INTRODUCCIÓN Los principios generales de la ética desde cualquier punto de vista constituye unas directrices o guías sobre los cuales se ciñen ciertas materias, personalidades y en específico las profesiones conforme al área y/o disciplina estudiada, es por ello que genéricamente es aplicable estos principios a todas las disciplinas o profesiones.---------------------------------------------------------Contando con los principios rectores como lo son el de la beneficencia, autonomía, justicia y sumado a estos un cuarto principio fijado por las doctrinas modernas el de no maleficencia, conjuntan un papel preponderante al momento del desempeño y desenvolvimiento de los profesionales, y en especial al del Notario que es la post-grado que nos respecta, puesto que el avance de nuestra sociedad, hoy por hoy podemos expresar orondos de que conforme al primer Código de Ética Profesional del Paraguay dictada por la Corte Suprema de Justicia, como Acordada Nro. 390 del 18 de octubre de 2005, contamos con una herramienta al cual todos los profesionales del derecho debemos de atener nuestra conducta.------------------------------------------------------------------------------
Los Principios y su aplicación a la pr ofesión del Notario Los Principios: Def inición: Etimológicamente
la palabra principio proviene del latín principium.
Principios de carácter morales dista de ser, o tener una sola definición ya que el concepto de moral es muy relativo. Sin embargo el no atravesar con la daga del antisemitismo, o del racismo, o de la intolerancia, y llevar a cabalidad un patrón de conducta que sea Congruente con el bienestar, personal, social, físico, psicológico y emocional de tus semejante, se le puede llamar conducta
basada en principios morales. El Diccionario de la Real Academia Española ³principios´ lo define como la: ³Base, origen, razón fundamental sobre la cual se procede discurriendo en cualquier materia´; asimismo siguiendo las diversas acepciones utilizadas por dicho diccionario también lo considera a los principios como ³Cada una de las primeras proposiciones o verdades fundamentales por donde se empiezan a estudiar las ciencias o las artes´.--------------------------------El
diccionario Jurídico Manuel Ossorio al definirla refiere: ³comienzo
de un ser, de la vida. Fundamento de algo´; empero, enfocándonos a la materia que nos respecta podríamos decir que principios como punto de partida de la ética podría definirse como aquellos imperativos morales, categóricos y formales que: 1° ayudan a entender lo que implica, en cualquier tiempo y espacio, la dignificación de la persona humana: 2° ayudan a iniciar el proceso de la acción humana en orden a defender e incrementar la realización del valor ético máximo.---------------------------------------------------------------------------------------Es
un imperativo universal que prescribe determinadas acciones ³ en
razón de determinas características descriptas que siempre que se den y en igualdad de circunstancias obligan a actuar obedeciendo a ese principio universal´, es por ello que Los principios son diferentes que las normas porque estos son más universales. Las normas son más concretas. Los principios están interconectados.------------------------------------------------------------------------------------Para Augusto Hortal1, cada ética profesional genera, en su propio ámbito, una clasificación de situaciones, asuntos, conflictos y modos de abordarlos y resolverlos, que permiten analizar lo que está en juego en la toma de decisiones.---------------------------------------------------------------------------------------
1
HORTAL, A. (2002) Ética General de las Profesiones. Bilbao, Desclée De Brouwer, S.A.
Sin intensión de perdernos en definiciones podemos concluir de que los principios desde cualquier punto de vista constituye unas directrices o guías sobre los cuales se ciñen ciertas materias, personalidades y en específico las profesiones conforme al área y/o disciplina estudiada.----------------------------------JUSTIFICACIÓN
Y APLICACIÓN.-
Como hemos dicho en líneas anteriores es sumamente importarte de trazar líneas o parámetros sobre el cual se desarrollara el ejercicio de una profesión, tal así que ninguno de los principios son más importantes que los otros; empero, cada uno de ellos cuenta con un valor de máximo.------------------Pero esto no debe entenderse que los principios cuentan con autonomía tal que los mismos funcionen de manera independiente, sino que al contrario los mismos funcionan de manera conjunta complementándose unas a otras.--------------------------------------------------------------------------------------------------Es
por ello que es importante afirmar y consolidar nuevamente que
ningún principio es más importante que otro depende del contexto social y la meta individual. ³Los principios supremos del obrar humano no son otra cosa que la traducción normativa de las metas ultimas del vivir humano´.----------------Los principios se justifican en razón de su capacidad de articular y orientar las decisiones y actuaciones en conexión con el telos (Según Aristóteles, causa final) de una vida humana vivida en plenitud.----------------------Los principios quedan justificados desde tres perspectivas filosóficas: 1.- LA EMPIRISTA: Los principios nos sirven porque son generaciones de prudencia adquirida a los largo de muchas generaciones. La experiencia moral.-------------------------------------------------------------------------------------------------2.- ES RACIONALISMO TRASC ENDENTAL: Los principios son aquellas proposiciones a priori que necesariamente hay que dar por supuestas para que sea posible y tenga sentido cualquier experiencia y cualquier planteamiento ético.--------------------------------------------------------------------------------------------------3.- SON DERIVADOS DEL TELOS DE LA VIDA HUMANA
DE LO QUE SURGE LA INTERROGANTE, COMO SE APLICAN?? Según Aristoteles en la
Etica
Nicomaquea, afirma que se puede llegar a los
principios por intuición, abstracción, inducción, habito o costumbre y en donde la casuística también puede ayudar.---------------------------------------------------------Dentro de estos principios, se distinguen, beneficencia,
autonomía,
equidad y un cuarto llamado no maleficencia.----------------------------------------------
EL PRINCIPIO DE BENEFICENCIA (Solidaridad) La palabra beneficencia está compuesta de dos vocablos de origen latino, bene y facere, que podrían traducirse como hacer el bien. Hace referencia a la consecución de determinados bienes específicos de la práctica profesional correspondiente´ (Bermejo, 2002,75).----------------------------------------Para Bermejo2, cada profesión se plantea y legitima frente a los demás la consecución de ciertos bienes y servicios. Para ser buenos profesionales, los individuos deben conocerlos y buscar su cumplimiento, tanto con respecto a los usuarios que reclaman un trabajo bien hecho, como de la sociedad en su conjunto, que pretende resolver problemas prioritarios con la contribución de los profesionales.-------------------------------------------------------------En
este campo de investigación, lo primero que hay que plantearse
es la finalidad de cada profesión. Se puede partir de generar y responder preguntas básicas como son: ¿qué bienes y/o servicios produce?, ¿Para quién?, ¿De qué manera? En la evaluación de los profesionales, se consideran no sólo los directamente beneficiados por su actividad, sino también los individuos y grupos que se relacionan con las acciones desarrolladas.-------------La ideología del profesionalismo de Freidson 3 enfatiza el uso del conocimiento y habilidades disciplinarias para el bien público. Aunque algunas disciplinas proporcionan directamente un bien específico a personas, grupos e instituciones, los bienes y servicios que se generan son siempre valorados con respecto a un bien común más amplio. Los profesionales y sus asociaciones tienen la obligación de valorar lo que hacen con esa perspectiva.
Es
evidente
que para ello se requiere competencia profesional, que se adquiere por una formación inicial y continuamente actualizada de conocimientos y habilidades, de carácter teórico y práctico, para saber qué hacer y cómo hacerlo.---------------Para Augusto Hortal4, un profesional ético es aquél que hace el bien en su profesión haciendo bien su profesión. No hay nada más moralizador que que cada cual haga bien lo que tiene que hacer, lleve a cabo cada actividad procurando realizar el bien al que esa actividad está intrínsecamente orientada. Toda ética profesional tiene su núcleo inspirador y su aliciente máximo en los bienes intrínsecos que se propone realizar. 2
Es
algo tan obvio como, en
BERMEJO, F. (2002) La ética del trabajo social . Bilbao, Desclée De Brouwer, S.A. FREIDSON, E. (2003) El Alma del profesionalismo, en SÁNCHEZ, M.; SÁEZ, J. y SVENSSON, L. Sociología de las profesiones. Pasado, presente y futuro. Murcia, Diego Marín Librero-Editor, 67 91. 4 HORTAL, Augusto. (2002) Ética Profesional de Profesores y Maestros. 3
ocasiones, olvidado. Cuidar la salud con arreglo a los conocimientos y técnicas disponibles es el bien intrínseco de la profesión médica; asesorar y representar ante los tribunales y en las relaciones contractuales para defender los derechos y legítimos intereses de sus clientes en el marco de la legalidad vigente es el bien intrínseco de la profesión de abogado, etc.
El
bien intrínseco a la práctica
de la docencia es que los alumnos aprendan. Decía Platón que ningún "arte" se ejerce para el bien del que lo ejerce. La mercantilización actual de las profesiones y el psicologismo individualista con que hablamos de las motivaciones desmienten de mil maneras esta afirmación, si la entendemos como constatación empírica de los motivos subjetivos dominantes por los que se elige y se ejerce una profesión. En
cambio si la entendemos como formulación de lo que institucionalmente se
espera que sea el ejercicio de una profesión, entonces sigue siendo válida: enuncia las razones que dan legitimidad en el espacio público a las diferentes actividades con su funcionalidad social. Puede ocurrir que los motivos que determinaron a una o a muchas personas a escoger la profesión médica fuesen o sigan siendo obtener un alto nivel de ingresos o prestigio social que proporciona dicha profesión; eso no impide seguir afirmando que la profesión médica se ejerce para el bien de los destinatarios de los servicios médicos. Tiene sentido decir "el campo para el que lo trabaja"; pero es un disparate decir (se nota nada más decirlo en alta voz): "la medicina para el que la trabaja". Tampoco la enseñanza es para el bien del maestro; es para el bien del que aprende (principio de beneficencia).-----------------------------------------------------------
PRINCIPIO DE AUTONOMÍA Siguiendo a Bermejo5 La palabra autonomía procede del griego: autos
(sí mismo) y nomos (ley) y hace referencia a la capacidad que tiene cada
cual de darse a sí mismo sus propias normas, procurando construir la propia vida a partir de ellas´ .----------------------------------------------------------------------------En
este segundo principio hay dos acepciones. Una de ellas se
centra en el profesional, que requiere independencia y libertad para poder realizar adecuada y éticamente su trabajo y la otra se centra en el beneficiario, que posee derechos que deben ser respetados. Ambas posturas se plantean a continuación:----------------------------------------------------------------------------------------5
BERMEJO, F. (2002) La ética del trabajo social . Bilbao, Desclée De Brouwer, S.A. Pag. 105.-
1.
Autonomía del pr ofesional
Se basa en el valor de la libertad ( Etxeberria, 2002). Se refiere a la capacidad personal de tomar decisiones en el ejercicio de la profesión. Por este principio, se condena la presión extra - profesional, tanto de individuos, como de instituciones públicas y privadas en la toma de decisiones relevantes, que puede orillar a que se dejen de lado los comportamientos éticos. Lo más importante de la ideología profesional (Freidson 2003) es que está vinculada a valores trascendentes que le dan sentido y justifican su independencia. Los profesionales reclaman el derecho de evaluar las peticiones de empleadores o patrones y las leyes del Estado. Su revisión está basada en razones profesionales, que llevan a la convicción de que se está tergiversando el valor o propósito fundamental de una profesión. Los profesionales tienen que ser capaces de equilibrar el bien público con las necesidades más inmediatas de los clientes y empleadores. 2.
Autonomía del benef iciario
En
el segundo caso, que es la propuesta de Augusto Hortal 6 y del grupo
que trabaja este tema de manera sistemática en los Centros Universitarios de la Compañía de Jesús en
España,
el principio de
autonomía busca corregir la falta de simetría entre quien ofrece el servicio y el beneficiario de la actividad. -------------------------------------------El
profesional por su preparación, acreditación y dedicación tiene un
ascendente sobre sus clientes y usuarios. La desigualdad entre ambas partes puede producir abusos. Para evitarlos, es necesario que esté siempre en funcionamiento el principio de autonomía. Consiste en considerar que el receptor de los servicios (individual y colectivo) no es un ente pasivo, sino un sujeto protagonista. De ahí se deriva la obligación de garantizar a todos los individuos involucrados, el derecho de ser informados, de que se respeten sus derechos y de consentir antes de que se tomen decisiones con respecto a ellos; protegiendo de manera especial a los que no pueden decidir por sí mismos. ³ El usuario tiene el derecho y la obligación de colaborar en la resolución de sus problemas´.Cuando se respeta este principio, se establece una relación de carácter profesional, en la que se desarrollan ciertos acuerdos y estrategias 6
HORTAL, A. (2002) Ética General de las Profesiones. Bilbao, Desclée De Brouwer, S.A.
conjuntas entre los profesionales y sus beneficiarios.
En
el caso de la
universidad, por ejemplo, es necesario reconocer que los estudiantes pueden ejercer por sí mismos su autonomía, en plenitud de derechos, capacidades y responsabilidades.---------------------------------------------------------------------------------Para Francisco Bermejo existen ciertos requisitos para que pueda darse una decisión autónoma. Son de dos tipos, los de carácter social y cultural, que implican que el contexto debe contar con condiciones propicias para ello y los de carácter personal, es decir, que los clientes y usuarios actúen con iniciativa y capacidad.----------------------------------------------------------------------------Sintetiza los requisitos en ³querer´, ³saber´ y ³poder´. En el primero, los clientes y usuarios deben contar con motivación para demandar al profesional el tipo de bienes y servicios que requieren. En el segundo, requieren de información, que incluye conocer otras opciones disponibles y las consecuencias que acarrea cada una de ellas.
El
tercero implica que sí se
quiere algo y se sabe cómo realizarlo, es necesario poder llevarlo a cabo.
En
todo proceso de decisión, el papel del profesional es apoyar, mediante sus recursos profesionales, la competencia e información de sus clientes y usuarios. El
autor retoma de Diego Gracia que la autonomía no es bipolar, sino
un continuo entre dos extremos: la ³acción completamente autónoma´ y la ³acción completamente no autónoma´. Los dos polos no se dan en la realidad, así que puede aspirarse a que las decisiones sean ³sustancialmente autónomas´.-----------------------------------------------------------------------------------------En
algunas situaciones el principio de autonomía puede restringirse
(Bermejo, 2002), aunque la decisión debe hacerla el profesional en cada caso. Los límites pueden suscitarse cuando: a) El usuario no tiene la competencia o los recursos personales para decidir, b) Puede producirse un daño grave para terceras personas, c) La conducta del usuario supone una infracción de la legalidad o una grave amenaza para las personas y las instituciones y d)
El
usuario se perjudica a sí mismo o sus decisiones no le benefician.------------------En
relación con el consentimiento informado, Francisco Bermejo
(2002) considera que el profesional debe obtener la autorización del usuario (individual y colectivo) para iniciar con él cualquier tipo de intervención, después de haberle explicado con claridad todas las condiciones. También hay circunstancias que producen excepciones a esa regla.
Estas
son: falta de
responsabilidad del cliente, posibles daños a terceros y limitaciones derivadas
de la incapacidad del cliente (por dificultades de comprensión, falta de capacidad o falta de libertad).------------------------------------------------------------------Loewenberg y Dolgoff (en Bermejo, 2002) señalan que el consentimiento informado incluye tres criterios básicos: conocimiento, voluntad y competencia. Sobre el primero, una persona puede ser considerada como suficientemente informada para dar su consentimiento si conoce lo que ocurrirá durante la intervención, lo que sucederá si no da su consentimiento y las posibles opciones alternativas. La voluntad y la competencia se limitan en el caso de niños y ancianos y en personas privadas de libertad o con capacidades mentales disminuidas. ----------------------------------------------------------------------------
PRINCIPIO DE JUSTICIA (EQUIDAD) La ética profesional queda incompleta si no se enmarca en la perspectiva de una ética social, que permita entender en qué contribuye o puede contribuir el trabajo de cada profesión a mejorar la sociedad. Los profesionales son las personas y grupos más competentes y mejor ubicados socialmente para promover una distribución más racional y justa de los recursos, que son siempre escasos y que se requieren para conseguir múltiples y variados fines. Las preguntas básicas son: ¿Qué es lo justo? y ¿Qué es prioritario cuando no hay recursos para satisfacer las demandas de todos? Para Hortal7, este principio tiene que ver con: El
sentido social de la profesión.
El
colectivo profesional se hace
responsable ante la sociedad de los bienes y servicios que busca promover. Se traduce en un compromiso a favor del bien público y con los problemas sociales que se refieren a temas del propio ámbito profesional. Los colectivos profesionales deben estar vinculados con las necesidades sociales. El
significado de los bienes y servicios que proporciona cada
profesión en el contexto social en que se llevan a cabo, referidas al tema de la justicia, como son, por ejemplo, tareas de voluntariado y lucha contra la pobreza.----------------------------------------------------------------------------------------------El
desempeño profesional en espacios públicos y privados. Tiene
que ver con el asunto de quién puede o no puede pagar por el servicio profesional que se requiere. -------------------------------------------------------------------7
HORTAL, A. (2002) Ética General de las Profesiones. Bilbao, Desclée De Brouwer, S.A.
Un buen profesional tiene, o debería tener, siempre presente el contexto social de referencia y las obligaciones de justicia. La ética profesional permite reflexionar sobre si la función social que desempeña una profesión es la misma que la que la sociedad necesita de ella. ------------------------------------------Con el principio de justicia (Bermejo, 2002) se hacen presenten tres protagonistas: los usuarios que reclaman determinados bienes y servicios, el profesional que requiere de medios para ofrecerlos y los responsables públicos, que representan al conjunto de la sociedad y buscan conseguir un cierto equilibrio entre las necesidades, exigencias y expectativas de todos.
Es
importante que los clientes y usuarios sean conscientes de que también dependen de la capacidad de las instituciones de responder a sus demandas y de su propia adaptabilidad a lo que éstas pueden proporcionar.---------------------Freidson8
considera
que
sería
apropiado
declarar
como
profesionalmente inmorales las políticas sociales que nieguen un acceso igualitario a servicios tales como salud, educación y defensa jurídica. Afirma que deben ser juzgadas las instituciones en que ejercen profesionales que no cuentan con las condiciones de trabajo necesarias para realizar un correcto ejercicio. También es necesario cuando las instituciones sólo buscan maximizar sus ganancias, a costa de la calidad del trabajo y de limitar aún más la distribución de los beneficios.------------------------------------------------------------------En
conclusión con el principio de justicia (equidad) podríamos decir
que lo justo es: respetar la dignidad de la persona. Contribuir al bien común. Establecer
de manera clara los derechos y deberes de cada una de las
partes. Utilizar los Códigos éticos de la empresa en donde prestamos nuestros servicios o el código ético de nuestra profesión.
PRINCIPIO DE NO MALEFICENCIA.Este
si bien no configura como uno de los principios rectores de la
ética profesional de nuestra materia que nos respecta, empero, autores como
8
FREIDSON, E. (2003) El Alma del profesionalismo, en SÁNCHEZ, M.; SÁEZ, J. y SVENSSON, L. Sociología de las profesiones. Pasado, presente y futuro. Murcia, Diego Marín Librero-Editor, 67 91
Juan Manuel Cobo9 propone unos principios éticos válidos para todas las profesiones. Unos provienen de la ética general, como son: dignidad, libertad, igualdad y derechos humanos, de los directamente beneficiados por el ejercicio profesional y de los indirectamente relacionados. Otros son propios de la ética profesional:
beneficencia,
autonomía,
justicia,
confidencialidad
y
r esponsabilidad pr ofesional. Se ha enunciado: ³Ante todo no hacer daño´. Hipócrtes afirmó: ³Ayudar o al menos no hacer daño´. Santo tomás af ir mó:
³El bien hay que hacerlo y el mal hay que evitarlo´.----------------------------------
El
principio de beneficencia y el de no-maleficencia no son idénticos, ni
simétricos. Para hacer el bien hay que hacer algo y para no hacer daño basta con no hacer nada. No es lo mismo hacer el bien que no hacer nada. -
Para hacer el bien necesitas del consentimiento del otro, en cambio para no hacer mal no necesitas contar con el consentimiento del otro.
-
El
bien es relativo, en cambio el mal es absoluto.
Es
decir el bien se
puede hacer de muchas maneras, en cambio el mal es preceptivo y obligatorio el no hacerlo. -
Para no hacer daño sólo se requiere de ser conciencia de nuestra responsabilidad y de las consecuencias de nuestras acciones como profesionales.
ARTICULACIÓN Y APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS ENL A PROFESIÓN DEL NOTARIO.Es
necesario, a su vez, articular un poder que ayude a cumplir y a
que se respete el pacto social.
En
el mundo moderno, lo justo es, ante todo,
cumplir el pacto social. Es necesario cumplir el pacto, porque es necesario que existan unos mínimos para que las personas de una misma sociedad puedan convivir juntos. En el pacto social está la tolerancia y la convivencia.---------------El
gran representante del mundo moderno es Tomasio que establece
que el Derecho y la moral son dos cosas completamente diferentes y separadas a la vez.
El
Derecho afecta a las relaciones bilaterales y la moral a las
unilaterales. Sólo donde hay sociedad hay Derecho; el Derecho articula la vida 9
COBO, J. M. (2003) Ética profesional, 4º de pedagogía (curso 2003-04). Madrid, Universidad Pontificia de Comillas.
social ya que tiene que ver con lo público. Sin embargo, la moral tiene que ver con lo privado, con la unilateralidad.----------------------------------------------------------Ser un profesional
ético implica serlo de manera integra, es decir
tomando en cuenta todos los principios y tratar de articularlos de manera jerárquica de acuerdo a las circunstancia. Es
necesario cumplir con todos los principios en la medida en que las
situaciones lo permitan.El
Derecho es coercible: si se incumplen las normas habrá sanción.
Detrás del Derecho está el poder del Estado. Es por ello que en la profesión del NOTARIO, se debe de desenvolverse con valores éticos y morales para el ejercicio de su profesión con apego a la dignidad humana utilizando como herramienta imperativa los valores fundamentales del hombre.----------------------Para articularse podríamos mencionar la siguiente manera: Recurrir a la filosofía Aristotélica (racionalista), utilizando la sabiduría práctica (phrónesis), actuar bien, para vivir bien.
Aplicando el justo
medio. Establecer
un Diálogo, profundo y permanente entre el profesional y el
cliente o usuario. Recordemos que:
El
profesional, es experto, sabe,
³sirve´ y actua para resolver los problemas, mientras que el cliente, es lego, no sabe, busca un servicio y necesita resolver un problema. Otra de las formas de aplicar los principios desarrollados y objeto de estudio en esta lección es cuando el NOTARIO, en 1er. Lugar HONRAR la profesión y contribuir al prestigio del gremio notarial. 2do. Tener una actitud solidaria para con el colega y el gremio y de lealtad para el cliente. 3ero. Acatar y cumplir las obligaciones resultantes de las leyes establecidas para el ejercicio de la profesión dentro del marco de la beneficencia; y por último contribuir al desarrollo de la Profesión Notarial, participando activamente en diversos ámbitos de la vida profesional notarial.------------------------------------------------------LAS NORMAS ÉTICAS.-
Si bien, en nuestro país contamos con varias normas morales que rigen y moderan nuestra conciencia y/o conducta interior. Luego de un gran
avance jurídico moderno hoy por hoy contamos con un Código de Ética Judicial que atañe directa y precisamente a la profesión que nos respecta puesto que tanto la carrera de Abogado como de Notario, son dos profesiones que van de la mano por su objeto y ámbito de aplicación.---------------------------------------------Por consiguiente la Acordada Nro. 390 dictada por el Pleno de la Corte suprema de Justicia, en fecha 18 de octubre de 2005, han sancionado conforme a sus facultades contenidas en la ley 609/95 un Código de Ética Judicial que sanciona las conductas inmorales de todos los profesionales del derecho.----------------------------------------------------------------------------------------------La elaboración y sanción de un CÓDIGO D E ÉTICA JUDICIAL constituye, por el carácter peculiar de la normativa, un hecho susceptible de generar en sus destinatarios naturales, los Jueces, y en la sociedad en general, no solamente fundadas y comprensibles expectativas, sino también dudas e incertidumbre acerca de su necesidad y eficacia como pauta reguladora de la conducta de las personas a quienes la sociedad les ha otorgado el poder público de ejercer la función jurisdiccional con la finalidad de dar a cada uno lo suyo conforme a la ley. --------------------------------------------------------------------------Precisamente,
estas
expectativas,
dudas
e
incertidumbres
constituyen ±en sentido aristotélico± la causa eficiente que impone y exige la explicitación de razones destinadas a justificar y, por ende, a persuadir o convencer acerca de la importancia y necesidad que tiene un Código de Ética Judicial cuyo único propósito es lograr la excelencia en el servicio de justicia impactando positivamente en la facticidad social que envuelve a todos los sectores sociales, incluyendo a los propios operadores de la justicia. --------------En
primer término, puede afirmarse categóricamente sin temor a
incurrir en equívocos conceptuales que la consolidación de un auténtico Estado de Derecho depende, en última instancia, del funcionamiento del Poder Judicial como órgano administrador de la justicia en los casos concretos controvertidos sometidos a la decisión de los Jueces competentes. ------------------------------------
ÉTICA Y DEONTOLOGÍA PROFESIONAL.Desde los albores ética y deontológica se han utilizado como sinónimos, cuando en esencia son distintos; en efecto, cuando nos referimos al termino ética, los griegos utilizaban dos términos distintos para referirse en un caso a lo que nosotros llamamos "ética" y en otro a lo que nosotros llamamos "costumbre". Por un lado con el término "éthos" designaban a lo que en castellano nos referimos a las costumbres o los hábitos automáticas; mientras que con el vocablo eéthos se referían al concepto de "modo de ser", "carácter" o predisposición permanente para hacer lo bueno.---------------------------------------En
contrapartida, encontramos que el DIONICIO M. GONZÁL EZ
TORRES10 la deontología proviene del griego: deón, deontos; deber; logos: ciencia, es la ciencia o tratado de los deberes. Este término usado por Jeremías Bentham en su obra ³Ciencias de la Moralidad´, publicada en 1834, se ocupa de los deberes relativos a clases o estados sociales particulares, profesionales.----Según el diccionario: lo define como la ciencia o tratado de los deberes, de la obligaciones morales; es el estudio de los deberes y etiquetas profesionales; es el conjunto de normas que deben reglar el ejercicio profesional.------------------------------------------------------------------------------------------ A continuación se presenta un cuadro en donde se puede apreciar las diferencias existentes entre ética y deontología:--------------------------------------
Deontología Pr ofesional
Ética pr ofesional
Orientada al deber
Orientada al bien, a lo bueno
Recogida en normas y códigos ³ deontológicos´
No se encuentra recogida en normas ni en códigos deontológicos, está relacionada con lo que piensa el propio individuo (conciencia individual/profesional)
Esas
normas y códigos son mínimos y aprobados por los profesionales de un determinado colectivo profesional (periodistas, médicos, abogados,...)
No es exigible a los profesionales de un determinado colectivo (periodistas, médicos, abogados,...)
Se ubica entre la moral y el derecho
Parte de la ética aplicada
10
GONZALEZ TORRES, Dionicio M. Medicina Legal y Deontología. Asunción Paraguay. Edición 2003.-
Una de las diferencias cuando hablamos de "ética" y "deontología" es que la primera hace directamente referencia a la conciencia personal, mientras que la segunda adopta una función de modelo de actuación en el área de una colectividad. ----------------------------------------------------------------------------------------De forma teórica, podríamos diferenciar dos grandes grupos: la ética social y la ética individual. Dentro de la ética individual se diferencia, también, una ética interpersonal que es la que rige el comportamiento que tenemos en relación a otros individuos. Aquí se puede situar la ética profesional ya que rige el comportamiento del profesional en su actividad laboral. Los principios que rigen la profesión se obtienen a través de métodos similares a los de la ética general: dialógico, inductivo y deductivo. Para conocer el fundamento ético y moral de un código ético, se requiere el estudio de la actividad profesional en sí misma y no es suficiente la labor de un filósofo que desconozca la profesión.---LOS CÓDIGOS DEONTOLÓGICOS.-
Un código deontológico es un documento que recoge un conjunto más o menos amplio de criterios, apoyados en la deontología con normas y valores que formulan y asumen quienes llevan a cabo correctamente una actividad profesional. Los códigos deontológicos se ocupan de los aspectos éticos del ejercicio de la profesión que regulan.
Estos
códigos cada vez son
más frecuentes en otras actividades.---------------------------------------------------------Los códigos deontológicos quizás sean los mecanismos de autorregulación más conocidos que se pueden poner en marcha en el ámbito de la comunicación social, la psicología, la medicina, entre otras profesiones, pero no son el único instrumento: libros de estilo, estatutos de redacción, convenios, etc., todos contribuyen a que una comunidad profesional fije sus propios límites, en muchos países esta regulación es a través de colegios profesionales.---------------------------------------------------------------------------------------Toda comunidad profesional trata de mantener determinados niveles de exigencia, de competencia y de calidad en el trabajo. Por ello, controla y supervisa, de alguna manera, la integración de nuevos miembros y el adecuado ejercicio de las tareas propias de su profesión. profesiones
elaboran
códigos
profesionales
En
este sentido, algunas
donde
se
especifican
consideraciones morales acerca de aspectos complejos de la vida profesional y donde, generalmente, se contemplan sanciones para el supuesto caso de que alguien viole abiertamente el espíritu de dicho código deontológico. Por supuesto, los códigos deontológicos no siempre se cumplen, y aunque se respeten, no queda muy claro quién esté encargado de velar por su cumplimiento ni cuáles son las sanciones para quienes los vulneren, ni quién debe imponerlas. Para mantener el cumplimiento del código deontológico de las distintas profesiones es habitual la creación de un colegio profesional. Las normas dictadas en el código deontológico son previamente pactadas y aprobadas de manera común y unánime por todos los miembros de la profesión para la que se elaboran. Son, por tanto, pautas de conducta a seguir cuyo objetivo es realizar un determinado trabajo de forma correcta, adecuada y eficiente.----------------------------------------------------------------------------------------------No se debe confundir la deontología con los códigos deontológicos. La deontología tiene un carácter más amplio, y puede incluir normas que no figuren en ningún código particular. El código deontológico es la aplicación de la deontología a un campo concreto.-------------------------------------------------------------
CONCLUSIÓN
El
estudio de los conceptos y principios básicos de
toda ética profesional, nos enseñan que las profesiones en la modalidad o disciplina que fuere, siempre se circunscribe dentro de un marco social, o sea la misma es justamente para servir a la sociedad, ser humano, que puede ser tanto o igual de digno que el profesional que le atiende.-------------Es
por ello que las prácticas viciosas y obnubílenles
de algunos profesionales del derecho han degradado tanto las profesiones del derecho llámese estas (abogado, notario, u cualquier función del poder judicial), puesto que la falta de conciencia moral ha desembocado en que conforme ha avanzado vertiginosamente nuestra sociedad, se implemente un código de ética para los profesionales del derecho, que si bien a modo de crítica, hasta el momento se ha constituido en una norma estéril y pueril, puesto que hasta la fecha no contamos con un fallo y/o sanción moral a los letrados del fuero. --------------------------------------------------
BIBLIOGRAFÍA
BERMEJO, F. (2002) La ética del trabajo social . Bilbao, Desclée De Brouwer, S.A.-
COBO, J. M. (2003) Ética profesional, 4º de pedagogía (curso 2003-04). Madrid, Universidad Pontificia de Comillas.-
FREIDSON, E. (2003) El Alma del profesionalismo, en SÁNCHEZ, M.; SÁEZ, J. y SVENSSON, L. Sociología de las profesiones. Pasado, presente y futuro . Murcia, Diego Marín Librero-Editor, 67 91.-
GONZALEZ TORRES, Dionicio M. Medicina Legal y Deontología. Asunción Paraguay. Edición 2003.-
HORTAL, A. (2002) Ética General de las Profesiones. Bilbao, Desclée De Brouwer, S.A.-
ÍNDICE
Introducción ......................................................................................... 1 Los principios y su aplicación a la profesión del Notario ..................... 1 Los principios: Definición ..................................................................... 1 Justificación y Aplicación ..................................................................... 3 El
principio de Beneficencia (Solidaridad) ........................................... 4
Principio de Autonomía ....................................................................... 5 * Autonomía del profesional .......................................................... 6 * Autonomía del beneficiario........................................................... 6 Principio de Justicia ( Equidad) ............................................................ 8 Principio de no maleficencia ................................................................ 9 Articulación y aplicación de los principios en la profesión del ............. Notario................................................................................................. 10 Las normas Éticas ............................................................................... 11 Ética y Deontología Profesional .......................................................... 13 Los Códigos Deontológicos ................................................................. 14 Conclusión........................................................................................... 16 Bibliografía .......................................................................................... 17