Son de instancia privada : Adulterio, calumnias e injurias, violacion de secretos, concurrencia desleal, incumplimiento
de los deberes de asistencia familiar. Son dependientes de accion privada : Violacion, el stupro, rapto y abuso deshonesto, amenazas, lesiones leves,
violacion de domicilio, insolvencia fraudulenta. ** Fuera de estos los demas son delitos de Accion Publica. Fiscalía: Ten y port Armas uso civil !"#bis cp$, %esiones en ri&a #' y #( cp$, amenaza simple !)#b !er p. cp$,
Violacin de domicilio art !'+ cp$, a&os !"- y !") cp$, surpacin !"! cp$, /0hibiciones obscenas !1" y !1# cp$, Abandono de personas !+( y !+2 cp$, 3mision de Au0ilio !+" cp$, 4atrim ile5ales !-) a !-2 cp$, /jercicio ile5al de la medicina 1+" cp$, 6ncum 6ncumplimie plimiento nto deberes de asis asist. t. Fam. %ey !-.#))$, !-.#))$, 4alos tratos tratos y actos crueldad a anima animales les !).-)($, Actos discriminatorios %ey 1-.'#1 art. -$. 7 consultar con fisc. todas las contravencione contravenciones. s. /n estos delitos si el autor es 8.8 8.8.. 3 es esta ta ide identif ntifica icado do en ambas situacio situaciones nes se con consul sulta ta al Fis Fiscal cal DE DESD SDE E el lu5ar, son delitos transferidos. /l juz5ado de turno depende del lu5ar del hecho, hay ) en 9.A..A. Justicia Federal: 4arcas y desi5naciones %ey 11.-(1$, Propiedad intelectual %ey !!.21-$, /stupefacientes %ey 1-.2-2$, ;ecuestro e0torsivo, Menores: interviene en todos los delitos con competencia de la
haya imputados y detenidos menores de !". Al
#!cp$, Abuso se0ual !!#$, Amenazas 9oactivas !)#bis, 1do p$, Portacion de armas las 83 incluidas en listado de 9AA$, =urto automotor !(-cp$, >obo !()cp$, /0torsin !("cp$, /stafas y otras defraudaciones !21cp$, 6ncendios y otros estra5os !"(cp$, 6ntimidacin p?blica 1!!cp$, 6dentificacin de personas %ey 1-,#'+ para demorarlas por !+ hs en caso de no acreditar identidad$. %esiones ones %eves "# cp$, Lesiones Culposas (94 cp), Abuso de Juzgado en lo $orreccional (Pena menor a ! a"os#: %esi Armas !+) cp$, Privacin ile5@tima de la libertad !)! cp$, =urto !(1 cp$, Atentado y resistencia a la autoridad 1-2 cp$, %MPED%& ' ES'&)*& P&'$ED%M%E+'S P',%$%*,ES (-/ inc. - cp# , /ncubrimiento 122 cp$. ** /n los delitos ue toma parte los
si desea realizar la correspondiente denuncia, en caso de ue di5a ue ;6 se procede a realizar la detencion previa consulta$, el secuestro del vehiculo todo lo anterior en presencia de dosDuno o en su defecto sin testi5os aunue no se aconseja ;6 se puede realizar se5un lo dice el 9PP$. Asimismo se realiza el acta T/;T64386A% en el lu5ar a los testi5os del hecho si los hubiere o a los testi5os del acta. ;i el damnificado esta 6893896/8T/ se trabaja de Eoficio, esto uiere decir ue se realiza la detencion del imputado, previa consulta. ;e debe recordar ue en caso de ue el supuesto imputado estB herido debe mandarse al mismo, si asi lo manifiesta el personal medico, al hospital en 934PAG6A de una consi5na. na vez dado de alta dicha persona se procede a realizar el acta de detencin en presencia de testi5os y dar aviso a la comuna Crea de judiciales$. ;e deben tomar los datos de las personas, si estan inconcientes con testi5os se los revisa a ver si poseen identificacin, se toman datos de los veh@culos y se cursan a 9omando radio electrico a fin de constatar constatar si poseen impedimentos le5ales. le5ales. Asimismo recordar ue si se esta esta en una via con circulacin de veh@culos se debe pedir mvil, para ue corte o desvie el transito de acorde a la necesidad ue pueda observarse criteriosamente. A todo esto >/93>A> ue en caso de ue el damnificado manifieste en forma clara y concisa de ue E83 desea radicar la correspondiente denuncia por lesiones culposas #) cp$ se debe realizar un acta circunstanciada en presencia de dos o un testi5o, o en su defecto sin testi5os Art '+, 1do parrafo 9PP 9.A..A.$. Asimismo por mas ue el damnificado 83 uiera radicar denuncia y se haya hecho el acta se le debe pre5untar si desea atencin mBdica, si dice ue no se deja asentado en el acta colocando ue tambien se retira por sus propios medios si es el caso. >elativamente es todo o casi todo lo necesario para llevar a buen puerto un procedimiento de lesiones culposas en la v@a publica. Aui corresponde actuacion por parte de la
consumo personal, etc. etc. Hueda a criterio del funcionario el realizar el procedimiento adecuado a las circunstancias del caso. /n caso de proce proceder der,, se da aviso al Fiscal y en caso de ratificar el proceder se procede a realizar el acta de detencion dando aviso a la oficina de judiciales de la comuna para ue manten5an comunicacin con la
adjunta a un sobre cerrado, %A9>A3, y firmado por los actuantes y los testi5os =I6%/; para tal efecto. /l lacre se derrite con fue5o y se puede hacer el Esello colocando una 438/A sobre el lacre aun caliente, dejar enfriar y retirar la moneda. 9ontravenciones Ehabituales: Art. '!: Pelear, tomar parte en una a5resion. Art. '1: =osti5ar, maltratar o intimidar. Art. '": 6n5resar o permanecer contra el titular del derecho de admision. Art. '#: 6nducir menor a mendi5ar. *rt. 56: Suministrar alco7ol a menores de edad. Art. (!: Tolerar o admitir menores en lu5ares no autorizados. Art. (': iscriminar. Art. (#: Afectar funcionamiento de servicios publicos. Art. 2+: Afectar se&alizaciones. *rt. 1!: 8iolar clausura. Art. 2": 3bstruccion de via p?blica. *rt. 10: $uidar coc7es sin autorizacion legal . Art. "+: /nsuciar bienes esto es habitualmente pintadas, recordar ue si es en un bien P>6VA3 es dependiente de instancia privada, e0cepto templos reli5iosos$. Art. "!: 3ferta y demanda de se0o. *rt. 9-: &uidos molestos (dependiente de inst. privada#. *rt. 9!: sar inde;idamente espacio pu;lico (actividad lucrativa 4ue no sea am;ulante# *rt. 9: 'cupar via pu;lica (actividad lucrativa e
Faltas: !.-.#: >/;63; 34696%6A>63; F/>A / =3>A>63. /lJla ue deje en la v@a p?blica residuos fuera de los horarios permitidos o en recipientes antirre5lamentarios, es sancionadoJa con multa de K '+ a K '++. 9uando la falta sea cometida por una empresa o los residuos proven5an de un local o establecimientos en el ue se desarrollen actividades comerciales o industriales el titular o responsable es sancionadoJa con multa de K 1++ a K '.+++ yJo inhabilitacin yJo clausura. !.-.!!: V3%A8T/; /8 %A V6A P%69A. /lJla titular o responsable de una empresa u or5anizacin ue distribuya volantes ue se entre5uen en la v@a p?blica o ue se colouen en las puertas de acceso de locales en 5eneral, persi5an o no finalidad comercial, y ue no conten5an, con carCcter destacado, la si5uiente leyenda: prohibido arrojar este volante en la v@a p?blica. %ey 8L 1(+, es sancionado con multa de K !++ a K '.+++ y decomiso de los materiales. !.-.!1: /M9>/4/8T3 / A864A%/;. /lJla ue permita, sin proceder a su posterior limpieza, ue un animal bajo su custodia defeue en lu5ar p?blico, fuera de los Cmbitos habilitados, o en lu5ar privado de acceso p?blico, es sancionadoJa con multa de K 1' a K 1++. !.-.!-: A>>3
>/;63;. /lJla ue arroje desde balcones, terrazas o ventanas, residuos, desperdicios, desechos u otros objetos a la v@a p?blica, a partes comunes de edificios de propiedad horizontal o a predios linderos, es sancionadoJa con multa de K !++ a K '.+++. 9uando los residuos, desperdicios, desechos u otros objetos arrojados proven5an de un establecimiento industrial o comercial el titular o responsable es sancionadoJa con multa de K 1++ a K -+.+++ yJo clausura del establecimiento yJo inhabilitacin de hasta diez d@as. !.-.!):A>>3 =3>46N38. /lJla ue arroje restos de hormi5n en la v@a p?blica, en sumideros o en la acera es sancionadoJa con multa de K 1++ a K '.+++. 9uando la falta sea cometida desde un veh@culo perteneciente a una empresa el titular o responsable es sancionadoJa con multa de K !.+++ a K !+.+++ yJo inhabilitacin. !.-.!':68968/>A9638 / >/;63;. /lJla ue ueme o incinere residuos en la v@a p?blica o elJla titular o responsable de un inmueble en el ue se uemen o incineren r esiduos, es sancionadoJa con multa de K 1++ a K '.+++ yJo clausura de los artefactos o instalaciones ue se utilicen para la uema o incineracin. 1.!.2.:V3%H/T/ 4A% 69A3. /lJla ue coloue un voluete o contenedor de objetos, de cualuier tipo o dimensiones, en lu5ares y horarios en donde se encuentre prohibido estacionar, es sancionadoJa con multa de K '++ a K 1.+++. 1.!.":V3%H/T/ ;68 A%6OA;. /l titular de un voluete o contenedor de objetos ue lo emplee sin tener balizas destellantes, es sancionadoJa con multa de K '++ a K 1.+++. 1.!.#:V3%H/T/ ;68 6/8T6F69A>. /lJla titular de un voluete o contenedor de objetos ue lo emplee sin tener n?mero de habilitacin pintado, o claramente identificado es sancionadoJa con multa de K !++ a K !.+++. 1.!.!+:/P3;6T3 / 4AT/>6A%/; /8 %A V6A P%69A. /lJla ue utilice la v@a p?blica para depositar materiales de una obra yJo interrumpa el trCnsito por la acera yJo realice cualuier actividad ue si5nifiue perjuicio y no cuente con autorizacin para ello es sancionadoJa con multa de K !.+++ a K !+.+++ yJo inhabilitacin.
).!.!:A;/896A / =A6%6TA9638. /lJla titular o responsable de un establecimiento en el ue instale o ejerza actividad lucrativa sin la debida habilitacin o permiso, o en infraccin a la autorizacin concedida, es sancionadoJa con multa de K -++ a K !+.+++ yJo clausura. ).!.1:V/8TA /8 %A V6A P%69A ;68 AT3>6OA9638. /lJla ue venda mercader@as en la v@a p?blica sin permiso o en infraccin con la autorizacin otor5ada, es sancionadoJa con multa de K '+ a K !.+++ y decomiso de las cosas.9uando se trate de una empresa u or5anizacin la sancin es multa de K 1++ a K !+.+++ y decomiso de las mercader@as yJo inhabilitacin. ).!.-:/MP/863 / /6A; A%93=3%69A;. /lJla titular o responsable de un establecimiento ue e0penda bebidas alcohlicas a una persona en estado de embria5uez, o ue permita o tolere ue las consuma en el lu5ar es sancionadoJa con multa de K '+ a K !.+++ yJo clausura del establecimiento. ).!.1+:V/8TA / TAA93 A P/>;38A; 4/83>/;. /lJla titular o responsable de un establecimiento ue e0penda o provea ci5arrillos, ci5arros, o tabaco, en cualuiera de sus formas a personas menores de diecisBis a&os, es sancionadoJa con multa de K '+ a K '++.