LEY ORGANICA DEL PODER EJECUTIVO (LEY Nº 29158) RESUMEN EJECUTIVO
I. PRINCIPIOS DEL PODER EJECUTIVO Principio de legalidad, principio del servicio al ciudadano, principio de inclusión y equidad, principio de participación y transparencia, principio de organización e integración, principio de competencia. II. ORGANIZACIÓN Y COMPETENCIA DEL PODER EJECUTIVO La presente Ley Orgánica establece los principios y las normas básicas de organización, competencias y funciones del Poder Ejecutivo. El Poder Ejecutivo está integrado por La Presidencia de la !ep"blica, el #onsejo de $inistros, la Presidencia del #onsejo de $inistros, los $inisterios, Entidades P"blicas del Poder Ejecutivo. COMPETENCIAS EXCLUSIVAS DEL PODER EJECUTIVO El Poder Ejecutivo tiene las siguientes competencias e%clusivas dise&ar y supervisar pol'ticas nacionales y sectoriales, as' como ejercer, desconcentrar, las funciones funciones y atribuciones in(erentes a )efensa, *eguridad +acional y uerzas -rmadas, usticia, con e%cepción de la administración de justicia. COMPETENCIAS COMPETENCIAS COMPARTIDAS COMPARTIDAS CON LOS GOIERNOS REGIONALES Y LOCALES El ejercicio de las competencias compartidas del Poder Ejecutivo con los gobiernos regionales y locales está regido por la #onstitución Pol'tica del Per", la Ley de /ases de la )escentralización, la Ley Orgánica de 0obiernos !egionales, la Ley Orgánica de $unicipalidades, as' como por las Leyes de Organización y unciones de los $inisterios y las entidades que componen el Poder Ejecutivo. !UNCIONES DEL PODER EJECUTIVO El Poder Ejecutivo ejerce las siguientes funciones a1. !eglamentar las leyes, evaluar su aplicación y superv supervisa isarr su cumpli cumplimie miento. nto. b1. Planifi Planificar car,, normar normar,, dirigi dirigir, r, ejecut ejecutar ar y evalua evaluarr las pol'ti pol'ticas cas nacion nacionale aless y sectoriales en conformidad con las pol'ticas de Estado. c1. Establecer relaciones, buscar el consenso, prestar asistencia t2cnica y desarrollar mecanismos de cooperación con todas las entidades de la administración p"blica.
III. PRESIDENCIA DE LA REPULICA PRESIDENTE DE LA REP"LICA El Presidente de la !ep"blica es el efe del Estado, efe *upremo de las uerzas -rmadas y de la Polic'a +acional +acional del Per", personifica personifica a la +ación, y dirige dirige y aprueba la pol'tica pol'tica general del 0obierno 0obierno en su calidad calidad de efe del Poder Ejecutivo. *us demás atribuciones y funciones están establecidas en la #onstitución Pol'tica del Per" y la ley. !UNCIONES DEL PRESIDENTE DE LA REP"LICA E# $% &'*'* *+ J+,+ *+ E$-'*/ #umplir y (acer cumplir la #onstitución Pol'tica del Per", los tratados, leyes y demás disposiciones legales. E# $% &'*'* *+ J+,+ *+ P*+0 P*+0 E+&%-/ E+&%-/ )irigir y aprobar la pol'tica general del gobierno, ejercer la potestad de reglamentar las leyes sin transgredirlas ni desnaturalizarlas, y dentro de tales l'mites. DESPAC3O PRESIDENCIAL El )espac(o )espac(o Presidencial Presidencial es responsable responsable de la asistencia t2cnica t2cnica y administrativa administrativa a la Presidencia Presidencia de la !ep"blica para el cumplimiento de sus competencias y funciones VICEPRESIDENTES VICEPRESIDENTES DE LA REP"LICA Los 3icepresidentes de la !ep"blica !ep"blica cumplen las funciones establecidas en la #onstitución Pol'tica del Per" y la ley, y aquellas otras que les encargue el Presidente de la !ep"blica. !ACULTAD NORMATIVA DEL PRESIDENTE DE LA REP"LICA #orresponde al Presidente de la !ep"blica dictar los siguientes dispositivos )ecretos Legislativos, )ecretos de 4rgencia, )ecretos *upremos, !esoluciones *upremas. INICIATIVA LEGISLATIVA DEL PRESIDENTE DE LA REP"LICA Los proyectos de ley que propone el Presidente de la !ep"blica, en ejercicio de su derec(o a iniciativa legislativa, deben cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos. PARTICIPACIÓN CIUDADANA
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La participación ciudadana en la elaboración de propuestas legislativas se se realiza conforme lo establecen las normas sobre la materia. Los documentos de fundamentación acompa&an al proyecto de ley. ley. IV.CONSEJO DE MINISTROS El #onsejo de $inistros está conformado por $inistros y $inistras nombrados por el Presidente de la !ep"blica conforme a la #onstitución Pol'tica del Per". Es presidido por el Presidente del #onsejo de $inistros. ATRIUCIONES ATRIUCIONES DEL CONSEJO DE MINISTROS El #onsejo de $inistros tiene las siguientes atribuciones a1. #oordinar y evaluar la pol'tica general del 0obierno, as' como las pol'ticas nacionales y sectoriales y multisectoriales5 b1. adoptar decisiones sobre asuntos de inter2s p"blico5 c1. promover el desarrollo y bienestar de la población5 y, d1. las que le otorgue la ley. PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Es responsable de la coordinación de las pol'ticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo. #oordina las relaci relacione oness con los demás demás Poderes Poderes del Estado, Estado, los organi organismos smos constit constituci uciona onales les,, gobier gobiernos nos regiona regionales les,, gobiernos locales y la sociedad civil. PRESIDENTE DEL CONSEJO DE MINISTROS El Presidente del #onsejo de $inistros es la má%ima autoridad pol'tica de la Presidencia del #onsejo de $inistros. COMPETENCIAS COMPETENCIAS O !UNCIONES DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE MINISTROS ormul ormula, a, aprueba aprueba y ejecuta ejecuta las pol'tic pol'ticas as nacion nacionales ales de modern moderniza izació ción n de la -dmin -dminist istrac ración ión P"blic P"blica. a. Promueve la participación y concertación social en la gestión de gobierno y coordina con instancias de la sociedad en materias de inter2s nacional. COMISIONES INTERMINISTERIALES INTERMINISTERIALES *on instancias de coordinación y de discusión de pol'ticas al interior del #onsejo de $inistros. Están conformadas por $inistros de Estado y cuentan con una secretar'a t2cnica. SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS El *ecretario 0eneral de la Presidencia del #onsejo de $inistros es la autoridad administrativa inmediata al Presidente del #onsejo de $inistros y tiene las funciones y atribuciones de 3iceministro. MINISTERIOS Los $inisterios son organismos del Poder Ejecutivo que comprenden uno o varios sectores, considerando su (omogeneidad y finalidad. Los $inisterios dise&an, establecen, ejecutan y supervisan pol'ticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rector'a respecto de ellas. ESTRUCTURA ORG4NICA DE LOS MINISTERIOS Los ministerios tienen la siguiente estructura orgánica -lta )irección, 6rganos de #ontrol 7nstitucional, 6rganos de administración interna, 6rganos de l'nea. MINISTROS DE ESTADO El $inistro de Estado, es el responsable pol'tico de la conducción de un sector o sectores del Poder Ejecutivo. Orientan, formulan, dirigen, coordinan, determinan, ejecutan, supervisan y eval"an las pol'ticas nacionales y sectoriales a su cargo. VICEMINISTROS Es autoridad inmediata al $inistro. Los $inisterios pueden tener más de un 3ice ministerio conforme a su Ley de Organización y unciones. SECRETARIA GENERAL El *ecretario 0eneral asiste y asesora al $inistro en los sistemas de administración de la entidad. IV. LAS ENTIDADES P"LICAS DEL PODER EJECUTIVO NATURALEZA DE LOS ORGANISMOS P"LICOS *on entidades desconcentradas del Poder Ejecutivo, con personer'a jur'dica de )erec(o P"blico. 8ienen competencias de alcance nacional. Están adscritos a un $inisterio y son de dos tipos Organismos P"blicos Ejecutores y los Organismos P"blicos Especializados.
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REUISITOS PARA LA CREACIÓN DE ORGANISMOS P"LICOS )ebe cumplirse con los siguientes requisitos a1. Los establecidos en la Ley $arco de $odernización de la 0estión del Estado. b1. La aprobación del plan inicial de actuación del organismo por el $inisterio de su sector. INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN ESTRAT6GICA SORE LOS ORGANISMOS P"LICOS Los Los Orga Organi nism smos os P"bl P"blic icos os se suje sujeta tan n a la super supervi visi sión ón y fisc fiscal aliz izac ació ión n de su *ect *ector or para para veri verific ficar ar el cumplimiento de los objetivos de la entidad. COMISIONES Las Las #omis #omisio iones nes del del Pode Poderr Ejec Ejecuti utivo vo son son órga órganos nos que que se crea crean n para para cump cumplilirr con con las las func funcio ione ness de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades. COMISIONES SECTORIALES Y MULTISECTORIALES Las Las comi comisi sion ones es pued pueden en ser de tres tres tipos tipos #read #readas as con con fine finess espec espec'f 'fic icos os para para cumpl cumplir ir func funcio iones nes de seguim seguimien iento, to, fiscal fiscaliza izació ción, n, o emisión emisión de inform informes es
t2cnic t2cnicos os #omisi #omisione oness *ector *ectorial iales, es, #omisi #omisiones ones
$ultisectoriales de naturaleza temporal, #omisiones $ultisectoriales de naturaleza permanente. COMISIONES CONSULTIVAS Están conformadas por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil, de reconocida capacidad o e%periencia, designados por !esolución *uprema. PROGRAMAS PROGRAMAS Y PROYECTOS ESPECIALES Los Programas y Proyectos Especiales son creados, en el ámbito de competencia del Poder Ejecutivo, en un $inisterio o en un Organismo P"blico, mediante decreto supremo. ENTIDADES ADMINISTRADORAS ADMINISTRADORAS DE !ONDOS INTANGILES INTANGILES DE LA SEGURIDAD SOCIAL El ondo ondo #onsol #onsolida idado do de !eserv !eservas as Previs Previsiona ionales les 9 #!, #!, y el *eguro *eguro *ocial *ocial de *alud *alud 9 E**-L4 E**-L4), ), constituyen entidades administradoras de fondos intangibles de la seguridad social. Están adscritos al $inisterio que corresponda conforme a la ley de la materia. EMPRESAS DE PROPIEDAD DEL ESTADO NATURALEZA Y !ORMALIZACIÓN #orres #orrespon ponde de al Poder Poder Ejecut Ejecutivo ivo determi determinar nar el ámbito ámbito de actuac actuación ión de las Empres Empresas as del estado. estado. La realización de actividades empresariales por parte del 0obierno +acional debe estar formalizada a trav2s de una forma jur'dica empresarial y (aber sido e%presamente autorizada mediante ley ordinaria. R6GIMEN DEL SECTOR EMPRESARIAL DEL ESTADO UE SE ENCUENTRA DENTRO DEL 4MITO
NACIONAL Las normas sobre objetivos, organización, funcionamiento, r2gimen económico y financiero, r2gimen laboral, sistemas administrativos y evaluación de las empresas de propiedad del estado, se establecen observando lo dispuesto por las normas de la actividad empresarial del estado, seg"n corresponda. V.SISTEMAS *on los conjuntos de principios, normas, procedimientos, t2cnicas e instrumentos mediante los cuales se organizan las actividades de la -dministración P"blica que requieren ser realizadas por todas o varias entidades de los Poderes del Estado, *on de dos tipos *istemas uncionales y *istemas -dministrativos. ENTES RECTORES Los *istemas están a cargo de un Ente !ector que se constituye en su autoridad t2cnico9normativa a nivel nacional5 dicta las normas y establece los procedimientos relacionados con su ámbito. SISTEMAS SISTEMAS !UNCIONALES Los *istemas uncionales tienen por finalidad asegurar el cumplimiento de pol'ticas p"blicas que requieren la participación de todas o varias entidades del Estado. SISTEMAS ADMINISTRATIVOS Los *istemas -dministrativos tienen por finalidad regular la utilización de los recursos en las entidades de la administración p"blica, promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso. ATRIUCIONES DE LOS ENTES RECTORES DE LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS
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Los Entes !ectores tienen las siguientes competen cias o funciones Programar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la gestión del proceso5 E%pedir las normas reglamentarias que regulan el *istema5 y Las demás que se&alen las leyes correspondientes. NORMAS SORE ORGANIZACIÓN La e%istencia de *istemas uncionales o -dministrativos no obliga a la creación de unidades u Oficinas dedicadas e%clusivamente al cumplimiento de los requerimientos de cada uno de ellos.