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SISTEMA DE PROTECCIÓN AL AHORRISTA Es un sistema sistema establecid establecido o por la SBS con diferentes diferentes mecani mecanismos smos en la ley gene genera rall y en su ley orgá orgáni nica ca,, para para el resp respal aldo do de los los depó depósi sito tos. s. Esto Estoss mecanismos son: • • • •
1. ENCAJE. Son Son rese reser/ r/as as de dine dinero ro lega legall 0ue 0ue las las enti entida dade dess finan financi cier eras as debe deben n mant manten ener er por por disp dispos osic ició ión n lega legall del del BC%& BC%&11 como como resp respal aldo do de los los depósitos recibidos y para fines de regulación monetaria *guardados en el BC%&+
Tipos de encaje: 2.2.
reser/a m3nima m3nima obliga obligator toria ia fi4ada fi4ada por por la BC%&. BC%&. Encaje leal: reser/a
Seg5n la ley general, el can4e m3nimo no debe ser mayor al 67 del total de los depósitos. Encaje adicional adicional: mont 2.8. Encaje monto o adic adicio iona nall al m3ni m3nimo mo.. El BC%& BC%& está está facultado a reconocer intereses por los fondos de este enca4e. 2.9. Encaje suma del del can4 can4e e lega legall y lo adic adicio iona nall Encaje e!ii"le: e!ii"le: es la suma conforman este can4e
#. $OND $ONDOS OS DE DE SE%& SE%&RO RO DE DE DEPÓ DEPÓSI SITO TOS S '$SD '$SD(. (. Per s onaj ur í di c adeder ec hopr i v adodenat ur al ez aes pec i al ,c uy o o bj e t i v oe sp r o t e ge re la ho r r od el a sp er s o na sn at u r a l e sy j ur í di c ass i nfi nesdel uc r o,delr i es godel aev ent uali ns ol v enc i a d ea l g un ad el a se mp mp r e s asoe nt i d ad esde ls i s t e ma mafi n an c i e r oq ue seanmi mi emb mbr osdelFondo. •
ue creado mediante la ey #eneral de (nstituciones Bancarias, inancieras y de Seguros, aprobada en 2662 mediante "ecreto eg egis isla lati ti//o
"epósitos a la /ista *&.J.C...+ Cuentas >ancomunadas "epósitos de &.N. y &.J. *a la /ista y a pla?os+
TIEMPO PARA C&)RIR RESPALDO. Son as empresas 0ue ingresen al fondo deben efectuar aportes •
al mismo durante 8@ meses para 0ue sus operaciones se encuentren respaldadas.
CO)ERT&RA: >onto >áimo de Cobertura para el periodo setiembre no/iembre #*1+: S,. -+/#0
/. PROISIONES )ANCARIAS. •
Son reser/as de li0uide? 0ue las entidades financieras están obligadas a reali?ar por eigencia del organismo regulador *SBS+ con el fin de asumir el deterioro de la cartera de crditos a medida 0ue los clientes /an entrando progresi/amente en situación de morosidad.
•
Son un costo para las entidades financieras dado 0ue esta reser/a de recursos 0ue reali?an inmo/ili?a un capital 0ue no puede prestarse ni in/ertirse.
Clasi2icaci3n:
CASES &%!(S(!NES #END%(CAS A0uellas 0ue se constituyen, de manera pre/enti/a, con relación •
a crditos directos e indirectos y operaciones de arrendamiento financiero de deudores clasificados en categor3a normal. ES&EC(CAS A0uellas 0ue se constituyen con relación a crditos directos e •
indirectos y operaciones de arrendamiento financiero respecto de los cuales se Fa identificado espec3ficamente un riesgo superior al normal.
0. SECRETO )ANCARIO DE$INICIÓN 4 ALCANCES. •
Es una obligación de los Bancos de conser/ar en forma confidencial y abstenerse de comunicar a terceros, la información pri/ada recibida de sus Clientes, de sus acti/idades, negocios, proyecciones, etc. As3 como, las operaciones reali?adas entre
•
stos *crditos otorgados, cuant3as, etc.+. Es proFibido a los Bancos, as3 como, a sus directores y traba4adores, suministrar información sobre las operaciones pasi/as con sus Clientes. Sal/o !rden Judicial 0ue ei4a el le/antamiento del secreto bancario.*
Jueces y Tr i bunal es Pt e.
Co mi s i ó nI n v es t i g ad or aSu pe r i n t e nde nt ed el aSBSFi s c al del aNa ci ó n)