“UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LOS ANDES“ - Facultad De Derecho,
Ciencias Jurídicas contables y Financieras – Escuela Profesional de derecho
TRABAJO PRÁCTICO
:
NOMBRE
:
Jorge Luis Gamarra Chirinos.
TEMA
:
Régimen Laboral de los Futbolistas. L! "o. #$%$$
DOCENTE
:
Dr. &ugo &ern'n ()ala Rodríguez.
Derecho Laboral I. Relaciones Individuales de Trabajo.
Abancay 27 de julio del 2015
INCTRODUCCIÓN: *iste *is te un ré régi gime men n la labo bora rall es es+e +eci cial al +a +ara ra es este te ti ti+o +o de de de+o +ort rtis ista tas s de dedi dica cado dos s +ro,esio +ro, esionalm nalmente ente al balo balom+ié m+ié-- enc encarg' arg'ndos ndose e de regu regular lar tamb también ién la rela relacin cin de ello ellossdentro del contrato de trabajo- con sus em+leadores- /ue en este caso son los 0clubes de+ortivos de ,1tbol2. Tal le) est' claramente sujeta al régimen laboral de la actividad +rivada- Decreto Legislativo 3#4 ) a+lic'ndose su+letoriamente las normas del cdigo civil. l régimen al cual hago mencin es el regulado +or la le) "5 #$%$$- +ublicada el uno de ener en ero o de 67 677$ 7$.. s sta ta le le) ) ll llam amad ada a 0R 0Rég égim imen en La Labo bora rall de lo los s Ju Juga gado dore res s de F1 F1tb tbol ol 8ro,esional2 reglamenta- entonces- su ,orma de contratacin- las obligaciones- derechostrans tra ns,er ,eren encia ciass- seg seguri urida dad d so socia ciall- es esta tatut tutos os-- acc accion iones es sin sindic dicale ales s ) las co condi ndicio cione nes s adecuadas adecuad as +ara el correcto desem+e9o desem+e9o de sus labores todos los cuales e*+licaremos e*+licaremos en el +resente art;culo.
¿Quiénes son considerados u!"o#is!as $roesiona#es% 8ara comen
&os con!ra!os de u!"o#is!as $roesiona#es Los contratos tienen un +eriodo de evaluacin de treinta d;as +rorrogables a treinta d;as m's =entiéndase esto como el +eriodo de +rueba>- el cual /ueda e*tinto si el jugador +artici+a en un encuentro o,icial en dicho la+so de tiem+o. La contrataci contratacin n es de duracin dete de term rmin inad adaa- +u +udi dien endo do és ésta ta +a +act ctar arse se +o +orr un ti tiem em+o +o ci cier erto to o +o +orr un n1 n1me mero ro de +resentaciones es+ec;,icas. La am+liacin o +rrroga del contrato debe ser de ,orma e*+resa. Los contratos deben registrarse- al igual /ue los contratos sujetos a modalidaden el ?inisterio de Trabajo ) en este caso es+ecial también deben registrarse en la
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“UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LOS ANDES“ - Facultad De Derecho,
Ciencias Jurídicas contables y Financieras – Escuela Profesional de derecho Federacin 8eruana de F1tbol. s en los contratos donde deben constar los conce+tos remunerativos ) las causas de resolucin contractual /ue se a+licar'n en caso de no hacer uso de los se9alados regularmente +or le) +ara motivar la e*tincin del v;nculo laboral- entre ellos la renuncia- des+ido +or alguna causa- muto acuerdo- etc. Con lo mencionado anteriormente entendemos /ue dichos contratos son tem+orales- es decir +ueden ser +or n1mero es+ec;,ico de +artidos o +or torneos sin embargo- el club también +uede e*tinguir el v;nculo de ,orma unilateral- e*+resando los motivos o la causa justa de des+ido- +ara lo cual se a+licar' la le) laboral vigente en lo concerniente a las ,altas graves. ( +esar de lo recién dicho- ha) /ue tener en cuenta la llamada 0causa de+ortiva justi,icada2 utili.
¿Cu'#es son #as o"#i(aciones ) derec*os de #os u!"o#is!as% ntre las obligaciones de los ,utbolistas se encuentran- +ues- las de reali- adem's de otras /ue contenga el contrato de trabajo. ntre sus derechos encontramos: •
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l descanso semanal obligatorio =al menos un d;a de ,orma continua e ininterrum+ida> Bacaciones con,orme a la naturale La e*+lotacin comercial de su imagen o la del club La +artici+acin sobre su trans,erencia cu+acin e,ectiva "o ser se+arado de la +r'cticas salvo sea +or lesin o sancin disci+linaria.
Cabe indicar también- como dato im+ortante- ) /ue +or cierto casi nadie conoce- /ue e*iste el d;a del jugador +ro,esional =64 de julio>- el cual debe ser considerado ,eriado no laborable +ara ellos.
As$ec!os de sa#ud ocu$aciona# (dem's de todo esto- ) entrando en el rubro de la salud ocu+acional- los clubes est'n obligados a organi
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“UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LOS ANDES“ - Facultad De Derecho,
Ciencias Jurídicas contables y Financieras – Escuela Profesional de derecho obligacin de +restarles alimentacin- acotando /ue esta debe ser balanceadanutricionalmente hablando- cuando el jugador se encuentre en concentracin- en el club o en el centro de entrenamiento. "o debemos olvidarnos también /ue al tener la +osicin de em+leadores- con m's de veinte trabajadores a su cargo- deben cum+lir con lo se9alado en la Le) de Eeguridad ) Ealud en el Trabajo. Los clubes- al igual /ue los em+leadores comunes- deber'n entregar una co+ia del reglamento interno del club al ,utbolista- adem's de estar obligados a entregar lo +ro+io al sindicato de ,utbolistas.
&as con!ra$res!aciones de #os con!ra!os con u!"o#is!as $roesiona#es La contra+restacin de esta relacin laboral es la remuneracin- las grati,icaciones legales =al igual /ue en el régimen com1n en julio ) diciembre>- los +agos e*traordinarios +or contrato ) los +remios +actados en este. Los trabajadores- llamados en este caso 0,utbolistas2- tienen derecho a la seguridad social- +ara lo cual el em+leador debe reali tiene la obligacin de hacer un encuentro anual en bene,icio del sindicato de ,utbolistas e*istente desde a+ro*imadamente el a9o #@@@. 8ara terminar- el em+leador se encuentra en la obligacin de entregar im+lementos ) e/ui+os de+ortivos. (dicionalmente- debe tenerse en cuenta /ue los médicos- directores técnicos ) +re+aradores ,;sicos deben estar debidamente titulados ) acreditados ante la F8F ) la (sociacin De+ortiva de F1tbol 8ro,esional =(DF8>. Como se +odr' ver entonces- el ,1tbol visto desde una +ers+ectiva laboral tiene otra connotacin ) est' sujeto a una serie de reglas /ue r;gidas o no- deber;an todos los clubes de ,1tbol tener en cuenta
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