Objetivo general y
Estudiar a fondo los conceptos del derecho laboral costarricense, mediante diferentes fuentes de información, para
enriquecer el
conocimiento del tema. Objetivos específicos y
Analizar las diferentes áreas relacionadas relacionadas con el derecho laboral.
y
Proporcionar información básica acerca del derecho laboral.
y
Conceptualizar las características del derecho laboral costarricense.
Introducción
La progresiva cercanía de la formación profesional al mundo del trabajo, y su actualidad en las agendas temáticas de las relaciones laborales debía tener necesariamente su impacto en la legislación laboral. Así, en los últimos años, muchas iniciativas de reforma laboral en América Latina han incluido previsiones en materia de formac ión profesional; los Ministerios de Trabajo han desarrollado programas de empleo y formación, y finalmente la negociación colectiva ha receptado la formación como uno de sus contenidos típicos. En el presente sitio, se ofrece una muestra de casos de legisl aciones nacionales americanas que regulan aspectos de la formación profesional en su vínculo con el derecho del trabajo, en un rango que va desde la participación consultiva de los trabajadores en organismos bipartitos de gestión de los "recursos humanos", hasta la estructuración de un derecho/deber del trabajador de formarse en la relación de trabajo y la consiguiente obligación del empleador.
Antecedentes
El Derecho Laboral surge a principios del siglo XX, como una lucha que lleva a cabo la clase obrera, y la finalidad del mismo es regular los intereses contrapuestos de trabajadores y empresarios La aparición de las primeras leyes del nuevo Derecho del Trabajo, a mediados del siglo XIX. Nace éste en forma de leyes de emergencia, irregularidades en su alcance y modo de aplicación, fragmentarias aunque innovadoras. Elaboradas,
frecuentemente
ante
la
presión
de
las
fuerzas
obreras
organizadas. El punto de partida del movimiento legislativo en los países industriales podría fijarse en la ley inglesa de 1802 sumamente imperfecta, pero que al menos admitió la regulación de las condiciones de trabajo y la protección de los niños. Parecidas alternativas hubo en Francia, donde se impulsó una legislación intervencionista, en la revolución de 1848. En Alemania, se legisló sobre condiciones de trabajo y Seguro Social. En Italia, se legisló sobre el trabajo de menores, en España, con la creación del Instituto de Reformas Sociales en 1903. En Estados Unidos, se crearon oficinas de Estadísticas del Trabajo. En Iberoamérica, la legislación laboral comienza a principios del siglo XX, aunque en Brasil, se dictaron disposiciones protectoras de la infancia en 1890. El
Derecho Laboral
Derecho: conjunto de normas jurídicas que rigen la vida en una sociedad. Derecho laboral : conjunto de normas jurídicas que se dan de trabajador a
trabajador, de trabajador a patrón y viceversa. Derecho de trabajo : es un conjunto de normas jurídicas que van a regular las
relaciones entre los trabajadores y los patrones; buscando siempre el equilibrio entre el trabajo y el capital, éstas leyes son de orden público. El derecho laboral es el conjunto de preceptos de orden público regulador de las relaciones jurídicas que tienen por causa el trabajo por cuenta y bajo la dependencia ajena con objeto de garantizar a quien lo ejecuta su pleno desarrollo como persona humana y a la comunidad la efectiva integración del individuo en el cuerpo social y la regulación de los conflictos entre los sujetos de esas relaciones.
Se resume como el conjunto de normas jurídicas que regulan al trabajo como hecho social.
Elementos
Fundamentales del Derecho del Trabajo
y
Tiene Normas adjetivas y Sustantivas.
y
Obligatorio cumplimiento de las norma s ya que son impuestas por el Estado.
y
Regula las relaciones entre la mano de obra y el capital.
y
Regula las relaciones entre patrono y trabajador (obrero, empleado).
Objeto del Derecho del Trabajo: y
Regula los deberes y derechos tanto de los obreros como de los patronos.
y
Norma todo lo referente a salario, horas de trabajo, despidos justificado y no justificados, contratos individuales, sindicatos, huelgas entre otros.
y
Regula los conflictos de la relación jurídico -laboral.
Es decir, hay que verlo como un hecho social, porque implica una serie de condiciones sociales de cada trabajo. El derecho laboral tiene como objetivo principal establecer y organizar todas las circunstancias, fenómenos y situaciones que se puedan dar en tal ámbito a fin de que la actividad en cuestión pueda desarrollarse de manera segura y apropiada para las dos partes que participan en ella: el trabajador y el empleador. Sin embargo , uno de los principales elementos que busca establecer el derecho laboral es la seguridad para el trabajador ya que el mismo se encuentra en una posición de minoridad frente a su empleador. La justicia laboral se interesa por asegurar al trabajador (aunque no solamente a él) que se cumplan y respeten sus derechos tales como vacaciones pagas, licencias, cantidad de horas a trabajar, el establecimiento de un salario mínimo que puede ir ajustándose en caso de ser necesario, asignaciones familiares, previsión social, condiciones de higiene y de seguridad laboral, etc.
Características del Derecho del Trabajo
y
Es
autónomo: Porque a pesar de que forma parte del Derecho Positivo tiene
sus propias normas, es independiente.
y
Es
dinámico: Porque regula las relaciones jurídicas laborales, establecidas
entre los dos polos de la sociedad capitalista.
y
Es
de gran fuerza expansiva: Porque nació protegiendo a los obreros y
luego a los empleados. Es eminentemente clasista.
y
Es
imperativo: Como normas del Derecho Público es imperativo y por lo
tanto no puede renunciarse ni relajarse por convenios particulares.
y
Es
concreto y actual: Si bien es cierto que en la Ley del Trabajo existen
normas de carácter abstracto, la normativa esta adaptada a las necesidades del país, teniendo en cuenta la diversidad de sexos, los regímenes especiales del trabajo como por ejemplo del trabajo de menores, aprendices, mujeres, trabajadores domésticos, conserjes, trabajadores a domicilio, deportistas y trabajadores rurales. y
Las ramas del derecho
y
El
Derecho Público se caracteriza porque en él existe un ejercicio del
poder del Estado. Sus normas son las que van dirigidas a regular la organización y la actividad del Estado y demás entes públicos y sus relaciones como tales entes públicos con los particulares.
y
El
Derecho Privado que regula las relaciones entre particulares, es
decir aquellas en que ninguna de las partes actúa revestida de poder estatal. Las relaciones de Derecho Público son particulares,
se
caracterizan porque en ellas existe una situación de desigualdad entre las partes: de un lado, el órgano público revestido de imperium; por otra, el simple particular que ocupa una posición inferior y subordinada. Por el contrario, en las relaciones de Derecho Privado, toda intervención son iguales al menor jurídicamente. No hay en ellas una relación de subordinación, sino de coordinación. y
Derecho Penal: es el conjunto de normas jurídicas que regulan la
potestad
punitiva
del
Estado,
asociando
hechos
estrictamente
determinados por la ley, como presupuesto, una pena o medida de seguridad o corrección como consecuencia, con el objeto de asegurar los valores elementales sobre los cuales descansa la convivencia humana pacífica. y
Derecho Civil: es una rama del derecho Procesal que regula la
actuación ante los tribunales para obtener la tutela de los derechos y asuntos de naturaleza civil o mercantil. y
Derecho Procesal : es una rama del Derecho administrativo, que tiene
por objeto regular la organización y atr ibuciones de los tribunales de Justicia y las actuaciones de las distintas personas que intervienen en los proceso judiciales en la materia de Derecho Administrativo, entendiendo por tales las que enfrentan a particulares con la administración del Estado o a diferentes administraciones en sí. y
Derecho constitucional: es una rama del Derecho Político, cuyo campo
de estudio incluye el análisis de las leyes fundamentales que definen un Estado. Es materia de estudio todo lo relativo a la forma de Estado, forma de gobierno, derechos fundamentales y la regulación de los poderes públicos. y
Derecho Internacional: es el conjunto de principios y normas que
regulan las relaciones de los Estados y otros sujetos de derecho internacional y son representados por su servicio diplomático. y
Derecho del trabajo: el derecho laboral (también llamado Derecho del
trabajo o Derecho Social, es una rama del Derecho cuyos principios y
normas jurídicamente tienen por objeto la tutela del trabajo humano, productivo, libre y por cuenta ajena. y
Derecho mercantil ( o Derecho Comercial): es el conjunto de normas
relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones de éstos; en términos amplios, es la rama del Derecho que regula el ejercicio del comercio. y
Derecho tributario: conocido como derecho fiscal, es una rama del
Derecho Público que estudia las normas a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto público en aras de la consecución del bien común. y
Derecho financiero: es una rama del Derecho Público que se ocupa de
ordenar los ingresos y los gastos públicos normalmente previstos en el presupuesto general del Estado. y
Derecho Administrativo: es el conjunto de normas jurídicas que regula
la organización, funcionamiento y atribuciones de la Administración Pública en sus relaciones entre los particulares y otras Administraciones Públicas. y
Diferencias del derecho laboral con cada derecho respectivamente
y
Diferencias del derecho laboral con el derecho civil:
y
* El derecho común es un derecho individualista y patrimonialista y parte
de
la
base
de
la
igualdad
de
las
partes.
* El derecho del trabajo es humanista y colectivista; protege al trabajador y vela por la dignificación del trabajo humano y su bienestar. y
Trabajo humano es toda actividad realizada por el hombre, con su esfuerzo físico o intelectual, que produce bienes y servicios y que tiene por objeto convertir las cosas, es decir transformar, la realidad. Para el derecho del trabajo es toda actividad licita prestada a otro a cambio de una remuneración y se ocupa del trabajo en relación de dependencia. Constituye trabajo a los fines de la ley toda actividad lícita que se
preste en favor de quien tiene la facultad de dirigi rla mediante una remuneración. y
y
Con el derecho administrativo
Al derecho laboral es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan la conducta del hombre en sociedad.
Y el Derecho
administrativo es el conjunto de normas que regulan el funcionamien to del estado como poder administrador, entre los distintos órganos administrativos, y su relación con los particulares y
Con el derecho publico
y
En el derecho Público las partes de la relación no están en plano de igualdad. O sea, una de ellas está subordina da al poder de la otra. Por ejemplo, cuando el estado en ejercicio de la función pública integra la relación. En el derecho laboral, se considera que el empleador posee la autoridad necesaria, para imponer al trabajador ciertas condiciones laborales, a las cuales el trabajador debe subordinarse. En los casos en los que el estado actúa no como órgano de poder, sino en un plano de igualdad jurídica, por ejemplo si constituyen una empresa, intervienen las normas de Derecho Privado. En éste, predomina más la libertad de las partes, dentro de los límites legales, para establecer las condiciones de la relación.