DETERMINAR LOS PRINCIPIOS ÉTICOS DE LA CONTADURÍA CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACIÓN PRINCIPIOS BÁSICOS DE ÉTICA PROFESIONAL Observando en odos !os "asos !os s#$%#enes &r#n"#os b's#"os de (#"a &ro)es#ona!* +, Ine$r#dad El Contador Público deberá mantener incólume su integridad moral, cualquiera que fuere el campo de su actuación en el ejercicio profesional. Conforme a esto, se espera de él, rectitud, probidad, honestidad, dignidad y sinceridad, en cualquier circunstancia. entro de este mismo principio quedan comprendidos otros conceptos afines que, sin requerir una mención o reglamentación e!presa, puedan tener relación con las normas de actuación establecidas. "ales conceptos pudieran ser los de conciencia moral, lealtad en los distintos planos, #eracidad como reflejo de una realidad incontrastable, justicia y equidad con apoyo en el derecho positi#o.
-, Ob.e#v#dad $a objeti#idad representa ante todo imparcialidad y actuación sin prejuicios en todos los asuntos que corresponden al campo de acción profesional del contador público. $o anterior es especialmente importante cuando se trata de certificar, dictaminar u opinar sobre los Estados %inancieros de cualquier entidad. Esta cualidad #a unida generalmente generalmente a los principios principios de integridad integridad e independenci independenciaa y suele comentarse comentarse conjuntamente con esto.
/, Inde&enden"#a En el ejercicio profesional, el Contador Público deberá tener y demostrar absoluta independencia mental y de criterio con respecto a cualquier interés que pudiere considerarse incompatible con los principios de integridad y objeti#idad, con respecto a los cuales la independencia, por las caracter&sticas peculiares de la profesión contable, debe considerarse considerars e esencial y concomitante. $os Principios 'ticos que rigen la conducta profesional de los Contadores Públicos, no se diferencian sustancialmente de los que regulan la de otros miembros de la sociedad.
0, Res&onsab#!#dad (in perjuicio de reconocer que la responsabilidad, como principio de ética profesional, se encuentra impl&citamente comprendida en todas y cada una de las normas de ética y reglas de conducta del Contador
Público, es con#eniente y justificada su mención e!presa como principio para todos los ni#eles de la acti#idad contable.
1, Con)#den"#a!#dad $a relación del contador público con el usuario de sus ser#icios es el elemento primordial en la práctica profesional. Para que dicha relación tenga pleno é!ito debe fundarse en un compromiso responsable, leal y auténtico al cual impone la más estricta reser#a profesional.
2, Observan"#a de !as d#s&os#"#ones nor3a#vas El Contador Público deberá reali)ar su trabajo cumpliendo efica)mente las disposiciones profesionales promulgadas por el Estado y por el Consejo "écnico de la Contadur&a Pública aplicando los procedimientos adecuados debidamente establecidos.
4, Co3&een"#a 5 a"%a!#6a"#7n &ro)es#ona! El Contador Público sólo deberá contratar trabajos para lo cual el o sus asociados o colaboradores cuenten con las capacidades e idoneidad necesaria para que los ser#icios comprometidos se realicen en forma efica) y satisfactoria. *gualmente el Contador Público, mientras se mantenga en ejercicio acti#o, deberá considerarse permanentemente obligado a actuali)ar los conocimientos necesarios para su actuación profesional y especialmente aquellos requeridos por el común y los imperati#os del progreso social y bien común.
8, D#)%s#7n 5 "o!abora"#7n El Contador Público tiene la obligación de contribuir de acuerdo con sus posibilidades personales, al desarrollo, superación y dignificación de la profesión, tanto a ni#el institucional como en cualquier otro campo que, como los de la difusión o de la docencia, le sean asequibles.
9, Res&eo enre "o!e$as El Contador Público debe tener siempre presente que la sinceridad, la buena fe y la lealtad para con sus colegas son condiciones básicas para el ejercicio libre y honesto dela profesión y para la con#i#encia pac&fica, amistosa y cordial de sus miembros.
+:, Cond%"a (#"a El Contador Público deberá abstenerse de reali)ar cualquier acto que pueda afectar negati#amente la buena reputación o repercutir en alguna forma en descrétido de la profesión, tomando en cuenta que, por la
función social que implica el ejercicio de su profesión, la importancia de la tarea que la sociedad le encomienda como e!perto y la búsqueda de la #erdad en forma totalmente objeti#a. $os principios básicos de ética son aplicables a todo Contador Público por el solo hecho de serlo, sin importar la &ndole de su acti#idad o la especialidad que culti#e, tanto el ejercicio independiente o cuando actúe como funcionario o empleado de instituciones públicas o pri#adas, en cuanto sea compatible con sus funciones.
CÓDI;O DE ÉTICA PROFESIONAL, DEL CONTADOR P
Ar="%!o -,:-, +ingún contador público que actúe independientemente permitirá que se utilice su nombre en relación con proyectos de informaciones financieras o estimaciones de cualquier &ndole, cuya reali)ación dependa de hechos futuros, en tal forma que indu)ca a creer que el contador público asume la responsabilidad de que se realicen dichas estimaciones o proyectos.
Ar="%!o -,:/, El contador público podrá asociarse con otros colegas o inclusi#e con miembros de otras profesiones a fin de estar en posibilidad de prestar mejores ser#icios a quien los solicite. Esta asociación sólo podrá formarse si el contador público ostenta su responsabilidad personal e ilimitada. Cuando por la naturale)a del trabajo, el contador público debe recurrir a la asistencia de un especialista y la participación de éste en el trabajo sea fundamental para alcan)ar los resultados pre#istos, el contador público asumirá la responsabilidad respecto a la capacidad y competencia del especialista y deberá informar claramente a su cliente las peculiaridades de esta situación.
Ar="%!o -,:0, El contador público no deberá aceptar responsabilidades en las que se requiera su independencia de hecho y de apariencia, si ésta se encuentra limitada.
Ar="%!o -,:1. $a asociación profesional deberá darse a conocer empleando en su nombre o ra)ón social por lo menos el nombre de uno de sus socios, ya sea acti#o, jubilado o fallecido, que sea contador público. +o podrá utili)ar denominaciones sociales, ni e!presiones de autoelogio. Cuando la asociación profesional represente o esté afiliada a una organi)ación de contadores públicos de carácter nacional o internacional, podrá darse a conocer adicionando el nombre de esta organi)ación. (ólo podrá ostentarse como firma de contadores públicos cuando tenga como finalidad ejercer en el campo de la contadur&a pública y más del - de sus socios sean contadores públicos/ en este caso, deberán e!igir a sus miembros no
contadores públicos el respeto a las normas contenidas en este código de ética, en todo aquello que les sea aplicable.
Ar="%!o -,:2, Cuando algún contador público miembro de la asociación acepte un puesto incompatible con el ejercicio independiente de la profesión, deberá retirarse de su acti#idad profesional como tal, dentro de la propia asociación. *gual deberá suceder cuando alguno de los contadores públicos miembros de la asociación haya dejado de pertenecer al colegio o instituto afiliado por haber sido dado de baja en los términos del art&culo .-01, o bien, cuando no siendo socio del *nstituto, la 2unta de 3onor respecti#a considere procedente tal sanción.
Ar="%!o -,:4, +ingún contador público que ejer)a independientemente permitirá actuar en su nombre a persona que no sea socio, representante debidamente acreditado o empleado bajo su autoridad. "ampoco firmará estados financieros, cuentas, informes, etc., preparados por quien no tenga alguna de estas calidades, a menos que sean deri#ados de los trabajos en colaboración a que se refiere el art&culo 4.-5.6 +o permitirá que un empleado o subalterno suyo preste ser#icios o ejecute actos que al propio contador público no le estén permitidos, en los términos de este código.
Ar="%!o -,:8, El contador público deberá puntuali)ar en qué consistirán sus ser#icios y cuáles serán sus limitaciones. Cuando en el desempe7o de su trabajo el profesional se encuentre con alguna circunstancia que no le permita seguir desarrollándolo en la forma originalmente propuesta, deberá comunicar esa circunstancia a su cliente de inmediato.
Ar="%!o -,:9, El contador público no deberá ofrecer trabajo directa e indirectamente a funcionarios o empleados de sus clientes, si no es con pre#io conocimiento de éstos.
Ar="%!o -,+:, El contador público en ningún caso podrá conceder comisiones o corretajes por la obtención de un trabajo profesional. (olo podrá conceder participación en los honorarios o utilidades deri#adas de su trabajo a personas o asociaciones con quienes comparte el ejercicio profesional. E+"8E 9"89(.
CÓDI;O DE ÉTICA DEL ADMINISTRADOR EL CÓDI;O DE ÉTICA Para lograr una mayor especiali)ación del campo de acción de la ética se utili)an los Códigos de 'tica, los cuáles no son más que una compilación de las normas y reglas que determinan el comportamiento ideal o más apropiado para un grupo espec&fico de profesionales. $as reglas de este código pueden estar escritas :como en los casos de la ;edicina o el derecho< o ser impl&citas. Por lo general un código de ética escrito no contiene todas las normas impl&citas del comportamiento del profesional, porque se sobreentiende que toda persona que
llega a un grado de profesional posee cierta formación y criterio de lo que se debe o no se debe hacer durante su desempe7o como profesional. =a tomándolo de manera espec&fica con nuestra carrera, pudimos notar la ausencia de un código de ética para el administrador de empresas , ya que a lo más cercano a lo que llegamos fue al código de ética para contadores, pero este no posee las normas espec&ficas que debe seguir un administrador de empresas. ado este hecho consideramos una serie de factores y hechos que debe de tener en cuenta un administrador para reali)ar una labor profesional a conciencia sin tener como se dice comúnmente >cola que le pisen>. ? continuación planteamos de manera detallada los principales aspectos que deber&a, a nuestro juicio, poseer un Código de 'tica para el ?dministrador de Empresas.
CÓDI;O DE ÉTICA PARA UN ADMINISTRADOR El ?dministrador de Empresas tiene el deber de hacer su trabajo al má!imo de su capacidad. +o puede desempe7arse mediocremente de manera intencional. Como ente social y moral, el administrador debe anteponer su formación y #alores morales a sus acciones en la empresa. El administrador debe anteponer el bienestar de la empresa a las cuestiones personales, ya sean propias, de colegas o subalternos. El administrador tiene el deber de mantener en secreto las informaciones que, de ser re#eladas, perjudicar&an a la empresa. El administrador tiene el deber de hacerse responsable ante los clientes y la sociedad por las acciones que dirige dentro de la empresa. El administrador como ente moderador entre las partes de la empresa no puede tomar actitudes que lo lle#en a parciali)arse con alguna de las partes :amistad, relaciones e!ternas<. El administrador tiene el derecho de prohibir dentro de la empresa comportamientos y acciones que atenten contra la moral y las buenas costumbres o el desempe7o de la empresa. El administrador debe e!hibir una conducta ejemplar, tanto frente a sus subalternos como a sus superiores, as& como dentro y fuera de la empresa. El administrador debe anteponer el bienestar social al de la empresa en todo momento. En caso del manejo financiero, el administrador tiene la obligación tanto moral como legal de no hacer uso indebido de los fondos de la empresa.
El administrador debe e#itar cualquier tipo de discusiones personales en el ambiente laboral, creando las condiciones óptimas dentro del clima organi)acional. El administrador tiene el derecho y el deber de protestar en caso de que considere que sus superiores han tomado una decisión errónea que #aya a perjudicar el funcionamiento de la empresa. El administrador tiene el deber de denunciar cualquier acción incorrecta que se produ)ca en su sitio de trabajo. El administrador debe respetar las ideas de sus colegas o subalternos y tomarlas en cuenta en caso que pudiesen beneficiar la empresa. el mismo modo, el administrador no puede apropiarse de acciones o ideas de sus colegas o subalternos y darle el crédito que se merece el responsable de las mismas. El administrador de empresas tiene el deber de seguir los lineamientos de dirección de la empresa impuesto por sus superiores. ?l dar un ser#icio u ofrecer un producto debe garanti)ar la satisfacción del cliente.