O R E B M a l O n l B y e s i o e l d c i ó n P r o f a u i z a l o n l a M r g a n r r o O e s a D
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TÍTULOS DE LA COLECCIÓN MANUAL DEL BOMBERO Volumen 1 Operaciones de salvamento Volumen 1.1 Rescate en accidentes de tráfico 1.2 Trabajos y rescates en altura 1.3 Rescate acuático en superficie 1.4 Urgencias sanitarias para bomberos Volumen 2 Control y extinción extinción de incendios 2.1 Principios de lucha contra incendios 2.2 Incendios en interiores 2.3 Incendios forestales 2.4 Prevención de incendios Volumen 3 Fenómenos naturales y antrópicos. antrópicos. Operaciones de ayudas técnicas 3.1 Riesgos naturales 3.2 Riesgo en accidentes con materias peligrosas 3.3 Redes de distribución e instalaciones 3.4 Principios de construcción y estabilización de estructuras Volumen 4 Uso de recursos operativos 4.1 Equipos de protección respiratoria 4.2 Medios de extinción. Operaciones e instalaciones con mangueras 4.3 Bombas. Hidráulica básica para bomberos 4.4 Vehículos de los S.P.E.I.S 4.5 Manejo de herramientas y equipos Volumen 5 Organización y desarrollo desarrollo profesional 5.1 El Sistema Vasco de Atención de Emergencias 5.2 Seguridad y salud laboral 5.3 Aspectos legales de la intervención. Responsabilidades, deberes y derechos 5.4 Psicología de emergencias
Edición:
Junio 2011.
Tirada:
1.800 ejemplares.
©
Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Departamento de Interior Interior..
Internet:
www.arkauteakademia.euskadi.net
Edita:
Academia de Policía del País Vasco. Carretera Gasteiz-Irún Km. 5. 01192 Arkaute - Álava.
Dirección proyecto: Autores:
la Academia de Policía Policía del País País Vasco. Vasco. Hilario Sein Narvarte. Asesor de la Gaizka Etxabe Astoreka. Responsable de Riesgos y Emergencias de la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología. José Antonio Fernandez Cagigas. Técnico de Riesgos y Emergencias de la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología. (Sistema Vasco de Atención de emergencias). Txema Unanue Munduate. Médico Adjunto Donostia Responsable Calidad
Coordinación Editorial:
Emergencias Osakidetza. (Sistema de Emergencias Médicas en la Comunidad Autónoma Vasca). Javier Elorza Gómez. Subinspector del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Diputación Foral de Bizkaia.
Diseño:
Bell Comunicación, S. Coop.
Impresión: ISBN de la Obr a Complet a: 978-84-615-1638-4 / ISBN del Volumen Volumen 5: 978-84-615-1637-7 / ISBN de este libro: 978-84-615-1737-4
D.L.:
Aurkezpena
Presentación
N
P
iretzat aparteko ohorea da Suhiltzaileen eskuliburua bezalako argitalpen liburu bat aurkeztea. Aspalditik, larrialdiekin zerikusia duten profesionalek asko hitz egin dute “euskarazko eskuliburu” baten inguruan. Izan ere, etorkizuneko suhiltzaileentzat eta elkargo osoarentzat liburu hori zen erreferentzia liburua.
resentar un libro como esta edición del Manual de Bomberos es para mí un honor especial. Desde hace muchos años, todos los profesionales relacionados con las emergencias han hablado del “manual vasco”. Era el libro de referencia para los futuros bomberos y también de ayuda para todo el colectivo profesional.
“Hasierako edo lehen liburu hori” Eusko Jaurlaritzako Larrialdien Zuzendaritzan argitaratu zen; hain zuzen ere, niretzat urte askotan lanean harrotasunez ibilitako tokia. Nire ibilaldi profesional luze honetan ziurtatu ahal izan dut “euskarazko eskuliburua” guztiek errespetatu duten tresna bat izan dela.
Este “libro de cabecera” se editaba en la Dirección de Emergencias del Gobierno Vasco, en la que he tenido el orgullo de trabajar durante muchos años. En mi amplia trayectoria profesional he podido comprobar cómo el “manual vasco” era respetado por todos.
Eskuliburu berri honetan aurrekoaren mamia agertzen bada ere, hau askoz gehiago da. XXI. mendearen beharrizanei erantzuten die. Eta, Arkauteko Ikastegiko zuzendaria naizen aldetik, nire gogobetea adierazten dut guztiek egindako lanagatik.
Este nuevo manual lleva la esencia del anterior, pero va mucho más allá. Responde a las necesidades del siglo XXI. Y como Directora de la Academia de Arkaute me siento satisfecha del trabajo que entre todos hemos llevado a cabo.
Ertzaintzaren sorreran ospe handia gordetzen duen Ikastegia da gurea eta, segurtasunean eta larrialdietan prestakuntza osoa ematera bideratutako Ikastegia dugu. Eta azken esparru honetan, denbora marka baten barruan, luzaroan etsi-etsian oroitutako egitasmo bat bete ahal izan dugu: eguneratutako eta maila tekniko altuko Suhiltzaileen eskuliburu bat izatea, gizarteak arriskuaren aurrean dituen beharrizanak eta betekizunak erantzun behar izateko, gero eta konplexuago eta teknifikatuago dagoen lanbide baterako. Ikastegiaren bateratzeko zeregina ere nabarmendu behar dugu. Udaletakoak, Aldundietakoak eta Partzuergoetakoak diren Suhiltzaileen Zerbitzuen egituratzeak berak ezinbestekoa egiten du guztien erantzukizunak eta ahaleginak biltzean etengabeko ahalegina eta ahalegin tinkoa izatea. Eskuliburu hau talde-lanaren emaitza da, Euskadiko Suhiltzaileen Zerbitzu guztien lankidetza izan dugun lanaren emaitza. Lan horretan izan dira ondorengoak: Bilboko suhiltzaileak, Vitoria-Gasteizkoak, Donostia-San Sebastiángoak, Bizkaikoak, Gipuzkoakoak eta Arabakoak; baita ere, Eusko Jaurlaritzako Larrialdi Zerbitzuetako kideak eta egiaztatutako adituak. Eta garrantzitsuagoa duguna, egileen konpromisoa nabarmendu nahi dut, inolako interesik gabe euren onena, jakinduria eta eskarmentua eman baitizkiote elkargo osoari. Kalitate handiko lana eskaintzen dizuegula uste dugu. Lan honekin gozatzea espero dugu.
Una Academia que atesora un reconocido prestigio en la creación de la Ertzaintza, camina hacia la formación integral en seguridad y emergencias. Y es en este último campo donde, en un tiempo récord, hemos podido concretar un proyecto largamente añorado: disponer de un Manual de Bomberos actualizado y de alto nivel técnico, para una profesión cada vez más compleja y tecnificada, que debe responder a las exigencias y requerimientos de una sociedad frente al riesgo. Hay que destacar el papel aglutinador de la Academia. La propia vertebración de los Servicios de Bomberos dependientes de Ayuntamientos, Diputaciones y Consorcios hace imprescindible un esfuerzo constante e intenso en la articulación de responsabilidades y esfuerzos comunes. Este manual es el fruto de un trabajo coral, en el que hemos contado con la colaboración y la cooperación de todos los Servicios de Bomberos de Euskadi: Bomberos de Bilbao, de Vitoria-Gasteiz, de Donostia-San Sebastián, de Bizkaia, de Gipuzkoa y de Araba, así como de miembros de los Servicios de Emergencia del Gobierno Vasco y contrastados expertos. Y lo que es más importante, quiero destacar el compromiso de los autores que han participado desinteresadamente para dar lo mejor de sí mismos, su conocimiento y experiencia a todo el colectivo. Confiamos en ofreceros un trabajo de gran calidad. Esperamos que disfrutéis con él.
Elena Moreno Zaldibar Euskal Herriko Polizia Ikastegiaren Zuzendaria Directora de la Academia de Policía del País Vasco
ÍNDICE 1.- MARCO DE LA PLANIFICACIÓN 1.1 LEY DE GESTIÓN DE EMERGENCIAS 1.1.1 Planes de protección civil
7 8 8
1.1.2 Programas de actuación sectorial del plan de protección civil de euskadi (LABI)
9
1.1.3 Planes de actuación
9
1.1.4 Tácticas operativas
9
1.1.5 Servicio de intervención de la DAEM
16
1.1.6 Unidad de acción. Puesto de mando
16
1.1.7 Planes de autoprotección
16
1.2 CRITERIO DE APLICACIÓN DE LOS PLANES
16
1.3 ORGANOS COMPETENTES SEGÚN LA CLASE DE PLAN
17
1.3.1 Gobierno Vasco
17
1.3.2 Diputaciones Forales. Autoridades de los territorios Históricos
17
1.3.3 Autoridades Municipales
17
1.4 NORMAS GENERALES DE DIRECCIÓN Y COORDINACIÓN 1.4.1 Autoridades y organos de dirección
1.5 COORDINACIÓN CON EL ESTADO
18 18
18
1.5.1 Dirección estatal
18
1.5.2 Normas de coordinación
18
2. EL PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL DE EUSKADI-LABI 2.1 EL PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL DE EUSKADI-LABI 2.2 OPERATIVIDAD DEL PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL DE EUSKADI-LABI 2.3 FASES DEL PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL DE EUSKADI-LABI
19 20 20 22
2.3.1 Sistemas de previsión del peligro
22
2.3.2 Fase de preemergencia. Emergencia ordinaria = “situación o”
22
2.3.3 Fase de emergencia. “Situación 1, 2, 3, 4 “
23
2.3.4 Interfase entre autoridades y responsables de los planes municipales y forales con el plan de Protección Civil de Euskadi-LAB
23
2.4 ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL DE EUSKADI-LABI
24
2.4.1 Esquema general
24
2.4.2 CECOP/CECOPI
25
2.4.3 Consejo asesor
25
2.4.4 Gabinete de información
25
2.4.5 Gabinete de asesoría jurídica
25
2.4.6 Gabinete económico
25
3. ASPECTOS GENERALES SOBRE EL SISTEMA VASCO DE ATENCIÓN DE EMERGENCIAS 3.1 LA DIRECCIÓN DE ATENCIÓN DE EMERGENCIAS Y METEREOLOGÍA 3.2 SERVICIOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA VASCO DE ATENCIÓN DE EMERGENCIAS 3.2.1 Servicios de emergencia 3.2.2 Servicios complementarios 3.2.3 Voluntariado 3.3 PROTOCOLO PARA LA PREDICCIÓN Y EL SEGUIMIENTO DE FENÓMENOS METEOROLÓGICOS ADVERSOS 3.4 SISTEMA AVISOS EMERGENCIAS QUÍMICAS
26 28 29 29 30 30
30 31
4. GESTIÓN DE LAS EMERGENCIAS EN EUSKADI 33 4.1 CENTRO DE COORDINACIÓN DE EMERGENCIAS DE EUSKADI. SOS DEIAK 112 35 4.2 LAS COMUNICACIONES EN EMERGENCIAS
ANEXO
35
37
MARCO DE LA PLANIFICACIÓN
1.1 LEY DE GESTIÓN DE EMERGENCIAS 1.2 CRITERIO DE APLICACIÓN DE LOS PLANES 1.3 ORGANOS COMPETENTES SEGÚN LA CLASE DE PLAN 1.4 NORMAS GENERALES DE DIRECCION Y COORDINACIÓN 1.5 COORDINACIÓN CON EL ESTADO
1. MARCO DE LA PLANIFICACIÓN
8
1.1 LEY DE GESTIÓN DE EMERGENCIAS
Los territorios históricos y los municipios participan en el desenvolvimiento de la protección civil, dentro del ámbito de sus competencias y el respeto a los principios de la Ley.
1.1.2 PLANES DE PROTECCIÓN CIVIL
La Ley 1/1996, de 3 de Abril, de Gestión de Emergencias ordena la actuación de las Administraciones públicas de la CAPV dirigida a tutelar la integridad de las personas, sus bienes y el patrimonio colectivo, de daños en situaciones de emergencia derivadas tanto de grave riesgo, catástrofe o calamidad, como de accidentes u otras análogas. El Gobierno Vasco es el órgano superior de dirección y coordinación de la P. Civil de la CAPV en el ámbito de sus competencias y le corresponde: • Aprobar el Plan de Protección Civil de Euskadi, los Planes especiales. • Aprobar las disposiciones de carácter general que se elaboren en materia de protección civil. • Fijar las directrices de la política de prevención y autoprotección.
Los Planes de Protección Civil establecen el marco orgánico y funcional y los mecanismos de movilización de medios y recursos necesarios para la protección de personas y bienes en caso de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, así como el esquema de coordinación entre las distintas administraciones llamadas a intervenir Pueden ser de dos tipos:
Planes Territoriales Se elaboran para hacer frente a las emergencias generales que se puedan presentar en cada ámbito territorial. • Plan de Protección Civil de Euskadi-LABI. • Planes de los Territorios Históricos. • Planes Municipales
Planes Especiales Se elaboran para hacer frente a riesgos concretos cuya naturaleza requiera una metodología técnico-científica específica, bien por sectores de actividad, bien por tipos de emergencia, o para actividades concretas (Art.
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14.3 de la Ley 1/1996, de 3 de abril, de Gestión de Emergencias).
ción Civil de Euskadi-LABI los siguientes programas de actuación sectorial:
Entre los Planes Especiales contamos con el Plan de Emergencia para Incendios Forestales de Euskadi aprobado por acuerdo de Consejo de Gobierno de 3 de febrero de 1998.
• Sanitario.
Determina la zonificación espacial y temporal del riesgo de incendios forestales en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
• Seguridad Ciudadana.
Establece la competencia Foral en los casos en que se activen niveles de gravedad 0 o 1, atendiendo a las competencias de las Diputaciones Forales en esta materia. Así mismo, dentro de estos Planes especiales contamos con: • Plan de Emergencia por Inundaciones. • Plan de Emergencias ante accidentes en el transporte de Mercancías Peligrosas por carretera y ferrocarril. • Plan de Emergencia ante el Riesgo sísmico. • Planes de Emergencia Exterior de las empresas afectadas por la normativa Seveso: 12 en Bizkaia, 4 en Gipuzkoa y 8 en Araba.
• Medicina Legal. • Albergue y Asistencia. • Carreteras. • Transporte. • Abastecimiento. • Transmisiones. • Otros.
1.1.3 PLANES DE ACTUACIÓN Los Planes Especiales y el Plan de Protección Civil de Euskadi pueden preveer que los órganos competentes de los municipios o de los Territorios Históricos elaboren y aprueben planes específicos de actuación para riesgos concretos (art. 17.2 de la Ley 1/1996, de 3 de abril, de Gestión de Emergencias).
1.1.4 TÁCTICAS OPERATIVAS Las tácticas operativas constituyen el mecanismo de respuesta del sistema de atención de emergencias ante las situaciones incidentales no catastróficas, y son el instrumento básico del Centro de Coordinación de Emergencias de Euskadi. Su regulación básica se contiene en el capítulo III de la Ley 1/1996, de 3 de abril, de Gestión de Emergencias.
1.1.2 PROGRAMAS DE ACTUACIÓN SECTORIAL DE DESARROLLO DEL PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL DE EUSKADI (LABI) Tienen como misión regular características parciales, circunstancias concretas o aportaciones de medios y recursos para complementar y hacer operativos los Planes de Protección Civil. Sin perjuicio de otros que en cada momento se prevean, se elaborarán e integrarán en el Plan de Protec-
La táctica Operativa es un Plan sinóptico para dar respuesta a un supuesto incidental tipificado, donde se describen: -Los criterios de identificación o evaluación de la llamada en tiempo real. -Los Servicios, medios o recursos que pueden llegar a movilizarse y las funciones a realizar por cada uno de ellos según unos criterios previamente establecidos. La movilización de recursos se efectúa en dos fases: -Fase Automática: Implica la movilización de manera inmediata -Fase Diferida: Implica la Movilización de Recursos a criterio del Técnico del servicio de Intervención de la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología, DAEM.
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9
LISTADO GENERAL DE LAS TÁCTICAS OPERATIVAS MONTAÑA (MENDI)
INCENDIOS (SUTEGI)
• M1: Rescate en montaña / zona rural.
• SG1: Incendio urbano/rural. Todo incendio producido en zona urbana y/o zona rural urbanizada.
• M2: Búsqueda en montaña / zona rural.
• SG2: Incendio forestal. Todo incendio producido en zona forestal.
TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS: TPC/TPF • Todo accidente de tráfico o ferroviario en que estén implicadas Materias Peligrosas.
INDUSTRIA • SG3: Incendio Industrial. • KIMIKA: Incidente en empresa con materias peligrosas (incluyendo oleoducto). Comprende aquellos accidentes de origen químico producidos en cualquier empresa, incluidas las de declaración obligatoria. (SEVESO).
10
Rescate grua helicóptero.
MEDIO ACUÁTICO (URA) • U1: Salvamento en mar (aguas exteriores). • U2: Salvamento en litoral-costa, río-pantano.
FERROCARRIL • T1: Arrollamiento. Todo arrollamiento tanto de personas, como a vehículos. • T2: Descarrilamiento, choque, colisión o incendio. Salvamento rápido mar.
AVIACIÓN • TXORI 1: Accidente de aeronave fuera del aeropuerto. Todos aquellos incidentes en los que se encuentra o pueda estar implicada una aeronave. • TXORI 2A: Accidente de aeronave en el Aeropuerto de Vitoria-Gasteiz (Foronda) • TXORI 2B: Accidente de aeronave en el Aeropuerto de Bilbao-Bilbo (Loiu) • TXORI 2G: Accidente de aeronave en el Aeropuerto de San Sebastián-Donostia (Hondarribia)
Rastreo rio.
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MEDIO URBANO (HIRI)
DESPRENDIMIENTOS-DESLIZAMIENTOS
• H1: Rescate urbano.
• LURRA: Todo tipo de incidente provocado por movimientos del terreno (deslizamientos, desprendimientos, etc.) incluyendo el rescate de posibles personas sepultadas.
RADIOLÓGICO • GAROÑA 0: Aquellos accidentes producidos en las instalaciones de la Central Nuclear de Garoña. No es necesario ayuda exterior. • GAROÑA 1: Desarrollo del PENBU. • RADIUM: Instalaciones radiactivas. Se encuentran involucrados materiales o instalaciones radiactivas, que no están contemplados en las Tácticas de TPC/TPF, ni afectan a la Central Nuclear de Santa María de Garoña.
GAS • GAS: Fuga, Incendio, explosión.
MEDIO AMBIENTE • IGA: Contaminación atmosférica • IGR: Contaminación río/pantano • IGM: Contaminación mar / zona mareal. Afección a aguas marinas y zonas de influencia de mareas (rías, estuarios...).
EVACUACIÓN-ALBERGUE • HOTEL: Todo tipo de supuesto que haga necesaria la evacuación y/o albergue de personas afectadas por un incidente.
PRESAS • URTEGI: Todo tipo de incidente relacionado con la posibilidad de rotura o desbordamiento de presas o embalses.
ACCIDENTES DE TRAFICO (TG) • TG 1: Todos los accidentes de tráfico sin heridos • TG 2: Todos los accidentes de tráfico con heridos • TG 3: Todos los accidentes de tráfico con múltiples víctimas
• IGT: Contaminación tierra –residuos. Afección a tierra, incluyendo la aparición de cualquier tipo de residuo de origen agrícola, industrial, domestico...).
METEOROLOGÍA (METEO) • 1.INFORMACIÓN DE FENÓMENOS METEOROLÓGICOS. - HAIZEA: Vientos - GALERNA: Galernas - ELURRA 1: Nieves - ITXASO: Marítimos-costeros.
Incidente túnel.
- BEROA: Ola de calor.
ACCIDENTES LABORALES (PG1)
- HOTZA: Ola de frío
• PG1: Todos los daños corporales que tienen su origen en la acción súbita o violenta de una causa exterior, o de lesiones sufridas, cualquiera que sea su causa, por razón del trabajo o con ocasión del mismo.
- EURIA: Lluvias • 2.GESTION DE FENÓMENOS METEOROLÓGICOS. - UHOLDE: Inundaciones - ELURRA 2: Nevadas.
ABASTECIMIENTO (ERAMAN)
ACCIDENTES EN VIA PÚBLICA (PG3) • PG3: Todos los accidentes desarrollados en la vía pública
• ERAMAN: Todas las acciones que se tienen que ejecutar para proveer de lo vital, esencial y necesario (con carácter vital y urgente) a los ciudadanos y a sus bienes materiales.
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EJEMPLO TÁCTICA:TRANSPORTE DE MATERIAS PELIGROSAS . TPC/TPF.
- Nombre del producto y cantidad. - Tipo de continente (cisterna, bombonas, bidones, sacos, etc. ).
TPC/TPF. Todo accidente de tráfico o ferroviario en el que estén implicadas materias peligrosas • TPC1-TPF1. Avería o accidente en el que el vehículo o convoy de transporte no puede continuar la marcha, pero el continente de las materias peligrosas transportadas está en perfecto estado y no se ha producido vuelco o descarrilamiento. • TPC2-TPF2. Como consecuencia de un accidente el continente ha sufrido desperfectos o se ha producido vuelco o descarrilamiento pero no existe fuga o derrame del contenido. • TPC3-TPF3. Como consecuencia de un accidente el continente ha sufrido desperfectos y existe fuga o derrame del contenido. 12
• TPC4-TPF4. Existen daños o incendio en el continente y fugas con llamas del contenido. • TPC5-TPF5. Explosión del contenido destruyendo el continente.
• Características del incidente - Estado del vehículo - Número y estado de accidentados (a rescatar/ atrapados) y si es posible tipo de lesiones - Datos de la empresa transportista - Nombre de fabricante y/o empresa de origen - Nombre de destinatario - Estado de la carga (sin fuga, con fuga, derrame, incendio, explosión) - Número del teléfono móvil-fijo • Características del entorno - Posible existencia en las proximidades de ríos, depósitos de agua, viviendas, industrias - Condiciones meteorológicas • Datos del comunicante y relacion con el incidente
TPC metilamina
RECOGIDA DE DATOS Los datos a cumplimentar por SOS-DEIAK, ante la notificación de la existencia de un incidente de este tipo serán los siguientes: • Lugar y vía de transporte - Denominación y término Municipal. - Accesos (por carretera, pista y camino). - Punto Kilométrico. Coordenadas del GPS. • Identificación de la mercancía - Código de materia. - Código de peligro.
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TPC lejía
MATERIAS PELIGROSAS. TPC/TPF SERVICIOS
CONDICIONES
SOS-DEIAK
TAREAS A REALIZAR Atención 112 Coordinación Movilización de servicios Control y seguimiento
MOVILIZACIÓN automática
Localización del incidente Definición de accesos Control de accesos Mantenimiento del orden público Habilitación de vías de entrada y salida para vehículos de emergencia automática Investigación Apoyo logístico Control del trafico y de la red viaria Determinar los desvíos del tráfico Evacuación/confinamiento de la población
ERTZAINTZA
EUSKOTREN_RENFE_ ADIF_FEVE_METRO BILBAO_ Afección a la vía férrea EUSKO TRAN
BOMBEROS_SUHILTZAILEAK
OBRAS PUBLICAS_DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA AUTOPISTAS AP-8_AP-68_ AP-1
Información del transporte Apoyo técnico Asesoramiento Apoyo logístico Informar
automática
TPC1/TPF1 (accidente) TPC2//TPF2 TPC3/TPF3 TPC4/TPF4 TPC5/TPF5
Asistencias técnicas Control y extinción de incendios Rescate/salvamento de accidentados Determinación de la zona de segu- automática ridad Apoyo logístico Neutralización del siniestro
Afección a la red viaria
Las propias
Afección a las autopistas Las propias Prevenir Informar
automática
automática
Con accidentados
Asistencia sanitaria Clasificación, estabilización inicial automática y traslado de accidentados Coordinación de recursos sanitarios
ASISTENCIA EN CARRETERA
Avería mecánica
Las propias
CENTRO DE GESTIÓN DE TRÁFICO DE EUSKADI
Afección a la red de carreteras
Gestión del tráfico Información del estado del tráfico automática
OSAKIDETZA
SERVICIO DE INTERVENCION
Dirección
automática
automática
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SERVICIOS EMPRESA PRODUCTORA
CONDICIONES En la red viaria En la red ferroviaria
TAREAS A REALIZAR Apoyo logístico Apoyo técnico Asesoramiento
MOVILIZACIÓN diferida
Información del transporte EMPRESA RECEPTORA_ EXPEDIDORA
AYUNTAMIENTO
En la red viaria En la red ferroviaria
TPC2-TPF2 TPC3-TPF3 TPC4-TPF4 TPC5-TPF5
Plan Municipal de Emergencia Apoyo logístico Apoyo técnico Albergue
diferida
En la red viaria
Información del transporte Apoyo técnico Asesoramiento Apoyo logístico
diferida
Posible afección a cauce Las propias por vertidos tóxicos SALUD PÚBLICA_ GOBIERNO Afección a núcleos de VASCO población por nube toxica MEDIO AMBIENTE_ GOBIERNO VASCO DIRECCIÓN AGUAS_ GOBIERNO VASCO
Con vertido
Las propias
Posible afección población por el curso de agua
Las propias
Las propias
AUTORIDAD PORTUARIA
Posible afección a zona de mareas/rías
Las propias
BRIGADA MÓVIL _ ERTZAINTZA
Posible afección a zona de mareas/rías
Las propias
INSPECCIÓN DE PESCA_ GOBIERNO VASCO
Posible afección a zona de mareas/rías
Las propias
CONSORCIOS Y MANCOMUNIDADES DE AGUAS
Posible afección agua consumo
Las propias
SERVICIO DE MONTES_ DIPUTACIÓN FORAL
Posible afección fauna Las propias piscícola
Con residuos
diferida
diferida diferida diferida diferida diferida
Apoyo logístico
EMPRESAS DE GRUAS
diferida
diferida
CENTRO REGIONAL DE SAL- Posible afección a zona de mareas/rías VAMENTO MARÍTIMO
COMPAÑIAS GESTION RESIDUOS
diferida
Información del transporte
TRANSPORTISTA 14
Apoyo logístico Apoyo técnico Asesoramiento
Las propias
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diferida diferida diferida
SERVICIOS
CONDICIONES Necesidad de asesoramiento técnico Equipamiento material especial
COMPAÑIAS ESPECIALIZADAS
TAREAS A REALIZAR Las propias
MOVILIZACIÓN diferida
CRUZ ROJA-DYA
Prevención sanitaria Apoyo logístico Apoyo psicológico
diferida
UNIDAD DE HELICÓPTEROS_ ERTZAINTZA
Traslados de equipos y material técnico Evacuación de accidentados Apoyo logístico Evaluación e información
diferida
Sobredimensionamiento Información a los medios de coAfección vías comunica- municación social ción Información a la población
GABINETE DE PRENSA CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR (CSN)
Con material clase 7
Las propias
ENRESA
Con material clase 7
Gestión residuos
CENTRAL NUCLEAR DE SANTA MARIA DE GAROÑA
Con material clase 7
Apoyo técnico
INDUSTRIA_ GOBIERNO VASCO
Con material clase 7
Las propias Apoyo psicológico
GRUPOS DE APOYO PSICOLÓGICO Necesidad de Albergue
BIENESTAR SOCIAL_ DIPUTACIÓN FORAL
diferida diferida diferida diferida diferida diferida
Información meteorológica Seguimiento técnico del incidente diferida
DIRECCIÓN DE METEOROLOGÍA Y CLIMATOLOGÍA MESA DE CRISIS DEL PLAN T.P.C./T.P.F. DE EUSKAD
Albergue Apoyo logístico
diferida
Con activación del Plan de Emergencia T.P.C ./T.P.F .de Euskadi
Las propias de la mesa de crisis diferida
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15
1.1.5 SERVICIO DE INTERVENCIÓN DE LA DAEM
1.1.6 UNIDAD DE ACCIÓN-PUESTO DE MANDO
El Servicio de Intervención de la DAEM es un pilar básico en la gestión de las emergencias cuando estas ocurren y en la preparación de los mecanismos de respuesta adecuados a cada situación mediante la elaboración de tácticas operativas y procedimientos de actuación.
El puesto de Mando se constituirá próximo al lugar de la emergencia a fin de lograr la unidad de acción de los Servicios intervinientes.
Este servicio ofrece una atención continuada las 24 horas del día, todos los días del año, en cualquier punto de la comunidad autónoma, garantizando un servicio permanente mediante un sistema de turnos de guardia, de tal manera que siempre hay al menos dos Técnicos de guardia fuera del horario laboral así como el Responsable del Servicio.
16
En el Puesto de Mando se integrarán los Responsables de los Servicios que asisten a la emergencia y desde el mismo se dirigirán las actuaciones de los medios y recursos disponibles.
El Servicio de Intervención se estructura a través de una Jefatura de Servicio más 9 Técnicos, todos ellos con titulación superior y amplia experiencia en el ámbito de la emergencia. Su misión fundamental es la intervención activa en aquellas emergencias e incidentes que es preciso dirigir y coordinar en el lugar donde se producen, desde rescates y búsquedas en cualquier ámbito, a incendios industriales, pasando por accidentes con materias peligrosas, inundaciones, incidentes químicos así como situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública. Sus funciones y tareas básicas son en general, la coordinación de los diferentes Organismos y Servicios que intervienen en la resolución de incidentes, definición de la estructura operativa de respuesta frente a sucesos catastróficos, dirección del Puesto de Mando Avanzado, gestión de Planes, organización y participación en simulacros. El servicio de Intervención participa directamente en la resolución de más de 2000 incidentes al año atendiendo siempre a los principios de inmediatez, proximidad, disponibilidad de medios, profesionalización, especialización de los intervinientes y complementariedad y proporcionalidad de medios y recursos.
1.1.7 PLANES DE AUTOPROTECCIÓN El Plan de Autoprotección es el documento que establece el marco orgánico y funcional previsto para una actividad, centro, establecimiento, espacio, instalación o dependencia, con el objeto de prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes y dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia en la zona bajo responsabilidad del titular de la actividad, garantizando la integración de estas actuaciones con el Sistema Vasco de Atención de Emergencias. La elaboración, implantación, mantenimiento y revisión del Plan de Autoprotección es responsabilidad del titular de la actividad. El Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, del BOPV, publica la Norma Vasca de Autoprotección, en donde se regulan las obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia.
1.2 CRITERIO DE APLICACIÓN DE LOS PLANES Detectada una situación de emergencia corresponde a la Autoridad Municipal en su respectivo término municipal, la responsabilidad primaria de la adopción de las medidas necesarias y adecuadas para afrontarla (art.
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18.1 de la Ley 1/1996, de 3 de abril, de Gestión de Emergencias). Cuando la naturaleza o extensión del riesgo, el alcance de la situación de emergencia o los servicios, medios y recursos a movilizar excedan de las competencias de una determinada administración, se activará el Plan Territorial más amplio conforme a las necesidades de la emergencia: • En funciones de refuerzo de la administración competente aportando medios y recursos complementarios. • Asumiendo la dirección y coordinación de las actuaciones de la autoridad que ejerza tales funciones en el plan territorial más amplio (art. 18.2 de la Ley 1/1996, de 3 de abril, de Gestión de Emergencias).
Podrá impulsar la elaboración, aprobación y mantenimiento de planes territoriales en municipios vascos cuya población sea superior a 5.000 habitantes o aquellos que por sus características específicas lo hagan recomendable.
1.3.2 DIPUTACIONES FORALES, AUTORIDADES DE LOS TERRITORIOS HISTÓRICOS Son competentes para elaborar y aprobar los Planes Territoriales de protección civil en el ámbito foral.
En todo caso, los órganos competentes de la Comunidad Autónoma del País Vasco, asumirán la dirección y coordinación del Plan cuando:
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• Se disponga la aplicación del Plan de Protección Civil de Euskadi-LABI o de un Plan Especial. • Sea declarada la situación de emergencia catastrófica a la que se refiere el artículo 21 Ley 1/1996, de 3 de abril, de Gestión de Emergencias. • Declarado el interés suprautonómico, se delegue la dirección y coordinación en los órganos de la Comunidad Autónoma del País Vasco
1.3.3 AUTORIDADES MUNICIPALES Las autoridades municipales de municipios con población superior a 20.000 habitantes habrán de elaborar y aprobar sus respectivos Planes Municipales
1.3 ÓRGANOS COMPETENTES SEGÚN LA CLASE DE PLAN 1.3.1 GOBIERNO VASCO Es competente para aprobar el Plan de Protección Civil de Euskadi y los Planes especiales.
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1.4 NORMAS GENERALES DE DIRECCIÓN Y COORDINACIÓN
1.5 COORDINACIÓN CON EL ESTADO
1.4.1 AUTORIDADES Y ÓRGANOS DE DIRECCIÓN
1.5.1 DIRECCIÓN ESTATAL
La Dirección de la respuesta de la Protección Civil ante una emergencia determinada es unipersonal, sin perjuicio de la necesidad de que su Director-a esté asistido por un Comité Asesor. La Dirección de los planes corresponde a la persona que el propio Plan indica. En términos generales, y salvo posibles delegaciones, la dirección corresponde a: • La Autoridad Municipal (Alcalde-Alcaldesa) en los Planes Municipales.
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El titular del Ministerio de Interior es competente para dictar la declaración de interés supraautonómico. A partir de dicha declaración, o cuando se declare algunos de los estados excepcionales, corresponderá al Estado la dirección de la Protección Civil en Euskadi. El Lehendakari puede instar a la Dirección Estatal, cuando lo estime necesario, así como la Delegación de dicha Dirección (circunstancia que se produjo en las inundaciones de Euskadi, en el mes de agosto de 1983)
1.5.2 NORMAS DE COORDINACIÓN
• La Autoridad Foral competente en los Planes Forales.
COLABORACIÓN EN LA PLANIFICACIÓN
• El Consejero de Interior en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, además de los otros posibles Directores de los Planes, que en cada momento sean de aplicación.
A fin de facilitar el intercambio de información y el traslado de responsabilidad directivas cuando fuera preciso, la Administración del Estado estará representada en el Consejo Asesor del Director del Plan de Protección Civil de Euskadi-LABI.
• El Representante del Estado, en los supuestos de declaración de interés supraautonómico. La asunción por el Lehendakari de la dirección de todas las actividades de la emergencia se producirá con la declaración de situación de emergencia catastrófica.
Cuando fuera preciso, en función del nivel de gravedad de la emergencia, la Dirección y Coordinación de la emergencia, serán ejercidas dentro de un Comité de Dirección conjunto, formado por el Director del Plan y un Representante del Estado, se constituirá el CECOP (centro de coordinación operativa) como CECOPI (centro de coordinación operativa integrado, en el que se integran los responsables de las diferentes administraciones)
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EL PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL DE EUSKADI-LABI
2.1 EL PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL DE EUSKADI-LABI 2.2 OPERATIVIDAD DEL PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL DE EUSKADI-LABI 2.3 FASES DEL PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL DE EUSKADI-LABI 2.4 ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL DE EUSKADI-LABI
2. EL PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL DE EUSKADI-LABI 20
2.1 EL PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL DE EUSKADI-LABI
2.2 OPERATIVIDAD DEL PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL DE EUSKADILABI ACTIVACIÓN DEL PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL DE EUSKADI-LABI La activación es la acción de poner en marcha, por la autoridad competente, el presente Plan de Protección Civil de Euskadi-LABI, ya sea de forma global o sectorial. La flexibilidad que requiere la operatividad del Plan de Protección Civil de Euskadi-LABI hace necesario establecer modalidades en su aplicación en función de: • Cada situación de emergencia contemplada. • La evolución del suceso: ya sea de aparición súbita de la emergencia o producto de una evolución lenta del riesgo. • Las necesidades concretas: que pueden determinar la activación global del Plan o su activación parcial.
El Plan de Protección de Euskadi-LABI constituye el instrumento organizativo general de respuesta a cualquier tipo de situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, cuando corresponda a la misma, la Dirección y Coordinación de la Protección Civil.
DIRECCIÓN DEL PLAN DE PROTECCION CIVIL DE EUSKADI-LABI Corresponde al Consejero de Interior del Gobierno Vasco, la Dirección única y Coordinación de los Planes de Emergencia en todas las situaciones de gravedad en las que el Plan sea activado, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley de Gestión de Emergencias.
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La Dirección del Plan estará asistida por un Consejo Asesor.
• La exigencia de prestaciones personales de acción u omisión a los ciudadanos.
Son causas para la activación del Plan:
• Cualquier otro tipo de medida coactiva prescindiendo de su normal procedimiento que puedan estar amparadas por la legislación, y resulten proporcionadas a la situación de necesidad.
• Situaciones para las cuales los medios y recursos locales y/o forales resulten limitados. • Cuando la dimensión efectiva o previsible pueda requerir de una dirección única, o la naturaleza o extensión del riesgo así lo requiera.
Son funciones del Director del LABI: • Nombrar a los miembros del Consejo Asesor, a los responsables de los Grupos de Acción y los responsables de los Puestos de Mando Avanzado. • Convocar al Consejo Asesor y al Gabinete de Información • Declarar la activación y aplicación formal del Plan. • Declarar las fases y situaciones de emergencia establecidas en el Plan, con excepción de la declaración de situación de emergencia catastrófica que corresponde al Lehendakari. • Determinar la estructura organizativa que se activa en cada una de las situaciones.
La Dirección del Consejero prevalece sobre el ejercicio de las funciones directivas de cualquier autoridad pública territorial u otros directores o coordinadores de Planes en la Comunidad Autónoma del País Vasco, e implica la coordinación del ejercicio de las competencias del resto de Autoridades y Directores de Planes. En casos excepcionales de urgencia máxima la declaración de alerta o emergencia y la activación de los planes de protección civil autonómicos podrá realizarse por el Viceconsejero de Interior o por el Director de Atención de Emergencias, dando cuenta con la mayor inmediatez posible al Consejero de Interior. El Director del Plan, o por delegación sus agentes, podrá dictar órdenes generales o particulares por razones de urgente necesidad, de obligado cumplimiento para sus destinatarios (Art. 19.1 Ley de Gestión de Emergencias). Del mismo modo, el Director del Plan podrá constituir los gabinetes u órganos que considere necesarios para la correcta gestión de la emergencia.
Podrá disponer de:
• Determinar, en cada caso, las autoridades a las que es necesario notificar la existencia de sucesos que puedan producir daños a las personas y bienes • Ordenar en cada momento, con asesoramiento del Consejo Asesor, las actuaciones más adecuadas para hacer frente a la emergencia y la aplicación de las medidas de protección a la población, patrimonio colectivo, a los bienes y al personal que intervenga. • Coordinar todas las actividades de las personas públicas y privadas implicadas. • Dictar, por sí o por delegación de sus agentes, órdenes generales o particulares, disponiendo incluso de cualquier tipo de medidas coactivas proporcionadas a la situación de necesidad. • Determinar y coordinar la información a la población durante la emergencia a través de los medios propios del Plan de Protección Civil de Euskadi-LABI y de los medios de comunicación social. • Garantizar la información y el enlace con los planes supraautonómicos.
• La destrucción, detrimento o requisa temporal de toda clase de bienes.
• Constituir cuando sea necesario, el CECOPI (Centro de coordinación operativa integrado).
• La intervención y ocupación transitoria de los que sean necesarios.
• Asegurar la implantación, el mantenimiento de la eficacia y actualización del Plan.
• La evaluación o desalojo preventivo de poblaciones.
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Declarar el fin de la emergencia, la vuelta a la normalidad con la desactivación del Plan, y la consiguiente desmovilización de los medios y recursos empleados durante la emergencia, una vez cumplidos los objetivos.
LA OPERATIVIDAD DEL PLAN DE PROTECCION CIVIL DE EUSKADI-LABI La operatividad del Plan de Protección Civil de EuskadiLABI requiere un conjunto de procedimientos, estrategias y medidas planificadas previamente, que permitan su puesta en marcha, dependiendo del ámbito y gravedad de la emergencia. Implica una articulación flexible de estrategias y procedimientos de actuación en relación a la naturaleza, tiempo y lugar donde deban ser aplicadas. El Plan de Protección Civil de Euskadi-LABI establece los mecanismos de acción y procedimientos a seguir en cada fase o situación de emergencia. 22
2.3 FASES DEL PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL DE EUSKADI-LABI FASES SISTEMAS DE PREVISIÓN DEL PELIGRO FASE PREEMERGENCIA / EMERGENCIA ORDINARIA
informaciones con el objetivo de: • Dar a conocer en todo momento a la Dirección del Plan los datos que le sirvan de base para la activación del Plan y para evaluar el suceso y sus consecuencias desde los primeros momentos. • Proporcionar a la Dirección del Plan la base para realizar notificaciones de Alerta y Alarma a los intervinientes del Plan y a la población afectada.
2.3.2 FASE DE PREEMERGENCIA / EMERGENCIA ORDINARIA: “SITUACIÓN 0” Está dirigida a inducir en el receptor un estado de atención y vigilancia sobre las circunstancias que la provocan. Lleva implícita las tareas de preparación que tienen por objeto disminuir los tiempos de respuesta para una rápida intervención y mantenerse atento a la recepción de nuevas informaciones. Está dirigida a los grupos de acción y engloba las situaciones de emergencia ordinarias que no superan los umbrales de riesgo establecidos para la activación formal de un Plan de Emergencia. En esta fase el Plan de Protección Civil de Euskadi-LABI no se activa de manera formal, aunque se movilicen de hecho parte de sus medios para realizar funciones de apoyo y seguimiento, así como transmitirse alertas a los grupos de acción o preparar medidas de protección.
Situación 0
FASE EMERGENCIA Situación 1 Situación 2 Situación 3 Situación 4
FASE NORMALIZACIÓN
2.3.1 SISTEMAS DE PREVISIÓN DEL PELIGRO A través del Centro de Coordinación de Emergencias de Euskadi se notificará de forma inmediata a los Municipios y Territorios Forales afectados, cualquier declaración o comunicación formal de las Autoridades Autonómicas Vascas o Estatales, relativas a situaciones de Alerta, Alarma o Activación formal del Plan y sus finalizaciones. Los sistemas de alerta y alarma se fundamentan en las
Se pueden distinguir tres niveles de actuación: • Situaciones que, por evolución desfavorable, pueden dar lugar a una situación de emergencia, generalmente catástrofes naturales con previsión meteorológica, o accidentes sin daños o con daños limitados en cuyo control son suficientes los medios y recursos locales o ciertos recursos de ámbito superior en primera intervención. Se transmiten las alertas a los grupos de ac-
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ción y se preparan medidas de protección haciendo un seguimiento de las variables de la emergencia • En caso de emergencias de ámbito municipal, controladas mediante respuesta local, lo normal será la activación, en su caso, del Plan Municipal correspondiente, bajo la dirección de su Director (alcalde/alcaldesa). Igualmente, pueden aplicarse Planes Forales en apoyo al Plan Municipal. • En emergencias o accidentes sin daños o con daños limitados, o cuyo seguimiento realizan, los servicios de la Comunidad Autónoma del País Vasco. En este caso lo normal será la activación de tácticas operativas. La aplicación de estas tácticas corresponderá al Centro de Coordinación de Emergencias de Euskadi
2.3.3 FASE DE EMERGENCIA “SITUACIÓN 1, 2, 3, 4” Tiene por objeto inducir de forma inmediata al que la recibe a tomar medidas que le protejan del riesgo o suceso catastrófico que le amenace. Se dirige por igual a los grupos de acción y a la población afectada.
SITUACIÓN 1 Situaciones que requieren una respuesta por parte del Plan de Protección Civil de Euskadi-LABI para su control debido a que: • Se dan situaciones de emergencia que afectan a más de un municipio. • Es necesaria la intervención de medios y recursos propios asignados al Plan de Protección de Euskadi-LABI porque los recursos locales o forales son insuficientes.
SITUACIÓN 2 Situaciones de emergencia que por su naturaleza, gravedad o extensión del riesgo, sobrepasen las posibilidades de respuesta de las administraciones municipales y forales.
SITUACIÓN 3 Situaciones que presenten circunstancias en las que, en una previsión desfavorable de las mismas, pudiera desencadenarse una situación en la que pueda estar presente el interés supraautonómico. El Director del Plan de Protección Civil de Euskadi-LABI designará la Autoridad que, junto a la correspondiente por parte de la Administración del Estado, constituya el Comité de Dirección. El CECOP (centro de coordinación operativa) se constituye en CECOPI. (Centro de coordinación operativa integrado).
SITUACIÓN 4 Situaciones de emergencia en las que se dicte formalmente por el Ministro de Interior la declaración a la que se refiere el Capítulo IV de la Norma Básica de Protección Civil. Real Decreto 407/1992, de 24 de abril El Consejero de Interior, como Director del LABI designará la autoridad que, junto a la correspondiente por parte de la Administración Estatal, constituya el Comité de Dirección, recayendo en el Representante Estatal la Dirección. El Director del Plan de Protección Civil de Euskadi-LABI siguiendo las directrices del Comité de Dirección, conservará la coordinación de los medios propios y asignados contemplados en el Plan.
2.3.4 INTERFASE ENTRE AUTORIDADES Y RESPONSABLES DE LOS PLANES MUNICIPALES Y FORALES DEL PLAN DE PROTECCION CIVIL DE EUSKADILABI Cuando se produzca la activación de un Plan Municipal o Foral, tanto en fase de preemergencia como en la de emergencia, el Director del Plan notificará y verificará
Requieren la aplicación completa del Plan de Protección Civil de Euskadi-LABI, utilizando medios propios, o asignados por otras administraciones y correspondiendo la dirección y coordinación al Director del Plan, integrándose en el mismo los planes inferiores que resulten afectados.
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que dicho hecho es conocido por el Director del Plan de Protección Civil de Euskadi, comunicando su activación a través del Centro de Coordinación de Emergencias de Euskadi. Igualmente facilitará información periódica sobre la evolución de la situación y el desarrollo de las operaciones, confirmación de previsiones y alteraciones de la gravedad de la emergencia y la finalización de la misma. Especialmente deben comunicar inmediatamente a través del Centro de Coordinación de Emergencias de Euskadi, la previsión o comprobación de la propia insuficiencia de capacidad de respuesta, la necesidad perentoria de recursos no disponibles, o un alcance más
allá de su Municipio y/o Territorio Foral. Con el fin de garantizar la coordinación con Planes de rango superior, se contará con un Representante de la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología del Gobierno Vasco en el Comité Asesor de la Dirección del Plan se esté aplicando. Las solicitudes de movilización de medios y recursos no dependientes del Titular del Plan, se canalizaran a través del Centro de Coordinación de Emergencias de Euskadi. La activación del Plan de Protección Civil de Euskadi-LABI en la “Situación 2” o siguientes supondrá la integración de los Planes inferiores que resulten afectados, y su activación automática en caso de que no lo estuviesen.
2.4 ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL DE EUSKADI-LABI 24
2.4.1 ESQUEMA GENERAL
SISTEMA DE ATENCIÓN DE EMERGENCIAS Planes de emergencia: estructura ESTRUCTURA DE DIRECCIÓN: MESA DE CRISIS CECOP SOS-DEIAK
DIRECCION DEL PLAN
GABINETE DE INFORMACIÓN
COMITÉ ASESOR
ESTRUCTURA OPERATIVA: GRUPOS DE ACCION PUESTO DE MANDO AVANZADO GRUPO DE INTERVENCION
GRUPO DE SEGURIDAD
GRUPO SANITARIO
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GRUPO LOGISTICO
2.4.2 CECOP/CECOPI El CECOP/CECOPI es el centro o lugar donde se realiza la Dirección y Coordinación de todas las operaciones propias del Plan de Protección Civil de Euskadi-LABI Constituye el Puesto de Mando del Director del Plan, y para ello debe disponer de la capacidad y el equipamiento precisos para ejercer las funciones de comunicación, coordinación y centralización de la información a fin de evaluar la situación de emergencia y transmitir las decisiones a aplicar, así como para mantener en contacto directo al director del Plan con otros centros de coordinación o control.
• Director-a General del Servicio Vasco de Salud Osakidetza • Director-a de Seguridad Ciudadana. • Director-a de Atención de Emergencias y Meteorología • Representante de la Administración del Estado. • Diputados Generales de los Territorios Históricos afectados. • Alcaldes de los Municipios afectados por la emergencia cuando estimen oportuna su incorporación. • Aquellos otros que sean convocados por el Consejero de Interior, como los miembros de la Comisión de Protección Civil de Euskadi, jefes de los grupos de acción u otros cuya presencia se estime necesaria.
2.4.4 GABINETE DE INFORMACIÓN
En el caso necesario el CECOP se constituirá en el CECOPI cuando se integren los mandos de la Administración Autonómica y Estatal, tanto para la dirección y coordinación de la emergencia, como para la transferencia de responsabilidades en los casos en que se declare el interés supraautonómico.
El Gabinete de Información depende directamente del Director del Plan. Está ubicado en el CECOP/CECOPI y es el único autorizado para emitir información oficial. La responsabilidad del Gabinete de Información recae en el Director del Gabinete del Consejero del Departamento de Interior.
El CECOP/CECOPI estará ubicado en el Centro de Coordinación de Emergencias de Euskadi del Departamento de Interior. El Director del Plan y su estructura de dirección se reunirá, si fuera necesario, en el Centro de Coordinación de Emergencias de Euskadi, que resultare a juicio del Director más adecuado a la emergencia.
2.4.3 CONSEJO ASESOR Las funciones del Consejo Asesor son el asesoramiento y análisis de las situaciones incidentales y de la evolución de la emergencia (en todas las funciones del Director). Los miembros del Consejo Asesor son: • Viceconsejero-a de Interior. • Viceconsejero-a de Seguridad.
2.4.5 GABINETE DE ASESORÍA JURÍDICA Dadas las implicaciones ético-jurídicas que se pueden derivar de la emergencia, el Gabinete de Asesoría Jurídica, tras el análisis de la legislación vigente, debe dar respuesta y cobertura jurídica a las diferentes acciones que estén contempladas en el Plan o que sean precisas para la correcta gestión de la evolución de la misma. El Responsable será el Director de Régimen Jurídico del Departamento de Interior del Gobierno Vasco.
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2.4.6 GABINETE ECONÓMICO Para afrontar una emergencia pueden ser necesarios recursos adicionales tanto humanos como materiales. Para ello los objetivos del Gabinete Económico serán: • Planificar y gestionar todos los recursos económicos necesarios para afrontar una emergencia, incluidas las necesidades de personal adicional, ma-
teriales, ayudas, subvenciones, indemnizaciones y cualquier otro gasto. • Cuantificar el impacto económico según las fases de la emergencia para establecer medidas que palien las pérdidas en aquellos sectores económicos estratégicos que se vieran afectados. El Responsable será el Director de Servicios del Departamento de Interior, del Gobierno Vasco
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ASPECTOS GENERALES SOBRE EL SISTEMA VASCO DE ATENCIÓN DE EMERGENCIAS
3.1 LA DIRECCION DE ATENCIÓN DE EMERGENCIAS Y METEOROLOGÍA 3.2 SERVICIOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA VASCO DE ATENCIÓN DE EMERGENCIAS. 3.3 PROTOCOLOS PARA LA PREDICCIÓN Y EL SEGUIMIENTO DE FENÓMENOS METEOROLÓGICOS 3.4 SISTEMAS AVISOS EMERGENCIAS QUÍMICAS
3. ASPECTOS GENERALES SOBRE EL SISTEMA VASCO DE ATENCIÓN DE EMERGENCIAS 28
3.1 LA DIRECCION DE ATENCION DE EMERGENCIAS Y METEOROLOGÍA • La Direccion de Atención de Emergencias y Meteorología. • Servicios que conforman el Sistema Vasco de Atención de Emergencias. • Planificación de la respuesta a las emergencias. Dentro de la estructura del Gobierno Vasco, esta Dirección es la encargada de dar respuesta integral a todo tipo de emergencia que se pueda presentar en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, tanto aquellas de carácter catastrófico o calamitoso como en otras menos graves que, sin producir trastorno social o desbordamiento de los servicios esenciales, requieren una atención coordinada y eficaz. El Gobierno Vasco ha apostado por un teléfono común, el 112 (UNO, UNO, DOS), para la gestión integral de emergencias -en concordancia con las resoluciones adoptadas por la Unión Europea- y por un sistema que, sin provocar merma de las responsabilidades sectoriales que otras Administraciones u otros Organismos tengan con respecto a la emergencia pública, asegure una utilización racional de los recursos que Euskadi dispone para dar respuesta, con la mayor efectividad, a cualquier evento que ponga en peligro la vida de los ciudadanos, sus bienes y derechos así como el patrimonio comunitario.
La Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología se estructura en cuatro servicios complementarios, interdependientes e interrelacionados. Esta estructura organizativa basada en la coordinación e integración funcional garantiza la configuración de un sistema de respuesta integral a la emergencia al servicio de la sociedad vasca. Estos Servicios son: -Servicio de Planificación. -Servicio de Coordinación, SOS-Deiak 112 -Servicio de Intervención. -Servicio de Meteorología. Euskalmet.
En conjunto, cubren y atienden todos los extremos relacionados con las situaciones de emergencia: previsión de riesgos, planificación, tácticas, medios y recursos, divulgación de pautas de actuación, recepción de lla-
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madas, coordinación de recursos, y resolución de incidentes “in situ”. La misión de la DAEM es liderar el Sistema Vasco de Atención de Emergencias impulsando la coordinación eficaz de todos los agentes externos intervinientes en el ámbito de la emergencia tanto en fase de prevención (planificación, formación y difusión) como en la fase de intervención y resolución de los incidentes, con el objetivo último de dar servicio óptimo al ciudadano.
MEDIOS Y RECURSOS INTEGRADOS Seguridad ciudadana, U. Tráfico U. Helicópteros, U. Marítima Brigada móvil, Berrrozi
Ambulancias SVB Ambulancias SVA
3.2 SERVICIOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA VASCO DE ATENCION DE EMERGENCIAS
Parques = 22 Efectivos = 1.100
3.2.1 SERVICIOS DE EMERGENCIA Son el conjunto de servicios operativos ordinarios constituidos con carácter permanente y con funciones especificas que intervienen en una emergencia en el lugar donde ésta se produce.
SALUD PÚBLICA_MEDIO AMBIENTE_AGUAS_SERVICIO DE MONTES_OBRAS PÚBLICAS_GRUAS_B.SOCIAL_CRUZ ROJA_DYA_F.V. MONTAÑA_ G.PERROSEUSKADI_ GRUPO ESPELEOLO VOLUNTARIOS P.C.
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Los Servicios profesionales integrados con respuesta 24x365 son: -Emergencias Osakidetza. -SEIS de los Ayuntamientos y Diputaciones Forales. -Ertzaintza. -Atención de Emergencias y Meteorología
Rescate conjunto la arboleda.
Rescate zona rural.
Rescate cavidad.
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3.2.2 SERVICIOS COMPLEMENTARIOS La movilización y utilización de medios y recursos de titularidad privada se efectuará según los criterios del articulo 20 de la Ley 1/1996, de 3 de abril, de Gestión de Emergencias y de conformidad con lo dispuesto en la legislación reguladora de los deberes de ciudadanos ante situaciones de emergencia (capitulo II de la Ley 2/1985, de 21 de enero, de Protección Civil). La movilización se adecuará a los principios de inmediatez en la respuesta, proximidad al lugar de la emergencia, disponibilidad de medios, profesionalización, especialización de los intervinientes, complementariedad de los medios y recursos y subsidiaridad. Su empleo se hará de conformidad a lo que dispongan los planes aplicables o en su defecto, según las instrucciones y ordenes de la autoridad o mando competente.
3.2.3 VOLUNTARIADO 30
El Decreto 24/2010, de 19 de enero, sobre la participación voluntaria de la ciudadanía en el sistema vasco de emergencias, regula y define el modelo de voluntariado de protección civil, según la ley 1/1996, de 3 de abril, de gestión de emergencias
Clases
• La organización será democrática y con estructura jerarquizada.
Fomento • Colaboración con la administraciones publicas promocionando la concesión de ayudas y subvenciones a quienes se inscriban en el registro de organizaciones del voluntariado colaboradoras con la protección civil
Registro de las organizaciones del voluntariado • Desarrollo, competencia y gestión por la Dirección de Atención de Emergencias del Departamento de Interior del Gobierno Vasco
Comité asesor del voluntariado de protección civil • Es el órgano de trabajo de la Comisión Vasca de Protección Civil de Euskadi. Sus representantes son nombrados por el Consejero de Interior del Gobierno Vasco, mediante una Orden, publicada en el BOPV, para realizar las tareas de estudio y debate de todas las cuestiones referidas a la organización, funciones, formación y medios del voluntariado de protección civil y sus organizaciones en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
• Organizaciones locales de voluntarios y voluntarias de protección civil integradas en la estructura de la protección civil municipal. • Otras entidades colaboradoras con la protección civil, convenidas con el departamento de interior del Gobierno vasco. • Bomberos voluntarios
Actuación en emergencias • Dependencia funcional de la autoridad correspondiente. • Servir de refuerzo o colaboración y, en su caso, de suplencia subsidiaria de los servicios públicos integrados por profesionales o funcionarios. • Actuarán siguiendo los planes de protección civil y las tácticas operativas elaboradas a tal efecto.
Derechos y deberes • La relación del voluntariado con su organización en ningún caso generará vínculo alguno de naturaleza contractual o funcionarial. • Habrán de prestar sus servicios de forma voluntaria, altruista y gratuita.
3.3 PROTOCOLO PARA LA PREDICCIÓN Y EL SEGUIMIENTO DE FENÓMENOS METEOROLÓGICOS ADVERSOS Las situaciones de meteorología adversa están relacionadas con la superación de ciertos umbrales: lluvias, nevadas, vientos, temperaturas, riesgo marítimo-costero y sucesos extraordinarios. Este tema se desarrolla en profundidad en el libro “Riesgos naturales” del Volumen 3_Fenómenos naturales y antrópicos. Operaciones de ayudas técnicas.
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3.4 SISTEMA DE AVISO DE EMERGENCIAS QUIMICAS Para accidentes que puedan afectar a la población que se encuentra en el ámbito próximo a empresas con riesgo químico, el Departamento de Interior cuenta con los Planes de Emergencia Exterior, en los que se establece la organización y los mecanismos de coordinación de los recursos de auxilio. Estos Planes incluyen la forma de alertar a la población, básicamente con megafonía y comunicados en medios de prensa. El objetivo de las sirenas que están en servicio es reforzar ese sistema de avisos y conseguir una alerta in-
mediata para que los habitantes afectados pongan en marcha los consejos básicos de autoprotección. Las sirenas están preparadas para emitir dos tipos de señales inequívocas y audibles en toda la zona de riesgo: una para indicar el inicio de la alarma por nube potencialmente tóxica y otra para anunciar su finalización. El inicio de la alarma implica el confinamiento en lugar cerrado como medida prioritaria de protección para la población. El control para la activación de las cuatro sirenas está situado en los tres centros territoriales de coordinación de emergencias SOS Deiak.
ZONAS DONDE ESTÁN INSTALADOS LOS SISTEMAS DE AVISO ACÚSTICO (SIRENAS) EN CASO DE FUGA TÓXICA LANTARON ALONSOTEGUI - GÚEÑES MUSKIZ SANTURTZI –ZIERBENA HERNANI
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PANEL INFORMATIVO
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GESTIÓN DE LAS EMERGENCIAS EN EUSKADI
4.1 CENTRO DE COORDINACIÓN DE EMERGENCIAS DE EUSKADI. SOS DEIAK 112 4.2 LAS COMUNICACIONES EN EMERGENCIAS
4. GESTIÓN DE LAS EMERGENCIAS EN EUSKADI 34
FLUJOS DE INFORMACIÓN-PROCESOS CIUDADANOS
PLATAFORMA OPERATIVA
SERVICIOS AYUNTAMIENTOS
PDM - CPS MANDO Y CONTROL
INDUSTRIAS R. QUÍMICO ORGANISMOS COLECTIVOS ESPECIALES METEOROLOGÍA
PLATAFORMA TECNOLÓGICA
HIDROLOGÍA
PUESTO DE MANDO AVANZADO
RECURSOS DE INTERVENCIÓN
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4.1 EL CENTRO DE COORDINACIÓN DE EMERGENCIAS DE EUSKADI. SOS DEIAK112 FUNCIONES -Recibir todo tipo de llamadas de urgencia / emergencia -Clasificar la demanda. -Transmitir la alarma a los Servicios. -Activar los Planes de Acción / Recursos. -Coordinar los recursos y servicios intervinientes.
SISTEMA DE GESTIÓN DE INCIDENTES Acelera los procesos y facilita la gestión en: -Recepción de llamadas.
4.2 LAS COMUNICACIONES EN EMERGENCIAS La red digital de radio móvil del Departamento de Interior se fundamenta en sistemas Trunking, y mas concretamente en el estándar europeo TETRA. Aporta unas mejoras importantes respecto a los sistemas convencionales, entre ellas: mayor capacidad de tráfico, mayor grado de servicio y nuevas y mejores facilidades. Las principales ventajas del sistema son las siguientes: • Estándar abierto (IOP entre sistemas y terminales). • Tecnología punta. Longevidad. • Totalmente Digital (Calidad de servicio).
-Clasificación de incidentes. -Despacho automático de recursos. -Coordinación y seguimiento de incidentes. -Facilita la integración con los sistemas de comunicaciones.
• Espectro Paneuropeo. • Comunicaciones de voz y de datos. • Seguridad de las comunicaciones (Autenticación y encriptación).
-Emite informes
• Calidad de servicio. (Acceso al sistema y calidad de voz)
-Realiza la explotación estadística
• Comunicaciones en Modo Directo.
El sistema integral de gestión del Centro de Coordinación de Emergencias, cuenta con: • Telefonía avanzada • 3 Centros no Stop 24 horas. • 91 Operadores: Atención Telefónica-Gestión de Incidentes.
Las prestaciones avanzadas TETRA posibilitan un cambio en los modos de trabajo tradicionales La RDRM. Red Digital de Radio Móvil, ofrece ccomunicaciones de voz y de datos, además de otras prestaciones adicionales
• Distribución inteligente de llamadas • Operación de las comunicaciones radio • Tratamiento integrado de las comunicaciones radio-teléfono • Gestión de colas y desbordamientos • Gestión de Fax, buscapersonas, mensajeria instantánea (SMS) • Mesas de Crisis. • 12 Puntos de Formación.
Entre los servicios básicos de voz que nos ofrece tenemos: • Comunicaciones de grupo: Un terminal móvil o consola de despacho puede establecer una comunicación “uno a muchos” con un grupo de usuarios (GRUPO DE CONVERSACIÓN)
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• Comunicaciones individuales: Un terminal móvil Igualmente la RDRM permite la transferencia de mensao consola de despacho puede iniciar y recibir una jes de datos cortos, punto a punto de hasta 140 caraccomunicación individual uno a uno. También se teres por mensaje haciendo posible la concurrencia de denomina Llamada Privada y la comunicación es voz y de datos simultáneamente semi-dúplex. Está imitada a usuarios cualificados Los usuarios del Sistema Vasco de Atención de Emer• Llamada de emergencia: Llamada de grupo con gencias integrados en su red de transmisiones son: la máxima prioridad en el sistema. Si el sistema • Red de emergencia municipal. está ocupado, se liberan los recursos (canales) ne• Red de emergencia industrial. cesarios para cursar la llamada. También permite la comunicación de datos, principalmente el envío de mensajes de estado, el establecimiento de una alerta de emergencia y el envío y recepción de datos cortos.
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El envío desde las radios de mensajes de estado (status) precodificados se puede hacer mediante procedimientos abreviados de envío. El mensaje de estado se entrega a los puestos de operador zonales y territoriales que tengan asignado el recurso y no se envía a las ot ras radios miembros del grupo de conversación. Permite el establecimiento del estado especial: ALERTA DE EMERGENCIA.
• Ertzaintza. • SEIS • Infraestructuras viarias, portuarias y aeroportuarias. • Red de transporte sanitario urgente • Red del servicio de atención urgente de Osakidetza • Red de playas • Red de mando.
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SISTEMA DE EMERGENCIAS MÉDICAS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA VASCA
1. SISTEMA DE EMERGENCIAS MÉDICAS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA VASCA 38
MODELO
dicho ámbito.
El sistema de emergencias médicas en la comunidad autónoma vasca es gestionado por Emergentziak – Emergencias de Osakidetza que es la organización de Osakidetza encargada de realizar la coordinación de urgencias y la asistencia sanitaria de emergencias en
El modelo adoptado en nuestra comunidad encaja dentro del denominado modelo 061, común a la mayoría de sistemas de emergencias del estado español que se caracteriza por tener dos formas de acceso: teléfonos de emergencias sanitarias y teléfono único de emergencias 112 . (Gráfico 1)
MODELO 061 EMERGENCIA MÉDICA
EMERGENCIA BOMBEROS
EMERGENCIA POLICIAL
112 TEL. DIRECTO MÉDICO
CENTRAL DE DISTRIBUCIÓN
TEL. DIRECTO POLICIAL
CENTRAL MÉDICA
CENTRAL BOMBEROS
CENTRAL POLICIAL
RECURSO SANITARIO
BOMBEROS
RECURSO POLICIAL
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Emergentziak forma parte del entramado del SVAE (Sistema Vasco de Atención a la Emergencia), contribuyendo mediante la asistencia sanitaria y coordinados con los demás intervinientes (Ertzaintza, Servicios de Bomberos, etc.) al abordaje y resolución de las urgencias y emergencias que acontecen en nuestra comunidad.
RECURSOS DE EMERGENTZIAK EMERGENCIAS Emergentziak cuenta con los siguientes recursos:
1. CENTROS DE COORDINACIÓN
- Comunicación vía TETRA. - GPS. • Funciones asignadas - Asistencial vital avanzada en el lugar donde se da la pérdida de salud. - Traslados interhospitalarios que precisen medidas de soporte vital avanzado. - Participación en dispositivos preventivos en situaciones de riesgo previsible. - Asistencia directa y gestión de recursos asistenciales en los incidentes de múltiples víctimas.
• Ubicación - Bilbao. - Donostia-San Sebastián. - Vitoria-Gasteiz. • Personal 39
- Médicos coordinadores-as. - Enfermeras-os. - Operadoras-es telefónicos. • Funciones asignadas - Asignar respuesta sanitaria a las demandas que acceden telefónicamente al sistema. - Gestionar y coordinar los recursos necesarios para dar respuesta sanitaria.
Gráfica 2: Ubicación de las ambulancias de soporte vital avanzado (SVA)
3. Helicóptero medicalizado
- Realizar seguimiento de la atención, a tiempo real, prestada por dichos recursos.
• Ubicación
- Asesoramiento facultativo a los recursos intervinientes no medicalizados.
• Personal
- Base en aeropuerto de Sondika.
- Gestión y participación en dispositivos preventivos.
- Médicos.
- Proporcionar información relativa al ámbito sanitario.
- Piloto y técnico de mantenimiento
2. AMBULANCIAS DE SOPORTE VITAL AVANZADO (SVA) • Ubicación - Repartidas por toda la CAPV. (Gráfica 2). • Personal
- Enfermeras-os. • Funciones asignadas - Similares a las ambulancias de SVA.
4. AMBULANCIAS DE SOPORTE VITAL CON ENFERMERÍA (SVE) • Ubicación - Ver Gráfica 3.
- Médicos.
• Personal
- Enfermeras-os. - Técnicos de transporte • Dotación material - Material para técnicas avanzadas.
- Enfermeras-os con experiencia en Emergencias. - Técnicos de transporte • Dotación material - Material para técnicas de SVA.
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