CONCURSOS Y QUIEBRAS Los acreedores que se encuentran 1.
excluidos de prestar su conformidad en el acuerdo de Cuello Estanislada son: Su cónyuge, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad Su cónyuge y los acreedores fiscales Sus padres, hijos, cónyuge y socios de hecho Socios de hecho y cónyuge Su cónyuge, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad
2.
Los honorarios a cargo del deudor por el concurso son exigibles 90 días contados a partir de la homologación del acuerdo 30 días contados a partir de la homologación del acuerdo 60 días contados a partir de la homologación del acuerdo 90 días contados a partir de la aprobación del acuerdo 120 días contados a partir de la homologación del acuerdo
Si la concursada hubiera sujetado la propuesta de acuerdo para los 3.
quirografarios a la aprobación de los privilegiados, la falta de esa aprobación provoca La apertura del salvataje empresario La impugnación del acuerdo La categorización del acuerdo La homologación del acuerdo La declaración de quiebra
Para la aprobación de la propuesta por los acreedores con privilegio 4.
general, la concursada necesitaba acompañar las conformidades que representen: Mayoría de 2/3 partes de acreedores que representen más de la mitad del capital Mayoría absoluta de acreedores que representen las 2/3 partes de capital Unanimidad de acreedores Mayoría absoluta de acreedores que representen las 3/4 partes de capital Mayoría de los 2/3 de acreedores que representen las 3/4 partes de capital
5.
La resolución que determina la existencia de acuerdo determina el inicio de la etapa de Salvataje empresario
Impugnación del acuerdo Incumplimiento del acuerdo Nulidad del acuerdo Homologación del acuerdo
6.
Los efectos de las cláusulas del acuerdo para privilegiados se produce únicamente si Si el acuerdo es homologado Si el acuerdo para quirografarios es homologado Si el acuerdo es impugnado Si el acuerdo para la categoría de trabajadores es homologado Si el acuerdo es cumplido respecto a los quirografarios
7.
Las propuestas que la concursada Cuello Estanislada puede ofrecer a sus acreedores privilegiados podrían ser: Renuncias a privilegios Quitas, esperas, entrega de bienes u otras que obtengan su conformidad Pago del capital sin intereses. Suspensión de intereses Sólo quitas o esperas
8.
La concursada puede presentar modificaciones a la propuesta original hasta: La finalización del período de exclusividad La categorización de acreedores Hasta la homologación del acuerdo 20 días antes del vencimiento del período de exclusividad El momento de la audiencia informativa
9.
La concursada debe hacer pública la propuesta de acuerdo 10 días antes del vencimiento del período de exclusividad 5 días antes del vencimiento del período de exclusividad 15 días antes del vencimiento del período de exclusividad 20 días antes del vencimiento del período de exclusividad 30 días antes del vencimiento del período de exclusividad
En los supuestos en los cuales el acuerdo logra las mayorías exigidas 10.
por la ley y no se presentaron impugnaciones, el juez debe homologar el acuerdo, salvo: Fraude a la ley Ocultación del activo. Abuso de derecho Exageración del pasivo
Abuso o fraude a la ley
11.
La aprobación de la propuesta para los acreedores privilegiados especiales, tal el caso Cuello Estanislada, requiere Unanimidad Mayoría simple de capital Mayoría de las cuatro quinta partes del capital Mayoría de las tres cuartas partes del capital Mayoría absoluta de votos que represente las dos terceras parte del capital
12.
El principal efecto que tiene un acuerdo homologado es que el mismo: Se aplica sólo los acreedores que prestaron su conformidad. Se aplica a todos los acreedores de título o causa anterior a la presentación. Se aplica sólo a los acreedores privilegiados de título o causa anterior a la presentación. Se aplica a todos los acreedores de título o causa anterior a la presentación, salvo a los laborales. Se aplica a todos los acreedores de título o causa anterior o posterior a la presentación.
13.
El efecto del acuerdo homologado importa: La novación de las obligaciones con origen o causa anterior y
posterior al concurso La novación de las obligaciones con origen o causa anterior al concurso La prescripción de las obligaciones con origen o causa anterior al concurso La compensación de las obligaciones con origen o causa anterior al concurso La novación de las obligaciones con origen o causa posterior al concurso
Según la resolución estudiada, los efectos del acuerdo no alcanzaban a 14.
este acreedor privilegiado Nuevo Banco Suquia. ¿Cómo verá satisfecho su crédito?: Sólo puede pedir el incumplimiento del acuerdo Según las condiciones de contratación originarias Sólo puede pedir la quiebra Según las condiciones del acuerdo preventivo Según las condiciones de los acreedores quirografarios
15.
La voluntad para otorgar conformidad a la propuesta, se conforma –tal como vimos en la situación problemática- con la de: Los acreedores verificados y admitidos en la sentencia del art. 36 de la LCQ, y los denunciados por el deudor en la presentación concursal Los acreedores verificados y admitidos en la sentencia del art. 36
de la LCQ, excluidos los que tienen incidente de revisión. Los acreedores verificados en la sentencia del art. 36 de la LCQ Los acreedores verificados y admitidos en la sentencia del art. 36 de la LCQ Los acreedores verificados, admisibles e inadmisibles declarados en la sentencia del art.36 LCQ
16.
El acreedor admitido como quirografario al habérsele rechazado el privilegio, será excluido a los efectos del cómputo si Promueve acción de dolo Promueve incidente de revisión Promueve pronto pago Promueve incidente de impugnación Promueve incidente de verificación tardía
17.
Para aplicar las pautas del cramdown power previsto en el art.52 LCQ, es necesaria la conformidad de: Ochenta y cinco por ciento del capital quirografario Unanimidad de acreedores quirografarios Tres cuartas partes del capital quirografario Setenta por ciento del capital quirografario Unanimidad de acreedores privilegiados especiales
18.
Los acreedores que no pueden participar prestando su conformidad son: Los acreedores a los que se les declaró el crédito inadmisible Los acreedores declarados admisibles con incidente de rev isión Los declarados verificados tempestivamente Los presentados tardíamente y los reconocidos en el pasivo vía revisión Los acreedores laborales
19.
Si la concursada no cumple el acuerdo, cualquier acreedor puede: Solicitar la aplicación del salvataje empresario Solicitar la quiebra Solicitar la nulidad del acuerdo Solicitar el desistimiento del acuerdo Solicitar la impugnación del acuerdo
20.
El concursado no podrá presentar una nueva petición de concurso preventivo hasta después de transcurrido de Seis meses desde la declaración judicial de cumplimiento del acuerdo Un año desde la declaración de homologación del acuerdo Dos años desde la declaración judicial de cumplimiento del acuerdo
Un año desde la declaración judicial de cumplimiento del acuerdo Un año desde la declaración judicial de conclusión del acuerdo
La presentación del acuerdo 1.
preventivo extrajudicial del Banco Hipotecario se dio a conocer por edictos que se publican: Cinco días en el diario de publicaciones legales y en uno de gran circulación Veinte días en el diario de publicaciones legales y en uno de gran circulación Cinco días en el diario de publicaciones legales Quince días en el diario de publicaciones legales y en uno de gran circulación Diez días en el diario de publicaciones legales y en uno de gran circulación
2.
Los que se pueden oponer a la homologación del APE de Transportadora Gas del Norte fueron: son Acreedores que demuestren haber sido omitidos Acreedores denunciados y los que demuestren haber sido omitidos
Acreedores denunciados y los que demuestren el bien asiento del privilegio es insuficiente Acreedores denunciados por el deudor Acreedores verificados
3.
El acuerdo preventivo extrajudicial del Banco Hipotecario requirió para su aprobación de la…
Mayoría absoluta de acreedores que representen las 2/3 partes de pasivo quirografario total Mayoría absoluta de acreedores que representen las 2/3 partes del pasivo total Mayoría absoluta de acreedores que representen más de la mitad de pasivo quirografario total Mayoría de 2/3 partes de acreedores que representen más de la mitad del pasivo quirografario total Unanimidad de acreedores cuyas acreencias sean quirografaria
4.
El acuerdo preventivo extrajudicial sufrió una profunda reforma legislativa en el año 2002 a través de la ley: 24.522 25.563 26.086 25.589 26.684
5.
Las causales de oposición en el APE de Transportadora Gas del Norte son: La inexistencia de mayorías denunciadas por el deudor Omisiones o exageraciones del activo o pasivo Omisiones o exageraciones del activo o pasivo o la inexistencia de mayorías Omisiones o exageraciones del activo o la inexistencia de unanimidad Omisiones o exageraciones del pasivo o la impugnación de acreedores
6.
De la siguiente enumeración, uno de los sujetos no pueden solicitar la homologación del APE Cooperativas. Sociedades del Estado Asociaciones civiles Compañía de Seguros Sociedades anónimas
7.
De las siguientes afirmaciones, una de ellas es incorrecta La figura del APE se utiliza principalmente por grandes compañías Los efectos del APE homologado se extiende a todos los acreedores quirografarios
El síndico del Banco Hipotecario fue designado luego de la presentación judicial del APE Las personas físicas pueden homologar un APE Para aprobar un APE se requiere mayoría absoluta de acreedores que representen las 2/3 partes del pasivo quirografario.
8.
El APE del Banco Hipotecario no se homologó pues: Existieron defectos formales en las conformidades Se hizo lugar a las oposiciones de omisiones en el pasivo Por falta de mayorías de acreedores quirografarios Por ser abusiva la propuesta No era un sujeto concursable
9.
En el A.P.E., las acciones de contenido patrimonial contra Transportadora Gas del Norte quedaron suspendidas después de: La presentación judicial La celebración de los acuerdos La homologación judicial El cumplimiento del acuerdo La publicación edictal
10.
El contenido de cada uno de los acuerdos en el ámbito del APE de Banco Hipotecario fue pactado de manera:
Libre Restringida Tasada Condicionada Determinada
11.
De la siguiente enumeración, uno de los sujetos no pueden solicitar la homologación del APE Mutuales Sociedad en comandita por acciones Personas físicas Entidades financieras S.R.L.
Según el fallo de Transportadora Gas del Norte, el desistimiento 12.
impide la presentación de un nuevo proceso concursal por el término de Dos Años 10 años Tres años Un año 6 meses
13.
La ley establece algunos requisitos que deben presentarse al juez para homologar el APE. Uno de los siguientes recaudos es incorrecto: Depósito de dinero para hacer frente a las publicaciones Listado de acreedores Enumerar los libros de comercio y de otra naturaleza Listado de juicio Estado de activo y pasivo actualizado
14.
En caso de ser necesario, el incidente de oposición del APE se abre a prueba por 10 días 20 días 40 días 30 días 15 días
15.
En el APE, la etapa de verificación del crédito de Transportadora Gas del Norte: Es únicamente judicial Tiene lugar 20 días después de la presentación judicial No está prevista legalmente Se da con posterioridad a la publicación edictal
Se produce por vía incidental
16.
Si el acuerdo preventivo extrajudicial del Banco Hipotecario se hubiera homologado, sus efectos se habrían producido respecto de: Solo a los acreedores quirografarios que se presentaron a verificar sus créditos Todos los acreedores quirografarios anteriores a la presentación judicial Todos los acreedores, anteriores y posteriores, a la presentación judicial Solo a los acreedores quirografarios que prestaron su conformidad Todos los acreedores, quirografarios o privilegiados, anteriores a la presentación judicial
17.
La principal reforma que sufrió el APE en el año 2002 fue: Su no imposición a los trabajadores Su imposición a todos los acreedores denunciados Su no imposición a los créditos subordinados. Su imposición a todos los acreedores quirografarios Su imposición a todos los acreedores quirografarios y privilegiados
18.
La oposición a la homologación del APE de Transportadora Gas del Norte se debe presentar: Dentro de los veinte días posteriores a la última publicación edictal
Dentro de los diez días posteriores a la última publicación edictal Dentro de los cinco días posteriores a la última publicación edictal Dentro de los quince días posteriores a la última publicación edictal Dentro de los diez días posteriores a la primera publicación edictal
19.
La regulación de honorarios en el APE se realiza tomando en cuenta: El valor del activo menos el pasivo La magnitud y entidad de los trabajos realizados Valor económico o comprometido en el acuerdo El valor del pasivo denunciado El valor del pasivo, no pudiendo superar los 3 sueldos de secretario
20.
El presupuesto denominado “dificultades económicas financieras” se encuentra establecido para la apertura del…
Salvataje empresario Acuerdo preventivo extradudicial Concurso de agrupamiento Concurso preventivo Quiebra indirecta
En uno de los siguientes supuestos de declaración falencial, el deudor puede convertir su quiebra en concurso preventivo: Incumplimiento del acuerdo Falta de publicación de la propuesta Falta de mayoría en el acuerdo Nulidad del acuerdo Quiebra pedida por el deudor
En contra de la sentencia de quiebra decretada como consecuencia del pedido de uno de sus acreedores, el deudor, para revertir tal resolución, debe interponer:
2.
Recursos de revisión Recurso de reposición Recurso de casación Recurso de apelación Recurso directo
3.
Son partes en el trámite de la reposición: El acreedor y el síndico El fallido y el acreedor peticionario El fallido y los acreedores que demuestren sumariamente su crédito El fallido y el síndico El fallido, el síndico y el acreedor peticionario
Todo acreedor (en el caso, Corblock SAIC) puede pedir la quiebra de su deudor. Pero el art.80 LCQ exige a una 4. clase de aquellos que la demostración sumariamente que los bienes afectados son insuficientes para cubrirlo. ¿De qué acreedores se trata? Acreedores subordinados Acreedores quirografarios Acreedores fiscales Acreedores privilegiados. Acreedores laborales
5.
La existencia de juicio de ante quiebra implicaría Un juicio con posibilidad de prueba Juicio ejecutivo Una medida autosatisfactiva Una medida preparatoria Un juicio arbitral
6.
El levantamiento sin trámite se interpone cuando hay: Dación en pago Depósito en pago o a embargo Compensación Transacción Novación
7.
Loteos Serranos S.R.L. puede interponer el recurso de reposición dentro de: Quince días de conocida la sentencia Tres días de conocida la sentencia Cinco días de conocida la sentencia Diez días de conocida la sentencia Veinte días de conocida la sentencia
8.
El recurso de reposición de la fallida Loteos Serranos, puede interponerse cuando: La quiebra es declarada por pedido de deudor La quiebra es declarada por nulidad del acuerdo La quiebra es declarada por incumplimiento del APE La quiebra es declarada por incumplimiento del acuerdo La quiebra es declarada por pedido de acreedor
9.
Luego de efectuar el acreedor el pedido de quiebra, el trámite que continúa es: Emplazar al deudor para que en 5 días deposite en pago o a embargo lo reclamado.
Emplazar a otros acreedores para que en 5 días invoquen y prueben sus acreencias. Emplazar al deudor para que en 5 días invoque y pruebe lo que estime conveniente Emplazar al deudor para que en 5 días para que comparezca a estar a derecho y conteste la demanda. Emplazar al deudor para que en 10 días invoque y pruebe lo que estime conveniente
10.
En el caso de quiebra de personas físicas, se encuentran excluidos de solicitar la quiebra: Su cónyuge, descendientes, ascendientes y dependientes Su cónyuge, administradores, dependientes y sus cesionarios Su cónyuge, ascendiente, descendientes y sus cesionarios Su cónyuge, parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y sus cesionarios Su cónyuge, descendientes y sus cesionarios
11.
A los fines de la declaración de quiebra de Loteos Serranos: Es necesario probar la existencia de dos acreedores quirografarios Es necesario probar la existencia de cinco o más acreedores Es innecesario acreditar pluralidad de acreedores Es necesario probar la pluralidad de acreedores Es necesario denunciar la existencia de más de un acreedor
12.
Las medidas que Corblock puede solicitar al juez concursal antes de la declaración de quiebra son Embargo preventivo Status quo Intervención de caja Suspensión de ejecuciones Inhibición general de bienes
13.
Loteos Serranos para acceder a la conversión de la quiebra en concurso preventivo debería Cumplir con los contratos pendientes de ejecución Cumplir con los gastos del concurso Cumplir con los recaudos del art.11 LCQ
Cumplir con las cargas sociales y laborales Cumplir con el acreedor peticionario
14.
Para pedirle la quiebra a Loteos Serranos, un acreedor privilegiado especial debe demostrar que los bienes afectados son insuficientes para cubrirlo, salvo con relación al: Acreedor subordinado Acreedor fiscal Acreedor por honorarios Acreedor laboral Acreedor hipotecario
15.
Todo acreedor cuyo crédito sea exigible puede Pedir la apertura del concurso Pedir la intervención del deudor Pedir la quiebra Pedir la clausura del establecimiento Pedir la continuidad empresaria
16.
El acreedor que le pide la quiebra a Loteos Serranos S.R.L. debe: Debe probar el estado de cesación de pagos mediante prueba contundente Debe probar su crédito, los hechos reveladores de la cesación y que es sujeto concursable Debe probar su crédito y que el deudor se encuentra en dificultades económicas financieras. Debe probar los hechos reveladores de la cesación y que es sujeto concursable Debe probar su crédito y que es sujeto concursable
17.
La sentencia de quiebra debe publicarse por el término de: Cinco días Veinte días Quince días Diez días
Tres días
18.
Corblock, acreedor peticionario de la quiebra, hubiese podido desistir de su pedido de quiebra, siempre que Demuestre antes de la publicación de edicto que ha desaparecido el estado de cesación de pagos. No se haya hecho efectiva la citación prevista en el art.84 LCQ Demuestre antes de la continuación de la explotación de la empresa que ha desaparecido el estado de cesación de pagos. Demuestre antes de la sentencia de quiebra que ha desaparecido el estado de cesación de pagos. Demuestre antes de la primera liquidación de bienes que ha desaparecido el estado de cesación de pagos.
19.
Loteos Serranos puede solicitar la conversión de su quiebra en concurso preventivo dentro de: 15 días de la última publicación 20 días de la última publicación 10 días de la última publicación 3 días de la última publicación 5 días de la última publicación
20.
De los siguientes hechos que se enumeran, uno de ellos no es un hecho revelador de la cesación de pagos: Venta a precio vil, ocultación o entrega de bienes en pago. Apertura de un establecimiento secundario para el desarrollo de su actividad. Ocultación o ausencia del deudor o de los administradores de la sociedad. Mora en el cumplimiento de una obligación. Reconocimiento judicial o extrajudicial del mismo, efectuado por el deudor.
.
Si al momento de dictar sentencia, ningún acreedor se presentó a verificar, el modo conclusivo que se deriva es el: Avenimiento Carta de pago Pago total Distribución final Inexistencia de acreedores
2.
Una vez clausurado el procedimiento por distribución final, el mismo se puede reabrir cuando: Aparezcan bienes donados al fallido Aparezcan bienes susceptibles de desapoderamiento Aparezcan herencias del fallido Adquiere bienes con posterioridad al decreto de quiebra Recibe indemnizaciones no personales
3.
Los acreedores no presentados al momento de la clausura por distribución final, sólo podrán requerir verificación cuando Demuestren caso fortuito o fuerza mayor para comparecer con anterioridad Demuestren la causa de su crédito Demuestren fraude del deudor Demuestren justificadamente las causas de la demora Denuncien la existencia de nuevos bienes
4.
El avenimiento provoca El levantamiento de la inhibición general de bienes El cese de todos los efectos de la quiebra La rehabilitación del fallido El levantamiento de la prohibición de salir del país La declaración de cumplimiento del acuerdo
5.
Si el fallido no cumple con la garantía fijada para los gastos y costas del juicio, el juez debe: Denunciar penalmente al fallido Continuar los trámites de la quiebra Inhabilitar al fallido Declarar nuevamente la quiebra Oficiar al Registro para anotar la inhibición de bienes
6.
Invermar pudo solicitar la conclusión de la quiebra por avenimiento comprende el lapso comprendido entre:
La sentencia declarativa de la quiebra y la presentación del informe general del síndico La solicitud de verificación de créditos y la designación del enajenador de los bienes La primera liquidación de los bienes y la presentación del proyecto de distribución La sentencia declarativa de la quiebra y la clausura del procedimiento por falta de activo La resolución judicial sobre verificación de los créditos y la última enajenación de bienes
7.
Realizado el activo y cuando el mismo no alcanza para satisfacer la totalidad de los créditos, el juez dictará la resolución por la cual se declara la: Carta de pago Clausura por falta de activo Pago total Clausura por distribución final Avenimiento
8.
El pedido de clausura por falta de activo se sustancia con: Fallido Acreedores Inaudita parte Comité de Control Trabajadores
9.
Invermar debía acreditar el consentimiento para lograr la conclusión del procedimiento de: Todos los acreedores quirografarios Todos los acreedores verificados Todos los acreedores quirografarios y laborales La mayoría de los acreedores quirografarios y todos los acreedores privilegiados La mayoría de los acreedores quirografarios
10.
El juez comercial, ante la clausura por falta de activo, debe Comunicar dicha circunstancia a la justicia penal
Ordenar la detención del fallido Imponer una pena de prisión de 6 meses a 3 años Declarar la incapacidad del fallido Ordenar un sumario penal
11.
El modo conclusivo por el cual los acreedores manifiestan que se les ha satisfecho en su plenitud los créditos verificados, dando un instrumento privado autenticado en prueba de ello, Dación en pago Pago total Distribución final Avenimiento Carta de pago
12.
La falta de cumplimiento de los acuerdos que el deudor realizó a los fines del avenimiento determina: La imposibilidad de convertir la quiebra en concurso preventivo La reapertura del proceso concursal La declaración de indisponibilidad del fallido La formación de un nuevo concurso La inhabilitación del fallido
13.
Si luego de pagado todos los créditos y gastos del concurso, queda un remanente, el mismo se destina a Los acreedores Al fallido Instituciones de bien público Pagar intereses Los trabajadores
14.
Cuando la liquidación de bienes alcanza para pagar la totalidad de los acreedores y los gastos del concurso, el modo conclusivo que se sigue es: Dación en pago Pago total
Distribución final Avenimiento Carta de pago
15.
Cuando la liquidación de bienes no alcanza para pagar siquiera los gastos del concurso, se declara Pago total Clausura por falta de activo Clausura por distribución final Avenimiento Carta de pago
16.
Luego de peticionado el avenimiento, el juez puede requerir La conformidad de los trabajadores que se constituyeron en Cooperativa para explotar la empresa El depósito de una suma para acreedores que no puede ser hallados y pendientes de resolución La conformidad de los acreedores que se encuentren pendientes de resolución judicial La conformidad del Síndico y del Comité de Control para que la empresa continué en manos del deudor El pago a los acreedores que no puede ser hallados y pendientes de resolución.
17.
Una vez clausurado el procedimiento por distribución final, se declara la conclusión cuando pasan Tres años sin que aparezcan bienes Un año sin que aparezcan bienes Cuatro años sin que aparezcan bienes Dos años sin que aparezcan bienes Seis meses sin que aparezcan bienes
18.
Si luego de pagar todos los créditos, gastos e intereses de un concurso, queda un remanente, el mismo se destina: A los acreedores A los trabajadores A instituciones de bien público Al fallido
Al Estado
19.
Cuando después de realizados los bienes en la quiebra de Cespedes, el producto distribuido no alcanza para satisfacer los gastos del concurso, ni siquiera con los honorarios, se produce la: Clausura por distribución complementaria Conclusión por pago total Clausura por falta de activo Clausura por distribución final Conclusión por carta de pago
20.
La clausura por falta de activo importa Un ilícito penal Presunción de fraude Delito civil Incapacidad Contravención