CONVENIO DE PAGO N°049 CRÉDITO N° 196
Deudor(es): CARMENZA LUCIA HOYOS SANCHEZ, SANCHEZ, con cédula de ciudadanía N° 50895627 Acreedor: FUNDACIÓN LÍNEA SOCIAL, Representante Legal: BIANCA DINORA PÉREZ SÁNCHEZ. Lugar: Carrera 3 N° 7 - 60 Centro Comercial SURICENTRO - Oficina C-36 (Montería Córdoba) Hora: 11:45 AM DECLARACIONES: Siendo el día 28 del mes de diciembre del año 2011, 2 011, se hacen las siguientes declaraciones: 1. Declara el DEUDOR ser Colombiano por Nacimiento, mayor de edad con domicilio Manzana B Lote 3 Urbanización Villa Natalia y Teléfono(s) 3134168468-7849351, en la ciudad de Montería. 2. Declara el ACREEDOR, ACREEDOR, ser Colombiana de Nacimiento, mayor de edad, con domicilio en la Carrera 3 N° 7 60, Oficina C-36, Centro Comercial SURICENTRO teléfono 7830388 en la ciudad de Montería - Córdoba.
CLAÚSULAS: Primera: Deuda: El DEUDOR, DEUDOR, reconoce haber adquirido con el ACREEDOR, una obligación por el valor de $ 3.000.000, de los cuales solo ha cancelado 4 cuotas, incluida la cuota 0 correspondiente a intereses generados desde la fecha de desembolso (Abril 28 de 2011) hasta la fecha de corte de la primera cuota (Mayo 05 de 2011) por valor de $ 18.900,La Segunda cuota (Junio 05 de 2011) por valor $ 182.630, La tercera cuota (Julio 05 de 2011) por $ 182.630, (Agosto 05 de 2011) $ 182.630 por lo tanto, debe por concepto de capital la suma de $ 2.686.804 de interés de plazo $ 783.172, e interés de mora a la fecha de $ 21.568 Segunda: Acuerdo de pago: Debido al incumplimiento del DEUDOR en el pago de la obligación al ACREEDOR, ACREEDOR, se pacta de mutuo acuerdo el siguiente plan de pagos: El DEUDOR se compromete a cancelar al ACREEDOR, ACREEDOR, el día (15) del mes de (Enero) del año (2012) la suma de ($ 182630) correspondiente al pago de la cuota N° (4) , el día (30) del mes de (Enero) del año (2012) la suma de ($ 182.630) de la cuota (5), (5), la cuota No. (6) , La estaría cancelando el día (15) del mes de (Febrero del año 2012) la suma s uma de ($182.630),
la cuota (7)el día 28 de (febrero de 2012) las cuotas 8 y 9 las estaría cancelando antes del (30 de marzo de 2012) más el valor de mora que se genere a esa fecha. El DEUDOR se compromete a cancelar al ACREEDOR, las (13) cuotas restantes del crédito, dentro de las fechas de corte establecidas, con fecha de pago de la última cuota el día (5) del mes de ( Marzo ) del año (2013).
Tercera: Condición Resolutoria: Si el DEUDOR incumple cualquiera de los plazos y montos fijados, el ACREEDOR, puede inmediatamente iniciar con las acciones de cobro judicial por los montos adeudados. Se suscribe dos ejemplares el día 28 del mes de Diciembre del año 2011.
FIRMAS
DEUDOR
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