¿QUÉ ES LA PRUEBA PRECONSTITUIDA ? La prueba preconstituida es aquella prueba que existe antes de la apertura del proceso judicial, y que está a disposición de juez en cualquier momento. Es sobre todo la prueba documental, que hace constar en actas hechos que podrán ser agregados a la causa una vez iniciada, por ejemplo, las pruebas de alcoholemia realizadas Por ejemplo en un accidente de tránsito, elementos que constituyan el cuerpo del delito, recogidos en el lugar l ugar del hecho o como producto de la investigación, tales como armas, rastros, objetos usados en el hecho, la comprobación de lesiones, etctera, que servirán para demostrar su ocurrencia o el modo y!o circunstancias en que se realizó.
La regla general respecto de la rendición o recepción de la prueba es que sta debe practicarse en el juicio oral y ante el juez penal correspondiente. La excepción a la regla es la prueba anticipada La prueba preconstituida es aquella sobre la que recae actividad o"icial antes del inicio "ormal del proceso #en la denominada "ase preprocesal#, debido a su naturaleza de irrepetible. $iempre es realizada con respeto a las garant%as constitucionales y legales pertinentes. &ase normativa El 'ódigo Procesal Penal no dispensa un tratamiento pormenorizado a la prueba preconstituida. preconstituida. (ormas relativas) *rt%culo +-, inciso inciso /pruebas que podrá tener en cuenta el 0ribunal de $egunda 1nstancia para resolver el 2ecurso de *pelación de $entencia3. *unque *unque no lo dice expresamente, debe entenderse que la 4ltima parte del art%culo 5-, reglamenta su lectura en el 6uicio 7ral
¿QUE ES LA PRUEBA ANTICIPADA?
Es la producción de la prueba antes de su momento indicado en el juicio oral, debido al peligro de prdida de la l a prueba o a la posibilidad patente de que no podrá ser actuada en dicho estadio del proceso.
SEMEJANZAS
*mbas ingresan al juicio oral oral a travs de la lectura de documentos documentos no son lo mismo.
DIFERENCIAS Etapa procesa P.Preconstituida
*ntes de la "ormalización de la investigación preparatoria
P.*nticipada
8urante la investigación preparatoria o durante la etapa intermedia.
Co!"#c#o!es para s$ %a#"e&
P.Preconstituida
8epende de la corrección del procedimiento empleado
P.*nticipada
8epende de la concurrencia de los principios de juicio oral en el procedimiento análogo preestablecido.
La $r'e!c#a P.Preconstituida
0iene por "in resguardar el material probatorio.
P.*nticipada
Es circunstancial, en "unción de un evento que posteriormente surja y ponga en peligro el material probatorio obtenido.
E(e)pos P.Preconstituida
1nspección ocular preliminar. (ecropcia. Levantamiento de cadáver. Pericia legal. Peritaje de drogas. *llanamientos.
P.*nticipada
Peligro de muerte del testigo. Peligro de muerte del perito