GACETA OFICIAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
DECRETO SUPREMO N° 28499 EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 1333 de 27 de abril de 1992 – Ley del Medio Ambiente, protege y consera el medio ambiente y los recursos naturales, regulando las acciones del ser !umano con relaci"n a la naturale#a y promoiendo el desarrollo sostenible con la $inalidad de me%orar la calidad de ida de la poblaci"n& Que el Art'culo 1( de la Ley del Medio Ambiente, establece )ue el control de la calidad ambiental ambiental es de necesidad necesidad y utilidad p*blica e inter+s social, dando la $acultad al Ministerio de esarrollo -ostenible de promoer y e%ecutar acciones para !acer cumplir los ob%etios de control de calidad ambiental& Que el ecreto -upremo N° 2.17/ de ( de diciembre de 1990, en sus eglamentos eneral de esti"n Ambiental y reenci"n y 4ontrol Ambiental, de$ine las Auditorias Ambientales y $aculta a la Autoridad Ambiental 4ompetente a re)uerir del epresentante Legal de una actiidad, obra o proyecto la e%ecuci"n de una una Audit uditor oria ia Ambie mbient ntal al,, para para e%er e%erce cerr el cont contro roll de la cali calida dad d ambi ambien enta tal, l, estableciendo un procedimiento )ue es necesario reglamentar con mayor precisi"n& Que el ecreto -upremo N° 2/750 de 15 de %ulio de 2552 complementa y modi$ic modi$icaa los Art'cul Art'culos os 97, 152, 15(, 15(, 159, 159, 110, 110, 119 119 y 125 del eglam eglamento ento de re reen enci" ci"n n y 4ont 4ontro roll Ambi Ambien ental tal,, dete determ rmin inan ando do el alcan alcance ce de las Audit uditor oria iass Ambientales de control de calidad ambiental y las reali#adas por contingencias ambientales& Que Que con con el ob%e ob%eto to de dar dar may mayor e$ic e$icac acia ia %ur' %ur'di dica ca a las las acci accion ones es de $iscali#aci"n de la Autoridad Ambiental 4ompetente, es necesario modi$icar las partes pertinentes de los eglamentos a la Ley del Medio Ambiente y del ecreto -upremo N° 2/750, de$iniendo el contenido, alcance y ob%etio de las Auditorias Ambientales y clari$icando el procedimiento de e%ecuci"n y contrataci"n a tra+s de la determinaci"n de roles de la Autoridad Ambiental 4ompetente y de la Autoridad esponsable del roceso de 4ontrataci"n& Que tomand tomando o en cuenta cuenta lo anterio anteriormen rmente te citado, citado, es necesar necesario io dictar dictar la presente norma, la misma )ue en el marco del 4ap'tulo 6 del ecreto -upremo N8 27235 27235 de 31 de octubre octubre de 2553, 2553, $ue aprobada aprobada por el 4onse%o 4onse%o Nacional de ol'tica con"mica – 4:NA en $ec!a 7 de diciembre de 2550& EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A: ARTICULO UNICO.- -e aprueba la Norma 4omplementaria )ue modi$ica el ;'tulo <, 4ap'tulo 666 del eglamento de reenci"n y 4ontrol Ambiental, Art'culo 0( del eglamento eneral de esti"n Ambiental aprobados mediante el ecreto -upremo N8 2.17/ de ( de diciembre de 1990 y los Art'culos 3 al 7 del ecreto -upremo N° 2/750 de 15 de %ulio de 2552&
Los -e=ores Ministros de stado en los espac!os de la residencia, >acienda y esarrollo -ostenible )uedan encargados de la e%ecuci"n y cumplimiento del presente ecreto -upremo& s dado en la ciudad de -anta 4ru# de la -ierra, a los die# d'as del mes de diciembre del a=o dos mil cinco& FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE , >ernando
A67/** R+6135+ *+ 56 P76+6 *+ C617/01 ARPC: -e entiende por A4, al irector eneral de Asuntos Administratios del M- yDo los irectores Administratios de las re$ecturas de epartamento& A7+ *+ E*/6 67 C61/1;+1/ < 67 P+5/;76 I1/1+1+ C ara el caso de Auditorias Ambientales por contingencia o peligro inminente, ?rea de estudio se de$ine como el espacio donde acontecen o pueden ocurrir los impactos ambientales negatios y las ?reas donde alcan#an sus e$ectos en el medio ambiente y la salud !umana, las mismas )ue ser?n de$inidas en la Auditoria Ambiental – AA& A7+ *+ E*/6 67 C61765 *+ C5/** A3/+15 C ara el caso de Auditorias Ambientales por control de calidad ambiental, se de$ine ?rea de estudio como el ?rea de in$luencia directa e indirecta de la A:& C61/1;+1/C >ec!o de la naturale#a o acontecimiento antr"pico no preisto en la construcci"n o implementaci"n, e%ecuci"n, etapa de cierre o abandono de la A: )ue genera impactos ambientales negatios signi$icatios o seeros sobre el medio ambiente y )ue deben ser atendidos con car?cter de urgencia por el epresentante Legal de la A:& E+7;+1/ A3/+15C -e entiende por emergencia ambiental cuando eEista riesgo de peligro inminente o impacto ambiental seero, sobre el medio ambiente y la salud !umana, determinado mediante inspecci"n in situ& I6 A3/+15 S+=+76: ;odo a)uel impacto ambiental negatio signi$icatio )ue por su magnitud e incidencia en el ambiente y la salud !umana, prooca cambios yDo disturbios de alta intensidad, duraci"n yDo eEtensi"n, establecidos en inspecci"n in situ luego de la comunicaci"n o denuncia reali#ada por instrucci"n de la Autoridad Ambiental 4ompetente – AA4, nacional o departamental, el mismo )ue se constituye en causal para la reali#aci"n de una AA& P+5/;76 I1/1+1+C s el riesgo potencial de )ue se produ#ca un impacto ambiental seero como consecuencia de una A:, el mismo )ue de comprobarse se constituye en causal para la reali#aci"n de una AA, principalmente y con car?cter de urgencia cuando eEista una alta probabilidad de ocurrencia& R++*//01: Actiidades orientadas a la restauraci"n, recuperaci"n o restituci"n del medio ambiente a$ectado por la A:& P51 *+ A*+/01 < R++*//01 A3/+15 PARA: 4on%unto de acciones y actiidades presentado por el epresentante Legal de la A: Auditada y aprobado por la AA4, destinados a adecuar la A:, a l'mites permisibles y a las caracter'sticas ambientales de sensibilidad del entorno, as' como al establecimiento de medidas de mitigaci"n y remediaci"n del medio ambiente a$ectado& ARTICULO &.- (DEL DEPOSITO DE LOS RECURSOS EMERGENTES DE AUDITORIAS AMBIENTALES). La AA4 nacional o departamental, instruir? al epresentante Legal el dep"sito de los recursos $inancieros proenientes de la A:Fs, su%etas a cual)uiera de los procesos de AA descritas en el Art'culo 7 del presente ecreto -upremo en una cuenta del ;esoro eneral de la Naci"n, los
mismos )ue deber?n ser destinados eEclusiamente a este prop"sito, lleando contabilidades separadas para cada Auditoria Ambiental& ARTICULO 4.- (DE LA INSCRIPCION DE LOS RECURSOS EMERGENTES DE AUDITORIAS AMBIENTALES). La AA4 nacional o departamental, instruir? a la A4, realice las gestiones ante el Ministerio de >acienda para la inscripci"n de los recursos emergentes de Auditorias Ambientales en el resupuesto eneral de la Naci"n en la gesti"n correspondiente& ARTICULO !.- (DE LA RESPONSABILIDAD). I. n caso de )ue la AA4 de o$icio o a instancia de parte, cuente con elementos o indicios )ue lleen a la presunci"n de )ue una acci"n u omisi"n de cual)uier A:, conllee a la generaci"n de impactos seeros o riesgo de peligro inminente al medio ambiente o la salud !umana, en aplicaci"n del principio precautorio deber? instruir al epresentante Legal de la A:, medidas destinadas a eitarlos o mitigarlos, no pudiendo eEonerarse de responsabilidad, al inocar la $alta de plena certe#a t+cnica o %ur'dica o la ausencia de normas& II. n el marco de lo dispuesto en el Art'culo 15 de la Ley del Medio Ambiente, los :rganismos -ectoriales 4ompetentes u otras instituciones p*blicas de car?cter nacional, departamental o municipal y local, relacionados con acciones, sucesos o A:Fs, )ue conlleen la generaci"n de impactos seeros o riesgo de peligro inminente al medio ambiente o la salud !umana, deber?n aplicar el principio precautorio en el ?mbito de su competencia con$orme lo dispuesto en el par?gra$o precedente ba%o responsabilidad& III. La mpresa 4onsultora responsable de la e%ecuci"n de la Auditoria Ambiental, ser? responsable de la eracidad y autenticidad del eporte de Auditoria Ambiental& La $alsi$icaci"n o adulteraci"n, ser? pasible de las penas impuestas en el 4"digo enal para los delitos de $alsedad ideol"gica yDo $alsedad material de documentos seg*n corresponda& CAPITULO II DE LAS AUDITORIAS AMBIENTALES ARTICULO %.- (DE LAS AUDITORIAS AMBIENTALES). Las Auditorias Ambientales de control de calidad ambiental, se reali#an aC I. e)uerimiento de la AA4, con$orme lo descrito en el Art'culo 7 numerales 6G, 66G y 666G de la presente norma complementaria, constituy+ndose en un instrumento de control de la calidad ambiental, )ue llea a la eri$icaci"n del grado de cumplimiento de disposiciones legales, pol'ticas ambientales yDo pr?cticas aceptadas& n caso de detectarse y eri$icarse de$iciencias ambientales, procedimentales o de inobserancia de la norma )ue re)uieran ser atendidas, la AA4 dispondr? la $ormulaci"n del lan de Adecuaci"n yDo emediaci"n Ambiental – AA, por parte de la A: auditada, la misma )ue $ormar? parte de la Licencia Ambiental&
II. 6niciatia del epresentante Legal, la misma )ue se denomina Auditoria Ambiental
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roocan o agraan seria yDo irreersiblemente problemas de salud !umana& A$ecta graemente o destruye ecosistemas sensibles, abarcando pantanales, bos)ues, lagos, lagunas, r'os, !?bitat naturales y especialmente !?bitat de especies amena#adas, en peligro, end+micas o ulnerables& one en riesgo o produce impactos ambientales negatios signi$icatios a los ob%etos, #onas y sitios de conseraci"n y mane%o de las ?reas declaradas como protegidas, !ist"ricas, ar)ueol"gicas, paleontol"gicas, tur'sticas, socioIecon"micas y culturales& -igni$ica la generaci"n o el incremento sin+rgico de concentraciones de contaminantes del aire, el incremento a nieles inadmisibles del ruido y olores, o la degradaci"n signi$icatia de la calidad del agua, roduce radiaciones ioni#antes )ue a$ecten signi$icatiamente a la salud !umana o al medio ambiente&
II. P67 P+5/;76 I1/1+1+: 4uando eEistan indicios de peligro inminente asociados a una o arias A:Fs, se considerar?n los mismos criterios del numeral 6G ante el riesgo de )ue dic!os impactos se produ#can& III. D+ C61765 *+ C5/** A3/+15:
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4uando no se presente o se rec!ace el MA, 4uando no se presente el lan de Adecuaci"n Ambiental re)uerido por la AA4 o si presentado este $uera rec!a#ado& 4uando la AA4 as' lo disponga a e$ectos de precautelar el medio ambiente y la salud !umana&
Las AA descritas en el presente Art'culo ser?n de aplicaci"n a una o arias A:Fs, y deber?n su%etarse a los lineamientos establecidos en el 4A y la presente norma complementaria& ARTICULO 8.- (DE LAS INSPECCIONES PREVIAS IN SITU PARA EL REQUERIMIENTO DE AUDITORIAS AMBIENTALES). I. La AA4, instruir? la reali#aci"n de AA preistas en los numerales 6G, 66G y 666G del Art'culo 7 de la presente norma complementaria, en base a un in$orme t+cnico de inspecci"n preia in situ al ?rea de estudio& II. La inspecci"n preia in situ, deber? ser conocada por la AA4 nacional o departamental, y contar con la participaci"n del :rganismo -ectorial 4ompetente – :-4 o obierno Municipal seg*n corresponda& III. n el caso de AA en ?reas protegidas, deber? participar en la inspecci"n preia in situ el representante acreditado por la Autoridad Nacional o epartamental de Areas rotegidas, en cual)uier caso deber? considerar la participaci"n actia de la irecci"n del Area rotegida& IV. n el marco del ;'tulo <666 del eglamento eneral de esti"n Ambiental, se reali#ar? el acto de inspecci"n, la cual serir? de base para la elaboraci"n del in$orme t+cnico& La omisi"n de leantar el acta, de entregar la copia o retardar su entrega, o de modi$icarse la misma o )ue no correspondan a la realidad, originar?n la destituci"n inmediata del $uncionario inolucrado& l in$orme t+cnico de la inspecci"n deber? considerar las sugerencias y recomendaciones del :-4 o obierno Municipal y de la autoridad competente de As cuando corresponda&
l in$orme t+cnico de la inspecci"n preia in situ, debidamente $undamentado, deber? recomendar a la AA4 la procedencia o improcedencia de la e%ecuci"n de AA, preistas en el Art'culo 7 de la presente norma complementaria o las medidas de mitigaci"n o adecuaci"n cuando correspondan& l in$orme t+c nico y legal deber? precisar claramente la naturale#a del !ec!o y la indiiduali#aci"n de los responsables, incluyendo un cro)uis a mano al#ada )ue acredite su$icientemente su locali#aci"n& La $alsi$icaci"n o adulteraci"n del Acta o 6n$orme ;+cnico constituir? delito de $alsedad ideol"gica yDo material de documentos, seg*n corresponda& V. n caso de AA por 4ontingencia la inspecci"n preia in situ, deber? ser conocada por la AA4 nacional o departamental en un pla#o no mayor a cuarenta y oc!o J.(G !oras de conocido el incidente o reali#ada la denuncia& n el marco del Art'culo (0 del eglamento eneral de esti"n Ambiental, toda persona u organi#aci"n denunciante es responsable ciil y penalmente por los da=os y per%uicios )ue pueda causar con su denuncia& VI. Las muestras tomadas durante las labores de inspecci"n preia in situ deber?n ser remitidas a laboratorios e instituciones )ue cuenten con acreditaci"n o certi$icaci"n& 4ual)uier gasto en )ue incurra la AA4 por actiidades de
inspecci"n, as' como an?lisis y muestras de laboratorio, ser?n con cargo a la A: su%eta a la posible AA& VII. Los resultados obtenidos durante la $ase de inspecci"n preia in situ, ser?n considerados como prueba pericial preconstituida para iniciar acciones preistas en los Art'culos 152 y 11. de la Ley del Medio Ambiente& ARTICULO 9.- JDE LA PROCEDENCIA O IMPROCEDENCIA DE AA). n caso de )ue la 6nspecci"n preia in situ, determinar? la eEistencia de causales preistas en el Art'culo 7 de la presente norma complementaria, la AA4 nacional o departamental, instruir? la e%ecuci"n de AA a tra+s de una esoluci"n al epresentante Legal de la A:& CAPITULO III INSTRUMENTOS CONTENIDO DE LOS TERMINOS DE REFERENCIA DE LA AUDITORIA AMBIENTAL ARTICULO #'.- (DE LOS TERMINOS DE REFERENCIA). I& Los ;+rminos de e$erencia – ;Fs establecidos por la Autoridad Ambiental 4ompetente tendr?n como contenido t+cnico m'nimo la siguiente in$ormaci"nC
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Antecedentes :b%etios Jgeneral y espec'$icosG Area de studio y isita de campo Alcance de traba%o esultados esperados resentaci"n de in$ormes Mecanismos de seguimiento y control a la Auditoria Ambiental er$il de la $irma consultora la cual deber? tener eEperiencia en medio ambiente y recursos naturales& 4ronograma Monto estimado del costo de la Auditoria Ambiental
Los ;Fs en el inciso %G deber?n considerar lo dispuesto en el Art'culo 9 de la presente norma complementaria& II. n la elaboraci"n de ;Fs y en todas las $ases y procedimientos preistos en la presente norma complementaria, deber? participar el :-4 o obierno Municipal seg*n corresponda& III. 4uando la AA se realice en ?reas protegidas, la AA4, solicitar? la participaci"n de la Autoridad Nacional o epartamental de Areas rotegidas y de la irecci"n del Area rotegida para la elaboraci"n de los ;Fs y para todas las $ases y procedimientos preistos en la presente norma complementaria& ARTICULO ##.- (DEL COSTO DE LA AUDITORIA AMBIENTAL). Los
4ostos )ue demande la e%ecuci"n de AA preistas en el Art'culo 7 de la presente norma complementaria, deber?n ser cubiertos en su integridad por el epresentante Legal de la A: Auditada& ara el e$ecto la AA4, deber? considerar los siguientes par?metros m'nimos en $unci"n al tipo de AA y de la A: a ser auditadaC 1 2 3 . 0 / 7 (
4ondiciones ambientales y socioculturales del ?rea de estudio& Muestreo y an?lisis Biscali#aci"n Ambiental MesesDpersona preistos para la reali#aci"n de la AA N*mero de ia%es preistos a la #ona auditada ;ransporte, i?ticos y otros @oleta de arant'a y rotocoli#aci"n :tros )ue la AA4 identi$i)ue como necesarios de acuerdo al tipo de la Auditoria Ambiental&
Los costos asumidos por el epresentante Legal de la A:, estar?n destinados a cubrir todos los costos )ue demande la e%ecuci"n de la AA& CAPITULO IV DE LAS FASES, PRESENTACION APROBACION DE LA AUDITORIA AMBIENTAL ARTICULO #2.- (DE LAS FASES DE LA AUDITORIA AMBIENTAL). Las AA preistas en el Art'culo 7 de la presente norma complementaria est?n integradas por las siguientes $asesC F+ #: lani$icaci"n de la AA )ue contemplar? los siguientes aspectos entre otrosC
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ecopilaci"n y reisi"n de in$ormaci"n 4aracteri#aci"n preliminar de la l'nea base ambiental J$'sicoInaturalK socioI econ"micoIculturalG An?lisis preliminar de los posibles impactos ambientales J$'sicoInaturalK socioIecon"micoIculturalG reparaci"n de la plani$icaci"n de la AA, )ue contenga entre otros el alcance de la AA en $unci"n de los $actores ambientales a ser considerados, eEtensi"n del ?rea de traba%o, programa de muestreo y monitoreo, cronograma y presupuesto& e$inici"n de la metodolog'a de identi$icaci"n y ealuaci"n de impactos, normas, par?metros y est?ndares de re$erencia& e$inici"n del personal t+cnico clae y del e)uipo y material de campo re)uerido&
Los documentos generados durante la Base 1, deber?n ser presentados a la AA4 para su reisi"n y aprobaci"n&
F+ 2: Actiidades en el sitio a auditar, )ue contemplar?n las siguientes actiidades entre otrasC
4on base en la lani$icaci"n de la AA aprobada por la AA4, la mpresa 4onsultora, reali#ar? un traba%o de campo )ue produ#ca al menos la siguiente in$ormaci"nC a b
6nspecci"n y ealuaci"n ambiental del ?rea de estudio de la A: ecopilaci"n de in$ormaci"n de campo y generaci"n de in$ormaci"n ambiental J$'sicoInaturalK socioIecon"micoIculturalG con la $inalidad de establecer un diagn"stico de la situaci"n y de los $actores ambientales en estudio& 4aracteri#aci"n de la l'nea base ambiental J$'sicoInaturalK socioIecon"micoI culturalG& 6mplementaci"n del programa de muestreo de los $actores ambientales 6denti$icaci"n, inentario y ealuaci"n de impactos ambientales negatios )ue inciden en el ?rea de estudio& 6denti$icaci"n de las principales $uentes de contaminaci"n 6denti$icaci"n, eri$icaci"n de actores claes y responsabilidades legales etecci"n de los impactos ambientales negatios de la A: en la construcci"n, operaci"n, cierre y abandonoK reali#ando an?lisis de alternatias de adecuaci"n yDo remediaci"n aluaci"n de la e$ectiidad y grado de cumplimiento de las medidas de respuesta a contingencias implementadas cuando corresponda& reparaci"n del in$orme de la Base 2
c d e $ g !
i %
Los documentos generados durante la $ase 2 deber?n ser presentados a la AA4 para su reisi"n y aprobaci"n correspondiente& F+ &: l eporte Binal de la Auditoria Ambiental incluir? como m'nimoC #. 6n$orme t+cnico )ue describir?C
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el proyecto, obra o actiidad auditada el ?rea de estudio la identi$icaci"n y ealuaci"n de la condiciones preias la identi$icaci"n y ealuaci"n de los impactos ambientales negatios las medidas de mitigaci"n y las alternatias de adecuaci"n yDo remediaci"n&
2. 6n$orme legal )ue describir?C
l incumplimiento a disposiciones legales preistas en la legislaci"n igente )ue incluir?C iG compromisos asumidos en la Licencia Ambiental y iiG disposiciones emanadas por la AA4&
&. ictamen de Auditoria Ambiental )ue deber? contenerC
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ecomendaciones t+cnicas para la implementaci"n de medidas de mitigaci"n y alternatias de remediaci"n& 6denti$icaci"n cuando corresponda de in$racciones a las disposiciones legales en igencia para )ue la AA4 inicie las acciones legales correspondientes& La aloraci"n econ"mica de da=os ciiles a particulares o al patrimonio del estado, en caso de Auditorias Ambientales por contingencias&
4. esumen %ecutio ARTICULO #&.- (DE LA PRESENTACION DE INFORMES DE LA AUDITORIA AMBIENTAL). l Auditor Ambiental ser? responsable de presentar los in$ormes parciales y eporte Binal de la AA de acuerdo al siguiente procedimientoC I. FASES #, 2 < & DE LA AUDITORIA AMBIENTAL:
a
Los in$ormes parciales de las Bases 1 Jlani$icaci"nG, 2 JActiidades en el sitio a auditarG y Base 3 Jeporte BinalG, deber?n ser presentados por el mpresa 4onsultora a la AA4, en reuni"n conocada por +sta *ltima con presencia de personas naturales o %ur'dicas )ue acrediten inter+s legal& La mpresa 4onsultora deber? proporcionar a la AA4, la in$ormaci"n en $ormato impreso y digital, la misma )ue deber? estar disponibles para consultas en o$icinas de la AA4, adem?s de ser incorporada en la p?gina @ de la instituci"n& La mpresa 4onsultora deber? !abilitar en los puntos de mayor concentraci"n poblacional del ?rea a ser auditada, los documentos generados en la $ase correspondiente& ara la participaci"n de representantes de instituciones p*blicas o priadas, con car?cter preio, sus e%ecutios o dirigentes, seg*n corresponda, deber?n pedir por escrito a la AA4 su acreditaci"n, eniando las listas correspondientes& b La AA4, concluido el acto de presentaci"n de in$ormes de cada una de las $ases, abrir? un pla#o de )uince J10G d'as !?biles computables a partir del d'a siguiente !?bil de concluida la reuni"n, para la presentaci"n de in$ormaci"n complementaria yDo para la solicitud de aclaraciones o complementaciones a la mpresa 4onsultora, las mismas )ue deber?n ser presentadas por escrito con copia a la AA4, por las personas naturales o %ur'dicas )ue acrediten inter+s legal& c l Auditor Ambiental, recibidas las solicitudes anali#ar? el contenido y determinar? su inclusi"n si corresponde en el documento a ser presentado a la AA4 para su aprobaci"n& n caso de no considerarlas deber? $undamentar su decisi"n a tra+s de un in$orme t+cnico )ue ser? presentado a la AA4& d
II. DEL REPORTE FINAL DE LA AUDITORIA AMBIENTAL:
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n caso de eEistir impactos negatios sobre el medio ambiente las de$iciencias detectadas en la AA, deber?n ser incluidas por el epresentante Legal en el AA, )ue una e# aprobado por la AA4, $ormar? parte de la Licencia Ambiental de la A:& b -i el eporte Binal de AA, eidencia la eEistencia de incumplimientos a la Legislaci"n Ambiental, la AA4, sin per%uicio de lo dispuesto en el AA, deber? imponer las sanciones administratias o iniciar las acciones legales preistas en los Art'culos 152 y 11. de la Ley del Medio Ambiente, contra el epresentante Legal de la A: Auditada& ARTICULO #4.- (DE LA INFORMACION DE LA AUDITORIA AMBIENTAL). La in$ormaci"n re)uerida por el Auditor Ambiental en la plani$icaci"n y e%ecuci"n de la AA, deber? ser proporcionada por el epresentante Legal de la A:, cuando no a$ecte sus derec!os de propiedad industrial en el marco de las disposiciones aplicables a la materia& ARTICULO #!.- (DE LA RESPONSABILIDAD AMBIENTAL). l Auditor Ambiental ser? responsable deC
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DEL
AUDITOR
La eracidad y autenticidad del reporte& La asignaci"n del personal para el desempe=o de tareas espec'$icasK Mantener disponibles los documentos generados durante el proceso de la Auditoria Ambiental, as' como correspondencia y otros documentos necesarios para cuando la AA4 as' lo re)uiera&
La in$ormaci"n se=alada en el inciso cG deber? mantenerse disponible por un per'odo m'nimo de cinco J0G a=os& 4uando el Auditor Ambiental, detecte de$iciencias )ue re)uieran de acciones y medidas correctias inmediatas, deber? in$ormar a la AA4 y al epresentante Legal para )ue se adopten las medidas necesarias& ARTICULO #%.- (DE LA APROBACION O REC>AZO DEL REPORTE FINAL DE AUDITORIA AMBIENTAL). I. 4oncluida la AA, el Auditor Ambiental, deber? presentar el eporte Binal de AA a la AA4, solicitando su ealuaci"n& II. La AA4 podr? durante el proceso de ealuaci"n, solicitar aclaraciones, complementaciones o enmiendas eEclusiamente relacionadas con los ;Fs y otros documentos complementarios )ue $ormen parte del 4ontrato suscrito con la mpresa 4onsultora, las mismas )ue deber?n ser remitidas en los pla#os establecidos por la AA4& III. ecibidas las aclaraciones, complementaciones o enmiendas, la AA4, preia
eri$icaci"n del cumplimiento o incumplimiento de ;Fs y otros documentos complementarios )ue $ormen parte del contrato, proceder? a la aprobaci"n o rec!a#o del eporte Binal de AA, en un pla#o de )uince J10G d'as !?biles computables a partir del d'a !?bil siguiente a su presentaci"n& IV. -i la AA4 aprueba el eporte Binal de la AA, en un pla#o m?Eimo de die# J15G d'as !?biles, instruir? mediante esoluci"n cuando corresponda, la elaboraci"n y presentaci"n del AA, determinando en la misma el alcance, las acciones y medidas correctias identi$icadas y el pla#o de presentaci"n o cumplimiento& V. La aprobaci"n del AA, se reali#ar? siguiendo el procedimiento del 4ap'tulo 666 del ;'tulo 6<, del 4A& VI. n caso de rec!a#o del eporte Binal de Auditoria Ambiental, la AA4, mediante esoluci"n $undamentada, otorgar? un pla#o perentorio al Auditor Ambiental a e$ectos de )ue el documento $inal de la AA, se su%ete a lo establecido en los ;Fs y otros documentos complementarios )ue $ormen parte del contrato& n caso de incumplimiento, la AA4, comunicar? a la A4 para )ue siga las acciones )ue correspondan& CAPITULO V DEL PROCEDIMIENTO PARA LA EJECUCION SOLICITUD PARA LA CONTRATACION DE AUDITORIAS AMBIENTALES ARTICULO #$.- (DE LA EJECUCION SOLICITUD DE CONTRATACION DE AUDITORIAS AMBIENTALES). La AA4 nacional o departamental, ser? la instancia responsable del componente t+cnico, para la e%ecuci"n de AA descritas en el Art'culo 7 numerales 66G y 666G de la presente norma complementaria, y de la solicitud al A4 de la contrataci"n de una mpresa 4onsultora, su%et?ndose al siguiente procedimientoC I. reia inspecci"n in situ y toma de muestras a reali#arse en un pla#o no mayor a )uince J10G d'as de conocido el !ec!o, la AA4, de$inir? la procedencia o improcedencia de la e%ecuci"n de AA& -i la AA4, determina la procedencia de una AA preista en los numerales 66 y 666 del Art'culo 7, deber? instruir la elaboraci"n de ;Fs en el marco de lo dispuesto en el 4A y los Art'culos 15 y 11 de la presente norma complementaria en un pla#o no mayor a )uince J10G d'as !?biles& II. Los ;Fs establecer?n un monto base re$erencial para la reali#aci"n de la AA, el mismo )ue podr? ser modi$icado durante el proceso de e%ecuci"n de la AA a solicitud de la mpresa 4onsultora, preia %usti$icaci"n t+cnica yDo socio econ"mica puesta en consideraci"n y aprobaci"n de la AA4& Aprobado el monto $inal de la AA, deber? ser noti$icado al epresentante Legal mediante esoluci"n emitida por la AA4, otorg?ndole un pla#o para el dep"sito del monto adicional correspondiente en la cuenta bancaria de uso eEclusio preista en el Art'culo 3 de la presente norma
complementaria& III. laborados los ;Fs, la AA4 mediante esoluci"n instruir? al epresentante Legal de la A:C
a b
La e%ecuci"n de la Auditoria Ambiental l dep"sito bancario establecido en dic!a disposici"n legal como precio base de la AA en la cuenta especial establecida para el e$ecto c emitir en un pla#o m?Eimo de einte J25G d'as !?biles, computables a partir de su legal noti$icaci"n, $otocopia legali#ada del dep"sito reali#ado&
l incumplimiento de la esoluci"n emitida por la AA4, constituye una contraenci"n administratia preista en el inciso dG del Art'culo 9/ del A& IV. ecibida la constancia del dep"sito, la AA4 comunicar? a la A4, el cumplimiento de la esoluci"n, ad%untando para tal e$ectoC iG la esoluci"n, iiG las diligencias de noti$icaci"n y iiiG la $otocopia legali#ada del dep"sito, solicitando la inscripci"n de los recursos $inancieros y el inicio del proceso de contrataci"n de una mpresa 4onsultora con eEperiencia en gesti"n ambiental& V. La A4 de la AA4, recibida la solicitud, reali#ar? las gestiones correspondientes para la inscripci"n presupuestaria de los recursos depositados& na e# inscrito el presupuesto se proceder? en el marco de las Normas @?sicas del -istema de Administraci"n de @ienes y -ericios a la conocatoria, cali$icaci"n, ad%udicaci"n y suscripci"n del contrato con una mpresa 4onsultora& VI. Binali#ado el proceso la A4, comunicar? por escrito a la AA4 el resultado del proceso, solicitando se elabore la esoluci"n correspondiente& ARTICULO #8.- (DEL SEGUIMIENTO AL PROCESO DE AUDITORIA AMBIENTAL DE CONTROL DE CALIDAD AMBIENTAL). I. ecibida la comunicaci"n escrita preista en el Art'culo 17 de la presente norma complementaria la AA4, mediante esoluci"n instruir? al epresentante Legal de la mpresa 4onsultora contratada el inicio de la Auditoria Ambiental, noti$icando con la misma al epresentante Legal de la A:& II. La AA4, ser? responsable del seguimiento t+cnico al proceso de AA en el marco de lo dispuesto en los Art'culos 15, 12 y 13 de la presente norma complementaria y el 4A& ara el e$ecto, contratar? los sericios de un Biscal Ambiental, en el marco de lo dispuesto en los Art'culos 21, 22 y 23 de la presente norma complementaria&
CAPITULO VI DEL PROCEDIMIENTO PARA LA EJECUCION DE AUDITORIAS AMBIENTALES POR CONTINGENCIA O PELIGRO INMINENTE ARTICULO #9.CONTINGENCIAS):
(DE
LA
AUDITORIA
AMBIENTAL
POR
I. La AA4, instruir? la e%ecuci"n de la AA preista en el numeral 6G del Art'culo 7 de la presente norma complementaria de acuerdo al siguiente procedimiento& II. n un pla#o no mayor a 72 !oras despu+s de conocido el incidente o denuncia, la AA4 preia inspecci"n /1 situ con toma de muestras y elaboraci"n del in$orme correspondiente, en el )ue se determine la eEistencia de indicios de impacto ambiental seero, de$inir? la procedencia o improcedencia de la e%ecuci"n de una AA preista en el numeral 6G del Art'culo 7 de la presente norma complementaria& III. -i la AA4 determina la procedencia de una AA preista en el numeral 6G del Art'culo 7 de la presente norma complementaria, deber? instruir la elaboraci"n de ;Fs en un pla#o m?Eimo de oc!o J(G d'as !?biles, en el marco de lo dispuesto en el 4A y los Art'culos 15 y 11 de la presente norma complementaria& IV. laborados los ;Fs, la AA4 mediante esoluci"n instruir?C
a b c
La e%ecuci"n de la AA l dep"sito establecido en dic!a disposici"n legal, como precio base de la AA en la cuenta especial establecida para el e$ecto& emitir en un pla#o m?Eimo de die# J15G d'as !?biles computables a partir de su legal noti$icaci"n, $otocopia legali#ada del dep"sito reali#ado&
l incumplimiento de la esoluci"n emitida por la AA4, constituye una contraenci"n administratia preista en el inciso dG del Art'culo 9/ del A& V. Los ;Fs establecer?n un precio base re$erencial para la reali#aci"n de la AA, el mismo )ue podr? ser modi$icado durante el proceso de e%ecuci"n de la AA, a solicitud del Auditor Ambiental, preia %usti$icaci"n t+cnica yDo socio econ"mica puesta en consideraci"n de la AA4, )uien determinara la procedencia o improcedencia de la misma, y si corresponde aprobar? mediante esoluci"n, la modi$icaci"n, estableciendo en la misma el pla#o y modalidad del dep"sito $inanciero& VI. ecibida la constancia del dep"sito $inanciero establecido en la esoluci"n emitida, la AA4 comunicar? a la A4, el cumplimiento de la misma, ad%untando para tal e$ectoC iG la esoluci"n, iiG las diligencias de noti$icaci"n y
iiiG la $otocopia legali#ada del dep"sito, solicitando el inicio del proceso de contrataci"n de una mpresa 4onsultora especiali#ada& VII. La A4, recibida la solicitud, proceder? en el marco de las Normas @?sicas del -istema de Administraci"n de @ienes y -ericios a la contrataci"n de una mpresa 4onsultora, reali#ando de manera paralela las gestiones necesarias ante el Ministerio de >acienda para la inscripci"n de los recursos $inancieros depositados por el epresentante Legal de la A: auditada& VIII. Binali#ado el proceso de contrataci"n, la A4 comunicar? por escrito a la AA4 el resultado del mismo, solicitando se realice noti$icaci"n legal del inicio de la AA a la mpresa 4onsultora seleccionada y al epresentante Legal de la A:& La AA4 recibida la comunicaci"n proceder? en el marco de lo dispuesto en el Art'culo 1( de la presente norma complementaria& I?. La AA por 4ontingencias, deber? incluir en sus alcances una estimaci"n de los da=os al patrimonio de la naci"n y a los particulares a$ectados& l resarcimiento al stado, ingresar? a la cuenta preista en el Art'culo 3 de la presente norma complementaria y se destinar? a actiidades para la protecci"n y conseraci"n del medio ambiente y recursos naturales& ?. n caso de identi$icarse da=os al patrimonio de los particulares, la in$ormaci"n contenida en la AA, ser? considerada como prueba preconstituida y podr? ser demandada en los tribunales ordinarios& ?I. l eporte Binal de la AA por 4ontingencias, deber? ser incluido en la Licencia Ambiental a tra+s del AA& ?II. l incumplimiento en la e%ecuci"n de las actiidades u obras establecidas en el AA, dar? lugar a la reocaci"n de la licencia ambiental y al inicio de una acci"n ciil por da=os y per%uicios ocasionados al patrimonio del stado& ARTICULO 2'.- (DEL SEGUIMIENTO AL PLAN DE ADECUACION REMEDIACION AMBIENTAL - PARA). l seguimiento del lan de Adecuaci"n y emediaci"n Ambiental, se e$ectuar? por la Autoridad Ambiental 4ompetente, o por )uienes +sta autorice y se estructurar? en base a las de$iciencias detectadas durante la AA&
CAPITULO VII DEL FISCAL AMBIENTAL PARA EL SEGUIMIENTO CONTROL DE LA AUDITORIA AMBIENTAL ARTICULO 2#.- (DEL PROCESO DE CONTRATACION). La AA4 para el seguimiento y control t+cnico de las Auditorias Ambientales preistas en el Art'culo
7 de la presente norma complementaria, contratara con la debida anticipaci"n un Biscal Ambiental )ue podr? ser una empresa consultora o un consultor a dedicaci"n eEclusia en el marco de las Normas @?sicas de Administraci"n de @ienes y -ericios& ARTICULO 22.- (DE LOS COSTOS DEL FISCAL AMBIENTAL). Los costos )ue demande la contrataci"n del $iscal para todo el proceso de e%ecuci"n de la AA, deber?n estar preistos en el presupuesto de la AA y ser cubiertos por la A: a ser auditada como parte del proceso de e%ecuci"n de la AA& ARTICULO 2&.- (DE LA RESPONSABILIDAD DEL FISCAL AMBIENTAL). l Biscal Ambiental ser? responsable del seguimiento y control del proceso de e%ecuci"n de la AA, con$orme a los ;Fs, la propuesta ad%udicada y normatia aplicable, as' como de la eri$icaci"n del traba%o de campo )ue incluya e$ectiamente la participaci"n de los a$ectados del ?rea de estudio de la AA y otros actores interesados )ue acrediten inter+s legal& n caso de detectar cual)uier irregularidad, incumplimiento, omisi"n u otra acci"n obserable por parte de la mpresa 4onsultora, deber? in$ormar por escrito a la AA4, ba%o responsabilidades preistas en la Ley N8 117( y sus ecretos reglamentarios& CAPITULO VII DE LA AUDITORIA AMBIENTAL VOLUNTARIA ARTICULO 24.- (DE LAS AUDITORIAS AMBIENTALES VOLUNTARIAS): I. Los epresentantes Legales de A:Fs podr?n por iniciatia propia reducir los impactos generados por su A: a tra+s de la implantaci"n de sistemas de gesti"n ambiental interna, e%ecutando AA<& II. Los resultados de las AA<, deber?n ser remitidas a la AA4 en un pla#o no mayor a die# J15G d'as !?biles de recibido el in$orme del Auditor Ambiental 6ndependiente, para su incorporaci"n en la base in$orm?tica con $ines de control de calidad de la gesti"n ambiental& CAPITULO VIII DISPOSICIONES FINALES ARTICULO 2!.- (ASISTENCIA TECNICA).- La AA4 nacional o departamental, podr? pedir asistencia t+cnica para la e%ecuci"n de 6nspecci"n in situ y tomas de muestras a los :-4, obiernos Municipales y entidades desconcentradas o descentrali#adas, as' como a laboratorios )ue cuenten con capacidad t+cnica, e)uipo o )ue realicen sericios especiali#ados de control ambiental& ARTICULO 2%.- (ESTUDIOS TECNICOS).- La AA4 nacional o departamental podr? instruir la e%ecuci"n de estudios t+cnicos especiali#ados para ealuar el grado de contaminaci"n eEistente en un ecosistema o cuenca determinados& ara ello deber? incorporar en su rogramaci"n Anual el presupuesto correspondiente&
ARTICULO 2$.- (APLICACION).
La modi$icaci"n del 4ap'tulo 666 del ;'tulo < Hel 4ontrol de 4alidad Ambiental, no altera el contenido de los 4ap'tulos 6, 66, 6< y < del ;'tulo < Hel 4ontrol de 4alidad Ambiental del eglamento de reenci"n y 4ontrol Ambiental aprobado por ecreto -upremo N8 2.17/ de ( de diciembre de 1990, debiendo la AA4 aplicarlos en todo su contenido& ARTICULO 28.- (REGLAMENTACION).- l Ministerio de esarrollo -ostenible, ser? responsable de la elaboraci"n de normas t+cnicas )ue permitan establecer de manera precisa los par?metros para medir yDo calcular los impactos ambientales seeros, signi$icatios, de peligro inminente y otros, en un pla#o no mayor a ciento oc!enta J1(5G d'as a partir de la publicaci"n de la presente norma complementaria& ARTICULO 29.- (VIGENCIA DE NORMAS).
a
-e deroga el Art'culo 3, ., / y 7 del ecreto -upremo N8 2/750 de 15 de %ulio de 2552& b -e deroga el 4ap'tulo 666 del ;'tulo <, Art'culos 15( al 121 del eglamento de reenci"n y 4ontrol Ambiental, aprobado con ecreto -upremo N8 2.17/ de ( de diciembre de 1990& c -e deroga el Art'culo 0( del eglamento eneral de esti"n Ambiental, aprobado con ecreto -upremo N8 2.17/ de ( de diciembre de 1990 y las de$iniciones de Auditoria Ambiental JAAG preistas en los Art'culos . y 7 de los eglamentos eneral de esti"n Ambiental y eglamento de reenci"n y 4ontrol Ambiental respectiamente&
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