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UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE AGRONOMIA REGLAMENTO INTERNO
GRUPO MONOVALENTE DE EXTENSION Y PROYECCION SOCIAL
Estudiantes de Agronomía Cooperando con la Sociedad EACS “
”
ACOBAMBA - HUANCAVELICA
2012
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TITULO I: DE LA NATURALEZA, FINES, ALCANCE Y OBJETIVOS DEL GRUPO CAPITULO I: DE LA NATURALEZA Art. 1º
El Grupo Monovalente de Extensión y Proyección Social “EACS” de la E. A. P. de Agronomía de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional de Huancavelica, busca promover dinámicas de socialización e integración mediante la transferencia de tecnología con valores de solidaridad, responsabilidad y desarrollo sostenible, para la sociedad acobambina y por ende de la región Huancavelica.
CAPITULO II: DE LOS FINES Art. 2º
El presente Reglamento Interno del Grupo Monovalente de Extensión y Proyección Social “EACS” tiene como finalidad normar y orientar las actividades de los integrantes, inspirado en los
valores de solidaridad y trabajo vinculado, dedicado a promover, incorporar y sostener la política de RSU (responsabilidad social universitaria) que mantiene la UNH.
CAPITULO III: DEL ALCANCE Art. 3º
El presente Reglamento tiene como alcance solo para los integrantes del Grupo Monovalente de Extensión y Proyección Social “ EACS”, así como también a la comunidad beneficiaria con la
ejecución del presente proyecto.
CAPITULO IV: DE LOS OBJETIVOS Art. 4º
Son objetivos del grupo monovalente de Extensión y Proyección Social “ EACS”:
a)
Promover las actividades de Extensión y Proyección Social que ofrece la Universidad a la sociedad.
b)
con el propósito de fortalecer las capacidades de la población.
c)
Contribuir con la transmisión y aplicación de conocimientos y capacidades, y potenciar en la promoción el desarrollo humano sostenible.
d)
Recuperar la confianza de organizaciones sociales, y sociedad en general de la región; para el reconocimiento de que la Universidad es la entidad rectora de la ciencia y la cultura.
TITULO II: ESTRUCTURA ORGÁNICA CAPITULO V: DE LA ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN Art. 05º
La organización de la Directiva del Grupo es como sigue: a)
El presidente
b)
El vice presidente
c)
El Secretario
d)
El tesorero
e)
Vocales Página 2
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CAPITULO VI: DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE Art. 06º
Son funciones, Facultades y Atribuciones del Presidente: a)
Representar al grupo en cualquier actividad.
b)
Encabezar en la ejecución de las actividades programadas durante el desarrollo del proyecto.
c)
Asistir a las reuniones programadas.
CAPITULO VII: DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL VICE PRESIDENTE Art. 07º
Son funciones, Facultades y Atribuciones del Vice Presidente: a)
Representar al grupo en cualquier actividad, cuando el presidente se ausenta
b)
Cooperar en la ejecución de las actividades programadas durante el desarrollo del proyecto.
c)
Asistir a las reuniones programadas.
CAPITULO VIII: DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL SECRETARIO Art. 08º
Son funciones y atribuciones del Secretario: a)
Llevar al día el Libro de Actas de las sesiones del Comité, debiendo dejar constancia de lo siguiente:
b)
-
La asistencia o inasistencia de los integrantes del grupo
-
Los asuntos sobre la ejecución del proyecto puesto en consideración y discutido.
-
Las abstenciones u omisiones en las respectivas votaciones del grupo.
-
Los acuerdos
-
Los aspectos que el presidente o integrantes consideren pertinentes.
Asistir a las reuniones programadas.
CAPITULO IX: DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL TESORERO Art. 09º
Son funciones y atribuciones del Tesorero: a)
b)
Llevar al día el Libro de caja al día, debiendo dejar constancia de lo siguiente: -
Aportaciones del los integrantes del grupo.
-
Monto total de ingresos.
-
Monto total de egresos.
Asistir a las reuniones programadas.
CAPITULO X: DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS DEMAS INTEGRANTES Art. 10º Son funciones, Facultades y Atribuciones de los demás integrantes: a)
Cooperar en todas las actividades durante la ejecución del proyecto.
b)
Asistir a las reuniones programadas.
c)
Sugerir ideas para el buen desarrollo de las actividades
d)
Cumplir a hacer cumplir el reglamento para el cumplimiento de los objetivos del grupo. Página 3
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CAPITULO XI: DE LOS BENEFICIARIOS DE LA EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN SOCIAL Art. 11º
Los beneficiarios con la ejecución del proyecto de Extensión y Proyección Social se comprometen: a)
Cooperar con los integrantes del grupo durante el desarrollo de las actividades hasta que culmine el proyecto.
b)
Dar facilidades a los integrantes del grupo para el desarrollo de todas las actividades.
c)
Constatar y verificar el cumplimiento de todas las actividades.
d)
Certificar a la finalización de todas las actividades.
TITULO III: NORMATIVAS A LOS INTEGRANTES CAPITULO XII: DE LA EVALUACIÓN, INCENTIVOS Y SANCIONES Art. 12º
El cumplimiento de los trabajos por parte de los integrantes del Grupo Monovalente de Extensión y Proyección Social “ EACS” serán materias de evaluación al término de cada actividad. La
evaluación estará a cargo de los integrantes que cumplan con todas las actividades y las sanciones se aplicaran dependiendo de la gravedad de las faltas.
Art. 13º
La evaluación comprende los siguientes aspectos: a) Cumplimiento de las actividades en las fechas indicadas. b) Conteo de actividades asistidas. c) Capacidad de trabajo personal y en conjunto. d) Cumplimiento del reglamento interno del grupo.
Art. 14º
Las faltas de parte del presidente, secretaria, tesorera y cualquiera de los integrantes del grupo (a las reuniones ordinario, extraordinario, trabajos programados) tendrán una multa de S/. 20.00 nuevos soles y la reiteración de faltas sin subsanar en más de tres oportunidades será materia de separación definitivo del grupo.
Art. 15º
Cualquier acto deshonesto o inmoral ocasionado por cualquier integrante del grupo monovalente de Extensión y Proyección Social “ EACS” (apropiación ilícita, robo, hurto de los bienes y materiales) en perjuicio del grupo o institución beneficiaria serán sometidos a proceso disciplinario, según la gravedad de la falta y en caso de comprobarse la falta serán sancionados con separación definitivo del grupo y dando informe al Jefe del Área de EPS.
Art. 16º
Así mismo la reincidencia de actos prepotentes o falta de respeto contra cualquiera de los integrantes por cualquier integrante, también será motivo de separación del grupo.
Art. 17º
También será motivo de sanción, con la separación definitiva a cualquiera de los integrantes que genere el divisionismo en la interna del grupo.
Art. 18º
Las faltas no contempladas en el presente Reglamento serán sancionadas por el Consejo de Extensión y Proyección Social. Página 4
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CAPITULO XIII DISPOSICIONES FINALES Primera.-
Todos los integrantes en ejercicio de todas sus facultades mentales y consientes de cumplir con lo estipulado dentro del reglamento interno del grupo, firman al pie en señal de conformidad, cualquier modificación posterior a la aprobación no será válido y será motivo de sanción.
Segunda.-
Cualquier punto no contemplado en el presente reglamento será resuelto en una reunión (solo si están presentes el 50% +1) de los integrantes del grupo monovalente de extensión y proyección social.
Tercera.-
El presente Reglamento tendrá vigencia a partir de la fecha de su aprobación por los integrantes del grupo.
Acobamba, Junio del 2012
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