INTRODUCCIÓN. Este trabajo de Investigación les dará a conocer la formación de Roma, sus comienzos como pequeña ciudad-estado a la de manera de las griegas. u auge auge,, dond donde e de pequ pequeñ eña a ciud ciudad ad esta estado do pasa pasa a un esta estado do terr territitor oria ial,l, poster posterior iormen mente te a un e!tens e!tenso o Imperi Imperio. o. " como como decae decae el Imperi Imperio o Romano Romano,, llegando a un fin inevitable. #oco a poco la pequeña ciudad estado comenzó a convertirse en un gran Imperio, por ello fue mu$ importante como fue gobernado Roma. %ugusto uno de los gobernadores romanos no abusó de su inmenso poder, sino sino que que lo ejer ejerci ció ó en bene benefic ficio io de Roma Roma $ del del Impe Imperio rio.. Esta Establ blec eció ió una una administración eficiente $ &onesta. 'ividió el imperio en provincias senatoriales. (as primeras eran las provincias pacificadas que depend)an del senado. us entradas ingresaban al erario administrativo por el senado. %ugusto se reservó la admi admini nist stra raci ción ón de las las prov provin inci cias as imper imperia iale less que que eran eran las las prov provin inci cias as fronterizas que requer)an de guarniciones militares. us entradas ingresaban al f)sico, a cargo del emperador. En el Imperi Imperio o de %ugusto ugusto** los romano romanoss siguie siguieron ron ocupan ocupando do una una posició posición n privilegiada. %ugusto se opuso a la e!plotación de las provincias $ contribu$ó a su desarrollo material $ cultural. +izo construir caminos, canales de riego $ acueductos. +izo confeccionar un mapa del imperio $ un censo de toda la población. bras de ingenier)a $ arquitectura. onstrucción 'e termas $ bas)licas. #ara #ara fine finess de dive divers rsió ión n anfi anfite teat atro ros, s, teat teatro ros, s, por por ejem ejempl plo o / esta estadi dios os monumentales &acen el porte del coliseo de Roma, tumbas, monumentos, templos.
1
OBJETIVOS GENERALES %l t0rmino de esta cátedra el estudiante deberá 1.2. onsolidar la vocación por el estudio del 'erec&o, instrumento fundamental de la sociedad civil. 1.1. onocer los fundamentos teóricos básicos de las principales instituciones jur)dicas del 'erec&o Romano. 1.3. onocer $ valorar la percepción jur)dico-práctica del 'erec&o Romano. 1.4. omprender el alcance social de la normativa jur)dica romana para su 0poca $ para la actualidad.
2
DEL IMPERIO REPUBLICANO DE AUGUSTO A CONSTANTINO. ORGANIZACIÓN DEL IMPERIO. e instaura un 5riunvirato en Roma tras el retiro de ila formado por 6raso, #ompe$o $ 0sar* con la muerte repentina de 6raso se inicia una 6uerra ivil en Roma entre 0sar $ #ompe$o, 0ste se ve obligado a abandonar Roma dirigi0ndose &acia iria pero como no lo recibir)an fue a Egipto que se encontraba en una 6uerra ivil entre los &ijos de #tolomeo a qui0n 0l &ab)a a$udado a restablecerse en el trono* pero es muerto por un soldado egipcio lo que pone fin a la batalla entre los ej0rcitos romanos quedando 0sar como 7nico Emperador de Roma. #reparó un programa de onda resonancia pol)tica $ social para realizar sus reformas
1.
#romulgar le$es para distribuir equitativamente los cereales.
2.
8ijar las fronteras conquistadas.
3.
9ejorar la administración de las provincias.
4.
ompilar el derec&o privado.
5.
Lex Iulia Municipalis, para la reorganización de las ciudades itálicas.
6.
%cuño aereus :monedas;. #ero el enado se sublevo planeando su muerte en las escalinatas del
enado a consecuencia de los poderosos inter0s que iban a ser afectados por sus reformas, qui0n lo mato fue
EL RÉGIMEN POLÍTICO DE OCTAVIO. 6ozó de gran legitimidad, basado en la esperanza de que vuelvan a Roma los tiempos de paz $ orden* Roma le confirió la alt)sima dignidad de %ugusto $ más tarde el de Princeps. 'otado de gran inteligencia obró con prudencia $ muc&o tacto, como Emperador (Imperator) con poderes casi absolutos, devolvió a las Instituciones la autoridad $ el prestigio que &ab)an perdido* pero sacándole poco a poco sus atribuciones, concentró todos los poderes legislativos, declaración de guerra, convocación de comicios $ el enado, etc. u R0gimen pol)tico fue el de una Rep7blica gobernada por un Emperador* fue al mismo tiempo ónsul, #rocónsul, 5ribuno vitalicio $ #ont)fice 9á!imo. 3
DECADENCIA
DE
LAS
MAGISTRATURAS
REPUBLICANAS;
LOS
FUNCIONARIOS IMPERIALES. Pr!"#$r% &' Pr#(r)(. ustodiaban los templos $ la persona del Emperador.
Pr!"#$* Ur+). ustodiaban la ciudad con jurisdicción en materia civil $ criminal.
Pr!"#$* V),)')$-. Eran quienes velaban por la seguridad p7blica. Pr!"#$* A(%. Eran los encargados del abastecimiento de Roma. Pr!"#$* Ar%r). Eran los encargados de custodiar el tesoro de Roma. Pr!"#$* A,/0#). Investido de la representación del Emperador en el 6obierno de Egipto.
LOS COMICIOS EL SENADO. L(* C(-)")(*. ubsistieron en el #rincipado en forma de omicios por centurias $ omicios 5ribales, conservando sus funciones legislativas $ electorales, pero no las judiciales. 'urante finales de la Rep7blica perdió su prestigio para luego recuperarlo durante el Imperio de %ugusto, donde se promulgaron varias le$es relativas al ordenamiento de las instituciones de derec&o p7blico $ privado* cuando las magistraturas perdieron su competencia los omicios dejaron de funcionar.
E' S%&(. ontinuó como órgano esencial de gobierno* amplió sus facultades en actividad jur)dica, designaba los altos mandos del ej0rcito $ la potestad legislativa. (os senadoconsultos constitu$eron una de las fuentes importantes más del derec&o privado imperial* el c7mulo de poderes del enado lo convirtió en un asociado del Emperador en el gobierno $ la administración del Estado, tanto que &asta se &ablo de un diarqu)a.
4
LAS ACIENDAS; ITALIA LAS PROVINCIAS ROMANAS. 'urante el #rincipado se establecieron nuevos impuestos tras el aumento de los gastos p7blicos, se remuneraron a los funcionarios, se creó el ej0rcito regular, $ &ubo grandes obras p7blicas. e dividió al Imperio en provincias enatoriales :eran tranquilas $ estaban bajo administración del enado; $ las Imperiales :eran conflictivas $ estaban a cargo del Emperador a trav0s de sus lugartenientes, los legati augusti ;. (os ciudadanos pagaban el tributum capitis $ el soli, se distinguieron el stipendium :#rovincias enatoriales; $ el tributum :#rovincias Imperiales;.
FUENTES DEL DERECO DURANTE EL IMPERIO PAGANO. 1.
L%* '/* "(-)")%'*. L I$')% M%r)#%&)* / '% L I$')% # P%0)% P%00(%. rganizaron un nuevo r0gimen familiar para aumentar la población.
L I$')% A&$'#r)*. Reprim)a los delitos de adulterio $ estupro. L & I$&)")(r$- P$+')"(r$- / '% L I$&)")(r$- Pr)%#$-. Reorganizaba el procedimiento en sustitución de las legis actionis.
L N$!)% C%))% / '% L A')% S#)%. (imitaron el n7mero de libertos. L I$')% & V)"*)-% r&)#%#$-. reó un impuesto del /= sobre las sucesiones correspondientes a ciudadanos.
2.
L(* S%&("(*$'#(*. Eran los emitidos por el enado los cuáles ten)an carácter de le$es.
onstaban de 3 partes
Pr%"r)0#)(. onten)a el nombre del magistrado proponente, fec&a $
lugar de votación.
E' T#(. Redactado en forma de onsejo $ dividido en cap)tulos. S%"#)(. Es la sanción en caso de incumplimiento 3.
E' E&)"#( Pr0#$( & S%')( J$')%(. 8ue ordenada por el Emperador %driano* significo la segunda codificación
del derec&o teniendo en cuenta que la primera fue realizada por la (e$ 'ecenviral. onstaba de 4 partes
Pr)-r% P%r#. Introductiva, contiene las disposiciones de iniciación del procedimiento &asta la concesión del indicium. 5
S,$&% P%r#. #rocedimiento ordinario, contiene las acciones para &acer valer la protección de los 'erec&os subjetivos derivados.
Tr"r% P%r#. #rocedimiento sumario. C$%r#% P%r#. #rocedimiento ejecutivo. 4.
L%* C(*#)#$")(* I-0r)%'*.
E&)"#%. 9ediante el ius edicendi , el Emperador pod)a publicar edictos de la misma forma que los magistrados. %l contrario de los edictos del pretor :que solo duraban un año en sus funciones $ tambi0n sus edictos;, los edictos del Emperador no ten)an vigencia limitada. onten)an principios $ normas de aplicación obligatoria para todos los ciudadanos.
D"r#%. 9ediante los cuales el Emperador interven)a en cuestiones judiciales, resolviendo cuestiones judiciales en primera instancia o en apelación.
R*"r)0#)(. Recib)an este nombre las onstituciones Imperiales que eran emitidas a ra)z de las consultas
&ec&as por particulares o por otros
magistrados* si era consultado a particulares eran designados Suscription, $ si eran a magistrados Epistolae.
M%&%#%. Instrucciones impartidas para los funcionarios* eran enseñanzas a las cuales deb)a ceñirse los funcionarios imperiales $ gobernadores.
6
LA JURISPRUDENCIA CL5SICA. El #rincipado marco el comienzo de lo que se llama jurisprudencia clásica. (os juristas que vinieron desde la 0poca de %ugusto elevaron al derec&o romano a una posición verdaderamente privilegiada. 5uvo alguna influencia griega pero no la alteró.
EL JUS RESPONDENDI E6 AUTORITATE PRINCIPIS. Es la facultad otorgado a cierto n7mero de juristas por el Emperador, con el propósito de asociarlos a la tarea emprendida, $ concentrar bajo su dirección la formulación del derec&o. El primero en obtenerlo fue abino por medio de 5iberio. %quellos que lo recib)an pod)an dar respuestas a las consultas que se les formulaban. us opiniones constitu)an norma.
EL CONCILIUM PRINCIPIS. Era el onsejo Imperial, estaba compuesto por los jurisconsultos* 0stos ejercieron una notable influencia en la administración de justicia $ en la pol)tica de los emperadores. (a labor de 0stos es considerada como monumento de la ciencia jur)dica.
LAS
DOS ESCUELAS
DE JURISCONSULTOS; PROCULEANA
SABINIANA; SUS CARACTERES DISTINTIVOS; IPÓTESIS; CRÍTICA. E*"$'% Pr("$'/%%. 8undada por 9arco %nstitio (abeón. e sostiene que eran prácticos $ renovadores, se orientaban &acia los principios más amplios de la equidad. eg7n
E*"$'% S%+))%%. 8undada por %te$o apitón. e cree que eran conservadores $ amantes de la tradición, representaban al derec&o escrito. eg7n
C%r%"#r* &)*#)#)(*; )07#*)*.
7
El grupo encabezado por #omponio diferencia a los procule$anos de los
sabinianos sosteniendo como caracter)stica esencial el apego de 0stos a la tradición $ la desidia ad&esión al r0gimen imperial, es decir, conservadores en pol)tica, en cambio, los procule$anos eran innovadores $ progresistas en materia jur)dica $ partidarios de la Rep7blica.
o>olo?s>$ por los m0todos filosóficos empleados, seg7n 0l, los
sabinianos utilizaron el m0todo de los estoicos :la deducción; $ los consideraba naturalistas $ prácticos, en cambio, los procule$anos adoptaron la doctrina aristot0lica :la lógica; $ los consideraba idealistas $ teóricos.
LOS PRINCIPALES JURISTAS DE ESTA ÉPOCA. 1.
J$r)*#%* 0r("$'/%(*.
#róculo “Epistolae Libri”.
9arco %nstitio (abeón “Iure Pontificio”.
@uvencio elso “Epistolae” “igesta”.
Aerva &ijo.
#egaso.
2.
J$r)*#%* S%+))%(*.
9asurio abino “!res Iuris "i#iles”.
%te$o apitón “e oficio Senatorio”.
alvio @uliano “Edicto Perpetuo”
Balente.
8
DEL IMPERIO MON5R8UICO DESDE CONSTANTINO A JUSTINIANO. LA MONAR8UÍA ABSOLUTA. El r0gimen pol)tico organizado por %ugusto no rompió con la tradición republicano, lo cual se comprueba con el mantenimiento de las instituciones propias de tal sistema de gobierno. us sucesores tuvieron que introducir reformas capaces de resolver, con carácter duradero $ permanente los problemas del momento lo que se concreta en tiempos de 'ioclesiano $ onstantino. Roma atravesó por 0pocas mu$ dif)ciles tantas que $a en el iglo III la ca)da del Imperio era eminente lo cual evitó laudio II, %ureliano, #robas $ aro, reconstru$endo la unidad del Imperio $ consolidando nuevamente su poder. 'ioclesiano se encontró con los mismos problemas anteriores $ se propuso a consolidar la obra de sus antecesores. #one fin a la anarqu)a $ establece la 'iarqu)a, 'ioclesiano $ 9a!imino.
REFORMAS DE DIOCLESIANO CONSTANTINO FIN DEL IMPERIO ROMANO EN OCCIDENTE. R!(r-%* & D)("'*)%(
Imprimió a la 9onarqu)a un sello absolutista de carácter divino.
En el año 1C3 nombra dos 0sares a onstancio loro $ 6alerio
instaurando una nueva forma de gobierno, la 5etrarqu)a o gobierno de cuatro.
eparo al poder civil del militar.
(ogro una completa centralización administrativa.
#ersegu)a al cristianismo, fueron despojados de sus derec&os civiles $ de
sus dignidades* los que desempeñaban funciones fueron reducidos a la esclavitud. 'ioclesiano $ 9a!imino renuncian cre$endo termina su labor* asumen como %ugustos onstancio loro $ 6alerio $ nombran 0sares a evero en ccidente 9a!imiano 'a$a en riente. (a muerte de onstancio loro se desencadena la crisis que contribu$o el fin de la 5etrarqu)a al proclamarse
9
%ugusto el &ijo bastardo de onstancio, onstantino, qui0n tras una serie de sucesos quedo como 7nico Emperador en el 314 d..
R!(r-%* & C(*#%#)(.
e propuso restablecer el poder imperial.
ulminó la organización administrativa* reforzó las medidas tomadas por
'ioclesiano conservando la división a trav0s e las preturas del pretorio.
Regulo la cuestión religiosa. #romulga el edicto de 9ilán con el cual el
ristianismo sale de las catacumbas al terminarse las persecuciones en el 323.
8undó onstantinopla a la cuál traslado la apital del Imperio $ en el 33D
es considerada tambi0n como capital del ristianismo.
'ividió a l Imperio en 4 prefecturas riente, Iliria, Italia $ las 6alias, que
estaban a cargo de sus &ijos onstantino, onstancio $ onstante.
%socio a su gobierno a su sobrino 6allo como 0sar de riente.
F) &' I-0r)( R(-%( O"")&#.
(as 6uerras civiles estipuladas por usurpaciones a falta de un sistema de
sucesión.
(as crisis económicas debido al aumento de los gastos del Estado.
(as decisiones tomadas por el Emperador en el orden religioso como as)
las persecuciones ordenadas contra el ristianismo.
(a incapacidad del ej0rcito de defender las fronteras, estimulo a la
invasión de los bárbaros permitiendo su infiltración en la administración civil, ocupando cargos importantes.
(a sumisión voluntaria de los romanos.
EL CRISTIANISMO SU INFLUENCIA EN LAS INSTITUCIONES JURÍDICAS. omenzó con onstantino $ se refleja en lo jur)dico. 5roplong, en su libro (a ivilización en el iglo BF sentó la premisa de que las instituciones jur)dicas relativas al matrimonio, el celibato, la esclavitudG se modificaron por influjo del ristianismo. Esta influencia se acrecentó con 5eodosio qui0n lo adopta como religión oficial del Imperio. 10
LOS FUNCIONARIOS IMPERIALES. E' C(*$'%&(. Es el primero en rango &onor)fico. +ab)a 2 en Roma $ otro en onstantinopla. us funciones fueron claramente reducidas.
C%#,(r9%* *0")%'*. L(* I'$*#r*. cupaban el más alto rango &onor)fico, a esta pertenec)an los más altos dignatarios del Estado los #refectos, 9agistrados, omisarios, uestores, etc.
L(* S0"#%+)'*. #ertenec)an a esta categor)a los funcionarios que ejerc)an la jefatura de las distintas dependencias de la anciller)a Imperial los #rocónsules, Aotarios, Bicarios, etc.
C'%r)**)-). Eran los rectores de las provincias, los correctores, los consulares, los praesides $ los senadores.
EL RÉGIMEN PROVINCIAL. (a administración de las provincias recibió el influjo del sistema impuesto por los emperadores* aparte de la p0rdida de gran parte de su autonom)a, la situación económica de las provincias se agravó a ra)z de las disposiciones de onstantino en virtud de la cual fueron despojados de sus bienes. (as funciones administrativas $ jurisdiccionales eran desempeñadas por el gobernador H procónsules, consulares, correctores o praesides H. % su vez funcionaba un onsejo 9unicipal integrado por los decuriones a trav0s del cual se manifestaba la voluntad de los ciudadanos. Balentiano I crea una magistratura en virtud de los abusos registrado, el efensor "i#itatis, qui0n vela por la buena administración del Imperio, con
capacidad de denunciar
e& caso necesario al Emperador $ sus altos
funcionaros ante irregularidades.
LA ACIENDA. 5ras los aumentos registrados en los gastos del Estado $ a fin de reordenar la situación económica imperante $ aumentar sus ingresos
1.
e e!tendió el impuesto inmobiliario a aquellas regiones que &asta
entonces estaban e!entas. 11
2.
e estableció un nuevo impuesto de base más equitativa $a que los
fundos fueron grabados no en atención a su e!tensión sino a su productividad.
3.
e aplicaron impuestos a los diversos oficios artesanos, comerciantes e
industriales cu$o monto estaba proporcionado al rendimiento de sus respectivas actividades.
4.
e tomo como unidad tributaria el capu$ o iugum, que variaba seg7n la
clase de terreno afectado.
:.
e crearon otra fuentes de ingresos como las minas $ las canteras cu$a
administración estaba a cargo de los "omes metallorum.
FUENTES DEL DERECO DURANTE LA MONAR8UÍA CRISTIANA. 1.
L%* C(*#)#$")(* I-0r)%'*. El #oder (egislativo Imperial se
manifestó en principio mediante Rescriptos, pero a partir de la 9onarqu)a %bsoluta de onstantino, los Edictos, (e$es $ constituciones se multiplicaron convirti0ndose en la principal fuente del derec&o privado* los emperadores eran los supremos legisladores sus le$es ten)an plena vigencia en todo el territorio del Imperio, tanto en oriente como en ccidente. #ara el efecto se dictaron disposiciones aclaratorias a fin de impedir la superposición de le$es. %demás 5eodosio $ Balentiniano dispusieron que los rescritos no son le$es generales.
2.
E' %'(r & '% "(*#$-+r. L% &("#r)% & J$')%( / '% C(*#)#$")7 &
C(*#%#)(. (os usos $ las costumbres fueron las 7nicas fuentes capaces de producir normas válidas, 0stas formaron el Ius %on Scriptum $ constitu$eron la primera manifestación de la actividad jur)dica del pueblo romano. @uliano reconoció el valor e la costumbre como fuente del derec&o, admitiendo que si la le$ es eficaz es porque el pueblo acata. onstantino enunció que la autoridad de la costumbre no es despreciable, pero no e válida &asta el puntote que prevalezca sobre la razón o sobre la le$.
3.
L% L/ & C)#%*. promulgada por 5eodosio II o Balentiano III, en el se
establec)a que el @uez estaba obligado a fallar de acuerdo a la opinión de los grandes jurisconsultos romanos
:#apiniano, #aulo, lpiano, 9odestino $
6a$o; si era unánimemente, en el caso de que dos pensarán de forma distinta, deber)a fallar por la decisión del de los tres $ en la &ipótesis de que 12
dos pensarán en forma distinta, dos de otra $ uno se abstuviera de opinar, el @uez deber)a fallar seg7n la opinión de #apiniano* pero si 0l se &ubiere abstenido de opinar estar)a la decisión a su arbitrio.
4.
C(-0)'%")(* Pr<$*#))%%*=
C7&),( Gr,(r)%(. Es una colección realizada entre los años 1C2 $ 1C1, divida en 2/ o 2J libros, subdivididos en t)tulos, cada uno con sus r7bricas, ordenados cronológicamente desde la onstitución de eptimio evero &asta las constituciones de 9a!imino $ 'ioclesiano.
C7&),(
r-(,)%(.
Redactado como complemento del
ódigo
6regoriano, dividido en t)tulos $ comprende 3K constituciones dictadas por 'ioclesiano, 9a!imiano $ onstancio loro entre los años 1KL $ a 3D4.
C7&),( T(&(*)%(. onstitu$e el primer trabajo oficial del iglo B, redactado durante el 6obierno de 5eodosio II. El Emperador nombro una comisión para que recogieran por orden cronológico las le$es generales $ reunieran las derogadas. #ese al esfuerzo por incluir la ma$or cantidad de constituciones, muc&os fueron olvidados. onsta de 2J libros subdivididos en t)tulos.
:.
N('%* 0(*#<$*#))%%*. on las le$es imperiales que sancionaron
sus sucesores. Estas novelas no llevan el nombre de sus autores. u validez estaba condicionada a la comunicación $ publicación previa en ambas partes del Imperio. on conocidas a trav0s de
OBRAS JURÍDICAS. Fr%,-#% V%#)"%%. Es una colección mi!ta de iura :opinión de jurista; leges :constituciones;.
L D). onstituida por tres manuscritos* es una colección de tipo especial, contiene un estudio comparativo de los principios del derec&o mosaico $ el derec&o romano.
C(*$'#%#)(. omprende el conjunto de respuestas de un jurisconsulto a las preguntas de los abogados* comprende dos partes.
13
L,* C(*#%#))> T(&(*) > L()*. es una colección mi!ta* es un trabajo destinado a la enseñanza del derec&o $ los principios del derec&o romano 0l refundidos
con las onstituciones Imperiales de onstantino,
5eodosio $ (eón.
LAS LEES ROMANOB5RBARAS. L R(-%% ?)*),(#(r$-. 'ictadas por %larico II. Es un ódigo con materiales e!tra)dos del ódigo 6regoriano, +ermogeniano $ 5eodosiano, de las Aovelas post-5eodosianas $ de las obras de algunos jurisconsultos.
E&)"#( & T(r)"(. 'ictada por 5eodorico I, el 6rande. us 2/D cap)tulos conten)an leges e iuras e!tra)dos del ódigo 6regoriano, +ermogeniano $ 5eodosiano, de las Aovelas post-5eodosianas $ $ de las obras de otros jurisconsultos.
L R(-%% B$r,$&)(r$-. 'ictada por el Re$ 6undobado. Era un código unitario e!tra)dos del ódigo 6regoriano, +ermogeniano $ 5eodosiano, algunas Aovelas $ algunos principios del 'erec&o 6ermánico. e lo denomina tambi0n Papianus.
14
CONCLUSIÓN. (a rep7blica romana, una pequeña polis en sus comienzos logra consolidar su dominación sobre Italia* vence a artago $ e!tiende su señor)o al 9editerráneo ccidental, finalmente conquista los reinos &elen)sticos $ se adueña del 9editerráneo riental. %s) se forma el imperio romano* pero el nuevo estado &abrá de abandonar el sistema republicano para adoptar el 9onárquico. (os cambios sociales $ económicos producidos en Roma a causa de la conquista del mundo 9editerráneo originaron un cambio pol)tico el sistema republicano, apto para gobernar una ciudad-estado, $a no serv)a para mejorar el vasto territorio romano $ &ubo de ser reemplazado por el gobierno imperial. #ara llegar a 0ste fueron necesarias las guerras civiles entre la aristocracia romana $ los caudillos populares. % partir de %ugusto, se consolida el imperio romano, que asimila la cultura &el0nica, unifica el mundo mediterráneo $ le da unidad lingM)stica $ jur)dica. 'el imperio romano van a salir más tarde casi todas las grandes nacionalidades de la Europa moderna, as) como de la civilización romana combinada con el cristianismo nacerá nuestra civilización ccidental.
15
BIBLIOGRAFÍA. o
R%9NREO, 8ernando, ilva, Bictoria. (a ivilización Romana. En Estudio $ omprensión de la ociedad. 1P E'. antiago, marenostrum,
o
1DD4. p.41-/C 8RI% B, 8ranco. Roma. En +istoria 6eneral 5omo I. antiago,
o
Aacimiento, 2CJ/. p.2/D-2C1 8QBRERIER, #aul-%lbert. (as 6randes ivilizaciones 'el 9undo %ntiguo. En +istoria niversal.
o
#rovence, %i!, alvat, 2CK/. p. 2KD-1/D R9%. En Enciclopedia Encarta 1DD4. %rgMello, (uis Rodolfo, 9anual de 'erec&o Romano,
o
%rgentina, 2CKK. %rangio Ruiz, Bicenzo, Instituciones de 'erec&o Romano,
o
- %rgentina, 2CKJ.
o
Rivas, 'erec&o Romano, %sunción - #aragua$, 2CCC. amus, E.8., +istoria $ fuentes del 'erec&o Romano, (a +abana -
o
uba, 2C42.
16
17