Caso 1:
En un registro domiciliario autorizado por el juez, la policía descubre un diario de A en el que éste detalla pormenorizadamente un plan para cometer el asesinato de otra persona en los próximos días. SOLUCIÓN: Sería un acto preparatorio, pero no es de los que se castigan porque los actos preparatorios penados son los que implican comunicación con terceros (art. 17 y 18 CP). No ha empezado la tentativa porque n se ha empezado a matar. La acción implica redactar el plan de asesinato.
Caso 2: B es atacado por un perro agresivo, que se había escapado rompiendo la verja del recinto en el que su dueño lo tenía confinado. A consecuencia de ello, B sufre graves lesiones. SOLUCIÓN: La acción no es una omisión, pues todos los delitos imprudentes implican en su concepción que no se guarda la debida diligencia. Toda imprudencia tiene un concepto omisivo de no hacer lo correcto. Para distinguir entre omisión e imprudencia activa hay que atender a si ha dejado de actuar o si ha actuado mal. -
Imprudencia: El ginecólogo que no hace las pruebas a la embarazada. Omisión: La mujer que murió en un hospital sin poder tener atención médica porque no la entendían ni la atendieron.
Caso 3:
C conducía un tranvía urbano cuando, a consecuencia de una avería, el vehículo se quedó sin frenos, lo que provocó el atropello y la muerte de varias personas. SOLUCIÓN: El acto es omisivo, no frenar, pero no era posible realizar la acción mandada (frenar). Para resolver es necesario conocer el reparto de responsabilidad.
Caso 4: D, bajo los efectos de una “parasomnia” (trastorno comportamental del sueño REM), se levantó de la cama sonámbulo y, al creerse atacado por avestruces, cogió un hacha y un martillo para defenderse de ellos, cuando en realidad estaba agrediendo a miembros de su familia. A consecuencia de los golpes recibidos, fallecieron su mujer y su suegra, y su hija sufrió heridas graves. Su hijo fue también agredido, aunque no sufrió daño relevante. SOLUCIÓN: Los casos de exclusión son: o o o
La fuerza irresistible es algo banal. El movimiento reflejo son espasmos musculares que se diferencian de actos autonatizados como movimientos marciales o cambiar de marcha conduciendo. A
Caso 5:
E, forcejeó con el policía que lo estaba deteniendo, lo que produjo que ambos se desequilibraran y cayeran al suelo, sufriendo el policía esguince en dos dedos de la mano derecha a consecuencia de dicha caída. SOLUCIÓN: Hay una conducta agresiva (forcejeo), pero en la pruebas se podría llegar a concluir que fue un caso fortuito la caída. En general se atribuye al individuo que se resiste.
Caso 6:
F, policía de servicio, se disponía a detener a unas personas que se encontraban en un vehículo. Para ello, introdujo la mano en la que esgrimía su arma reglamentaria por el hueco de unos 20 centímetros de la ventanilla, y apuntó el arma, que tenía el seguro manual quitado, hacia el suelo, conminando a los ocupantes a que se bajaran. El conductor, en lugar de obedecer, aceleró el coche con la finalidad de huir, momento en el cual F perdió el equilibrio, se agarró con la mano izquierda al cristal de la ventanilla para no caerse, y oprimió de manera refleja el gatillo de su arma, causando la muerte del conductor. SOLUCIÓN: Se puede considerar como fuerza irresistible o movimiento reflejo. Hay que considerar el tema del seguro (sólo se puede hacer uso del arma en legítima defensa o si es alguien muy peligroso), además no podría haber metido la mano en el coche, pero además no podría tener el dedo en el gatillo si no va a disparar.
Caso 7: G, aquejado de un síndrome de Tourette, se encontraba en un bar cuando fue interpelado por un tercero, que entendió que los tics que G realizaba a consecuencia de su patología eran manifestaciones obscenas dirigidas a su novia, lo que provocó que se enzarzaran en una pelea. SOLUCIÓN: No está claro que no pueda suprimirse.
Caso 8: H se encontraba agachado, cogiendo vino de una barrica, cuando fue agarrado por detrás, por sus genitales, por su amigo A que quería gastarle una broma, ante lo que H reaccionó girándose bruscamente y apartando a A con el codo, cayendo éste y golpeándose fuertemente la cabeza contra el suelo, a consecuencia de lo cual A falleció poco después. SOLUCIÓN: Se le pueden atribuir.
Caso 9: J, Guardia Civil, se encontraba de retén y durmiendo cuando, sobre las 4:00 de la madrugada, a consecuencia de una ensoñación onírica o terror nocturno, montó su arma, introduciendo un cartucho en la recámara, y disparó, causando lesiones a su compañero B. En los informes periciales no había completo acuerdo acerca de la fase del sueño afectada, y
por ello de la adecuada clasificación médica del suceso, pero la conclusión de todos ellos era idéntica y dejaba clara la no voluntariedad del acto” realizado por J. SOLUCIÓN: El único problema era si podía saber que era sonámbulo, porque si lo sabía no podría haber sido policía.
Caso 10: K saltó de noche desde la ventana de su casa al patio inferior del edificio, y entró a través de la ventana de la cocina a la casa de una vecina, llegando al cuarto donde ésta dormía en compañía de su novio. Se sentó en la cama y tocó la pierna de la mujer, lo que motivó que ésta despertara y se pusiese a gritar, ante lo que el acusado replicó diciendo “perdone señora que me he equivocado de piso”, y se marchó por donde había entrado. El imputado padecía una epilepsia, y los informes psiquiátricos estimaron que existía una duda razonable sobre la voluntariedad del acto, ya que no se podía descartar que se hubiera cometido durante un episodio crepuscular de origen epiléptico con pérdida de consciencia y control de la voluntad. Esta conclusión se veía abonada por el hecho de que el sujeto presentaba antecedentes psicológicos de fobia social, normalmente incompatibles con la realización voluntaria de actos como el realizado.