Informe de Practica Pre Profesional
INFORME DE PRÁCTICA PRE PROFESIONAL ÁREA
: Contabilidad Financiera
ENTIDAD
: DISTRIBUIDORA RODRIGUEZS.A.
ASESOR
: C.P.C. Lenin Castillo Rodríguez
PRACTICANTE
: Ronald Willian Vera Gallardo
Cajamarca, Agosto del 2010
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Informe :
Mgs. C.P.C. Reyna López Díaz Decana de la Facultad de Ciencias Económicas, Contables Administrativas
DEL
:
C.P.C. Castillo Rodríguez Lenin
ASUNTO
:
Culminación de Práctica Pre Profesional
FECHA
:
Cajamarca, Agosto del 2010
AL
y
Es grato dirigirme a su digno despacho, para informarle, en calidad de asesor, que el señor CESAR FREDY AZAÑERO CARMONA, alumno de la Escuela Académico Profesional de Contabilidad, ha concluido con la realización y elaboración de la Práctica Pre Profesional en el ³Estudio Contable Tributario Orlando Ventura´ de; la misma que ha sido revisada por
mi persona, hallándose estructurado de conformidad con el R eglamento de Prácticas Pre Profesionales y encontrándose expedita para su presentación. Es todo cuanto tengo que informar a Ud. para su conocimiento y trámite respectivo. Atentamente
C.P.C. Lenin Rodríguez Castillo Asesorde Práctica Pre Profesional
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Informe :
Mgs. C.P.C. Reyna López Díaz Decana de la Facultad de Ciencias Económicas, Contables Administrativas
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C.P.C. Castillo Rodríguez Lenin
ASUNTO
:
Culminación de Práctica Pre Profesional
FECHA
:
Cajamarca, Agosto del 2010
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y
Es grato dirigirme a su digno despacho, para informarle, en calidad de asesor, que el señor CESAR FREDY AZAÑERO CARMONA, alumno de la Escuela Académico Profesional de Contabilidad, ha concluido con la realización y elaboración de la Práctica Pre Profesional en el ³Estudio Contable Tributario Orlando Ventura´ de; la misma que ha sido revisada por
mi persona, hallándose estructurado de conformidad con el R eglamento de Prácticas Pre Profesionales y encontrándose expedita para su presentación. Es todo cuanto tengo que informar a Ud. para su conocimiento y trámite respectivo. Atentamente
C.P.C. Lenin Rodríguez Castillo Asesorde Práctica Pre Profesional
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DEDICATORIA
A Dios, por su misericordia
y
amor, por
su
trabajo en nuestras almas para lograr alcanzar un fin
DEDICATORIA
A mis padres, por darme la mejor herencia del mundo« ´una educaciónµ« por su apoyo incondicional, teniendo en ellos el aliento la fuerza que me brindan para poder superarme y poder cumplir con mis metas y objetivos trazados
DEDICATORIA
A mis hermanos, por su apoyo incondicional
y
por
su
confianza que muestran cada día««
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AGRADECIMIENTO
Un agradecimiento muy especial a toda la plana docente de la Escuela Académico Profesional de Contabilidad por la formación que me brindaron compartiendo sus conocimientos y actitudes, para
así llegar a ser un
profesional competente en trabajo que me desempeñe. Mi eterno agradecimiento a Dios por haberme guiado y permitido terminar satisfactoriamente la realización del presente informe. De Igual manera un agradecimiento al CPC. Orlando Ventura Herrera; por darme la oportunidad de desarrollar mis practicas y poder desempeñarme de la mejor manera en el campo laboral en el estudio que dirige, también agradezco la disponibilidad, el interés y el tiempo que me dedicó en todo momento solicitado, así mismo el gran apoyo incondicional.
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INDICE
PRESENTACION
Pág. CAPITULO I
1. PROBLEMÁTICA 1.1. Aspectos Generales de la Empresa ««..««««««««««««««««8 1.2. Identificación de la Problemática ««...««««««««««««««.....9
CAPITULO II 2. BASES TEORICAS 2.1. Contabilidad Definición«««««««««««««««««««««««««««««.11 Objetivos««««««««««««««««««««««««..«««««11 Funciones«««««««««««««««««««««««««..«««..12 2.2. Libros de Contabilidad Concepto. «««««««««««««««««««««««««««««12 Importancia««««««««««««««««««««««««««««..12 Legalización«««««« «««««««««««««««««««.. «..«13 2.3. Clases de Libros Libros Principales«««««««««««««««««««««««««.. .13 Libros Auxiliares Obligatorios«««« ««««««««««««««««...14 Libros Auxiliares Voluntari os«««««««««««««««««««««.15 2.4. Comprobantes de pago Definición«««««««« «««««««««««««««««««... «..16 Documentos Considerados Com probantes de Pago«««««««««««16 Obligados a Emitir Comprobantes de Pág.«««««««««««...«««.18 2.5. Impuesto General a las Ventas ( IGV) Definición««««««« ««««««««««««««««««««... .«.19 Régimen de Retenciones del IGV««««««.«««««««««.«««.19 2.6. Impuesto a la Renta (IR) Definición««««««««««««««««««« ««««««««««.20 Categorías del Impuesto a la Renta««««««... «««««««««««.20 Regímenes del impu esto a la Renta«««««««.. ««««««««««.20 Obligados a presentar las Declara ción Jurada de Renta«««««.««««21 2.7. Programa de Declaración Telemática Definición«««««««««««««««««««««««««...««.«.22 Tipos de declaraciones«« «««««««««««««««««««««. .22 Características del PDT««««««««««««««« ««««««..«..23 Contenido del PDT«««««««««... ««««««««« ««««««.24 PDT 600 ± Remuneraciones PDT601 ± Planilla Electrónica PDT 621 ± IGV- Renta PDT 661 ± Renta Persona Natural PDT 662 ± Renta persona Jurídica PDT3500 ± Operaciones con Terceros
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CAPITULO III 3. SISTEMATOZACION DE EXPERIENCIAS Y RESULTADOS 3.1. Labores realizadas Archivarían de documentos««««««««««««««««««««......27 Actualización de libros Contables«««««««««««««..«««««..27 Registro en libro de vent as y compras««««««««««.««..««««.27 Declaración mensual de de IGV e Impuesto a la Renta««««««««.. «27 Presentación del DAOT««««««««««««««...««««««««..28 Elaboración de est ados Financieros«««««««««««««««««« 28 3.2. Experiencias adquiridas ««««««««««««««.««««««««29 3.3. Alternativas de solución««««««««««««««««..««««..«29
CONCLUSIONES RECOMENDAC IONES BIBLIOGRAFIA
ANEXOS Formulario 0621 ± PDT IGV ± Renta Mensual ± Periodo 01/2009 ³Centro Médico San Lucas SRL´ Formulario 0621 ± PDT IGV ± Renta Mensual ± Periodo 02/2009 ³Centro Médico San Lucas SRL´ Formulario 0621 ± PDT IGV ± Renta Mensual ± Periodo 03/2009 ³Centro Médico San Lucas SRL´ Declaración Anual Impuesto a la Renta Ejercicio 2008 ³Centro Médico San Lucas SRL´
Constancia de presentación DAOT 2008 Centro Médico San Lucas SRL´ Carta de presentación Certificado.
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PRESENTACION
Señores Miembros del Jurado: En cumplimiento con las disposiciones del reglamento de prácticas Pre profesionales de la Escuela Académico
Profesional de Contabilidad de la
Facultad de Ciencias Económicas Contables y Administrativas de la Universidad Nacional de Cajamarca del plan de estudios 2003, someto a su consideración el presente informe de práctica Pre profesional en el Estudio Contable Tributario ³ORLANDO VENTURA ´ de esta Ciudad. La
elaboración del presente informe se realizo en base a los
conocimientos adquiridos como estudiante de la carrera de Contabilidad, los cuales sirvieron para ponerlos en práctica en el estudio antes mencionado, donde me desempeñe como asistente de Contabilidad. Reconociendo por anticipado las sugerencias que puedan hacerme llegar a fin de mejorar el contenido de este sencillo pero significativo trabajo, someto a su criterio y calificación el presente, esperando contar con su aprobación.
E l Alumno.
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CAPITULO I 1. PROBLEMATICA. 1.1. ASPECTOS GENERALES DE LA EMPRESA Estudio Contable Tributario ³´, se puso en marcha gracias al sueño del CPC. Orlando Ventura Herrera, quien tuvo el
afán de superación y poner en
práctica todos los conocimientos adquiridos en el campo de la contabilidad. El estudio contable tributario ³ ORLANDO VENTURA´ empezó a realizar sus actividades como tal desde««««.., no obstante dicho estudio tuvo sus inicios por el año«««. Funcionando con otros nombres. A continuación vamos a detallar algunos datos generales de esta entidad: Nombre
: ³ORLANDO VENTURA´
Sector
: Privado
RUC
: 10267170024
Dirección
: jr. Los Alisos Nº 160 Urbanización Santa Rosa Cajamarca
Giro : Realiza Procesamiento de contabilidades en general así como asesoría tributaria, laboral y empresarial.
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1.2. IDENTIFICACION DEL PROBLEMA Al iniciar mis actividades y desempeño laboral en el estudio Contable tributario ³Orlando Ventura´, del CPC. Orlando Ventura Herrera, en el desarrollo de las actividades, encontré algunos problemas que dificultan un adecuado desempeño de las actividades des arrolladas en dicha empresa que a continuación se detallan y analizan. a. Con los Libros Contables : El principal Problema encontrado con los libros contables es que la
mayoría
de ellos están
desactualizados y están llenados de manera parcial, como son el libro Diario, Caja y el Libro de Inventarios y Balances, con respecto al libro caja este no se actualiza de manera mensual sino al año, cuando se elabora los estados financier os. Por lo que no se conoce la entrada ni la salida real de efectivo en forma mensual. b. Con las Facturas y Boletas : Algunos
de nuestros clientes
entregan sus facturas el mismo día en que se hacen sus declaraciones mensuales, o en otros casos los montos so n dictados por teléfono; esto en muchas oportunidades a ocasionado que el monto declarado tanto el IGV como el Impuesto a la Renta no sea el correcto, obligándonos a realizar las rectificatorias correspondientes en los meses siguientes. c. Con las Declaraciones Mensuales : las declaraciones mensuales en algunas oportunidades se realizan con los montos que no solo corresponden a un periodo sino que incluyen montos de periodos anteriores (en caso de compras). d. Falta de un sistema informático computarizado. El estudio no cuenta con un sistema computarizado contable que le permita contar con información útil y oportuna a sus usuarios para que no tomen decisiones racionales acerca de sus inversiones, créditos y otras decisiones semejantes. La contabilidad de las emp resas en el estudio se lleva de forma manual, utilizando en algunos casos como herramienta de apoyo la hoja de cálculo de Excel; lo que nos permite agilizar el desarrollo de la misma
y brindar información
oportuna.
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CAPITULO II 2. BASES TEORICAS 2.1. CONTABILIDAD a) Definición. Es una ciencia dinámica, técnica y arte que estudia la forma de registrar, clasificar, analizar e informar los hechos reales de las operaciones mercantiles, administrativas que realiza la empresa; para determinar la situación econó mica y financiera en un tiempo determinado. La contabilidad es una técnica que se ocupa de registrar, clasificar y resumir las operaciones mercantiles de un negocio con el fin de interpretar sus resultados. Por consiguiente, los gerentes o directores a través de la contabilidad podrán orientarse sobre el curso que siguen sus negocios mediante datos contables y estadísticos. Estos datos permiten conocer la estabilidad y solvencia de la compañía, la corriente de cobros y pagos, las tendencias de las ventas, costos y gastos generales, entre otros. De manera que se pueda conocer la capacidad financiera de la empresa. b) Objetivos. Proporcionar información a: Dueños, accionistas, bancos y gerentes, con relación a la naturaleza del valor de las cosas que el negocio deba a terceros, la cosas poseídas por los negocios. Sin embargo, su primordial objetivo es suministrar información razonada, con base en registros técnicos, de las operaciones realizadas por un ente privado o público. Para ello deberá realizar: Registros con bases en sistemas y procedimientos técnicos
y
adaptados a la diversidad de operaciones que pueda realizar un determinado ente. Clasificar operaciones registradas como medio para obtener
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objetivos propuestos. Interpretar los resultados con el fin de dar información detallada y
y
razonada. c) Funciones.
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Registrar las actividades de un negocio.
Recoge y refleja las variaciones ocurridas en periodos distintos comparativos. Los métodos utilizados has de responder a un correcto sistema
técnico adoptado a las necesidades de la empres. 2.2. LIBROS DE CONTABILIDAD a. Concepto. Son libros especiales, diseñados para anotar en forma cronológica, ordenada y analítica las operaciones que realiza la empresa a lo largo de su vida económica. Conjunto de registros especiales donde se registran las operaciones mercantiles y administrativas que realiza la empresa, en forma cronológica y ordenada con la finalidad de mostrar la situación en la que se encuentra en periodos económicos distintos; suje tándose a las disposiciones legales y a una técnica contable. b. Importancia. Nos permite registrar y/o procesar todos los hechos económicos
y
de diferentes entes. Constituye elementos de prueba, sustentado con los documentos
y
que existen. Nos permite conocer nuestras deudas y obligaciones (registro de
y
compras) así como los que nos adeudan (registro de ventas). c. Legalización. Los libros de contabilidad para que tengan valor legal, tienen que ser legalizados antes de uso (principales y auxiliares obligatorios), esta legalización se afecta en la primera pagina, así mismo cada una de sus páginas son selladas y foliadas respectivamente. Su base legal está determinada en la resolución Nº 234 -2006/SUNAT(30.12.06) en su artículo 3 0. 2.3. CLASES DE LIBROS. a) Libros Principales. A A
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Son aquellos que por su naturaleza se hacen indispensables para el registro de las operaciones comerciales y que, debido a este criterio, muchos de ellos son clasificados por Ley como obligatorios. En este grupo se encuentran los siguientes: Libro de Inventarios y Balances. Código del Comercio: Art. 37º.
El libro de Inventarios y Balances se apertura con el inventario inicial, al empezar sus operaciones el mismo que revelara: La relación exacta de Activo: dinero, valores, créditos, efectos
-
por cobrar, bienes muebles e inmuebles, mercaderías y otros. La relación exacta del pasivo: deudas y toda clase de
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obligaciones pendientes. La relación exacta del patrimonio: diferencia entre el activo y
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pasivo que viene a ser
capital, con el que se inicia s us
operaciones. La entidad además al finalizar el ejercicio reflejara en el mismo libro de inventario Final y Balance General. Registra seguidamente en orden cronológico, día por día, todas las operaciones, que serán transferidas al libro mayor. Libro Mayor. Código de comercio: Art. 39 o. en este libro se traslada
todas las cuentas asentadas en libro diario por orden riguroso de fechas, agrupando en cada una de las cuentas las partes del debe y el haber. b) Libros auxiliares obligatorios Como su nombre lo indica, estos libros auxilian a los libros principales en el manejo de la contabilidad. Libro Caja. Registra las entradas y salidas de dinero de la empresa
como resultado de la operatividad de l a Misma. Registro de Compras . En este libro se registran las compras de
bines y/o servicios, originados por el giro principal de la empresa. Así como las operaciones conexas relacionadas con la actividad principal. En dicho libro se registrara en forma detallada, ordenada y cronológica, los gastos que genere la empresa teniendo como principal elemento de juicio sustenta torio: las facturas, boletas de compra, ticket emitidas por maquinas registradoras.
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Registro de ventas. Es un auxiliar obligatorio de característica
tributario de foli ación doble en el cual se registran en forma detallada, ordenada y cronológica, cada una de las ventas de bienes o servicios que realiza la empresa en el desarrollo habitual de sus operaciones. Los documentos que sustentan las ventas realizadas son las facturas, boletas de venta, notas de crédito, notas de debito. Etc. A través de este libro se obtiene el importe mensual del Impuesto
General a las Ventas el cual es considerado como impuesto retenido al cliente por las ventas realizadas, a este IGV retenido se le deduce el IGV anotado en el Registro de Compras. Libro de remuneraciones. Es un libro auxiliar de carácter obligatorio
para todas aquellas personas naturales y jurídicas que tienen a sus servicio trabajadores dependientes sean obreros o empleados constituyéndose en un elemento probatorio de la relación laboral y de la remuneración y otros derechos que se le paga. El libro de remuneraciones es un libro de foliación simple, que señala además que puede ser sustituido por hojas o micro formas, siempre y cuando se pruebe que dicho sistema es el más conveniente para la empresa. El libro de planillas u hojas sueltas, en forma previa a su utilización
deben ser autorizados por la autoridad competente; ante el ministerio de trabajo y promoción del empleo, quien es el encargado de su correspondiente autorización y legalización, en el casi del primer libro u hojas sueltas, estos son autorizados por el sector respectivo, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 118 90-PCM, Reglamento sobre Unificación y Simplificación de registros para acceder a la empresa formal. La autorización del segundo libro y los posteriores, así como los de las hojas sueltas respectivas, corresponden a la autoridad Administrativa de Trabajo del lugar donde se encuentre ubicado el centro de trabajo. c) Libros auxiliares voluntaries . Caja Chica. La caja chica, es el fondo que la empresa emplea para
los gastos menores dentro de la misma que no requiere uso de un cheque. A A
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Libro Bancos. Es un libro de rayado especial, en el cual se debe
anotar las operaciones que realiza la empresa con la entidad bancaria en donde mantiene una cuenta corriente. Desde el punto de vista contable se le considera un libro auxiliar. Auxiliar de documentos por cobrar. Este es un libro auxiliar que
puede ser aplicado en diversas modalidades, sus variantes son el registro de clientes y registro de cuent as por cobrar. Auxiliar de documentos por pagar. En este libro se han de consignar
las facturas, letras, etc., giradas por las compras que la empresa hace con sus proveedores. 2.4. COMPROBANTES DE PAGO a) Definición. El comprobante de pago es un documento que ac redita la transferencia de bienes, la entrega en uso, o la prestación de servicios. b) Documentos Considerados Comprobantes de Pago.
solo se
consideran comprobantes de pago, siempre que cumplan con todas las características y requisitos mínimos establecidos en el numeral 6 del artículo 4o del Reglamento de Comprobantes de Pago, Resolución de superintendencia Nº 007 -99/SUNAT y Normas Modificatorias. i.
Facturas. Se emitirán en los siguientes casos Cuando la operación se realice con los sujetos del impuesto
general a las ventas que tengan derecho al Crédito Fiscal. Cuando el comprador o usuario lo solicite a fin de sustentar gasto o
costo para efecto tributario. Cuando el sujeto de Régimen Único Simplificado lo solicite a fin de
sustentar crédito deducible. En las operaciones de exportación consideradas como tales por las
normas del Impuesto General a las Ventas. En el caso de la venta de bienes en los establecimientos ubicados
en la Zona Internacional de los Aeropuertos de la República, si la operación se realiza con consumidores finales, se emitirán boletas de venta o tickets. En los servicios de comisión mercantil prestados a sujetos no domiciliados, en relación con la venta en el país de bienes provenientes del exterior, siempre que el comisionista actúe co mo
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intermediario entre un sujeto domiciliado en el país y otro no domiciliado y la comisión sea pagada en el exterior . En los servicios de comisión mercantil prestados a sujetos no domiciliados, en relación con la compra de bienes nacionales o nacionalizados,
siempre
que
el
comisionista
actúe
como
intermediario entre el(los) exportador(es) y el sujeto no domiciliado y la comisión sea pagada desde el exterior. Recibos Por Honorarios. Se emitirán en los siguientes casos
ii.
Por la prestación de servicios a trav és del ejercicio individual de
cualquier profesión, arte, ciencia u oficio. Por todo otro servicio que genere rentas de cuarta categoría,
salvo lo establecido en el numeral 5 del Artículo 7º del presente reglamento. Podrán ser utilizados a fin de sustentar gasto o costo para
efecto tributario y para sustentar crédito deducible. Boletas de Venta. Se emitirán en los siguientes casos:
iii.
En operaciones con consumidores o usuarios finales.
En operaciones realizadas por los sujetos del Nuevo Régimen Único Simplificado, incluso en las de exportación que pueden efectuar dichos sujetos al amparo de las normas respectivas.
No permitirán ejercer el derecho al crédito fiscal, ni podrán sustentar gasto o costo para efecto tributario, ni crédito deducible, salvo en los casos que la ley lo permita. Liquidación de Compra. Se emitirán en los casos señalados en el
iv.
numeral 3 del artículo 6° y cuando se determine por Ley, Decreto Supremo o Resolución de Superintendencia. Podrán ser empleadas para sustentar gasto o costo p ara efecto
tributario. Permitirán ejercer el derecho al crédito fiscal, siempre que el
Impuesto sea retenido y pagado por el comprador. El comprador queda designado como agente de retención de
los tributos que gravan la operación. v.
Tickets o Cintas emitidas Por Maquinas Registradoras.
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Sólo podrán ser emitidos en moneda nacional.
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Se emitirán en los siguientes casos:
En operaciones con consumidores finales.
En operaciones realizadas por los sujetos del Régimen Único Simplificado.
No permitirán ejercer el dere cho al crédito fiscal, crédito deducible, ni sustentarán gasto o costo para efecto tributario, salvo en los casos que la ley lo permita. Sustentarán crédito fiscal, gasto o costo para efecto tributario, o
crédito deducible, siempre que: Se identifique al adquirente o usuario con su número de
RUC así como con sus apellidos y nombres, o denominación o razón social. Se emitan como mínimo en original y una copia, además de
la cinta testigo. Se discrimine el monto del tributo que grava la operación,
salvo que se trate de una operación gravada con el Impuesto a la Venta de Arroz Pilado. Los tickets que se emitan en las operaciones realizadas con las Unidades Ejecutoras y Entidades del Sector Público Nacional a las que se refiere el Decreto Supremo Nº 053 -97-PCM y normas modificatorias, cuando dichas Unidades Ejecutoras y Entidades adquieran los bienes y/o servicios definidos como tales en el artículo 1º del citado Decreto Supremo, deberán cumplir con lo dispuesto en el numeral precedente, salvo que las adquisicio nes se efectúen a sujetos del Régimen Único Simplificado. c) Oportunidad de Entrega De Comprobantes de Pago. Los comprobantes de pago deberán ser entregados en la oportunidad que se indica. a. En la transferencia de bienes muebles, en el momento en que se entregue el bien o en el momento en que se efectué en pago, lo que ocurra primero. En el caso que la transferencia sea concertada por internet, teléfono, telefax u otros medios similares, en los que el pago se efectué mediante tarjeta de crédito o de debito y/ o abono en cuenta con anterioridad a la
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entrega del bien, el comprobante de pago deberá emitirse en la fecha en que se perciba el ingreso y entregarse conjuntamente con el bien. Tratándose de la venta de bienes en consignación, la SUNAT no aplicara la sanción referida a la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 174º del Código Tributario al sujeto que entrega el bien al consignatario, siempre que aquel cumpla con emitir el comprobante de pago respectivo dentro de los nueve días hábiles siguient es a la fecha en que se realice la operación. b. En el caso de retiro de bienes muebles a que se refiere la Ley del Impuesto a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, en la fecha de retiro. c. En la transferencia de bienes inmuebles, en la fecha en la que s e perciba el ingreso o en la fecha en que se celebre el contrato, lo que ocurra primero. En la primera venta de bienes inmuebles que realice el constructor, en la fecha en que se perciba el ingreso, por el monto que se perciba, sea total o parcial. Tratándose de naves y aeronaves, en la fecha en que se suscribe el respectivo contrato. d. En la transferencia de bienes, por los pagos parciales recibidos anticipadamente a la entrega del bien o puesta a disposición del mismo, en la fecha y por el monto percibido. e. En la prestación de servicios, incluyendo el arrendamiento y arrendamiento financiero, cuando alguno de los siguientes supuestos ocurra primero: - La culminación del servicio. - La percepción de la retribución, parcial o total, debiéndose emitir el comprobante de pago por el monto percibido. - El vencimiento del plazo o de cada uno de los plazos fijados o convenidos para el pago del servicio, debiéndose emitir el comprobante de pago por el monto que corresponda a cada vencimiento. f. En los contratos de construcción, en la fecha de percepción del ingreso, sea total o parcial y por el monto efectivamente percibido.
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En los casos de entrega de depósito, garantía, arras o similares, cua ndo impliquen el nacimiento de la obligación tributaria para efecto del Impuesto, en el momento y por el monto percibido. d) Obligados A Emitir Comprobantes De Pago Están obligados a emitir comprobantes de pago: Las personas naturales o jurídicas, socieda des conyugales, sucesiones indivisas, sociedades de hecho u otros entes colectivos que realicen transferencias de bienes a título gratuito u oneroso: a. Derivadas de actos y/o contratos de compraventa, permuta, donación, dación en pago y en general todas aqu ellas operaciones que supongan la entrega de un bien en propiedad. b. Derivadas de actos y/o contratos de cesión en uso, arrendamiento, usufructo, arrendamiento financiero, asociación en participación, comodato y en general todas aquellas operaciones en las que el transferente otorgue el derecho a usar un bien. Las personas naturales o jurídicas, sociedades conyugales, sucesiones indivisas, sociedades de hecho u otros entes colectivos que presten servicios, entendiéndose como tales a toda acción o prestación a favor de un tercero, a título gratuito u oneroso. Esta definición de servicios no incluye a aquéllos prestados por las entidades del Sector Público Nacional, que generen ingresos que constituyan tasas. Las personas naturales o jurídicas, sociedades con yugales, sucesiones indivisas, sociedades de hecho u otros entes colectivos se encuentran obligados a emitir liquidación de compra por las adquisiciones que efectúen a personas naturales productoras y/o acopiadoras de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal y extracción de madera, de productos silvestres, minería aurífera artesanal, artesanía y desperdicios y desechos metálicos y no metálicos, desechos de papel y desperdicios de caucho, siempre que estas personas no otorguen comprobantes de pago por carecer de número de RUC. Mediante Resolución de Superintendencia se podrán establecer otros casos en los que se deba emitir liquidación de compra. Los martilleros públicos y todos los que rematen o subasten bienes por cuenta de terceros, se encuentran obligados a emitir una póliza de A A ¶
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adjudicación con ocasión del remate o adjudicación de bienes por venta forzada 2.5. IMPUESTO GENERAL A LAS Ventas ( IGV) a) Definición. El IGV es un impuesto que grava el consumo de bienes y la prestación o utilización de servicios en el país. El IGV es considerado un impuesto indirecto, por ser trasladado hacia el consumidor final dentro de la cadena de comercialización de bienes y prestación de servicios, actualmente en nuestro país es el 19%. Es una obligación del comprador, siendo el vendedor un mero intermediario entre este y el ente recaudador (SUNAT). b) Régimen de Retenciones del IGV. Es el régimen por el cual, los sujetos designados por la SUNAT como agentes de retención deberán retener el impuesto General a las Ventas que le es trasladado por algunos de sus proveedores, para su posterior entrega al fisco, según la fecha de vencimiento de sus obligaciones tributarias que le correspondan.Los proveedores podrán dedu cir los montos que se les hubieran retenido, contra su IGV que les corresponda pagar.
Este régimen se aplicara respecto de las operaciones gravadas
con el IGV, su obligación nazca a partir del 01 de junio del 2002. La tasa de retención es el seis por ciento (6%) del importe total de la operación gravada y en el caso de pagos parciales de la operación gravada con el impuesto, la tasa de retención se aplicara sobre el importe de cada pago. cabe indicar que el importe total de la operación gravada, es la suma total que queda obligado a pagar el adquiriente o usuario del servicio, incluidos los tributos que graven la operación, inclusive el IGV. El agente de retención declarara el monto total de las retenciones practicadas durante el mes y efectuara el pago re spectivo utilizando el PDT ± agentes de Retención, formulario Virtual Nº 626 . La declaración y pago se realizaran inclusive cuando en el periodo no se hubieran practicado retenciones y de acuerdo al cronograma aprobado por la SUNAT para el cumplimiento de sus obligaciones tributaria regulares.
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c) Régimen de Percepciones del IGV El Régimen de Percepciones del IGV aplicable a las operaciones de venta gravadas con el IGV de los bienes señalados en el Apéndice 1 de la Ley N° 29173, es un mecanismo por el cual e l agente de percepción cobra por adelantado una parte del Impuesto General a las Ventas que sus clientes van a generar luego, por sus operaciones de venta gravadas con este impuesto. El Agente de Percepción entregará a la SUNAT el importe de las percepciones efectuadas. El cliente está obligado a aceptar la percepción correspondiente. Este régimen no es aplicable a las operaciones de venta de bienes exoneradas o inafectas del IGV. El importe de la percepción del IGV será determinado aplicando sobre el precio de venta, los porcentajes señalados mediante Decreto supremo, refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas, con opinión técnica de la SUNAT, los cuales deberán encontrarse en un rango de uno por ciento (1%) a dos por ciento (2%). En tanto se dicte el Decreto Supremo que establezca el porcentaje, el monto de la percepción será el que resulta de aplicar el 2% sobre el precio de venta, incluido el IGV. 2.6. INPUESTO A LA RENTA. a) Definición. Recurso que se obtiene de grabar las rentas de capital, del trabajo y de la aplicación conjunta de ambos factores que provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos, así como las ganancias y de los beneficios obtenidos por los sujetos señalados por la Ley. (Resolución Directorial Nº 052-2000-EFI79.01) b) Categorías del Impuesto a la Renta. Renta de Primera Categoría: Alquileres por arrendamiento de
un inmueble. Rentas de Segunda Categoría: Ganancia por venta de
inmueble que no sea su casa habitación. Rentas de Tercera Categoría: Obtenido por el desarrollo
habitual de una actividad por las empresas.
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Rentas de Cuarta Categoría:
honorarios profesionales
cobrados durante el año por el ejercicio independiente de su profesión. Rentas de Quinta Categoría: Sueldos cobrados durante el año
como empleado independiente. c) Régimen del Impuesto a la renta
Régimen General del Impuesto a la Renta (RGR) Está dirigido a personas naturales y jurídicas que
-
generan rentas de tercera categoría mayores a S/.216,000.00. -
No es posible exonerarse de ningún pago.
-
Se tiene que pagar el impuesto a la Renta y el IGV por separado. Están obligados a llevar todos los libros contables que la
-
ley exige.
Regimen Único Simplificado (RUS) Está dirigido a pequeños comerciantes o productores cuyos ingresos brutos no superen los S/. 18,000 mensuales. El RUS es un impuesto simplificado que sustituye al IGV (incluido el impuesto de promoción municipal) y el impuesto a la renta. Puedes acogerte al RUS solo si: -
Eres una persona natural.
-
La actividad de producción o comercialización se realiza en un solo lugar. El número de trabajadores de la empres es menor a
-
cuatro por turno.
Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) Está
dirigido a los pequeños comerciantes y prod uctores,
facilita y simplifica el pago del impuesto a la renta. Sin embargo, no exime del pago del impuesto General a las Ventas (IGV), las condiciones para acogerse a este régimen son: Ser
-
persona
natural,
persona
jurídica,
sociedad
conyugal o sucesión in divisa. Haber percibido en el año anterior ingresos netos por
-
menos de S/. 216,000.00 . d) Obligados a Presentar la Declaración Jurada de la Renta.
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Quienes
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Tercera
Categoría
pertenecientes al Régimen General del Impuesto a la Renta. l
Los contribuyentes que hayan obtenido otras rentas distintas a las de tercera categoría.
l
Se encuentran en cualquiera de las siguientes situaciones: y
Determinen un saldo a pagar.
y
Arrastren saldos a su favor del impuesto de ejercicios anteriores o hayan aplicado dichos saldos contra los pagos a cuenta del impuesto durante el año 2008. Tengan perdidas tributarias pendientes de compensar
y
acumuladas al ejercicio gravable 2007 o tengan perdidas tributarias en el 2008, Cuando el total de las rentas de estas categoría s
y
obtenidas durante el año 2008 haya sido mayor a S/.30 , 188. Cuando hayan percibido durante el año 2008, rentas de
y
cuarta categoría o por un monto mayor a S/.30,188 l
Las personas o entidades que hubieran realizado las operaciones con el ITF, al ser generad oras de rentas de tercera categoría y haber efectuado, durante el ejercicio. Del pago de más del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o Medios de Pago,
l
El medio que se realiza la declaración de renta anual es a través de los formularios virtuales Nº621 y Nº 662, para personas naturales- otras rentas y para los que generan rentas de tercera categoría e ITF, respectivamente.
2.7. PROGRAMA DE DECLARACION TELEMATICA a) El Programa de DeclaraciónTelemática (PDT), es el medio informático desarrollado por la SUNAT , para la presentación de las declaraciones, cuya
utilización
es
establecida
mediante
resolución
de
Superintendencia. b) Tipos de Declaraciones.
Declaraciones Determinativas Son las Declaraciones en las que el Declarante determina la base imponible y, en su caso, la deuda tributaria a su cargo, de
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los tributos que administra la SUNAT o cuya recaudación se le encargue. Los Programas para elaborar las Declaraciones Determinativas se denominan PDT Determinativas.
Declaraciones Informativas. Son las declaraciones en que el declarante informa sus operaciones o las de los terceros a solicitud de la Administración Tributaria y en las cuales no se determina ninguna deuda. Los programas para elaborar las declaraciones Informativas se denominan PDT Informativos.
c) Caracteristicas del PDT
Seguridad. El acceso al programa es realizado por medio de contraseña. Asimismo, la información transferida a los disquetes es codificada (encriptado), de tal forma que solo podrá ser leída por los programas informáticos de recepción elaborados por la SUNAT.
Portabilidad de Datos A fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, SUNAT ha desarrollado algunos PDT que permiten la importación de datos desde archivos generados por los propios sistemas informáticos del contribuyente.
Facilidades de Uso. Para facilitar el uso, el programa tiene las siguientes particularidades: Acceso a los archivos de ayuda desde cualquier punto
o
del programa, presionando la tecla de función F1. Administración de declaraciones que correspondan
o
a,más de un contribuyente. Esta facilidad es ideal para estudios contables. Acceso a rodas las declaraciones generadas por el
o
medio. Posibilidad de hacer una impresión detallada de la
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información registrada.
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Posibilidad de gr abar información parcial y continuar con
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el registro de la información en sesiones de trabajo posteriores. Permite generar una copia de seguridad de la
o
información consignada en el programa, y su posterior restauración.
Código de Envio. Envio que será ingresado en el PDT respectivo al momento de su elaboración. Para obtener este código, deberá contar previamente con su código de usuario y su clave de acceso al Sistema de Operaciones en Línea. (SOL).
d) Contenido del PDT El Programa de Declaración Telemáti ca- PDT, consta de los siguientes programas:
PDT 600 ± REMUNERACIONES. Dirigido a los contribuyentes que tengan trabajadores en relación de dependencia y paguen o retengan los siguientes conceptos: retenciones del Impuesto a la Renta Quinta Categoría, IES cuenta propia, ESSALUD (seguro regular, agrario y acuicultores), ONP, primas de ESSALUD VIDA, Fondo de Derechos Sociales del Artista y Contribución Solidaria para la Asistencia Provisional (20530).
PDT 601 ± PLANILLA ELECTRONICA. Dirigido a los contribuyentes que tengan trabajadores en relación de dependencia así como pensionistas, prestadores de servicios, prestadores de servicios ± modalidad formativa y personal de terceros. Entro en vigencia a partir del primero de enero del 2008.
PDT ± 621 IGV RENTA Dirigido a los contribuyentes afectos al IGV, Impuesto a la Renta de Tercera Categoría y aquellos que paguen rentas a trabajadores independientes (domiciliados o no domiciliados) aun cuando no tengan obligación a efectuar retención a lguna. Incluye cambios en el régimen especial (Decreto Legislativo 938 que modifica la Ley del Impuesto a la Renta ³Régimen
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Especial´) a partir del periodo Enero 2004, tasa del impuesto a la venta de Arroz Pilado. Incluye cambios en el IVAP (D.S.137 2004-EF, Leyes 28211 y 28309) y los cambios en las percepciones de ventas internas (R.S.189 -2004-EF), la Ley Nº 28378 Ley que deroga el Impuesto Extraordinario de Solidaridad, la casilla para usar como crédito el pago del ITAN contra los pagos a cuenta del Impue sto a la Renta y a la utilización de la retención de la renta de tercera categoría efectuadas en las liquidaciones de compra. PDT 661 ± RENTA DE PERSONA NATURAL
Dirigido a personas naturales que hubieran obtenido rentas de primera, segunda, cuarta categoría y/o quinta categoría, o renta de fuente extranjera, que estén obligadas a presentar la declaración jurada anual del impuesto a la renta del ejercicio 2008. PDT 662 ± RENTA DE PERSONA JURIDICA.
Dirigido a contribuyentes del Régimen General del Impuesto a la Renta y los que hubieran realizado operaciones gravadas con el ITF, a que se refiere el inciso g) del artículo 9 o de la Ley Nº 28194. PDT 3500 ± OPERACIONES CON TERCEROS.
Para contribuyentes obligados a presentar la declaración anual de operaciones con terceros (DAOT) Se encuentran obligados a presentar DAOT los sujetos que: Al 31 de diciembre del 2008, hubiesen tenido la categoría
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de principales contribuyentes. Aquellos cuyas ventas o compras internas totales en el
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2008, hayan sido superiore s a S/.240,000 NOTA: Los sujetos obligados que no tuvieran operaciones con terceros a declarar, es decir; la suma de los montos de las transacciones realizadas con cada tercero (cliente o proveedor) no supera dos UIT (S/.7000 para el 2008), deberán informa r a la SUNAT presentando su ³constancia de no tener información a declarar´.
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La presentación de la constancia de no tener información a declarar se deberá realizar exclusivamente a través del modulo SUNAT
Operaciones
WWW.sunat.gob.pe .
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Dentro
Línea del
en mismo
SUNAT
Virtual
cronograma
de
vencimientos. Se precisa que los sujetos que durante todo el 2008 hubieran pertenecido al Nuevo RUS no se encuentran obligados a presentar el DAOT o la Constancia de no tener información a declarar.
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CAPITULO III 3. SISTEMATIZACION DE EXPERIENCIAS ADQUIRIDAS Y RESULTADOS. 3.1. LABORES REALIZADAS. Durante el periodo de trabajo en el Estudio Contable ³´del CPC Orlando Ventura Herrera, desempeñando el cargo de Asistente en Contabilidad he realizado las siguientes actividades. a) Archivación de documentos . Esta actividad consistió en ordenar cronológicamente las facturas , boletas y demás documentación de importancia para luego colocarlos e los archivos de cada uno de los clientes del estudio, haciendo de esta forma más fácil la búsqueda de información cuando sea requerida. b) Actualización de libros contables Lo realice en forma manual, siendo los siguientes libros: y
Libro de Inventario y Balances.
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Libro diario.
y
Libro mayor.
y
Libro Caja.
Estos libros se actualizan de manera anual cuando se realizan los estados financieros. c) Registro en el libro de ventas y de compras. Realice la registración de las ventas y las compras mensuales de las empresas que el estudio tiene como clientes de forma manual ya que la empresa no cuenta con un sistema computarizado , utilizando el respectivo tipo de cambio para registrar las facturas en dólares. d) Declaración Mensual de IGV e IR Realice la declaración mensual tanto del impuesto general a las ventas (IGV) como los pagos a cuenta del impuesto a la renta (IR) de algunas de las empresas que el estudio tiene a su cargo. Esta declaración se hizo utilizando el Programa de Declaración Telemática PDT, a través del llenado del For mulario virtual 621.
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e) Presentación de la
Declaración Anual de Operaciones con
Terceros (DAOT) Realice la presentación de la declaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT) correspondiente al ejercicio económico 2008. La declaración se realizo debido a que hubo empresas que cuenten con ingresos anuales mayores a S/. 240,000 en el referido periodo. f) Elaboración de estados financieros. Elabore los estados financieros, Balance General y Estado de Ganancias y Pérdidas correspondiente al 2008, para su respectiva declaración anual del Impuesto a la Renta 2008. Esta tarea lo realice en el programa Excel. Utilizando formulas propias del mismo para hacerlo de manera más rápida. Los demás estados financieros fueron elaborados por otra persona miembro del equ ipo de trabajo del estudio. 3.2. EXPERIENCIAS ADQUIRIDAS. Durante los 5 años de estudio en las aulas universitarias adquirimos en gran parte los conocimientos teóricos de nuestra profesión, brindados por nuestros profesores y adquirimos también por la investigación propia a través de diferentes medios. Estos conocimientos nos ayudan a desempeñarnos de manera eficiente en el campo laboral al momento de ponerlos en práctica. Al iniciar las practicas en el estudio contable Tributario ³´, empecé a famializarme con toda la documentación contable que es utilizada por las empresas dentro del sector comercial, complementando de esta manera los conocimientos teóricos adquiridos en la universidad por la práctica. En el estudio aprendí que para que nuestros clien tes no tengan problemas en el futuro, especialmente con la SUNAT, debemos concientizarlos a tener su documentación en orden; tanto sus facturas de compras como de ventas deben estar en nuestras manos a tiempo para poder realizar las declaraciones mensuales de su IGV e IR con los importes correctos y no con supuestos; evitando así tener que hacer rectificaciones futuras y/o pagos de multas.
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Otras de las experiencias adquiridas fue que si nuestros clientes confían en nosotros y han puesto su empresa en nues tras manos para llevar su contabilidad, nosotros debemos retribuirles de la mejor manera teniendo su documentación al día, teniendo mucho cuidado al registrar sus ingresos y egresos, y sobre todo tener sus libros contables actualizados; esta es la mejor manera para cumplir con un trabajo de manera eficiente y llegar a ser en el futuro no muy lejano un profesional reconocido dentro de este competitivo mercado laboral. Otra experiencia fue ver que es necesario dentro del estudio, contar con un sistema de contabilidad computarizado, puesto que su falta origina emplear demasiado tiempo para mantener actualizados los libros y registros contables, presentar declaraciones mensuales, declaraciones determinativas como DAOT y la elaboración de Estados Financieros. Finalmente la experiencia más resaltante que adquirí fue que no todo lo que se aprende en teoría se cumple en la práctica. Esto debido a que algunos de los conocimientos adquiridos en las aulas ya no se pueden aplicar debido a que ya se modificaron o porque la situación de la empresa en estudio requiere de un tratamiento diferente. 3.3. ALTERNATIVAS DE SOLUCION. Teniendo en cuenta la problemática encontrada y su labor realizada en el Estudio Contable Tributario ³´, detallada anteriormente, a continuación se plantean las siguientes alternativas de solución: a)
Tener actualizada toda la información de la empresa, sus libros contables deben estar al día, deben estar llenados de manera correcta y por personal que tenga conocimientos sobre esta labor. Esto evitara tener que recurrir a la busca de los borradores en el caso de que se necesite la información; así como el pago de multas por no tener sus libros al día.
b)
Concientizar, asesorar y orientar a nuestros clientes para que sus Comprobantes de pago tanto de compras como de ventas nos san entregados de manera oportuna, para realizar las declaraciones mensuales de IGV e ir evitando realizar rectificatorias posterior es. Además de esta manera vamos a poder llevar un control estricto de
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los ingresos y egresos, que al finalizar el ejercicio económico reflejen de una manera exacta como ha ido evolucionando la empresa y así el contribuyente pueda tomar las mejores decision es.
c)
Es fundamental contar dentro del Estudio con un Sistema cantable computarizado que permita mantener la información actualizada, obtener resultados de manera rápida y brindar información oportuna.
d)
El contador debe ser mucho más que un tenedor de libros, debe poseer temas de diversa materias como son economía, informática, sistemas de información, administración, finanzas, que les permitan incrementar la capacidad en el manejo de información necesaria para la adecuada toma de decisiones dando las s oluciones a los diversos problemas que se presenten en las empresas.
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CONCLUSIONES La practica pre ± profesional constituye una etapa fundamental en nuestra
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formación profesional, debido que al realizarla nos enfrentamos a la realidad del mundo laboral, aplicando nuestros conocimientos adquiridos en las aulas universitarias y adquiriendo nuevos conocimientos en el lugar del trabajo. Para llevar la contabilidad de manera correcta, tomar conciencia que nuestra
o
labor realizada es de vital importancia; mantenerse actualizados con los cambios ocurridos en los temas de Contabilidad y materias relacionadas con esta, es fundamental para el desarrollo de nuestra profesión de manera eficiente. En el estudio, se ha logrado concientizar a los clientes para la entrega de los
o
comprobantes de pago en forma oportuna, así como a los miembros del equipo de trabajo de mantener los libros contables actualizados para hacer más fácil la labor y obtener de manera oportuna la información necesaria. Hoy la contabilidad no solo es utilizada para la registración de hechos
o
económicos en los libros; sino también, para la obtención de información que ayude a tomar decisiones, para lo cual es necesario contar con h erramientas informáticas como softwares Contables o Sistemas de Contabilidad Computarizados que hacen más fácil, rápida y oportuna la obtención de dicha información.
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RECOMENDACIONES
Al estudio Contable Tributario ³ Orlando Ventura´
Los libros y registros contables deben estar permanentemente actualizados para obtener la información en el momento que se necesita. Continuar Concientizando a los clientes de la entrega oportuna de los comprobantes de pago de pago, para realizar las decl araciones mensuales de IGV e IR. Realizar análisis de estados financieros y evaluar cómo va marchando la Empresa, y no solo limitarse a elaborar los mismos para cumplir con las obligaciones de la SUNAT. Implementar un sistema de contabilidad computarizado para obtener la información de manera oportuna y hacer la labor contable más fácil. .
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BIBLIOGRAFIA
GIRALDO JARA, Demetrio Contabilidad Básica Edición 2005. Perú
LIBROS Y REGISTROS ± Ediciones Caballero Bustamante.
INFORMATIVO
CABALLERO BUSTAMANTE ± Estudio
Caballero Bustamante ± Revista quincenal.
COMPENDIO TRIBUTARIO ± COMPROBANTES DE PAGOEdiciones Contadores y Empresas.
TEXTO UNICO ORDENADO de la ley del Impuesto a la Renta.
CODIGO TRIBUTARIO.
COMPENDIO TR IBUTARIO ± PDT ± Ediciones Contadores y Empresas.
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Página Web: WWW.sunat.gob.pe.
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