Princípios sobre protecção contra incêndios em edifícios (desactualizado)Descrição completa
Princípios sobre protecção contra incêndios em edifícios (desactualizado)
Paseos urbanos. El arte de caminar como práctica pedagógica. Silvia Alderoqui. 2012. Buenos Aires. Lugar Editorial. Presentación de Diana Durán.
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Descripción: Alderoqui, Silvia. (2012) Paseos urbanos. El arte de caminar como práctica pedagógica. Buenos Aires. Lugar Editorial. Capítulos seleccionados
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Descripción: normativa urbana
Descripción: "Guía Práctica de Arrendamientos Urbanos" publicado por Thomson Reuters Aranzadi con ISBN 978-84-9059-100-0
Alderoqui, Silvia. (2012) Paseos urbanos. El arte de caminar como práctica pedagógica. Buenos Aires. Lugar Editorial. Capítulos seleccionados
2.- Planes de Desarrollo Urbano 2.1.- DIFINICION Documento técnico donde se expone la necesidad de contar con un ordenamiento territorial en el que se expresen las previsiones para la organización y el desarrollo a futuro de la ciudad.
2.2.- TIPOS DE PLAN DE DESARROLLO URBANO 2.2.1.- PLAN DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL (PAT Es el instrumento técnico - normativo de planificación física integral en el ámbito provincial que orienta y regula la organización físico - espacial de las actividades umanas en cuanto a la distribución! categoría! rango "erárquico y rol de los centros poblados en los ámbitos urbano y rural# la conservación y protección del recurso y patrimonio natural y cultural# el desarrollo de la inversión p$blica y privada en los ámbitos urbano y rural del territorio provincial# y! la ocupación y uso planificado del territorio.
Elabora!"#n del PAT Está a cargo del área responsable del %laneamiento &erritorial o la unidad orgánica equivalente de la 'unicipalidad %rovincial respectiva! en coordinación con las 'unicipalidades Distritales! el (obierno )egional correspondiente! los sectores del (obierno *acional y la participación de la sociedad civil. El plazo para la aprobación del %+& es de , días calendario seg$n el procedimiento
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/e exibe la propuesta del %+& en la página 0eb de la municipalidad provincial durante 12 días calendario.
-
El ministerio de vivienda y saneamiento emite sus observaciones y
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recomendaciones. /e realiza una +udiencia %$blica sobre el contenido técnico de la propuesta del %+&! convocando principalmente a los representantes de los organismos involucrados del (obierno *acional! )egional y Distrital. +sí también como las
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autoridades del entorno. 3as personas naturales o "urídicas de la "urisdicción provincial! formulan sus observaciones! sugerencias y4o recomendaciones! técnicamente sustentadas y
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por escrito. El equipo técnico tiene un plazo de 5 días calendario para levantar las
observaciones y4o recomendaciones establecido por las autoridades. 6igencia del %+&! a largo plazo 72 a8o! a mediano plazo 52 a8os y a corto plazo 7 a8os! varía de acuerdo a su actualización.
2.2.2.- PLAN DE DESARROLLO METROPOLITANO (PDM Es el instrumento técnico - normativo que orienta y regula la gestión territorial y el desarrollo urbano sostenible de las áreas metropolitanas! conformadas por "urisdicciones distritales! cuyas circunscripciones son parte de una continuidad física! social y económica.
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9orma parte del %lan de Desarrollo 'unicipal %rovincial :oncertado. 9orma parte de los %lanes %rovinciales de Desarrollo :oncertado y se constituye en su componente físico ; espacial.
Elabora!"#n del PDM
Está a cargo del área responsable del %laneamiento &erritorial o la unidad orgánica equivalente de la 'unicipalidad %rovincial respectiva! en coordinación con las 'unicipalidades Distritales! el (obierno )egional correspondiente! los sectores del (obierno *acional y la participación de la sociedad civil. El plazo para la aprobación del %D' es de , días calendario seg$n el procedimiento
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/e exibe la propuesta del %D' en la página 0eb de la municipalidad provincial
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durante 12 días calendario. El ministerio de vivienda y saneamiento emite sus observaciones y
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recomendaciones. /e realiza una +udiencia %$blica sobre el contenido técnico de la propuesta del %D' dentro de los 12 días calendario! convocando principalmente a los representantes de los organismos involucrados del (obierno *acional! )egional
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y Distrital. +sí también como las autoridades del entorno. 3as personas naturales o "urídicas de la "urisdicción provincial! formulan sus observaciones! sugerencias y4o recomendaciones! técnicamente sustentadas y
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por escrito. El equipo técnico tiene un plazo de 5 días calendario para levantar las observaciones y4o recomendaciones establecido por las autoridades.
3a propuesta final del %D' con su respectivo
2.2.$.- PLAN DE DESARROLLO URBANO (PDU Es el instrumento técnico - normativo! que orienta el desarrollo urbano de las ciudades mayores! intermedias y menores! con arreglo a la categorización establecida en el /<*:E%.
/e elabora en concordancia con el %+& y4o el %D'! seg$n corresponda. El %D> comprende los conglomerados urbanos ?conurbanas@ y4o áreas urbanas cuya población es mayor de !222 abitantes! así como las ciudades capitales de provincia! y4o áreas delimitadas en el %D'.
Elabora!"#n del PDU El plazo para la aprobación del %D> es de , días calendario seg$n el procedimiento
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/e exibe la propuesta del %D> en la página 0eb de la municipalidad provincial
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durante 12 días calendario. El ministerio de vivienda y saneamiento emite sus observaciones y
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recomendaciones. /e realiza una +udiencia %$blica sobre el contenido técnico de la propuesta del %D> dentro de los 12 días calendario! convocando principalmente a los representantes de los organismos involucrados del (obierno *acional! )egional
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y Distrital. +sí también como las autoridades del entorno. 3as personas naturales o "urídicas de la "urisdicción provincial! formulan sus observaciones! sugerencias y4o recomendaciones! técnicamente sustentadas y
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por escrito. El equipo técnico tiene un plazo de 5 días calendario para levantar las observaciones y4o recomendaciones establecido por las autoridades.
El %D> con su respectivo
2.2.%.- ES&UEMA DE ORDENAMIENTO URBANO (EU
Es el instrumento técnico - normativo que sirve para promover y orientar el desarrollo urbano de las villas y4o centros poblados rurales de un subsistema! con arreglo a la categorización asignada en el /<*:E%.
/e elabora en concordancia con el %+& y4o el %D'! seg$n corresponda y! con el /<*:E%! estableciendo las condiciones básicas para el desarrollo! incluyendo las áreas urbanizables. El E> se aplica a centros poblados urbanos y rurales asta !222 abitantes.
Elabora!"#n del EU Está a cargo del área responsable de %laneamiento &erritorial o la unidad orgánica equivalente de la 'unicipalidad %rovincial! en coordinación con las 'unicipalidades Distritales involucradas! el (obierno )egional correspondiente! el '6:/ y la participación de la /ociedad :ivil. El plazo para la aprobación del E> es de , días calendario seg$n el procedimiento
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/e exibe la propuesta del E> en la página 0eb de la municipalidad provincial
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durante 12 días calendario. El ministerio de vivienda y saneamiento emite sus observaciones y
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recomendaciones. /e realiza una +udiencia %$blica sobre el contenido técnico de la propuesta del E> dentro de los 12 días calendario! convocando principalmente a los representantes de los organismos involucrados del (obierno *acional! )egional
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y Distrital. +sí también como las autoridades del entorno. 3as personas naturales o "urídicas de la "urisdicción provincial! formulan sus observaciones! sugerencias y4o recomendaciones! técnicamente sustentadas y
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por escrito. El equipo técnico tiene un plazo de 5 días calendario para levantar las observaciones y4o recomendaciones establecido por las autoridades.
3a propuesta final del E> y el es elevado a la 'unicipalidad %rovincial correspondiente para su aprobación mediante =rdenanza %rovincial. 3a vigencia del E> a largo plazo es de 52 a8os! a mediano plazo es a a8os y a corto plazo es a 7 a8os! seg$n se actualice.
2.2.'.- PLAN ESPECFICO (PE Es el instrumento técnico - normativo orientado a complementar la planificación urbana de las localidades! facilitando la actuación o intervención urbanística en un sector de un área urbana y urbanizable en el %D>! cuyas dimensiones y condiciones ameritan un tratamiento integral especial.
)D#nde se a*l"!a+ Es aplícale siempre y cuando cumpla con estas características siguientes - :alificar como :entros Aistóricos o Bonas 'onumentales! o zonas de valor paisa"ístico de interés turístico o de conservación - :onstituir espacios de recuperación! de protección o de conservación de áreas naturales! zonas urbanas con niveles de riesgo medio o alto. - :onstituir espacios cuyo me"or uso y optimización pueden generar posibilida des de renta a los propietarios e inversionistas.
Elabora!"#n del PE Está a cargo el área responsable del %laneamiento &erritorial o la >nidad =rgánica equivalente de la 'unicipalidad %rovincial! en coordinación con la 'unicipalidad Distrital involucrada. 3as 'unicipalidades Distritales pueden tomar la iniciativa en la elaboración del %E y proponerlo mediante +cuerdo de :once"o! para la aprobación de la 'unicipalidad %rovincial. El plazo para la consulta del %E es de , días calendario! de acuerdo al procedimiento siguiente
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/e exibe la propuesta del %E en la página 0eb de la municipalidad provincial
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durante 12 días calendario. En el plazo de treinta 12 días calendario! se realiza exposiciones técnicas del contenido del %E! convocando a las 'unicipalidades Distritales involucradas y a los propietarios de los inmuebles localizados dentro del área delimitada en el %E.
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Dando las observaciones y recomendaciones correspondientes. El equipo técnico tiene un plazo de 5 días calendario para levantar las observaciones y4o recomendaciones establecido por las autoridades.
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3a propuesta final del %E y el
'unicipal
:ompetente
al
:once"o
'unicipal
%rovincial
correspondiente! para su aprobación mediante =rdenanza %rovincial. +rtículo 3a vigencia del %E a largo plazo es de 52 a8os! a mediano plazo es a a8os y a corto plazo es a 7 a8os! seg$n se actualice. 3as 'unicipalidades %rovinciales elaboran y aprueban los %E.
2.2.,.- PLANEAMIENTO INTERAL (PI Es un instrumento técnico - normativo mediante el cual se asigna zonificación y vías primarias con fines de integración al área urbana! a los predios r$sticos no comprendidos en los %D>! E> o localizados en centros poblados que carezcan de %D> y4o de Bonificación.
)D#nde se a*l"!a+ /e aplica a los predios r$sticos comprendidos en el %D>! el E> y4o la Bonificación con fines de abilitación urbana cuando
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El área por abilitar se desarrolla por etapas.
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El área por abilitar no colinda con zonas abilitadas.
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/e realiza la independización o la parcelación de un predio r$stico.
Conen"do/ -
3a red de vías primarias y locales# los usos de la totalidad de la parcela# y! la propuesta de integración a la trama urbana más cercana del predio rustico.
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El ámbito de intervención del %< puede comprender a más de una parcela r$stica siempre que pertenezcan al mismo propietario y sean colindantes. /i el ámbito de intervención comprende a más de una parcela r$stica con distintos propietarios! el %< requiere la aplicación del mecanismo de )ea"uste de /uelos.
A*roba!"#n/
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3a propuesta final del %< con el respectivo
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:uando el %D> se aprueba con posterioridad al %
/u orizonte de planeamiento es de largo plazo a diez ?52@ a8os# sin embargo! la vigencia del %< concluye cuando se aprueba el %< o el %D> o el E> que lo actualiza.
2.$.- ESCALAS DE DESARROLLO URBANO Es!ala Na!"onal/ El %lan *acional de Desarrollo >rbano ?%*D>@ Es!ala Re0"onal/ El %lan de Desarrollo 'etropolitano ?%D'@ Es!ala Pro"n!"al/ El %lan de +condicionamiento &erritorial ?%+&@ Es!ala D"sr"al/ El %lan de Desarrollo >rbano ?%D>@ Cenros Poblados/ -