SUPUESTO: delito lesiones en el ámbito familiar f amiliar.. Sobre las 15 horas y según llamada telefónica recibida en la Central del 092, es comisionado en unión de otro Agente de la misma categoría rofesional a la calle !iguel de Cer"antes número 1#$%& A, donde al arecer se estaba roduciendo una discusión familiar' f amiliar' A la llegada de los actuantes se comrueba la "eracidad de la noticia, udiendo escuchar fuer fuerte tess "oce "ocess y otro otross ruid ruidos os en el inte interio riorr del del domi domici cili lioo (ue (ue cont contin inua uaro ronn incl inclus usoo tras tras ser ser identificados los Agentes' Agentes' )e(ueridos los moradores, se comrob* (ue, m+s (ue una disuta, se trataba de agresiones "erbales de un o"en de 19 a-os a sus adres, y esecialmente ofensi"as contra el adre, de 50 a-os de edad, a (ui*n había llegado a golear y roinar "arios emuones caus+ndole heridas en el cuello' Segú Segúnn indi indicó có el adr adre, e, el o"e o"enn es drog drogod ode een endi dien ente te y la agre agresi sión ón se rod rodu uoo or or habe haberl rlee rerochado la sustracción de 100 . del bolso de la madre, manifiesta (ue tales eisodios se "enían reitiendo últimamente con mayor frecuencia'
Se pide: Actuación básica. Normativa aplicable. Medidas cautelares procedentes. ndicar las dili!encias "ue conforman el atestado a la autoridad #udicial a instruir.
SO$U%&N: Actuación básica. /n rimer lugar traslado urgente al lugar y comrobar la "eracidad de lo denunciado' na "e comrobados, se re(uerir+ a los moradores ara (ue faciliten el acceso a la "i"ienda, recoilando todos los datos osibles sobre los hechos e identificación de los inter"inientes en los mismos' /l artículo 55% de la 3ecrim' faculta a los agentes a la entrada en la "i"ienda sin necesidad de orden udicial, en los casos de flagrante delito4' /n segundo lugar, y una "e oída las manifestaciones de los erudicados u ofendidos, rocederemos a la detención del inculado, lectura de derechos conforme los artículos 11# y 520 de la 3ecrim' Comarecencias de erudicados u ofendidos e información de derechos conforme los artículos 1'1', 109 y 110 de la 3ecrim' Si las lesiones son le"es, los hechos se tramitar+n mediante el rocedimiento 6), rocedi*ndose a citar a las artes, de conformidad a lo disuesto en el artículo 97 de la 3ecrim' Normativa aplicable. 8ariable Si e:isten lesiones gra"es, es de alicación el Artículo 1%'2 del C;' Si las lesiones son le"es Artículo 1< del mismo te:to legal' Normativa fi#a: Art' 25 3)=)3 >#54 Art'5 3? 2>#7 de @@CCSS// @orma de actuar Art' 5% 3? 2>#7 de @@CCSS// @unciones de la ;olicía 3ocal Art' 17 3? <>2015 3;SC identificaciones Art' 203? <>2015 3;SC )egistros cororales e:ternos
$O '()*+ del %ódi!o Penal Artículo 10' C;' Son delitos las acciones y omisiones dolosas o imrudentes enadas or la ley' Artículo 11' 3os delitos (ue consistan en la roducción de un resultado Artículo 1%' 1' Son delitos gra"es las infracciones (ue la 3ey castiga con ena gra"e' 2' Son delitos menos gra"es las infracciones (ue la 3ey castiga con ena menos gra"e' %' Son delitos le"es las infracciones (ue la ley castiga con ena le"e' Artículo 15' C;' Son unibles el delito consumado y la tentati"a de delito' Artículo 19' 3os menores de dieciocho a-os no ser+n resonsables criminalmente con arreglo a este Código' Cuando un menor de dicha edad cometa un hecho delicti"o odr+ ser resonsable con arreglo a lo disuesto en la ley (ue regule la resonsabilidad enal del menor' Artículo 20' /:imentes Artículo 21' C;' Atenuantes Artículo 22' Agra"antes Artículo 2' Son resonsables criminalmente de los delitos los autores y los cómlices'
Son autores (uienes realian el hecho or sí solos, conuntamente o or medio de otro Artículo 2#'
del (ue se sir"en como instrumento . ambi*n ser+n considerados autores a4 3os (ue inducen directamente a otro u otros a eecutarlo' b4 3os (ue cooeran a su eecución con un acto sin el cual no se habría efectuado Artículo 29' Son cómlices los (ue, no hall+ndose comrendidos en el artículo anterior, cooeran a la eecución del hecho con actos anteriores o simult+neos'
,erec-os del investi!ado del detenido / del per#udicado u ofendido. Berechos del in"estigado, no detenido Artículo 11# 3ecrim' Berechos del in"estigado y detenido Artículos 11# y 520 3ecrim' Berechos del erudicado u ofendido Artículos 109 y 110 3ecrim' 3ey %5>95 ara delitos "iolentos o se:uales, adem+s de los anteriores'
Medidas cautelares procedentes. Betención del autor material de los hechos' Se re(uiere denuncia del erudicado u ofendido' /n función de la gra"edad de los hechos, se resentar+ en el ugado detenido o bien una "e finaliadas las diligencias se ondr+ en libertad'
ndicar las dili!encias "ue conforman el atestado a la autoridad #udicial a instruir. ;?)ABA B?C!/? )/S!/ BD3DE/CDA DDCDA3 BD3DE/CDA B/ D/)8/CDF BD3DE/CDA DB/D@DCACDF ACA B/CDA B/ ;A)DC3A) ACA B/)/CG?S ;/)6BDCAB? ?@/BDB? CHB3A CDACDF 6)' BD3DE/CDA AC/)B? !A//) 3A B//CDF ACA B//CDF / DS)CCDF B/ B/)/CG?S A3 D8/SDEAB? BD3DE/CDA B/ C!;3D!D/? BD3DE/CDA ;/)S?ACDF 3/)AB? I AC/)B? ?!A) B/C3A)ACD? ACA B/C3A)ACDF CHB3A CDACDF BD3DE/CDA AC/)B? ;/SA / 3D=/)AB BD3DE/CDA B/ A/C/B//S BD3DE/CDA B/ D@?)!/ BD3DE/CDA S?=)/ B?C!/ACDF AB6A BD3DE/CDA @DA3 I )/!DSDF