RECURSO DE RECONSIDERACIÓN SUPERINTENDENCIA
NACIONAL
DE
ADMINISTRACION
TRIBUTARIA SUNAT (SUNAT) CAJAMARCA Yo, CHAVEZ FUENTES, ELMER con DNI N° 07475984, en representación de la empresa Promociones, Construcciones Y Servicios Sociedad Anónima identificado con RUC 20227990458, con Domicilio Legal
en: MZA. C LOTE. 12 BR NUEVO
CAJAMARCA (A 100M PARA ABAJO CDRA 21 AV LA PAZ) CAJAMARCA - CAJAMARCA - CAJAMARCA; ante usted respetuosamente respetuosamente me presente y expongo lo siguiente:
I.- PETITORIO. Que dentro del plazo establecido por el artículo 207 de la Ley N° 27444 Ley de Procedimientos Administrativos General, interpongo interpongo recurso de reconsideración contra la l a Resolución de Oficina
Zonal Nº 1630240010695, de fecha 20 Julio del 2012 dictada por la Oficina Zonal Cajamarca, que resuelve Disponer el ingreso como recaudación de los fondos de la Cuenta de Detracciones
Nº 00681009922 ; misma que considero injusta e ilegal, es por ello y con la finalidad de que se revoque dicho acto y se declare la nulidad de dicha Resolución por no encontrarla conforme a derecho, con base a los fundamentos de hecho y derecho que procedo a exponer:
II.- FUNDAMENTOS DE HECHO 1.- Que con fecha de verificación verificación 06 de Julio del 2012 y de acuerdo al inciso a) del numeral numeral 9.3 el Decreto Legislativo 940 y modificatorias la Sunat procede procede a la verificación del periodo Marzo 2012 donde indica que existe inconsistencias entre las ventas o ingresos declarados y las proyectadas en base a los depósitos en la cuenta de detracciones, cuya omisión es de S/. 127,122.91 por el tributo de Impuesto General a las Ventas Cuenta Propia.
2.- Que el titular de la empresa emitió a su cliente Vigaus 2003 S.L. Sucursal en el Perú las siguientes facturas que corresponden a los meses que a continuación detallo:
DETALLE DEL COMPROBANTE DE PAGO MES DECLARADO
Nº FACT
FECHA DE EMISION
VALOR DE VENTA (S/.)
IGV
PRECIO DE VENTA (S/.)
DETALLE DE DETRACCIÓN MES
FECHA PAGO Nº CONSTANCIA
FEBRERO
001-502
10/02/2012
S/.1,961.75
S/.299.25
S/.1,662.50
FEBRERO
FEBRERO
001-503
27/02/2012
S/.50,000.00
S/.7,627.12
S/.42,372.88
FEBRERO
FEBRERO
001-504
26/02/2012
S/.50,000.00
S/.7,627.12
S/.42,372.88
FEBRERO
001-505
27/02/2012
S/.50,000.00
S/.7,627.12
MARZO
001-509
02/03/2012
S/.20,295.11
MARZO
001-513
09/03/2012
S/.50,000.00
181222700639109
TIPO DE BIEN O SERVICIO
TASA APLICABLE
MONTO DETRAIDO
27/02/2012
CONSTRUCCION
5%
S/.98.10
13496468
09/03/2012
CONSTRUCCION
5%
S/.2,500.00
FEBRERO
13496429
09/03/2012
CONSTRUCCION
5%
S/.2,500.00
S/.42,372.88
FEBRERO
13496408
09/03/2012
CONSTRUCCION
5%
S/.2,500.00
S/.3,095.86
S/.17,199.25
MARZO
13521156
14/03/2012
CONSTRUCCION
5%
S/.1,015.00
S/.7,627.12
S/.42,372.88
MARZO
13496369
09/03/2012
CONSTRUCCION
5%
S/.2,500.00
PERIODO DE EVALUACIÓN DETALLE DEL COMPROBANTE DE PAGO DETALLE DE DETRACCIÓN MES DECLARADO
Nº FACT
FECHA DE EMISION
VALOR DE VENTA
IGV
PRECIO DE VENTA (S/.)
MES
Nº CONSTANCIA
FECHA PAGO
TIPO DE BIEN O SERVICIO
TASA APLICABLE
MONTO DETRAIDO
MARZO
001-509
02/03/2012
S/.20,295.11
S/.3,095.86
S/.17,199.25
MARZO
13521156
14/03/2012
CONSTRUCCION
5%
S/.1,015.00
MARZO
001-513
09/03/2012
S/.50,000.00
S/.7,627.12
S/.42,372.88
MARZO
13496369
09/03/2012
CONSTRUCCION
5%
S/.2,500.00
SUB_TOTAL_MES
S/.59,572.13
SUB_TOTAL_MES
Del cuadro anterior podemos deducir que hay un solo depósito de detracción correspondiente al periodo de evaluación Marzo 2012 y que al parecer ha existido un error en cuanto al periodo considerado en uno de los depósitos realizados por nuestro cliente Vigaus 2003 S.L. Sucursal en el Perú y que el deposito de detracción debió corresponder al periodo Marzo por la Factura 001-000513 de fecha 09/03/2012. Finalmente nuestro cliente Gutierrez Castillo Ingenieros S.A.C en cuanto al deposito de la factura 001-000502 ha considerado por error como código del servicio al código 22 Otros servicios Empresariales siendo el código correcto 30 Contratos de Construcción debido a que el servicio prestado corresponde a esa actividad como se detalla en la factura.
S/.3,515.00
III.- FUNDAMENTOS DE DERECHO. Fundamento lo expuesto según lo dispuesto por el artículo 208 de la Ley 27444. Ley de Procedimiento Administrativo General.
IV.- MEDIOS PROBATORIOS . Para probar lo mencionado solicito valorar las siguientes pruebas. -
Copias de las facturas emitidas.
-
Copias de las constancias de detracción.
-
Copia de DNI
POR TANTO: Solicito a su despacho dicte una nueva resolución estimando las nuevas pruebas presentadas al estar conforme a derecho y dejar sin efecto el ingreso como recaudación de los fondos de la cuenta de Detracciones N° 00681009922 , según presunción por haber incurrido en las causales establecidos en el numeral 9.3 del artículo 9 del Decreto Legislativo 940 y sus modificatorias.
Cajamarca, Agosto del 2012.
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CHAVEZ FUENTES, ELMER DNI 07475984