Universidad Fermín Toro Toro Vicerrectorado Vicerrectorado Académico Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho.
La Administración Pública en Venezuela y la Actividad de Ordenación
Nomre! Deysi "il
#ar$uisimeto% &'()
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
*a Administraci+n P,lica% se-,n el Autor *ino Fernnde/% estalece $ue! 0 *a e12resi+n actos administrativos est re3erida a la actividad del Estado $ue e4erce una de las 3unciones 3undamentales como es la 3unci+n administrativa% cuya mani3estaci+n de voluntad se traduce a través de un con4unto de actos de administraci+n% 2ara alcan/ar sus 3ines 2olíticos 4urídicos% econ+micos y sociales. En sentido am2lio el acto administrativo se a2lica a toda clase de mani3estaciones de la actividad de los su4etos de la administraci+n 2,lica5 y en el sentido estricto% com2rende y aarca a las 6ani3estaciones de la voluntad del Estado 2ara crear e3ectos 4urídicos7% 2articularmente esta ,ltima% de si-ni3icaci+n ms restrin-ida y es2ecí3ica% se constituye en el verdadero e4e del derecho administrativo8. De tal 3orma% se ri-e 2or las dis2osiciones de la *ey 9r-nica de la Administraci+n P,lica% esta *ey creada con la 3inalidad de am2liar y or-ani/ar la administraci+n del Estado atendiendo a la or-ani/aci+n y com2etencia de los 2oderes 2,licos% estalecidos en la constituci+n de 3orma centrali/ada% re-ulando 2olíticas administrativas y estaleciendo normas sicas sore los archivos y re-istros 2,licos. *a Administraci+n P,lica% es una or-ani/aci+n $ue est con3ormada 2or las 2ersonas 4urídicas estatales :entes; y 2or sus +r-anos% como lo 2recisa la *ey 9r-nica de la Administraci+n P,lica Art (< este $ue es el 2rimer y ms alto nivel dentro de la administraci+n 2,lica% se ri-e 2or las dis2osiciones de la *ey 9r-nica de la Administraci+n P,lica :*.9.A.P;% con la 3inalidad de am2liar y or-ani/ar la administraci+n del estado% atendiendo a la or-ani/aci+n y la com2etencia de los 2oderes 2,licos estalecidos 2reviamente 2or la Constituci+n. Por otro lado y atendiendo a la 3orma de centrali/aci+n de este nivel% se encuentra $ue la administraci+n 2,lica centrali/ada de acuerdo con lo estalecido en la *ey 9r-nica de la Administraci+n P,lica5 introduce ciertos +r-anos $ue ayudaran a la uena e4ecuci+n de las 3unciones 2,licas% 2ara así lo-rar los 3ines 2ro2uestos 2or el estado. Dentro de los +r-anos estalecidos se encuentran los si-uientes!
a; =r-anos >u2eriores de Direcci+n! con3ormado 2or a$uellos $ue inte-ran el Poder E4ecutivo! •
Presidente de la ?e2,lica! Je3e de Estado y m1imo 4erarca de la administraci+n 2,lica5 adems de las atriuciones con3eridas 2or la Constituci+n de la ?e2,lica #olivariana de Vene/uela :C.?.#.V;% la *.9.A.P% le atriuye a este diri-ir la administraci+n 2,lica central a nivel nacional% entre las tareas $ue le con3iere esta *ey% se 2ueden nomrar las si-uientes!
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Créditos Adicionales! $ue consiste en la a2roaci+n de estos al 2resu2uesto nacional% con 2revia autori/aci+n de la Asamlea Nacional :A.N;
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Ne-ociaci+n de Em2réstitos! Estos son o2eraciones de créditos% llevan a cao 2ara reali/ar inversiones 2roductivas% adems de dotar de títulos 2,licos al #anco Central de Vene/uela% 2ara o2eraciones de mercado aierto% 2ero 2ara esto dee contar con la a2roaci+n de la Asamlea Nacional.
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Contratos de @nterés P,lico Nacional! son a$uellos re3erentes a la administraci+n 2,lica% $ue con la 2revia indicaci+n del 2residente% sern celerados 2or el vice2residente o el 2rocurador.
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?e-lamentaci+n de *eyes! donde tiene la 3acultad de re-lamentar total o 2arcialmente las leyes sin alterar su es2íritu% 2ro2+sito o ra/+n.
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Adems de las atriuciones mencionadas el Presidente de la ?e2,lica tiene otras 3unciones estalecidas% $ue e4ecutara de mano con el Vice2residente o 6inistros del ?amo
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Administraci+n de la Bacienda P,lica! es todo lo $ue en-loa el activo y 2asivo de la naci+n% como lo son! los ienes% rentas y deudas. Para un uen control de la hacienda 2,lica% cada inte-rante es vi-ilante y cuida los ienes nacionales adscritos a su ministerio.
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Convenciones de "oernadores! es la reuni+n $ue hace el 2residente de todos los -oernadores% 2ara marcar los 2lanes a uscar y las res2ectivas laores administrativas% y así -aranti/ar una me4or coordinaci+n. *a convocatoria a la reuni+n es reali/ada 2or el 6inisterio de @nterior y Justicia.
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VicePresidente de la ?e2,lica! Es el +r-ano directo de colaoraci+n del Presidente de la ?e2,lica% le corres2onde al i-ual $ue el 2residente% e4ecutar 3unciones tanto de -oierno como administrativo% 2or lo $ue le corres2onde coordinar la administraci+n 2,lica nacional% de acuerdo a las instrucciones 2revias del 2residente. Adems dee 2residir el conse4o de ministros% 2revia autori/aci+n del 2residente% coordinar relaciones con la Asamlea Nacional% entre otros.
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6inistros y Vice6inistros! son +r-anos directos de colaoraci+n 2ara con el 2residente% $ue 4unto al Vice2residente 3orman el Conse4o de 6inistros :a este asistir el 2rocurador -eneral% con derecho a vo/;5 estos son res2onsales solidariamente de sus 2ro2ios actos y se ri-en 2or la *ey 9r-nica de la Administraci+n Central. Anteriormente los recursos a4ados a estos se estalecían 2or cuotas del 2resu2uesto nacional% 2or dos eta2as una 2ara la 3ormulaci+n y otra 2ara la e4ecuci+n5 2ues ahora solo los 2royectos a2roados son los $ue reciirn los recursos necesarios 2ara su e4ecuci+n.
; =r-ano de Coordinaci+n y Control de la Plani3icaci+n Centrali/ada! Encae/ada esta 2or la Comisi+n Central de Plani3icaci+n% $ue est re-ida 2or la *ey 9r-nica de Creaci+n de la Comisi+n Central de la Plani3icaci+n. Este es un +r-ano 2ermanente de la administraci+n 2,lica y est inte-rada 2rinci2almente 2or el Vice2residente y el 6inisterio del Poder Po2ular de Plani3icaci+n y Desarrollo. Con esta Comisi+n Central de Plani3icaci+n% se usca transitar hacia un modelo de sociedad socialista% $ue ase-ure la satis3acci+n de las necesidades del ser humano% con una 4usta distriuci+n de las ri$ue/as nacionales y la lucha incansale contra la 2ore/a% e1clusi+n y o2resi+n5 adems im2ulsar y 2ondr en marcha un 2roceso intenso de revisi+n de los 2lanes% 2resu2uestos y estrate-ias de las em2resas del Estado% a 3in de reorientar su direcci+n y -erencia% sus modos de 2roducci+n y de -esti+n% hacia el nuevo modelo de desarrollo econ+mico y social. c; =r-anos >u2eriores de Consulta! >on +r-anos $ue a2oyan la -esti+n de la administraci+n 2,lica% entre estos se encuentran! •
Procuraduría "eneral de la ?e2,lica! tiene la tarea de asesorar% de3ender y re2resentar 4udicial y e1tra4udicialmente los interés 2atrimoniales% $ue corres2ondan a la ?e2,lica% adems ser consultada 2ara la a2roaci+n 2revia de los contratos celerados con res2ecto al interés 2,lico nacional.
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Conse4o de Estado! >era de su com2etencia recomendar 2olíticas de interés nacional% en a$uellos asuntos sore los $ue el 2residente considere re$uiera de su o2ini+n.
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Conse4o de De3ensa de la Naci+n! El Conse4o de De3ensa de la Naci+n es el m1imo +r-ano de consulta 2ara la 2lani3icaci+n y asesoramiento del Poder P,lico en los asuntos relacionados con la de3ensa inte-ral de la Naci+n% su soeranía y la inte-ridad de su es2acio -eo-r3ico.
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Juntas >ectoriales! >on creadas con el 3in de asesorar y 2ro2oner acuerdos o 2olíticas sectoriales% así como estudiar y hacer recomendaciones sore las decisiones tomadas en conse4o de ministros.
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Juntas 6inisteriales! estar inte-rada 2or el ministro y viceministro% $uienes tendrn la tarea de 2lani3icar y coordinar los asuntos $ue estn su4etos a su car-o5 adems esta contara con una unidad estraté-ica de se-uimiento y evaluaci+n adscrita a su des2acho.
Ahora ien% el articulo &) de la ley 9r-nica de la Administraci+n 2,lica% estalece $ue toda com2etencia atriuida de los +r-anos y entes de la Administraci+n Pulica ser de oli-atoria cum2limiento y e4ercida a4o las condiciones% límites y 2rocedimientos estalecidos5 ser de irrenunciale% indele-ale% im2rorro-ale y no 2odr ser rela4ada 2or convenci+n al-una% salvo los casos e12resamente 2revistos en las leyes y dems actos normativos% y $ue toda actividad reali/ada 2or un +r-ano o ente mani3iestamente incom2etente% o usur2ada 2or $uien carece de autoridad 2,lica% es nula y sus e3ectos se tendrn 2or ine1istente. uienes dicten dichos actos% sern res2onsales con3orme a la ley% sin $ue les sirva de e1cusa +rdenes su2eriores.
En otro sentido de ideas% tenemos los sistemas de or-ani/aci+n administrativo% el cual se divide en dos% la centrali/ada y descentrali/ada% 2rimero se aarcara el sistema centrali/ado5 el cual hist+ricamente se ha considerado a la centrali/aci+n como un sistema de unidades 2olítico administrativas $ue reali/an una 2arte de la actividad del Estado% con res2onsailidad directa 3rente al Je3e del Estado o Je3e de "oierno% de tal manera $ue esas unidades tienen res2onsailidad 2olítico administrativa% 3rente al Je3e de Estado y 3rente a los "oernadores en el caso de los Estados de la Federaci+n y constituyen una unidad de decisi+n% mando y e4ecuci+n. El conce2to de centrali/aci+n administrativa es di3erente de la centrali/aci+n de 2oder% $ue es un 3en+meno 2olítico. *a centrali/aci+n administrativa% aun$ue tamién im2lica centrali/aci+n de 2oder% es un conce2to $ue entraa la divisi+n de traa4o y res2onsailidad del Estado en +r-anos suordinados% directamente al Je3e de Estado o Je3e de "oierno. Conce2to. *a centrali/aci+n es la 3orma de or-ani/aci+n administrativa en la cual% las unidades% +r-anos de la administraci+n 2,lica% se ordenan y acomodan articulndose a4o un orden 4err$uico a 2artir del Presidente de la ?e2,lica% con el o4eto de uni3icar las decisiones% el mando% la acci+n y la e4ecuci+n. Desde el ao (< hasta (' 2redomin+ en Vene/uela un modelo de administraci+n centrali/ada y urocrtica% a 2artir del desarrollo de la democracia re2resentativa 2lanteada en la Constituci+n de ()( y $ue estuvo vi-ente hasta (. En este modelo% la administraci+n 2,lica estaa alineada al desarrollo del Estado del #ienestar a través del -asto 2,lico 3inanciado con la renta 2etrolera% no con im2uestos internos% lo cual hace una di3erencia notale no solamente en términos econ+micos% sino tamién en términos socioculturales% 2ues el Estado es 2erciido 2or la sociedad como un ene3actor.
>in emar-o el sistema descentrali/ado% es el con4unto de entes $ue 3orman 2arte de la Administraci+n Nacional Descentrali/ada% a las $ue #reGer Carias conce2tuali/a como 7diversas or-ani/aciones de la Administraci+n P,lica Nacional dotadas de 2ersonalidad 4urídica distinta a la de la ?e2,lica7. A tal e3ecto% deemos sealar $ue no haremos alusi+n al tan controversial y di3ícil tema $ue trata de estalecer un marco di3erencial entre los entes con 3orma de derecho 2,lico% denominados estalecimientos 2,licos% de a$uellos $ue tienen 3orma de derecho 2rivado% limitndonos a re3erirnos a los entes con 3orma de Derecho P,lico% 2ara lo cual reali/aremos% como lo hemos venido haciendo a lo lar-o de nuestro traa4o con todas las instituciones $ue hemos anali/ado% un anlisis com2arativo entre la Constituci+n del )(% y la Constituci+n #olivariana del . Dicho esto% comen/aremos 2or surayar $ue la Constituci+n del )( en su Artículo (&H distin-ue dos ti2os de entes estatales de Derecho P,lico! los territoriales :?e2,lica% Estado% 6unici2io;% y los no territoriales% denominados 2ersonas 4urídicas de Derecho P,lico. Dentro de las $ue destacan! *os Estalecimientos P,licos @nstitucionales :@nstitutos Aut+nomos;5 los Estalecimientos P,licos Cor2orativos y los Estalecimientos P,licos Asociativos. Clasi3icaci+n aco-ida 2or la Juris2rudencia vene/olana en >entencia de la Corte Primera Contencioso Administrativa del (( de 6ayo de (.'. Asimismo% se mencionan como entes con 3orma de Derecho Privado% las Em2resas 6ercantiles% las Asociaciones Civiles y las Fundaciones.
A 2artir del ao (' la administraci+n 2,lica im2lement+ un modelo descentrali/ado% con miras a la consecuci+n de los llamados 2lanes re-ionales y 2ro-ramas sectoriales de desarrollo% uscando acercar la acci+n de -oierno a los ciudadanos con miras a 3ortalecer el sistema democrtico. Para ello se a2ro+ en ( la elecci+n de -oernadores y alcaldes a través del su3ra-io. Todos los entes con 3orma de Derecho P,lico% tienen como ras-os distintivos% el 2oseer 2ersonalidad 4urídica de derecho 2,lico y un 2atrimonio aut+nomo distinto e inde2endiente del Fisco Nacional. Adems de $ue su creaci+n dee reali/arse a través de una ley% de lo $ue deriva su carcter de 2,lico. Ahora ien% se encuentra el 2rinci2io de descentrali/aci+n 3uncional% ti2i3icado en el artículo & :*ey or-nica de la administraci+n 2,lica;% estaleciendo $ue los titulares de la 2otestad or-ani/ativa 2odrn crear entes descentrali/ados 3uncionalmente cuando el me4or cum2limiento de los 3ines del Estado así lo re$uiera% en los términos y condiciones 2revistos en la Constituci+n de la ?e2,lica #olivariana de Vene/uela y en la 2resente *ey. *os entes descentrali/ados 3uncionalmente sern de dos ti2os! (. Entes descentrali/ados 3uncionalmente con 3orma de derecho 2rivado! estarn con3ormados 2or las 2ersonas 4urídicas constituidas y re-idas de acuerdo a las normas del derecho 2rivado en los términos de la 2resente *ey% y sern de dos ti2os! a. Entes descentrali/ados 3uncionalmente sin 3ines em2resariales! sern a$uellos entes descentrali/ados 3uncionalmente $ue no realicen actividades de 2roducci+n de ienes o servicios destinados a la venta y cuyos in-resos o recursos 2roven-an 3undamentalmente del 2resu2uesto de la ?e2,lica% los estados% los distritos metro2olitanos% o los munici2ios. . Entes descentrali/ados 3uncionalmente con 3ines em2resariales! sern a$uella cuya actividad 2rinci2al sea la 2roducci+n de ienes o servicios destinados a la venta y cuyos in-resos o recursos 2roven-an 3undamentalmente de esta actividad.
&. Entes descentrali/ados 3uncionalmente con 3orma de derecho 2,lico! estarn con3ormados 2or a$uellas 2ersonas 4urídicas creadas y re-idas 2or normas de derecho 2,lico y 2odrn 2erse-uir 3ines em2resariales o no em2resariales% al i-ual $ue 2odrn tener atriuido el e4ercicio de 2otestades 2,licas. *a descentrali/aci+n 3uncional 2odr revertirse 2or medio de la modi3icaci+n del acto $ue le dio ori-en. >e-uidamente se encuentra el 2rinci2io de descentrali/aci+n territorial% el artículo I' :*ey or-ani/a de administraci+n 2,lica; ti2i3ica% $ue con el 2ro2+sito de 2ro3undi/ar la democracia y de incrementar la e3iciencia y e3icacia de la -esti+n de la Administraci+n P,lica% se 2odrn descentrali/ar com2etencias y servicios 2,licos de la ?e2,lica a los estados y munici2ios% y de los estados a los munici2ios% de con3ormidad con la Constituci+n de la ?e2,lica #olivariana de Vene/uela y la ley. En otro sentido de ideas% tenemos la actividad de ordenaci+n el cual la e4erce la Administraci+n sore la conducta de los ciudadanos 2ara $ue cum2lan con el orden estalecido y evitar $ue las actuaciones de éstos entraen ries-os 2ara el interés -eneral. Para desarrollar esta actividad de ordenaci+n o limitaci+n la Administraci+n ordena la reali/aci+n de actividades% las limita% las 2rohíe o minimi/a sus e3ectos a través de técnicas de ordenaci+n% 2lani3icaci+n% or-ani/aci+n% direcci+n% limitaci+n% control u orientaci+n con el 3in de evitar $ue 2rodu/can 2er4uicio al-uno al interés -eneral. Este ti2o de actividad ha sido conocida tradicionalmente como 0actividad de 2olicía8. >e concluye $ue 2or las ra/ones antes e12uestas% es 3recuente $ue la Administraci+n oli-ue% como 3orma de otener determinada in3ormaci+n de los su4etos 2rivados% $ue éstos ha-an constar documentalmente determinados as2ectos y datos relativos a su actividad en cuer2os documentales $ue ellos mismos deen 3ormali/ar% cum2limentar y conservar. A estas 3uentes de in3ormaci+n 2ueden acceder los corres2ondientes servicios de la Administraci+n cuando resulte conveniente. Es una 3orma de autocontrol $ue 3acilita la ins2ecci+n. #@#*@9"?AF@A! htt2!saia.u3t.edu.veeadmodassi-nvieG.2h2KidL)'HI&