EXPEDIENTE : SECR SECRET ETAR ARIO IO : CUADERNO
:
ESCRITO
: 01
SUMILLA
: DEMANDA DE ALIMENTOS
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ICA: KARI KARINA NA ROSA ROSARI RIO O QUIN QUINCH CHO O ASCE ASCENC NCIO IO,, identificada con DNI N° 42018301, con domicilio real Calle Luis Gerónimo de Cabrera N° 377, San San Joaq Joaquí uín n Viejo iejo,,
del del Dist Distrit rito, o, Provi Provinc ncia ia y
Depa Depart rtam amen ento to de Ica, Ica,
seña señala land ndo o domi domici cililio o
Proces Procesal al en la calle calle Urubamba N° 206 Of. 05, terc te rcer er pi piso so de la Ci Ciud udad ad de Ic Ica; a; co con n ca casi silllla a electrónica Nº 102045; 102045 ; Ante Ud. con el debido respeto me presento y digo:
I.- NOMBRE Y DIRECIÓN DEL DEMANDADO: Don, DANIEL JULIAN PALOMINO ANANPA, a quien se le deberá de notificar en: Calle Santo Solano N° 195, del Distrito de la Tinguiña, Tinguiña, Provincia de Ica.
II.- PETITORIO: Que, Haciendo uso INELUDIBLE DE MI DERECHO DE ACCION, PETICION Y DERECHO DE DEFENSA, consagrados en los Artículos 20º, 23º y 139º Inc. 14 de nuestra Constitución Política del Perú, acudo ante su digna judicatura, con la finalidad de que en Vía de Proceso
INTERPONGO O DEMANDA DEMANDA DE ALIMENTO ALIMENTOS S, la misma que en su Únic Único, o, INTERPONG opor oportu tuni nida dad d debe deberá rá de ser ser decl declar arad ada a fund fundad ada, a, en todo todoss sus sus extr extrem emos os;; pretensión que dirijo en contra de Don: DANIEL JULIAN PALOMINO ANANPA; Solicitando a despacho se sirva a disponer, que el demandado acuda con una
550.00 .00 (QUINI (QUINIENT ENTOS OS “pen “pensi sión ón alim alimen entitici cia a mens mensua uall y anti antici cipa pada da,, de S/ 550 CINCUENTA CON 00/100 SOLES) mensuales, a favor de nuestro menor hijo:
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JULIAN JOSE PALOMINO QUINCHO; demanda que interpongo en relación a los siguientes fundamentos que paso a detallar:
III.- FUNDAMENTOS DE VIABILIDAD: PRIMERO.-
Que
producto
de
nuestras
rela relaci cion ones es sent sentim imen enta tale les, s, que que sost sostuv uve e con con el dema demand ndad ado, o, don don DANIEL
JULIAN PALOMINO ANANPA; de aquella relación nació nuestro menor hijo JULIAN JOSE PALOMINO QUINCHO, el 16 de Setiembre del 2006; quien actualmente cuenta con 12 años de edad, así mismo se puede acreditar fehacientemente el vínculo familiar, a través de la partida de nacimiento que se adjunta a la presente demanda.
SEGUNDO.- Que cabe precisar Señor Juez que cuando se produjo el nacimiento de nuestro menor hijo, el demandado se alejó en forma paulatina de la recurrente, abandonando y sustrayéndose de sus obligaciones como padre alimentista, viéndome obligada por muchos años a afro afront ntar ar sola sola la manu manute tenc nció ión n de mi meno menorr hijo hijo,, ante ante la indo indole lenc ncia ia del del demand demandado ado.. Por ende ende dejan dejando do desamp desampara arado do econó económic mica a y moralm moralment ente e a nuestro menor hijo. Es por ello que, la obligación alimenticia además de nacer como derecho natural, es un deber ético, de interés social y orden público por lo que esta obligación jurídica al no cumplirse, tendrá una sanción, que será la cond conden ena a al pago pago de una una pens pensió ión n alim alimen entitici cia a sufi sufici cien ente te que que cubr cubra a las las necesidades más elementales, fijada por el juez; “No está demás recordar que la finalidad del otorgamiento de una pensión alimentaria se sustenta en el deber constitucional de asistencia familiar, debido a ello lo esencial para su otorgamiento no radica en la naturaleza de los ingresos de la persona obligada, sino en brindar adecuada alimentación (vestido, educación, salud, transporte, distracción, etc.) para quienes disfrutan de un derecho de alimentación por razones de vínculo familiar”
TERCERO.- Es mi persona quien se ha hecho a cargo de mi hijo; en conjunto con el arduo apoyo que me ha brindado mi familia; siendo el hecho que actualmente la demandante no cuenta con un trabaj trabajo o establ estable e y solo solo realiza realiza trabaj trabajos os event eventua uales les;; cuyos cuyos ingres ingresos os que se perciben están destinados en sacar a mi hijo adelante, el misma que se encuentran en plena edad escolar, conforme adjunto la constancia de matrícula
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de la I.E. N° 22305, Julio Cesar Tello, Urb. San Joaquín Ica, cursando el Sexto Grado de Educación Primaria, ante ello, la necesidad de la pensión alimenticia, nace de la necesidad que tiene el acreedor alimentista, para subvenir a sus necesi necesidad dades es más más elemen elemental tales es para para su subsis subsisten tencia cia.. (Alime (Alimento ntos, s, Calzad Calzado o Vestido Educación, etc.), la cual el deudor alimentista, debe de proporcionar la asistencia debida y adecuada para el sustento de su menor hijo. “El niño debe gozar de los beneficios de la Seguridad Social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberá brindarle tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y post-natal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adec decuad uados. os.
En
consec nsecue uenc ncia ia,,
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alime liment nto os
cons consti titu tuy yen
un
fac factor tor
indispensable para la vida, en el caso de que no sean suficientes, el menor se verá limitado en su desarrollo integral, físico mental y psicológico, por cuya razó razón n cons consid ider ero o que que toda toda omis omisió ión n en su cump cumpli limi mien ento to es un verd verdad ader ero o atentado contra los Derechos Humanos.
CUARTO.- Que en mi condición actual, no me permite proveer a mi menor hijo de todos los requerimientos propios de su edad edad,, como como:: calz calzad ado, o, vest vestid ido, o, alim alimen ento tos, s, educ educac ació ión, n, etc. etc.,, en camb cambio io el demand demandado ado,, tiene tiene la condic condición ión de MAESTR MAESTRO O CO CONST NSTRUC RUCTO TOR, R, en donde donde percibe una suma superior a los S/.2000.00 (DOS MIL CON 00/100 SOLES) mensuales. De esta forma ante la posibilidad económica del demandado, no ha cumplido y ha hecho caso omiso a las reiteradas veces que le he pedido que acuda económicamente a nuestra menor hijo; por lo que recurro a su despacho Seño Señorr Juez Juez,, a fin fin de que que a base base de las las prue prueba bass apor aporta tada das, s, orde ordene ne al demandado cumpla con acudir con pensión alimentaría a favor de nuestro menor hijo.
IV.IV.- TAXITIVAS LEGALES: LEGALE S: Se ampara la pretensió pretensión n en lo estableci establecido do en el Art. 92° (definición de alimentos) del Código de niños y adolescentes; Art. 472° y 481 (regulación de alim limentos) del Código Civi ivil; Art. rt. 561° Inc. 2 (Repre (Represe senta ntació ción n Proces Procesal al de la madre madre del menor menor alimen alimentis tista) ta) del Códig Código o Procesal Civil.
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V.- MONTO DEL PETITORIO: El monto de la pensión alimenticia mensual y
550.000 (QUINIENT (QUINIENTOS OS CINCUENT CINCUENTA A CON 00/10 00/1000 anti antici cipa pada da asci ascien ende de a S/ 550.0 SOLES) mensuales a favor de nuestro menor hijo JULIAN JOSE PALOMINO QUINCHO. VI.- VIA PROCEDIMENTAL Y COMPETENCIA: De conformidad con lo establecido por el Código de Niños y Adolescentes, esta demanda debe de tramitarse conforme a las disposiciones contenidas en el proceso único previsto en dicho texto normativo. Asimismo, conforme al segundo párrafo del Artículo Nº 547 del Código Proc Proces esal al Civi Civil,l, los los Juec Jueces es de Paz Paz Letra Letrado do cono conoce cen n de los los proc proces esos os de alimentos siempre que no exista prueba indubitable del vínculo familiar y no estén acumuladas a otras pretensiones en la demanda.
VI.- MEDIOS PROBATORIOS: Que en calidad de prueba ofrezco los siguientes: mérito to del del ACTA DE NACIMIENTO de mi menor hijo JULIAN JOSE 1) El méri PALOMINO QUINCHO, expedida por la l a Municipalidad Provincial de Ica. 2) El mérito de la CONSTANCIA CONSTANCIA DE ESTUDIO expedida por la Director de la
Instit Instituci ución ón Educat Educativa iva “JULIO “JULIO CESAR CESAR TELLO” TELLO” docume documento nto de caráct carácter er indubitable con lo que demuestra que mi menor hijo viene cursando el Sexto Grado de Educación Primaria. 3) El mérito de la BOLETA DE PAGO DEL INSTITUTO IPAE de fecha 16 de
Agosto del 2017, el mismo que demuestro que he sido estudiante de dicha casa de estudio, que hasta la fecha no he podido egresar por falta de medios económicos, por cubrir los gastos de mi menor hija.
VII.- ANEXOS DE LA DEMANDA: :
ANEXO 1-A.- Copia simple del DNI del recurrente. ANEXO 1-B.- Copia de Boleta de Pago del Instituto IPAE
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ANEXO 1-C.- Copia del Boucher de pago de Natación en Makabe Club ANEXO 1-D.- Tasa Judicial por Ofrecimiento de Pruebas. ANEXO 1-E.- Constancia de Habilidad del Abogado Abogado
POR LO EXPUESTO: A usted señor Juez, solicito se sirva admitir la presente demanda, tramitarla conforme a su naturaleza y en su oportunidad declararla fundada.
Ica, 10 de Junio del 2019
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