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¿Qué es el certificado registral inmobiliario? Compre sobre seguro y antes de firmar un contrato o escritura por la compra de un departamento, obtenga su C.R.I.
El Certificado Registral Inmobiliario (C.R.I.), es un documento expedido por los Registros Públicos, que certifica: - La descripción del inmueble (Características como medidas del terreno, la construcción, etc.). - El titular del dominio registral (Quién es el dueño actual y quiénes fueron los anteriores) - Los gravámenes y cargas inscritos a la fecha (Es decir demandas, embargos, arrendamientos, etc.). - Títulos pendientes de inscripción (Bloqueos, hipotecas, transferencias, etc.). La certificación o certificado registral le otorga una presunción de legalidad a los actos y contratos inscritos, y se encuentran bajo la protección y amparo de la ley. Esta información toma la historia registral del inmueble de 30 años aproximadamente. Esta certificación registral se obtiene luego de un sencillo trámite que le garantizará la seguridad jurídica de su inmueble y que debe recabar cada vez que vaya a formalizar la compra de una vivienda. Es decir, si quiere comprar sobre seguro y evitar sorpresas desagradables, antes de firmar un contrato o una escritura, obtenga el C.R.I. del inmueble. Este documento se tramita en las oficinas de los Registros Públicos. Para ello, se debe llenar de manera correcta el formato. Como se trata de información pública no es necesario que el mismo titular del inmueble la solicite; lo puede solicitar cualquier persona que tenga algún interés sobre el predio.
OJO. El C.R.I. también es solicitado por entidades financieras (bancos y similares) con el objeto de poder aprobar o no un crédito hipotecario, o en su defecto para el financiamiento de la ejecución de algún proyecto inmobiliario tal como edificación de multifamiliares, condominios edificios y otros.
¿Cómo leer la partida registral de un inmueble? Revisar esta información es primordial para evitar sorpresas y problemas futuros. 20 de junio del 2016 - 8:41 AM
La partida registral es un documento expedido por los Registros Públicos donde se detalla toda la historia de un determinado bien inmueble (propietarios anteriores, propietarios actuales, área del inmueble, existencia de gravámenes, entre otros). Es decir, si alguien está interesado en comprar un predio o adquirir algún derecho sobre dicho bien, antes de firmar el contrato debe revisar su partida registral a fin de verificar quién es su verdadero dueño, conocer susituación actual y evitar sorpresas y problemas futuros. La partida registral puede solicitarse en cualquier oficina de la Sunarp; para ello basta que indique el número de la partida. En caso desconozca el número, puede hacer una búsqueda por el nombre del propietario. ¿Qué información contiene la partida registral del inmueble/predio? - Antecedente Dominial: Se anotan los antecedentes del predio. Por ejemplo, si este deriva de un inmueble de mayor extensión, aquí se precisará dicha situación. - Descripción del inmueble: Se anotan las características físicas y descripciones del bien inmueble, como ubicación, área del terreno, etc. - Títulos de Dominio: Se anotan todas las transferencias que la propiedad haya tenido. - Gravámenes y cargas: Se anotan las afectaciones judiciales y extrajudiciales como embargos, hipotecas legales, cargas técnicas, etc. - Cancelaciones: Se anotan los levantamientos de las afectaciones judiciales y extrajudiciales que pueda tener la propiedad. - Registro personal: Se anotan los divorcios, separación de bienes, muerte presunta, herencias, etc. ¿Cómo leer dicha información? - En los Títulos de Dominio se debe verificar si el que vende es el verdadero propietario, su nombre deberá aparecer en esta sección como el último dueño. - En la Descripción del Inmueble se debe verificar si el 100% de la construcción existente sobre el terreno se encuentra inscrita. - En los Gravámenes y Cargas se debe revisar si la propiedad tiene alguna afectación como una hipoteca, embargo, anotación de demanda, hipoteca legal, arrendamiento, anticresis, bloqueo registral o alguna carga técnica - En las Cancelaciones se debe verificar si los gravámenes o cargas indicadas han sido levantadas.
- En el Registro Personal debe verificar si la propiedad no está incluida en un proceso de separación de bienes, muerte presunta u otras situaciones personales como incapacidad del propietario, declaración de herederos, etc. Al revisar la partida registral es recomendable verificar que no existan títulos pendientes en trámite de inscripción. De haberlo, es recomendable solicitar la lectura del título en trámite, a fin de conocer qué acto o derecho se pretende inscribir, ya que el mismo podría eventualmente generar un cambio sobre las situaciones o derechos que actualmente están inscritas en el registro.
Igualmente, en la partida registral también se pueden verificar otras situaciones de especial relevancia, tales como si el propietario del inmueble mantiene a su vez una inscripción en el Registro Personal de la oficina donde se encuentra inscrito el inmueble; existencia de duplicidades o superposiciones de área.
¿Cómo inscribir una sucesión intestada? Su importancia radica en que a partir de esta, se tiene la certeza de la vocación de la calidad de heredero. 31 de mayo del 2016 - 4:17 PM
La inscripción de este acto tiene por fin dar a conocer los nombres de las personas a quienes se les ha reconocido – notarial o judicialmente- su condición de herederos respecto de determinado causante, declarándolos como sus herederos legales. Esta inscripción es importante porque a partir de ella se tiene certeza de la vocación de la calidad de heredero. Al no haber manifestación de voluntad del que otorga la herencia, esta será sustituida por la ley que dispondrá el orden entre los herederos y la parte que le corresponderá a cada uno de ellos. El fundamento de esto radica en la necesidad que no queden posiciones jurídicas vacantes respecto a la titularidad de los bienes. Entre los principales requisitos para lograr la inscripción de una sucesión intestada tenemos los siguientes:
- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. - Copia del Documento Nacional de Identidad vigente del presentante. - En el caso se trate de un parte notarial, se requiere acta notarial de sucesión intestada. - En el caso se trate de un parte judicial, se requiere oficio del juez, y copias certificadas por el auxiliar jurisdiccional competente de la resolución que declara herederos y de la resolución que declara consentida o ejecutoriada la misma.
¿Cómo inscribir una empresa de responsabilidad limitada en los registros públicos? Conoce los requisitos para formar una EIRL. 13 de junio del 2016 - 8:35 AM
Una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) es aquella que se constituye por la decisión de una sola persona, cuyo patrimonio es distinto al de su propietario y para el desarrollo exclusivo de actividades económicas de pequeña empresa. A continuación, te presentamos los requisitos para formar una EIRL. - Formato de solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita en las oficinas de la Sunarp) debidamente llenado y firmado por el presentante. - Copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI) del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. - Parte notarial de la escritura pública de constitución de empresa, expedida por el notario público (conteniendo el estatuto, el nombramiento del gerente y los documentos que acrediten el capital). - Pago de derechos registrales. - El plazo de calificación no superará las 24 horas. Se recomienda realizar previamente una reserva de nombre (no es un trámite obligatorio para la constitución, pero sí es altamente recomendable, para evitar observaciones del Registro así como gastos notariales adicionales porque el nombre ya esté registrado o concedido a favor de otra persona). OJO: La escritura pública de tu futura EIRL deberá contemplar lo siguiente: • El nombre, nacionalidad, estado civil, nombre del cónyuge (si fuera casado) y domicilio del titular(otorgante). •
La voluntad del titular de constituir la empresa y de efectuar sus aportes.
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Domicilio de la empresa.
• Una denominación que permita individualizarla, seguida de las palabras "Empresa Individual de Responsabilidad Limitada" o de las siglas "E.I.R.L.", no pudiendo adoptar una denominación igual a la de otra persona jurídica preexistente o un nombre que cuente con reserva de preferencia registral. El objeto social debeseñalar clara y precisamente los negocios y operaciones que lo constituyen. Se entiende que están incluidos en el objeto social, todos los actos relacionados con este y que coadyuven a la realización de sus fines empresariales. La empresa no puede tener por objeto desarrollar actividades que la ley atribuye con carácter exclusivo a otras entidades o personas. El capital de la empresa lo constituyen los bienes que se aportan y su valorización. Una persona natural puede ser propietaria de una o más EIRL.
¿Cómo se registra una sociedad anónima? Te enseñamos cómo registrarla y qué detalles incluir en la elaboración de su estatuto. 10 de junio del 2016 - 8:45 AM
Una vez definida la clase de Sociedad Anónima que deseas establecer, el siguiente paso es formalizarla e inscribirla en Registros Públicos. A continuación, los pasos que debes seguir. - Formato de solicitud de inscripción de título (formulario de distribucióngratuita en las oficinas de la Sunarp) debidamente llenado y firmado por el presentante. - Copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI) del presentante, con laconstancia de haber sufragado en las últimas elecciones o habersolicitado la dispensa respectiva. - Parte notarial de la escritura pública de constitución de sociedad,expedida por notario público (conteniendo inserto el pacto social, asícomo el estatuto, el nombramiento de los órganos de administracióny los documentos que acrediten el capital respectivo conforme al Art.35 del Reglamento del Registro de Sociedades). - Plazo de calificación: 24 horas. Se recomienda realizar previamente una reserva de nombre (no es un trámiteobligatorio para la constitución, pero sí es altamente recomendable, paraevitar observaciones del Registro así como los gastos notariales adicionalesporque el nombre ya esté registrado o concedido a favor de otra persona). Contenido del Pacto Social: - Datos de los fundadores - Manifestación de voluntad de los accionistas de constituir unasociedad - Monto del capital y las acciones en que se divide el capital - Forma en que se paga el capital y el aporte de cada accionista - Nombramiento de los primeros administradores - Estatuto Contenido obligatorio del Estatuto: - Denominación de la Sociedad - Descripción detallada del objeto social conforme lo dispone el art. 11de la Ley General de Sociedades y Art. 26 del Reglamento del Registrode Sociedades (señalar de manera clara y precisa los negocios uoperaciones que constituyen su objeto social) - Domicilio de la Sociedad - Fecha de inicio de actividades y plazo de duración de la Sociedad
- Monto del capital y número de acciones en que está dividido; valornominal de cada acción y monto pagado por cada acción suscrita - Régimen de los órganos de la Sociedad - Requisitos para acordar el aumento o disminución del capital ypara cualquier otra modificación del pacto social o estatuto - Forma y oportunidad en que debe someterse a la aprobación de losaccionistas la gestión social y el resultado de cada ejercicio - Normas para la distribución de utilidades - Régimen para la disolución y liquidación de la Sociedad
¿Cuántas formas de sociedad anónimas existen? Una Sociedad Anónima la constituyen dos socios como mínimo, pero existen formas especiales de asociarse. ¡Conozcámoslas! 09 de junio del 2016 - 12:29 PM
La Sociedad Anónima se constituye con un mínimo de dos socios, que pueden ser personas naturales o jurídicas, las cuales acuerdan aportar bienes y/o capital para el ejercicio en común de actividades económicas. A continuación conoceremos las formas especiales de una Sociedad Anónima. Sociedad Anónima Cerrada - No más de 20 accionistas - No tiene acciones inscritas en los Registros Públicos del Mercado de Valores - Debe incluir la indicación "Sociedad Anónima Cerrada" o las siglas "S.A.C" - Pueden pactarse limitaciones para transmitir las acciones - Convocatoria a Junta General de Accionistas mediante esquelas con cargo de recepción, fax, correo electrónico u otro medio con constancia de recepción - Pueden realizar juntas no presenciales - Es opcional tener directorio Sociedad Anónima Abierta - Debe incluir la indicación "Sociedad Anónima Abierta" o las siglas "S.A.A" - Haber hecho oferta pública primaria de acciones u obligaciones convertibles en acciones - Tener más de 750 accionistas
- Que más del 35% del capital pertenezca a 175 o más accionistas, sinconsiderar dentro de ese número a aquéllos cuya tenencia accionariaindividual no alcance el 2 por mil del capital o exceda del 5% delcapital - Haberse constituido como tal - Se apruebe por la totalidad de accionistas la adaptación a dichorégimen - Convocatoria a Junta General de Accionistas mediantepublicaciones Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada - Está constituida por un grupo de personas naturales y/o jurídicas, ennúmero máximo de 20 que aportan bienes y/o capital para realizar unaactividad económica - Su capital social está representando porparticipaciones sociales que se transfieren por escritura pública y seinscriben en la partida registral de la sociedad - Tiene como órganosa la Junta General y al Gerente General - No tiene directorio
¿Qué es una organización social de base y cómo registrarla? Pueden formarse por iniciativa de la población para contribuir con el desarrollo social, económico y cultural de su localidad. 08 de junio del 2016 - 8:37 AM
Las Organizaciones Sociales de Base (OSB) son organizaciones autogestionarias constituidas por iniciativa de los pobladores que buscan contribuir al desarrollo integral de la localidad, resolver problemas de índole social, económico y cultural para mejorar las condiciones de vida de sus integrantes. Es importante tener en cuenta que tienen existencia legal y personería jurídica de derecho privado a partir de su inscripción en los Registros Públicos. En consecuencia, son personas jurídicas sin fines de lucro regidas por una normatividad especial. Entre las Organizaciones Sociales de Base podemos encontrar: - Comedores populares autogestionarios. - Centro materno-infantiles. - Centros familiares. - Cocinas familiares. - Comités de vaso de leche. - Clubes de Madres. - Otras organizaciones que brinden apoyo alimentario a la población de menores recursos. Requisitos para su registro en la Sunarp - Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita en las oficinas de la Sunarp) debidamente llenada y firmada por el presentante.
- Copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI) del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. - Copia autenticada por funcionario de la municipalidad de la resolución que autoriza su registro. - Copia autenticada por fedatario o certificada por notario público del acta de la asamblea general de constitución OSB, de la aprobación del estatuto que incluya el texto completo del estatuto y la elección del primer consejo directivo. - Declaración jurada con firma legalizada por notario público o autenticada por fedatario del (la) presidente (a) del consejo directivo, señalando que los documentos indicados en el punto anterior son de igual contenido que los presentados ante el registro del gobierno local correspondiente. - Pago de derechos registrales. Modalidades de constitución en los Registros Públicos Para la primera inscripción de la Organización Social de Base en los Registros Públicos se han establecido dos modalidades que son de uso facultativo de los interesados: - Con inscripción previa en el RUOS.- Son aquellas Organizaciones Sociales de Base que se inscriben en el Registro Único de Organizaciones (RUOS) del gobierno local, previamente a su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas – Libro de Organizaciones Sociales de Base de la Sunarp. - Con inscripción directa en los Registros Públicos.- Son aquellas Organizaciones Sociales de Base que se inscriben, directamente en el Libro de Organizaciones Sociales de Base del Registro de Personas Jurídicas de la Sunarp
Reglamentando los espacios en común La convivencia en una quinta, edificio, galerías comerciales, galerías u otras unidades inmobiliarias con espacios comunes, también puede ser reglamentada. 06 de junio del 2016 - 9:05 AM
Las ciudades están creciendo verticalmente y cada vez es más frecuente adquirir un departamento como vivienda o establecer tu negocio dentro de una galería o centro comercial. Es decir, compartir espacios en común se ha vuelto moneda corriente pero ¿sabía usted que se pueden establecer las normas de convivencia a través de un reglamento interno que debemos inscribir en los Registros Públicos? El Reglamento Interno es el estatuto que contiene normas relativas a derechos y obligaciones de los propietarios y administración de las unidades de dominio exclusivo sujetas al régimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común o Independización y Copropiedad. Requisitos especiales para la inscripción - Criterio para la asignación de porcentajes sobre las zonas comunes. - Relación de bienes de propiedad común con calidad de intransferibles. - Régimen de la Junta de Propietarios. - Remisión al título archivado. Formalidad del Reglamento Interno
- Documento privado con firma legalizada por notario - Escritura pública Otros actos inscribibles - Constitución de la junta de propietarios. - Elección del presidente de la junta de propietarios, junta directiva.
¿Cómo realizar un testamento por escritura pública? Un notario es el encargado de asentar la voluntad testamentaria en los Registros Públicos. 04 de junio del 2016 - 12:24 PM
La voluntad testamentaria, puede ser otorgada por Testamento Cerrado, Testamento por Escritura Pública, Testamento Ológrafo o por testamentos especiales como el Marítimo o el Militar. | Fuente: Imagen de Sunarp Anteriormente habíamos sostenido que es recomendable acudir a un notario para elaborar un testamento por Escritura Pública. En esta oportunidad te explicaremos qué pasos seguir. Recordemos que el testamento es el documento donde se expresa la última voluntad del propietario de un bien mueble y/o inmueble, quien decidirá sobre la forma cómo ordenar y distribuir su patrimonio. La voluntad testamentaria, puede ser otorgada por Testamento Cerrado, Testamento por Escritura Pública, Testamento Ológrafo o por testamentos especiales como el Marítimo o el Militar. Conozcamos qué pasos seguir para elaborar un testamento por Escritura Pública: - El testador debe acudir a la notaría para dar a conocer su última voluntad. Es necesario que dos testigos estén presentes durante el dictado o la entrega escrita de sus deseos. - El testamento es leído por el notario en presencia de los testigos. Una vez leído el testamento y aprobado por el testador, los testigos, así como el notario y el testador, deberán firmar el documento; cada una de las páginas en caso de haber varias. - El notario asienta el testamento en Escritura Pública al Registro de Testamentos. Aquí se detallan la fecha del otorgamiento, las hojas oficiales donde se encuentra en el Registro, el nombre del notario, el testador, los testigos, así como los bienes muebles y/o inmuebles a heredar. - Se debe tomar en cuenta que si el testador es una persona mayor, se necesita un certificado médico para demostrar que la persona está lúcida y goza de sus facultades mentales, esto en caso de un intento de impugnación, a pesar que se haya hecho la escritura frente al notario. - Mientras el testador esté vivo, para el notario está prohibido dar información sobre el contenido del testamento. En caso que los parientes busquen información, deberán acercase a Registros Públicos, donde solo se indicará la existencia o no de un testamento. - Es conveniente registrar el testamento porque esto da seguridad sobre su autenticidad. Entre otros beneficios evita conflictos familiares por la posesión de los bienes.
- Si tiene una familia numerosa lo mejor es elaborar anticipadamente un testamento e inscribirlo en Sunarp para evitar conflictos entre parientes. Así, el deseo de quien deja la herencia estará registrado ante notario público, el cual hará cumplir su voluntad.
¿Por qué es más recomendable elaborar un testamento por escritura pública? De todas las clases de testamento existente, el más recomendable es aquel que se efectúa por escritura pública. 30 de mayo del 2016 - 8:41 AM
Las pugnas familiares que ocasionalmente provocan el reparto de los bienes o de una herencia sin testamento hacen necesario conocer qué documentos y qué pasos seguir para evitar que el dolor se agrave con conflictos materiales. Dentro de las clases de testamentos existentes, el más recomendable es el testamento por escritura pública. El interesado en esta modalidad debe ir acompañado de dos testigos (que no pueden ser familiares, beneficiarios del acervo, entre otros) a la notaria para expresar su última voluntad. En caso de personas mayores es aconsejable llevar un certificado médico de salud mental, pues aunque en estricto basta el notario para dar fe de la capacidad del testador, el certificado coadyuva en caso de una impugnación. En cuanto a los documentos que acrediten la propiedad de lo que se heredará, la acreditación ante el notario no puede ser tan rigurosa, pues el acto recién será eficaz a la muerte del testador. Sin embargo, se sugiere llevar copia de la partida registral si desea mayores garantías. ¿Qué ocurre si el causante fallece sin otorgar un testamento? Se recurre al procedimiento de sucesión intestada, a elección del solicitante, en una sede notarial o judicial, para declarar quiénes tienen derecho a reclamar la herencia de su causante, sean o no herederos forzosos, aplicando los órdenes sucesorios (art. 816 del C.C.) y excluyéndose unos a otros. El notario público o el juez declararán en el procedimiento 'No Contencioso de Sucesión Intestada' a los herederos, aplicando la Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos (Ley 26662).
¿Cómo pueden los convivientes declarar una unión de hecho? Convivientes pueden preservar sus derechos patrimoniales o de propiedad. 27 de mayo del 2016 - 8:33 AM
La unión de hecho sirve para determinar con exactitud los bienes muebles e inmuebles que les corresponden a cada parte de una pareja en caso de separación y así evitar una injusta redistribución de su patrimonio. | Fuente: Imagen de Sunarp
La unión de hecho es una unión estable entre varón y mujer, libres de impedimento matrimonial, que forman un hogar con las finalidades semejantes a la del matrimonio.¿Sabía que los convivientes al inscribir su unión de hecho en el Registro de Personas Naturales de la Sunarp están obligados a definir con precisión tanto la fecha de inicio de esta relación como la de su desenlace, en el caso que este ocurriera? Esto a fin de diferenciar con exactitud los bienes muebles e inmuebles que les corresponden y evitar una injusta redistribución de sus patrimonios. En consecuencia, ahora los convivientes podrán preservar sus derechos patrimoniales o de propiedad. Para ello, los Notarios pueden tramitar el reconocimiento de la unión de hecho que reúna los requisitos indicados.La solicitud debe incluir lo siguiente: Nombres y firmas de ambos solicitantes. Reconocimiento expreso que conviven no menos de dos años de manera continúa. Declaración expresa de los solicitantes que se encuentran libres de impedimento matrimonial y que ninguno tiene vida en común con otro varón o mujer, según sea el caso. Certificado domiciliario de los solicitantes. Certificado negativo de unión de hecho tanto del varón como de la mujer, expedido por el registro personal de la oficina registral donde domicilian los solicitantes. Declaración de dos testigos indicando que los solicitantes conviven dos años continuos o más. Otros documentos que acrediten que la unión de hecho tiene por lo menos dos años continuos. Posteriormente, el Notario extiende la escritura pública con la declaración del reconocimiento de la unión de hecho entre los convivientes y luego remite partes al Registro Personal del lugar donde estos domicilian.En caso de oposición el Notario suspende inmediatamente su actuación y remite lo actuado al juez correspondiente.Si cualquiera de los solicitantes proporciona información falsa para sustentar su pedido ante el Notario, será pasible de responsabilidad penal.
Si los convivientes desean dejar constancia de haber puesto fin a su estado de convivencia podrán hacerlo por escritura pública en la cual podrán liquidar el patrimonio social. En este caso no se necesita hacer publicaciones. El reconocimiento del cese de la convivencia también se inscribe en el Registro Personal.
¿Qué debes hacer (y saber) si quieres vender tu casa o departamento? Tenga en cuenta las siguientes consideraciones si desea poner en venta su propiedad. 05 de mayo del 2016 - 8:29 AM
Es importante identificar los ventajas diferenciales de su casa, como por ejemplo, si está en una esquina o frente a un parque. | Fuente: Imagen de Sunarp Al igual que comprar, vender un inmueble es una decisión muy importante que trae consigo varias consideraciones antes, durante y después de la transacción. La siguiente es una guía de lo que debe hacer si desea vender su casa, departamento o terreno.
Verifique los valores diferenciales de su producto: Por ejemplo, un inmueble en una esquina, con vista al parque y seguridad permanente, tiene mayor valor que uno sin estas características. Asimismo, un inmueble cuya edificación ha sido registrada (declaratoria de fábrica) tendrá mayor valor que uno cuya construcción o modificación no ha sido inscrita. Solicite una valorización o tasación para conocer el valor real de su propiedad. Recopile la siguiente documentación: Copia Literal del Inmueble (se solicita en los Registros Públicos), Hoja Resumen (HR) y Predio Urbano (PU) (se solicita en las municipalidad del distrito donde se ubica el inmueble) y verifique que está acreditado para realizar la transacción y que no haya incompatibilidad entre los datos de estos documentos y los de la Partida Registral. Si tiene ocupantes en el inmueble, cerciórese de la voluntad de salida de los mismos. Luego de realizar la transacción: acérquese a la municipalidad del distrito donde se ubica el inmueble y solicite la ‘baja’del inmueble. Este trámite debe realizarse con una vigencia máxima de un mes luego de firmada la minuta. De ser necesario, se recomienda contar con los servicios de una compañía especializada en la intermediación inmobiliaria, pues ellos cuentan con personal capacitado para llevar una operación con transparencia y solucionar los problemas que podrían suscitarse. Recuerde que la seguridad en una operación inmobiliaria es tarea de las dos partes: el vendedor y el comprador.
¿Qué debes hacer (y saber) si quieres comprar un vehículo usado? Te enseñamos qué pasos seguir al momento de comprar un automóvil usado. 24 de mayo del 2016 - 8:46 AM
Si estás pensando en comprar un carro de segunda mano, hace falta que hagas los trámites que comprenden a la compra a través de un notario. De esta manera, podrías librarte de una estafa. | Fuente: Imagen de Sunarp
La compra de un vehículo seminuevo o usado es una decisión que se debe revisar al detalle, no solo debido a que pueda tener algún desperfecto del que nadie nos informó, sino porque se trata de un bien que acarrea ciertas responsabilidades. Si estás a punto de adquirir un carro de segunda mano,hace falta que hagas los trámites que comprenden a la compra a través de un notario. De esta manera, podrías librarte de una estafa. A continuación, te presentamos qué pasos a seguir al momento de comprar un auto usado. - Revisar el historial de multas del vehículo. Esto lo puedes hacer a través del sitio web del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la región correspondiente. - Exigir que el vendedor presente la Tarjeta de Identificación Vehicular (TIV) o Tarjeta de Propiedad emitida por la Sunarp, y una copia del SOAT. Esto es importante debido a que a través de este documento podremos verificar si el vehículole pertenece o no al vendedor.
- A continuación, se debe elaborar un acta notarial de transferencia, donde se especificará quién es el nuevo propietario del carro, a cuánto asciende el monto de la venta, el registro del SOAT y las características del vehículo. El notario tendrá que enviar el acta a la Superintendencia de los Registros Públicos (Sunarp), para que quede constancia que el vehículo tiene un nuevo dueño. La Sunarp hará una nueva Tarjeta de Identificación Vehicular que se te entregará a través de la notaría, salvo que el anterior propietario ya cuenta con la ‘nueva tarjeta’, en cuyo caso deberá entregarla al comprador. - Recuerda que los pagos del SOAT del vehículo deben estar en orden. En caso contrario, el notario no aceptará la venta de la unidad. Lo mismo ocurre en el caso que no se haya efectuado el pago del impuesto vehicular o que no se cuente con el Certificado de Revisión Técnica vigente del vehículo. Un dato importante, es que el comprador tiene la obligación de indicar el origen del dinero utilizado para la compra del vehículo.
¿Cómo funciona el sistema de Inmovilización Temporal de la Sunarp? Mediante la inmovilización temporal puedes proteger tus propiedades hasta por diez años Se recomienda inmovilizar un inmueble cuando por motivos de trabajo u otro el propietario tenga que salir de su ciudad por un tiempo prolongado. | Fuente: Imagen de Sunarp Otro instrumento para reforzar la seguridad de tu propiedad es la Inmovilización temporal y voluntaria de Partidas en el Registro de Predios. Este servicio permite al propietario con derecho inscrito ‘cerrar’ de manera voluntaria y temporal la partida donde se encuentre inscrita su propiedad, inmovilizándola a fin de impedir que personas inescrupulosas realicen transferencias, cargas o gravámenes en dicha partida. Para solicitar la inmovilización temporal, el titular registral del predio debe acercarse a la Sunarp. En el supuesto que el titular del inmueble sea una sociedad conyugal deberán intervenir ambos. ¿En qué casos se recomienda inmovilizar una propiedad? Se recomienda inmovilizar un inmueble cuando por motivos de trabajo u otro el propietario tenga que salir de su ciudad por un tiempo prolongado; osimplemente cuando no piensa transferir o gravar su predio. También se recomienda la inmovilización cuando se tiene dos o más propiedades y solo se va a ocupar una de estas. Requisitos: Formulario de solicitud de inscripción (gratuito) Escritura Pública donde el (los) propietario(s) manifieste(n) su voluntad de inmovilizar temporalmente el predio. Declaración Jurada del propietario o propietarios, donde se declare bajo juramento que el predio sobre el cual se solicita la inmovilización temporal, no ha sido transferido o se encuentre afectado de carga y/o gravamen en la fecha anterior de la declaración jurada. Pago de derechos registrales (S/ 40.00)
¿Cuánto tiempo se puede inmovilizar una partida? La inmovilización temporal tendrá una vigencia máxima de 10 años, contados desde el día de su presentación en el Registro. También se podrá solicitar un plazo menor, para lo cual deberá mencionarlo en forma expresa en la Escritura Pública. La inmovilización caducará de pleno derecho en el plazo establecido.
En el caso que se desee levantar la inmovilización antes del plazo será necesario una escritura pública de levantamiento de inmovilización y efectuar el trámite en Registros Públicos.
¿Cuáles son los pasos previos para efectuar una transferencia vehicular? El paso posterior a la inmatriculación de un vehículo, o lo que es lo mismo, a la elaboración de su partida de nacimiento. 23 de mayo del 2016 - 9:28 AM
En la entrega anterior les contamos que hoy conoceríamos la importancia de la inmatriculación de un vehículo. Pues bien, es gracias a la inmatriculación que se abre una partida registral por cada vehículo. En la partida registral se efectuará la primera inscripción de dominio -quién es el propietario-, las características del vehículo – modelo, marca, número de motor, número de chasis, color entre otros-, las transferencias posteriores, los contratos de prenda y demás gravámenes, así como su modificación y cancelación, entre otros (embargos). A partir de ello se puede efectuar una transferencia vehicular, la misma que puede ser: En mérito al Acta Notarial de Transferencia de propiedad vehicular. Cuando se realice una transferencia por donación, en el asiento de inscripción constarán, el valor del vehículo y en su caso las cargas que ha de satisfacer el donatario. Si se solicita registrar un anticipo de legítima, debe acreditarse la condición de heredero forzoso, mediante la copia certificada de la partida de nacimiento expedida por el Registro Civil respectivo, copia legalizada o inserta en el acta notarial respectiva. Si existiera una cláusula de reversión, está deberá de ser publicitada mediante otro asiento registral.
Desde febrero pasado, y solo en la Oficina Registral de Lima ubicada en la Av. Javier Prado Este 183 – San Isidro, la Sunarp amplió el servicio de presentación electrónica del parte notarial con firma digital al acto de compraventa de vehículos, para aquellos vehículos que se encuentren inscritos en la mencionada Oficina Registral de Lima, a través del Sistema de Intermediación Digital- SID Sunarp.
¿Qué debo hacer si decido cambiar el color de mi vehículo?
Todo cambio de características en nuestro vehículo debe ser inscrito en los Registros Públicos. 25 de mayo del 2016 - 8:39 AM
Circular con características diferentes a las señaladas en la Tarjeta de Identificación Vehicular (TIV) constituye una infracción. | Fuente: Imagen de Sunarp Si decidimos cambiar el color, motor, tipo combustible o cualquier otra particularidad de nuestro automóvil, debemos registrarlo necesariamente en los Registros Públicos, pues circular con con características diferentes a las señaladas en la Tarjeta de Identificación Vehicular (TIV) constituye una infracción. El trámite de cambio de características se hace a través de cualquier notaria. ¿Qué documentos debo presentar para hacer efectivo el cambio? - Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. - Copia del Documento Nacional de Identidad vigentedel presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. - Formulario numerado del Colegio de Notarios, en el que se indique la nueva categoría y, en su caso, las nuevas características del vehículo, con firma legalizada del propietario con derecho inscrito. - Certificado de Conformidad de Modificación en el que se indique que las modificaciones efectuadas no afectan negativamente la seguridad del vehículo, el tránsito terrestre, y el medio ambiente, ni incumplen las condiciones técnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehículos. - Pago de derechos registrales. - Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. - La Tarjeta de Identificación Vehicular con las nuevas características será expedida por la Sunarp, y entregada a través de la notaria donde se hizo efectivo el trámite. Cabe señalar que desde el 15 de agosto de 2013 en Lima y del 2 de setiembre de 2013 en el resto del país, la Sunarp viene emitiendo la Tarjeta de Identificación Vehicular (TIV), la misma que cuenta con sistemas de seguridad que impiden su falsificación, clonación o mal uso en general.
Este modelo de tarjeta tiene un pre-diseño de uso exclusivo con holograma adhesivo que cambia de color a contraluz; con numeración que no se repite a nivel nacional y film holográfico con variadas características. La tarjeta está hecha de material de policloruro de vinilo; con luz ultravioleta y no consigna el nombre del propietario.
¿Qué servicios ofrecen los Registros Públicos y cómo hacen fácil tu vida? En los Registros Públicos podrás inscribir desde tu casa, departamento, terreno, auto o mototaxi, hasta poderes y testamentos; así como constituir empresas, asociaciones u otros. 03 de mayo del 2016 - 11:30 AM
La Sunarp brinda los servicios de Registro de Propiedad Inmueble y Registro de Personas Naturales, entre otros. | Fuente: Imagen de maxxelli-consulting.com La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos-Sunarp brinda los servicios de Inscripción de actos y derechos que cumplen los requisitos de ley y Publicidad Registral, publicitando los actos y derechos inscritos. Servicios de inscripción: - Registro de Propiedad Inmueble: Donde debes inscribir tu casa, departamento, terreno, Declaratoria de Fábrica (construcciones que se realizan en la propiedad), hipotecas, urbanizaciones, subdivisiones e independizaciones y otros actos. - Registro de Personas Naturales: Donde se inscriben los testamentos, mandatos, poderes, sucesiones intestadas, divorcios, uniones de hecho, etc. - Registro de Personas Jurídicas: Se inscriben las asociaciones, cooperativas, sociedades anónimas, sociedades comerciales de responsabilidad limitada (S.R.L.), sucursales, empresas individuales de responsabilidad limitada (E.I.R.L.), aumentos de capital, fusiones, modificación de estatutos, comunidades, rondas campesinas, etc. - Registro de Bienes Muebles: Se inscriben los vehículos, la constitución y preconstitución de garantías mobiliarias, cesión de derechos, fidecomisos, arrendamientos, medidas cautelares, etc. Servicio de Publicidad Registral: A través de los siguientes certificados: - Copia informativa o copia simple - Copias literales de Inmuebles, personas jurídicas, sucesiones, etc. - Compendiosos: Certificado Negativo de Propiedad. Certificado Negativo de Sucesión Intestada y Testamentos. Certificado de Gravamen. Certificado de Búsqueda Catastral, etc. Vigencia de Poder, Boleta Informativa de Vehículos, entre otros.
¿Qué debes hacer para no ser víctima de un fraude? Conoce cuáles son los mecanismos preventivos implementados por la Sunarp para evitar que te despojen de lo que tanto te costo tener. 06 de mayo del 2016 - 8:33 AM
Nadie puede desconocer el derecho de una propiedad que ha sido inscrita en Sunarp. De esta manera, el propietario vivirá más tranquilo y seguro. | Fuente: Imagen de Sunarp
La mejor forma de preservar y proteger la propiedad predial es inscribiéndola en los Registros Públicos. Con el registro se obtiene respeto y defensa de los derechos inscritos. Por lo tanto, ninguna institución o persona podrá atentar de modo alguno contra ellos; nadie podrá desconocer el derecho de una propiedad que ha sido inscrita en Sunarp y el propietario vivirá más tranquilo y seguro. Sin embargo, existen mafias organizadas que operan a través de falsificaciones, suplantaciones o aprovechando vacíos en la ley para despojarte de tu propiedad. Ante estos hechos, la Sunarp viene implementando una serie de mecanismos cuya finalidad es impedir la consumación del delito y el despojo a los ciudadanos de sus derechos debidamente inscritos, neutralizando los intentos de inscribir actos o derechos con documentos falsos. Para ello contamos con los siguientes mecanismos: Alerta Registral: Es un servicio gratuito al cual los ciudadanos pueden acceder a través de la página web de la Sunarp. Aquí el ciudadano puede inscribirse consignando un correo electrónico y/o número de celular a donde se le pueda alertar cada vez que se presente un título al Registro que involucre algún derecho suyo inscrito. Así, el ciudadano tendrá conocimiento en tiempo real de la presentación del acto (compraventa, donación, otorgamiento de poder, presentación de embargos, hipotecas o cualquier otro acto) que él no ha celebrado, pudiendo acercarse a la Sunarp para advertir el hecho y evitar que se inscriba. Inmovilización Temporal de partidas de Predios: Este servicio permite bloquear la partida hasta por 10 años. Es un nuevo mecanismo aprobado por la Sunarp que cuesta S/.40. Se debe adjuntar una declaración jurada señalando que el predio no fue vendido ni se encuentra afectado con alguna carga y/o gravamen, y una escritura ante un notario, que confirme su decisión. Oposición al Procedimiento Registral(Ley N° 30313): En aquellos casos en los que la autoridad o funcionario se percate o sea advertido, por el propietario, de la presentación de un título falso o en el que se ha suplantado a una de las partes, podrá oponerse a la inscripción, lo cual implicaría que el Registrador Público no inscriba el título.
¿Qué debes hacer antes de comprar una casa o un departamento? Antes de realizar cualquier compra, tome en cuenta los siguientes consejos. 04 de mayo del 2016 - 9:08 AM
Comprar una casa nos pone en la mira de los estafadores, quienes están a la espera del mínimo descuido para hacer de las suyas. Por ello, es importante tener en cuenta ciertos criterios antes de adquirir un inmueble. | Fuente: Imagen de casadicas.com.br Adquirir una propiedad es una de las decisiones más importantes en la vida de una persona. Una decisión que afecta el modo y la calidad de vida de quien realiza la compra, y que lo pone en la mira de los estafadores, quienes están a la espera del mínimo descuido para hacer de las suyas. Por ello, te mostramos algunos puntos que deberías tener en cuenta al momento de tomar la decisión de comprar un inmueble. - Revisa la Partida Registral, Hoja Resumen (HR) y el Predio Urbano (PU) de la propiedad o terreno. Estos deben de estar inscritos a favor de quien está realizando la venta. Es importante, asimismo, que la partida no tenga una antigüedad mayor a un mes.
- Si el vendedor es una persona jurídica, verifica la vigencia del poder. La persona que firma el documento de transferencia debe de ser quien figure como acreditado para hacerlo. - Compruebe que los servicios públicos y los arbitrios estén pagados hasta el mes en el cual se realizará la transacción. El impuesto predial del año en el cual se hace la transacción debe de estar pagado por completo. - Confirme que la propiedad se encuentre desocupada. De no ser así, corrobore la voluntad de salida de los ocupantes. - Una vez realizada la transacción, verifique en los Registros Públicos que el inmueble figure a nombre suyo. Para ello, le recomendamos solicitar una copa literal de la Partida Registral donde figura el inmueble inscrito y usted como su nuevo propietario.
- Finalmente, inscríbase en la municipalidad correspondiente como nuevo propietario del inmueble en el área de rentas.
¿Cómo funciona el sistema de Alerta Registral de la Sunarp? Conociendo el servicio de Alerta Registral. 09 de mayo del 2016 - 8:35 AM
Este servicio está disponible también para teléfonos móviles y tablets iOS y Android. | Fuente:Imagen de Sunarp Alerta Registral es un servicio gratuito por el cual la Sunarpalerta mediante un correo electrónico o mensaje de texto, sobre cualquier movimiento que se realice sobre la partida registral que inscriba. Este servicio se brinda indefinidamente y se suspende a solicitud del usuario o cuando el titular registral brinde direcciones electrónicas incorrectas o inoperativas. Para inscribirte debes de conocer el número de la partida electrónica donde está inscrito tu propiedad o derecho. Inscribirse al servicio de Alerta Registral es muy sencillo:
• Ingresa a la página web de la Sunarp: www.sunarp.gob.pe • Ubica el ícono Alerta Registral • Regístrate como nuevo usuario • Acepta las condiciones de uso • Llena el formulario con tus datos personales. Ingresa tu correo electrónico y número de celular. • Consigna el número de la partida registral y la clase de Registro al que corresponde dicha partida (Registro de Predios, Registro de Personas Jurídicas, Registro de Mandatos y Poderes, Registro Vehicular), indicando en que oficina registral se encuentra inserta.
OJO:También puede inscribirse en la Alerta Registral desde nuestra aplicación para teléfonos móviles y tablets disponible para las plataformas Android e iOS. En nuestra página web se encuentra disponible la Guía de Uso para una mejor orientación. Recibí una alerta, ¿qué debo hacer? Acércate inmediatamente a la oficina de Sunarp más cercana y solicita una ‘Lectura de Título en trámite’, ya que la alerta no especifica qué tramite se está realizando. De esta manera comprobaras cuál es el acto que se está solicitando inscribir. Si se trata de una transacción sobre la cual el usuario titular no tenía conocimiento, ya sea por falsificación de documentos o por suplantación de identidad, debe comunicar la situación a la Sunarp mediante un escrito dirigido al registrador cuyo nombre figura en el título. Dirigirse a la notaría de la cual proviene la inscripción para alertar al notario sobre lo que ha ocurrido. Una vez que se compruebe la irregularidad, el notario solicitará la Tacha del Título, impidiendo la consumación del delito. En el caso que el documento falso no provenga de una notaría, sino de una autoridad administrativa, se deberá acudir a esta para obtener una declaración y solución.
Finalmente, en el caso que el título haya logrado inscribirse, se debe acudir al notario, árbitro, juez, cónsul o funcionario público para que luego de comprobarse la falsedad del instrumento público, este pueda solicitar la cancelación administrativa del Asiento Registral.
¿Cuáles son los pasos para constituir tu propia empresa? Te contamos, facilito, cómo constituir tu propia empresa y registrarla. 13 de mayo del 2016 - 8:30 AM
Recuerda que el nombre comercial o marca con el que una empresa desarrolla sus actividades e identifica su producto o servicio en el mercado es el que se registra ante Indecopi; mientras que el nombre que se registra ante la Sunarp es aquel que identifica a la empresa para temas estrictamente de orden legal. | Fuente: Imagen de Sunarp En el artículo anterior te contamos los beneficios de constituir tu propia empresay como lo prometido es deuda, hoy te explicaremos cómo hacerlo de la manera tradicional (física). Toma nota y no dejes de pasar la oportunidad de formalizarte. Búsqueda y reserva del nombre: Antes que nada debes verificar en la Sunarp que no exista en el mercado un nombre (razón social) igual o similar al que le pondrás a tu empresa. Una vez realizado este paso, reserva tu razón social en la Sunarppara que otra empresa no pueda inscribirse con ese mismo nombre. Esta reserva es efectiva por un plazo de 30 días. Vale dejar en claro que el nombre comercial o marca con el que una empresa desarrolla sus actividades e identifica su producto o servicio en el mercado es el que se registra ante Indecopi; mientras que el nombre que se registra ante la Sunarp es aquel que identifica a la empresa para temas estrictamente de orden legal (estructura, representación, Sunat, etc).
Elaboración de la minuta: La minuta es el documento en el cual el miembro o los miembros de la futura empresa manifiestan su voluntad de constituirla, y en donde se señalan todos los acuerdos respectivos. Este documento consta del pacto social y los estatutos, además de los anexos que se puedan adjuntar a esta. Es recomendable elaborar la minuta con la ayuda de un abogado de confianza. En la minuta deben figurar: Datos generales del miembro o miembros de la empresa (nombres y apellidos, edad y número de DNI), giro de la empresa (a qué se va a dedicar), tipo de empresa, tiempo de duración de la empresa, fecha de inicio de sus actividades, domicilio comercial, denominación o razón social de la empresa, sucursales (si las tuviera), aportes de cada miembro, capital social o patrimonio social de la empresa, y otros acuerdos que establezcan los miembros de la empresa. Elevar la minuta a escritura pública: Este proceso consiste en acudir a una notaría y entregar la minuta a un notario público para que la revise y la eleve a Escritura Pública. Los documentos que deberás llevar junto con la minuta son: constancia o comprobante de depósito del capital social aportado en una cuenta bancaria a nombre de la empresa; inventario detallado y valorizado de los bienes no dinerarios; certificado de búsqueda y reserva del nombre emitido por la Sunarp. Una vez elevada la minuta, esta debe ser firmada y sellada por el notario. Registrar en la Sunarp: Una vez que hayas obtenido la Escritura Pública, debes llevarla a la Sunarp, en donde se realizarán los trámites necesarios para registrar la empresa. No olvides que la empresa existe a partir de este paso.
¿Qué es una declaratoria de fábrica? Todo lo que debemos saber antes de declarar ante la ley la existencia de una construcción. 02 de junio del 2016 - 8:30 AM
La mayoría de personas no sabe lo que es una declaratoria de fábrica. Su solo nombre nos puede confundir y suponer que nada tiene que ver con nuestras casas. Nada más alejado de la realidad. Formular una declaratoria de fábrica es declarar ante la ley la existencia de una construcción. Esto significa que todo lo que edifiquemos en nuestro terreno o casa, si tiene un título inscrito en Registros Públicos, también debe inscribirse. Cuando uno quiere vender un segundo o tercer piso de una casa, previamente debe inscribir la construcción (fábrica) y luego independizarla. A partir de ese momento podrá vender por ejemplo su tercer piso, con o sin aires, dependiendo de cómo esté inscrito el predio. Eso le va a permitir transferirlo más rápido y su propiedad se valorizará más por estar saneada. Requisitos para edificaciones construidas hasta el 20 de julio de 1999 - Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita en la oficinas de la Sunarp) debidamente llenado y firmado por el presentante. - Copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI) del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. - Formulario Registral – FOR (distribución gratuita en las oficinas de la Sunarp) debidamente llenado y suscrito por los propietarios y el verificador responsable, con firmas certificadas ante notario.
- Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios vigente expedido por la municipalidad correspondiente. - Plano de localización y ubicación. Debe contener cuadro normativo y cuadro de áreas, suscrito por el verificador responsable, con firma certificada ante notario. - Plano de distribución, suscrito por el verificador responsable, con firma certificada ante notario. - En los casos de remodelación, ampliación, modificación y reparación, deberá adjuntar dos planos: uno correspondiente a la fábrica inscrita donde se visualice los elementos eliminados y otro plano de la fábrica resultante. - Informe técnico de verificación, suscrito por el verificador responsable, inscrito en el índice de verificadores a cargo de la Sunarp, con firma certificada ante notario. - Todos los documentos solicitados deben de presentarse por triplicado y separado (un original y dos copias). El original queda archivado en la Oficina Registral, una de las copias es enviada de oficio a la municipalidad distrital correspondiente luego de la inscripción, y la otra devuelta al usuario. - Pago de derechos registrales Requisitos para edificaciones iniciadas desde el 21 de julio de 1999 - Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante. - Copia simple del Documento Nacional de Identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. - Formulario Único de Edificaciones - FUE a que se refiere la Ley Nº 29090 aprobado por la municipalidad, o parte notarial de la escritura pública donde se inserte el FUE. - Plano de ubicación, localización y distribución autorizado por el profesional competente, debidamente aprobado por la municipalidad (con los sellos de aprobación). - Declaración jurada con firma certificada por Notario Público de los propietarios indicando la fecha de terminación de la construcción, cuando esta se hubiera omitido en el FUE (Art. 79 del Reglamento de Inscripción del Registro de Predios). - Pago de derechos registrales.
Estos son los pasos que debes seguir para independizar tu vivienda Te ensañamos qué debes hacer para dividir tu vivienda e inscribirla en los Registros Públicos. 03 de junio del 2016 - 8:34 AM
A continuación te explicamos los pasos que debes seguir para independizar tu inmueble. | Fuente: Imagen de Sunarp
Cada vez son más frecuentes los casos en los que un padre tiene que dividir el espacio total de una vivienda entre sus ocupantes (hijos). Aunque muchas veces esta situación ha traído más de un problema familiar, no debería haber mayor conflicto. A continuación te explicamos los pasos que debes seguir para independizar tu inmueble. - Salidas al exterior. Antes de iniciar el trámite de independización, cada uno de los espacios previamente divididos deberá contar con un acceso privado hacia la calle. Es decir, las partes no deben compartir la misma salida. Para ello, se debe consultar a un especialista la construcción de una salida independiente, cumpliendo con los planos y procedimientos necesarios ante la municipalidad correspondiente. - Elaborar nuevos planos del inmueble. Este debe contar con la información detallada respecto al número de partes en que se dividirá el inmueble, las medidas de cada una de las divisiones y si habrá áreas comunes como el patio o estacionamientos. - Acudir a los Registros Públicos. Una vez que se cuenta con los documentos respectivos, se debe acudir a los Registros Públicos para empezar el trámite de la independización del inmueble a fin de obtener una partida registral por cada parte de la casa. T-itularidad. Una vez concluido este trámite, las partes de la vivienda estarán independizadas. Sin embargo, aún queda pendiente el trámite por la titularidad ya que de no hacerlo los futuros titulares aparecerán como copropietarios. Para ello, se debe acudir a un notario y firmar una escritura pública de división, participación y adjudicación mediante la cual ambos expresan que ceden las partes. Ello deberá ser enviado a Registros Públicos para la inscripción de la titularidad. OJO - Si se tratara de un terreno sin construir, se debe consultar previamente con la municipalidad correspondiente para conocer si esta maneja parámetros establecidos para la división. - Si en un futuro se desea construir por encima de su parte, se puede solicitar una independización de los aires de un inmueble. - Una vez realizado el trámite de independización, se podrá separar el uso de los servicios de agua, luz, teléfono, etc.