Reglamento de Información Financiera Conasev Cona sev La participación del Estado en el mercado de capitales, está representado por Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, quién tiene como encargo encargo crear el marco regulatorio que promueva el mercado de capitales, velar por la transparencia de los mercados de capitales, la correcta formación de los precios en ellos, l a protección de los inversionistas y reglamentar la presentación de los estados financieros, financieros, entre otros. El Reglamento fue formulado en concordancia con los requerimientos legales vigentes referentes a la formulación de estados financieros, es decir decir recoge el marco conceptual y las Normas Internacionales de Contabilidad NIC y su aplicación es obligatoria para todas los entes que se encuentran bajo el control y supervisión de CONASEV, vale decir: emisores de valores (sociedades que cotizan en Bolsa), sociedades agentes de bolsa (agencias de valores), administradoras de fondos mutuos y de inversión, fondos colectivos, clasificadoras de riesgo, bolsa de valores y producto. ¿Quiénes están obligados a informar? informar? Los emisores y las personas jurídicas inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores (RPMV), así como las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos Colectivos están obligadas a preparar y presentar a CONASEV su información financiera ciñéndose al Reglamento y al Manual de información financiera, a las entidades responsables de la conducción conducción de los mecanismos centralizados de negociación, su información financiera individual auditada anual al día siguiente de haber sido aprobada por el órgano órg ano correspondiente, siendo el plazo límite de presentación el 15 de abril de cada año. Registro Especial de otras Entidades bajo competencia de CONASEV (20-07-2010) Se creó el registro reg istro público denominado "Registro Especial de otras Entidades bajo competencia de CONASEV" que consta de las siguientes secciones: a) b) c) d) e)
De
los Fondos de Deporte del Fútbol Profesional De las Sociedades Gestoras Concesionarias De las Sociedades Concesionarias De las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos De las Empresas que brindan el servicio de microformas.
Regulan la aplicación plena de las NIIf -(19-10-2010) Debido
a la globalización de la economía e internacionalización de los mercados ha generado la necesidad de adoptar un lenguaje común de intercambio de información financiera y de negocios, que posea estándares de calidad calidad y mayor transparencia, CONASEV ha venido evaluando el cumplimiento de las NIIF oficializadas y de las vigentes internacionalmente en la preparación de información financiera de las empresas emisoras y de las personas jurídicas bajo su ámbito de
supervisión, promoviendo la correcta aplicación y la difusión de las normas, resulta necesario para los fines de la transparencia y adecuada aplicación de las normas contables, disponer que las empresas bajo el ámbito de competencia de CONASEV apliquen de manera plena las NIIF vigentes internacionalmente; Que, en ese sentido, el párrafo 16 de la NIC 1 Presentación de Estados Financieros requiere que aquellas empresas que cumplan con preparar y presentar sus estados financieros de acuerdo a las NIIF, deben efectuar una declaración explícita y sin reservas sobre dicho cumplimiento. Que, CONASEV, en uso de las facultades conferidas por la normativa correspondiente como organismo de supervisión y control y dentro del marco conceptual en el que se apoyan las normas de contabilidad, el que define las características esenciales que deben reunir los estados financieros en su preparación y presentación de manera que se cumpla no sólo el objetivo de estandarizar las normas sino el de facilitar a los usuarios externos como a los inversionistas una adecuada interpretación de la información contenida en ellos, considera necesario disponer la aplicación plena de las Normas Internacionales de Información Financiera vigentes internacionalmente, una vez que éstas sean aprobadas por el International Accounting Standards Board IASB. REGLAMENTO DE INFORMACION FINANCIERA: El presente Reglamento contiene las normas que deben observar las empresas en la preparación y presentación de la información financiera, con el objeto de que dicha información reúna las cualidades mínimas de conformidad con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados. 1. MARCO CONCEPTUAL PARA LA PREPARACION DE ESTADOS FINANCIEROS:Los estados financieros deben ser preparados y presentados de acuerdo con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados contenidos en las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), normas contables establecidas por los Órganos de Supervisión y Control y las normas del presente Reglamento. 2. OBJETIVOS ESTADOS FINANCIEROS: a) Presentar razonablemente información sobre la situación económica y financiera de la empresa b) Apoyar a la gerencia en la planeación, organización, dirección y control de los negocios c) Servir de base para tomar decisiones sobre inversiones y financiamiento; y evaluar la gestión de la gerencia. 3.
CUALIDADES DE LOS ESTADOS FINANCIEROS: Son cualidades de los estados financieros, las siguientes: 1. Comprensibilidad, la información debe ser clara y entendible por los usuarios.
2. Relevancia, con información útil, oportuna y de fácil acceso que influya en las decisiones económicas de los usuarios. 3. Confiabilidad, para lo cual la información debe ser: a) Fidedigna, que represente de modo razonable los resultados y la situación financiera de la empresa. b) Presentada reflejando la sustancia y realidad económica de las operaciones de la empresa. c) Neutral, no se deben mezclar los intereses particulares. d) Prudente, no sobrestimar los activos y los ingresos, y de subestimar los pasivos y los gastos. e) Completa, debiendo informar todo aquello que es significativo y necesario para comprender, la situación real de la empresa. f) Comparabilidad, la información de una empresa es comparable a través del tiempo, lo cual se logra a través de la preparación de los estados financieros sobre bases uniformes.
4. POLITICAS CONTABLES: Son los principios, bases, reglas y prácticas adoptados por una empresa para la preparación y presentación de sus estados financieros. Se reconocen entre las políticas contables fundamentales las siguientes: a) Uniformidad en la Presentación: deben ser aplicadas de manera uniforme de un ejercicio a otro, salvo que el cambio en dichas políticas contables resulte de una variación significativa en la naturaleza de las operaciones de la empresa. b) Importancia relativa y Agrupación: Las transacciones y otros eventos deben revelarse considerando su importancia relativa en los estados financieros. Se consideran importantes cuando, debido a su naturaleza o cuantía, su conocimiento o desconocimiento, puede alterar significativamente las decisiones económicas de los usuarios de la información c) Compensación: Las partidas de activo y pasivo no deben compensarse entre sí a menos que exista un derecho legal de compensación o cuando así lo requieran o permitan las NIC. Las partidas de ingresos y gastos deben compensarse sólo cuando una NIC así lo requiera o lo permita, o cuando las ganancias, pérdidas y gastos relacionados que provengan de transacciones y otros eventos similares no sean significativos. 5. ESTADOS FINANCIEROS COMPARATIVOS Los estados financieros deben prepararse y presentarse comparados con el período anterior, de manera que se aprecien los cambios experimentados por la empresa. Cuando en el período corriente se modifique la presentación o clasificación de partidas, debe reclasificarse la información correspondiente de los estados financieros del período anterior, a fin de permitir la comparación de la información, revelándose necesariamente la naturaleza de la reclasificación, el motivo y sus efectos correspondientes. Si no fuera posible reclasificar las partidas comparativas del período anterior, debe revelarse el motivo de ello y la naturaleza de los cambios que se habrían producido si se hubiera efectuado la reclasificación.
6.
PERÍODO DE INFORMACIÓN La empresa debe preparar estados financieros de propósito general al 31 de diciembre de cada año. Cuando, en circunstancias excepcionales, la fecha del balance general de la empresa cambia y los demás estados financieros anuales se presentan por un período menor de un año, la empresa debe revelar, además del período cubierto por los estados financieros, la razón por la que el período es distinto al de un (1) año y la aclaración de que los importes comparativos respecto al estado de ganancias y pérdidas, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo, y a las notas relacionadas, no son comparables. LOS ESTADOS FINANCIEROS
7. ESTADOS FINANCIEROS BÁSICOS Los estados financieros básicos son el medio principal para suministrar información de la empresa y se preparan a partir de los saldos de los registros contables de la empresa a una fecha determinada. 1. 2. 3. 4.
Balance General; Estado de Ganancias y Pérdidas; Estado de Cambios en el Patrimonio Neto; y, Estado de Flujos de Efectivo.
Los estados financieros básicos deben presentarse conjuntamente con las aclaraciones o explicaciones pertinentes, denominadas Notas a los Estados Financieros 8.
CLASES DE ESTADOS FINANCIEROS: Teniendo en cuenta los objetivos específicos que los originan, los estados financieros se clasifican en: a) Estados financieros de Propósito General: se preparan al cierre de un periodo y son: 1. E.F. Intermedios y Anuales. 2. E.F. Consolidados: presentan la situación de una matriz y sus subsidiarias, como si fuesen los de una sola empresa. b) Estados Financieros de Propósito Especial: que se preparan con el objeto de cumplir con requerimientos específicos y son: 1. E.F. extraordinarios: se preparan a una determinada fecha y son para realizar ciertas actividades (fusión, escisión, etc.). 2. E.F. de liquidación: se presentan cuando una empresa acuerda una disolución, con finalidad de informar sobre el estado de sus activos y pasivos.
9. IDENTIFICACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Cada componente de los estados financieros debe ser claramente identificado y debe exponerse de manera destacada, las veces que fuera necesario, los siguientes datos: 1. 2. 3. 4.
Nombre de la empresa, razón o denominación social; Si los estados financieros corresponden a una empresa o a un grupo de empresas; La fecha del balance general y el período cubierto por los otros estados financieros; Moneda en que están expresados los estados financieros; prescindiéndose de las fracciones en las cifras empleadas
10. UNIDAD DE MEDIDA Los estados financieros agrupan y comparan todos sus componentes heterogéneos a una misma unidad de medida, que es el signo monetario de curso legal, con excepción de aquellas empresas que se encuentren expresamente autorizadas para informar en moneda extranjera. INFORME DE GERENCIA a) PREPARACIÓN: El informe presentado por la gerencia muestra la evaluación financiera y explica las principales características de la situación financiera, el desempeño financiero y las principales incertidumbres que enfrenta la empresa. Este Informe comprende: 1.
Declaración de Responsabilidad
La declaración esta referida a los estados financieros de períodos intermedios y al análisis y discusión de la gerencia, el cual debe contener lo siguiente: 1. Título: Declaración de Responsabilidad. 2. Alcance: Estados financieros del período. 3. Párrafo: El presente documento contiene información veraz sobre el desarrollo del negocio de (denominación de la empresa emisora) al (trimestre) del año (año). Los firmantes se hacen responsables por los daños que pueda generar la falta de veracidad o insuficiencia de los contenidos, dentro del ámbito de su competencia, de acuerdo a las normas del Código Civil; 4. Nombre completo, número de matricula y firma del Contador Público y Gerente General o funcionario equivalente; y, 5. Fecha de elaboración. . 2.
Análisis y Discusión de la Gerencia
El análisis y discusión de la información presentada, que describe y explica los ratios principales y la posición financiera de la empresa, las principales incertidumbre a las que se enfrenta, debiendo principalmente referirse a: y
Factores e influencias que determinan el desempeño financiero, incluyendo cambios en el entorno en que la empresa opera, la respuesta
y
y
y
de la empresa a dichos cambios y su efecto, y la política de la empresa para que la inversión mantenga y amplié el desempeño, incluyendo su política de dividendos Los recursos de la empresa para fondeo, la política de ejecución y sus políticas de administración de riesgos; Los eventos, factores o variables que expliquen cambios importantes en los ingresos y gastos afectando a los resultados económicos; Las fuerzas y recursos de la empresa cuyo valor no esté reflejado en los estados financieros presentados de acuerdo a normas internacionales de contabilidad.
INFORMACIÓN FINANCIERA AUDITADA 1. FINALIDAD La finalidad del presente Capítulo es obtener estados financieros con opinión profesional independiente sobre la razonabilidad de la presentación de la situación financiera, los resultados de las operaciones y los flujos de efectivo de la empresa, para lo cual dicha información debe ser preparada y presentada de acuerdo a las reglas uniformes expuestas en este Reglamento. 2. RESPONSABILIDAD La elaboración y presentación de los estados financieros es de responsabilidad del Directorio y/o de la gerencia de la empresa y el Auditor es responsable del contenido del dictamen que emita, opinión que se sustenta en el trabajo de auditoría efectuado para su emisión. 3.
PLAZO PARA LA DESIGNACIÓN DE LOS AUDITORES Las empresas obligadas a presentar información financiera auditada deben designar a sus auditores independientes con una anticipación no menor a noventa (90) días calendario de la fecha de cierre del período contable, para permitir el adecuado planeamiento del trabajo del auditor y la aplicación de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA).
4. EXAMEN DE AUDITORÍA. Los estados financieros básicos de una empresa, obtenidos luego del cierre de los libros oficiales, deberán ser dictaminados por Auditor debidamente habilitado; igual exigencia es aplicable a los estados financieros consolidados de la matriz con sus subsidiarias. El informe de auditoría debe ser preparado y presentado con sujeción a los requisitos y formalidades establecidas por las NIA aprobadas y vigentes en el Perú y, de ser el caso, por las normas específicas emitidas por los Organismos de Supervisión y Control correspondientes. El dictamen se prepara según las pautas contenidas en la Sección Cuarta del Manual. 5. EMPRESAS EXTRANJERAS La información financiera que presenten las empresas emisoras constituidas en el extranjero deberá ser dictaminada por una sociedad de auditoría que haya sido aceptada
o reconocida por el organismo rector de su país, y que además sea representada en el territorio nacional por un Auditor, el mismo que debe certificar la veracidad de dicha auditoría. La certificación a que se refiere el párrafo anterior, no será exigible cuando la información financiera dictaminada haya sido presentada a un mecanismo centralizado de negociación debidamente autorizado, de países que forman parte del Comité Técnico de la Organización Internacional de Comisiones de Valores. 6.
OBLIGACIONES DURANTE EL EXAMEN DE AUDITORÍA Las empresas están obligadas a facilitar cuanta información fuera necesaria para realizar el examen de auditoría; asimismo, el Auditor está obligado a requerir la información que precise para la emisión del informe de auditoría.
7. OPINIÓN DEL DICTAMEN En el caso de una opinión con salvedades, opinión adversa del auditor, o cuando éste se abstenga de opinar, el dictamen debe indicar clara y específicamente las razones que han motivado la salvedad, así como de ser el caso, revelar el efecto cuantificado de las salvedades en los estados financieros o revelar que no es posible cuantificar dicho efecto. En los casos anteriores, las empresas deben obtener del auditor un informe especial que presentará con la información financiera intermedia del segundo trimestre siguiente, el cual incluye, sin perjuicios de otros que sean necesarios, los siguientes aspectos: 1. En el supuesto de que hayan sido subsanadas las salvedades, deberá comunicarse esta circunstancia, así como los efectos que tienen las correcciones introducidas sobre los estados financieros del ejercicio en curso. 2. En el supuesto de persistir las causas que dieron lugar a la opinión con salvedades, se hará constar expresamente dicha circunstancia, así como los efectos de haberse incorporado tales salvedades en los estados financieros del ejercicio en curso, adjuntando el plan de acción para subsanarlas. 8.
CONSERVACIÓN DE PAPELES DE TRABAJO El Auditor debe conservar la documentación de cada auditoría, incluyendo los papeles de trabajo, por un período de cinco (5) años, contados desde la fecha del dictamen de auditoría, como prueba y soporte de las conclusiones del informe.
9. DICTAMEN SOBRE ESTADOS FINANCIEROS DE PROPÓSITO ESPECIAL CONASEV podrá solicitar la presentación de información financiera auditada, preparada a una fecha distinta a la del cierre del ejercicio económico anual, si existiesen indicios de variación sustantiva en la situación financiera y en los resultados de las operaciones de las empresas. Dicha información deberá incluir, a esa fecha, todas las provisiones, castigos y ajustes pertinentes, de la misma forma que si se tratara del ejercicio económico anual. 10. INCOMPATIBILIDAD DEL AUDITOR El Auditor debe ejercer su función con independencia y, en este contexto, se encuentra impedido de dictaminar sobre los estados financieros de una empresa si, en el período que se examinan o durante el período cubierto por dichos estados, uno de sus socios, socios
administradores o responsables técnicos, se encuentran vinculados o relacionados con la empresa, alguna de sus matrices, subsidiarias u otras filiales, por: 1. Desempeñar un cargo en la empresa, o haberlo desempeñado en el ejercicio contable de la auditoría o en el ejercicio inmediato anterior; 2. Haber adquirido o haberse comprometido a adquirir cualquier interés financiero directo o indirecto significativo en la empresa; 3. Tener relación económica como promotores, suscriptores, directores, autoridades, fideicomisarios con derecho a voto en la empresa auditada; 4. Ser cónyuge o pariente dentro del segundo grado de consanguinidad o primero de afinidad con algún accionista, director, funcionario o miembro del órgano de decisión de las empresas auditadas. 5. Vinculación directa o indirecta, económica o administrativa, con la empresa. 11. SUSTENTACIÓN DEL DICTAMEN Cuando CONASEV lo estime conveniente los dictámenes de auditoría serán sustentados por los responsables de su emisión sobre la base de los papeles de trabajo, los que deberán evidenciar la labor de auditoría realizada y la conclusión a la que han llegado. La asistencia del representante legal de la empresa a dicho acto es facultativa y su inasistencia no impide su realización. Los papeles de trabajo solamente pueden ser presentados durante la sustentación del dictamen, no pudiéndose atribuir esa calidad a los documentos presentados con posterioridad a dicho acto. 12. DICTAMEN NO SUSTENTADO La inasistencia injustificada del Auditor a la citación efectuada por CONASEV o el hecho de presentarse sin los respectivos papeles de trabajo, equivale a la no sustentación del dictamen. 13. LUGAR DE SUSTENTACIÓN La sustentación del dictamen se llevará a cabo en el local de CONASEV, en el del Auditor o en aquel que CONASEV señale en la citación respectiva. 14. DESESTIMACIÓN DEL DICTAMEN CONASEV podrá desestimar el dictamen emitido por el Auditor cuando de la sustentación del mismo sobre la base de los papeles de trabajo, se concluya que el auditor no cumplió con las NIA, debiendo cumplir la empresa con presentar un nuevo dictamen. 15. DESESTIMACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS CONASEV podrá desestimar los estados financieros cuando sobre la base de las evaluaciones o inspecciones o el dictamen del auditor, se concluya que no están razonablemente preparados y presentados de acuerdo a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, normas contables establecidas por los Organismos de Supervisión y Control y las normas del presente Reglamento.
16. RESERVA DEL AUDITOR El Auditor está obligado a mantener reserva sobre la información que conozca de las empresas en el ejercicio de su actividad, sin perjuicio de sus obligaciones hacia los Organismos de Supervisión y Control. 17. CAMBIO DE AUDITOR La empresa deberá comunicar a CONASEV el cambio de Auditor dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes contados a partir de la fecha de la decisión de no continuar su relación con el auditor designado, señalando si la decisión fue recomendada o aprobada por la Junta de Accionistas o Directorio, las causas que justifiquen el cambio, si existió cualquier desacuerdo respecto a principios o prácticas contables en sus dos (2) últimos ejercicios financieros, revelación en los estados financieros o alcance de los procedimientos de auditoría. En el Manual, se describe el contenido de las cuentas y/o partidas de los estados financieros, las revelaciones que se deben considerar en la elaboración de las notas, la forma de elaborar el Informe de Gerencia, así como aquellos aspectos que deben ser considerados en la información financiera auditada, y finalmente incluye los modelos de presentación de información financiera.