Se presenta una compilación de ensayos divulgados por la Lista Virtual "Forestales Molineros". Reflexiones y propuestas en torno al desarrollo forestal sostenible en el Perú.
Descripción completa
Descripción: manual en proceso de construccion
Descripción: rhahj
Full description
Descripción: libros
Descripción completa
Descripción completa
calculoFull description
Descripción completa
calculo
Cuaderno de instalaciones sanitarias SENCICODescripción completa
usar la estación total como teodolito electrónico.Descripción completa
CONTRIBUCION AL SENCICO
SUJETOS PASIVOS
Son sujetos al pago de la contribución al SENCICO en calidad de contribuyentes, las Personas Naturales y Jurídicas que perciban ingresos por el desarrollo o ejecución de actividades incursas en el CIIU 45 - construcción. Decreto Supremo N° 263-82-EFC) (Obligación (Obligaci ón Formal)
DETERMINACIÓN DE
BASE IMPONIBLE
La Base Imponible se determina por el total de los ingresos percibidos o facturados al cliente por concepto de materiales, mano de obra, gastos generales, utilidad y cualquier otro elemento.
NACIMIENTO DE OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
La obligación al pago de la contribución al SENCICO nace o se origina, con la fecha en que se emite el comprobante de pago o con la fecha en que se perciben los ingresos, cualquiera sea el hecho que ocurra primero.
DECLARACIÓN
JURADA
Decreto Supremo N° 263-82-EFC) (Obligación Formal) Los sujetos al pago de la Contribución al SENCICO, están obligados a cumplir en forma anual con la presentación de la Declaración Jurada de Personas Naturales y Jurídicas que desarrollan la actividad de la construcción. La presentación de 1
la Declaración Jurada al SENCICO, vence en la misma oportunidad de vencimiento de la Declaración Anual del impuesto a la Renta (según cronograma de SUNAT). La Declaración Jurada estará referida a las operaciones gravadas durante el ejercicio anterior al de la presentación: R ubro
I
Datos del Contribuyente.
R ubro
II
R ubro
Relación de Obras cuya fecha de inicio se dio durante el periodo declarado.
III
Consignar en forma mensual las Bases Imponibles constituidas por el valor venta de la factura emitida afectas a la contribución al SENCICO, generadas durante el periodo tributario coincidente con lo asentado en el Registro de Ventas.
Declaración jurada de personas naturales y jurídicas que desarrollan la actividad de la construcción (CIIU-SECCIÓN F REV. IV) <
2
FECHAS DE VENCIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL AL SENCICO AÑO 2010 (D.S. Nº 263-82-EF)
ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC 0
FECHA DE VENCIMIENTO 28 de marzo de 2011
1
29 de marzo de 2011
2
30 de marzo de 2011
3
31 de marzo de 2011
4
01 de abril de 2011
5
04 de abril de 2011
6
05 de abril de 2011
7
06 de abril de 2011
8
07 de abril de 2011
9
25 de marzo de 2011
Resolución de Superintendencia Nº 336-2010/SUNAT del 29.12.2010
3
COMO SOLICITAR UNA CUENTA ACCESO DE EL CONTRIBUYENTE Y/O REPRESENTANTE LEGAL, DEBERÁ:
a) Apersonarse a las Oficinas del SENCICO, portando original y copia de su DNI. b) Llenar y Presentar el f ormato de Solicitud de Acceso , en las Oficinas del SENCICO a Nivel Nacional. Los sujetos al pago de la Contribución al SENCICO, están obligados a cumplir en forma anual con la presentación de la Declaración Jurada de Personas Naturales y Jurídicas que desarrollan la actividad de la construcción. La presentación de la Declaración Jurada al SENCICO, vence en la misma oportunidad de vencimiento de la Declaración Anual del impuesto a la Renta (según cronograma de SUNAT). La Declaración Jurada estará referida a las operaciones gravadas durante el ejercicio anterior al de la presentación.
COMO SE PAGA
APORTACIONES AL SENCICO Como se Paga: se paga a través de pago Fácil del Banco con código 7031. Cuanto se paga: el 0.2 % de los ingresos percibidos o facturados. Cuando se paga: Decreto Supremo N° 263-82-EFC, existe la obligación por parte de los sujetos al pago de la Contribución al SENCICO, están obligados a cumplir en forma anual con la presentación de la Declaración Jurada de Personas Naturales y Jurídicas que desarrollan la actividad de la construcción. La contribución de SENCICO se debe de efectuar en forma mensual de acuerdo al último digito del RUC - cronograma de obligaciones tributarias mensuales establecidas por SUNAT, puesto que si no realizas el pago esto genera interés moratorio establecido en el Art. 33 del C.T.
4
Quienes
están obligados a aportar SENCICO: desarrollo o ejecución de actividades incursas en él: CIIU 45 ± construcción 4510 Preparación de terreno 4520 Construcción de edificios completos y de partes de edificios; obras de ingeniería civil 4530 Acondicionamiento de edificios 4540 Terminación de edificios 4550 Alquiler de equipo de construcción y demolición dotado de operarios.