EJECUCION EN LA VIA DE APREMIO NUEVO.
JUZG JU ZGAD ADO O
PLUR PLURIP IPER ERSO SONA NAL L DE PRIM PRIMER ERA A INST INSTA ANCIA NCIA DE FAMILI MILIA A DEL DEL
DEPARTAMENTO DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ; MANUELA MAÁ, único apellido, de treinta y seis aos de edad, soltera, !"ate#alteca, de O$icios Do#%sticos, de %ste do#icilio, sealo co#o l"!ar para reci&ir noti$icaciones la sede del '"$ete Pop"lar del Centro Uni(ersitario del Norte, de la Uni(ersidad de )an Carlos de *"ate#ala, "&icada en la C"arta A(enida C"atro !"i+n Cero Dos de la ona -res, de Co&n, Alta Verapa/. Actúo en e0ercicio de la Patria potestad de #i #enor 1i0a MARIELIA 'EL2N de apellidos CAAL M3A, lo c"al acredito con la respecti(a Certi$icaci+n de la Partida de Naci#iento nú#ero cinco #il treinta y n"e(e 456789, $olio ciento c"arenta y dos 4:;<9, del li&ro trescientos diecioc1o diecioc1o 4<:=9, e>tendida por el Re!istrador Ci(il de las Personas del Re!istro Nacional de las Personas del M"nicipio de Co&n, del Departa#ento de Alta Verapa/, ?"e ad0"nto al presente escrito@ respet"osa#ente a "sted
E X P O N G O: I.
Co#pare/co a pr pro#o(er JUICIO EJECUTIVO DE ALIMENTOS EN LA VIA DE contra del seor seor JUAN APREM APREMIO IO en contra JUAN CAAL CAAL POP, POP, ?"ien p"ede ser noti$icado en s" residen residencia cia "&icada en el Barr! San Pa"l!, #el M$n%&! #e San'a Mar(a Ca)a"*n,
#e&ar'a+en'! #e Al'a Vera&a @ por lo c"al procedo de con$or#idad con los si!"ientes
- E C - O S: :.
Es el caso caso seor seor J"e/ J"e/ ?"e el dBa dBa C"atro de J"lio del ao Dos Dos Mil )iete, )iete, dentro dentro del del J"icio J"icio Oral Oral de i0aci+n de Pensi+n Ali#enticia nú#ero cero setenta y c"atro !"i+n dos #il siete a car!o del O$icial )e!"ndo 46;<66O$.
'ELEN CAAL MA3@ en se!"ndo l"!ar, a proporcionar#e -rescientos G"et/ales en concepto de !astos de pree/ y parto@ y, en tercer l"!ar, ?"e al nacer n"estra 1i0a y #ostrar condiciones de (ia&ilidad, dic1a cantidad econ+#ica 4-RE)CIEN-O) GUE-ALE)9 pas+ a ser la pensi+n ali#enticia de MARIELIA 'ELEN CAAL MA3@ lo c"al co#en/+ a proporcionarlo en el #es de A!osto del ao dos #il siete, de $or#a #ens"al y anticipada sin re?"eri#iento al!"no a $a(or de s" #enor 1i0a MARIELIA 'ELEN de apellidos CAAL MA3. <.
En el J"/!ado J"/!ado no noss di0ero di0eronn ?" ?"ee i&an i&an a apert"rar apert"rar "na c"anta c"anta de dep dep+sito +sitoss en 'ANRURAL 'ANRURAL,, ).A., donde el seor JUAN CAAL POP de&Ba de 1acer e$ecti(os la cantidad de -RE)CIEN-O) GUE-ALE) a $a(or de n"estra #enor 1i0a, la#enta&le#ente %sta no se concret+, por lo ?"e #e (i en la necesidad de apert"rar "na c"anta de A1orros a #i costa, a la c"al corresponde el nú#ero CUA-RO *"i+n CIEN-O VEIN-ICUA-RO *"i+n CERO CUA-RO MIL CIEN-O )E-EN-A H CINCO *"i+n )IE-E 4;:<;6;:59.
7.
Al inicio inicio el el seor seor JUAN CAAL CAAL POP, POP, c"#pli+ c"#pli+ con con la o&li!aci o&li!aci+n +n ad?"irid ad?"irida, a, d"rante los los aos ?"e ?"e co#prenden del dos #il siete al dos #il die/@ ade#s lle!a&a de (e/ en c"ando a (isitarnos por?"e asB lo estip"la el Con(enio s"scrito y HO no tenBa, y a la $ec1a no ten!o nin!ún incon(eniente en ?"e n"estra #enor 1i0a socialice con %l, #>i#e, #"c1as (eces #e (i en la necesidad de lla#arlo (Ba cel"lar para ?"e de cierta $or#a se recordara ?"e tiene "na 1i0a #enor, y ?"e cada ao ?"e pasa las carencias a"#entan, el (est"ario y la ali#entaci+n ali#entaci+n encarecen. encarecen.
;.
Es el caso caso seor seor J"e/ ?"e ?"e desde desde el #es #es de Mar/o del del ao dos dos #il #il once, once, no se se cancela cancela total# total#ente ente la o&li!aci+n de prestar ali#entos a ?"e esta li!ado el seor JUAN CAAL POP, ade"dando -RE) MIL GUE-ALE) del #es de Mar/o al #es de Dicie#&re del ao dos #il once@ -RE) MIL )EI)CIEN-O) GUE-ALE) del #es de Enero al #es de Dicie#&re del ao dos #il doce@ -RE) MIL )EI)CIEN-O) GUE-ALE) del #es de Enero al #es de Dicie#&re del ao dos #il trece, y la totalidad de los #eses de ENERO, E'RERO, MARO H A'RIL del ao
dos #il catorce, los ?"e s"#an en s" totalidad ONCE MIL CUA-ROCIEN-O) GUE-ALE) 4G.::,;66.669. 5.
En (irt"d (irt"d a lo a$ir#a a$ir#ado do en los p"ntos p"ntos "t s"pra s"pra pro#"e(o pro#"e(o JUICIO JUICIO EJECU-IVO EJECU-IVO EN LA VIA VIA DE APREMIO, en contra del seor JUAN CAAL POP, con la pretensi+n de ?"e se 1a!a e$ecti(o el pa!o de la cantidad de ONCE MIL CUA-ROCIEN-O) CUA-ROCIEN-O) GUE-ALE), ?"e 1asta la presente $ec1a ade"da en concepto de ali#entos@ solicitando al seor J"e/ ?"e al cali$icarse el -Bt"lo E0ec"ti(o en ?"e se $"nda la pretensi+n y por considerarse ?"e se trata de cantidad de dinero lB?"ida, e>i!i&le y de pla/o (encido, se re?"iera del seor JUAN CAAL POP, el pa!o de la cantidad de ONCE MIL CUA-ROCIEN-O) GUE-ALE), y si no 1iciere e$ecti(a dic1a s"#a, se certi$i?"e lo cond"cente al Ministerio Pú&lico por el Delito de NE*ACIN DE A)I)-ENCIA ECONOMICA.
FUNDAMENTO DE DEREC-O: El artBc"lo <8; del c+di!o Procesal Ci(il y Mercantil indica Procede la E0ec"ci+n en la VBa de Apre#io c"ando se pida en (irt"d de los si!"ientes tBt"los, sie#pre ?"e trai!an apare0ada la o&li!aci+n de pa!ar cantidad de dinero li?"ida li?"ida y e>i!i&le.. :K...@ i!i e>i!i&le &le,, desd desdee ?"e los neces necesite ite la person personaa ?"e ten!a derec1 derec1oo a perci&irlos
P R U E B A: DOCUMEN-O) I.
CER-I CER-IIC ICACI ACIN N DEL CONVEN CONVENIO IO s"scrit s"scritoo en J"icio J"icio Oral Oral de Ali# Ali#en entos tos Nú#e Nú#ero ro Cero Cero )etenta y C"atro !"i+n Dos #il siete, a car!o del O$icial )e!"ndo, de este #is#o 0"/!ado, donde se $i0o la o&li!aci+n de prestar ali#entos.
II. II.
CERCER-I IIC ICAC ACIO ION N DE NACIM NACIMIE IENN-O O de la #enor #enor MARIE MARIELI LIA A 'EL 'ELEN EN CAAL CAAL MA3, MA3, e#itidas por el Re!istrador Ci(il de las Personas, del Re!istro Nacional de las Personas del M"nicipio de Co&n, Departa#ento de Alta Verapa/.
PRE)UNCIONE) Las Le!ales y "#anas ?"e de los 1ec1os pro&ados se deri(en.
P E T I C I O N E S: :.
)e ad#ita ad#ita para s" tr#ite la DEMANDA DEMANDA EJECU-IV EJECU-IVA A EN LA VA VA DE APREMI APREMIO, O, planteada planteada por MANUELA M3A, en contra de JUAN CAAL POP@ y con los doc"#entos doc"#entos ?"e se aco#paan se $or#e el e>pediente respecti(o@
<.
)e recono recono/ca /ca la persone personerBa rBa con con ?"e actúo, actúo, con &ase en los doc"# doc"#ento entoss aco#paad aco#paados@ os@
7.
)e ten! ten!an an por o$re o$reci cido doss los los #edio edioss de pr"e&a pr"e&a indi indi(i (id" d"al ali/ i/ad ados os y por por aco# aco#pa paad ados os los los doc"#entos relacionados en el apartado respecti(o@
;.
)e to#e to#e nota ?"e ?"e actúo &a0o &a0o la direcci+ direcci+nn y proc"raci+ proc"raci+nn del a&o!ad a&o!adoo ?"e #e #e a">ilia, a">ilia, y del l"!ar l"!ar ?"e sealo para reci&ir noti$icaciones. noti$icaciones.
5.
G"e en (irt"d (irt"d de ?"e el -Bt"l -Bt"loo en ?"e #e $"ndo $"ndo es s"$icie s"$iciente nte con$o con$or# r#ee a la ley, ley, y conti contien enee cantidad de dinero lB?"ida y e>i!i&le@ se li&re Despac1o al J"/!ado de Pa/ del M"nicipio de )anta MarBa Ca1a&+n, Alta Verapa/, con el o&0eto ?"e se noti$i?"e al E0ec"tado por %sta única (e/ en el l"!ar de s" residencia "&icada en el 'ARRIO )AN PA'LO de ese M"nicipio@ pre(ini%ndosel pre(ini%ndoselee ?"e de&e sealar casa o l"!ar sit"ado en el perB#etro perB#etro "r&ano " r&ano de %sta Ca&ecera M"nicipal en donde tiene s" sede %ste r!ano J"risdiccional, y en caso de no 1acerlo, las $"t"ras noti$icaciones se le 1a!an por los Estrados de %ste J"/!ado@ y se Despac1e Manda#iento de E0ec"ci+n y se no#&re E0ec"tor a "no de los E#pleados de ese J"/!ado de Pa/, para ?"e proceda a re?"erir de pa!o al de#andado de#andado JUAN CAAL POP, en el l"!ar de s" residencia residencia "&icada "&icada en 'ARRIO 'ARRIO )AN )AN PA'LO A'LO de ese M"nicipi M"nicipio, o, por la cantid cantidad ad de ONCE MIL
CUA-ROCIEN-O) GUE-ALE) 4G.::,;66.669 correspondientes del #es de Mar/o al #es de Dicie#&re del ao dos #il once@ del #es de Enero al #es de Dicie#&re del ao dos #il doce@ del #es de Enero al #es de Dicie#&re del ao dos #il trece@ y, del #es de Enero al #es de A&ril del ao dos #il catorce, a ra/+n de -RE)CIEN-O) GUE-ALE) #ens"ales@ y si al #o#ento del re?"eri#iento El E0ec"tado JUAN CAAL POP, no pa!a la cantidad de dinero le!al#ente re?"erida, 1!asele sa&er, ?"e oport"na#ente y a solicit"d de parte, se proceder a Certi$icar lo Cond"cente del presente J"icio a la iscalBa Distrital del Ministerio Pú&lico de Co&n, Alta Verapa/, rapa/, para inicia iniciarle rle proces procesoo pen penal al por el Delito Delito de NE*ACI NE*ACIN N DE A)I)A)I)-ENC ENCIA IA ECONMICA. .
)e con$ie con$iera ra al E0ec"ta E0ec"tado do el pla/o de de tres tres dBas para para ?"e as"#a as"#a "na actit"d actit"d $rente $rente a la de#anda de#anda o 1a!a (aler las e>cepciones ?"e crea con(eniente interponer en contra de la #is#a.
CITA DE LE.ES: Me $"ndo en los artBc"los citados y en los si!"ientes 5 y <= de la Constit"ci+n PolBtica de la Repú&lica de *"ate#ala@ :788 del C+di!o Ci(il@ :, 5, , =, <8, 7:, ;;, 5:, :, <, 7, ;, , , :, 7, 8, =:, =<, =7, =5, :6, :6, :<, :<=, :, :=, :=7, :=, :8;, :85, <8; al 7<, del C+di!o Procesal Ci(il y Mercantil@ : del C+di!o de Co#ercio de *"ate#ala@ :;:, :;<, :;7, := de la Ley del Or!anis#o J"dicial. Aco#pao dos copias del presente #e#orial. Co&n, Alta Verapa/, <= de a&ril de <6:;.
EN )U AUQILIO