Artículo 142.- Contenido de la demanda.
La demanda se presentará por escrito
y contendrá: 1. La
designación de la o del juzgador ante quien se la propone. Es la auto autori rida dad d comp compet eten ente te en razó razón n del del terr territitor orio io,, mate materi ria, a, personas, grados que conoce y da tramite a la demanda. Los nomb nombre ress y apel apellilido doss comp comple leto tos, s, núme número ro de cédu cédula la de iden identitida dad d o 2. Los ciud ciudad adaní anía, a, pasa pasapo port rte, e, estado estado cii ciil,l, edad edad,, pro!e pro!esi sión ón u ocup ocupaci ación, ón, dire direcc cció ión n domiciliaria y electrónica de la o del actor, casillero judicial o electrónico de su de!e de!ens nsor ora a o de!e de!ens nsor or públ públic ico o o pri priad ado. o. "uan "uando do se actú actúa a en cali calida dad d de procuradora o procurador o representante legal se #ará constar también los datos de la o del representado. $on generales de ley de la persona que propone la demanda y de la persona contra quien se la intenta. 3. El número del %egistro &nico de "ontribuyentes en los casos que así se requiera.
4. Los
nombres nombres completos y la designación designación del lugar en que debe citarse a la o al demandado, además de dirección electrónica, si se conoce. Es la dirección e'acta donde reside o labora, su correo electrónico para demandado para poder citarlo y darle a conocer que está siendo demandado y puede ejercer el derec#o a la de!ensa. narraci ción ón de los los #ec# #ec#os os deta detallllad ados os y porme pormeno nori riza zados dos que que sir siren en de 5. La narra !undamento a las pretensiones, debidamente clasi!icados y numerados. $e da a conocer cuáles !ueron los #ec#os suscitados que lleo al acto actor( r(ra ra a dema demand ndar ar,, que que es lo que que quie quiere re cons conseg egui uirr con con las las pretensiones de la demanda que deben ser precisas. !undamentos de derec#o que justi!ican justi!ican el ejercicio ejercicio de la acción, e'puestos 6. Los !undamentos con claridad y precisión. Los #ec#os, las pretensiones tienen que estar de acuerdo a la norma, es decir, deben estar dentro de la normatia para poder ejercer la demanda. 7. El anuncio de los medios de prueba que se o!rece para acreditar los #ec#os. $e acompa)arán la nómina de testigos con indicación de los #ec#os sobre los cuales declararán y la especi!icación de los objetos sobre los que ersarán las diligencias, tales como la inspección judicial, la e'#ibición, los in!ormes de peritos y otras simi simila lare res. s. $i no tien tiene e acces acceso o a las las prue pruebas bas docu docume ment ntal ales es o peric pericia iale les, s, se describirá su contenido, con indicaciones precisas sobre el lugar en que se encuentran y la solicitud de medidas pertinentes para su práctica.
8. La
solicitud de acceso judicial a la prueba debidamente !undamentada, si es del
caso. 9. La pretensión clara y precisa que se e'ige. cuanttía del del proc proces eso o cuan cuando do sea sea nec necesar esariia para para det determi ermina narr el 10. La cuan procedimiento. 11.. La especi!icación del procedimiento en que debe sustanciarse la causa. 11
12. Las
!irmas de la o del actor o de su procuradora o procurador y de la o del de!ensor salo los casos e'ceptuados por la ley. En caso de que la o el actor no sepa o no pueda !irmar, se insertará su #uella digital, para lo cual comparecerá ante la o el !uncionario judicial correspondiente, quien sentará la respectia razón. 13. Los demás requisitos que las leyes de la materia determinen para cada caso.