Esquema y cont Esquema contenido enido-- Tema 17.- El procedimiento administrativo: concepto pto y naturalez leza jurídica. Principios generales del procedimiento administrativo. Los interesados en el procedimiento administrativo. Trminos y plazos
Ley !"#$%1&' 1 octu(re' del Procedimiento )dministrativo *om+n de las )).PP. Estructura
7 títulos
133 artículos
- Introducción Introducción - Tí Título pr prelimin minar ,isposi osiciones ge generale ales Objeto y ámbito subjetivo aplicación 1-2
art.
- Título
,e los interesados en el procedimiento apít apítul ulo oI !a cap capac acid idad ad de obr obrar ar y el el conc concep epto to de int inter eres esad ado o art. art. 3-" apítulo II Identi#cación y #rma de los interesados en el procedimiento procedimiento administrativo art. $-12
- Título
,e la actividad activida d de las )).PP. )).PP. apítulo I %ormas &enerales de actuación 13-2" apítulo II '(rminos y pla)os
art. art. 2$-33
- Título ,e los actos administrativos apít apítul ulo oI *e+ui e+uisi sito tos s de los los act actos os adm admin inis istr trat ativ ivos os art. 3,-3 apítulo II E#cacia de los actos 37-, apítulo III %ulidad y anulabilidad ,7-2
art. art.
- Título Título ,e las disposici disposiciones ones so(re el procedimi procedimiento ento administrativ administrativo o com+n apítulo I /arantías del procedimiento art. 3 apítulo II Iniciación del procedimiento art. ,-$ apítulo III Ordenación del procedimiento art. 70-7, apítulo I Instrucción del procedimiento art. 7-"3 apítulo inali)ación del procedimiento art. ",-$ apítulo I e la tramitación simpli#cada del 45 art. $
/enerales
17.1
apítulo II - Título
Ejecución
art. $7-10
,e la revisi/n de los actos en vía administrativa apítulo I *evisión de o#cio 111 apítulo II *ecursos administrativos 12
art.
10-
art.
112-
- Título ,e la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones art. 127-133 - disposiciones adicionales - disposiciones transitorias - 1 disposición dero&atoria - 7 disposiciones #nales
ontenido - Introducción - Título preliminar - Título
0(jeto y m(ito su(jetivo aplicaci/n
,e los interesados en el procedimiento 6 *e&ula las especialidades de la capacidad de o(rar en ereco 5dministrativo8 +ue e9tiende por primera ve) a los &rupos de a:ectados8 las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos 6 En materia de representaci/n8 ;se incluyen nuevos medios para acreditarla en el ámbito e9clusivo de las 55.44.8 como son< - el apoderamiento electr/nico' o
2apud
acta3'
presencial
o
- la acreditaci/n de su inscripci/n en el registro electr/nico de apoderamientos de la )dministraci/n P+(lica u 0rganismo competente I&ualmente8 se dispone la obli&ación de cada 5dministración 4=blica de contar con un re&istro electrónico de apoderamientos8 pudiendo las 5dministraciones territoriales aderirse al del Estado 6 >na de las novedades más importantes de la !ey< separación entre identi4caci/n y 4rma electr/nica y la simpli#cación de los medios para acreditar una u otra? con carácter &eneral8 sólo será necesaria la primera8 y se e9i&irá la se&unda cuando deba acreditarse la voluntad y consentimiento del interesado 6 onjunto mínimo de cate&orías de medios de identi#cación y #rma - Título
,e la actividad de las )).PP.
/enerales
17.2
6 @ujetos obli&ados a relacionarse electrónicamente con 55.44.8 obli&ando a todas las 55.44. a contar con un registro electr/nico general8 o aderirse al de la 5/E Estos re&istros estarán asistidos por la actual red de o#cinas en materia de re&istros8 +ue pasarán a denominarse o4cinas de asistencia en materia de registros 8 y +ue permitirán presentar solicitudes en papel8 +ue se convertirán a :ormato electrónico 6 @e obli&a a cada 5dministración 4=blica a mantener un arc5ivo electr/nico +nico de los procedimientos #nali)ados8 así como la obli&ación de +ue su :ormato permita &aranti)ar la autenticidad8 inte&ridad y conservación del documento 6 *(&imen de valide) y e#cacia de las copias8 estableciendo con carácter &eneral la obli&ación de las 55.44. de no re+uerir documentos ya aportados8 elaborados por las 55.44. o documentos ori&inales8 salvo e9cepciones? el interesado podrá presentar con carácter &eneral copias de documentos 6 Obli&a a las 55.44. a Acontar con un registro u otro sistema equivalente +ue permita dejar constancia de los 6uncionarios 5a(ilitados para la realizaci/n de copias autnticas 8 y en el +ue8 si así decide or&ani)arlo cada 5dministración8 podrán constar tambi(n conjuntamente los :uncionarios dedicados a asistir a los interesados en el uso de medios electrónicos 6 Trminos y plazos8 como principal novedad8 se introduce el cómputo de pla)os por oras y la declaración de los sábados como días inábiles - Título ,e los actos administrativos 6 *(&imen de actos administrativos8 re+uisitos8 e#cacia8 nulidad y anulabilidad 6 Importantes novedades en noti4caciones electr/nicas8 +ue serán pre:erentes y se reali)arán en la sede electr/nica o en la direcci/n electr/nica 5a(ilitada +nica 6@e incrementa la seguridad jurídica de los interesados estableciendo nuevas medidas +ue &aranticen el conocimiento de las noti#caciones< - envío de avisos de noti4caci/n8 siempre +ue sea posible8 a los dispositivos electr/nicos yBo a la direcci/n de correo electr/nico comunicada - acceso a sus noti#caciones a trav(s del Punto de )cceso eneral Electr/nico de la )dministraci/n +ue :uncionará como un portal de entrada - noti#cación por medio de anuncio en 80E 6 Incorpora lo relativo a la edad de mayor de 19 aos 6 ;egundo intento de noti4caci/n: si el primero se a reali)ado antes de las 1.008 el se&undo intento de noti#cación deberá /enerales
17.3
reali)arse despu(s de las 1.00 y viceversa8 dejando al menos un mar&en de di:erencia de 3 oras entre ambos intentos - Título ,e las disposiciones so(re el procedimiento administrativo com+n 6 ntegra como especialidades del 45 los anteriores procedimientos especiales so(re potestad sancionadora y responsa(ilidad patrimonial de la 5dministración 6
,e la revisi/n de los actos en vía administrativa 6 Posi(ilidad de suspensi/n del plazo para resolver 5asta que recaiga pronunciamiento judicial8 cuando una 5dministración deba resolver una pluralidad de recursos administrativos que traigan causa de un mismo acto administrativo y se 5u(iera interpuesto un recurso judicial contra una resolución administrativa o contra el correspondiente acto presunto desestimatorio 6 ;upresi/n de las reclamaciones previas a la vía civil y la(oral
- Título ,e la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones 6 Incremento de la participaci/n de los ciudadanos en el procedimiento de ela(oraci/n de normas8 debiendo recabarse8 Acon carácter previo a la elaboración de la norma8 la opinión de ciudadanos y empresas acerca de los problemas +ue se pretenden solucionar con la iniciativa8 la necesidad y oportunidad de su aprobación8 los objetivos y las posibles soluciones alternativas re&ulatorias y no re&ulatoriasC 6 Plani4caci/n normativa ex ante8 a cuyos e:ectos Atodas las 5dministraciones divul&arán un Plan )nual =ormativo en el +ue se reco&erán las propuestas con ran&o de ley o de re&lamento +ue vayan a ser elevadas para su aprobación el aDo si&uienteC 6 Evaluaci/n ex post 8 junto con el deber de revisar de :orma continua la adaptación de la normativa a los principios de buena re&ulación8 imponi(ndose Ala obli&ación de evaluar periódicamente la aplicación de las normas en vi&or8 con el objeto de comprobar si an cumplido los objetivos perse&uidos y si el coste y car&as derivados de ellas estaba justi#cado y adecuadamente valoradoC - & disposiciones adicionales
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17.,
a )rc5ivo de documentos< 6 ocumentos de procedimientos administrativos ya iniciados antes de la entrada en vi&or !ey< normativa anterior 6@iempre +ue sea posible8 los documentos en papel asociados a procedimientos #nali)ados antes de la entrada en vi&or !ey< di&itali)arse b >egistro electr/nico y arc5ivo electr/nico +nico ámbito 5/E8 mientras no entren en vi&or< 6 urante el primer aDo8 tras entrada en vi&or !ey8 podrán mantenerse los re&istros y arcivos e9istentes 6 urante el se&undo aDo8 tras entrada en vi&or !ey8 se dispondrá como má9imo8 de un re&istro electrónico y un arcivo electrónico por cada Finisterio8 así como de un re&istro electrónico por cada Or&anismo p=blico c >gimen transitorio de los procedimientos< 6 4rocedimientos iniciados antes entrada en vi&or !ey< normativa anterior 6 4rocedimientos de revisión de o#cio iniciados despu(s de entrada en vi&or !ey< sustanciarán por normas establecidas en !ey 3$B201 6 5ctos y resoluciones dictados con posterioridad entrada en vi&or !ey< se re&irán8 en cuanto al r(&imen de recursos8 por las disposiciones de la misma 6 5ctos y resoluciones pendientes de ejecución entrada en vi&or !ey< se re&irán para su ejecución por la normativa vi&ente cuando se dictaron d >gimen transitorio de arc5ivos' registros y punto de acceso general: mientras no entren en vi&or las previsiones relativas al re&istro electrónico de apoderamientos8 re&istro electrónico8 punto de acceso &eneral electrónico de la 5dministración y arcivo =nico electrónico8 se mantendrán canales8 medios o sistemas electrónicos vi&entes e Procedimientos de responsa(ilidad patrimonial derivados de la declaraci/n de inconstitucionalidad de una norma o su carcter contrario al ,erec5o de la
/enerales