SUNARP
Jessenia Silva Flores Karla Delgado Rodríguez Davis Jonathan Barrera Ortega Richard
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17 de diciembre de 2012
Concepto: Es un organismo descentralizado autónomo de Sector Justicia y ente del Sistema Nacional de los Registros Públicos.
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES:
El de dictar las políticas y normas técnico - registrales de los registros públicos que integran el Sistema Nacional
Planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar, supervisar la inscripción, publicidad de actos y contratos en los Registros que conforman el Sistema.
BASE LEGAL:
La SUNARP fue creada mediante Ley 26366 en octubre de 1994, dentro del proceso de modernización del Estado.
Y por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS, se aprueba el Estatuto de la SUNARP.
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MISION: Otorgar seguridad jurídica al ciudadano a través del registro y publicidad de derechos y titularidades en forma eficiente y transparente.
VISION: Ser una institución referente a nivel internacional, altamente tecnificada, proactiva confiable y con presencia efectiva en todo el territorio nacional. Brindando servicios registrales de calidad a satisfacción del ciudadano
PRESIDENTE
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PRESIDENTE: Mario Solari Zerpa
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
MIEMBROS
En Representación de:
Daniel Alberto Fernández Cangahuala
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Andrés Alfonso Martín Corrales Angulo
MINISTERIO DE VIVIENDA
Alfonso Jesús Garcés Manyari
MINISTERIO DE ECONOMÍA YFINANZAS
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¿Cuál es la diferencia entre SUNARP, Zonas Registrales y Oficinas Registrales?
La Sunarp es el ente rector del sistema nacional de registros públicos, las zonas registrales son los órganos desconcentrados de la Sunarp que gozan de autonomía registral y económica dentro de los limites del estatuto y la ley, en ellas se encuentran las oficinas registrales que son las encargadas de prestar los servicios de inscripción y publicidad registral de los diversos actos y contratos inscribibles.
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Clases de Registros que se pueden hacerse en la SUNARP:
Propiedad inmueble: Es el encargado de la inscripción y publicidad
de los actos y contratos sobre bienes inmuebles. Por ejemplo: terrenos, casas, edificios, predios, etc. El Registro de Propiedad Inmueble comprende los siguientes Registros: Registro de Predios: En este Registro se inscriben las
Transferencias de Propiedad, Declaratorias de Fábrica, Urbanizaciones, Hipotecas, Primeras de Dominio, Embargos y Demandas referidas a Predios Urbanos y Rurales. Registro de Derechos Mineros: Se inscriben las concesiones,
transferencias, fraccionamientos, acumulaciones, entre otros. Registro de Concesiones para la explotación de servicios públicos: Se inscriben las concesiones, hipotecas, entre otros actos.
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Bienes muebles: Se realiza la inscripción de los actos y contratos
referidos a ciertos bienes muebles. Unifica los siguientes Registros:
Registro de Propiedad Vehicular: Se inscribe la
inmatriculación del vehículo, transferencias de propiedad, anotaciones o cancelaciones de embargos, cambios de características y otros actos relativos a vehículos automotores. Registro de Buques: Se inscriben los buques, sus transferencias y cargas, etc. Registro de Embarcaciones Pesqueras: En este Registro se inscriben las embarcaciones de pesca, sus transferencias y cargas, entre otros. Registro de Naves y Aeronaves: Se inscriben las aeronaves, transferencias de dominio, contratos de arrendamiento, hipotecas, etc.
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Personas jurídicas: Es el Registro encargado de la inscripción y
publicidad de los actos y contratos referidos a Personas Jurídicas. Unifica a los siguientes Registros:
Registro de Personas Jurídicas: En el que se inscriben las
asociaciones, fundaciones, cooperativas, comunidades campesinas y nativas, entre otras, y los actos relacionados a ellos. Hidrocarburos: En este Registro se inscriben entre otros actos los contratos de contratistas y subcontratistas de servicios petroleros, así como los contratos de servicios de explotación. Registro de Sociedades: Se inscriben sociedades anónimas, sociedades comerciales de responsabilidad limitada, sucursales, entre otros. Registro de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada: Se inscriben la constitución de estas empresas y
nombramiento de gerentes entre otros.
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Personas naturales: Es el Registro responsable de la inscripción y
publicidad de actos y contratos referidos a personas naturales; por lo que unifica a los siguientes Registros:
Registro de Mandatos y Poderes: Se inscriben los mandatos y
poderes otorgados por personas naturales, sus modificaciones, extinciones, entre otros actos Registro de Testamentos: Se inscriben los otorgamientos de testamentos, sus modificaciones, ampliaciones, revocaciones y otros actos. Registro de Sucesiones Intestadas: Se inscriben las anotaciones preventivas de las solicitudes o demandas de sucesiones intestadas, así como las actas notariales y sentencias que declaran la sucesión intestada. Registro Personal: Se inscriben divorcios, separación de patrimonios y sustitución, declaraciones de insolvencia, entre otros actos. Registro de Comerciantes: Se inscriben a las personas naturales que se desempeñan como comerciantes. Registro de Gestión de Intereses: Se inscribe el Gestor Profesional, la prórroga de su inscripción, los actos de gestión, los actos de gestión del Gestor de Interés Propio, entre otros actos.
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¿Qué es impuesto predial? Es el Impuesto cuya recaudación, administración y fiscalización corresponde a la Municipalidad Distrital donde se ubica el predio. La Municipalidad Metropolitana de Lima es la encargada de la recaudación, administración y fiscalización del Impuesto Predial de los inmuebles ubicados en el Cercado de Lima. Este tributo grava el valor de los predios urbanos y rústicos en base a su autovalúo El autovalúo se obtiene aplicando los aranceles y precios unitarios de construcción que formula el Consejo Nacional de Tasaciones y aprueba el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento todos los años.
Quienes pagan el impuesto predial Son contribuyentes de este impuesto: Las personas naturales o jurídicas que al 1° de enero de cada año resultan propietarios de los predios gravados. En caso de transferir el predio, el comprador asumirá la condición de contribuyente a partir del 1° de enero del año siguiente de producida la transferencia. En caso de condóminos o copropietarios, ellos están en la obligación de comunicar a la Municipalidad de su distrito la parte proporcional del predio que les corresponde (% de propiedad); sin embargo, la Municipalidad puede exigir a cualquiera de ellos el pago total del Impuesto. En los casos en que la existencia del propietario no pueda ser determinada, se encuentran obligados al pago (en calidad de responsables) los poseedores o tenedores de los predios.
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¿Cómo se calcula el Impuesto Predial? El impuesto se calcula aplicando al valor de autovalúo, del total de los predios del contribuyente ubicados en cada distrito, la siguiente escala progresiva acumulativa: Tramo de autovalúo Alícuota Hasta 15 UIT 0.2% Más de 15 UIT y hasta 60 UIT 0.6% Más de 60 UIT 1.0%.
EJEMPLO: La empresa “BETA S.A.C” es propietario de un inmueble desde en año
2001 ubicado en la av. Luna Nº1354 del distrito de Lince el valor de autovaluó del año 2012 es de s/.340800.00 . El día 04-01-12 lo vende dicho inmueble a una empresa del estado PETROPERU por la suma $180,000.00(t.c 2.82 ). Determina los impuesto que tendría que pagarse por el año 2012 quien o quienes serian los obligados a efectuar dichos pagos y quien o quienes son los acreedores tributario
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