NORMA NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 203 203.02 .0255 1972 (revisada el 2017)
Dirección de Normalización - INACAL Calle Las Camelias 815, San Isidro (Lima 27)
Lima, Perú
DURAZNOS (MELOCOTONES) EN CONSERVA CANNED PEACHS
2017-03-15 1ª Edición
R.D. N° 006-2017-INACAL/DN. Publicada el 2017-03-18 I.C.S.: 67.080.10 67.08 0.10 Descriptores: Durazno, Descriptores: Durazno, conserva, conserva, melocotón melocotón
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© INACAL 2017 Todos los derechos son reservados. A menos que se especifique lo contrario, ninguna parte de esta publicación podrá ser reproducida o utilizada por cualquier medio, electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia o publicándolo en el internet o intranet, sin permiso por escrito del INACAL. INACAL Calle Las Camelias 815, San Isidro Lima - Perú Tel.: +51 1 640-8820
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PRÓLOGO (de revisión 2017)
A.1 La Norma Técnica Peruana (NTP) NTP 203.025:1972 (revisada el 2012) DURAZNOS (MELOCOTONES) EN CONSERVA, 1ª Edición, se incluyó en el Programa de Actualización de Normas Técnicas Peruanas. A.2 La NTP referida, aprobada mediante resolución N°0053-2012/CNB-INDECOPI, al no contar con ningún Comité Técnico de Normalización activo, fue revisada y puesta a consulta pública por un periodo de 30 días calendario. No recibió observaciones por parte de los representantes de los sectores involucrados: producción, consumo y técnico. A.3 La Dirección de Normalización (DN), procedió a mantener su vigencia, previa revisión final, aprobando la versión revisada el 15 de marzo de 2017. NOTA: Cabe resaltar que la revisión de la presente NTP se ha realizado con el objetivo de determinar su vigencia, mas no su actualización.
A.4 Los métodos de ensayo y de muestreo cambian periódicamente con el avance de la técnica. Por lo cual, recomendamos consultar en el Centro de Información y Documentación del INACAL, la vigencia de los métodos de ensayo y de muestreo en esta NTP. A.5 La presente Norma Técnica Peruana reemplaza a la NTP 203.025:1972 (revisada el 2012) DURAZNOS (MELOCOTONES) EN CONSERVA, 1ª Edición.
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PRÓLOGO (de revisión 2012)
A.
RESEÑA HISTÓRICA
A.1 La presente Norma Técnica Peruana se encuentra dentro de la relación de normas incluidas en el Plan de Revisión y Actualización de Normas Técnicas Peruanas, aprobadas durante la gestión del ITINTEC (periodo 1966-1992). A.2 La NTP 203.025:1972 fue aprobada mediante resolución R.D. Nº 165/72-ITINTEC-DG/DN de 1972-09 y al no existir Comité Técnico de Normalización activo en el tema y considerándose que durante la etapa de discusión pública, correspondiente a 60 días calendario contados a partir del 24 de enero del 2012, no se ha recibido opinión de dejar sin efecto la presente NTP por parte de los representantes de los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, relacionados con el tema de Tecnología alimentaria se procede a la aprobación de su vigencia. A.3 La Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales no Arancelarias -CNB-, aprobó mantener vigente la presente norma, oficializándose como NTP 203.025:1972 (revisada el 2012) DURAZNOS (MELOCOTONES) EN CONSERVA, el 09 de agosto de 2012. NOTA: Cabe resaltar que la revisión de la presente NTP se ha realizado con el objetivo de determinar su vigencia, mas no su actualización.
A.4 La presente Norma Técnica Peruana reemplaza a la NTP 203.025:1972 DURAZNOS (MELOCOTONES) EN CONSERVA. Las Normas Técnicas Peruanas que fueron dejadas sin efecto no figuran en la presente edición.
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NTP 203.025 1 de11
DURAZNOS (MELOCOTONES) EN CONSERVA* NORMAS A CONSULTAR
1
NTP 209.0381
ALIMENTOS ENVASADOS. Etiquetado
NTP 350.0062
ENVASES METÁLICOS. designación
NTP 350.0073
ENVASES METÁLICOS CONSERVAS ALIMENTICIAS
Forma
y
PARA
OBJETO
La presente Norma Técnica Peruana establece los requisitos de los duraznos (melocotones) en conserva.
2
DEFINICIONES Y CLASIFICACIÓN
2.1
Definiciones
duraznos (melocotones) en conserva: Es el producto a) preparado con 2.1.1 duraznos (melocotones) pelados, exentos de pedúnculos, frescos o congelados o previamente enlatados, maduros, de las variedades comerciales para conserva que responden a las características del fruto Prunus persica L ., pero excluyendo las variedades * El
título original de la Norma Técnica Peruana era "DURAZNOS ENVASADOS EN ALMÍBAR" NTP 209.038 fue dejada sin efecto. La versión vigente a la fecha es la NTP 209.038:2009 (revisada el 2014). 2 La NTP 350.006 fue dejada sin efecto. La versión vigente a la fecha es la NTP 350.006:1972 (revisada el 2015). 3 La NTP 350.007 fue dejada sin efecto. La versión vigente es la NTP 350.007: 1972 (revisada el 2015). © INACAL 2017 - Todos los derechos son reservados 1 La
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nectarinas; b) envasado con o sin un medio de cobertura líquido adecuado, edulcorantes nutritivos y aderezos o ingredientes aromatizantes apropiados para el producto, y c) tratados con calor, en una forma adecuada, antes o después de ser encerrados herméticamente en un recipiente para impedir su alteración.
2.1.2
Definiciones de defectos
macas: Son las alteraciones del color de la superficie y las manchas que 2.1.2.1 contrastan claramente con el color general y que pueden penetrar en la pulpa. Ejemplos: magullamiento, roña y la coloración oscura. rotura: Es cuando la pieza (enteros, mitades o cuartos) está separada (rota) 2.1.2.2 en partes definidas. pieles: Son las porciones de cáscara que se encuentran adheridas a la pulpa 2.1.2.3 del durazno (melocotón) y/o se encuentran sueltas en el recipiente. carozo: Es el hueso del durazno (melocotón) entero o una pieza grande, 2.1.2.4 equivalente a la mitad de un hueso o mayor, o hasta tres piezas pequeñas duras, cuya masa total sea mayor que medio hueso. recorte: Es el recortado excesivo e incluye vaciados considerables (debido 2.1.2.5 a cortes físicos o a otras causas) en la superficie de las piezas, lo que perjudica notablemente su aspecto. 2.2
Clasificación
2.2.1
Por el color
Amarillos: Son los tipos varietales en los que predominan colores 2.2.1.1 comprendidos entre amarillo pálido y naranja rojizo intenso.
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Blancos: Son los tipos varietales en los que el color predominante está 2.2.1.2 comprendido entre blanco y blanco amarillo. Rojos: Son los tipos varietales en los que el color predominante está 2.2.1.3 comprendido entre amarillo y rojo naranja y con coloraciones rojas jaspeadas distintas de las de la cavidad del hueso (carozo). 2.2.2
Por la forma de presentación
2.2.2.1
Enteros: Duraznos enteros con hueso.
2.2.2.2
Mitades: Sin hueso y cortados en dos partes aproximadamente iguales.
2.2.2.3
Cuartos: Sin hueso y cortados en cuatro partes aproximadamente iguales.
2.2.2.4
En rajas: Sin hueso y cortados en segmentos de forma de cuña.
2.2.2.5
En cubitos: Sin hueso y cortados en partes en forma de cubos.
2.2.2.6 irregulares.
Piezas (o piezas irregulares): Sin hueso y que abarcan formas y tamaños
2.2.3
Por el tipo de envasado:
2.2.3.1
Envasado ordinario con medio de cobertura líquido.
2.2.3.2 Envasado compacto donde prácticamente todo es fruta, con una cantidad muy pequeña de líquido que fluya libremente.
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3
REQUISITOS
3.1
Medios de envasado
3.1.1
Cuando se emplea un medio de envasado, éste podrá ser:
3.1.1.1 Agua, en cuyo caso el agua o cualquier mezcla de agua y zumo de melocotón, es el único medio de cobertura líquido. 3.1.1.2 Edulcorante seco, sin adición de líquido, pero con adición autorizada de edulcorantes naturales secos, a saber, sacarosa, azúcar invertido, dextrosa, jarabe de glucosa seco y las pequeñas cantidades de vapor de agua, agua o zumo natural que pueden presentarse en las operaciones corrientes de enlatado del producto. 3.1.1.3 Almíbar, en cuyo caso el agua está mezclada con sacarosa y/o azúcar invertida y/o dextrosa y/o jarabe de glucosa seco y/o jarabe de glucosa y que se clasifica con arreglo a la concentración final como sigue: Almíbar muy diluido Almíbar diluido Almíbar concentrado Almíbar muy concentrado
no menos de 10º Brix no menos de 14º Brix no menos de 18º Brix no menos de 22º Brix
3.1.2 La concentración del almíbar se determinará sobre el promedio de las muestras, pero el contenido de ningún recipiente podrá tener un índice Brix menor que el de la categoría inmediatamente inferior. 3.2
Criterios de calidad
3.2.1
Se deberán tener en cuenta los siguientes aspectos:
3.2.1.1
Presencia de macas © INACAL 2017 - Todos los derechos son reservados
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Roturas: Se considerará defecto únicamente en los duraznos (melocotones) 3.2.1.2 en conserva en las formas de presentación enteros, mitades y cuartos, envasados en medios líquidos y, al aplicar aquí las tolerancias, se considerará que la totalidad de las porciones que equivalen a una pieza completa es una unidad. 3.2.1.3
Pieles
3.2.1.4
Huesos o carozos
Recortes: Considerado como defecto únicamente en los duraznos 3.2.1.5 (melocotones) en conserva en las formas de presentación enteros, mitades y cuartos envasados en medios de cobertura líquido. Color: El color del producto deberá ser el normal para el tipo de color de 3.2.1.6 que se trate. Las porciones que hayan estado evidentemente cerca de la cavidad del hueso (carozo) o de parte del mismo, y que, después de enlatadas hayan sufrido alguna alteración en el color, se considerarán de color característico normal. Los melocotones (duraznos) en conserva que tengan ingredientes especiales deberán considerarse de color característico cuando el ingrediente en cuestión no presente ninguna coloración anormal debida al ingrediente de que se trate. Sabor: Los duraznos (melocotones) en conserva deberán tener un sabor y 3.2.1.7 olor normales, exentos de olores y sabores extraños al producto y los duraznos (melocotones) en conserva con ingredientes especiales deberán poseer el sabor característico que comunican los duraznos (melocotones) y las otras sustancias empleadas. Textura: Los duraznos (melocotones) deberán ser razonablemente carnosos 3.2.1.8 y podrán ser más o menos tiernos, pero no deberán ser ni excesivamente pulposos ni excesivamente duros cuando estén envasados en medios de cobertura líquidos, y no deberán ser excesivamente duros cuando se presenten en la forma de envasado compacto.
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3.2.1.9
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Uniformidad de tamaño
Enteros, mitades, cuartos: En el 80 % de las unidades, en número, que 3.2.1.9.1 presentan máxima uniformidad de tamaño, el peso de la pieza mayor deberá ser mayor que el doble del peso de la pieza menor, pero, si hay menos de 20 unidades, podrá prescindirse de una unidad. Cuando se haya roto una pieza dentro del recipiente, las piezas rotas reunidas se considerarán como una sola unidad. Otras formas de presentación: No existen requisitos en cuanto a la 3.2.1.9.2 uniformidad del tamaño. Defectos: El producto deberá estar prácticamente exento de defectos tales 3.2.1.10 como materias extrañas, huesos (carozos), pieles, pieza con macas, y piezas rotas. Algunos defectos corrientes no deberán darse en cantidades superiores a las limitaciones siguientes:
Defecto Macas y recortes Roturas (enteros, mitades, cuartos) Pieles (promedio
Envasado con medio de Envasado compacto cobertura líquido 20 % en número 3 unidades por 500 g 8 % en número (no aplicable) No más de 15 centímetros No más de cuadrados de superficie 30 centímetros total por Kg. cuadrados de superficie total por Kg
Huesos (carozos) o fragmentos de huesos (promedio) (no se 1 hueso (carozo) o su 1 hueso (carozo) o su determina en duraznos equivalente por 5 kg de equivalente por 5 Kg enteros) peso escurrido de peso escurrido
Clasificación de "defectuosos": Los recipientes que no satisfagan uno o 3.2.1.11 más de los requisitos relativos a las características que se especifican en los apartados 3.2.1.6 a 3.2.1.10 (excepto pieles y huesos (carozos) que se basen en promedios), se considerarán "defectuosos".
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Aceptación: Se considerará que un lote satisface los requisitos relativos a 3.2.2 las características que se especifican en el apartado 3.2.1.11, cuando: a)
Para los requisitos que no se basan en promedios, el número de recipientes "defectuosos", tal como se indica en el apartado 3.2.1.11 no sea mayor que el número de aceptación (c) del pertinente plan de toma de muestras.
b)
Cuando se cumplen los requisitos basados en los promedios de las muestras.
3.3
Aditivos alimentarios
3.3.1
Agentes aromáticos
Dosis máximo de uso
3.3.1.1
Esencias naturales de frutas
A criterio del usuario
3.3.1.2
Otros aromas naturales y sus
A criterio del usuario
equivalentes sintéticos idénticos, excepto aquellos no permitidos por la autoridad sanitaria. 3.4
Higiene
3.4.1 entre otros.
El producto estará libre de materias objetables como: hojas, tierra, insectos,
3.5
Requisitos microbiológicos -
Contenido de mohos (método de Howard) máximo 15 campos positivos en 100.
-
Deberán realizarse las siguientes pruebas de esterilidad:
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3.6
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a)
Determinación de microorganismos aerobios mesófilos, máximo 2/5 (5 tubos, incubación de las latas a 30 ºC por 21 días).
b)
Determinación de levaduras, ausencia, 0/5.
c)
Determinación de hongos, ausencia, 0/5.
d)
Determinación de Leuconostic y/o Lactobacillus, máximo 2/5.
Llenado de los recipientes
Llenado mínimo: Los recipientes deberán llenarse bien con los duraznos 3.6.1 (melocotones), y el producto (incluido el medio de cobertura) ocupará no menos del 90 % de la capacidad de agua del recipiente. La capacidad de agua del recipiente es el volumen del agua destilada, a 20 ºC , que cabe en el recipiente cerrado herméticamente cuando está completamente lleno. Clasificación de "defectuosos": Los recipientes que no satisfagan los 3.6.2 requisitos de llenado mínimo (apartado 3.6.1), se considerarán "defectuosos". 3.6.3
Aceptación
Se considerará que un lote satisface los requisitos relativos a las características que se especifican en el apartado 3.6.1, cuando el número de recipientes "defectuosos" (apartado 3.6.2) no sea mayor que el número de aceptación (c) del pertinente plan de toma de muestras. 3.6.4
Peso escurrido mínimo
3.6.4.1 El peso del producto escurrido deberá basarse en el peso del agua destilada, a 20 ºC , que cabe en el recipiente cerrado herméticamente cuando está completamente lleno, con la excepción de que los requisitos no se aplicarán a la forma de presentación "enteras".
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En almíbar concentrado En almíbar diluido y muy Envasado compacto diluido 56 % 58 % 83 % 3.6.4.2 Se considerará que se cumplen los requisitos relativos al peso escurrido mínimo cuando el peso escurrido medio de todos los recipientes examinados no sea inferior al mínimo requerido, siempre que no haya una falta exagerada en ningún recipiente. 3.7 El contenido del envase no deberá incluir metales o metaloides tóxicos en mayor proporción que la señalada a continuación: Mercurio, máx. Cobre, máx. Estaño, máx. Plomo, máx. Arsénico, máx. Zinc, máx. 3.8
0,05 ppm 5 ppm 250 ppm 0,3 ppm 0,2 ppm 5 ppm
Vacío
El vacío mínimo deberá ser de 150 mm de mercurio, referido a 760 mm de presión barométrica a 20 ºC .
4
EXTRACCIÓN DE MUESTRAS Y RECEPCIÓN
La extracción de muestras se efectuará de acuerdo a la Norma Técnica correspondiente.
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NTP 203.025 10 de11
MÉTODOS DE ENSAYO
Los ensayos necesarios se efectuarán según las Normas Técnicas correspondientes.
6
ENVASE Y ROTULADO
6.1
Envase
Deberá ser de un material suficientemente inerte a la acción del producto y de cierre hermético. Su forma, capacidad y otras características deberán ajustarse a las Normas Técnicas correspondientes.
6.2
Rotulado
6.2.1 Deberá ajustarse a lo establecido en la NTP 209.038, además se aplicarán las siguientes disposiciones específicas: 6.2.1.1
La denominación de: DURAZNOS, o la de MELOCOTONES.
6.2.1.2
El color: Amarrillos, blancos o rojos, según al que pertenezcan.
6.2.1.3 El medio de cobertura: Agua si es el caso, el nombre del edulcorante seco (apartado 3.1.1.3), o "Almíbar muy diluido", "Almíbar diluido", "Almíbar concentrado" o "Almíbar muy concentrado". 6.2.1.3.1
Se podrá emplear el término "Jarabe" en lugar de "Almíbar".
6.2.1.4 La forma de presentación: Enteros, mitades, cuartos, cortados en rajas, cortados en cubitos, trozos o trozos irregulares, según sea apropiado. © INACAL 2017 - Todos los derechos son reservados
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6.2.1.5
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Envasado compacto, si es de este tipo.
6.2.1.6 La lista completa de ingredientes, en forma cualitativa, por orden decreciente de proporciones, según la NTP 209.038.
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