cuadro comparativo en sus conceptos, caracterisitcias y semejanzas a cer ca de la cadena de suminsitros y la adminitracion de la cadenaDescripción completa
Cuadro comparativo de adiccionesDescripción completa
cuadro comparativo de politica fiscal y economia
Ingenieria economica
Métodos de la enseñanza de la geografía
Guía de Trabajo
CUADRO COMPARATIVO
DERECHO ROMANO
DERECHO GUATEMALTECO
“Persona”
“Persona”
La persona es todo ser capaz de tener derechos y obligaciones La persona !"sica estaba integrada por tres ele#entos$ stat%s libertatis& stat%s ci'itatis& stat%s !a#iliae Las personas libres eran considerados co#o co#o pers person onas as&& los los esc escla la'o 'oss co#o co#o cosas Los Los s%i s%i i%ri i%riss eran eran perso persona nass (%e (%e no depend"an de nadie& los alien%i i%ris estaban s%)etos a la potestad de otra persona La persona co#ienza con el naci#iento y ter#ina con la #%erte En este etapa se consider* al prod%cto concebido (%e no haya nacido deber"a ser to#ada en c%enta con el +n de gara garant ntiz izar arle le ciert ciertos os dere derech chos os (%e (%e ad(%ieren con s% naci#iento En el stat%s libertatis a(%" el escla'o era cara caraccteri terizzado ado por tener ener %na sit%aci*n negati'a al ho#bre libre& no tiene derechos& es %n ob)eto& no tiene relaci*n )%r"dica ni ta#poco patri#onio& no p%ede contraer #atri# #atri#oni onio o ni #%cho #%cho #enos #enos poder poder establecer %n '"nc%lo !a#iliar Las ca%sas en las (%e las personas eran escla'as en la ,poca precl-sica& por no haberse inscrito en el censo corr orresp espondi ondien ente te&& por haber aber sido sido desertado del e),rcito& por delito& por no pagar a los acreedores En la ,poca cl-sica se dio la escla'it%d c%an c%ando do %n ho#b ho#brre libr libre e se hac" hac"a a 'ende enderr co#o o#o escl escla' a'o o para para l%eg l%ego o recl recla# a#ar ar s% libe libert rtad ad y obte obtene nerr %na %na 'enta)a 'enta)a econ*#ica econ*#ica&& ta#bi,n ta#bi,n c%ando c%ando e.ist e.ist"a "a %na senten sentencia cia dictad dictada a co#o co#o consec%encia de haber inc%rrido en %n delito (%e lo condenar- a las bestias del ca#po& al circo y #inas El escla'o no ten"a ning/n derecho p/blico& no p%ede ede contraer #atri# ri#onio& ni propiedad pri'ada En la #a #an% n%#i #isi si*n *n el esc escla la'o 'o pod" pod"a a obtene obtenerr s% liberta libertad d pero pero hab"an hab"an dos condiciones$ (%e !%era con la 'ol%ntad del propietario y (%e se e!ect%are de
La perso ersona na es tod todo ser ser capa apaz de ad(%irir derechos y contraer obligaciones Las personas son el pri#er ob)eto de derech echo& por(%e toda ley se ha esta establ blec ecid ido o por por ca%s ca%sa a de ella ellas& s& de a(%" es (%e las instit%tas& sig%iendo el orden de 0%stiniano& tratan pri#ero de las las pers person onas as&& l%eg l%ego o de las las cosa cosass y desp%,s de las acciones Las personas se clasi+can en indi'id%al o !"sica1 desde el p%nto de 'ista )%r"dico se di'iden en$ 2ndi 2ndi'i 'id% d%al ales es cole colect cti' i'as as o #ora #orale less persona indi'id%al& !"sica o corporal$ La persona indi'id%al es el con)%nto de deberes y de derechos s%b)eti'os atrib%idos o i#p%tados a %n deter#inado s%)eto h%#ano 3erso ersona na Col Colect ecti'a i'a&& 0%r"di 0%r"dica& ca& Moral Moral o 4ocial$ 4on 4on asoc asocia iaci cion ones es o inst instit it%c %cio ione ness !or#adas !or#adas por por personas personas indi'i indi'id%ale d%ales& s& (%e re/nen s%s es!%erzos y5o capitales para la consec%ci*n de %n +n l"cito& (%e son reconocidas co#o s%)eto de Derecho por %n ordena#iento )%r"dico Las personas colecti'as son deno deno#i #ina nada dass ta#b ta#bi, i,n n abst abstra ract ctas as&& #orales& sociales& ideales& +cticias o personas )%r"dicas& siendo ,sta /lti#a deno#i deno#inac naci*n i*n la (%e %tiliz %tiliza a n%estr n%estro o C*digo Ci'il La pers ersonalidad entonces es la cond condic ici* i*n n (%e (%e el Der Derecho echo e.ig e.ige e y con+ere para poder to#ar parte del #%ndo #%ndo )%r"di )%r"dico1 co1 es %na in'esti in'estid%r d%ra a (%e act/a de conditio sine (%a non 6condici*n sin la c%al no es posible Condic Condici*n i*n indisp indispensa ensable ble o esencia esencial7 l7 para para proye proyecta ctarr y recib recibir ir los e!ectos e!ectos )%r"dicos Act%a Act%al#e l#ente nte todas todas las legisl legislaci acione oness han adoptado el principio de reco recono noce cerr perso persona nali lida dad d a todo todo ser ser h%#ano& sin s%bordinar ,sta a ning/n estado o condici*n
La capacidad$ Es la aptit%d deri'ada de la personalidad& (%e
Guía de Trabajo !or#a sole#ne E.istieron tres !or#as de #an%#isi*n (%e !%e el censo& 'indicta y el testa#ento En el colonato la perso erson na libre c%lti'aba la tierra (%e no le pertenec"a y le pagan al a8o con dinero o especie 4e pod"a ter#inar la condici*n de colono por a%torizaci*n del terrateniente y por orden s%perior s%perior En el stat%s stat%s ci'ita ci'itatis tis los ci%dad ci%dadano anoss ro#anos gozaban de todas las prerrogati'as (%e hab"an en las leyes del derecho ci'il& hab"a orden pri'ado y p/blico En el derecho pri'ado se gozaba del #atri#onio y el derecho de ad(%irir y trans#itir la propiedad En el derech derecho o p/blico p/blico el ci%dad ci%dadano ano ro#ano ro#ano ten"a ten"a el derecho derecho de 'otar 'otar en los co#icios y el derecho de dese#pe8ar c%al(%ier cargo p/blico El ro#a toda persona ten"a derecho a %tilizar %n no#bre En el stat%s !a#ilie las personas no estaban s%)etos a ning%na a%toridad co#o co#o la patr patria ia pote potest stad ad sobr sobre e los los hi)os En el capitis de#in%tio las personas s%!r"an %na %na #odi+caci*n #odi+caci*n si perd"an perd"an la calidad de ho#bre libre o ta#bi,n la ci%dadan"a o la sit%aci*n !a#iliar !a#iliar Las personas pod"an ser ac%sados por in!a#ia por co#eter %n acto indebido y se le restring"an los pri'ilegios de los (%e gozaba antes El i%s i%s postli# postli#ini iniii en el caso (%e (%e las personas libres eran hechas pris prisio ione nera rass y caen caen en es escl cla' a'it it%d %d si escapaban pod"an 'ol'er a s% hogar hogar Las personas #orales reciben en esta ,poca el no#bre de personas )%r"dicas& )%nto con las personas !"sica (%e estst-n s%)eto etos a derec erech hos & entidades (%e p%edan tener derechos y obligaciones y son seres ideales Toda Toda persona #oral tiene bienes& cr,ditos& de%das y do#icilio Las Las asoc asocia iaci cion ones es es el con) con)%n %nto to de 'arias personas !"sicas para lograr %n +n co#/n Las Las !%nd !%ndac acio iones nes era %n patr patri# i#on onio io a!ec a!ecta tado do y dest destin inad ado o para para %n +n +n c%al(%iera& estaban representadas por %na %na )%nt )%nta a o patr patron onat ato o (%e (%e le daba daba 'igilancia al +n establecido
toda persona tiene para ser tit%lar& co#o s%)eto acti'o o pasi'o de las relaciones )%r"dicas La capacidad de Goce$ de Derecho o de Tit%l it%lar arid idad ad 4e re+er e+ere e a la #era tenencia y goce de los der derec echo hos& s& la pose poseen en todo todoss los los ho#b ho#brres por por el #e #erro hech hecho o de serlo y poseer la personalidad& es s%perior al arbitrio legislati'o Las carac caracter ter"st "stica ica (%e (%e tiene tiene esta esta capacidad es$ La !ac%ltad (%e las nor#a nor#ass )%r"di )%r"dicas cas recon reconoce ocen n a la pers person ona a indi indi'i 'id d%al %al para para pode poderr ad(%ir ad(%irir ir deber deberes es y derech derechos& os& se ad(%iere 9co#o e.cepci*n: desde el #o#ento de la concepci*n del n%e'o ser y se #antiene 9 general# general#ente ente:: co#o co#o /nica /nica hasta hasta (%e se c%#pla la #ayor"a de edad LEGAL$ La +) +)a lla a lle ey pa para llo os #enores de edad& en (%e el e)er e)erci cici cio o de la patr patria ia pote potest stad ad corre correspo sponde nde a los los padr padres de los #enores 0UD2C2AL$ Es la representaci*n representaci*n (%e otorgan los trib%nales 9t%tela:& en caso de li#itaci*n de los padres para e)ercer la patria potestad de los #enores& o bien por interdicci*n )%dicial TE4TAMENT TE4TAMENTAR2A$ AR2A$ Es la disp%esta por %na persona con plena capacidad de goce y de e)ercicio& en c%anto al c%#pli#iento de los acto ac toss de /lti /lti#a #a 'ol% 'ol%nt ntad ad para para desp%,s de s% #%erte La capacidad de e)ercicio$ en ella e)er e)erce ce#o #oss n%es n%estr tros os der derec echo hoss y c%#pli#o c%#pli#oss n%estras n%estras obligaci obligaciones ones en !or#a directa y se ad(%iere al c%#plir los ;< a8os Las teor"as para deter#inar c%-ndo se cons consid idera era (%e (%e %na %na perso persona na e.is e.iste te !"si !"sica ca#e #ent nte e y c%-n c%-ndo do apar aparec ece e la in'estid%ra (%e el derecho le otorga de personalidad )%r"dica DEL NAC2M2ENTO DE LA CONCE3C2=N DE LA >2A?2L2DAD ECL@CT2CA TEORÍA DEL NACIMIENTO: Es casi casi i#po i#posi sibl ble e deter eter# #inar inar el
Guía de Trabajo #o#ento e.acto de la concepci*n y to#ando en consideraci*n (%e el !eto no tien tiene e 'ida 'ida inde indepe pend ndie ient nte e de la #adre& se espera el naci#iento para concederle la personalidad& o sea (%e la perso ersona nallidad idad coinc oincid ide e con con el naci#iento TEORÍA DE LA CONCEPCIÓN: 4ostiene (%e se es persona y se tiene person sonalidad )%r"dica desde sde el #o#e #o#ent nto o en (%e (%e es conc conceb ebid ido1 o1 es decir& en el #o#ento en (%e el *'%lo se %ne al esper#atozoide TEORÍA DE LA VIABILIDAD: 3ara 3ara tener personalidad personalidad es re(%isito re(%isito sine (%a non& (%e nazca 'i'o& ya (%e si se nace #%erto& es co#o si n%nca h%biera nacido Esta teor"a es necesario (%e el nacido re/na las condiciones de 'iabilidad& o sea&& la aptit% sea aptit%d d para para seg%ir seg%ir 'i'ien 'i'iendo do !%era del cla%stro #aterno TEORÍA ECLÉCTICA: i)a el inicio de la personalidad en el #o#ento del naci#iento& reco recono noci cien endo do desd desde e la conc concepc epci* i*n n derechos al ser a/n no nacido& ba)o la condici*n de (%e nazca 'i'o TEOR TEORÍA ÍA QUE QUE ADOP ADOPT TA NUES NUESTR TRO O CÓDIGO CIVIL: 4eg/n el art"c%lo ;o del C*digo Ci'il engl englob oba a toda todass las las teor" teor"as as sobre sobre el inicio de la personalidad& anterior#e anterior#ente nte e.p%estas& e.p%estas& e.cepto e.cepto la de la concepci*n en s% !or#a n"tida FIN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA INDIVIDUAL INDIVIDUAL La personalidad tiene +n& ese p%ede deberse a$ MUERTE B42CA O C2ERTA MUERTE 3RE4UNTA
La 3erso ersona na 0%r" 0%r"di dica ca&& nace nace en el -#bi -# bito to del del der derec echo ho p/bl p/blic ico& o& ya (%e se personi+ca al Estado co#o algo distinto de los ci%dadanos& y en el siglo iglo 2 2 el concep ncepto to de persona persona )%r"dica )%r"dica pasa al derecho derecho pri'ado y lo aplico al contrato de sociedad Clas lases de per personas nas )%r"d %r"dic icas as$$ 3ersona !"sica o nat%ral y persona )%r"dica En las clases de personas )%r"dicas
Guía de Trabajo
es esta ta# #os %sando ndo los los t,r t,r#ino inos persona !"sica o nat%ral y persona )%r"dica para designar& res espe pect cti' i'a# a#en ente te&& a la pers person ona a indi indi'i 'id% d%al al y a la cole colect cti' i'a& a& per pero estricta estricta#ent #ente e hablando hablando todas todas las personas son personas )%r"dicas Las ca ca%s %sa as de e.ti .tinci* nci*n n de la persona )%r"dica son$ ;: La E.piraci*n del plazo por el (%e !%eran constit%idas F: La Realizaci*n del +n para el c%al se constit%yeron : : C%and %ando o res es%l %lte te i#po i#possibl ible apli aplica carr al +n& +n& la ac acti ti'i 'ida dad d y los los #edios de (%e se dispongan : : E.is E.iste te %na %na c%ar c%arta ta (%e (%e es el ac%erdo de disol%ci*n de los #ie#bros