Apuntes de Derecho Penal I Profs. Magdalena Ossandon Widow y Jaime Vera Vega
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CAPITULO I EL DERECHO PENAL Y LAS CIENCIAS PENALES
1.
El dere derech cho o pena penal: l: conc concep epto to,, cont conten enid ido o y deno denomi mina naci ción ón
La locución "derecho penal" posee tres acepciones.
En primer término, designa aquella parte del ordenamiento jurídico que trata acerca del delito y de sus consecuencias jurídicas (básicamente la pena); y que generalmente recibe el nombre de derecho penal objetivo. objetivo. En segundo lugar, alude a la facultad que tiene el Estado para crear delitos y para sancionar a quienes quienes los cometen. cometen. Desde este este punto de vista, vista, se habla de derecho penal subjetivo (o de "ius puniendi"). Por último último,, design designaa aquell aquellaa discip disciplin linaa que estudi estudiaa sistem sistemáti áticam camente ente las normas normas y los principios jurídicos relativos al delito y a la pena (en otras palabras, aquel sector de las ciencias jurídicas que tiene como objeto de estudio estudio el "derecho penal objetivo"). Desde este punto de vista, se habla de ciencia del derecho penal o, más propiamente, de dogmática penal , expresión esta última cuyo alcance explicaremos dentro de poco.
El nombre más generalizado para referirse a este sector del derecho es, precisamente, derecho derecho penal. Sin embargo, embargo, hay países países como como los de tradición tradición anglos anglosajona, ajona, en en los cuales cuales predomina predomina la expresión expresión derecho criminal. criminal. Ambas denominacio denominaciones nes son igualmente igualmente correctas. correctas. Sólo se diferencian en que la primera pone énfasis en la pena y la segunda, en el delito (crimen); es decir, en uno y otro caso se destaca alguno de los dos objetos principales de nuestro estudio: el delito y la pena. El derecho penal consta de dos partes: una parte llamada general llamada general , que trata del delito y de la pena como conceptos conceptos generales; generales; y una parte denominada denominada especial , que trata de cada uno de los delitos delitos que contempla el ordenamient ordenamiento o jurídico, jurídico, en particular. particular. Esta distinció distinción, n, como es obvio, resulta aplicable tanto al derecho penal objetivo, como a la ciencia del derecho penal. En el plano de la enseñanza, los dos cursos en que normalmente se divide la asignatura de derecho penal, corresponden a la parte general, el primero, y a la parte especial, el segundo. Si bien es cierto que el Código Penal es la principal fuente del derecho penal, hay también disposiciones penales en otros códigos (como, por ejemplo, el Código de Justicia Militar y el Código Tributario) Tributario) y en algunas leyes leyes especiales (como la la Ordenanza de Aduanas, la Ley sobre Tráfico de Drogas, etc.) Las normas que el Código Penal destina a la parte general son aplicables tanto a los delitos particulares que ese mismo Código contempla, como también a los delitos tipificados en otros Códigos Códigos y en leyes especiales. especiales. De manera que todo aquello aquello que no esté expresamente expresamente
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regulado en esos textos particulares particulares se rige por las disposiciones disposiciones generales del Código Penal. Por esto, las normas de este último reciben el nombre de derecho penal común. común.
2.
Las ciencias penales
La expresión "ciencias penales" es utilizada para designar el conjunto de disciplinas que tienen como objeto de estudio el delito, delito, el delincuente y las penas. El derecho penal no es, desde luego, la única disciplina disciplina que se preocupa de estos estos fenómenos. Comparte su objeto objeto de estudio con otras ciencias –jurídicas y extrajurídicas–, todas las cuales pertenecen a la categoría genérica de "ciencias penales". El conjunto de las ciencias penales puede sintetizarse conforme al siguiente esquema:
Ciencias jurídicas
Ciencias naturales Y sociales Ciencias auxiliares
a)
– Derecho penal substantivo (Derecho penal) – Derecho penal adjetivo (Derecho procesal penal) – Derecho penal ejecutivo (Derecho penitenciario) – Criminología – Criminalística – Medicina legal – Psiquiatría forense
Derecho penal substantivo, adjetivo y ejecutivo
Entre las disciplinas jurídicas, hay tres que se ocupan específicamente del fenómeno delictual: el derecho penal substantivo, el derecho penal adjetivo y el derecho penal ejecutivo. Veamos en qué consiste cada una de ellas. En primer término, el derecho penal substantivo o material (llamado simplemente "derecho penal") se ocupa del delito y de las sanciones penales, desde un punto de vista concept conceptual ual.. Su objeto objeto es determi determinar nar,, en forma forma abstr abstract actaa (y sobre la base base de su regula regulació ción n normativa), qué son el delito y la pena; y en qué consiste cada uno de los delitos que contempla el ordenamiento ordenamiento jurídico. jurídico. Está constitu constituido ido básicamente básicamente (pero no de modo exclusivo) exclusivo) por el Código Penal. derecho echo penal adjetivo adjetivo o formal formal (comúnment En segund segundo o lugar, lugar, el der (comúnmentee denominado denominado derecho procesal penal ), ), estudia las normas de procedimiento a que debe sujetarse el órgano jurisdicc jurisdiccional ional para la determinaci determinación ón de los delitos delitos y el juzgamient juzgamiento o de los delincuente delincuentes. s. Su función es establecer mecanismos adecuados para probar los hechos que configuran cada delito y fijar las bases mínimas que aseguren un juicio equitativo a quienes lo hubieren cometido. Está constituido básicamente por el Código de d e Procedimiento Penal y el Código Procesal Penal.
Finalmente, el derecho penal ejecutivo (también llamado derecho penitenciario) tiene como objeto las normas que rigen el cumplimiento (o ejecución) de las penas que imponen los
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tribunales. Normalmente se le considera parte parte del derecho administrativo, administrativo, porque es la autoridad administrativa la que tiene a su cargo la ejecución de las decisiones judiciales y la que maneja el sistema carcelario o penitenciario del Estado. Las normas que configuran este derecho no están codi codifi fica cada dass (a dife difere renc ncia ia de lo que que ocurr ocurree en otro otross país países es,, que que cuen cuenta tan n con con un "código penitenciario"), penitenciario"), sino que aparecen dispersas en varios textos legales y reglamentarios, como por Reglamento de Establecim Establecimiento ientoss Penitenciari Penitenciarios os (Decre ejemplo, ejemplo, el Reglamento (Decreto to Suprem Supremo o Nº 518 del Ministerio de Justicia de 1998, publicado en el Diario Oficial de fecha 21 de agosto de 1998).
b)
La criminología 1
La criminología surgió hacia fines del siglo XIX como una disciplina encargada de examinar examinar el delito y el delincuent delincuentee desde un punto de vista biológico biológico y social. De este modo, asumió el estudio de las causas o factores que inciden en la delincuencia (etiología (etiología criminal ); ); y de las formas de prevenir la criminalidad criminalidad y de tratar al delincuente. delincuente. Consistía, en realidad, realidad, en un análisis multidisciplinario que aplicaba la metodología y los conocimientos provenientes de diversas disciplinas particulares; básicamente de la sociología, la antropología, la estadística, la biología biología y la psicología psicología.. Así, cada cada uno de estos ámbitos ámbitos de conocimi conocimiento ento daba lugar lugar a lo que solía denominarse "ramas" de la criminología (sociología criminal, antropología criminal, etc). Esta Esta forma forma de concebi concebirr la crimin criminolo ología gía,, denomi denominad nadaa clásica , parte de la base de que la delincuencia es un fenómeno patológico, en cuya base hay causas biológicas, psicológicas o sociales. sociales. Por esta razón, estudia estudia el delito como una realidad realidad natural natural independiente independiente de aquellas aquellas normas. normas. Sin embargo, embargo, paradójicament paradójicamente, e, analizaba el delito únicamente únicamente a partir partir de lo que esas mismas normas consideraban como delictivo. En los planteamientos criminológicos actuales se descarta el "modelo terapéutico" y es reempl reemplaza azado do por el "model "modelo o de justic justicia" ia".. El "modelo "modelo terapé terapéuti utico" co" consider consideraa al delit delito o y al delincuente como un fenómeno de patología social. El "modelo de justicia", en cambio, pone en tela de juicio el sistema sistema social en su conjunto. Se destacan las virtualidades virtualidades criminógenas de la organización social hasta el punto de colocarlas en el centro de la atención. De tales planteamientos nace una criminología crítica , que censura el apoliticismo de la criminología tradicional, su valoración del delito y del delincuente como fenómenos patológicos y su aceptación acrítica de las normas establecidas. En general, se considera que el objeto de la criminología no puede depender de las cambiantes normas penales, ni la criminología misma puede convertirse en una simple disciplina disciplina auxiliar del der derecho echo penal. Si se le quiere atribuir una importancia autónoma, debe extender su interés más allá de los estrictos límites de las normas jurídico-penales. Por ello en la actualidad la criminología criminología asume como objeto de estudio no el desviada" (aquella que se aparta de lo que es de esperar desde el punto delito, sino la "conducta "conducta desviada" de vista de una convivencia social armónica), y los "mecanismos de control social" frente a tales conductas, uno de los cuales (pero no el único, como tendremos ocasión de ver más adelante) es el propio derecho penal.
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Párrafos extractados extractados de Cobo Del Rosal - Vives Antón: Derecho Antón: Derecho Penal , pp. 112-116, y Muñoz Conde - García García Arán: Derecho Arán: Derecho Penal , pp. 180180- 183. 183.
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c)
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Las Las cie ciencia nciass auxi auxili liar ares es del del dere derech cho o pena penall
Suele utilizarse esta denominación para designar todas aquellas disciplinas extra-jurídicas que se ocupan del delito, delito, del delincuente delincuente y de las penas. Tal denominaci denominación ón en modo alguno significa que aquellas disciplinas sean menos importantes o que sean dependientes del derecho penal. Lo que sucede es que este último último utiliza los conocimientos conocimientos que aportan aportan otras ciencias, ciencias, porque ellos son necesarios tanto en la etapa de formulación de las normas penales, como en su interpretación y aplicación aplicación a los casos concretos. Las normas penales, para ser eficaces, eficaces, precisan adecuarse a la realidad biológica, psicológica y social, y para ello ha de tomarse en consideración el aporte de otras disciplinas. disciplinas. En este sentido, suele atribuirse atribuirse el papel de disciplina auxiliar del derecho penal a la criminología (aunque ello, como ya vimos, es objeto de discusión), porque para para ajusta ajustarse rse a la realid realidad ad social social,, aquél aquél obviame obviamente nte ha de tomar tomar como como base base los estudios estudios criminológicos. En términos más restringidos, el nombre de "ciencias auxiliares" se reserva para: La medicina legal , disciplina que aporta los conocimientos de orden médico y biológico, necesarios necesarios para entender entender numerosos numerosos delitos (especialmente (especialmente aquellos que atentan atentan contra contra las personas, como por ejemplo ejemplo el delito delito de lesiones). lesiones). La psiquiatría forense , disciplina que para muchos no es más que una rama de la anterior, anterior, la cual aporta aporta los conocimient conocimientos os médico-psi médico-psiquiát quiátricos ricos,, necesarios necesarios para solucionar solucionar diversos diversos problemas problemas jurídico-penal jurídico-penales; es; en especial los que plantean plantean ciertos estados estados patológico patológicoss que pueden llegar a tener relevancia penal en cuanto afecten al autor o a la víctima de un delito. La criminalística , disc discip ipli lina na de índo índole le poli polici cial al que que apor aporta ta los los medi medios os técn técnic icos os y científicos que se precisan para investigar los delitos, para reconstituir sus circunstancias y para determinar quiénes son sus autores.
3.
Conexiones interdisciplinarias del derecho penal
Puesto que el derecho penal es una parte del derecho público, sus relaciones son mucho más próximas con las ramas que integran este sector del ordenamiento jurídico, que con las ramas del derecho privado. Es, sin duda, el derecho constitucional la rama con la cual el derecho penal tiene vínculos de mayor proximidad. proximidad. Ello obedece a que la potestad potestad sancionatoria es una función función que, en nuestra época y en nuestro ámbito de cultura, cultura, pertenece en forma privativa privativa al Estado. De ahí que las normas constitucionales que fijan las bases de la institucionalidad y aquellas que regulan la fisonomía del Estado, tengan incidencia directa en la forma en que el derecho penal ha de estructur estructurar ar sus dos conceptos fundament fundamentales ales:: el delito delito y la pena. Desde otro otro punto de vista, el delito suele importar –y la pena siempre importa– privación o restricción de alguno de los derechos fundamentales fundamentales de la persona (por ejemplo: ejemplo: vida, libertad, honor, propiedad, etc). En consecuencia, la regulación constitucional de los derechos personales tiene en el campo penal una aplicación mucho más intensa que en cualquier otro sector del ordenamiento jurídico.
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El derecho internacional público , por su parte, también es una importante fuente de instituciones penales. Misión fundamental del derecho derecho penal es ofrecer un marco de garantías garantías que legitimen el sometimiento del individuo a la potestad punitiva, y muchas de esas garantías está están n cons consag agra rada dass en inst instru rume ment ntos os norm normat ativ ivos os inte intern rnac acio ional nales es,, cuya cuyass disp dispos osic icio iones nes complementan o suplen las omisiones omisiones en que incurre la Constitución. Constitución. En el caso de nuestro país, revist revisten en especi especial al import importanc ancia ia el Pacto Pacto Intern Internaci aciona onall de Derech Derechos os Civile Civiless y Políti Políticos cos y la Conv Conven enci ción ón Amer Americ ican anaa sobr sobree Dere Derech chos os Huma Humano nos, s, los los cual cuales es cons consag agra ran n nume numero rosa sass disposiciones con contenido estrictamente penal. Las relaciones entre el derecho penal y el derecho derecho procesal se manifiestan en que el segundo provee los mecanismos necesarios para juzgar los delitos y para imponer sanción a quienes aparezcan como responsables de su comisión. Regula, en efecto, los procedimientos que han de utilizar el Ministerio Público y los tribunales para investigar los delitos y para establecer la responsabilidad penal de sus autores; las garantías que han de rodear el juzgamiento de las personas; los medios probatorios susceptibles de ser utilizados en la comprobación de los delitos y en la determinación de las responsabilidades y las medidas cautelares que los jueces pueden ordenar durante las substanciación de los procesos. El derecho penal también se vincula muy estrechamente con el derecho administrativo . Numerosos delitos tienden a la protección de intereses e instituciones propios de aquel sector del ordena ordenami mient ento, o, como como es el caso caso de los delit delitos os llama llamados dos "funci "funciona onario rios", s", que, que, en términ términos os generales, sancionan las faltas en que pueden incurrir los empleados públicos en el desempeño de sus cargos. El derecho administr administrativo ativo,, por otra parte, contempla contempla un régimen sancionator sancionatorio io paralelo al del derecho penal, puesto que la Administración tiene potestad para aplicar sanciones discip disciplin linari arias as (a quiene quieness están están someti sometidos dos a ella ella median mediante te un víncul vínculo o de subord subordina inació ción) n) y sanciones sanciones gubernati gubernativas vas (a cualquier cualquier ciudadano) ciudadano).. En muchos casos, casos, frente a un mismo mismo hecho ilícito surge tanto responsabilidad penal como responsabilidad administrativa (leer artículo 20 del C. Penal). Finalmente, las relaciones con el derecho privado , a pesar de ser menos estrechas, no dejan de ser importantes. importantes. Ellas se manifiestan, manifiestan, básicamente, en que numerosos delitos tienen su origen en la violación de preceptos civiles, como ocurre, por ejemplo, con el delito de bigamia. Por otra parte, los delitos normalmente dan lugar al surgimiento de responsabilidad penal y civil, las cuales coexisten, precisamente, porque persiguen objetivos diversos: el castigo del culpable, en el primer caso; y la reparación del daño causado con la conducta delictiva, en el segundo.
4.
Las funciones del derecho penal
Prácticamente todas las opiniones doctrinales coinciden en que el derecho penal cumple dos funciones: una de protección o tutela de aquellos intereses que son necesarios para la existencia individual y para la convivencia social; y una función de motivación de las conductas de los ciudadanos.
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a)
Función de protección
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¿Qué es lo que protege o pretende proteger la norma penal? A esta pregunta responden responden jurídicos . Estos son de modo mayoritario los penalistas: el Derecho penal protege bienes jurídicos aquellos presupuestos que la persona necesita para su autorrealización y el desarrollo de su personalidad en la vida social. social. Entre estos presupuestos presupuestos se encuentran, en primer lugar, la vida y la salud. A ellos se añaden otros presupuest presupuestos os materiales materiales que sirven para conservar conservar la vida y aliviar el sufrimiento: medios de subsistencia, alimentos, vestidos, vivienda, etc., y otros ideales que permiten la afirmación de la personalidad y su libre desarrollo: honor, libertad, etc." "A estos estos presup presupues uestos tos existe existenci nciale aless e instr instrume umenta ntales les mínim mínimos os se les llama llama bienes jurídicos jurídicos individuales individuales , en cuanto afectan directamente a la persona individual. Junto a ellos vienen en consideración los llamados bienes jurídicos comunitarios (o colectivos) que afectan más a la comunidad como tal, al sistema social que constituye la agrupación de varias personas individual individuales, es, y supone supone un cierto cierto orden social social o estatal. estatal. Entre estos bienes bienes jurídicos jurídicos sociales sociales o universales se cuentan la salud pública, la seguridad en el tráfico motorizado, la organización política, etc. Minoritariamente, algunos autores sostienen que el Derecho penal no protege bienes jurídicos, sino la vigencia de las normas. El delito sería una lesión de la vigencia de las normas y la pena la eliminación eliminación de esa lesión, restableciéndose restableciéndose así dicha vigencia.
b)
Función de motivación.
El principal medio de coacción jurídica, la pena, sirve para motivar comportamientos en los individuos. La norma penal cumple, por tanto, una función motivadora, amenazando con una pena la realización de determinados comportamientos considerados por las autoridades de una sociedad como no deseables. Parece evidente que la función motivadora motivadora de la norma penal sólo puede comprenderse situando el sistema jurídico-penal en un contexto mucho más amplio de disciplinamiento del comportamiento comportamiento humano en sociedad. Desde un punto de vista sociológico, sociológico, entonces, el derecho penal no es un fenómeno único y aislado, sino, por el contrario, una de las muchas instancias del llamado control social . La potestad punitiva, en efecto, justifica su existencia en la necesidad de proteger los bienes jurídicos esenciales para la convivencia social, frente a los ataques que los miembros de ésta puedan dirigirles. dirigirles. Esta función protectora protectora es desempeñada por el Estado, penal, a través de sanciones orientadas a reforzar la vigencia de los valores éticos o, si se quiere, al reconocimiento general de los mandatos normativos, pues sólo en su vigencia efectiva puede descansar un clima de verdadero respeto a los bienes que se intenta proteger. En esta tarea confluyen numerosas instituciones sociales que propenden a la internalización de dichos valores o del contenido de las normas jurídicas. No sólo el Estado, sino que también también la familia, las organizaciones sociales, la Iglesia y otras muchas instituciones juegan un importante papel a este respecto.
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Párrafo extractado extractado de Muñoz Conde - García Arán: Derecho Arán: Derecho Penal , pp. 53-61
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A su vez, cada una de estas instancias, no sólo da lugar a normas y cánones de conducta que influyen y hasta configuran los comportamientos de los individuos. También dan origen a diversas sanciones para el caso de su transgresión, las cuales pueden variar en su naturaleza e intensidad. Este fenómeno de generación de cánones y expectativas de conducta, y de sanciones para el caso de su incumplimiento, es connatural a la interacción de los individuos, e inseparable, por por tant tanto, o, de la vida vida en comu comuni nidad dad.. Toda Toda soci socied edad ad comp compor orta ta una compl complej ejaa tram tramaa de interacciones que, no sólo protegen y fomentan determinadas formas de comportamiento, sino que también también rechazan y desincentivan desincentivan otras. otras. Ambos aspectos aspectos constituy constituyen, en, así, un sistema sistema orientado al control de las conductas individuales, que se basa en la articulación, más o menos organizada, de las reacciones de los seres humanos, ante los comportamientos de sus semejantes que confirman o frustran sus expectativas. El entramado de reacciones adversas a que dan lugar las conductas que se estiman desviadas, considerado en su conjunto, constituye lo que se denomina el control social . Ahora bien, en este contexto es importante trazar las características definitorias del control social ejercido ejercido por el derecho penal. Como primera aproximación, aproximación, puede señalarse que que se trata de un control erigido para responder a los ataques contra los bienes jurídicos más importantes y que, por lo mismo, las consecuencias previstas para su ejecución se caracterizan por su especial gravedad. También es claro que se trata de un control de reacción y externo, externo, es decir, posterior a la conducta desviada, y que no se encamina a generar en el individuo adhesión a los valores quebrantados, sino acatamiento de las normas normas de conducta. En ello se contrapone a los controles controles de carácter interno, cuya meta es influir en el individuo para que interiorice como propios, valores y conductas que se corresponden con los que precisamente se esperan de él. Sin embargo, el rasgo más destacado es el que concierne a su formalización su formalización.. En efecto, el derecho penal es y debe ser un instrumento de control en el que, tanto las conductas amenazadas como las sanciones que a ellas se asocian, deben ser establecidas con la mayor claridad y precisión posibles. posibles. La persecución del delito, así como como su procesamiento y examen por parte del juez, son realizados sobre la base de reglas estrictas, establecidas con anterioridad y que permiten controlar los actos y las decisiones llevadas a cabo por los diversos órganos que intervienen en estas fases. Precis Precisame amente nte,, es misió misión n del derech derecho o penal penal consti constitui tuirr el elemen elemento to formal formaliza izador dor del ejercicio del poder punitivo del Estado y procurar que las normas que rigen su actuación protejan de la mejor manera posible a los individuos, frente a las posibles arbitrariedades, y aun errores, que puede llevar aparejada su materialización a cargo de los órganos del poder público.
EJERCICIOS
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¿En ¿En qué lug lugar ar del del Cód Códig igo o Pena Penall está están n conte conteni nida dass la "pa "part rtee gener general al"" y la "par "parte te esp espec ecia ial" l" del derecho penal?
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16. 17. 18.
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Busc Buscaa en el apé apénd ndic icee del Cód Códig igo o Pena Penal, l, tre tress ejem ejempl plos os de ley leyes es esp espec ecia iale less con con conte teni nido do penal. común. Define el concepto de derecho penal común. Busc Buscaa tres tres ejem ejempl plos os de mate materi rias as regu regula lada dass por el Códi Código go Pena Penall que sean sean apli aplica cabl bles es a todos los delitos, cualquiera sea la ley en que se encuentren consagrados. Busc Buscaa ejem ejempl plos os de de con conduc ducta tass ilí ilíci cita tass que que no sean sean con const stit itut utiv ivas as de de deli delito to.. ¿A qué alude la la ex expresión "etiolo ología"? a"? ¿Cuá ¿Cuáll es la la dife difere renc ncia ia ent entre re el el anál anális isis is que que el el dere derech cho o penal penal hac hacee del deli delito to y el el anál anális isis is que de este mismo fenómeno hace la criminología? Confecc Confeccion ionaa un cuadro cuadro con las princi principal pales es difere diferenci ncias as entre entre el enfoqu enfoquee de de la la crim crimino inolog logía ía clásica y el de la criminología crítica. ¿Qué ¿Qué se se ent entie iende nde por resp respon onsa sabi bili lida dad d pena penall y por resp respon onsa sabi bili lida dad d civi civil? l? Busca tres ejemplos de de sanciones penales e indica cuál es el derecho fundamental que cada una de ellas restringe. Busca Busca tres tres ejemp ejemplos los de sanci sanciones ones suscep susceptib tibles les de de ser impues impuestas tas por por la la Admini Administr straci ación. ón. Toma Tomando ndo como como base base un deli delito to de lesi lesion ones es,, ¿cuál ¿cuál serí seríaa el objet objeto o de la respo respons nsab abil ilid idad ad penal y cuál, el objeto de la responsabilidad civil que de él pudiera emanar? Vamo Vamoss a supone suponerr que en una una libr librer ería ía tú encu encuen entr tras as los los libr libros os que que a contin continuac uació ión n se mencionan. Tomando como base el nombre de esos libros, indica a qué disciplina pertenece cada uno de ellos: a) Sobre el concepto concepto de aborto aborto en en el Derecho Derecho Penal Penal chileno chileno b) El valor valor de las declaraci declaraciones ones de los testi testigos gos en un proceso proceso por aborto aborto c) Las lesiones lesiones que sufre sufre la mujer mujer embaraza embarazada da que se somete somete a un un aborto aborto d) Factores Factores económicos económicos y culturales culturales que inciden inciden en la la decisión decisión de abortar abortar e) Los trast trastornos ornos psíqui psíquicos cos que sufre la mujer mujer que aborta. aborta. f) Elementos Elementos para para determi determinar nar la fecha fecha precisa precisa en en que se se produjo produjo un aborto aborto g) ¿Es líci lícito to el aborto aborto caus causado ado por un un médico? médico? ¿Es corr correct ecto o afirma afirmarr que "la misi misión ón del del derech derecho o penal penal es es errad erradica icarr la deli delincu ncuenci enciaa del medio social"? ¿Qué relación existe entre los conceptos de "delito" y "conducta desviada"? ¿Qué otros otros "med "medios ios de cont control rol social social"" podría podríass menci mencionar onar tú, aparte aparte del del derec derecho ho penal penal?? ¿Crees ¿Crees que el dere derecho cho penal penal ha ha ejerc ejercido ido respec respecto to de de ti una funci función ón de de motiv motivaci ación? ón? ¿Crees que el Derecho penal realmente protege bienes jurídicos?