Normas protectoras del salario El salario permite al trabajador satisfacer todas sus necesidades; por ello, se considera importante establecer ciertas normas o principios que lo protejan y que permitan al trabajador su uso, goce y disfrute. Entre estas normas se encuentran:
Derecho a disponer del salario Los trabajadores pueden disponer libremente de su salario; el patrón, por ninguna circunstancia, puede limitar el derecho del trabajador a usar, gozar y disfrutar del salario, de la manera en que considere oportuna.
Irrenunciabilidad del salario El trabajador, por ningún motio puede renunciar a recibir su salario o cualquier otra prestación que le corresponda. !i por algún motio pacta la cesión o renuncia a su salario o a cualquier prestación, se considerar" nulo ese pacto.
Cobro del salario
!on arias las disposiciones relatias relatias al cobro del salario, entre en tre ellas des tacan:
#ebe cobrarlo el propio trabajador y, cuando est$ imposibilitado, lo podr" cobrar un representante, mediante una carta %rmada ante dos testigos &art. '((). !e paga el salario en d*as laborales y horas de trabajo &art. '(+). !e paga en el lugar en el que se preste el sericio &art. '(). #ebe pagarse en moneda de curso legal, no se permite el pago mediante ales, %chas u otros documentos alor &art. '('). Los trabajadores que realicen una labor material no podr"n cobrar su salario en un plazo mayor a una semana, y los dem"s trabajadores cobrar"n su salario m"-imo cada ' d*as &art. ).
Prestaciones en especie Este tipo de prestaciones son complementarias al salario base que debe pagarse en efectio y en moneda de curso legal; por ello, todas las prestaciones que se den en especie deben ser proporcionales proporcionales al monto del salario y apropiadas al uso personal del trabajador y su familia.
Almacenes y tiendas de las empresas !e busca el establecimiento y funcionamiento de almacenes y tiendas de descuento en la que los trabajadores, libremente, y sin estar obligados a ello, puedan adquirir diersos diersos producto productos. s. En teor*a, teor*a, los precios precios en estas tiendas tiendas y almacene almacenes s son m"s bajos que en el mercado.
Prohibición de imponer multas a los trabajadores /onforme al art*culo '(0 de la L12, 3est" prohibida la imposición de multas a los trabajadores, cualquiera que sea su concepto o causa4.
Prohibición de suspender el pago del salario
5o e-iste causa reconocida por la ley para que el patrón suspenda el pago del salario al trabajador.
Descuentos a los trabajadores El art*culo ''( establece que los descuentos al salario de los trabajadores sólo se permiten en circunstancias espec*%cas:
Pago de deudas contraídas con el patrón por concepto de pagos en e-ceso, errores, o aer*as cometidas por el trabajador, o por la adquisición de art*culos producidos por la empresa o establecimiento. El l*mite m"-imo a cobrar es el monto del salario mensual, y los descuentos parciales que se realicen, podr"n pactarse entre trabajador y patrón, pero no podr"n ser superiores de 6(7 del e-cedente del salario m*nimo. Pago de renta, el cual no puede e-ceder de '7 del salario. Pago de abonos para cubrir adeudos contra*dos con el 1ondo 5acional para la 8iienda de los 2rabajadores, para la adquisición, cons9 trucción, ampliación o remodelación de iienda. Pago de cuotas para la constitución y fomento de sociedades coope- rativas y de cajas de ahorro, preia aceptación e-presa del trabajador, y el descuento no puede ser superior de 6(7 del e-cedente del salario minimo. Pago de pensiones alimenticias a faor de esposa, hijos, ascendientes y nietos, decretada por la autoridad competente. Pago de cuotas sindicales establecidas en los estatutos de los mismos. Pago de abonos para cubrir créditos garantizados por el fondo de fomento y garant*a para el consumo de los trabajadores y destinados a la adquisición de bienes de consumo. El descuento debe ser aceptado por el trabajador y no puede e-ceder de (7 del salario.
Salario frente a otras acciones legales !i e-isten acciones legales emprendidas en contra del trabajador o del patrón, e-isten normas que protegen al salario: •
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En caso de que la acción sea en contra del trabajador, por deudas ciiles, el salario no puede embargarse; la única e-cepción es el pago de pensiones alimenticias. En caso de que la acción sea en contra del patrón, por deudas ciiles de cualquier naturaleza; lo primero que se paga es siempre el salario; es decir, el salario tiene preferencia sobre cualquier otro cr$dito. !i una empresa entra en concurso mercantil, '0 los trabajadores no participan en el mismo. or la norma especi%cada anteriormente, los tra9 bajadores ser"n siempre los primeros en cobrar.
BIBLI!"A#IA D$"$C% LAB"AL& 'N $N#('$ P")C*IC P"I+$"A $DICI,N
-S. "ICA"D +.ND$/ C"'/ #AC'L*AD D$ CN*AD'"0A 1 AD+INIS*"ACI,N 'NI2$"SIDAD NACINAL A'*,N+A D$ +.3IC
D$ AC'$"D CN LA L$1 #$D$"AL D$L *"ABA- CAPI*'L 2II N"+AS P"*$C*"AS 1 P"I2IL$!IS D$L SALA"I Art4culo 56&7 Los trabajadores dispondr8n libremente de sus salarios& Cual9uier disposición o medida 9ue des:irt;e este derecho ser8 nula& Art4culo 55&7 $l derecho a percibir el salario es irrenunciable& Lo es igualmente el derecho a percibir los salarios de:engados& Art4culo <==&7 $l salario se pagar8 directamente al trabajador& Sólo en los casos en 9ue est> imposibilitado para efectuar personalmente el cobro? el pago se har8 a la persona 9ue designe como apoderado mediante carta poder suscrita por dos testigos& $l pago hecho en contra:ención a lo dispuesto en el p8rrafo anterior no libera de responsabilidad al patrón& Art4culo <=<&7 $l salario en efecti:o deber8 pagarse precisamente en moneda de curso legal? no siendo permitido hacerlo en mercanc4as? :ales? @chas o cual9uier otro signo representati:o con 9ue se pretenda substituir la moneda& Pre:io consentimiento del trabajador? el pago del salario podr8 efectuarse por medio de depósito en cuenta bancaria? tarjeta de d>bito? transferencias o cual9uier otro medio electrónico& Los gastos o costos 9ue originen estos medios alternati:os de pago ser8n cubiertos por el patrón& Art4culo <=&7 Las prestaciones en especie deber8n ser apropiadas al uso personal del trabajador y de su familia y raonablemente proporcionadas al monto del salario 9ue se pague en efecti:o& Art4culo <=&7 Los almacenes y tiendas en 9ue se ependa ropa? comestibles y art4culos para el hogar? podr8n crearse por con:enio entre los trabajadores y los patrones? de una o :arias empresas? de conformidad con las normas siguientesE I& La ad9uisición de las mercanc4as ser8 libre sin 9ue pueda ejercerse coacción sobre los trabajadoresF II& Los precios de :enta de los productos se @jar8n por con:enio entre los trabajadores y los patrones? y nunca podr8n ser superiores a los precios o@ciales y en su defecto a los corrientes en el mercadoF III& Las modi@caciones en los precios se sujetar8n a lo dispuesto en la fracción anteriorF y I2& $n el con:enio se determinar8 la participación 9ue corresponda a los trabajadores en la administración y :igilancia del almac>n o tienda& Art4culo <= Bis&7 $l Instituto del #ondo Nacional para el Consumo de los *rabajadores? conforme a la Ley 9ue lo regula? establecer8 las bases paraE
I& torgar cr>dito a los trabajadores? procurando las mejores condiciones de mercadoF y II& #acilitar el acceso de los trabajadores a los ser:icios @nancieros 9ue promue:an su ahorro y la consolidación de su patrimonio& Art4culo <=G&7 $s nula la cesión de los salarios en fa:or del patrón o de terceras personas? cual9uiera 9ue sea la denominación o forma 9ue se le d>& Art4culo <=H&7 $l salario de los trabajadores no ser8 objeto de compensación alguna& Art4culo <=&7 La obligación del patrón de pagar el salario no se suspende? sal:o en los casos y con los re9uisitos establecidos en esta Ley& Art4culo <=J&7 $st8 prohibida la imposición de multas a los trabajadores? cual9uiera 9ue sea su causa o concepto& Art4culo <=6&7 $l pago del salario se efectuar8 en el lugar donde los trabajadores presten sus ser:icios& Art4culo <=5&7 $l pago deber8 efectuarse en d4a laborable? @jado por con:enio entre el trabajador y el patrón? durante las horas de trabajo o inmediatamente despu>s de su terminación& Art4culo <<=&7 Los descuentos en los salarios de los trabajadores? est8n prohibidos sal:o en los casos y con los re9uisitos siguientesE I& Pago de deudas contra4das con el patrón por anticipo de salarios? pagos hechos con eceso al trabajador? errores? p>rdidas? a:er4as o ad9uisición de art4culos producidos por la empresa o establecimiento& La cantidad eigible en ning;n caso podr8 ser mayor del importe de los salarios de un mes y el descuento ser8 al 9ue con:engan el trabajador y el patrón? sin 9ue pueda ser mayor del treinta por ciento del ecedente del salario m4nimoF II& Pago de la renta a 9ue se re@ere el art4culo stamos pro:enientes del #ondo Nacional de la 2i:ienda para los *rabajadores destinados a la ad9uisición construcción? reparación? ampliación o mejoras de casas habitación o al pago de pasi:os ad9uiridos por estos conceptos& Asimismo? a a9uellos trabajadores 9ue se les haya otorgado un cr>dito para la ad9uisición de :i:iendas ubicadas en conjuntos habitacionales @nanciados por el Instituto del #ondo Nacional de la 2i:ienda para los *rabajadores se les descontar8 el
2I& Pago de las cuotas sindicales ordinarias pre:istas en los estatutos de los sindicatos& 2II& Pago de abonos para cubrir cr>ditos garantiados por el Instituto a 9ue se re@ere el art4culo <= Bis de esta Ley? destinados a la ad9uisición de bienes de consumo? o al pago de ser:icios& $stos descuentos deber8n haber sido aceptados libremente por el trabajador y no podr8n eceder del :einte por ciento del salario& Art4culo <<<&7 Las deudas contra4das por los trabajadores con sus patrones en ning;n caso de:engar8n intereses& Art4culo <<&7 Los salarios de los trabajadores no podr8n ser embargados? sal:o el caso de pensiones alimenticias decretadas por la autoridad competente en bene@cio de las personas sealadas en el art4culo <<=? fracción 2& Los patrones no est8n obligados a cumplir ninguna otra orden judicial o administrati:a de embargo& Art4culo <<&7 Los salarios de:engados en el ;ltimo ao y las indemniaciones debidas a los trabajadores son preferentes sobre cual9uier otro cr>dito? incluidos los 9ue disfruten de garant4a real? los @scales y los a fa:or del Instituto +eicano del Seguro Social? sobre todos los bienes del patrón& Art4culo <