Resumen tema 25 de Auxilio Judicial
TEMA 25: REGISTRO CIVIL La legislacin !ue ent"a en el examen es: •
Le# 2$%2$&&' de 2& de (ulio' de Regist"o Ci)il*
•
Le# O"g+nica ,%2$&&' de 2& de (ulio' Com-lementa la le# ante"io"*
•
Le# de , de (unio de &.5/' so0"e Regist"o Ci)il*
TOMA1O COMO 3ASE 3ASE LA 14EVA 14EVA LE' SE COM6LEME1T COM6LEME1TAR7 AR7 EL EST4IO EST4IO E LA A1TIG4A A1TIG4A E1 LOS 641TOS E1 LOS 84E CAM3IE* A partir de ahora RC = a Registro Registro Civil. DGRN= a Dirección Dirección General de Registros y Notariado. Notariado.
LE ORG71ICA ,%2$&&' E 2& E J4LIO' COM6LEME1TE E LA LE E REGISTRO CIVIL Esta le# modi9ca el a"tculo 2*2' los Ju;gados # T"i0unales no e(e"ce"+n
Se"+n los Enca"gados del RC?* LE E , E J41IO E &.5/' LE 2$%2$&& 'E 2& E J4LIO 'E REGISTRO CIVIL COM6ARATIVA LEY NUEVA: OBJETO DE LA LEY •
•
Tiene un O3JETO GE1ERAL GE1ERAL @ O"denacin O"denacin (u"dica del Regist"o Regist"o ci)il* 4n O3JETO 6ARTIC4LAR@ Regula" la o"gani;acin' di"eccin'
LE A1TIG4A •
•
LE 14EVA
Se insc"i0i"+n los ecos conce"nientes al estado ci)il de las -e"sonas # a!uellos ot"os !ue dete"mine la le#*
•
Su o0(eto >ecos # actos insc"i0i0les? son: o
1acimiento*
o
Biliacin*
o
1om0"e # a-ellidos*
o
Emanci-acin # a0ilitacin de edad*
•
Se insc"i0en ecos # actos !ue se "e9e"an a -e"sonas <sicas' "elati)as a temas de identidad' estado ci)il # ot"as ci"cunstancias -"e)istas en la le#* Decos # actos insc"i0i0les son: o
1acimiento*
o
Biliacin*
o
1om0"e # a-ellidos* sus cam0ios*
o o
o
o
Modi9caciones Modi9caciones (udiciales de la ca-acidad de las -e"sonas o !ue stas an sido decla"adas en concu"so' !uie0"a o sus-ensin de -agos* ecla"aciones de ausencia o
o
o
1acionalidad # )ecindad* o
o
o
6at"ia -otestad' tutela # dem+s "e-"esentaciones legales* Mat"imonio*
o
Emanci-acin # 3ene9cio de la ma#o" edad* Modi9caciones Modi9caciones (udiciales de la ca-acidad de las -e"sonas o !ue stas an sido decla"adas en concu"so* ecla"aciones de ausencia o
o
Mat"imonio*
o
El sexo # el cam0io de sexo*
o
o
o
e
o
o
Rgimen econmico mat"imonial legal o -actado* Relaciones -ate"no 9liales # sus modi9caciones* Actos "elati)os a la constitucin # "gimen del -at"imonio -"otegido de las -e"sonas con disca-acidad* Autotutela # los l os a-ode"amientos -"e)enti)os* e
NATURALEZA NATURALEZA DEL REGISTRO CIVIL Y SU CONTENIDO Ley nueva: •
•
El RC es un "egist"o 63LICO' de-endiente del MI1ISTERIO E J4STICIA # la IRECCIF1 GE1ERAL E LOS REGISTROS 1OTARIAO* stos dictan%im-a"ten "denes' inst"ucciones' "esoluciones # ci"cula"es*
En la ley antigua es igual y aa!e: •
Los enca"gados de0en cum-li" las "denes del MH de Justicia # la *G*R*1*' an cuando no se las comuni!uen di"ectamente*
ELE"ENTOS DE#INITORIOS DEL RC Ley nueva: •
El RC es $NICO es $NICO -a"a -a"a toda Es-aa*
•
Es ELECTR%NICO Es ELECTR%NICO'' sus datos se"+n o0(eto de t"atamiento autom+ti;ado*
•
Su contenido >asientos? est+n sometidos alas medidas de segu"idad de &'(te))i*n !e !at(s de !at(s de ca"+cte" -e"sonal*
Ley antigua: se))i(nes' cada una se co""es-onde con un LI3RO: &*El Regist"o se di)ide en )uat'( se))i(nes' •
1ACIMIE1TOS
•
MATRIMO1IOS
•
EB41CIO1ES T4TELES RE6RESE1T RE6RESE1TACIO1ES ACIO1ES LEGALES LEGALES
2*La -u0licidad >o acceso? se "eali;a -o" EKAME1 E LOS LI3ROS' -"e)ia auto"i;acin' t"at+ndose de Regist"os Munici-ales' del (ue; de & Instancia* O 6OR CERTIBICACIF1* REGISTRO INDIVIDUAL Ley nueva El "egist"o es -o" -e"sona* Se a0"e el "egist"o con la & insc"i-cin' nacimiento o asiento* Se insc"i0i"+n continuamente' sucesi)amente # c"onolgicamente' los actos # ecos* Ley antigua Lo mismo' sal)o en el te"ce" caso' !ue dice: la insc"i-cin se lle)a"+ a e
C%DIGO +ERSONAL S(l( ley nueva •
•
Cada "egist"o indi)idual tiene un cdigo -e"sonal* ste esta"+ constituido -o" una secuencia al
#IR"A ELECTR%NICA S(l( ley nueva •
Se a-lica tanto -a"a el enca"gado enca"gado del "egist"o como -a"a los usua"ios*
•
El enca"gado la necesita -a"a:
•
-"actica" asientos
•
ex-edi" ce"ti9cados
•
Los ciudadanos -a"a accede" a los se")icios del RC*
CO"UNICACI%N ENTRE REGISTROS S(l( ley nueva: Ent"e RC # RC' Ent"e Admon* 60lica # RC: se "eali;a"+ a t"a)s de medios elect"nicos* La Admon* 60lica tend"+ acceso al RC' menos a los asientos -"otegidos -o" la le#* CO"+ETENCIAS GENERALES DEL RC nueva como en la antigua se antigua se insc"i0i"+ cuando: Tanto Tanto en la ley nueva como •
Se "e9e"an a es-aoles*
•
Re
•
Los !ue a#an tenido luga"
,D%NDE SE DEBE INSCRIBIRLey nueva: Se -od"+ insc"i0i" E1 C4AL84IERA E LAS OBICI1AS GE1ERALES EL RC' con inde-endencia del luga" donde se -"odu;can loa ecos o actos insc"i0i0les* Silos ecos o actos se -"oducen en el EKTRA1JERO' -uede solicita"lo en la OBICI1A CO1S4LAR EL RC o en cual!uie"a de las OBICI1AS GE1ERALES' cuando "eg"ese a Es-aa* in.('/a)i*n contenida en el RC' mediante: Los ciudadanos tienen de"eco a s(li)ita' in.('/a)i*n contenida •
solicitud di"ecta a la O9cina Gene"al o Consula" del RC*
•
Mediante medios elect"nicos*
Ley antigua: Si se t"ata de 1ACIMIE1TO' MATRIMO1IO o EB41CIF1' en el luga" donde se -"oduce' si no se sa0e el luga" se "eali;a"+ donse se encont" el cad+)e" o el nio a0andonado* Si es du"ante un VIAJE' donde llegue el a)in o el 0a"co* Los -ad"es' de mutuo acue"do' -ueden insc"i0i" al nio en el "egist"o donde ellos nacie"on* Si es un BALLECIMIE1TO en )ia(e' donde se le entie""e o en el -"ime" at"a!ue* Si se t"ata de un 1A4BRAGIO' donde se inst"u#an las -"ime"as diligencias* +RINCI+IOS DEL #UNCIONA"IENTO DEL RC Ley nueva:
•
•
•
•
•
•
Los Enca"gado del RC est+n o0ligados a com-"o0a"+n la "ealidad # legalidad de los ecos # actos* e0e"+n -"actica" la insc"i-cin cuando tengan en su -ode" los ttulos necesa"ios # )e"i9cada su autenticidad* Los ciudadanos tend"+n acceso li0"e a los datos !ue 9gu"en en el "egist"o' cuando se "e9e"a a -e"sonas distintas del solicitante' -od"+n accede" siem-"e !ue conste la identidad del solicitante # exista un inte"s legtimo* 8uedan exce-tuados de esto los datos es-ecialmente -"otegidos* Se -"esume !ue los ecos insc"itos # los actos son )+lidos # exactos mient"as no sea "ecti9cado o cancelado* Cuando se im-ugne (udicialmente los actos%ecos insc"itos' de0e"+ insta"se la "ecti9cacin del asiento co""es-ondiente* La insc"i-cin en el "egist"o constitu#e 6R4E3A 6LE1A de los ecos insc"itos* Slo en los casos de
•
La insc"i-cin slo tend"+ EBICACIA CO1STIT4IA en los casos -"e)istos -o" la le#
•
Los ecos%actos insc"i0i0les se"+n o-oni0les a te"ce"os desde !ue accedan al RC*
Ley antigua: •
•
Igual !ue en la nue)a le# # aade !ue El RC constitu#e la -"ue0a de los ecos insc"itos* Si
ESTRUCTURA DEL RC Ley nueva: El RC de-ende del MI1ISTERIO E J4STICIA # se o"gani;a en: &* OBICI1A OBICI1A CE1TR CE1TRAL' AL' a ca"go ca"go de los los Enca"g Enca"gados ados** 2* OBICI1AS OBICI1AS GE1ER GE1ERALES' ALES' a ca"go ca"go de un Enca Enca"gad "gado* o* * OBICI1AS OBICI1AS CO1S4LARES CO1S4LARES'' a ca"go ca"go del del consu consul* l* Las insc"i-ciones # dem+s asientos se"+n -"acticados -o" los E1CARGAOS* 3a(o su "es-onsa0ilidad # en los t"minos # lmites "eglamenta"ios el enca"gado -od"+ delega" J de 6a; o & instancia? instancia? * REGISTROS REGISTROS CO1S4LARES CO1S4LARES'' a ca"go ca"go de de los cns cnsules ules** Los (ueces de 6a;' en Regist"os Munici-ales' actua"+n asistidos de los sec"eta"ios' -o" delegacin del (ue; munici-al munici-al o coma"cal coma"cal co""es-ondiente* co""es-ondiente* O#ICINA CENTRAL DE RC Ley nueva: El MI1ISTERIO E J4STICIA designa"+ a los Enca"gados de estas o9cinas* La OBICI1A CE1TRAL tiene las B41CIO1ES de: &* 6"actica" las insc"i-ciones !ue se de"i)en de"i)en de "esoluciones "esoluciones dictadas -o" -o" la i"eccin i"eccin Gene"al Gene"al de Regist"os # 1ota"iado*
2* 6"actica" la insc"i-cin insc"i-cin de documentos documentos autnticos autnticos ext"an(e"os ext"an(e"os (udiciales # ext"a(udiciales ext"a(udiciales # ce"ti9caciones de asientos extendidos en "egist"os ext"an(e"os* * 6"actica" las insc"i-ciones insc"i-ciones de de
•
•
•
Se insc"i0i"+n los ecos -a"a cu#a insc"i-cin no "esulte com-etente ningn ot"o Regist"o* A!uellos !ue no -uedan insc"i0i"se -o" ci"cunstancias es-eciales como gue""a u ot"a' !ue im-idan el
O#ICINAS GENERALES DEL RC Ley nueva: nueva: En cada COM41IA%CI4A A4TF1OMA se u0ica"+ & OBICI1A GE1ERAL* EL Ministe"ios # las Comunidades -od"+n c"ea" & m+s -o" cada 5$$*$$$ a0itantes* Ext"ao"dina"iamente Ext"ao"dina"iamente segn dist"i0ucin de la -o0lacin' o -o" ca"acte"sticas del te""ito"io' se -od"+n c"ea" ot"as * CA1ARIAS 3ALEARES conta"+n con al menos & o9cina en cada isla* Al <"ente de estas o9cinas esta"+ un E1CARGAO' exce-cionalmente exce-cionalmente # -o" necesidad del se")icio' se -od"+ designa" m+s de uno* Co""es-onde al MI1ISTERIO de (usticia # a las COM41IAES designa" a los Enca"gados* Las OBICI1AS GE1ERALES tiene Es deci"' esta seccin no existe en los (u;gados a ca"go de los Jueces de 6a;?* Los Jueces de 6a;' actua"+n asistidos -o" los Sec"eta"ios' -o" delegacin del Jue; de & Instancia* O#ICINAS CONSULARES DEL RC Ley nueva: Esta"+n a ca"go de los Cnsules de Es-aa' o en su caso' los
* Re Reci0i" ci0i" # documenta documenta"" decla"acion decla"aciones es de conocimien conocimiento to # de )oluntad* )oluntad* =* Inst"ui" el ex-ediente ex-ediente -"e)io de de mat"imonio mat"imonio # los ce"ti9cados ce"ti9cados de ca-acidad necesa"ios -a"a -a"a su cele0"acin en el ext"an(e"o* 5* Comunica" a la i"eccin i"eccin Gene"al Gene"al de Regist"o Regist"o # 1ota"iado la legislacin ext"an(e"a ext"an(e"a )igente )igente en mate"ia )inculada al estado ci)il de las -e"sonas* Ley antigua: Los Cnsules extende"+n -o" du-licado las insc"i-ciones !ue a0"en
•
•
•
•
•
•
•
•
El documento autntico' sea o"iginal o testimonio' (udicial >sentencia%auto?' >sentencia%auto?' administ"ati)o' nota"io o "egist"al' es ttulo su9ciente -a"a insc"i0i" el eco%acto* eco%acto* Tam0in Tam0in es ttulo ttulo su9ciente el el documento documento ext"an(e"o ext"an(e"o !ue cum-la cum-la los "e!uisitos "e!uisitos legales* Las "esoluciones (udiciales 9"mes son ttulos su9cientes -a"a insc"i0i"* Si cont"adicen ecos insc"itos' de0e -"actica"se la "ecti9cacin co""es-ondiente* co""es-ondiente* Los documentos -od"+n -"esenta"se en cual!uie" so-o"te' -a-el' elect"nico* Los documentos -"esentados en la o9cina del RC # en los a#untamientos se custodia"+n # conse")a"+n segn no"mati)a* Los ce"ti9cados de "egist"os ext"an(e"os de0e"+n cum-li" de los "e!uisitos esta0lecidos en la no"mati)a a-lica0le -a"a !ue tenga e9cacia en Es-aa* Los asientos consigna"+n en ACTA BIRMAA -o" el a-a"iencia de legalidad? # contenidos* Si el Enca"gado tu)ie"e dudas
o-o"tunas* Si )e"i9ca !ue los documentos documentos # decla"aciones no son legales' lo -ond"+ en conocimiento conocimiento del Ministe"io Biscal # lo ad)e"ti"+ a los inte"esados* •
Se )e"i9ca"+ la identidad # ca-acidad de los solicitantes # la autenticidad de la 9"ma* Las solicitudes # decla"aciones !ueda"+n de0idamente "egist"adas en la
REGLAS GENERALES +ARA LA +R4CTICA DE ASIENTOS REGISTRALES •
•
•
•
El Enca"gado ante el !ue se -"esente el ttulo o se Igual en la le# antigua' sal)o !ue no da -la;o?* La EB41CIF1 se -"actica"+ en el mismo da* En las OBICI1AS CO1S4LARES' las insc"i-ciones "e9"mes? el Sec"eta"io (udicial del "gano !ue a#a dictado la "esolucin' de0e"+ "emiti" -o" medios elect"nicos a la O9cina Gene"al testimonio de la misma* >En la le# antigua es el (ue; com-etente el enca"gado de "emiti" testimonio de la "esolucin (udicial?* Los 1ota"ios "emiti"+n -o" medios elect"nicos los documentos -0licos !ue den luga" a asientos* Todos Todos los asientos asientos se extende"+n extende"+n en so-o"te so-o"te # Esto es igual en las dos le#es?*
Ley antigua: •
•
Las insc"i-ciones se -"actica"+n en )i"tud de documento autntico o -o" decla"acin* Los a-ode"amientos >asumi" la "e-"esentacin legal de ot"a -e"sona? los noti9ca"+ el 1ota"io auto"i;ante al Regist"o Ci)il donde conste insc"ito el nacimiento del a-ode"dante*
CLASES DE ASIENTOS +a'a las !(s leyes: Los asiento -ueden se": &* I1SC I1SCRI RI6C 6CIO IO1E 1ES S 2* A1OT A1OTA ACIO1 CIO1ES ES * CA1C CA1CEL ELA ACIO1 CIO1ES ES INSCRI+CIONES: INSCRI+CIONES: es la modalidad de asiento a t"a)s de la cual se anotan ecos%actos "elati)os al estado ci)il # ot"os dete"minados -o" esta le#* &'(3at('i( # constitu#en &'ue3a &lena !e l(s 6e)6(s ins)'it(s* ins)'it(s* Las insc"i-ciones ten!'5n val(' &'(3at('i( # ANOTACIONES: ANOTACIONES : estas en ningn caso tend"+n )alo" -"o0ato"io* Su val(' es val(' es me"amente in
+a'a las !(s leyes: Est+n o0ligados a -"omo)e" sin demo"a la insc"i-cin: &* Los Los desi design gnad ados os -o" -o" la la le# le# 2* A!uellos a !uienes se "e9e"e "e9e"e el eco insc"i0i0les' e"ede"os e"ede"os o "e-"esenta "e-"esentantes ntes legales* legales* * El Min Minis iste te"i "io o Bis Bisca call Las auto"idades o
•
e0e"+n comunica" los ecos%actos 0ien mediante la -"esentacin de
INSCRI+CI%N DE NACI"IENTO &* Todo lo siguiente siguiente es igual en am0as le#es' sal)o sal)o el cdigo -e"sonal' -e"sonal' !ue es de la nue)a le#* le#* 2* Las condiciones condiciones -a"a -"ocede" a la insc"i-cin insc"i-cin de nacimiento nacimiento se se esta0lecen en el Cdigo Cdigo Ci)il >)i)i" 2= o"as des-"endido del claust"o mate"no' co"tado el co"dn um0ilical # con
i"eccin de os-itales' clnicas # esta0lecimientos sanita"ios*
•
6e"sonal mdico o sanita"io !ue atendi el -a"to'
•
El -ad"e
•
La mad"e
•
El -a"iente m+s -"ximo' o cual!uie"a ma#o" de edad -"esente en el alum0"amiento*
En la ley antigua el ('!en va'8a9 ; el &a!'e9 <; la /a!'e9 =; &a'iente &'*>i/( y !es&u?s 6(s&ital y &e's(nal /?!i)(0 )(/uni)a'5n el nacimiento en el -la;o de 2= o"as a al RC* Los )ent'(s sanita'i(s )(/uni)a'5n el La comunicacin se "eali;a"+ mediante la "emisin elect"nica del
Las entidades -0licas com-etentes en mate"ia de meno"es de0e"+n -"omo)e" sin demo"a la insc"i-cin de meno"es en situacin de a0andono' as como la de tutela administ"ati)a* El Ministe"io Biscal -"omo)e"+ igualmente la insc"i-cin de meno"es no insc"itos* Ley antigua: •
1os dice !ue la a!(&)i*n la a!(&)i*n'' se "eali;a"+ como insc"i-cin ma"ginal a la de nacimiento* Junto a ot"as como modi9caciones (udiciales de ca-acidad' decla"aciones de concu"so' ausencia o
+a'a las !(s leyes: •
•
•
La BILIACIF1 dete"mina los a-ellidos* ('!en de los mismos' si a# desacue"do o no se a eco Los &'(genit('es a)('!a'5n el ('!en de consta" los a-ellidos en la solicitud' el Enca"gado "e!ue"i"+ a los -"ogenito"es !ue en el -la;o !8as comuni!uen el o"den* Si no lo acen' el enca"gado aco"da"+ el o"den* Este &la@( n( de = !8as comuni!uen est5 )(nte/&la!( en la ley antigua0 Si slo se conoce una 9liacin' esta dete"mina los a-ellidos*
Ley nueva: •
•
Tam0in Tam0in se inco"-o"a inco"-o"a a la insc"i-cin insc"i-cin el CFIGO CFIGO 6ERSO1AL asignado* asignado* Tam0in Tam0in consta"+ consta"+ de los -ad"es -ad"es el nom0"e' nom0"e' a-ellidos' a-ellidos' 1I' luga" luga" #
+a'a las !(s leyes: •
•
•
•
Todos Todos tiene de"eco de"eco a un nom0"e nom0"e desde su nacimiento* nacimiento* Las -e"sonas son identi9cadas -o" su nom0"e # a-ellidos* El enca"gado im-ond"+ un nom0"e # unos a-ellidos de uso co""iente al nacido con 9liacin desconocida* Igualmente -"ocede"+ t"anscu""ido los das cuando los o0ligados no lo sealen* Este -la;o no est+ contem-lado en la le# antigua* A -eticin del inte"esado' el enca"gado -od"+ solicita" sustitui" el nom0"e -"o-io -o" su e!ui)alente en las lenguas es-aolas*
•
1o -od"+n consigna"se m+s de dos nom0"es sim-les o uno com-uesto*
•
1o -od"+n im-one"se nom0"es !ue sean cont"a"ios a la dignidad*
•
•
•
•
•
1o -od"+n im-one"se al nacido nom0"e !ue ostente uno de sus e"manos* A no se" !ue u0iese
•
El cam0io alcan;a a todas las -e"sonas* En la le# antigua: # a los i(os !ue lo consientan*
•
Se insc"i0i"+ en el "egist"o indi)idual*
•
•
Los cam0ios -od"+n se" solicitados -o" el inte"esado si es ma#o" de &N aos* En la le# antigua tiene !ue se" ma#o" de edad' !ue a#a (usta causa # !ue no -e"(udi!ue a te"ce"os* La le# antigua nos dice !ue en la 9liacin ado-ti)a' slo a-a"ece"+n los a-ellidos de los ado-tantes*
INSCRI+CI%N DE "ATRI"ONIO Ley nueva: •
Co""es-onde Co""es-onde a los ALCALES o a los CO1CEJALES cele0"a" el mat"imonio ci)il*
•
Re!ue"i"+ la t"amitacin de un ex-ediente' esta co""es-onde al Sec"eta"io del A#untamiento*
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
El ex-ediente 9nali;a"+ con una "esolucin del Sec"eta"io del A#untamiento !ue auto"ice o deniegue la cele0"acin del mat"imonio* Cont"a esta "esolucin ca0e "ecu"so ante el E1CARGAO del RC* El Alcalde o Conce(al' extende"+ el acta con su 9"ma' la de los cont"a#entes # testigos # la "emiti"+' -o" )a telem+tica' al RC* Cele0"ados Esto es igual en la le# antigua?* Junto a la insc"i-cin insc"i-cin de mat"imonio mat"imonio se insc"i0i"+ insc"i0i"+ el RGIME1 ECO1FMICO ECO1FMICO MATRIMO1IAL MATRIMO1IAL legal legal o -actado !ue "i(a el mat"imonio # los -acto' "esoluciones # dem+s !ue aesc"itu"as # acue"dos donde se esta0lece un "gimen di
Ley antigua: •
•
•
•
•
•
•
Los eantes de mo"i"? a# !ue da" a)iso al enca"gado en cual!uie" instante ante"io" a la cele0"acin* En el mat"imonio ci)il se extende"+ el acta' al mismo tiem-o !ue se cele0"a' con la 9"ma de los cont"a#entes # testigos* Cuando sea en el ext"an(e"o o en cual!uie" ot"o su-uesto !ue no se u0ie"e le)antado acta' la insc"i-cin slo -"ocede"+ en )i"tud de ex-ediente*
•
•
El LI3RO E BAMILIA se a0"e con la ce"ti9cacin de mat"imonio no sec"eto o nacimiento de un i(o no mat"imonial* se asenta"+ con )alo" de ce"ti9cacin cual!uie" eco "e
INSCRI+CI%N DE DE#UNCI%N +a'a las !(s leyes: La insc"i-cin en el R es o0ligato"ia' # ace
i"eccin de esta0lecimientos sanita"ios*
•
6e"sonal 6e"sonal mdico !ue ce"ti9ca el
•
Los -a"ientes o -e"sonas a !uien stos auto"icen*
•
El di"ecto" del esta0lecimiento donde "esida >"esidencia?*
•
Cual!uie" -e"sona !ue tenga conocimiento del
Los esta0lecimientos sanita"ios comunica"+n -o" medios elect"nicos al RC el mue"te )iolenta o desa-a"icin del cad+)e"? antes de la insc"i-cin' se"+ necesa"ia RESOL4CIF1 J4ICIAL' -"ocedimiento "egist"al u o"den de la auto"idad (udicial en la !ue se ac"edite legalmente el
6a"a -"actica" el ente""amiento se"+ necesa"io es-e"a" 2= o"as*
•
En caso de e-idemia se -od"+ -"ocede" al ente""amiento sin este -la;o de tiem-o*
INSCRI+CI%N DE NACIONALIDAD O VECINDAD CIVIL "ARGINAL La ad!uisicin de la nacionalidad es-aola se"+: &* 6o" RESIE1CIA' RESIE1CIA' "esidi" "esidi" m+s de de &$ aos* aos* >En la le# antigua antigua sta la concede concede el Ministe"io de Justicia -"e)io -"e)io ex-ediente?* ex-ediente?* 2* 6o" CART CARTA E 1AT4RALE 1AT4RALEQA' QA' cuando la concede concede el CO1SEJO E MI1ISTROS* MI1ISTROS* * 6o" 6o" O6CIF1' O6CIF1' cuando cuando se !uie"e !uie"e o-ta" o-ta" a la nacion nacionalid alidad* ad* Todas Todas se insc"i0i"+n insc"i0i"+n en el RC* RC* 1o -od"+n insc"i0i"se insc"i0i"se si no se se a "eali;ado la insc"i-cin -"e)ia de nacimiento* Se -"esumen es-aoles los nacidos en te""ito"io es-aol de -ad"es es-aoles tam0in nacidos en Es-aa* En la le# antigua da el -la;o de & ao -a"a insc"i0i" la nacionalidad' # el enca"gado del Regist"o est+ o0ligado a comunica" esta insc"i-cin a la GR1* La -"dida as como la ad!uisicin de la nacionalidad son o0(eto de insc"i-cin* Todo Todo lo dico -a"a -a"a la nacionalidad' nacionalidad' se a-lica a la )ecindad ci)il* TUTELA Y RE+RESENTACIONES LEGALES
Est( es s*l( en la ley antigua: •
•
•
•
En esta seccin >=H? se insc"i0en ca"gos tutela"es' de inte")ento" (udicial # cago de sndico' !ue no sean de -e"sonas (u"dicas # sus modi9caciones* modi9caciones* Las insc"i-ciones "elati)as al o"ganismo tutela" se -"actica"+n en el Regist"o del domicilio de las -e"sonas su(etas a tutela* Las dem+s "e-"esentaciones legales mencionadas se insc"i0i"+n en el Regist"o del luga" en !ue se constitu#an* El enca"gado examina"+ anualmente los asientos )igentes de la Seccin =*
E"ANCI+ACI%N Y BENE#ICIO DE LA "AYOR EDAD S*l( ley nueva: La emanci-acin se insc"i0e de t"es cuando #a )i)e slo? o -o" )ida inde-endiente' se insc"i0e mediante ac"editacin documental de la situacin de inde-endencia # el consentimiento de !uienes e(e"cen la -at"ia -otestad* La concesin de la emanci-acin # la emanci-acin -o" )ida inde-endiente' as como el 0ene9cio de la ma#o" edad' no -"oduci"+ e
Se insc"i0i"+n en el "egist"o indi)idual del la -e"sona su(eta a -at"ia -otestad' en -a"ticula"' las !ue se -"odu;can como consecuencia de la nulidad' se-a"acin # di)o"cio de los -"ogenito"es*
"ODI#ICACI%N JUDICIAL DE LA CA+ACIDAD CA+ACIDAD Y DECLARACI%N DEL CONCURSO DE +ERSONA #SICA S*l( ley nueva: •
Se insc"i0i"+ la decla"acin de concu"so' la inte")encin o' en su caso' la sus-ensin de las
INSCRI+CI%N DE TUTELA9 CURATELA CURATELA Y SUS "ODI#ICACIONES S*l( ley nueva: •
•
Se insc"i0i"+n en el "egist"o indi)idual de la -e"sona con ca-acidad modi9cada (udicialmente las "esoluciones (udiciales en las !ue se nom0"e tuto" o cu"ado"* icas "esoluciones slo se"+n o-oni0les <"ente a te"ce"os cuando se a#an insc"ito*
INSCRI+CIONES DE DETER"INADAS RE+RESENTACIONES RE+RESENTACIONES S*l( ley nueva: •
Da# !ue insc"i0i" la "e-"esentacin del ausente # la designacin de administ"ado" -o" el (ue;*
INSCRI+CI%N DE TUTELA AUTO"4TICA O AD"INISTRATIVA S*l( ley nueva: •
Se insc"i0i"+ la su(ecin a la tutela -o" la entidad -0lica # la -"oteccin de los meno"es o de las -e"sonas con ca-acidad modi9cada*
•
Es insc"i0i0le la -e"sonas con disca-acidad el documento -0lico o "esolucin (udicial "elati)o a la constitucin # dem+s ci"cunstancias "elati)as al -at"imonio -"otegido # a la designacin # modi9cacin de administ"ado"es de dico -at"imonio* Se insc"i0i"+ tam0in el documento documento -0lico de constitucin de autotutela # el a-ode"amiento a-ode"amiento -"e)enti)o -"e)isto -"e)isto en la legislacin ci)il* En las decla"aciones (udiciales de ausencia o
INSCRI+CIONES EN CIRCUNSTANCIAS ECE+CIONALES S*l( ley nueva: •
Cuando -o" ci"cunstancias exce-cionales im-uta0les al
INSTRU"ENTOS DE +UBLICIDAD REGISTRAL La -u0licidad de los datos !ue constan en el RC se "eali;a"+ de las siguientes
2* Cam0ios de de a-ellidos auto"i;ados -o" se" )ctima )ctima de )iolencia )iolencia de gne"o' gne"o' as como ot"os ot"os cam0ios de identidad legalmente auto"i;ados* * Recti9c ecti9caci acin n de sexo sexo** =* Causas Causas de -"i)aci -"i)acin n o sus-ens sus-ensin in de la -at"ia -at"ia -otes -otestad* tad* 5* Mat" Mat"im imon onio io sec sec"e "eto to** 8uin -uede accede" a estos datos' el -"o-io insc"ito' sus "e-"esentantes legales* Si este a
•
•
•
•
•
Cont"a las decisiones ado-tadas -o" los E1CARGAOS del RC' los inte"esados inte"esados slo -od"+n inte"-one" "ecu"so ante la i"eccin Gene"al de los Regist"os # 1ota"iado* En el -la;o de & MES* En el caso de denegacin de insc"i-cin de sentencias # ot"as "esoluciones (udiciales ext"an(e"as' el inte"esado slo -od"+ insta" -"ocedimiento (udicial de EKE847T4R* El inte"esado -od"+ -"esenta" el "ecu"so en cual!uie"a de los luga"es -"e)istos* La GR1 "esol)e"+ el "ecu"so en el -la;o de N MESES siguientes a la "ece-cin del esc"ito de inte"-osicin* T"anscu""ido T"anscu""idoss este -la;o sin !ue a#a dictado dictado # noti9cado noti9cado "esolucin "esolucin ex-"esa' ex-"esa' se entende"+ entende"+ desestimada la -"esentacin >silencio @ negati)o?' !uedando ex-edita la )a (u"isdiccional co""es-ondiente* Las "esoluciones # actos de la GR1 -od"+n se" im-ugnados ante el J4QAGAO E 6RIMERA I1STA1CIA de la -"o)incia del domicilio del "ecu""ente* 8uedan exce-tuados los "elati)os a la solicitud de nacionalidad -o" "esidencia !ue se someten a la (u"isdiccin contenciosoU administ"ati)a*
Ley antigua: •
Cont"a las decisiones ado-tadas -o" los E1CARGAOS del RC >Jue; de 6a;?' los inte"esados slo -od"+n inte"-one" "ecu"so ante El Ju;gado de & Instancia* En el -la;o de & MES*
•
6od"+n inte"-one" ante este ltimo a-elacin ante la GR1' con & mese de -la;o*
•
Si no est+ de acue"do' toma"+ la )a (udicial o"dina"ia*
•
Mient"as no se "esuel)a 1O SE 6RACTICAR7 LA I1SCRI6CIF1*
REGLAS GENERALES DE LOS +ROCEDI"IENTOS REGISTRALES •
Los -"ocedimientos "egist"ales se"+n t"amitados # "esueltos -o" el Enca"gado del RC de la O9cina donde se -"etendie"a e
RECTI#ICACI%N DE LOS ASIENTOS Da# dos
Ley antigua: •
•
•
La inexactitud de un asiente se -od"+ -lanteas como cuestin -"e(udicial >a!uello !ue a# !ue "esol)e" antes de "esol)e" el
DECLARACIONES CON VALOR DE SI"+LE +RESUNCI%N Son ecos !ue se insc"i0en en el "egist"o' # a los !ue se -uede cont"adeci"* Estos son: &* 8ue no a ocu""ido ocu""ido eco eco dete"minado dete"minado !ue -udie"a -udie"a aca0e -"ue0a -"ue0a en cont"a"io?* cont"a"io?* Las anotacin es o0ligato"ia # -"ecisa"+ de la
•
•
•
•
Las no"mas !ue siguen a continuacin se a-lica"+n sin -e"(uicio de lo !ue dis-ongan la no"mati)a de la 4nin Eu"o-ea # los t"atado e inst"umentos inte"nacionales )igentes en Es-aa* Los documentos no "edactados en lenguas o9ciales es-aolas' de0e"+n acom-aa"se de t"aduccin* 1o o0stante' si el Enca"gado le consta"e >sa0e idiomas? el contenido del documento -od"+ -"escindi" de la t"aduccin* Todo Todo documento documento ex-edido ex-edido -o"
NOTAS LEY ANTIGUA A e
El li0"o IARIO
•
El li0"o E 6ERSO1AL OBICI1A*