A lumno: J es ús J aime De La L a C r uz De D e L a C r uz.
A s i g natura: Derecho de la la S eguri eg urida dad d S ocial. ocial.
Nombre del D ocente: Mtra. Mar Mar í a C r i s tina tin a Múni Mún i v e G uerr uer r ero. er o.
A c tivi tiv i dad de Apr A prendi endizaje zaje 1. S eg ur urii dad S oci oc i al.
Introducción: explica los puntos que se abordarán durante el desarrollo del tema y cuál es
la importancia de la seguridad social. En esta actividad analizaremos que es la seguridad social, su importancia y los beneficios que tiene cada trabajador. La Seguridad Social es la protección que una sociedad proporciona a los individuos y los hogares para asegurar el acceso a la asistencia médica y garantizar la seguridad del ingreso, en particular en caso de vejez, desempleo, enfermedad, invalidez, accidentes del trabajo, maternidad o pérdida del sostén de familia, hoy en día la seguridad social ha cobrado importancia a nivel mundial dada su incidencia en el bienestar de la población en general y de ciertos segmentos en particular, como es el caso de los trabajadores beneficiados por las pensiones, además de su potencial como una herramienta en el combate a la pobreza, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos El objetivo de la seguridad social es velar porque las personas que están en la imposibilidad ya sea temporal o permanente cuenten con un ingreso, o que deben asumir responsabilidades financieras excepcionales, puedan seguir satisfaciendo sus necesidades, proporcionándoles, a tal efecto, recursos financieros o determinados bienes o servicios. La seguridad social adquiere mayor importancia cuando consideramos su potencial como instrumento de combate a la pobreza en general y para mejorar las condiciones de vida de determinados grupos de la población, como sería el caso de los adultos mayores beneficiados por las pensiones. En México, el sistema de seguridad social incluye servicios médicos, pensiones y otras prestaciones sociales y económicas. Actualmente, más del cincuenta por ciento de la población no cuenta con cobertura de seguridad social, ya sea del IMSS, el ISSSTE o alguna otra institución.
Desarrollo: argumenta correctamente las diez preguntas planteadas en el archivo de apoyo,
estableciendo en cada respuesta cómo se integra al derecho social y si cumple con las finalidades cubriendo las necesidades del grupo social al que están destinados. 1. ¿Qué hace una persona cuando por un accidente, en su centro de trabajo, pierde las capacidades necesarias para continuar laborando, al quedar mutilado o con discapacidad?
Cuando un trabajador por un accidente tiene una lesión, mutilación o deformidad, que sea definitiva y que afecte a la integridad física del trabajador, este tiene derecho a una indemnización, siempre que no se tenga derecho a la Incapacidad Permanente. Si del accidente el trabajador queda invalidado para trabajar de alguna forma, entonces tendrá derecho a recibir la indemnización o la pensión por incapacidad permanente Al declararse la Incapacidad Total Permanente el asegurado deberá recibir como pensión mensual definitiva el equivalente al 70% del salario que cotizaba al momento de sufrir el riesgo, tomando en consideración los incrementos que se han generado en el salario del trabajador hasta la fecha en que se determine la incapacidad que presenta. Si se trata de una enfermedad de trabajo (profesional), esta pensión se calculará con el promedio de las últimas 52 semanas de cotización o las que tuviere si su aseguramiento fuere por un tiempo menor. Conforme a la ley vigente, el pensionado deberá contratar un seguro de sobrevivencia para el caso de su fallecimiento, con el cual se otorgue a sus beneficiarios las pensiones y demás prestaciones económicas a que tengan derecho, por lo que la pensión, el seguro de sobrevivencia y las prestaciones económicas se otorgarán por la institución de seguros que elija el propio trabajador. 2. ¿Qué ocurre cuando una familia, pierde a la persona que provee los alimentos, porque esta persona falleció?
En el caso de fallecimiento del trabajador en un accidente de trabajo, su viuda y huérfanos, además de las pensiones que pueden pedir, tendrán derecho a una indemnización extra. En el caso de la viuda la indemnización será por el importe a 6 meses de pensión y en el caso de los hijos a 1 mes. Si el riesgo de trabajo trae como consecuencia la muerte del asegurado, el Instituto calculará el monto constitutivo al que se le restará los recursos acumulados en la cuenta individual del trabajador fallecido, a efecto de determinar la suma asegurada que el Instituto deberá cubrir a la institución de seguros, necesaria para obtener una pensión, ayudas
asistenciales y demás prestaciones económicas previstas en este capítulo a los beneficiarios. A la viuda del asegurado se le otorgará una pensión equivalente al cuarenta por ciento de la que hubiese correspondido a aquél, tratándose de incapacidad permanente total. La misma pensión corresponde al viudo o concubinario que hubiera dependido económicamente de la asegurada. El importe de esta prestación no podrá ser inferior a la cuantía mínima que corresponda a la pensión de viudez del seguro de invalidez y vida. A cada uno de los huérfanos que lo sean de padre o madre, que se encuentren totalmente incapacitados, se les otorgará una pensión equivalente al veinte por ciento de la que hubiese correspondido al asegurado tratándose de incapacidad permanente total. Esta pensión se extinguirá cuando el huérfano recupere su capacidad para el trabajo. A cada uno de los huérfanos que lo sean de padre o madre, menores de dieciséis años, se les otorgará una pensión equivalente al veinte por ciento de la que hubiera correspondido al asegurado tratándose de incapacidad permanente total. Esta pensión se extinguirá cuando el huérfano cumpla dieciséis años. Deberá otorgarse o extenderse el goce de esta pensión, en los términos del reglamento respectivo, a los huérfanos mayores de dieciséis años, hasta una edad máxima de veinticinco años, cuando se encuentren estudiando en planteles del sistema educativo nacional, tomando en consideración, las condiciones económicas, familiares y personales del beneficiario y siempre que no sea sujeto del régimen obligatorio. Si posteriormente falleciera el otro progenitor, la pensión de orfandad se aumentará del veinte al treinta por ciento, a partir de la fecha del fallecimiento del segundo progenitor y se extinguirá en los términos establecidos en las mismas fracciones, y a cada uno de los huérfanos, cuando lo sean de padre y madre, menores de dieciséis años o hasta veinticinco años si se encuentran estudiando en los planteles del sistema educativo nacional, o en tanto se encuentren totalmente incapacitados debido a una enfermedad crónica o discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, que les impida mantenerse por su propio trabajo se les otorgará una pensión equivalente al treinta por ciento de la que hubiera correspondido al asegurado tratándose de incapacidad permanente total.
3. ¿Qué ocurre a una mujer cuando al término de su embarazo, carece de atención médica obstétrica, para que se atienda el parto y al bebé recién nacido?
A ninguna mujer embarazada se le puede negar este servicio ya sea derechohabiente o no de alguna institución ya que es obligatoria la atención de las mujeres embarazadas que presenten una urgencia obstétrica, solicitada de manera directa o a través de la referencia de otra unidad médica, en términos de las disposiciones aplicables para tal efecto, en las unidades con capacidad para la atención de urgencias obstétricas, independientemente de su derechohabiencia o afiliación a cualquier esquema de aseguramiento, de no ser así a mi pensar dicha mujer para no correr riesgo por esta negligencia puede buscar la atención con algún doctor particular y posteriormente pelear sus derechos legalmente. 4. ¿Qué opinión personal te merece, el hecho de que, desde la época anterior al cristianismo, las personas ya identificaban la necesidad de contar con un mecanismo de protección para enfrentar las contingencias relacionadas con accidentes o enfermedades, que ponían en peligro a las familias?
En épocas anteriores al cristianismo no existía el Derecho del Trabajo, la relación entre las partes era cívica, sin embargo, a partir del nacimiento de la empresa, se suscriben contratos de arrendamientos de servicios, por lo tanto, antes no había Seguridad Social, ni se contemplaban medidas de seguridad, ni los trabajadores tenían derecho alguno. Todo esto da lugar al asociacionismo para hacer frente a la situación insostenible a la que se encontraban sujetos los trabajadores. Estas reuniones se empezaron a realizar para constituir unas asociaciones de ayuda, un auto seguro sociedad de socorros mutuos: ya que los trabajadores se preguntaban ¿cuándo yo esté enfermo, mi familia podrá seguir viviendo porque recibe mi salario por parte de la sociedad?, debido a todo esto es donde empiezan las revueltas, manifestaciones, y una lucha en el sistema político. ¿Qué es lo que deben hacer? Era preciso integrar a los trabajadores dentro del sistema mejorando su situación. También decidieron que se crearan unas normas que contemplaran los derechos: normas de Derecho Laboral. Pero esta legislación nace para conseguir un equilibrio en el poder político y económico, pero no porque se tenga en cuenta, primordialmente, proteger los intereses de los trabajadores, aunque básicamente se reduce a eso: el Derecho del Trabajo nace para proteger a los trabajadores y no a los empresarios.
Desde mi punto de vista el trabajo es la dinámica fundamental inherente al ser humano siendo la actividad laboral a partir de la cual es capaz de satisfacer sus necesidades esenciales, hallar identificación personal y social así como desarrollar el potencial de sus habilidades en los componentes tanto físico, mental, social, espiritual, etc., siendo motor de progreso social y económico para una sociedad, una labor que llevada a cabo en entornos y bajo las condiciones adecuadas se erige como promotor de la salud y bienestar de un individuo pero que también contempla situaciones de riesgo en las cuales se pueden producir sobresaltos a la capacidad laboral del trabajador que limiten las posibilidades de éste para valerse por sí mismo. Sin embargo, esta inquietud por proteger la salud de los trabajadores no surge del modo como actualmente se conoce, sino que se incrustó en la configuración de la reglamentación en riesgos profesionales de principios del siglo XX, influenciada por la incursión en el país del derecho del trabajo como un régimen de salvaguardia diseñado para responder a las contingencias laborales de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que acontecían a los trabajadores asalariados. La preocupación por el ámbito de la salud y seguridad de las personas en el desempeño de su dinámica laboral y la prevención frente a los posibles riesgos, que afecten el bienestar de los trabajadores, es un aspecto que adquiere marcada relevancia en el contexto contemporáneo siendo que se ha transformado en un fenómeno bastante extendido con repercusiones significativas de índole económica y social para los países y para el mundo en general. Los Estados y todos los actores sociales involucrados en la materia deben manifestar una actitud comprometida y responder ante este desafío en pro de favorecer las mejores condiciones posibles para desempeñar el objeto social trabajo. 5. Actualmente las personas afiliadas a un sistema de seguridad social, utilizan con mayor frecuencia los servicios que otorgan las instituciones de seguridad social. Esta aseveración ¿es cierta o falsa?
En parte es cierta y parte falsa ya que si es por una enfermedad simple la persona prefiere ir con doctores particulares ya que en la actualidad las instituciones de seguridad no cuentan con algunos medicamentos, para todo trabajador es más redituable acudir a algunas de ellas cuando la enfermedad requiera incapacidad temporal o de por vida, para que así él pueda percibir un salario.
6. Independientemente de los servicios médicos. ¿Qué otros servicios ofrecen las instituciones de seguridad social en México?
Otorgan otras prestaciones como guarderías, centros vacacionales, capacitación, créditos, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, Fondo de Administración, Fondo de Ahorro para el Retiro, Fondo de Préstamos, Fondo de Préstamos personales, Fondo de Riesgos de trabajo, Fondo de Servicios sociales y culturales, Fondo de Vivienda, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado. 7. Menciona las instituciones de seguridad social mexicanas que prestan este servicio.
Las Instituciones de Seguridad Social en nuestro país nos garantizan la protección y bienestar a nuestros medios de subsistencia, dentro de estas Instituciones yo considero que una de las principales es el IMSS brindando el servicio médico a millones de derechohabientes, así como otros servicios de pensiones y guarderías y al igual que el ISSSTE garantizan este derecho a la salud como la marca la Constitución y apegados a los requisitos legales que hace cumplir el Estado. Referente a la Cruz Roja, opino que si es considerada una Institución de Seguridad Social ya que brinda este servicio médico a la población y si bien es cierto que es mediante una cuota, pero al igual que el IMSS y el ISSSTE también como trabajador derechohabiente tienes la obligación de pagar por este servicio brindado a través de la aportación en tu recibo de pago por medio de tu trabajo. Así como el Seguro Popular, la Cruz Roja, Hospital General, son Instituciones de Seguridad Social al servicio de las personas que trabajan por cuenta propia y que no están adscritos a ninguna de las Instituciones mencionadas, pero que están sujetas al cumplimiento de las leyes regidas por el Estado. Existen otras instituciones que proporcionan algunos beneficios de la seguridad social, como el Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFAM), Petróleos Mexicanos (Pemex), Luz y Fuerza del Centro (LFC) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE). Los trabajadores de Pemex no cotizan al IMSS, pues tienen un plan de pensiones independiente, mientras que los trabajadores de la banca de desarrollo, CFE y LFC sí cotizan, pero cuentan con un plan complementario al de ese Instituto.
8. El INFONAVIT, ¿Qué papel desempeña dentro de la seguridad social mexicana?
El INFONAVIT es una Institución de Seguridad Social que brinda a la población la oportunidad de adquirir o construir su vivienda, cumpliendo con lo estipulado en el artículo 4° de nuestra constitución. El papel que desempeña el Infonavit dentro de la seguridad social para el trabajador es, que le permite obtener crédito para adquirir en propiedad su casa habitación; para la construcción, reparación o mejoras de la misma, y para el pago de pasivos adquiridos por estos conceptos mediante un financiamiento, el cual es administrado por el mismo (el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores) de acuerdo a lo estipulado en con el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación 9. FONACOT. ¿Puedes mencionar sus virtudes? ¿Es una institución de seguridad social?
Es la Institución Financiera de los Trabajadores que otorga crédito accesible a empleados cuyo Centro de Trabajo está afiliado, más que nada es una institución de apoyo para el trabajador, en la cual puede obtener productos y servicios a bajos precios y de esta forma pueda obtener cierta seguridad para su vida y familiares
Les ofrece la mejor tasa de interés.
No se requiere enganche o aval ni fiador.
Pueden ejercerlo en más de 17,000 puntos de venta en todo el País.
La oferta de productos y servicios que ofrecen los establecimientos y cadenas comerciales afiliadas son de alta calidad y a precio de contado y pueden adquirirlos a través de su tarjeta FONACOT.
Es un derecho que les corresponde por Ley.
Descuentos por nómina.
Si dos o más miembros de la familia son sujetos de crédito FONACOT, pueden sumar su capacidad de crédito para obtener mayor capital.
Con tu crédito FONACOT podrás adquirir diversos bienes y servicios, c omo son: Aparatos auditivos y ópticos Aparatos de rehabilitación y ortopédicos Artículos escolares Artículos para bebé Automóviles nuevos Blancos
Capacitación e información educativa Electrónica Enseres menores para el hogar Equipos de cómputo y sus accesorios Equipos deportivos Juguetería Herramientas Instrumentos musicales Línea blanca Maquinaria menor Materiales de construcción Muebles Productos y servicios de salud Refacciones y servicios automotrices Ropa y calzado Seguros Servicios notariales Servicios turísticos Vehículos menores 10. Si sufrieras un accidente o enfermedad de trabajo. ¿Tienes alguna institución de seguridad social que te proteja? ¿Es igual u n seguro de gastos médicos mayores?
Si tengo una institución de seguridad social, y será un seguro de gastos médicos mayores siempre y cuando el accidente o la enfermedad sea por causa del trabajo y sea por una incapacidad temporal o definitiva Conclusión: incluye una opinión sobre cómo y por qué anteriormente se encontraban
compuestos el derecho del trabajo y el derecho de la seguridad social. El derecho al trabajo comparte con el derecho a la seguridad social una historia y trayectoria jurídica común, es por este motivo que se encontraban compuestos, ya que los derechos de los trabajadores fueron surgiendo de los sistemas de seguridad como una vía para trasladar a las instituciones públicas el deber de asistencia a los trabajadores y como una estrategia de protección contra los riesgos que se originan en los centros de trabajos, estos dos derechos surgen de artículo constitucional 123, el propósito de estos derechos era uno solo el de conseguir que las personas y las comunidades tengan una vida digna, es decir con las necesidades más relevantes satisfechas para asegurar su supervivencia, la diferencia que hay entre estos derechos es que el derecho al trabajo tiene el propósito de proteger al
trabajador en su relación frente al patrón y la seguridad social tiene la finalidad de satisfacer el derecho a la salud, la asistencia médica y el acceso a los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo. Desde mi punto de vista estos derechos son muy importante porque el trabajador teniendo una buena salud podrá desempeñar su trabajo y por otra parte debe de saber sus derechos referentes al derecho del trabajo ya que todo trabajador no puede ser explotado por su patrón, sobre todo debe de contar con condiciones laborales dignas, un salario decoroso, una jornada laboral de ocho horas, igual remuneración por igual tarea, protección de mujeres y menores.
Bibliografía:
Manuel Osorio. Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales. Editorial Heliasta S.R.L. Argentina. 2004. Enciclopedia Jurídica Mexicana M-P, Instituto de Investigaciones Jurídicas. UNAM, Editorial Porrúa, 2002.
Maya, Rafal. “Ser madre, una construcción social. Nuevos tiempos, nuevos conceptos de maternidad”. CIMAC |
México DF Dirección en Internet:http://www.cimacnoticias.com/noticias/02may/s02050701.html Diccionario de la Lengua Española, Vigésima segunda edición, versión electrónica en: http://buscon.rae.es/draeI/ Enciclopedia Jurídica Mexicana, Tomo V, M-P, IIJ-UNAM, Editorial Porrúa, México, 2002. Sánchez Bringas, Ángeles, Espinosa, Sara Y otras. Revista Debate Feminista, Tema General: Maternidades. Año, 15, Vol. Leonardo Lomelí Vanegas, “La reforma de la seguridad social en México: del sistema de reparto al sistema de capitalización individual”, en Rolando Cordera y Alicia Ziccardi coordinadores, Las políticas sociales de México al
fin del milenio. Descentralización, diseño y gestión, Miguel Ángel Porrúa, México, 2000. 30, Octubre 2004. México [1] El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT) es también un instituto público de seguridad social. Para el análisis del INFONAVIT y otros temas de vivienda consultar la ficha técnica de la Comisión de Vivienda del CESOP.
“Darán inicialmente 3 mil mdp a pensiones para adultos mayores”, El Universal Online, Ciudad de México,
(septiembre 7, 2005)
“Pensión “sustentable” para ancianos pobres”, El Universal Online, Nación, (septiembre 9, 2005)
Para el análisis del Seguro Popular y otros temas de salud consultar la ficha técnica de la Comisión de Salud del CESOP. “Lanza Fox iniciativa de pensión a ancianos”, El Universal Online, Nación, (octubre 4, 2005),
IMSS, op.cit. Consultar también: Sara Ochoa León, Reseña del Informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión sobre la Situación Financiera y los Riesgos del Instituto Mexicano del Seguro Social, México, CESOP, Boletín No. 6, mayo de 2005. http://informatica.issste.gob.mx/website/comunicados/nosotros/agosto2000/Secreóen1925laDirecciónGeneral.html (consulta: diciembre 2005) Para un mayor detalle de las 21 prestaciones del ISSSTE ver Anexo 3. ISSSTE, Programa Institucional 2001-2006, p. 42 Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 1992. Leonardo Lomelí Vanegas, “La reforma de la seguridad social en México: del sistema de reparto al sistema de
capitalización individual”, en Rolando Cordera y Alicia Ziccardi coordinadores, Las políticas sociales de México al fin del milenio. Descentralización, diseño y gestión, Miguel Ángel Porrúa, México, 2000, p. 665. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 1996. http://www.cddhcu.gob.mx/leyinfo/pdf/52.pdf En el Anexo 4 se presentan las Líneas de Política General y las Estrategias del Programa Institucional 2001-2006.