RESUMEN: CONVENIO DE ESTOCOLMO SOBRE S OBRE CONTAMINANTES CONTAMINANTES ORGÁNICOS PERSISTENTES Estocolmo, 22 de mao de 2!!" Los contaminant contaminantes es orgánic orgánicos os persiste persistentes ntes (COP) son tóxicos tóxicos,, res resiste isten n a la degradac degradación, ión, se bioacumulan y son transportados por el aire, agua y aves migratorias. Provocan daños a la salud, en pases en desarrollo por la exposición de COP, especialmente en los a!ectos a mu"eres. Los ecosistemas y comunidades indgenas árticos están amena#ados por la biomagni$cación de los COP en sus alimentos. Por tales tales ra#one ra#oness es impor importan tante te tomar tomar me medid didas as para para reduc reducir ir y%o eli elimin minar ar las em emisi isione oness y descargas de COP. Para ello es importante la contribución del sector privado y las O&' para lograr esto. ambin, la necesidad de *ue los !abricantes de COP contribuyan y expongan in!ormación sobre las propiedades peligrosas de esos productos *umicos. Consid Considera erando ndo *ue es necesa necesario rio conceb concebir ir el empleo empleo de proc proceso esoss alter alternat nativo ivoss y produ producto ctoss *umicos sustitutos para la protección de la salud +umana y ambiental se +an acordado los artculos siguientes A#t$ "$ Proteger "$ Proteger la salud +umana y el medio ambiente !rente a los COP. A#t$ 2$ -e$niciones 2$ -e$niciones Parte /stado u organi#ación *ue se encuentre dentro del Convenio. Organi#ación de integración económica regional /stados de una región *ue sean competentes en materias regidas por el Convenio. Partes presentes y votantes, *ue emiten un voto a$rmativo o negativo. A#t$ %$ Cada %$ Cada parte pro+ibirá, restringirá o adoptará las medidas "urdicas y administrativas para elim elimin inar ar la prod produc ucci ción ón,, util utili# i#ac ació ión n y expo export rtac ació ión n o impo import rtac ació ión n de prod produc ucto toss *um *umic icos os.. /xceptuando *ue la utili#ación de stos será para ciertos casos. Los sistemas de reglamentación y evaluación de productos *umicos adoptarán medidas para reglamentar la producción y utili#ación de stos. oda oda parte *ue tenga exención exención espec$ca velará *ue tal exención exención se realice de manera manera *ue evite o redu#ca la exposición +umana y liberación al medio. A#t$ &$ 0e &$ 0e +ará un registro de las Partes con exenciones espec$cas. al registro incluirá una lista de los tipos de exenciones y las Partes *ue go#an de esa exención, además de las !ec+as de expiración (+asta 1 años despus de la !ec+a de entrada en vigor). La exención se +ará mediante una noti$cación escrita dirigida a la 0ecretara, de igual manera *ue si desea retirar el registro. A#t$ '$ Cada '$ Cada Parte adoptará medidas para reducir la liberación de productos productos *umicos, con el $n de reducir o eliminarlas /laborar un plan de acción regional (en un pla#o de 2 años), destinado a identi$car, caracteri#ar y combatir las liberaciones de los productos *umicos. -ic+o plan de be contener /valuación de las liberaciones actuales y proyectadas /valuación de la e$cacia de las leyes y polticas relativas relativas al mane"o de esas liberaciones /strategias para cumplir las obligaciones estipuladas 3edidas para promover la educación, capacitación y sensibili#ación sobre esas estrategias. 4n examen examen *uin* *uin*uen uenal al de las estra estrateg tegias ias y su xito xito.. /sos /sos exámen exámenes es se inclu incluirá irán n en los in!ormes. 4n calendario para la aplicación del plan de acción, incluidas las estrategias y las medidas señaladas.
0e debe promover la aplicación y el desarrollo de las medidas disponibles para reducir las liberaciones o eliminar las !uentes, as como la utili#ación de materiales y productos sustitutivos. ambin se debe promover el empleo de me"ores tcnicas disponibles (etapa más e$ca# y avan#ada en el desarrollo de actividades y sus mtodos de operación destinada a evitar y%o reducir las liberaciones de los productos *umicos) y las me"ores prácticas ambientales (aplicación de la combinación más adecuada de medidas y estrategias de control ambiental). A#t$ ($ Con el $n de tomar medidas para reducir o eliminar las liberaciones derivadas de existencias y desec+os, cada Parte /laborará estrategias apropiadas para determinar la existencia de productos *umicos o artculos en uso, as como los desec+os. 'estionará, las existencias de manera segura, e$ciente y ambientalmente racional. 5doptará las medidas adecuadas para gestionar, recoger, transportar y almacenar los desec+os. 5s mismo, para cuando se eliminen o trans!ormen, de manera *ue no presente las caractersticas de un COP. &o deben ser transportados a travs de las !ronteras internacionales. La Con!erencia de las Partes, cooperará con los órganos pertinentes del Convenio de 6asilea sobre el control de los movimientos trans!ronteri#os de los desec+os peligrosos y su eliminación. A#t$ )$ Cada Parte elaborará un plan de aplicación, y la transmitirá a la Con!erencia de las Partes en un pla#o de 2 años. 0e revisará y actuali#ará, seg7n corresponda, su plan de aplicación a intervalos periódicos. Las Partes cooperarán y consultarán a los interesados con el $n de !acilitar la elaboración, aplicación y actuali#ación de sus planes de aplicación, as mismo se es!or#arán para incorporar los planes nacionales de aplicación relativos a los COP en sus estrategias de desarrollo sostenible. A#t$ *$ Cual*uier Parte podrá presentar a la 0ecretara una propuesta de inclusión de un producto *umico. La 0ecretara comprobará la in!ormación especi$cada, y si se considera, se remitirá la propuesta al Comit de /xamen de los COP. /ste Comit examinará la propuesta y aplicará los criterios de selección de manera 8exible y transparente. 0i se decide *ue se +an cumplido los criterios de selección, se remitirá la propuesta y la evaluación del Comit a todas las Partes para *ue presenten la in!ormación del anexo /9 por el contrario, se desestimará la propuesta. Cual*uier Parte podrá volver a presentar una propuesta, "usti$cando los motivos para *ue se vuelva a examinar. /l Comit tomará en consideración toda nueva in!ormación pertinente y preparará un proyecto de per$l de riesgos en el *ue se decidirá si se aprueba o no. A#t$ +. Cada Parte !acilitará o llevará a cabo el intercambio de in!ormación con la 0ecretara en relación con la reducción o eliminación de la producción, utili#ación y liberación de los COP9 y alternativas de stos, incluyendo la in!ormación relacionada con sus peligros y sus costos económicos y sociales. A#t$ "!$ Cada Parte, promoverá y !acilitará la sensibili#ación de sus encargados de !ormular polticas y adoptar decisiones acerca de los COP9 in!ormará al p7blico sobre los COP, con la elaboración y aplicación de programas de !ormación y sensibili#ación sobre los e!ectos para la salud y el medio ambiente, y sus alternativas. ambin se capacitarán a los traba"adores y personal cient$co, docente, tcnico y directivo. Cada Parte alentará a la industria y al p7blico a *ue se cumpla esto. A#t$ ""$ Las Partes alentarán y%o e!ectuarán a los niveles nacional e internacional las actividades de investigación, desarrollo, vigilancia y cooperación adecuadas respecto de los COP y, cuando procesa, respecto a sus alternativas. 5s mismo, las Partes apoyarán y seguirán desarrollando programas, redes y organi#aciones para esos $nes. 0e e!ectuarán traba"os de investigación destinados a mitigar los e!ectos de los COP en la salud reproductiva, y se +arán p7blicas tales resultados.
A#t$ "2$ Las Partes (pases desarrollados) cooperarán para prestar asistencia tcnica oportuna y adecuada a las Partes *ue son pases en desarrollo o en transición con el $n de ayudarlas. Las Partes tendrán plenamente en cuenta las necesidades espec$cas y la situación especial de los pases menos adelantados. Las Partes concertarán arreglos con el $n de prestar asistencia tcnica y promover la trans!erencia de tecnologas a las otras Partes. A#t$ "%$ Cada Parte (pases desarrollados) prestarán apoyo $nanciero y o!recerá incentivos con el ob"etivo de alcan#ar los ob"etivos del Convenio. ambin podrán proporcionar recursos $nancieros para ayudar en la aplicación del Convenio. Las Partes (pases en desarrollo o en transición) podrán aprovec+ar esos recursos. /l desarrollo económico y social sostenible y la erradicación de la pobre#a son las prioridades primordiales y absolutas de las Partes *ue son pases en desarrollo, prestando debida consideración a la necesidad de proteger la salud +umana y el medio ambiente. /n su primera reunión, la Con!erencia de las Partes aprobará la orientación apropiada *ue +abrá de darse con respecto al mecanismo $nanciero. /n su segunda reunión se examinará la e$cacia del mecanismo establecido, su capacidad para +acer !rente al cambio de las necesidades de las Partes en desarrollo o transición. A#t$ "&$ La estructura institucional del :ondo para el 3edio 5mbiente 3undial será, de !orma provisional, la entidad principal encargada de las operaciones del mecanismo $nanciero antes mencionado. Para ello, esta institución deberá adoptar medidas operacionales relacionadas con los COP. A#t$ "'$ Cada Parte in!ormara a la Con!erencia de las Partes sobre las medidas *ue adoptaron, para ello, cada Parte proporcionará a la 0ecretara datos estadsticos sobre las cantidades de importación y exportación, as como una lista de los /stados *ue se +ayan encargado de dic+as sustancias. A#t$ "($ Cuatro años despus de entrado en vigor dic+o Convenio, la Con!erencia evaluará la e$cacia del Convenio. Para ello, desde la primera reunión se debe iniciar los arreglos para dotarse de datos de vigilancia comparables sobre la presencia de los productos *umicos y su transporte. -ic+a evaluación se llevará a cabo con base a in!ormación cient$ca, ambienta, tcnica y económica disponible. A#t$ ")$ La Con!erencia de las Partes llevará a cabo procedimientos y mecanismos para determinar el cumplimiento o incumplimiento del Convenio. A#t$ "*$ Las Partes resolverán cual*uier controversia entre ellas en relación con la interpretación o aplicación del Convenio mediante negociación y otros medios pac$cos de su propia elección. 0; no se +a podido dirimir la controversia en <2 meses, la controversia se someterá a una comisión de conciliación a petición de cual*uiera de las partes de la controversia. A#t$ "+$ /l -irector /"ecutivo del Programa de las &aciones 4nidas para el 3edio 5mbiente (P&435) convocará la primera reunión de la Con!erencia de las Partes. La Con!erencia de las Partes, en su primera reunión, establecerá un órgano subsidiario, *ue se denominará Comit de /xamen de los COP con el $n de *ue desempeñe las !unciones asignadas a dic+o Comit por el Convenio. 5demás, se encargará de examinar y evaluar constantemente la aplicación de dic+o Convenio. La O&4, sus órganos especiali#ados y el O;/5, as como los /stados no perteneciente a las Partes del Convenio, podrán estar presentes, como observadores de las reuniones. 5s tambin. odo órgano u organismo con competencia en las es!eras *ue abarca el Convenio.
A#t$ 2!$ La 0ecretara se encargará de organi#ar las reuniones de la Con!erencia de las Partes9 !acilitar la prestación de asistencia a las Partes, para la aplicación del Convenio9 la coordinación con otras 0ecretaras de otros órganos internacionales9 preparar y poner a disposición de las Partes in!ormes periódicos9 concertar, ba"o la orientación general de la Con!erencia de las Partes, los arreglos administrativos9 y reali#ar las otras !unciones especi$cadas en el Convenio. -ic+as !unciones serán desempeñadas por el -irector /"ecutivo del P&435. A#t$ 2"$ Cual*uiera de las Partes podrá proponer enmiendas al Convenio. =stas se aprobarán en una reunión de la Con!erencia de las Partes. Cual*uier proposición será comunicada a las Partes por la secretara al menos > meses antes de la reunión. La enmienda se aprobará por mayora de ? de las Partes presentes y votantes. /l depositario comunicará la enmienda a todas las Partes para su rati$cación, aceptación o aprobación y entrará en vigor el nonagsimo da a partir de la !ec+a de aprobación. A#t$ 22$ Los anexos del Convenio !orman parte integrante del mismo. odo anexo adicional se limitará a cuestiones de procedimiento, cient$cas, tcnicas o administrativas. Los anexos adicionales se propondrán y aprobarán con!orme a lo establecido en el artculo 2<. /l anexo entrará en vigor para todas las Partes *ue no +ayan +ec+o una noti$cación de con!ormidad ante el -epositario. 5s mismo ocurrirá para las enmiendas a los anexos 5, 6 o C. Para la enmienda de los anexos -, / o : se adoptará por consenso y el -epositario comunicará a las Partes cual*uier decisión. La enmienda entrará en vigor para todas las Partes. A#t$ 2%$ Cada Parte tendrá un voto, salvo cuando una organi#ación de integración económica regional e"erciera su derec+o a voto, y viceversa. A#t$ 2'$ /l Convenio estará su"eto a la rati$cación, aceptación o aprobación del los /stados y las organi#aciones de integración económica regional, y a la ad+esión de alguno de stos al Convenio. -ic+os instrumentos se depositarán en el poder del -epositario. /n sus instrumentos de rati$cación, aceptación, aprobación o ad+esión, las organi#aciones de integración económica regional declararán los alcances de su competencia en relación con las materias regidas por el Convenio. A#t$ 2($ /l presente Convenio entrará en vigor el nonagsimo da contado a partir de la !ec+a en *ue +aya sido depositado el *uincuagsimo instrumento de rati$cación, aceptación, aprobación o ad+esión. A#t$ 2)$ &o se podrán !ormular reservas al presente Convenio. A#t$ 2*$ Cual*uier Parte podrá retirarse del Convenio, despus de +aber transcurrido @ años despus de entrado en vigor, noti$cándolo por escrito al -epositario. /l retiro será un año de +aberse noti$cado. A#t$ 2+$ /l 0ecretario 'eneral de las &aciones 4nidas será el -epositario del Convenio. 5&/AO 5. /L;3;&5C;B&
5&/AO 6, /0;CC;B&
DIOINAS Las dioxinas constituyen un grupo de compuestos *umicos *ue son contaminantes ambientales persistentes (COP). /l nombre *umico de la dioxina es 2,@,D,EFtetraclorodiben#oFparaFdioxina (C--). La !amilia de compuestos relacionados entre s está constituida por las diben#oFparaFdioxinas policloradas (PC--) y los diben#o!uranos policlorados (PC-:). Las dioxinas son subproductos no deseados de numerosos procesos de !abricación tales como la !undición, el blan*ueo de la pasta de papel con cloro o la !abricación de algunos +erbicidas y plaguicidas. ambin pueden producirse en procesos naturales como las erupciones volcánicas y los incendios !orestales. Las dioxinas se encuentran en todo el mundo en prácticamente todos los medios. /xisten en todo el mundo grandes depósitos de aceites industriales de desec+o con PC6, muc+os con grandes concentraciones de PC-:. /l almacenamiento prolongado y la eliminación inadecuada de este material puede liberar dioxinas +acia el medio ambiente y contaminar los alimentos +umanos y animales.
La incineración adecuada del material contaminado es me"or mtodo disponible para prevenir y controlar la exposición a las dioxinas. 5simismo, puede destruir los aceites de desec+o con PC6. /l proceso de incineración re*uiere temperaturas elevadas, superiores a E1G HC. La exposición breve del ser +umano a altas concentraciones de dioxinas puede causar lesiones cutáneas. La exposición crónica de los animales a las dioxinas +a causado varios tipos de cáncer. (O30, 2G<2) O30. (3ayo de 2G<2). Las dioxinas y sus efectos en la salud humana . Obtenido de +ttp%%III.I+o.int%es +ttp%%III.I+o.int%mediacentre%!acts+eets%!s221%es%