THOMAS HOBBES [1588-1679] URENCE ERNS HOBBS presenó, pr ems, su ls pc en res lrs, The Elements of Law (1640), De Cve (The Citzen, 642), y evtán (1651).* Ls derencs
ás mness enre s rs se deen cncepcón y l ercón de dcrn eógc en s úlms rs Puede decrse que l nencón de Hes es de: Pner ls mrl y pc, pr ve prmer, sre un se cenc; Cnrur eslecmen de l p cvc y l msd y hcer que humndd esé más dspues cumpr cn sus deeres cvcs Ess ds nencnes, e rc y prácc, esn ercnmene relcnds en el espru de Hes L úlm nencón, l cvc cvdr, denc Hes cn rdón de s plc que él scó s nmres d Sócres, Plón, Arsóees, Purc y Ccerón Sn emrg, d es rdcón, segn Hes, h ld en su usc de l verdd, pr su ncpcdd de gur s hmres l p. E cegórc rmpmen de Hes cn l rdcón ue decsvmene preprd pr Mquve y, sguend s pss de Mquvel, pr Bcn. Según Mquvel, ls cáscs rn prque sus mrs uern demsd s A undmenr sus dcrns plcs en cnsdercnes sre s más ls sprcnes de hmre, l vd de vr d y scedd dedcd prmcón de vrud, resurn ne ces cm j Bcn, hcern leyes mgnrs pr repúcs mg nrs E resm de Mquve cnssó en rejr cnscenemene s nrms de l vd plc, mnd cm jev de vd plc n pereccón el hmre hmr e sn ess mes js que en reldd persguen persguen cs ds s hres y ls sceddes durne cs d e emp Ls pnes pcs, hechs de cuerd cn s mvs más s per más p derss del hmre pdrán, much más premene, ser reds que s ups de ls cláscs Sn emrg, en cnrse cn Mquve, Hes eró un códg de ey mr nur, l ley nurl cm ley mrmene lgr, que deermn s prpóss de scedd cv Per, cepnd cepnd el re relsm lsm de Mqu Mquve ve, , sepró su dcrn dcrn de ley nur de l e e de pereccón de hre. hre. nenó deducr l ley nu rl de que es más pders en cs ds ls hmres d e emp n rón, sn psón. , prque l que cnsderó cm su descurmen * H l F Culu Hbb Latha E' br [Nu Yk Yk:: Dutt, 10]), p X p 9 z e l st pul 3
378
THOMA HOBE
de ls uéncs rces de l cnduc humn, su cncmen de l nurle humn y su md cenc de prceder, Hes creyó que h rund dnde ds ls dems hn lld, que él er el prmer uénc lós de l plc. De cuerd cn ess cnvccnes, recmendó que su lr l r uese mpue mpues s cm urdd en ls unver unversdd sddes es y có có cnsnemene ls dcrns de Arsóeles, cuys pnnes sn en ess ds y en ess lgres, de myr urdd que culesquer rs escr s humns", pr suversvs y lss. Según Hes, cncmen cenc sgnc cncmen mem c cncmen gemérc. Hs hr, escró, l gemer es l únc cenc que h llegd cncluses ndscules. El érmn gemer u empled veces pr Hes pr reerrse ds ls cencs memcs, el esud del mvmen y de l uer, l sc memc, s cm el esud de gurs gemércs L ls, cenc, prcede de un de ds mnes: 1 Cn el méd cmpsv snécmene", rnndo prr de ls cuss prmers y generdrs de ds ls css hc sus eecs prenes, Cn el méd resluv, nlcmen e", pr rnmen prr de eecs hechs prenes hc psles cuss de su genercón. Ls prmers prncps de ds ls css sn de nds pr Hes cm cuerp mer, y mvmen cm de lu gr Cd pre del Unvers es Cuerp y quell que n es e s cuerp n n es pre del Unvers y dd que el Unvers es Td, quell que n es pre de él es Nd Nd ...... ]" De uerd cn el md snéc gemérc de prceder emperms cn ls leyes de l sc en gener y de ells deducrms ls psnes, ls cuss de l cnduc de hmres en prculr y de ls psnes deducrms ls leyes de l vd scl y plc. Sn em rg, pr med del méd nlc, el nlss de l eperenc sensr llegms dencnes decuds de ls prps prmers prncps. El méd nlc ene especl mprnc pr l ls plc pues Hes esper que l cenc mrl y vl que es elrnd lgrse ser cnvncene n sól pr ls lóss nrles sn mén pr p r culquer hmre qu quee sól sól preend rnr rnr l suc sucene ene pr pr gernr su ml prvd" Es epecv es rle prque ls hechs en que se s su nlss sn cncds, pr eperenc, de ds ls hm res nrmles Hes nv su lecr pner prue l verdd de l que escre mrnd en s msm cnsdernd cnsdernd s l que dce Hes cer c de ls psnes, ls pensmens y ls nclncnes nurles de l humndd se plc él lueg, prendend leerse" y cncerse s msm medne l smlud de psnes y sucnes, pdr leer ls psnes y ls pensmens de ds ls dems Aunque s cncepcón del méd cenc nluyó sre ls rmulcnes, ls presencnes y el nlss de l eperenc humn que hce Hes, dc que n es su cncepcón de cenc sn su enendmen de l eperenc prescenc cmún l Vs o jo jo Leviathan, c The Elmets o Law, co o
s (Cb Cbg Us P 28) 7
378
THOMA HOBE
de ls uéncs rces de l cnduc humn, su cncmen de l nurle humn y su md cenc de prceder, Hes creyó que h rund dnde ds ls dems hn lld, que él er el prmer uénc lós de l plc. De cuerd cn ess cnvccnes, recmendó que su lr l r uese mpue mpues s cm urdd en ls unver unversdd sddes es y có có cnsnemene ls dcrns de Arsóeles, cuys pnnes sn en ess ds y en ess lgres, de myr urdd que culesquer rs escr s humns", pr suversvs y lss. Según Hes, cncmen cenc sgnc cncmen mem c cncmen gemérc. Hs hr, escró, l gemer es l únc cenc que h llegd cncluses ndscules. El érmn gemer u empled veces pr Hes pr reerrse ds ls cencs memcs, el esud del mvmen y de l uer, l sc memc, s cm el esud de gurs gemércs L ls, cenc, prcede de un de ds mnes: 1 Cn el méd cmpsv snécmene", rnndo prr de ls cuss prmers y generdrs de ds ls css hc sus eecs prenes, Cn el méd resluv, nlcmen e", pr rnmen prr de eecs hechs prenes hc psles cuss de su genercón. Ls prmers prncps de ds ls css sn de nds pr Hes cm cuerp mer, y mvmen cm de lu gr Cd pre del Unvers es Cuerp y quell que n es e s cuerp n n es pre del Unvers y dd que el Unvers es Td, quell que n es pre de él es Nd Nd ...... ]" De uerd cn el md snéc gemérc de prceder emperms cn ls leyes de l sc en gener y de ells deducrms ls psnes, ls cuss de l cnduc de hmres en prculr y de ls psnes deducrms ls leyes de l vd scl y plc. Sn em rg, pr med del méd nlc, el nlss de l eperenc sensr llegms dencnes decuds de ls prps prmers prncps. El méd nlc ene especl mprnc pr l ls plc pues Hes esper que l cenc mrl y vl que es elrnd lgrse ser cnvncene n sól pr ls lóss nrles sn mén pr p r culquer hmre qu quee sól sól preend rnr rnr l suc sucene ene pr pr gernr su ml prvd" Es epecv es rle prque ls hechs en que se s su nlss sn cncds, pr eperenc, de ds ls hm res nrmles Hes nv su lecr pner prue l verdd de l que escre mrnd en s msm cnsdernd cnsdernd s l que dce Hes cer c de ls psnes, ls pensmens y ls nclncnes nurles de l humndd se plc él lueg, prendend leerse" y cncerse s msm medne l smlud de psnes y sucnes, pdr leer ls psnes y ls pensmens de ds ls dems Aunque s cncepcón del méd cenc nluyó sre ls rmulcnes, ls presencnes y el nlss de l eperenc humn que hce Hes, dc que n es su cncepcón de cenc sn su enendmen de l eperenc prescenc cmún l Vs o jo jo Leviathan, c The Elmets o Law, co o
s (Cb Cbg Us P 28) 7
OMA OBBE
379
que debemos buscar para poder determnar la erdad la mportanca de su flosofía polítca Sugere que lo adecuado correcto de sus jucos o de sus vsones de las experencas huanas fundamentales puede conserarse e nterpretarse ndeendentemente de su físca. La conducta humana según Hobbes debe nterpretarse báscamente en funcn de ua pscología mecancta de las pasones4 esas fuerzas del hombre que por decrlo así lo empujan desde atrás no se le debe nterpre tar en funcn de aquellas cosas que podría consderarse que atraen al hom bre de frente los fines del hombre o lo que para Hobbes Hobbes sería objeto de las pasones Los objetos de las pasones dce Hobbes varían con la consttu c educacn de cada hombre son demasado fácles de dsmular. Además el ben el mal las palabras con que los hombres caracterzan los objetos de sus deseos sus aversones son estrctamene relatvos al hom bre que q ue emplea as palabra palabras s pe pero ro estas palabras de bueno alo despre cable ca ble [ ......]] no son smple absolutamnte tales n nnguna regla de ben de mal puede tomarse de la naturaleza de los objetos msmos[... msmos[ .... Lo que los hombres en realdad queren decr cuando arman que algo es bueno es que les agrada Sn ebarg es certo que dado que las pasones desembo ca en accones los hombres son guados por su magnacn por sus op nones de lo que es bueno de lo que es malo pro los pensamentos no domnan las pasones por lo contraro porque los pensamentos son con respecto a los deseos como escuchas o espías que precsa stuar para que avzoren el camno haca las cosas deseadas" Hobbes estuo de acuerdo con la tradcn basada en Scrates que n clue a Santo Tomás de Aquno de que las metas el carácter de la vda oral· polítca debe ser determnados por referenca a la naturaleza es pecalmente a la naturaleza huana. Sn embargo determn el modo en que la naturaleza fja las normas de la polítca de manera mu dstnta de la tradn a saber eante la elaboracn de una teoría el estado de na turalza" La teoría del estao de naturaleza deducda dce Hobbes de las pasones de hombre es un modo de hacer frente al antguo problema ps olgco problema de mportanca decsva para la flosofía polítca el hombre por natraleza ¿es socal polítco? Hobbes ega que el hombre sea socal polítco por naturaleza 6 Los motvos de su negatva se hacen evdetes en la teoría del estado de naturaleza esa condcn prepolítca en que los hombres vven sn goberno cvl o sn un poder común sobre ellos qe los mantenga en el temor. Meaphyc al Sy ofHbbe seleccoado por Mary W Calks (Chicago; he Meaphycal ( Chicago; Ope Court, Coeg o, caps y u esp Lvaha cap pp cap La
1948)
VI7
XXXIV
339341
XVI
Itroduccó, pp Reew, ad oclusó, p 27 s dfícil detear s obbe cos deraba que su aeralso era speete cierto, es decr, "etasco o etodolgco o sea ua uposicó ecesaria para proceder cetcaete Levaha cap VI C ees 111011 Levaha cap VI p 4 1 cap, VII p 9 6 De Cve (he Cíze) he sh Wrk Tha Hbbe cop Moesworth 1839184) o II, cap. 12 éase especaete a oa
38
THOMA HOBBE
Si el hombre no es socil poltico por naturaleza, entonces todas las so ciedades civiles debieron desarrollarse a partir de estados de naturaleza presociales prepolticos, es decir, el estado de naturaleza debi de existir entre los progenitores de todos los hombres que ho viven en una so ciedad civil. Hobbes no cre que hubiese amás semeante estado en todo el mundo, pero, dio, en muchos lugres de América en este momento, durante las guerras civles, entre soberanos independientes, semeante estado en realidad existe. Sin embaro, la cuestin histrica no es mu importante para Hobbes. El estado de naturaleza se deduce de las pa siones del hombre; pretende revelr aclarar aquellas inclinaciones naturales del hombre que debemos conocer pra formar el tipo adecuado de orden poltico. Sirve básicamente para determinar las razones, los propsitos o los fines por los cuales los ombres rman sus sociedades polti cas. Una vez conocidos estos fines, el problema poltico es cmo organizar al hombre la sociedad para alcanzar con la maor eficacia los fines. ¿Cuál sera la condicin d l humanidad si no existiese sociedad civil? ¿Cmo se relacionaran los hombres entre s? En primer lugar, argue Hobbes, los hombres son mucho más iguales en facultades de cuerpo esp ritu de lo que hasta ho se ha reconocido La igualdad más importante es la igual capacidad de todos los hombres para matarse unos a otros. Esto es importantsimo, porque l preocupacin principal de los hombres es su pro pia conservacin. A su vez, la propia conservcin es importantsima porque el temor, el miedo a la muerte violenta, es la más poderosa de las pasiones La igualdad de capacidad conduce a una igualdad de expectativas a la competencia entre todos los homres qu desean las mismas cosas. Esta enemistad natural es intensificadaor la difidencia o desconfianza que los hombres sin gobierno sienten unos hacia otros, cuando imaginan cmo a cad quien le gustar privar a todos los demás de los biees que tengan incluso la vida, de modo que cad cual se vea pensando en subugar to dos los demás hasta que no quede ingún pder capaz deaenazar su se guridad. En contra de lo que se dice en los libros de los vieos filsofos moralistas, afirma Hobbes, la felicidad o dicha es un continuo paso de los deseos, de un obeto a otro Por consiguiente, las acciones e clinaciones vo luntarias de todos los hombres tienden no soamete a procurar sino tam bién a asegurar una vida feliz. De este mod sealo, dice Hobbes, en pri mer lugar, como inclinacin general de la humanidad entera un perpetuo e incesante afán de poder tras poder, que cesa solamente con la muerte. 7 El problema de la vida civil se complica más por la presencia en nuestra naturaleza del amor la gloria, el orgullo o la vanidad. Hobbes llama place res del espritu a todos a uellos placeres que no son carnales o sensuales. Todos los placeres del espritu provieen directa o indirectamente de la va nagloria. L vanagloia se basa en las bunas oiniones que un hombre oe o que tiene de s mismo o de su poder Las opiniones se basan siempre en com praciones con los demás. Cada quien desea que los otros o aprecien como Laha cp XI pp 7980
HOMA HOBB
381
él se aprecia a sí mismo y por consiguiente a la primera seal de desprecio y de desdén está totamente dispuesto a destruir a quienes lo desdean. Aun cuando los hombres se reúnen con fines de placer y de recreo bucan la vanagloria sobre todo por medio de las cosas que causan risa a isa dice Hobbes es casada o bien por a gloria repentina que no causa algún acto repentino que a nosotros mismos nos agrada o por la aprehensin de algo deforme en oras personas en comparacin con las cuales uno se ensalza a sí mismo. Esta triste situacin no mejora por ninguna referencia a un sentido del honor o nobleza El honor y el eshonor debidamente interpretados según Hobbes no tienn nada que ver con la justicia o a injusticia E honor no es más que un reconocimiento u opinin del poder de alguien es decir u superioridad sobre todo el poder que tenemos de ayudaos o de daaos a nosotros mismos Hasta la reverencia es definida por Hobbes como la concepcin que tenemos de oto ser e ual teniendo la capacidad de haceos ien o ma no tiene la voluntad de haceos m. No se hace hincapié en la admiracin o el amor sino en e miedo. Estas tres grandes causas naturaes de discordia entre los hombres la competencia a desonfianza a goria hacen qu el esado de nauraleza sea en realidad estado de guerra una guerra tal que es a de todos conta todos. En semejante estado los hombres viven sin otra seguridad que la que su propia fuerza y su propia inención pueden proporcionarle. En una situación semejante no exste oportunidad para a industria, ya que su fruto es incerto; por consiuiente no y cultivo de la ierra, ni naveación, ni uso de los artíulos que pueden ser importados por arni construcciones confortabls ni nstrumentos para moer y remover las co sas qu requieren mucha fuerza, ni conocimiento de la faz de la Tierrani cómpu to del tiemponi artes ni letras, ni sociedad y lo que es peor de todoexiste con tinuo temor y peliro de muerte violenta; y la vida de hombre es soliaria, pobre oscaembrutecida y breve8
A mayor bndamieno en e estado de naturaleza no se puede apear a la
jsia nada uede ser injusto a pues la justiia y la injuticia slo son ta les los términos de aguna ley anterior y no ha ley fuera de a sociedad ivil. En suma el hombre no es socia por naturaeza por lo contrario la naturalez disocia a hombre Así el estado de sociedad cil es radiamente
THO HOBBE 32 tando jnto con estas pasiones temor deseo esperanza sgiere re glas para vivir pacíficamente en común Al comparar estas pasiones con las tres grandes casas natrales de enemistad entre los hombres vemos qe el miedo a la merte el deseo de comodidad se encentran presentes tanto entre las inclinaciones a la paz como entre las casas de enemistad la vani dad o el deseo de gloria está asente del primer grpo 9 Así pes la tarea de la razn consiste en inventar medios de redirigir de intensificar el temor a la merte el deseo de comodidad de tal manera qe se sobrepongan anlen los efectos destrctivos del deseo de gloia orgllo. Al omprende en forma mecanicista la natraleza hmana eremos capaces de maniplarla por último parece esperar Hobbes de domearla Hobbes dice qe estas reglas de la razn son Lees de Natraleza la Le Moral a veces dictados de la razn Al emplear estos nombres reconoce qe se está incli nando hacia el so tradicional pes para él las reglas son simplemente conclsiones o teoremas concernientes a todo lo e condce a s propia consevacin En benos términos slo las rdenes del sobeano civil son lees Sin embargo estas reglas en la medida en qe también sn impes tas por Dios en las Sagradas Escritras peden llamarse lees Todas las les de natraleza todos los deberes obligaciones sociales políticos se originan en el derecho de natraleza se sbordinan al derecho del individo a la propia conservacin hasta el pnto en qe el liberalis mo moderno ensea e todas las obligaciones sociales políticas provienen de los derechos individales del hombre están al servicio de éstos podemos considerar a Hobbes como ndador del liberalismo moderno Pede esperarse qe las reglas sociales morales políticas las institcio nes e están al servicio de los derechos individales sean mcho más eficaces qe los tpicos planes de Platn de Aristteles pes los propios derechos individales se originan en las pasiones los deseos más egoístas poderosos de los hombres el deseo de na vida confortable el más poderoso de todos porqe es el temor a lo peor de odo el temor a la merte violenta la pasin sbacente n el derecho a la propia conservacin Dado qe los derechos son apoados por las pasiones en cierto sentido pede decirse qe se imponen por s mismos Al ir qedando desacreditados los fn damentos de las doctrinas tradiionales de moderacin mora desprecio al egoísmo va qedando abierto el camino a na neva legitimacin o consa gracin del egoíso hmano. El derecho de natraleza es la impecable libertad de hacer o no hacer todo lo qe se peda por la conservacin de la propia vida O El derecho a n in también implica n derecho a los medios condcentes a ese fin Dado qe los hombres difieren en inteligencia prdenia algnos coprenden los reqerimientos de la propia conservacin mejor qe otros , sin embargo para Hobbes estas diferencias intelectales no son decisivas Calqiera qe sea s inteligencia arge Hobbes ningún hombre está bastante intere sado en la conservacin de los demás por tanto en el estado de natraleza !d. cap X lO Elme.
HOMA HOBBE
383
cada cual debe ser único juez de los medios necesarios para su propia con servacin. Por lo tanto cada quien tiene un derecho natural a cualesquier medios que segú jzgue conduzcan a su propia conservacin. En la uni versal enemistad del estado de aturaleza todo lo que no esté bajo el poder del hombre puede considerarse como un peligro para su conservacin por cosiguiente no ha nada que no puea ser considerado como medio hacia esta conservacin Por lo tanto en este estado cada quien tiene derecho a todo Nadie está seguro en semejante estado. Las lees de naturaleza a di ferencia de los derechos de naturaleza son preceptos de razn que ins truen a los hombres sobre lo que deben hacer para evitar todos los peligros para su propia conservacin que igualmente se siguen de sus derechos na turales de sus deseos irracionales. Para asegurar su propia conservacin la primera fundamental le de aturaleza ordena a los hombres buscar la paz defendese contra aquellos que no les dan la paz. odo el rsto de la le moral las lees de naturaleza van dirigidas a establecer las condiciones de la paz La primera le de natu raleza que proviene de la le fundamental es que cada quien debe estar dis puesto a prescindir de su derecho a todas las cosas cuando los demás tam bin estén dispuestos a hacerlo debe conformarse con tanta libertad contra los demás como él permita a los demás en contra de s mismo. Esta mutua cesin de derechos se logra por lo ue ha llegado a llamarse el contrato social La sociedad civil está constituida por el contrato social en que cada uno de una ultitud de hombres se obliga por el ontrato con los demás a n resistir las rdenes del ombre o ante el consejo que haan reconocido omo su soberano. Cada quien suscribe el contrato slo con vistas a lo que es bueno para s miso ante todo con vistas a la seguridad conser vacin de su vida. Por tanto no puede suponerse que cualquier hombre haa ceido aquellos derechos cua pérdida anulara el propsito de todos los contratos Por ejemplo no puede suponerse que nadie haa cedido su erecho e resistir a todo el que trate de privarlo de la vida Cuando un hombre por pacto o contrato ha cedido o renunciado a cual quier derecho está obligado o comprometido a no estorbar a aquellos a quienes él cedi o abadon ese derecho en el goce bneficio de éste En otras alabras según la siguient le de naturaleza el hombre debe cumplir con sus pactos Si este principio no se sostiene la sociedad misma se disolverá ste prncipio la fidelidad a los contatos es según Hobbes la base de toda justicia e injusticia pues donde no ha un contrato no se han abandonado ni transferido derechos cada qien tiene derecho a todo De este modo la in justicia o el ao no es otra cosa que el incumplimiento de los contratos ejerciendo un dercho que a se haba abandonado legalmente Por ello toda legislacin auténtica se vuelve a forma de autolegislacin un dao es co o una contradiccin querer hacer aquello que se haba aceptado no hacer Todos los deberes obligaciones para con los demás se originan en tratos. Pero los tratos los contratos en que una parte o ambas prometen comportar d 116.2 De Ce a m 3
38
THOMA HOBBE
se de algún modo en el futuro, dependen de la confianza. No ha confianza ni contrato que valga donde no ha un razonable temor al incumplimiento de uno u otro lado. Por tanto, no ha confianza en el estado de naturaleza Por consiguiente, antes que sea correcto emplear los términos justo o injus to, debe haber un poder coercitivo, el soberano, que puede obligar a todos los contratantes por igual a cumplir con sus tratos. El soberano debe velar porque el terror al castigo sea una fuerza más grande que el atractivo de cualquier benefcio que pudiese esperarse de una violacin dl contrato. No se apela a ninguna fuerza moral para establecer las condiciones de confian za una vez más, el temor es la pasin en la que ha que confiar. Según Hobs, cálculo inteigente del propio interés es todo lo que se necesita para que el hombre sea justo. El hecho de que actúe bao coaccin no lo hace menos juso, pues el propio interés es la úica base de la moral. Una cons cuenca d este tipo de razonamiento es una extensin del concepto tradi cional de la guerra justa. ara Hobbes, como para Baon, la intencin de rec tificar una injria infrida no es necesaria para just ar la uerra; basta la norma sbjetiva, el temor a la fuerza de una nacin vecina Hobbes se enrent directamente a la idea aristotélica de justicia distribu tiva. La doctrina de que algunos hombres, por naturaleza, son más dignos de mandar otros más dignos de servir es el fundaento de la ciencia polí tica de Aristteles, escribe Hobbes. La doctina es falsa porque en el estado de naturaleza todos los hombres son iguales, la desigualdad que ho se encuentra entre los hobes fue introducida por las lees civiles A mao abundamiento, la doctrina es peligrosa porque es ausa de orgullo La justicia distribtiva debidamente concebida es la justicia de un árbitro no con siste en distribur a cada quien en proporcin a sus virtues sus viios, sino a trataros a todos por igual. Pues, dice Hobbes si l naturaleza hizo iguales a los hombres, esa igualdad debe ser reconocida. aun si la naturaleza los izo desiguales, los hores siempre se considerarán iguales por tanto entrarán en las condiciones de paz tan slo en condicines de igualdad. Por consiuiente, en ien de la paz ha que recoocer esa igaldad, aun si no existe. Por tanto, es una le de naturaleza el que todos los hombres deben recnocerse como iguales por naturalea. Las diferencias naurales entre los hombres o ien son iexistentes o bien carecen de toda iortancia política Un propsito domina too e análisis que hace Hobbes de las lees de natu raleza hacer a los hombres sociables pacíficos por consiguiente poner fin o reducir al mínimo la friccin, el resentimiento la hostilidad produci dos entre los hombres por el orgullo, la parcialidad el excesivo amor pro io en general. Entre las lees de natraleza ha lees ara el arbitraje de controversias para la distribucin imparcial e las propiedades que puedan estar en dis uta. ueda prohibida la ingratitud. No se permiten expresio nes de odio, esprecio o desaprobacin, ni siquiera a los jueces de crimina les convictos. Paa que nadie crea que no todos los hombres son capaces de comprender todas estas lees de naturaleza, Hobbes afira que todas ellas pueden ser comprendidas, incluso por quienes son demasiado indiferentes o están demasiado ocupados para aprendérselas meiante esta regla No
THOMA HOBBE
3
hagas a otros o qe no qerras qe te hicieren 1 La e mora no va dirig da a a perfeccin de nestra natraeza Aristtees estvo errado a habar de a virtd de vicio. Como s opiniones eran simpemente as opiniones recibidas drante s propio tiempo an recibidas por a maora de os hombres indoctos dice Hobbes no era probabe qe fesen m precsas 13 La virtd si es qe significa ago más qe e poder de n hombre es e hábi to de hacer o qe tiende a nestra propia conservacin a s condicin fndamenta a paz e vicio es o contrario. E defecto esencia de as ees de natraeza os dictados de a razn es qe atan a os hombres tan so a ss propias conciencas as acciones vontaes de os hombres están determinadas no por a conciencia ni por a razn sino por e temor a castigo a esperanza de recompensa. Ha n temor a poderes invisibes Dios o o dioses en e estado de natraeza pero este temor no es o bastante poderoso4 Lo qe se necesita es según Hobbes, e estabecimiento de nas condiciones qe reamente hagan pr dente obedecer as ees de natraeza de otra manera e qe obedece taes regas so se qedará a merced de qiens no as obedezcan. En sma se necesitan n gobierno civi o potico nos poderes visibes. La sgridad reqiere nte todo a cooperacin de mchos de na mtitd o basante grade poderosa para hacer m peigrosa a vioacin de pactos a in vasin de os derechos de os demás para ofrecer deensa contra enemi gos extranjeros. ero no ha n mite fijo a as dimensiones de na sociedad civi. S tamao debe ser o bastante grande para disadir a todo enemigo de arriesgarse a na gerra por tanto depende de tamao de enemigo Estas condiciones o eementos antisociaes qe ha en a natraeza de hombe indican qe a nidad ograda por consentimiento por mchas vo ntades acordes en n objeto n bien común no basta para mantenr ni dos a os hombres. La sociedad ptica o a reúbica exige na aténtica nidad o nin. Esta nin como a jsticia a injsticia es deinida por Hobbes en tér minos jrdicos. La repúbica debe estar constitida como persona ega por na gran mtitd de hombres cada no de os caes se compromete ante todos os demás a respetar a vontad de esta pesona ega civi o artificia como si fese s propia vontad. Esta persona ega e soberano es" a re púbica En términos prácticos eto significa qe cada súbdito debe consi derar todas as acciones de pder soberano como acciones propias sas toda egisacin de soberano como s propia atoegisacin De hecho, e poder soberano e poder de representar de ordenar as vontades de todos pede ser vertido en n hombre o en n consejo. Hobbes fe e pri mero en deinir a asamea como na persona" onsider necesario esto por as razones sigientes Dado qe a única bigacin egtima es en úti ma instancia na obigacin para consigo mismo, a ibertad de hombre en 10710 ap xv pp 12 3031 ap xxn p 21 ap XL, pp 3 3 ap. XX, pp 23232 13 s 117 1133 4 Levatha ap X p. 11 Lvah ap XIV pp
386
THOMAS HOBBE
el estado de nataleza debe sobevv en algna foma en s sjecn al gobeno "poqe no exste oblgacn mpesta a n hombe qe no povenga de n acto de s volntad popa a qe todos los hombes gal mente son po nataleza lbes" Esto se loga po medo de la fccones legales de qe el sobeano es na "pesona" con _na volntad qe pede epesenta las volntades de todos ss súbdtos qe la legslacn del sobeano es na atolegslacn del súbdto Medant tal nn lo podees las facltades de cada súbdto peden llega a contb plenamente a mantene la paz la defensa cones El contato socal tene dos pates Un pacto de cada membo del f to cepo cvl con cada no de los demás paa econoce coo sobeano a todo hombe o asamblea de hombes en qe convenga na maoía de s númeo; 2) El voto qe detemnaá qén o qé debe se el sobeano Todos los qe no ntevenen en el contato pemanecen en estado de gea po tanto son enemgos e los deás La vadez del conato no se ve afectada en modo algno po el hecho de qe fese sscto o no bajo pesn temo a la mete la volenca El cepo polítco dce Hobbes pede se fnado "natalente" así como po medo de na nsttcn odo gobeno pateal desptco sge en pme lga po tmo al sobeano msmo es dec cando es n conqs tado en caso de gea todo gobeno po nsttcn sge po el temo mto de los ndvdos n bos casos el temo es el motvo Ambos fn damentos son galmente egítmos no ha dfeenca en lo q concene al deeco ente la fndacn po conqsta la fndacn po nsttcn En la adqscn de la sobeanía po conqsa no ha dfeenca s la ge a fe na gea jsta o s no lo fe Como nade pede ealmente tansfe s feza ss facltaes a oto de hecho el contato soca oblga a to dos a no esst a la volntad del pode sobeano; es obvo qe no todos los cdadanos han entado explctamente en semejante pacto peo se consdeaá qe todo el qe vve en na epblca aceptando la poteccn del go beo del sobeano táctamente ent en el pact. Al paece paa Hobbes esa exacttd de la vda polítca qe coesponde a la exacttd matemátca en cestones tecas es na exacttd legal así como toda contovesa cesa en matemátcas así evdenteente espeaba qe las contoesas polítcas qe empe abían petbado la paz del mndo polítco cesaan s del contato socal se dedían con exacttd los deechos debees del sobeano del súbdto. El contato socl slo es oblgatoo cando se alcanza el fn po el cal se le sscb a sabe la segdad Se camba obedenca po poteccn No qe los hombes pedan esa completamente a salvo de daño po otos A cada cdadano le basta sabe qe too el qe ntente dañalo es más lo qe teme al castgo del sobeano qe lo qe espea gana po s delto El pme deecho del sobeano es el deecho de castga o el deecho de ejece el pode polcaco. Esto e sge de la fndamental ennca al de cap p 18