1.- ¿QUÉ ES LA PSICOLOGÍA? PSICOLOGÍA? La psic psicolo ologí gía a es la disc discip iplilina na que que inve invest stig iga a sobr sobre e los los proce procesos sos ment mental ales es de personas y animales. La palabra proviene del griego: psico- (actividad mental o alma) y -logía (estudio). Esta disciplina analiza las tres dimensiones de los mencionados procesos: cognitiva, afectiva y conductual. iencia que estudia los procesos mentales, las sensaciones, las percepciones y el comportamiento del ser !umano, en relaci"n con el medio ambiente físico y social que lo rodea.
2.- ¿QUÉ ES JURÍDICA? #el derec!o o de las leyes o relacionado relacionado con ellos.El t$rmino %urídico %urídico !ace directa directa referencia a cualquier tema relacionado al derec!o. &sado generalmente como ad'etivo podemos encontrar que su uso est ligado estrec!amente a la las leyes y normas.
3.- ¿QUÉ ES PSICOLOGÍA JURÍDICA? *&na rama de la psicología aplicada al me'or e'ercicio del derec!o+ (ira y L"pez, /0) *La 1sicología %urídica comprende comprende los conocimientos conocimientos psicol psicol"gicos "gicos aplicados a las ciencias 'urídicas+ (u2oz, 34). * La psicología 'urídica es: *el estudio de las necesidades que surgen en las sociedades como resultado de la interacci"n de las personas con los sistemas 'urídicos, como tambi$n la evoluci"n de estos sistemas en la medida que condicionan nuevas regulaciones en la que las personas deben desenvolverse+. (iguel lemente, 5) *La 1sicología %urídica es un rea especializada, bsica y aplicada de la psicología científica, que investiga en e interviene sobre el comportamiento !umano que alcanza implicaciones 'urídicas. Esta rea propende por la defensa de los derec!os !umanos, la salud mental y el impacto de $stas en la sociedad, con el fin de alcanzar y !umanizar la 'usticia+ (grupo de profesores de posgrado de psicología 'urídica, 044)
4.- APORTES DE LA PSICOLOGÍA JURÍDICA EN VENEZUELA. VENEZUELA En 6enezuela en 7 destaca la labor del #r. 8enry asalta, psic"logo psic psicot oter erap apeut euta a (ar (araca acas, s, #istr #istritito o 9ede 9edera ral) l),, quien quien cond condu' u'o o inve invest stig igac aci" i"n n en el tratamiento de delincuentes en su obra etodología en el anlisis e;perimental de la conducta. En el a2o 3, se dicta como ctedra por el #epartamento de 1sicología línica de la Escuela de 1sicología de la &niversidad entral de 6enezuela, y en el a2o 0444 se funda la
ESTADOS UNIDOS La 1sicología %urídica constituye un rea de especializaci"n de la psicología general, cuyos aportes eran requeridos en los tribunales de los Estados &nidos desde .70. En .74 la
ESPAÑA En Espa2a por los psiquiatras forenses en .3 y en otros países Europeos tras conocer los aportes aportes tempranos tempranos que !icieron !icieron al respecto respecto autores autores como Lombroso Lombroso en =talia en .37> y ?estsc!mer ?estsc!mer en
MÉICO En C, en $;ico, D. . Lafora escribe La concepci"n oderna del riminal Fato. En el 044, la omisi"n Estatal de #erec!os 8umanos de Aa;aca (E#8A)B organiz" organiz" la 1rimera 1rimera Gemana Estatal de 1sicología 1sicología y #erec!os #erec!os 8umanos, de la cual el #r. Eric Darcía L"pez fue el director general. #entro de ella, se cont" con una asistencia estable de C44 personas apro;imadamente, durante toda la semanaB la mayoría eran estudiantes de 1sicología y #erec!o de diversas universidades de $;ico. Los temas tratados tratados estuvieron encaminados encaminados a disertar disertar sobre la relaci"n entre los estudios científicos científicos sobre la personalidad y la conducta !umana, para un me'or respeto al mbito 'urídico y particularmente a los #erec!os 8umanos. H tambi$n en Aa;aca de %urez, % urez, $;ico, el de agosto de 0440, en la asa de la ultura %urídica de la Guprema orte de %usticia de la Faci"n y onse'o de @utela para enores =nfractores del Estado de Aa;acaB se desarrollaron las 'ornadas para discutir el tema de la edad penal, con miras a la reforma de los artículos correspondientes. El tema que tuvo relaci"n con la 1sicología %urídica en ese conte;to fue el de Iptica de la 1sicología %urídica en la Edad 1enal.
ARGENTINA En la &J< (&niversidad de Juenos
vetado. En el mbito 'udicial, estaba limitada la participaci"n del psic"logo a la voluntad de algunos 'ueces para el requerimiento de conse'osB muy diferente resultaba con el cuerpo m$dico forense, en donde lo e;igía la ley.
COLOM!IA Ge empez" a e'ercer en el a2o de 7CB cuando se vincul" al =nstituto Facional de edicina Legal y iencias 9orenses (=FLH9) la primera psic"loga forense, la #ra. 6ictoria Eugenia 6illegas e'ía, en la capital de la epKblica. Luego, en 7>, einaldo Di2azK organiz" la especialidad de 1sicología %urídica en la 9acultad de 1sicología de la &niversidad de Gan Juenaventura de edellínB y un a2o y medio despu$s, con ercedes Loizo, la organiz" tambi$n en la 9acultad de 1sicología de la &niversidad at"lica de olombia de Jogot, impulsada en ese entonces por el #ecano %os$
".- RESEÑA #IST$RICA DE LA PSICOLOGÍA JURÍDICA (%.C.).- 9ueron los griegos los primeros en !ablar de isonomía o igualdad frente o las leyes, pero ser, ms adelante con el concepto de democracia cuando se empezar a !ablar, no tan s"lo de igualdad sino tambi$n de participaci"n en los sistemas de gobierno y de 'usticia (Darz"n, 4). Los pensadores de la ilustraci"n mantuvieron la idea de que el Estado y el poder ya no procedían de #ios, sino del acuerdo pactado entre los ciudadanos que querían asegurar su libertad y una convivencia pacífica ante los ataques de terceros, organizndose unitariamente e imponiendo un orden coactivo (@eoría del ontrato Gocial, ver laus o;in, 3). < partir de este momento la atenci"n de la 'usticia se desplazar desde el intento de conocer el deseo divino !asta el efectivo descubrimiento de la naturaleza del ser !umano y sus interacciones sociales on respecto a esto, omero (7/) comenta que la Jiblia ofrece una serie de episodios que pueden ser relacionados con la psicología 'urídica. Episodios tales como el fallo de Galom"n, pronunciado para dilucidar qui$n podría ser la madre del ni2o que dos mu'eres se disputaban, considerndolo cada una como suyoB y el episodio de la casta Gusana en que fueran confundidos los testigos que a $sta acusaban falsamente, emplendose por el 'uez medios que obedecen a t$cnicas de investigaci"n criminal, aKn !oy usados para descubrir en un testigo o varios el faltar a la verdad en la narraci"n de los !ec!os. #e igual forma, el declogo que ois$s tra'o de la monta2a contiene mandamientos que todavía !acen parte del cuerpo del #erec!o moderno, tales como el robo y el !omicidio, mientras que otros elementos del antiguo testamento todavía gobiernan la prctica legal. s tarde, te;tos del mundo antiguo como, por e'emplo, la epKblica de 1lat"n, que es bsicamente una bKsqueda del significado de 'usticia, !an sido estudiados en el intento de entender las bases psicol"gicas de los conceptos legales.
ÉPOCA MEDIEVAL. #e igual forma los romanos, por e'emplo, !icieron su muy notable contribuci"n con respecto a los aspectos legales de las enfermedades mentales ya que a ellos se debe la terminología aKn empleada mediante la cual en algunos c"digos aparecen definidas las enfermedades o estados mentales con las palabras furiosi (persona completamente privado de la raz"n, tuviese o no intervalos lKcidos), mente capti (persona cuyas facultades intelectuales estaban poco desarrolladas), dementis (privado de entendimiento o falto de 'uicio) y fatui (falto de raz"n o entendimiento)B aunque la e;istencia de tales estados no era declarada por el m$dico sino por los 'ueces (omero, 7/). Gin embargo, no fue sino !asta los tiempos medievales que la actividad forense, como tal, apareceB cuando las cortes reales reconocieron la necesidad de que e;pertos testificaran en asuntos mas all del conocimiento general del 'uzgado y el 'uez VIII. Los primeros refle;iones serias, escritas en torno a la importancia de la psicología en la fundamentaci"n del derec!o y en la prctica 'udicial.
E& 1'(), el lugar de nacimiento de la 1sicología %urídica es Leipzig,
de marzo de 335, en la batalla que dio lugar a la ebeli"n del Foroeste de anad. Los $tis ganaron la batalla, pero al final perdieron la guerra cuando el 5 de mayo fue 'uzgado L. iel y se le acus" de alta traici"n. 9ue entonces cuando el > de noviembre de 335 en egina, , un estudiante de la &niversidad de Leipzig, Gc!renc-Fotzing es reconocido como el primer psic"logo forense. La ley lo !abilit" para presentar en una corte de unic! los detalles de un e;perimento de laboratorio sobre sugesti"n y errores de la memoria, en un caso de !omicidio. El asunto que Gc!renc-Fotzing testific" fue que los testigos en el caso, debido a publicidad antes del 'uicio, !abían fallado en distinguir entre lo que !abían visto pasar y lo que !abía sido reportado por la prensa (8aOard y Dud'onsson,
3). =gualmente, este mismo a2o, . Gommer (línica 1siquitrica de la &niversidad de Diessen, ). Luego de Pnsterberg, le sigui" otro pupilo de Mundt, %uddB quien instal" un laboratorio en la &niversidad de Hale. La contribuci"n principal de %udd fue en las t$cnicas e;perimentales y los instrumentos asociados (8aOard y Dud'onsson, 3). s tarde, en 4/, en , . Longo escribe 1sicología riminale (1sicología riminal) sobre el papel del testigo en el testimonioB publicado en el 6ol. RR6== del
Entre los a2os de 4 a 7 (e;cepto en >), en Estados &nidos, se public" un artículo sobre psicología forense en el 1syc!ologicalevieO (evisi"n 1sicol"gica). Luego, el 1eri"dico de Ley riminal y riminología y el 1eri"dico , en =talia, 1atrizi escribe #opo Lombroso. Fuovecorrentinellostudiodellagenialit e del delitto (#espu$s de Lombroso: Fuevas orrientes en el Estudio de la Denialidad y del #elito). En 7, desde la =ndia, el profesor 1. !andra Jose, en su =ntroducci"n a la 1sicología %urídicaB se dedica al estudio de la memoria, el testimonio y la psicología del delito. <2ade que esta disciplina debe estudiar la psicología de las mentes de los legisladores, 'ueces, testigos, abogados, administradores del Estado y del pKblico en general interesado en la recta administraci"n de 'usticia. En ). En 0, en Estados &nidos, en el caso Gtate 6s. #river, un psic"logo dio su opini"n sobre un intento de violaci"n a una víctima de 0 a2os. Nl us" algunas pruebas psicol"gicas y concluy" que la víctima no era fiable. La orte rec!aza esta opini"n diciendo que esas pruebas m$dicas y psicol"gicas no eran confiables para descubrir mentiras. omo consecuencia, durante muc!os a2os, muc!os psic"logos en EE.&&. no fueron admitidos en los 'uicios.
En 00, en Espa2a, 9. Gantamaría escribe La ostumbre y las Formas Nticas y %urídicas. 1sicología del @estimonio. H en =talia, L. Jattistelli, escribe La JugianeiFormali, neiriminali, nei9olli (Las entiras en los Formales, los riminales y los #ementes)B y L. 9erranteapetti, eati e 1sicopatieGessuali (#elitos y 1sicopatías Ge;uales). En 0/, en =talia, D. #on escribe La @estimonianzanel9attoomune e nella6icendaDiudiziaria (El @estimonio en el 8ec!o omKn y en la ircunstancia %udicial)B y G. Gig!ele, = #elittidella 9olla studiatisecondo la 1sicologia, il#iritto e la Diurisprudenza (Los rímenes de las asas estudiados segKn la 1sicología, el #erec!o y la %urisprudencia). ). En 03, en Espa2a, D. . Lafora traba'" en un proyecto para un nuevo "digo #elictivo teniendo presente algunos temas especiales como la inimputabilidad, circunstancias atenuantes, esperticia psiquitrica, y peligrosidad. H en =talia, D. #on escribe La #elinquenzanegli), en ese mismo a2o, en Estados &nidos los autores c arty, con su 1sicología para el %uristaB y . 8utc!ins y #. Glesinger, con su 1sicología LegalB !icieron sus respectivas contribuciones al crecimiento de los aportes psico'urídicos a la ciencia psicol"gica.
En /C, en =talia, L. Teppieri escribe #elinquenti e delitti (#elincuente y #elito)B y fueron creados los entros de Abservaci"n para 1ersonas %"venes, para investigar la personalidad de delincuentes '"venes y asegurarle a ellos la me'or recuperaci"n social. =gualmente, en , e;igi" su paternidad literaria. Luego en 54, tambi$n en Estados &nidos, los @ribunales requirieron de psic"logos y psiquiatras para participar en e;menes, prefiriendo el acercamiento clínico. En 5/, . ubí, en Espa2a, public" algunos artículos donde la frenología es usada para el estudio de la conducta criminalB y en =talia, los psic"logos participaron en un congreso en el cual proponen algunas reformas urgentes del 1rocedimiento riminal =taliano. =gualmente, en el a2o de 5/, se e;perimenta lo que sería por siempre un sello en la !istoria de la psicología 'urídica cuando el antes mencionado, Lionel 8aOard, en el eino &nido, le da el nombre de 1sicología 9orense al rea en cuesti"nB y la define como la
rama de la psicología aplicada a la que le concierne la recolecci"n, e;aminaci"n y presentaci"n de evidencia para prop"sitos 'urídicos. En 5C, en =talia, L. Jattistelli escribe La Jugia in @ribunale (Las mentiras en los tribunales)B en , en =talia, se admitieron psic"logos como asesores de @ribunales %uvenilesB y en Espa2a, el primer #epartamento de 1sicología se instituy" en la 1risi"n de adrid, dirigida por %esKs e;puso que la evaluaci"n no pudiera usarse para buscar las pruebas del crimen. En >/, en 1olonia, se permiti" usar el detector de mentiras durante una investigaci"n delictivaB y en Estados &nidos, se establecieron algunos cursos en 1sicología 9orense para abogados. En >>, en =talia, D. Dulotta y E. Ermentini dieron su 'uicio pericial sobre la fiabilidad de una confesi"n dada despu$s de un e;amenB ellos escribieron su opini"n en un informe para el @ribunal. #e igual manera, en Estados &nidos, ?alvenS 8. Tiesel escriben @!e 3, en Espa2a, el #epartamento entral para la Abservaci"n de la 1risi"n fue instituido con algunos funcionarios como psic"logos, pedagogos y abogados. En =talia, . Limoncelli propuso establecer el registro de víctimasB y D. Dulotta publica el artículo Le 6ittime di
En >, en Estados &nidos, se crea la Gociedad , en =talia, D. Dulotta escribe La 6ittima (La 6íctima) y se escribe tambi$n el documento llamado ollana di 1sicologiaDiuridica e riminale (La adena de 1sicología %urídica y #elictiva)B en 1olonia, el @ribunal Gupremo permiti" el uso au;iliar del detector de mentiras, por consiguiente sus resultados necesitaron ser confirmadosB y en Espa2a, se realiza el 1rimer ongreso =nternacional de 1sicología 9orense, en Jarcelona, sobre las 1erspectivas de 1sicología 9orense. En 77, en =talia, el Drupo de 1sicología 9orense y la Gecci"n de 1sicología 9orense del =nstituto de 1sicología de la &niversidad de ilano, empez" sus actividadesB y el primer curso en psicología forense es dictado por D. Dulotta. En este mismo país, en 73, se realiza el 1rimer ongreso =nternacional de 1sicología 9orense, en iln, llamado 6íctima de Afensa: La 1revenci"n y eparaci"n. @ambi$n se realiza el ongreso Facional en 1iacenza, llamado El 8omicidio Gin ontrol: Los 1roblemas de =nimputabilidadB el omit$ Arganizador ientífico era el encargado de la Gecci"n de 1sicología 9orense de la &niversidad de iln. ientras tanto, en oma se realiza el ongreso Facional de 1sicología y %usticiaB y tambi$n en iln, se realiz" la primera euni"n =nternacional en 6ictimología.
mediadores familiares. En 1olonia, el 1royecto de eforma del "digo de 1rocedimiento riminal apuntaba a reducir los malos usos de la psicología. ientras que en Espa2a los psic"logos eran permanentemente admitidos en las ortes iviles, debido a la modificaci"n de la Ley ivil de divorcioB y se instituyeron los @ribunales 9amiliares, en los cuales los psic"logos tomaron parte como mediadores familiares. 9inalmente en ese a2o, en Estados &nidos, en alifornia, se emiti" una ley para la mediaci"n de la custodia en casos de divorcio y aument" el uso de la !ipnosis en conte;tos forenses. En 'unio de 30, en el eino &nido, se realiza la onferencia =nternacional de 1sicología Jritnica y LeyB y el omit$ para 1rocedimientos atrimoniales, promovi" la mediaci"n en los casos de divorcio y separaci"n. Luego, en 3/, en Espa2a, el proyecto para el nuevo "digo #elictivo permiti" la valoraci"n del demandado. H en Estados &nidos, en ic!igan, una ley declara las características del mediador familiar, en conformidad con la Ley aliforniana de 3. s tarde, en 3C, se cre" el entro de 1sicología 9orense en la &niversidad de @urín, dirigida por 9ornari. En 35, en 9rancia, se establece la , en Espa2a, publican %. Jurillo S . #íaz el libro 1sicología Gocial y Gistema 1enalB y %. 9. orales, <. Jlanco, . 8uiciS %. . 9ernndez, el de 1sicología Gocial
En Espa2a, entre 3 y , se publica la revista #elincuenciaB y los @ribunales %uveniles fueron establecidos, en donde los 1sic"logos eran a menudo empleados como e;pertos. En Estados &nidos, se lleva a cabo la 1rimera Encuesta =nternacional de 6ictimizaci"n, promovida por &F== y el inisterio de %usticia de los 1aíses Ja'osB la cual se contest" en 0. En los 4s, en =talia, muc!os centros para la defensa de mu'eres maltratadas y ni2os se ponen en marc!a. En toda la Europa (eino &nido,
a2os entrenando el urso de 1sicología 9orenseB #. 1a'ardi Editores publicaron #annoJiologico e #anno1sicologico (#a2o Jiol"gico y 1sicol"gico)B y D. 1onti publica @utela della6ittima e ediazione1enale (#efensa de la 6íctima y ediaci"n 1enal). En >, en =talia, la Editorial entro ientífico publica ollana di riminologialinica, 1sic!iatria 9orense, 1sicologiaDiudiziaria (adena de riminología línica, 1siquiatría 9orense y 1sicología %urídica)B supervisada por &. 9ornari, quien tambi$n dirigi" la Especializaci"n en 1sicopatología y 1sicología 9orense de la &niversidad de @urín, entre los a2os de > y 7. 1or otro lado, la ).
>.- DE*INICI$N DE TÉRMINOS !+SICOS.
VÍCTIMA: 1ersona destinada a un sacrificio religioso. que sufre violencia in'usta en su persona o ataque a sus derec!os. El su'eto pasivo del delito y
de la persecuci"n indebida. Wuien sufre un accidente casual, de que resulta su muerte u otro da2o en su persona y per'uicio en sus intereses. Wuien se e;pone a un grave riesgo por otro.
IMPUTADO : persona que !a sido acusado de un delito. =ndividuo a quien cabe atribuirle un delito por la conciencia, libertad, voluntad y lucidez con que !a obrado. INIMPUTADO: Es la persona con 9alta de capacidad de culpabilidad, es decir, que una persona por problemas de madurez o psíquicos no reKne los requisitos suficientes para ser declarada responsable penalmente de actuaciones que pueden ser típicas y anti'urídicas (!ec!o punible). ACUSADO : 1ersona a quien se acusa de un delito en un proceso 'udicial. DELITO:
LOPNA: Es una ley orgnica que tiene por ob'eto garantizar a todos los ni2os y adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional, el disfrute pleno y efectivo de sus derec!os y garantías que a trav$s de la 1rotecci"n =ntegral que el Estado, la familia y la Gociedad deben brindarle desde el momento de su concepci"n. DEREC#O LA!ORAL, es una rama del #erec!o cuyos principios y normas 'urídicas tienen por ob'eto la tutela del traba'o !umano realizado en forma libre, por cuenta a'ena, en relaci"n de dependencia y a cambio de una contraprestaci"n. Es un sistema normativo !eter"nomo y aut"nomo que regula determinados tipos de traba'o dependiente y de relaciones laborales. DEREC#O MERCANTIL, es aquella rama del #erec!o privado que regula el con'unto de normas relativas a los comerciantes en el e'ercicio de su profesi"n, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones 'urídicas derivadas de la realizaci"n de estos. DEREC#O ADMINISTRATIVO, es aquella rama del #erec!o pKblico que regula la actividad del Estado, la funci"n administrativa y la relaci"n entre los particulares y el aparato pKblico. En otras palabras el derec!o administrativo es aquel que regula la relaci"n 'urídica entre el administrador (Estado) con los administrados (individuos). DEREC#O TRI!UTARIO : es una rama del #erec!o pKblico, dentro del #erec!o financiero, que estudia las normas 'urídicas a trav$s de las cuales el Estado e'erce su poder tributario con el prop"sito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto pKblico en reas a la consecuci"n del bien comKn. #entro del ordenamiento 'urídico de los ingresos pKblicos se puede acotar un sector correspondiente a los ingresos tributarios, que por su importancia dentro de la actividad financiera del Estado y por la !omogeneidad de su regulaci"n, !a adquirido un tratamiento sustantivo.
CRIMINOLOGÍA: es una disciplina empírica inter, trans y multidisciplinaria que tiene como ob'eto de estudio al criminal, con relaci"n al crimen mismo, sin de'ar de lado del todo a la víctima la cual ser en todo caso ob'eto total de estudio de la víctimologia, con el ob'etivo de entender al criminal mismo y sus distintas motivaciones que lo llevaron a cometer determinados crímenes. CRIMINALÍSTICA, es una disciplina que aplica fundamentalmente los conocimientos, m$todos y t$cnicas de investigaci"n de las ciencias naturales, en el e;amen del material sensible significativo relacionado con un presunto !ec!o delictuoso con el fin de determinar en au;ilio de los "rganos encargados de administrar 'usticia, su e;istencia o bien reconstruirlo o bien se2alar y precisar la intervenci"n de uno o varios su'etos en el mismo. La criminalística se vale de los conocimientos científicos para reconstruir los !ec!os. El con'unto de disciplinas au;iliares que la componen se denominan ciencias forenses.
POLÍTICA CRIMINAL : es la manera como la colectividad reacciona organizadamente, frente a las acciones delictuosas que amenazan su co!esi"n o su desarrollo arm"nico. La disciplina que estudia esta faceta del control social recibe, igualmente, el nombre de política criminal. Es tarea de esta disciplina, no s"lo la descripci"n de la reacci"n social contra la delincuencia, sino tambi$n determinar los lineamientos que deberían seguirse a fin de lograr una mayor eficacia. EPERTO,es ms que un científico y que un especialista, puesto que combinauna competencia abierta y una aptitud a comunicar sobre su tema.Los e;pertos determinan las causas y efectos de los !ec!os y las razones de ordent$cnico que pueden pasar desapercibidas a primera vista.
oficinas pKblicas o privadas. #espac!o, trmite , curso de causas y negocios.
IN*ORME : Es un documento en el cual el perito e;presa un !ec!o concreto. Ge utiliza frecuentemente para manifestar que se llev" a cabo una diligencia o un estudio, en el cual, los resultados fueron negativos, en otras palabras, que no fue posible realizar una certificaci"n o integrar los elementos para efectuar un dictamen. MINISTERIO P!LICO : organismo aut"nomo y 'erarquizado cuya funci"n es dirigir en forma e;clusiva la investigaci"n de !ec!os constitutivos de delito, y en su caso, e'ercer la acci"n penal respectiva. CONDUCTA: Es el primer elemento bsico del delito, y se define como el comportamiento !umano voluntario, positivo o negativo, encaminado a un prop"sito. COMPORTAMIENTO: es la manera de proceder que tienen las personas u organismos, en relaci"n con su entorno o mundo de estímulos. El comportamiento puede ser consciente o inconsciente, voluntario o involuntario, pKblico o privado, segKn las circunstancias que lo afecten. CONDUCTA DESVIADA : Ge describe como aquellas actividades que en t$rminos de normas convencionales y costumbres son consideradas como indeseables o inaceptables (, cord, /). La conducta se e;perimenta como molestia o irritabilidad por otras personas, lo que algunas veces provoca como enfado e inseguridad. Esta conducta provoca respuesta en las autoridades agencias sociales e instituciones convencionales, (por e'emplo l2a familia y la escuela). CONDUCTA DELICTIVA: Es una onductaque transgrede las normas de la sociedad a la que ese individuo pertenece. VICTIMOLOGÍA, GegKn Dulotta, (7/), la victimología es el estudio científico de las víctimas del delito, disciplina que tiene por ob'eto el estudio de la víctima de un delito, de su personalidad, de sus características biol"gicas, psicol"gicas, morales, sociales y culturales, de sus relaciones con el delincuente y del papel que !a desempe2ado en la g$nesis del delito. Es =nvestigar y contribuir a me'orar la situaci"n de la víctima y su interacci"n con el sistema legal.
MEDIACI$N, onsiste en propiciar soluciones negociadas a los conflictos 'urídicos, a trav$s de una intervenci"n mediadora que contribuya a paliar y
prevenir el da2o emocional, social, y presentar una alternativa a la vía legal, donde los implicados tienen un papel predominante.
(.- PARTES DEL PROCESO CIVIL PENAL Gon todos aquellos personas que intervienen en el proceso 'udicial: -
9iscal del ministerio pKblico, es imperativo legal tiene como funci"n proteger el orden 'urídico y asegurar la defensa social y la patria, en los delitos que atenten vitalmente contra ella. El acusado o imputado su'eto activo del delito. La victima, su'eto pasivo de la infracci"n. ualquier lesionado en sus intereses materiales como acreedor por raz"n de responsabilidad civil.
'.- *ASES DEL PROCESO VENEZOLANO *%/0 0%%5%. Es la fase en la cual se va a investigar el !ec!o punible. En el procedimiento ordinario puede durar C5 días, 3 meses, meses con 5 días, y 0 a2os como m;imo para las causas que se refieran a la investigaci"n de: !omicidio intencionalB violaci"nB delitos que atenten contra la libertad, integridad e indemnidad se;ual de los ni2os, ni2as y adolescentesB secuestroB corrupci"nB delitos que causen da2o al patrimonio pKblico y a la administraci"n pKblica: trfico de drogasB legitimaci"n de capitales contra el sistema financiero y delitos cone;osB delitos con multiplicidad de víctimasB delincuencia organizadaB violaciones a los derec!os !umanosB lesa !umanidadB delitos contra la independencia y seguridad de la naci"n y crímenes de guerra. 6encido el plazo de la 9ase preparatoria el 9iscal del inisterio 1Kblico debe dictar el acto conclusivo. En el caso de los C5 días es cuando el %uez de ontrol acuerde mantener una medida de privaci"n 'udicial preventiva de libertad durante la 9ase preparatoria, donde el 9iscal debe presentar el acto conclusivo dentro de los C5 días siguiente a la decisi"n 'udicial. En el 1rocedimiento para el 'uzgamiento de los delitos menos graves puede durar >4 días continuos cuando en la 4 días continuos ya se !a establecido una investigaci"n preliminar del !ec!o delictivo.
*%/0 5&06075%, Es donde se va a celebrar la audiencia preliminar. *%/0 70 8955,
suficientes elementos de convicci"n para !acerlo.
*%/0 70 08095:&, En esta fase se va a !acer cumplir la sentencia que se obtuvo en el 'uicio oral. ).- ROL DEL PSIC$LOGO EN LA PSICOLOGÍA JURÍDICA.-
Es muy importante que se vislumbre de manera concreta el que!acer del psic"logo 'urídico, ms all del rea de desempe2o en la que se ubique. 1or esta raz"n se presentan a continuaci"n algunas de las ms importantes tareas que le corresponden al psic"logo 'urídico. . omprender, e;plicar y desarrollar modelos te"ricos. Esta funci"n se refiere a la conceptualizaci"n y desarrollo de modelos te"ricos basados en la evidencia científica, que permiten comprender y e;plicar el comportamiento !umano dentro del conte;to 'urídico. El desarrollo de modelos te"ricos es lo que alimenta y da validez a las actuaciones del psic"logo 'urídico en los diferentes mbitos. 0. Evaluar y realizar diagn"sticos. #esarrollo de instrumentos de evaluaci"n, de t$cnicas y de procedimientos de perita'e (como au;iliares de 'usticia y como generadores de conocimiento). Esta rea corresponde a la 1sicología 9orense, propiamente dic!a. En este sentido es muy importante destacar la funci"n del perita'eB el cual se refiere a la evaluaci"n rigurosa de un su'eto en sus diferentes aspectos psicol"gicos. ecu$rdese que el perita'e psicol"gico puede ser determinante para que un 'uez decida sobre la imputabilidad o inimputabilidad de un su'eto respecto de una conducta puni ble. 1or e'emplo, un perita'e psicol"gico puede dar indicios sobre si se le deben o no imputar cargos a un su'eto que cometi" un !omicidioB pero que la defensa alega problemas mentales. /. ealizar consultorías y asesorías. on base en el conocimiento disciplinar de la 1sicología se aporta informaci"n Ktil en el proceso de toma de decisiones importantes en el conte;to legal. Gin tener carcter probatorio, ya que esto sería competencia e;clusiva de la 1sicología 9orense. C. #ise2ar, desarrollar, validar, aplicar, dar seguimiento y evaluar programas de prevenci"n e intervenci"n. #irigidos a las víctimas para reducir el da2o sufrido por el delito, a los agresores para disminuir su probabilidad de reincidencia y a la sociedad en general para prevenir los fen"menos delictivos y victimol"gicos. 5. ealizar perfiles. Ge realiza la descripci"n y la predicci"n del comportamiento de poblaciones forenses (delincuentes, víctimas, operadores de 'usticia, etc.). < trav$s de esta labor es que se !ace posible prever, a partir de determinados rasgos psicol"gicos y de eventuales pruebas, se2alar la posibilidad de que un
su'eto incurra en determinados ilícitos. 1or e'emplo, !oy día ya se !a avanzado muc!o, aunque no lo suficiente, en el perfil de los asesinos en serie, soci"patas, neonaticidas, entre otros. >. =nvestigar. Ge refiere a la bKsqueda de evidencia y generaci"n de conocimiento respecto a las relaciones entre 1sicología y ley, así como de su que!acer. 7. #ise2ar, evaluar, dar seguimiento, modificar, analizar y promover (papel disuasorio) políticas pKblicas. En este sentido, la 1sicología opera como fundamento de la ley, con el fin de coadyuvar en el desarrollo de una administraci"n y procuraci"n de 'usticia equitativa, y en la construcci"n de sociedades menos violentas y ms 'ustas. 3. #esarrollar estrategias, participaci"n activa y seguimiento de procesos de mediaci"n. Ge busca la me'ora y la promoci"n de estrategias que contribuyan al desarrollo de sociedades ms !biles en la resoluci"n pacífica de conflictos. . 1articipar en la selecci"n y capacitaci"n de personal en el sistema legal. Ge contribuye en estos procesos con el ob'eto de que quienes laboren en la administraci"n y procuraci"n de 'usticia sean personas id"neas y con capacidades acordes con sus funciones y con el ob'etivo Kltimo de contar con un sistema legal 'usto y equitativo.
CONCLUSIONES La 1sicología %urídica es la rama de la psicología que intenta aportar sus conocimientos al me'or e'ercicio del #erec!o, para que se cumpla en el fondo la idea de 'usticia y bKsqueda de la verdad que se pretende. Esta especialidad intenta aplicar sus conocimientos a la rama del #erec!o y a los procesos psicol"gicos que e;isten dentro de los procesos 'urídicosB para aclarar asuntos que tengan que ver con la conducta de un su'eto en cualquier escenario legal.
!I!LIOGRA*ÍA aballero, . y 1rada, <. (0440). Historia de la Psicología Jurídica y sus Campos de plicaci!n en Colombia. I#=DA 1EFta. ed.) ). $ntroducci!n a la psicología "urídica. =bagu$: 9orum1acis. 1i2eros, . (044C) %obre una de&inici!n de psicología "urídica. onsultado en en !ttp:VVOOO.psicologia'uridica.org 1sicomed Y adrid (sin fec!a). Psicología &orense. onsultado en enero de 04> en !ttp:VVpersonal.telefonica.terra.esVOebVpsicoV'uridica.!tml =nstituto espa2ol de agresi"n y familia. (Gin fec!a). 'ol del Psic!logo en el (mbito Jurídico. onsultado en enero de 04> en !ttp:VVOOO.psicologiaonline.comVcolaboradoresViayfVrolpsi.!tm