TEORÍA TEO RÍA DE DE LA CONSITUCIÓ CONSITUCIÓN N 1. 1.1.Tipología e"olucin
de
concepto
de
Constitucin!
atendiendo
a
la
#ist$ica de las ideas p ol olíticas% íticas% 1.1.1. Concepto de Constitucin Constitucin en en la Antig&edad Antig&edad cl'sica% cl'sica% 1.1.1.1 1.1 .1.1.En .En ($ eci ecia% a% En la )poca g$iega p$edo*ina la idea de Constitucin en sentido *ate$ial. Al $especto +au$icio ,io$a"anti -! #ace $ee$encia%/un siste*a de o$gani0acin de cont$ol de los di"e$sos co*ponentes de la sociedad #ist$ica*ente dada! const$uido pa$a da$ eicacia a las acciones colecti"as pa$a consenti$! así! un pacíico $econoci*iento de la co*2n pe$tenencia/. 3asada en%
a.
4$i*acía de a5soluta de la asa*5lea de todos los ciudadanos atenienses pa$a la asuncin de las decisiones de $ele"ancia
5. c.
colecti"a6 De$ec#o a la pala5$a concedido a todo ciudadano sin disc$i*inacin6 Alte$nacin de los go5e$nantes la o5ligacin de $endi$ cuentas.
Un siglo despu)s 4latn A$istteles #a5lan de politeía! t$aducido actual*ente en el sentido Constitucin.
1
1.1.1.-.En Ro*a% El concepto Constitucin apa$ece$' en la lite$atu$a político7 8u$ídica $o*ana a t$a")s de +a$co Tulio Cice$n! en su o5$a De Rep25lica. 4oste$io$*ente! dic#a nocin se$' aplicada a las lees i*pe$iales! las 9ue aludían a las decisiones del e*pe$ado$ $o*ano. En su*a! dic#o concepto se identiica5a con la disposicin o *andatos i*pe$iales.
-
1.1.1.-.En Ro*a% El concepto Constitucin apa$ece$' en la lite$atu$a político7 8u$ídica $o*ana a t$a")s de +a$co Tulio Cice$n! en su o5$a De Rep25lica. 4oste$io$*ente! dic#a nocin se$' aplicada a las lees i*pe$iales! las 9ue aludían a las decisiones del e*pe$ado$ $o*ano. En su*a! dic#o concepto se identiica5a con la disposicin o *andatos i*pe$iales.
-
De este *odo! en Ro*a el no*5$e constitutio indica el acto legislati"o en gene$al o su $esultado% constitue$e iu$a. Esta5lecen 9ue constitutio es lo 9ue el e*pe$ado$ o$dena :p$incipi placuit; 9ue tenía ue$0a de una le. 4oste$io$*ente! e"olucion #acia el
es entendida! Estado!
siendo
ta*5i)n! conside$ada
co*o uno co*o
el
eica0 pa$a o$gani0a$ la co*unidad política6 siendo! la causa del )=ito o $acaso de toda accin. De5e ad"e$ti$se 9ue no todas las Constituciones7 en el sentido de no$*a unda*ental7 tenían el *is*o ca$'cte$. Así! e=istie$on los edictos 9ue e$an decisiones con ue$0a de le6 los dec$etos 9ue se dicta5an pa$a especíicos casos 8udiciales6 los *andatos 9ue 1.1.-. Concepto de Constitucin en en la la Edad Edad +ed +edia% ia% e$an Du$ante este pe$iodo apa$ece el concepto de le= te$$ea 9ue aludía a la inst$ucciones ad*inist$ati"as di$igidas a los go5e$nado$es de e=istencia de una no$*a $ecto$a 9ue $egula5a la $elacin ent$e el $esc$iptos os 9ue e$an las consultas a5sueltas a $e p$o"incia6 los $esc$ipt un sus "asallos. *agist$ado! con el o$*at o$*atoo de ca$tas o notas notas esc$itas de5a8o Se e*pie0a a const$ui$ la idea de Constitucin 5asada en los pactos de una de*anda de un pa$ticula$. con"enios 9ue se utili0a5an pa$a sustenta$ li*ita$ las $elaciones de pode$ eclesi' e clesi'sticas sticas se>o$iales. Tal es el caso de la Ca$ga Ca$ ga +agna :1-1?;! 9ue tenía po$ o58eto el con8unto de de$ec#os 9ue po$ t$adicin co$$espondían al cle$o! a los "asallos del so5e$ano! a todos los #o*5$es li5$es! a los *e$cade$es a la co*unidad de la ciudad de Lond$es. Se t$ata de li*ita$ ta*5i)n! algunas p$e$$ogati"as del $e! co*o el condiciona*iento de la i*posicin de t$i5utos! o de ca$gas de distinto g)ne$o! a su ap$o5acin po$ pa$te de los o5ispos! de los condes de los 5a$ones *ao$es. @
Al da$se el en*eno u$5ano co*o consecuencia de las c$u0adas 9ue a5$ie$on el co*e$cio po$ las $utas de o$iente! los *e$cade$es se asientan en los 5$ugos! 9ue o$*an la clase 5u$guesa. Esta clase luc#a po$ la autono*ía de las ciudades! pues los inte$eses de los eudales die$ían de los suos su o$*a de "ida. Al o5tene$ ca$tas o ue$os co*unales! constituen un nue"o concepto de Constitucin! 9ue ga$anti0a a los 5u$gueses o$gani0ados en co$po$aciones sus de$ec#os6 ent$e ellos! el de da$se su p$opio go5ie$no! 9ue dese*5oca en el go5ie$no *unicipal :co*uni;. Los 5u$gueses Constitucin
poste$io$ *ente
son
los
9ue
inspi$an
la
Li5e$al. A ines de esta edad 5a8o las *ona$9uías a5solutas :S.BI BII;! se entendi po$ Constitucin a la legislacin del p$íncipe7tal co*o sucedi en Espa>a! ,$ancia
e Inglate$$a7 co*o inst$u*ento de
legislati"o7 *ediante ca$tas! estatutos u o$denan0as7 1.1.@. ca$'cte$ Concepto de Constitucin en la Edad +ode$ na% po$ Du$ante el siglo BI! apa$ece$' la nocin de Constitucin co*o *edio de cual se da5an $an9uicias o p$i"ilegios a los indi"iduos de e8e una co*unidad política75u$gos! "illas o ciudades7. de la unidad política estatal po$ enci*a del $e de las de*'s lees. Así! 9ueda *aniestada co*o la nocin de Le ,unda*ental :le= unda*entalis;. Estos p$eceptos caliicados co*o unda*entales e$an una sue$te de cont$atos o pactos ent$e el Re el $eino. (eo$ge elline! se>ala%
Conde de St$ao$d% ue acusado 8u0gado po$9ue 9uiso ca*5ia$ las lees unda*entales de la *ona$9uía. El concepto *ode$no de Constitucin est' "inculado a las doct$inas *ode$nas de so5e$anía% 4a$a tal eecto es i*p$escindi5le cita$ a ean 3odin ? :1?-K71?K;! 9uien en síntesis dice%
del
plantea*iento
de
Mo55es!
la
le
se identiica con el cont$ato so5$e el cual se unda el Estado! así co*o con las consecuencias 9ue se desp$enden in*ediata*ente de )l. En el cont$ato social "a i*plícita la cl'usula de so*ete$se a9uel p$íncipe 9ue designe la *ao$ía6 sin la cual7 el so*eti*iento p$oteccin de esta cl'usula7 tal co*o lo ai$*a! 9ueda$ía dest$uido el Estado.
Coe 9uien en el caso 3on#a* :11; consiga al co**on la co*o De$ec#o li*itati"o de los pode$es $eales FG 4oste$io$*ente! ?
$eapa$ece$' du$ante la Re"olucin 4u$itana gene$ada a *ediados del
p$etensin del <4a$la*ento La$go/ de e8e$ce$ auto$idad a5soluta e ili*itada FG Co*o consecuencia de esta accin 5elige$ante! du$ante el go5ie$no de Oli"ei$o ($o*ell! se ela5o$an el Ag$ee*ent o t#e 4eople :1HQ; el Inst$u*ent o (o"e$n*ent :1?@;/ D. o$d*ut#Q! e=pone 9ue la $e"olucin inglesa del siglo BII es pie0a cla"e pa$a la const$uccin del Constitucionalis*o. 4lantea 9ue el Ag$ee*ent o t#e 4eople al
$ele8a la idea de una le supe$io$
4a$la*ento el Inst$u*ent o (o"e$n*ent indica la p$esencia de una no$*a esc$ita 9ue o$gani0a el pode$ 9ue po$ tal se encuent$a enci*a de los pode$es po$ )l constituidos. A pa$ti$ del siglo BII la pala5$a Constitucin 9ueda$' ent$oncada con el o$igen *is*o del pode$! se$' in"ocada pa$a legiti*a$ la inalidad del Estado pa$a li*ita$ las $elaciones de *ando o5ediencia a a"o$ del $esgua$do de los de$ec#os de la pe$sona. Así! tene*os los te=tos constitucionales de las e= colonias 5$it'nicas en A*)$ica del No$te *'s p$opia*ente los Estados Unidos in"oca$an en la Constitucin de 1QPQ%
pode$/
En esta *is*a línea! se ap$o5a$' el a$tículo 1 de la Decla$acin de los De$ec#os del Mo*5$e del Ciudadano%
co*o
inglesa! $ancesa $econoce$'
consecuencia
no$tea*e$icana.
de De
las este
t$iunantes *odo!
se
co*o las p$i*e$as Constituciones a la de 1.-. Tipología de concepto Constitucin atendie p$opia*ente ndo a di"e$sasdic#as pe$ specti"as% Estados Seg2n (a$cía 4elaoP! el concepto Constitucin es uno de los 9ue o$ecen Unidos :1QPQ; ,$ancia :1QK1! 1QK@!1QK?;. *ao$ plu$alidad de o$*ulaciones. Esto po$ dos $a0ones. La p$i*e$a%/ po$9ue si la *ao$ía de conceptos 8u$ídico7políticos son de un *odo *ediato o in*ediato conceptos pol)*icos! )ste! po$ $ee$i$se a la sustancia de la e=istencia política de un pue5lo! est' pa$ticula$*ente a5ocado a "oluntad con"e$ti$sede conoci*iento! sino en su adecuacin inst$u*ental pa$a la cont$o"e$sia en uno de esoscon conceptos si*5licos Laco*5ati"os su $atio el ad"e$sa$io/. segunda% 9ue
Q
1.-.1. Concepto de Constitucin seg2n el T$i5una l Constitucional% Uno de los unda*entos de la Sentencia del 4leno del T$i5unal Constitucional K! del - de e5$e$o de -! deine a la Constitucin co*o%
o$g'nica
de cual9uie$
institucin 1:F;/! indicando 9ue dic#a
deine! tanto la o$*a de se$ est$uctu$a esencial! de a9uello 9ue
luc# po$ consegui$
9ue la Constitucin
de los Estados uese $ecogida en un te=to con o$*a de le! di"idido en a$tículos secciones! 9ue dete$*inase la o$*a cla$a ta=ati"a cu'les e$an los p$incipales $ganos e8e$ce$
políticos
9ue #a5ían de
pode$ de 9u) o$*a con 9u) lí*ites pod$ían go5e$na$. Este ue el *oti"o po$ el 9ue a inales del siglo BIII I nu*e$osos países
P
decidie$on esta5lece$ po$ esc$ito de o$*a co*pleta las no$*as 9ue de5e$ían dete$*ina$ las $elaciones de pode$ li5e$tad. Se deno*ina Constitucin en sentido o$*al al docu*ento esc$ito 9ue contiene el con8unto de no$*as! "alo$es p$incipios 9ue $egla*entan el unciona*iento de las Instituciones 4olíticas. La die$encia de la Constitucin o$*al con ot$os te=tos p$i*a en po$ *edio so5e$ana*ente del cu*pli*iento de cie$tas o$*alidades 9ue est'n $edactadas sancionadas po$ un $gano p$ocedi*ientos 9ue diie$en del p$oceso o$dina$io 9ue est' constituente su *odiicacin esta5lecido pa$aco*petente6 las de*'s $eglas de De$ec#o. no puede #ace$se sino Las o$*alidades tienen po$ inalidad e"ita$ 9ue las pe$sonas 9ue cono$*an el pa$la*ento! #agan de la Constitucin un inst$u*ento al se$"icio de sus inte$eses p$i"ilegios! po$ lo tanto la Constitucin se conside$a co*o no$*a de supe$io$ $ango 8e$a$9uía! po$ lo 9ue no pueden se$ cont$adeci$la ot$as no$*as! si lo #acen se$'n nulas po$ inconstitucionales < :F; de tal *ane$a 9ue en la Constitucin esc$ita! slo las no$*as incluidas tienen ca$'cte$ sup$e*o! *as no las 9ue 9ueden ue$a 1- :F;/ Se de5e tene$ en cuenta 9ue lo *'s i*po$tante en la Constitucin en sentido o$*al es la o$*a *'s no el contenido de la $egla 8u$ídica.
K
-.1.1.1. Ca $acte $ísticas %
•
•
•
•
Es una le unda*ental de ca$'cte$ sup$e*o. Se p$esenta po$ *edio de una codiicacin. Sancionada po$ el titula$ del 4ode$ Constituente.
Re"estido de o$*alidad! 9ue diicultan su -.1.-. Sentido $eo$*a. +ate$ial% La Constitucin en sentido *ate$ial o sustanti"a! ta*5i)n conocida co*o R)gi*en 4olítico! 9ue cono$*an el con8unto de no$*as o
•
•
•
•
$eglas unda*entales $elati"as a la o$gani0acin acti"idad del Estado :pode$es de sus $ganos! $elaciones de estos ent$e sí con los ciudadanos;. Se $eie$e Se conclue asíal 9ue
1H
u
4o$Antonio lo tanto se Cit. ai$*a (ARCÍA CUADRADO! +. O5. p. -?9ue
o$*a pa$te de la Constitucin
*ate$ial
de un Estado toda no$*a 1 9ue $egula% La política.
o$gani0acin
-.1.-.1. Ca $acte $ísticas % •
•
Contiene no$*as so5$e la o$gani0acin del Estado. Reconoce los De$ec#os ,unda*entales de las pe$sonas ga$anti0a su cu*pli*iento.
•
•
4o$ *edio de la o$gani0acin 9ue e=p$esa! $epa$te el pode$ ent$e todas sus instituciones. Est' o$ientada a conigu$a$ un go5ie$no de*oc$'tico. Aun9ue no$*al*ente se p$ocu$a 9ue la Constitucin +ate$ial sea $ecogida en un solo docu*ento! es posi5le deci$ 9ue algunas no$*as son slo o$*al*ente constitucionales! po$9ue est'n en la Constitucin esc$ita pe$o su o58eto no son los $ganos supe$io$es del Estado! sino en *ate$ia constitucional6 9ue ot$as son slo *ate$ial*ente constitucionales! po$9ue tienen ese o58eto pe$o no est'n incluidas en la Constitucin esc$ita. 4o$ e8e*plo co*o sucedi en las *ona$9uías con las lees so5$e sucesin al t$ono! en este sentido no se esta5lece en ninguna no$*a cual es la o$*a de sucesin en el pode$ :#e$ede$o de la co$ona; pe$o esta en"estido de o$*alidad! po$ lo tanto se le at$i5ue ca$'cte$ de Constitucin En la actualidad! encont$a*os 9ue en los países de co**on *ate$ial. la! co*o Inglate$$a : antiguas colonias suas;! los p$incipios unda*entales del Estado no est'n e=p$esos en no$*as constitucionales especiales :Constitucin ,o$*al;! sino en costu*5$es! t$adiciones
p$'cticas
políticas! co*o 4$ecedentes -.-. SENTIDO 4OLÍTICO % Binculantes.
8udiciales! se
puede
constitucionales encont$a$
en
o los
El concepto de Constitucin #a tenido di"e$sos eno9ues 8u$ídicos políticos. Seg2n Ignacio de Otto%
ad8eti"o! se encuent$a signiicado
en
su o$igen
ostensi5le*ente
ca$ga
de
político! e"oca de in*ediato ideas tales co*o la li5e$tad de*oc$ acia! ga$antía de los de$ec#os de los ciudadanos! 4ode*os
li*itacin de pode$/
1?
entende$ 9ue la Constitucin tiende a posi5ilita$ la const$uccin 8u$ídica de un o$den político! po$ tanto la Constitucin no es sino la o$*ulacin 8u$ídica del o$den político de la sociedad. e=p$esin
A su "e0 el Estado tiene 9ue se$ la
política 2nica de la sociedad.
1Q
4ode*os
co*p$ende$ 9ue )sta es la o$gani0acin 5'sica de un país! o al *enos la no$*a 9ue la esta5lece! esto nos da a conoce$ 9ue tiene uncin o$gani0ado$a unda*entado$a! la cual po$ un lado! codiica o$dena la "ida política6 po$ La Constitucin puede al5e$ga$ tanto signiicados! tan di"e$sos! co*o los ot$o! unda*enta legiti*a las instituciones políticas! las contenidos en el sustanti"o del 9ue se de$i"a siendo así 9ue la Constitucin ope$aciones en políticas! etc. sentido político alude *'s a la o$gani0acin 5asada en dete$*inados p$incipios de o$ientacin política.
1-
-.@. SENT IDO URÍDICO % CO+O CO+ 4END IO DE NOR+AS 4ARA LA OR(AN IWACIÓN DEL ESTADO En el sentido 8u$ídico la Constitucin se p$esenta co*o no$*a 8u$ídica! no$*a unda*ental! o le unda*ental de la o$gani0acin del Estado la "ida 8u$ídica de un país. La Constitucin se$' entonces!
del pode$
cono$*an la Constitucin del Estado pe$o )sta entendida co*o a9uel canal po$ el cual el pode$ pasa a *anos de su titula$ siendo este el Estado Ta*5i)n conoce$e*os 9ue < :F; la teo$ía $e"oluciona$ia tu"o este t$ascendentales consecuencias al int$oduci$ en el ca*po del de$ec#o p25lico pasa$a a sus agentes los cuales se$'n los go5e$nantes. la nocin de $)gi*en constitucional! pa$a caliica$ con esta e=p$esin a9uella
1@
o$*a de go5ie$no en la cual las p$e$$ogati"as del pode$ est'n li*itadas po$ la le unda*ental./ -1 En este sentido pode*os entende$ die$encia$ a la *ona$9uía a5soluta de la *ona$9uía constitucional se tend$' 9ue tene$ una distincin ent$e 9ue < Fes un Estado Constitucional lo 9ue es Estado dotado de Constitucin! a 9ue se #a dic#o 9ue todo Estado posee Constitucin./ --
Con esta deinicin 3ida$t Ca*pos nos co*enta 9ue
1H
lle"a a la cul*inacin del p$oceso de $acionali0acin planiicacin! o$ientado a la satisaccin de las necesidades gene$ales pa$ticula$es. Seg2n (iuseppe Be$gottini
sostiene la tesis 9ue todo pue5lo de5e
una Constitucin conce5ida pa$a sí po$ si *is*o! a 9ue todo pue5lo tiene una pe$sonalidad deinida e indi"iduali0ada 9ue lo distingue de los de*'s. Esta -H DE BER(OTTINI! (iuseppe... De$ec#o Constitucional Co*pa$ado7+)=ico D.,. -H6 4$i*e$a edicin6concepcin 1- pp.6 p. 11H. sustenta 9ue la Constitucin de un pue5lo no es un siste*a p$oducto 1?
de la $a0n sino una est$uctu$a 9ue se gene$a de una e"olucin lenta de la t$anso$*acin #ist$ica. Seg2n esta concepcin Bícto$ (a$cía To*a #ace $ee$encia
de
una
constitucin
de5en
inte$"eni$
acto$es
sociales!
econ*icos políticos de acue$do a cada pue5lo su política t$a*a dede"eni$ Co*o *enciona (a$cía To*a
-?
(ARCIA TO+A! Bícto$. O5. cit 6 p. H@?.
-
i5id. 4. H@
1
concepto alude a la Constitucin! co*o la o$*ali0acin del en*eno social 9ue nace e"oluciona en "i$tud de la accin de los di"e$sos acto$es de la con"i"encia colecti"a/ -Q. El o$igen de esta concepcin de5e da$se en la p$opia $ealidad social! en sus est$atos *'s p$oundos. Las Constituciones no son *e$os p$oductos de la $a0n! co*o di$ían los $acionalistas6 algo in"entado o c$eado po$ el #o*5$e! o po$ el deducido lgica*ente po$ cie$tos p$incipios! co*o p$etenden los o$*alistas en gene$al. Al cont$a$io! son $esultado de algo 9ue se encuent$a en $elacin conc$eta "i"a con las Esta concepcin po$ ,e$dinand Lasalle en su o5$acountu$a Xu) es la ue$0as sociales!ueenint$oducida dete$*inado luga$ en dete$*inada social. ConstitucinY! 9ue cont$aponía la Constitucin esc$ita a la Constitucin Real se $e*onta al *odo de las $elaciones $eales ent$e las ue$0as sociales. Se>ala 9ue #a dos tipos de Constituciones% la Constitucin Real la o$*al. La p$i*e$a es eecti"a po$9ue co$$esponde a la e=p$esin de los acto$es $eales de pode$! la ot$a es 2nica*ente una #o8a de papel. Respecto a esto ,e$dinand Lasalle #ace $ee$encia
LASALLE ,e$dinand en (ARCIA TO+A! Bícto$6 O5. Cit. 4. H@Q
-K
CALWADA 4ADRON! ,elicianoFDe$ec#o Constitucional6 Edito$ial Ma$la6 +)=ico D.,. 1KK6 p. 1@P.
1Q
lo #acen las ot$as concepciones! se sustenta en una no$*a t$ascendente! a 9ue al tene$ la sociedad sus p$opias $eglas constituidas constituentes! sie*p$e de"ienen en $e5eldes a la pu$a no$*ati"idad! po$ lo tanto la Constitucin de5e adapta$se a dic#as $eglas. URÍDICA DE LA CONSTIT UCIÓN H. NATURALEWA Algunos auto$es asu*en 9ue la Constitucin es la no$*a unda*ental de la cual desciende po$ g$ados el $esto del o$den 8u$ídico. 4uede deini$se ta*5i)n! co*o el con8unto de $eglas 9ue o$gani0an los pode$es p25licos asegu$an el e8e$cicio de los de$ec#os políticos ci"iles. 4o$ tanto! seg2n Ra2l ,e$$e$o Re5agliati! tiene 1Z Es la no$*a 9ue $egula las unciones del Estado. un do5le ca$'cte$% -Z Es la le unda*ental de ga$antías! $especto de los De$ec#os #u*anos. Este ulti*o ca$'cte$ de la Constitucin co*o Le unda*ental de ga$antías! $especto a los De$ec#os #u*anos6 la instau$a co*o p$otecto$a de los de$ec#os de la pe$sona #u*ana! es *u i*po$tante! pues el Estado de*oc$'tico! 9ue su$gi po$ o5$a de la Re"olucin ,$ancesa! es un Estado de De$ec#o! el cual p$esupone la li*itacin del Estado po$ accin de las lees. La concepcin del Estado de de$ec#o i*plica 9ue el Estado no puede o5$a$ so5$e sus s25ditos sino cono$*e a las $eglas p$eesta5lecidas. La concepcin de*oc$'tica esta consu5stanciali0ada con el Estado Lo singula$ de cada Estado de$i"a de la #isto$ia! siendo su o$dena*iento 8u$ídico de lo De$ec#o! o sea 9ue el 4ode$ es ad*isi5le sola*ente con un o$dena*iento @ 8u$ídico de ga$antías. 9ue le da co*petencia pa$a e=p$esa$ decisiones. A su "e0! la decisin política p$i*a$ia es la 9ue esta5lece la p$o*ulgacin de una ca$ta constitucional. Los #ec#os sociales no tienen el ca$'cte$ ciego de se$ eecto de las ue$0as sociales6 son en g$an pa$te di$ecciones i*p$esas po$ #o*5$es dete$*inados! co*o se o5se$"a al co*p$o5a$ la tendencia #acia instituciones li5$es.
1P
El socialista ,e$nando Lasalle en su c)le5$e t$atado so5$e la natu$ale0a de una Constitucin! decía 9ue! en esencia! la Constitucin de un país es la su*a de los acto$es $eales de pode$! a in de 9ue nadie pueda atenta$ cont$a ellos! po$9ue e9ui"ale a un atentado cont$a la le es castigado. La $ealidad social política co5$a un o$den *ediante la Constitucin! g$acias a la cual se asegu$a un *íni*o de 8usticia po$ a$5it$a$ia 9ue sea su inspi$acin! a 9ue <8u$idi0a/ el e8e$cicio del pode$. A pa$ti$ de ella! el o$dena*iento 8u$ídico positi"o $egula po$ sí *is*o la p$oduccin de sus no$*as. La p$oduccin o$igina$ia del de$ec#o es la Constitucin6 la p$oduccin de$i"ada co*p$ende la legislacin constitucional! la legislacin o$dina$ia! los $egla*entos las $esoluciones Es *ediante la Constitucin 9ue se $eali0a la cone=in ent$e de$ec#o pode$. ad*inist$ati"as. En eecto! el pode$ del Estado se "e li*itado a e8e$ce$se con a$$eglo a la est$uctu$a esta5lecida po$ la Constitucin es po$ $a0n de esta 9ue el pode$ social se #ace pode$ estatal! asu*iendo go5ie$no dent$o de las "ías se>aladas Al #ace$ at$i5ucin a losel$ganos a las instituciones un *a$co en de acti"idad ella. deli*itado! a 9ue! la Constitucin esta5lece un siste*a de co*petencias pa$a asegu$a$ el adecuado unciona*iento de las instituciones así ga$anti0a$ el $espeto de losest$uctu$a de$ec#os constitucional indi"iduales. signiica la unidad ent$e un co*ple8o no$*ati"o Una una situacin social eecti"a! co*o anota (a$cía 4elao.
ad9uie$e "i$tud no$*ati"a! con lo 9ue el De$ec#o se ensanc#a co*o sucedi en Inglate$$a con la pa$ticipacin de los pa$tidos políticos en la designacin del p$i*e$ *inist$o! con la $esponsa5ilidad del (a5inete ! en gene$al! con casi todas sus instituciones políticas! pues ellas #an nacido es! de laante le sino la costu*5$e. 4a$a la doct$ina do*inante la no Constitucin todo!deuna o$denacin de la "oluntad de un g$upo social de la situacin 8u$ídica de sus *ie*5$os6 la constitucin de un Estado co*p$ende! pues! las no$*as 8u$ídicas 9ue $egulan los $ganos sup$e*os del Estado! su o$*acin! co*petencia $elaciones *utuas! así La Constitucin al Estado $ganos 9ue le acultan pa$a 9ue$e$ pa$a co*o del statusdota 5'sico en elde9ue se encuent$a el indi"iduo $ente al actua$! Estado. d'ndole a t$a")s de ellos una pe$sonalidad 8u$ídica. A esta concepcin! ca$acte$ística del positi"is*o del o$*alis*o 8u$ídico! se opone ot$a concepcin 9ue conside$a a la Constitucin co*o la
-
En cuanto al De$ec#o positi"o! la Constitucin es no$*a! pe$o ta*5i)n $ealidad6 en cuanto Constitucin! es $ealidad integ$ado$a6 integ$acin 9ue se $eali0a #ist$ica*ente! o5se$"a$
co*o se pone po$ e8e*plo especíica *ente
*aniiesto al
la inluencia positi"a 9ue las Constituciones *ode$nas #an e8e$cido so5$e la di"isin te$$ito$ial los Estados ale*anes. La natu$ale0a de ladeConstitucin! co*o $ealidad integ$ado$a pe$*anente continua! co*o supuesto especial*ente signiicati"o de la eicacia integ$ado$a de toda co*unidad 8u$ídica! $esulta! e"idente6 sie*p$e cuando se p$escinda del inst$u*ental de la sociología do*inante! *a$cada*ente *ecanicista! de la lgica no$*ati"a. Esta eicacia integ$ado$a no es $uto de la Constitucin! entendida co*o un <*o*ento est'tico pe$*anente en la "ida del Estado/! sino *'s 5ien de la continua c$eacin $eno"acin de la din'*ica constitucional. La Constitucin! signiica una $egulacin legal de una especíica $ealidad político7 social6 es deci$! p$esenta un siste*a de no$*as sup$e*as 5'sicas. 4o$ ende! el Estado se con"ie$te en una o$denacin político78u$ídica 9ue descansa en la Constitucin co*o no$*a sustentado$a. (eo$ges 3u$deau! alega 9ue la Constitucin es una
tanto
el pode$ estatal co*o la li5e$tad pe$sonal te$*ina$ían siendo $egulados 8u$ídica*ent e po$ el con8unto no$*ati"o contenido en el te=to unda*ental. ,inal*ente! el te=to unda*ental! po$ su natu$ale0a 8u$ídica es la p$i*e$a de las no$*as del o$dena*iento 8u$ídico de un Estado6 puesto 9ue constitue la le= supe$io$ o #ig#e$ la.
-1
?. CLASI,ICACION! TI4OS O BARIEDADES DE CONSTITUCIONES Una *e8o$ co*p$ensin del en*eno constitucional se log$a *ediante la clasiicacin de las constituciones. Así pues los c$ite$ios son *u "a$iados! desde aspectos e=te$nos #asta ele*entos 9ue aectan su contenido. Así! se e=pone la siguiente clasiicacin% a; Seg2n su o$*a 8u$ídica Constituciones esc$itas constituciones no esc$itas o consuetudina$ias. En el cual se tiene co*o c$ite$io la o$*ali0acin o no de un te=to esc$ito aun9ue no #a ning2n país 9ue tenga su constitucin total*ente esc$ita! ta*poco ninguno ca$e0ca total*ente de constitucin esc$ita. Es deci$ se t$ata de la o$*a en 9ue el te=to unda*ental se e=te$io$i0a! la Constitucin esc$ita es a9uella 9ue su o$*a de e=p$esa$se es *ediante u te=to esc$ito codiicado! su o$igen est' en el Estado li5e$al 4o$ el cont$a$io! las Constituciones no esc$itas o consuetudina$ias son a9uellas 9ue no est'n $ecogidas en un te=to! sino 9ue su $ealidad se 5asa en la costu*5$e en las p$'cticas! el pa$adig*a cl'sico se encuent$a en el Reino Unido. @1 Esta clasiicacin 5; Seg2n el *e canis*o de $ eo$ *a se da po$ si$ [ennet# #ea$e. Constituciones $ígidas Constituciones le=i5les. Se to*a en cuenta la diicultad pa$a en*enda$las! legislati"o
las le=i5les
4ueden
se$ en*endadas
po$ el cue$po
co*o cual9uie$ ot$a sin necesidad de un p$ocedi*iento especial. +ient$as 9ue las $ígidas
son a9uellas 9ue $e9uie$en un p$ocedi*iento especial distinto del
9ue se sigue en la ela5o$acin de lees o$dina$ia. c; seg2n su naci*iento u o$igen. Se #ace en $ee$encia a la titula$idad de la so5e$anía
@1
BALLADOLID WETA! Bicto$6 < Int$oduccin al De$ec#o Donstitucional/6 p$i*e$a edicin! edito$ial g$i8le6 Li*a \4e$26 p'g. QP al QK.
--
Constitucin oto$gada. Son a9uellas donde el $e auto li*ita "olunta$ia*ente sus pode$es a a"o$ de los $ep$esentantes de la nacin! @- es deci$! Cuando un $gano estatal la concede o esta5lece unilate$al*ente. Constitucin i*puesta. Cuando se supone e*anada del pode$ constituente $atiicado en el pue5lo su$gida de un *ecanis*o o$*al en e8e$cicio del *is*o pode$. Ta*5i)n es entendida seg2n Bícto$ Balladolid Weta! co*o las 9ue e=p$esan el t$iuno de la $ep$esentacin nacional $ente al $e! al cual le i*ponen un te=to Constitucional. Es deci$ $ep$esenta la o$*a de*oc$'tica. Constitucin pactada. Su$gen al co*pa$ti$ el *ona$ca el pa$la*ento la so5e$anía! *aniest'ndose co*o un con"enio ent$e a*5os! ta*5i)n se entiende co*o de$i"ada de un acue$do! co*p$o*iso o t$ansaccin ent$e un $gano estatal la co*unidad. Constitucin $atiicada. Es a9uella 9ue siendo dada po$ el cong$eso constituente es coni$*ada po$ ot$o esta*ento el cual puede se$ el pue5lo. @@
d; seg2n el an'lisis ontolgico. El c$ite$io el g$ado de conco$dancia ent$e lo o$*al*ente p$ocla*ada en la constitucin lo 9ue $eal*ente ocu$$e en la "ida del país! esta clasiicacin ue $eali0ada po$ [a$l LOEENSTEIN. La constitucin "i"a o codiicacin no$ *ati"a! Constitucin no$*ati"a. eecti"a*ente "i"ida po$ go5e$nantes go5e$nados. No es suiciente 9ue sea "'lida en el sentido 8u$ídico7o$*al! sino 9ue $eal*ente de5e esta$ integ$ada en la sociedad! p$etende 9ue di$ecta e in*ediata*ente se apli9ue! co*o las ot$as lees! esta clasiicacin nace del Constitucionalis*o angloa*e$icano de Mans [elsen @H. Constitucin no*inal. Es una Constitucin *a=i*alista 9ue no pe$*ite 9ue la situacin social! cultu$al econ*ica no tenga una co*pleta adecuacin a los enunciados Constitucionales! es deci$ son a9uellas en las 9ue no e=iste una eecti"a $elacin ent$e los p$esupuestos constitucionales la $ealidad! pe$o en un utu$o pod$'n se$ eecti"os. @-
i5id
@@
MUA+AN (ARCIA! Regis6 < Cu$so de De$ec#o Constitucional/6 segunda edicin6 Aacuc#o \4e$26 p'g. @K . @H
[elsen! Mans6
1KQK6 pag. 1@-.
-@
Constitucin se*'ntica. Si*ulan la $ealidad! pues nunca se pens 9ue ue$an aplicadas en un sociedad conc$eta. No es *'s 9ue la o$*ali0acin de una situacin en la 9ue los go5e$nantes e8e$cen un do*inio pleno e=ento de cont$ol! so5$e los go5e$nados! puede se$ aplicada sin 9ue ello li*ite el e8e$cicio del pode$! de tal *ane$a 9ue si no #u5iese constitucin! la "ida política del país se$ía igual @?. E; po$ el contenido ideolgico. Se to*a co*o c$ite$io el contenido ideolgico! es deci$ tienen un p$og$a*a ideolgico. Constitucin p$og$a*'tica. O$gani0a solo lo esencial! en el $esto de *ate$ias se li*ita a p$ocla*a$ los $u*5os di$ect$ices unda*entales 9ue de5en segui$ la "ida política la legislacin o$dina$ia. Constitucin utilita$ia. Se p$esenta co*o un docu*ento pu$a*ente utilita$io destinado a go5e$na$ sin intenciones ideolgicas! la "ida política de un país aun9ue un *íni*o de ideología es ine"ita5le en toda constitucin. ; po$ el o$den de oto$ga*iento Constitucin o$igina$ia. Es la Constitucin dada po$ p$i*e$a "e0 9ue si$"e pa$a unda$ el Estado! nunca *'s se "uel"e a $epeti$. @ Constitucin de$i"ada. Es la Constitucin p$oducto de los p$ocesos de $eo$*a Constitucional 9ue ope$an dent$o de un Estado de De$ec#o! cuando el $gano legislati"o o$dina$io! se con"ie$ta po$ *andato de la *is*a Constitucin! en Ó$gano Constituente E=t$ao$dina$io. @Q g; Seg2n su e=tensin incluso se #an e*pleado c$ite$ios del nu*e$o de pala5$as. Constituciones e=tensas 5$e"es. La e=tensa se$' a9uella 9ue supe$e las ! pala5$as. 4e$o lo $eal*ente i*po$tante son las *oti"aciones 9ue tiene el constituente% la necesidad de se$ e=#austi"o en la $egulacin de la totalidad del @?
siste*a político6 o po$ el cont$a$io! la 5$e"edad pa$te de situaciones consolidadas! ESTRADA CUWCANO! +a$tin Alonso6 < 4$incipios Constitucionales del De$ec#o a la Ino$*acin/6
p$i*e$a edicin6 edito$ial SAN +ARCOS6 LI+A \4ERU6 p'g. @. @ 37
donde se de8a *ao$ accin de li5e$tad de actuacin a los agentes sociales.
MUA+AN (ARCIA! Regis6 o5. Cit6 p'g. H Ibid.
-H
Cual9uie$ clasiicacin 9ue se #aga de las constituciones tiene un "alo$ $elati"o! po$9ue% 1. Suelen pa$ti$ de un plantea*iento o$*alista! ol"idando lo 9ue i*po$ta el contenido :co*o la 9ue distingue ent$e $epu5licanas *on'$9uicas;. -. Est'n anticuadas poco tienen 9ue "e$ con la $ealidad actual :co*o la 9ue distingue ent$e constituciones pactadas! oto$gadas e i*puestas;. @. Algunas no clasiican las constituciones! sino las o$*as de estado :co*o las suelen pa$ti$ un plantea*iento o$*alista! ol"idando lo 9ue i*po$ta el contenido distingue ent$e ede$ales unita$ias;. . TEORÍAS +ODERNAS SO3RE LA CONSTITUCIÓ N. Mist$ica*ente se p$esent una e"olucin desde la Constitucin *i=ta g$iega $o*ana! los estatutos lees unda*entales de la Edad +edia! #asta la Constitucin *ode$na co*o no$*a 8u$ídica unda*ental del Estado @P. Sin e*5a$go! en la actualidad! se p$esenta una ue$te c$isis de la legalidad de los *)todos positi"istas! cuo p$oducto es el a5andono de una concepcin no$*ati"o o$*al de la Constitucin. De este *odo! se #a dado luga$ a nue"as tendencias 9ue sustentan las situaciones 8u$ídico7constitucionales 5asadas en teo$ías antipositi"istas. Los intentos po$ plantea$ estas *ode$nas teo$ías so5$e la Constitucin! pese a 9ue su$gen en una etapa de c$isis! p$esentan cie$tas ca$acte$ísticas gene$ales 1Z. El plantea*iento del p$o5le*a de o$*a $adical! entendi)ndose de $elati"a*ente 9ue co*unes% no se t$ata solo de sa5e$ cu'l es la uncin de la Constitucin en el Estado! sino co*p$ende$ su esencia *is*a pa$a la co*p$ensin del Estado en gene$al. De este *odo! ca5e conside$a$ co*o p$i*e$ $asgo del
@P
+ONRO CA3RA! +a$co (e$a$doF E nsaos de Teo$ía Constitucional De$ec#o Inte$nacional6 Edito$ial Uni"e$sidad del Rosa$io! 3ogot'! *a$0o -Q6 p$i*e$a edicin6 ?1 pp.6 p. Q.
-?
nue"o desa$$ollo del concepto de Constitucin una *ao$ dignidad signiicacin de )ste en el *a$co de la Teo$ía del -Z. Estado. El nue"o plantea*iento del o58eto de conoci*iento constitucional se 5asa en un an'lisis de intuicin esencial co*o totalidad ! a pa$ti$ de ella! se puedan e=plica$ la totalidad de las pa$tes. Es deci$! entendiendo la @Z.
"isin a*plia de su esencia! pa$a luego co*p$ende$ cada una de sus pa$tes dete$*inadas. Las conside$aciones 8u$ídico7constitucionales est'n planteadas 5a8o un concepto sociolgico de la Constitucin6 de *odo 9ue! se p$esenta un *enosp$ecio o $elati"i0acin po$ sus di*ensiones no$*ati"as. +as ! en todo caso! es cla$o 9ue no se t$ata de una *e$a aplicacin del concepto
HZ. sociolgico! die$entes
sino
9ue
se
$ele8an
en
)l
las
nue"as
concepciones so5$e la $ealidad social. En alguna de las teo$ías! e=plícita o i*plícita*ente! se *aniiesta el ca$'cte$ din'*ico de la Constitucin! cuo contenido a se encuent$a en ?Z. la conside$acin sociolgica de esta. Es así 9ue! se plantea una c$isis de una de las ca$acte$ísticas de la Constitucin%
(ARCÍA 4ELAO! +anuelF Teo$ías *ode$nas so5$e la Constitucin en ,ERRERO COSTA! Ra2lF De$ec#o Constitucional (ene$al6 ,ondo de Desa$$ollo Edito$ial Uni"e$sidad de Li*a! Li*a! *ao -H6 p$i*e$a edicin6 QP pp.6 p. QH.
-
Ent$e las p$incipales teo$ías antipositi"istas 9ue intentan e=plica$ desde una pe$specti"a sociolgica ilosica la Constitucin! tene*os la de Ca$l Sc#*itt! Rudol S*end! +au$ice Mau$iou (eo$ges 3u$deau. A continuacin desa$$olla$e*os cada una de ellas. a. C a $l Sc# *it t. La teo$ía de la Constitucin de Sc#*itt se 5asa en la $educcin de la Constitucin conside$a
a
decisiones
unda*entales.
La
posicin
decisionista
9ue el De$ec#o es decisin no no$*a. La Constitucin no su$ge ni se esta5lece po$ sí *is*a! sino po$ un acto del pode$ constituente! p$ee=istente!
es deci$! en "i$tud de una "oluntad política
9ue decide so5$e la o$*a el *odo de una unidad política :$ealidad e=istencial; de *ane$a 9ue esta unidad política no nace en "i$tud de la Constitucin! sino 9ue es el supuesto de ella6 lo 2nico 9ue #ace la Constitucin es dete$*ina$ su est$uctu$a política conc$eta. El conceptotienen de < uienes constitucional!
constitucionales! a tono con el sentido de su o5$a./ H 4o$ lo cual! se $e"ela la
se $eie$e al continuo dina*is*o del Estado se>ala co*o o$igen de i*po$tancia de la decisin política dent$o del o$den no$*ati"o! así las co*o no$*as a la "oluntad política. Co*o sustenta ,ERRERO RE3A(LIATI% ta*5i)n 9ue estas decisiones dependen de la "alo$acin de los #o*5$es con pode$ so5$e los *oti"os i*pulso$es de tales decisiones. 5. Rudol S*end. S*end! cua doct$ina es eno*enolgica! nos plantea una teo$ía integ$acionista de la Constitucin. En este sentido se ai$*a 9ue el Estado es pa$te de una $ealidad espi$itual! una ese$a espi$itual colecti"a con un tipo de H
e=istencia din'*ica. El estado "i"e en un p$oceso de $eno"acin pe$*anente!
,ERRERO COSTA! Ra2lF De$ec#o Constitucional (ene$al6 ,ondo de Desa$$ollo Edito$ial Uni"e$sidad de Li*a! *ao -H6Este p$i*e$ap$oceso edicin6 QP p. --H. la sustancia de deLi*a! constante "i"i$. 9uepp.6o$*a
es -Q
la "ida
deno*inado po$ S*end co*o integ$acin es *ediante el cual se p$oduce la unidad dial)ctica de indi"iduo colecti"idad. La Constitucin es el o$den 8u$ídico del Estado! 9ue se die$encia del $esto del o$den 8u$ídico po$ el ca$'cte$ político de su o58eto! *aniest'ndose co*o le indi"idual de una 2nica $ealidad "ital conc$eta. La esencia de la Constitucin slo se log$a con $ee$encia a a9uel p$oceso *ediante el cual es "i"e el Estado6 es deci$! con $ee$encia a la integ$acin. El sentido del p$oceso de integ$acin! co*o lla*a S*end a la constante $eno"acin de la totalidad "ital del Estado tiene un pila$ en la Constitucin 9ue $ep$esenta no$*ati"i0acin
el
o$den
8u$ídico
de
este
p$oceso
co*o la
legal de algunos lados de este. En in! la Constitucin no solo es no$*a! sino c. +au$ice Mau$iou. $ealidad integ$ado$a. Aplicando al p$o5le*a las líneas gene$ales de su teo$ía institucionalista! conci5e la Constitucin co*o una pa$te integ$ante de un o$den supe$io$% el o$den constitucional. Tal o$den es deinido co*o
+. MAURIOUF 4$)cis de D$oit constitutionnel6 4a$ís!la1K-@6 edicin6 H. en ,ERRERO la Constitucin política del Estado! cual p$i*e$a co*p$ende la p.o$gani0acin el COSTA! Ra2lF De$ec#o Constitucional (ene$al6 ,ondo de Desa$$ollo Edito$ial Uni"e$sidad de Li*a! Li*a! *ao -H6 p$i*e$a edicin6 pp.6 p. QK. la o$gani0acin de la li5e$tad política6 unciona*iento delQPgo5ie$no!
-;
la Constitucin social! <9ue desde *uc#os puntos de "ista es *'s -P i*po$tante
Entendi)ndose 9ue la Constitucin de5e adapta$se a las ci$cunstancias6 lo cual solo se consigue po$ su e8e$cicio cotidiano e i*pe$cepti5le. Del *is*o *odo! se puede encont$a$ ot$as postu$as 9ue sustentan las nue"as teo$ías so5$e la Constitucin 9ue! teniendo la int$ínseca pe$specti"a de cada auto$! *antienen una $elacin co*2n en cuando las ca$acte$ísticas antes Me$*ann Melle$! 5asasesuda$' teo$ía! conside$ando a la Constitucin p$ecitadas. Es así 9ue una 5$e"e nocin de cada una de ellas%co*o una totalidad! en la 9ue se $e2nen en $elacin dial)ctica lo est'tico lo din'*ico! la no$*alidad la no$*ati"idad. T$ata de sal"a$ la unidad del concepto de Constitucin! pe$o $econociendo la autono*ía de sus pa$tes integ$antes. Santi Ro*ano! desa$$olla la teo$ía institucionalista o del o$dena*iento 8u$ídico. Dice 9ue una institucin es una entidad o cue$po social con una unidad i$*e! 9ue tiene una e=istencia o58eti"a conc$eta o$gani0acin est$uctu$a 9ue a5so$5en los ele*entos 9ue o$*an pa$te de ella 9ue es supe$io$ p$eo$denado tanto a los ele*entos *is*os co*o a sus $elaciones. Conside$a 9ue