, contadores, %eneradores %eneradores de in)ormación )inanciera, )inanciera, nuestro respeto, respeto, admiración admiración y deseos deseos de superación superación en este mundo mundo %lo'aliado y competiti-o(
FUNCIONES DEL CONTADOR El contador p/'lico es el pro)esional dedicado a aplicar, manejar e interpretar la conta'ilidad de una or%aniación o persona, con la )inalidad de producir in)ormes para la %erencia y para terceros, +ue sir-an para la toma de decisiones( *le-a los li'ros o re%istros de conta'ilidad de una empresa, re%istrando los mo-imientos monetarios de 'ienes y derec&os( En muc&os casos los terceros e0i%en +ue dic&os in)ormes estn con)eccionados o respaldados por un pro)esional conta'le( 2u tra'ajo es re%istrar con)orme a la normati-a aplica'le los mo-imientos u operaciones económicos +ue &ace la compa"a, de )orma +ue se puedan pu'licar esos resultados con -istas a in)ormar a accionistas, in-ersores, pro-eedores y demás personas interesada( Esta tarea tradicionalmente se &a &ec&o a mano o con má+uinas de calcular, pero actualmente se cuenta con numerosos sistemas in)ormáticos +ue )acilitan la %estión( El contador p/'lico tam'in se ocupa de la li+uidación de impuestos y de la re-isión de in)ormes )inancieros ela'orados por otros cole%as, tarea conocida como auditor"a de estados conta'les4( am'in suele realiar otros tipos de auditor"as as" como tareas periciales, li+uidación de siniestros para compa"as ase%uradoras y cálculos actuariales( En muc&os pa"ses, principalmente de ori%en latino, el contador p/'lico está )acultado para dar )e p/'lica respecto de los &ec&os conocidos por l y propios del ám'ito de su pro)esión( !ada la complejidad de los sistemas tri'utarios de muc&os pa"ses, la acti-idad del contador se &a -uelto rele-ante, al ser ste el pro)esional +ue conoce so're el cálculo de los impuestos y contri'uciones al Estado( 2e%/n los tipos de usuarios, la conta'ilidad puede ser
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#onta'ilidad )inanciera e0terna
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#onta'ilidad de costes o #onta'ilidad de %estión
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#onta'ilidad de impuestos
PRINCIPIOS Y ÉTICA DEL CONTADOR *os #ontadores P/'licos .utoriados, de'erán ceir sus actos relacionados con el ejercicio de la pro)esión, a las normas esta'lecidas en el #ódi%o de tica Pro)esional( *a unta cnica de #onta'ilidad -elará por+ue se cumplan todos los preceptos de dic&o #ódi%o( Este #ódi%o de tica Pro)esional de'erá a'arcar por lo menos las si%uientes áreas
a( :ndependencia con respecto a clientes, inte%ridad y o'jeti-idad b( #ompetencia y normas tcnicas c( ;esponsa'ilidad para con clientes d( ;esponsa'ilidad &acia la pro)esión e( ( ;esponsa'ilidad( 5( #on)idencialidad( 6( <'ser-aciones de las disposiciones normati-as( 7( #ompetencia y actualiación pro)esional( 8( !i)usión y cola'oración( 9( ;espeto entre cole%as( 1?(#onducta tica(
LEY Nº 57 DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 17! POR LA CUAL SE RE"LAMENTA LA PROFESI#N DEL CONTADOR P$BLICO AUTORI%ADO CAPITULO I&' DE LAS LICENCIAS DE CONTADORES .l%unos art"culos
ARTÍCULO ()' Para solicitar el #erti)icado de :doneidad de #ontador, el cual será e0pedido por la unta cnica de #onta'ilidad, se de'erán cumplir con al%uno de los si%uientes re+uisitos a( #erti)icado de #omercio o su e+ui-alente e0pedido por una escuela secundaria de crdito reconocido por el @inisterio de Educación, y cuatro >A aos de e0periencia en tra'ajos de conta'ilidad 'ajo la dirección de un #ontador P/'lico .utoriado +ue certi)i+ue su idoneidad( b( #erti)icado en el +ue conste +ue el interesado está cursando estudios superiores en la Bni-ersidad de Panamá o en otras instituciones uni-ersitarias de crditos reconocidos por la Bni-ersidad de Panamá, so're #iencias Económicas con Especialiación en #omercio, o su e+ui-alente en cuanto .dministración P/'lica y #omercio, o cual+uier otra Cacultad en la cual se D.#E. A aos de e0periencia en tra'ajos de conta'ilidad 'ajo la dirección de un #ontador P/'lico .utoriado +ue certi)i+ue su idoneidad( En am'os casos los interesados de'erán cumplir además con los si%uientes re+uisitos
1( .creditar la condición de panameo por nacimiento o por naturaliación$ o la de e0tranjeros con más de die aos de residencia en la ;ep/'lica si es ciudadano de un pa"s donde se reconoca el mismo derec&o a los panameos$ o la de e0tranjero casado con panameo( (( No tener juicio penal pendiente ni &a'er sido condenado por delito contra la )e p/'lica ni la propiedad, dentro de los cinco aos anteriores a la solicitud de la licencia( ARTÍCULO (7' *o dispuesto en esta *ey en lo re)erente a la suspensión, cancelación y &a'ilitación de las *icencias de #ontador P/'lico .utoriado, as" como tam'in las multas y sanciones por )altas y contra-enciones a la misma y al #ódi%o de tica Pro)esional, re%irán para los #ontadores en lo +ue sea aplica'le(
LOS ACTOS DE LA PROFESI#N
2on actos propios del ejercicio de la pro)esión del #ontador P/'lico .utoriado todos a+uellos ser-icios +ue den )e p/'lica so're la -eracidad de la in)ormación relacionada con la )unción tcnica de producir, de manera sistemática y estructural, in)ormación cuantitati-a, en trminos monetarios, de las transacciones económicas +ue realian las personas naturales y jur"dicas, p/'licas y pri-adas, y de los &ec&os económicos +ue las a)ectan y, de comunicar dic&a in)ormación, con el o'jeto de )acilitar a los di-ersos interesados la toma de decisiones de carácter )inanciero en relación con el desarrollo de sus acti-idades respecti-as(
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El re%istro sistemático de las transacciones económicas y )inancieras( *a preparación, análisis e interpretación de estados )inancieros y sus ane0os El planeamiento, diseo, instalación o re)ormas de sistemas de conta'ilidad( *a inter-ención, compro'ación, -eri)icación y )iscaliación de los re%istros de conta'ilidad, as" como la certi)icación o dictamen so're e0actitudes o -eracidades *os peritajes )iscales, judiciales, administrati-os y de cual+uier otra naturalea so're transacciones o ne%ocios +ue conten%an re%istros de "ndole )inanciera y conta'le *a consultor"a so're asuntos )inancieros, cuando estos impli+uen in)ormes de conta'ilidad *a dirección y super-isión de cual+uiera de los tra'ajos anteriormente mencionados ;e)rendo a las declaraciones del impuesto so're la renta de personas naturales y jur"dicas( odos a+uellos otros actos +ue se consideren como propios de la pro)esión de conta'ilidad, por la unta cnica de #onta'ilidad(
E*+,* ac+,* e*+a* e*-ec.f.cad,* e/ 0a 0e 57 de *e-+.e2b3e de 17! e/ *4 a3+c40, /6 1
LA LICENCIA DE CONTADOR P$BLICO
2on re+uisitos para o'tener la licencia de #ontador P/'lico .utoriado, los si%uientes
a 2er ciudadano panameo( b( Ha'er o'tenido t"tulo uni-ersitario con especialiación en #onta'ilidad e0pedido por la Bni-ersidad de Panamá o por otras instituciones uni-ersitarias o)iciales o pri-adas autoriadas por el Estado, o por las instituciones uni-ersitarias e0tranjeras, reconocido por la Bni-ersidad de Panamá( c( No tener juicio penal pendiente relacionado con delitos contra la )e p/'lica o contra la propiedad$ y d( No &a'er sido condenado por delito contra la )e p/'lica o contra la propiedad, dentro de los cinco 5A aos anteriores a la solicitud de la licencia( *a licencia de #ontador P/'lico .utoriado se solicitará ante la unta cnica de #onta'ilidad, la cual, cumplidos los re+uisitos e0i%idos por esta *ey, e0pedirá mediante ;esolución la licencia correspondiente en un trmino no mayor de treinta d"as calendarios, contados a partir de la )ec&a en +ue &aya sido presentada de'idamente la solicitud( En caso de +ue se nie%ue una solicitud de licencia, la ;esolución correspondiente de'erá moti-arse y admitirá recurso de reconsideración ante la misma unta cnica de #onta'ilidad, el cual de'erá presentarse en un plao má0imo de cinco d"as &á'iles contados a partir de la )ec&a de la noti)icación, y de la apelación ante el @inisterio de #omercio e :ndustrias, el cual de'erá presentarse en un plao má0imo de die d"as &á'iles contados a partir de la )ec&a de la noti)icación( *a unta cnica de #onta'ilidad, ad&erirá a car%o el interesado, en las licencias +ue e0pida, tim'res )iscales por -alor de -einticinco 'al'oas GI(=5(??A
Cuente de in)ormación .;:#B*< :: !E *. *EJ 57 !E 1978
LAS PRO8IBICIONES Y SANCIONES A LOS CONTADORES
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2e pro&"'e el ejercicio de los actos de la pro)esión reser-ados a los #ontadores P/'licos .utoriados a +uienes no &ayan o'tenido la licencia de +ue trata la presente *ey(
*os in)ractores de esta disposición serán sancionados con multas a )a-or del esoro Nacional de cien 'al'oas a mil 'al'oas se%/n la %ra-edad de la in)racción( o
Kueda pro&i'ido utiliar el t"tulo o atri'uirse el carácter de #ontador P/'lico .utoriado sin &a'er o'tenido la licencia respecti-a(
*os +ue contra-en%an esta disposición serán sancionados con multas, a )a-or del esoro Nacional de cien 'al'oas por la primera -e y de +uinientos 'al'oas las sucesi-as( El #ontador P/'lico .utoriado +ue contra-en%a las normas del #ódi%o de tica Pro)esional y la presente *ey, se &ará acreedor a las sanciones correspondientes por las )altas +ue cometa, las cuales serán impuestas por la unta cnica de #onta'ilidad por orden de %ra-edad, de la si%uiente manera
a( .monestación pri-ada, +ue consiste en una represión )ormal +ue se &ace personalmente a la persona sin dejar constancia en su e0pediente( b( .monestación p/'lica, +ue consiste en la represión )ormal +ue se &ace a la persona, dejando constancia en su e0pediente( c( 2uspensión temporal de la *icencia( d( 2uspensión inde)inida de la *icencia( e( #ancelación de la *icencia( *as suspensiones, ya sean temporales o de)initi-as, serán impuestas por la -iolación reiterada de las normas de tica pro)esional y de las pro&i'iciones contenidas en la ley 7 de septiem're de 1978( Estas sanciones serán impuestas independientemente de las multas a +ue &aya lu%ar y sin perjuicio de las sanciones correspondientes de con)ormidad con la *ey penal(
DECÁLO"O DEL CONTADOR
1( .mar la #ontadur"a P/'lica por so're las demás pro)esiones =( No )irmar Estados Cinancieros en -ano 3( #ele'rar el 17 de mayo como el d"a del #ontador P/'lico >( Honrar a pro)esores, compaeros y cole%as por sus e0periencias compartidas 5( E-olucionar a las empresas 6( ;espetar y se%uir nuestro códi%o de tica pro)esional 7( No e-adir impuestos 8( No ju%ar a los cole%as o au0iliares 9( Btiliar el sentido com/n 1?( No codiciar los clientes ajenos