Asignatura
Datos del alumno
Fundamentos de las Técnicas Apellidos: de Mejora de las Condiciones de Trabajo y Ámbito Jurídico Nombre: de la Prevención
Fecha 2017
Caso práctico Trabajo: CarriOx, S.A. 1- Para identificar los factores de riesgo a las que estarían expuestos los trabajadores del empresario José, lo mejor es utilizar una tabla para registrar con claridad los datos, y esquematizar los factores de riesgo y los riesgos.
ZONA
TIENDA
PRODUCCIÓN
TAREA
DATOS
VENTA AL PUBLICO
Han aumentado los clientes por cierre de centro comercial y hay un trabajador de baja
GENERAL
Han incorporado una nueva técnica que no se adapta a la forma de operar.
HORNO
AMASADO
ELABORACIÓN
Varios hornos hacen que la temperatura sea muy elevada. Hay mucho polvo procedente de la harina que se usa en la fabricación del producto No existe ninguna ventilación en la zona Los trabajadores no disponen de EPIs
ALMACEN
OFICINA
COLOCACIÓN DE MATERIA PRIMA EN ESTANTES COLOCACIÓN DEL PRODUCTO TERMINADO EN ESTANTES TRABAJO DE OFICINA
FACTOR DE RIESGO Factores de carga y organización del trabajo - Exceso de jornada - horas extras sin pago Factores de Seguridad Máquinas y Equipos Tecnología usada por los trabajadores sin formación previa Factores Medio Ambientales Físicos ambiente térmico de altas temperaturas Factores Medioambientales Químicos - nieblas de polvo de harina
RIESGO Fatiga. Esfuerzo Insatisfacción. Tiempo de trabajo
Riesgo contacto térmico, eléctrico
Estrés térmico. Exposición a temperaturas extremas. Exposición a sustancias nocivas
Factores de seguridad Condiciones de los Riesgo de inhalación de locales - Ventilación contaminante Factores de Seguridad Trabajos herramientas - EPIs
Los trabajadores apilan Factores de Seguridad manualmente los Manipulación y Caída de objetos en manipulación sacos de harina sin transporte - MMC seguir ninguna pauta específica. No siguen ninguna pauta específica para apilar la materia prima y el producto terminado
TEMA 4 – Caso práctico
Factores de Carga y organización del trabajo - Estilo de mando - Falta de información a los trabajadores
Caída de objetos desprendidos Pisada sobre objetos
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Datos del alumno
Fundamentos de las Técnicas Apellidos: de Mejora de las Condiciones de Trabajo y Ámbito Jurídico Nombre: de la Prevención
Fecha 2017
2.- Respondiendo a la cuestión de la consulta y participación de los trabajadores en materia preventiva lo primer que hay que saber es que tanto la LPRL (Cap. V) como el Reglamento obligan a que se consulte e informe a los trabajadores sobre los riesgos de SST que tengan en su centro de trabajo y en su puesto, como las medidas y actividades de prevención que se tomen (Plan de Prevención). Se les puede informar a través de los representantes pero se les debe informar a cada uno de los riesgos específicos que afecten a su puesto de trabajo y analizar también las medidas de emergencias (Plan de emergencias). En cuanto a las modalidades de prevención que existen, son las que ejerce el propio empresario, aquellas en las que conforma un servicio de prevención propio y las que contrata un servicio de prevención ajeno. En este caso dado que es una pequeña empresa, que no está incluida en el Anexo I del RD 39/1997, y probablemente tenga menos de 10 o incluso menos de 25 trabajadores, y que además cuenta con un único centro, el empresario podrá asumir personalmente la prevención, siempre que esté mayoritariamente en el centro de trabajo y tenga la formación requerida. Puede designar 1 trabajador para coordinar la prevención con el SPA si tiene contratado. El trabajador designado debe tener al menos formación básica en PRL. Tendrá que contar con una Mutua o con el INSS para las actividades de vigilancia de la salud. En las microempresas podrían celebrarse reuniones informales con participación del proponente, otros trabajadores afectados si los hay, el empresario, si trabaja en la empresa, o el responsable del centro de trabajo, y el responsable técnico de prevención, si es necesario. También sería deseable en este caso dejar alguna constancia escrita de lo tratado y lo decidido.
3.- En cuanto al suceso del trabajador Miguel, que se encuentra de baja por lesión de fractura de dos dedos del pie, según el art. 115 de la LGSS se considera accidente de trabajo con lesión y baja y el empresario está obligado a notificarlo a las autoridades laborales (LPRL, Art. 23). Si no hubiese habido lesión se calificaría como incidente y aunque no está obligado a notificarlo es conveniente que lo registre de cara a la evaluación de riesgos y la implementación de medidas preventivas. BIBLIOGRAFÍA:
TEMA 4 – Caso práctico
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Datos del alumno
Fundamentos de las Técnicas Apellidos: de Mejora de las Condiciones de Trabajo y Ámbito Jurídico Nombre: de la Prevención
Fecha 2017
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Boletín Oficial del Estado, 269, de 10 de noviembre de 1995. R.D. 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Boletín Oficial del Estado, 97, de 23 de abril de 1997. R.D. 487/1997, de 14 de abril, Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas. Boletín Oficial del Estado, 97, de 23 de abril de 1997. R. D. 39/1997, de 17 de enero, Por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Boletín Oficial del Estado, 27, de 31 de enero de 1997. Saldaña, A., Hernando, L., Núñez-Córdoba, J.M. (2015). Fundamentos de las Técnicas de Mejora de las Condiciones de Trabajo y Ámb. Jurídico de la Prevención. Logroño: UNIR. BIBLIOGRAFÍA SUGERIDA POR LA PROFESORA http://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/Gu%C3%ADa%20sobre%20consulta%20de %20los%20trabajadores.pdf http://www.ceoearagon.es/prevencion/prevengo/pdf/insht-clasif_riesgos_lab.pdf
TEMA 4 – Caso práctico
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